1 - Obtención de asesoramiento jurídico

Obtener asesoramiento jurídico independiente es muy importante si está usted implicado de cualquier forma en un proceso penal. Las fichas informativas le indican cuándo y en qué circunstancias tiene derecho a ser representado por un abogado. También le explican lo que el abogado hará para usted. Esta ficha informativa general le indica cómo encontrar un abogado y el modo de atender sus honorarios si no puede pagarlos.

Encontrar un abogado

Si cree que necesita un abogado, pero no conoce ninguno, puede elegir entre los que trabajan con el juzgado de distrito de su zona de residencia. También puede encontrar los datos de contacto de los 27 colegios de abogados de Bulgaria en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaConsejo Superior de la Abogacía. Si le detienen, tiene derecho a ver a un abogado desde el momento de la detención. También tiene derecho a ponerse en contacto con un pariente o amigo, a quienes puede pedir que le busquen un abogado.

Pagar a un abogado

Si elige su propio abogado, deberá pagar sus servicios con arreglo al contrato escrito que firme con él.

Si no puede permitirse pagar a un abogado pero desea contar con sus servicios y la justicia exige su intervención, puede solicitar la asistencia jurídica gratuita. Se le facilitará un abogado a su solicitud o por imperativo legal, si la ley exige su intervención. Dependiendo de la etapa del procedimiento (vea la El enlace abre una nueva ventanaFicha informativa 1), esta decisión es adoptada por el fiscal (antes del juicio) o por el órgano jurisdiccional (durante el juicio), tras evaluar su situación patrimonial.

Si necesita asesoramiento jurídico, el fiscal o el órgano jurisdiccional remitirán rápidamente su decisión al Consejo del Colegio de Abogados competente para que se le asigne un abogado. Tenga en cuenta que, si después es condenado, deberá pagar la cantidad correspondiente al abogado que se le asigne.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaLey de la abogacía

El enlace abre una nueva ventanaLey de asistencia jurídica gratuita

El enlace abre una nueva ventanaCódigo de procedimiento penal

El enlace abre una nueva ventanaServicio Nacional de Asistencia Jurídica

El enlace abre una nueva ventanaConsejo Superior de la Abogacía

Última actualización: 20/07/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

2 - Mis derechos durante la investigación de un delito (antes de que el caso pase al órgano jurisdiccional)

¿Cuál es la finalidad de una investigación penal?

La investigación tiene por objeto la recogida de pruebas para demostrar o descartar la sospecha de la comisión de un delito por una persona. Puede iniciarse por una denuncia presentada ante las autoridades de investigación o de oficio por éstas. Puede iniciarse asimismo en caso de que la policía sorprenda a alguien en flagrante delito.

Normalmente, las distintas etapas de la investigación son realizadas por la policía. En algunos supuestos, se encargan de ello el juez de instrucción o el fiscal. En cualquier caso, la investigación está siempre bajo la dirección y el control del fiscal.

¿Cuáles son las etapas previas al juicio?

Investigación (incluida la formulación de acusaciones y el interrogatorio)

Las autoridades investigadoras reúnen pruebas para demostrar o descartar la sospecha de la comisión de un delito. Si las pruebas suficientes son para respaldar las sospechas que recaen sobre una determinada persona, el responsable de la investigación debe notificárselo por escrito a ésta, la cual debe firmar la notificación. A continuación, se procederá a su interrogatorio como acusado.

Detención

Si la policía reúne pruebas de la comisión de un delito por una persona, puede detenerla durante un plazo máximo de 24 horas. Sólo el fiscal puede decidir la prórroga de la detención hasta un máximo de 72 horas. En caso contrario, el detenido debe ser puesto en libertad. La detención policial tiene por objeto determinar si procede o no formular una acusación. La detención acordada por el fiscal tiene por finalidad asegurar la comparecencia del acusado ante el órgano jurisdiccional.

Comparecencia ante el órgano jurisdiccional

En principio, el fiscal determina las El enlace abre una nueva ventanamedidas para evitar que el acusado se sustraiga a la acción de la justicia. Si considera pertinente la prisión preventiva o el arresto domiciliario, lo solicitará al órgano jurisdiccional y cuidará de que el acusado comparezca ante éste.

Resolución judicial ordenando la prisión preventiva o la puesta en libertad

Una vez que el acusado comparece ante el órgano jurisdiccional, sólo éste puede decidir las El enlace abre una nueva ventanamedidas para evitar que se sustraiga a la acción de la justicia, en concreto la prisión preventiva o el arresto domiciliario o bien la puesta en libertad.

Preparación del juicio por el fiscal

Una vez concluida la investigación, el encargado de la misma presenta las pruebas reunidas al fiscal, quien las examina y decide si ha quedado demostrada más allá de toda duda razonable la comisión de un delito. Sólo entonces puede el fiscal formular una acusación ante el órgano jurisdiccional. En caso contrario, el fiscal cierra el caso.

Preparación del juicio por la defensa

Una vez informados de las acusaciones, el acusado y su abogado pueden presentar pruebas a favor. Concluida la investigación, a solicitud del acusado y el abogado defensor el responsable de la misma debe proporcionarles todas las pruebas reunidas y concederles tiempo suficiente para analizarlas.

Mis derechos durante la investigación penal

Tenga en cuenta que las etapa de “detención”, “comparecencia ante el órgano judicial” y “prisión preventiva” son posibles, pero no necesarias. En los vínculos siguