1 - Mis derechos durante la investigación

A. ¿El hecho de ser extranjero afecta a la investigación?

Puede ejercerse una acción penal contra cualquier persona que cometa un delito y sobre la que las autoridades maltesas tengan competencia. Los procedimientos seguidos durante la investigación son los mismos tanto para los ciudadanos malteses como para los extranjeros. No obstante, la ley garantiza determinados derechos a las personas que no sea nacionales malteses ni residan en Malta, principalmente el derecho a un intérprete cuando el sospechoso no entienda ni hable maltés, y el derecho de la persona a comunicarse con las autoridades consulares mientras esté privado de libertad.

B. ¿Cuáles son las fases de una investigación?

I. Fase de recogida de pruebas / Facultades de los investigadores

La acción penal se inicia cuando la policía recibe una denuncia, información o queja. Una vez notificada la policía por uno de estos medios, inicia su investigación mediante la recopilación de pruebas con vistas a determinar si se ha cometido un delito y quién debe ser considerado responsable de su comisión.

Para ello, la ley faculta a la policía a obligar a cualquier persona que pueda tener información sobre el delito investigado a facilitarla. Esto incluye la obtención de pruebas materiales y la toma de declaraciones de los testigos.

ii. Detención preventiva

Una vez que se constata que existen sospechas razonables de que una persona ha cometido un delito, la policía puede solicitar al juez que emita una orden de detención contra el sospechoso. También hay circunstancias en las que la policía puede detener a una persona en el marco de una investigación sin necesidad de que un juez (maġistrat) dicte una orden.

En el momento en que se detiene al sospechoso, se le informa de sus derechos en una lengua que entienda, en particular del motivo de su detención, su derecho a guardar silencio y su derecho a consultar a un abogado de su elección. También se les entrega una copia del documento en el que se recogen sus derechos.

Durante este período, la policía puede registrar a la persona detenida en busca de cualquier cosa que pueda servir como prueba relacionada con el delito, o si se sospecha que la persona puede suponer un peligro para sí mismo o para otros, o si puede tener en su poder algo que podría utilizar para fugarse.

La policía también puede recoger muestras corporales e impresiones dactilares. Podrá tomarse y registrarse el ADN, con el consentimiento adecuado. Si la persona se niega a facilitar sus impresiones dactilares, puede verse obligada a ello mediante un auto dictado por un magistrado. Sin embargo, el registro del ADN no puede ser obligatorio.

iii. Interrogatorio:

La policía podrá interrogar al sospechoso en relación con un delito que se está investigando. Durante el interrogatorio, la policía puede formular cualquier pregunta que ayude a recopilar información que pueda presentarse como prueba, tanto a favor como en contra del sospechoso. Durante el interrogatorio, el sospechoso podrá solicitar la asistencia por un abogado de su elección.

iv. Prisión provisional

De conformidad con la legislación de Malta, una persona no puede permanecer detenida más tiempo del necesario y, en cualquier caso, no más de cuarenta y ocho (48) horas. Durante este período de detención, la policía debe decidir si tiene previsto llevar inmediatamente al sospechoso detenido ante el órgano jurisdiccional, o si lo va a dejar en libertad, alegando que ya no existe la sospecha razonable, o para seguir investigando el asunto antes de decidir llevar el asunto ante el órgano jurisdiccional.

C. ¿Cuáles son mis derechos durante la investigación?

i. ¿Qué derecho tengo a los intérpretes y las traducciones?

Si no habla o no entiende la lengua hablada por la policía u otras autoridades competentes, tiene derecho a un intérprete a título gratuito.

El intérprete puede ayudarle a hablar con su abogado y debe mantener la confidencialidad del contenido de dicha comunicación.

Tiene derecho a la traducción de, al menos, los pasajes pertinentes de los documentos esenciales, en particular cualquier orden de un juez o magistrado que permita su detención o prisión provisional, cualquier acusación o escrito de acusación y cualquier sentencia. En determinadas circunstancias, puede que se le facilite una interpretación o traducción resumida.

ii. ¿Cuáles son mis derechos en cuanto a información y acceso al expediente del asunto?

Cuando se le apresa o detiene, usted o su abogado tienen derecho a acceder a los documentos esenciales necesarios para impugnar el apresamiento o la detención.

Si su asunto se lleva ante un órgano jurisdiccional, usted o su abogado tienen derecho a acceder a las pruebas materiales a su favor o en su contra.

iii. ¿Qué derecho tengo a recibir asistencia de un abogado y a que se informe a un tercero de mi situación?

Tiene derecho a acceder a un abogado durante su detención. Este derecho se hace efectivo desde el momento en que se le detiene y antes de que se le interrogue.

Tiene derecho a que se le facilite una lista de abogados y una de procuradores entre los que puede elegir uno para que le asista, o, de lo contrario, optar por la asistencia de un abogado de asistencia jurídica gratuita. En este último caso, la asistencia jurídica es gratuita.

La policía no puede sugerir el nombre del abogado al que puede recurrir durante el apresamiento o la detención.

A más tardar una hora antes del inicio del interrogatorio, usted y su abogado tienen derecho a ser informados del presunto delito objeto de su interrogatorio. Esta información debe ponerse a su disposición, al menos, una hora antes del inicio del interrogatorio.

Una vez detenido, tiene derecho a reunirse y comunicarse en privado con el abogado que le represente, incluso antes de ser interrogado por la policía.

Tiene derecho a que su abogado esté presente y a que participe efectivamente durante el interrogatorio.

Todo el interrogatorio, las respuestas dadas y los procedimientos relativos al interrogatorio de la persona sospechosa o acusada deben registrarse por medios audiovisuales, cuando el agente encargado lo considere posible; tiene derecho a recibir una copia de la grabación una vez concluido el interrogatorio.

Tiene derecho a que su abogado asista a cualquiera de los siguientes actos de investigación o recogida de pruebas:

  1. rueda de reconocimiento de sospechosos a efectos de identificación;
  2. careos;
  3. reconstrucciones de los hechos.

Debe respetarse la confidencialidad de la comunicación con su abogado en el ejercicio de su derecho a la asistencia letrada.

Una vez detenido, debe ser informado de su derecho a que se informe de su privación de libertad al menos a una persona, como un familiar, un profesor o cualquier otra persona de su elección.

En determinados casos establecidos por ley, podrá restringirse temporalmente su derecho a informar a otra persona de su detención.

En tales casos, la policía le informará de ello.

Si es usted extranjero, podrá informar a la policía de su voluntad de informar de su detención a su autoridad consular o embajada.

También puede optar por informar a la policía si desea ponerse en contacto con un funcionario de su autoridad consular o embajada.

iv. ¿Qué derecho tengo a recibir asistencia jurídica gratuita?

La policía le preguntará por el abogado o procurador que desea contratar para que le asista. La policía también le preguntará si desea contar con la asistencia de un abogado de asistencia jurídica gratuita. Si decide contar con la asistencia de un abogado de asistencia jurídica gratuita, dicha asistencia se le ofrecerá de forma gratuita.

Durante la detención, la asistencia letrada se limita a una hora antes del interrogatorio. También puede solicitar asistencia telefónica.

v. ¿Qué es importante saber sobre lo siguiente?:

a. Presunción de inocencia

Sin perjuicio de cualquier medida cautelar que pueda adoptarse en interés de la administración de justicia, se presume la inocencia de toda persona hasta que el órgano jurisdiccional que conozca del asunto dicte una sentencia firme y definitiva que determine si dicha persona ha cometido, o no, el delito.

b. Derecho a guardar silencio y a no confesarse culpable

Durante el interrogatorio por la policía u otras autoridades competentes, tiene derecho a guardar silencio y a no confesarse culpable.

Su abogado puede ayudarle a decidir al respecto.

c. Carga de la prueba

La carga de la prueba para determinar la culpabilidad del sospechoso o acusado recae en la acusación, salvo en casos específicos en los que la ley exige que dicha persona pruebe determinados hechos concretos.

Cualquier duda razonable sobre la culpabilidad debe beneficiar al sospechoso o al acusado, en particular en los casos en los que el órgano jurisdiccional se plantee su absolución.

La persona sospechosa o acusada puede impugnar las pruebas presentadas en su contra. Si entre las pruebas se incluyen testigos, la persona puede repreguntarles o presentar a sus propios testigos para que se opongan a su declaración.

En el caso de las pruebas documentales, la persona sospechosa o acusada puede repreguntar al testigo o a los peritos judiciales que han elaborado dichos documentos, o presentar sus propios testigos para que impugnen dichas pruebas. No obstante, no puede presentar su propio informe pericial. El dictamen pericial solo podrá impugnarse mediante el interrogatorio del perito judicial en relación con sus conclusiones o su competencia.

La persona sospechosa o acusada también podrá citar a testigos y presentar pruebas documentales que sirvan de fundamento a su defensa.

Si el órgano jurisdiccional que conoce del juicio es el tribunal de lo penal con jurado (Qorti Kriminali), la ley establece un plazo, desde el momento en que la persona acusada recibe el escrito de acusación, en el que debe indicar los testigos y todas las demás pruebas que tiene intención de aportar en su defensa durante el juicio. No existe tal restricción cuando el juicio se celebra ante el tribunal de primera instancia, penal e instrucción (Qorti tal-Maġistrati).

vi. ¿Qué salvaguardias específicas existen para los menores?

Si el testigo o la víctima de un presunto delito es menor de edad, lo habitual es que, en la medida de lo posible, la policía y los órganos jurisdiccionales no citen a menores ante el órgano jurisdiccional; sin embargo, esto no siempre es posible. Por lo que se refiere a las declaraciones de menores, los órganos jurisdiccionales suelen utilizar videoconferencias. Si la víctima es menor de edad, el magistrado, asistido por un psicólogo infantil, habla con él desde una sala específica, que puede estar en el edificio del órgano jurisdiccional, mediante videoconferencia, para que el menor no se encuentre en la misma sala que el acusado. Desde el punto de vista jurídico, los órganos jurisdiccionales, en particular el tribunal de menores (Qorti tal-Minorenn), también tiene la facultad de designar a un abogado de menores (artículo 25 del capítulo 602 y legislación subsidiaria 12.20) para defender sus derechos, ya sea víctima o acusado. Esto también se desprende claramente del capítulo 602 de la legislación de Malta, y en mayor medida de la Ley del menor. Este capítulo también contempla un lugar equipado fuera del edificio del órgano jurisdiccional, denominado «casa de los menores» (children’s house) en el que tanto el magistrado como un grupo de expertos formados denominados «entrevistadores de niños» (child interviewers) pueden hablar con una víctima menor vulnerable.

vii. ¿Qué salvaguardias específicas existen para los sospechosos vulnerables?

En primer lugar, si, debido a la situación psicológica y física del sospechoso o la naturaleza del delito, se considera necesario detener al arrestado en el calabozo de la comisaría durante la investigación, se le someterá a una «vigilancia constante», con un agente de policía que lo vigile físicamente en todo momento y vele por su salud. Como sucede con todas las personas sospechosas o detenidas, si la persona solicita cualquier tipo de asistencia médica, esta se presta de inmediato, incluido el transporte a una clínica u hospital, según las circunstancias. Si, tras haber examinado a la persona sospechosa vulnerable, el médico afirma que dicha persona no debe estar en una celda, se informa inmediatamente al agente encargado de la investigación y se adoptan las medidas correctoras que procedan (como la concesión de libertad bajo fianza policial).

D. ¿Cuáles son los plazos legales durante la investigación?

Los plazos legales durante la investigación dependen principalmente de la naturaleza del delito. Todos los delitos llevan aparejada una pena de conformidad con el Código Penal. Por ejemplo, la prescripción en el sentido del artículo 688, del capítulo 9, de la legislación de Malta establece los parámetros estándar para los plazos legales en los que puede investigarse un delito. Al expirar este plazo, se aplica la prescripción y la investigación de ese delito concreto por la policía queda prescrita. También cabe mencionar que, de conformidad con el artículo 692, capítulo 9, de la legislación de Malta, si en cualquier asunto penal se desconoce la identidad del presunto infractor, sin que ello sea consecuencia de omisión alguna del agente encargado de la investigación, no se iniciará el cómputo del plazo de prescripción. Un ejemplo de ello podría ser un asunto de asesinato en el que hay una víctima, pero no hay indicios sobre quién podría ser el asesino.

E. ¿Cuáles son los preparativos previos al juicio, incluidas las alternativas a la prisión provisional y las posibilidades de traslado al Estado de origen (orden europea de vigilancia)?

Los preparativos que la policía debe llevar a cabo antes del inicio de la vista ante el órgano jurisdiccional incluyen:

  • la citación de testigos en el asunto;
  • si la persona comparece previa citación, el fiscal debe velar por que la citación que contenga los delitos de los que se le acusa se notifique de conformidad con la ley;
  • a menos que se trate de un delito que afecte directamente al Fiscal General, el fiscal debe tratar el asunto y, más concretamente, los delitos de los que se acusa a dicha fiscalía, especialmente cuando el asunto sea complicado;
  • si la persona comparece previa detención, el fiscal debe informar al abogado del acusado, y la policía le acompañará ante el órgano jurisdiccional.

Entre las alternativas a la prisión provisional figuran los casos en los que la persona comparece previa citación o en los que se le concede libertad bajo fianza policial hasta el momento en que el agente encargado de la investigación la concluya y la persona comparezca bien previa detención o mediante citación.

La posibilidad de traslado al Estado de origen implica procedimientos ad hoc que son competencia de la Fiscalía General. Estos procedimientos solo se aplican en casos específicos, por ejemplo, una solicitud de extradición o una solicitud de un condenado que cumple una pena de prisión a las autoridades locales competentes y a las autoridades de su país para seguir cumpliendo la condena en su propio país.

Última actualización: 04/05/2021

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

2 - Mis derechos durante el juicio

A. ¿Dónde tendrá lugar el juicio?

El juicio se celebra en los órganos jurisdicciones de La Valeta. En función de la gravedad de los delitos de los que se le acusa, los procedimientos contra usted se incoarán ante el tribunal de primera instancia e instrucción, actuando como juez de lo penal (Qorti tal- Maġistrati bħala Qorti ta’ Ġudikatura Kriminali) si el delito es de su competencia, o ante el tribunal de primera instancia, penal e instrucción (Qorti tal-Maġistrati), si el delito no es competencia del tribunal de primera instancia e instrucción, actuando como juez de lo penal.

Una vez finalizada la instrucción en el tribunal de primera instancia e instrucción, se decidirá si el delito debe juzgarse en el tribunal de primera instancia e instrucción, actuando como juez de lo penal o por el tribunal de lo penal con jurado (Qorti Kriminali), es decir, por un jurado. En cualquier caso, se dictará una sentencia que condenará a la persona declarada culpable a la pena correspondiente o la absolverá.

B. ¿Pueden modificarse los delitos de que se me acusa? En caso afirmativo, ¿qué derecho tengo a la información a este respecto?

Sí, pueden modificarse los delitos de los que se le acusa. En general, cuando esto ocurre y los cambios son significativos, se procederá a acusar a la persona de nuevos delitos y el órgano jurisdiccional volverá a examinarlos. Se presentan de nuevo las pruebas, a menos que la persona renuncie a dicha presentación.

C. ¿Cuáles son mis derechos durante las comparecencias ante el órgano jurisdiccional?

Sus derechos durante su comparecencia ante el órgano jurisdiccional son el derecho a estar asistido por un abogado de su elección y, si no dispone de los medios, a que se le asigne un abogado de asistencia jurídica gratuita. También puede optar por asumir la defensa de su propio asunto. Otro derecho consiste en que se le presume inocente hasta que un órgano jurisdiccional le declare culpable. Tiene derecho a ser asistido por un intérprete, así como a repreguntar a los testigos de la acusación y a interrogar a sus propios testigos. También puede optar por no testificar en el proceso iniciado contra usted.

i. ¿Tengo que estar presente en el juicio? ¿Cuáles son las condiciones para ausentarme durante el proceso judicial?

Sí, debe estar presente en las vistas judiciales, ya que nuestro sistema no reconoce los juicios en rebeldía. Si no puede asistir por enfermedad, por estar de viaje o por cualquier otro motivo, debe presentar una solicitud ante el órgano jurisdiccional a través de su abogado.

ii. ¿Qué derecho tengo a los intérpretes y las traducciones?

Si el magistrado (maġistrat) conoce la lengua hablada por el testigo, podrá traducir el testimonio a la lengua en la que se desarrolla el procedimiento escrito; en cualquier otro caso, o a si así lo solicita, se contratará a un intérprete jurado.

¿Tengo derecho a un abogado?

Durante la vista del asunto, uno de los derechos que se le otorgan es la asistencia por un abogado de su elección, que correrá a su cargo, o por un abogado designado por el órgano jurisdiccional como asistencia jurídica gratuita.

Si no dispone de los medios económicos necesarios para pagar al abogado de su elección, deberá presentar su solicitud bien ante el juez árbitro (adjudicator), que lo registrará en el expediente del asunto, o ante la Agencia de Asistencia Jurídica Gratuita de Malta (Legal Aid Malta Agency), que presentará una solicitud de abogado de asistencia jurídica gratuita en su nombre.

En los juicios sumarios, el juez árbitro, tras oír su solicitud, ordena que sea asistido por el abogado de asistencia jurídica gratuita que esté de guardia.

En los procesos de compilación de pruebas o en los procesos penales, las solicitudes de abogado de asistencia jurídica gratuita podrán realizarse ante el juez árbitro, que remitirá la solicitud a la Agencia de Asistencia Jurídica Gratuita quien, a su vez, incorporará una nota al expediente en la que se especifica el abogado que le asistirá. En su defecto, puede solicitar a la Agencia de Asistencia Jurídica Gratuita que presente una solicitud en su nombre.  No se podrá cambiar de abogado de asistencia jurídica gratuita salvo que exista un impedimento legítimo.

iv. ¿De qué otros derechos procesales debería estar al tanto? (Por ejemplo, presentación de sospechosos ante el órgano jurisdiccional)

Toda persona tiene derecho a citar a sus testigos para que presten declaración. Podrá citarse como testigo a cualquier persona en pleno uso de sus facultades mentales, salvo que se formule una excepción respecto de su capacidad.

En cuanto a los derechos de los sospechosos o acusados, puede obtener más información en los artículos 534A-534AG del El enlace abre una nueva ventanaCódigo Penal de Malta, que corresponde al capítulo 9 de las Leyes de Malta. Además de todo lo mencionado en relación con la detención o la reclusión de una persona en cualquier fase del proceso penal, debe ponerse a disposición de la persona recluida o de su abogado cualquier documento en posesión de la policía relacionado con el asunto concreto y que sea esencial para impugnar eficazmente la legalidad de la detención o la reclusión.

D. Posibles sentencias

Las penas que pueden imponerse en caso de que sea declarado culpable son:

  1. prisión;
  2. régimen de aislamiento;
  3. inhabilitación;
  4. una multa.

Si se le declara culpable de una infracción, pueden imponerse las siguientes penas:

  1. detención;
  2. una multa;
  3. una amonestación.

También podrán imponerse penas sustitutivas, como la libertad vigilada, la suspensión de la pena y los autos por los que se imponen trabajos en beneficio de la comunidad.

Última actualización: 04/05/2021

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3. Mis derechos después del juicio

¿Tengo derecho a recurrir la resolución del órgano jurisdiccional?

La persona que sea declarada culpable de un delito puede recurrir la condena en todos los casos, o la pena impuesta en relación con su condena, salvo que dicha pena esté establecida por ley. Un recurso nunca puede dar lugar a una pena más grave. El acusado también puede recurrir el veredicto de culpabilidad por padecer un trastorno mental. En determinados casos, el órgano jurisdiccional también puede ordenar la celebración de un nuevo juicio.

B. ¿Qué otras opciones de recurso tengo?

Tras una condena, puede solicitar el indulto presidencial. Se trata de un instrumento discrecional muy poderoso, regulado por el artículo 93 de la Constitución de Malta, que corresponde al poder ejecutivo del Estado, en concreto, al presidente de Malta. El indulto presidencial autoriza al presidente, a través del Consejo de Ministros, a asumir la facultad que normalmente corresponde al poder judicial del Estado.

Por lo general, el indulto puede interrumpir los efectos de una condena penal, por ejemplo, ordenando la inmediata puesta en libertad de un preso que cumpla una pena de prisión. De conformidad con el artículo 93 de la Constitución, el presidente también podrá conmutar la pena por una menos grave o adoptar cualquier otra medida en aplicación de una modificación de la ley por la que se haya reducido la pena correspondiente.

C. ¿Cuáles son las consecuencias si soy condenado?

Las consecuencias de una condena penal incluyen una multa o pena de prisión, la pérdida del certificado negativo de antecedentes penales y el menoscabo de la reputación de la persona.

i. Antecedentes penales

Toda condena dictada por los órganos jurisdiccionales de lo penal se hace constar en el certificado de antecedentes penales de la persona declarada culpable, salvo cuando:

  1. la condena se refiera a una infracción;
  2. la persona condenada declarada culpable de un delito era menor de dieciocho años en el momento de su comisión;
  3. el presidente de Malta conceda a la persona condenada un indulto en relación con dicha condena;
  4. se dicte un auto en virtud de la Ley de libertad vigilada;
  5. la persona sea declarada culpable de una infracción sancionada con una multa de hasta 200 EUR que haya sido abonada, siempre que dicha persona no haya sido condenada con anterioridad.

No se hará constar ninguna condena una vez transcurrido el plazo establecido en el segundo anexo de la El enlace abre una nueva ventanaOrdenanza sobre certificados de conducta (capítulo 77) desde que se dictó la condena.

El beneficio que supone que no conste la condena, como se ha indicado antes, no se concede a las personas reincidentes por delitos de robo, fraude o venta o comercio ilícito de medicamentos en contravención de las disposiciones de la Ordenanza sobre estupefacientes o la Ordenanza sobre profesiones médicas y paramédicas, o a las personas condenadas por los delitos enumerados en el anexo tres de la Ordenanza (como los delitos contra la seguridad del Gobierno), el perjurio o falso testimonio o cualquier otro delito que vulnere la confianza pública.

v. Ejecución de sentencias, traslado de presos, libertad vigilada y penas sustitutivas

Además de las penas de prisión o las multas, también existen otras penas sustitutivas. Estas son la libertad vigilada, la suspensión de la pena y los autos por los que se imponen trabajos en beneficio de la comunidad.

Una persona extranjera que haya sido condenada a una pena de prisión en Malta podrá, en determinadas circunstancias, cumplir su condena en su país de residencia, de conformidad tanto con el El enlace abre una nueva ventanaConvenio Europeo sobre el traslado de personas condenadas (STE n.º 112) como con la El enlace abre una nueva ventanaDecisión Marco 2008/909/JAI del Consejo, según proceda.

Última actualización: 04/05/2021

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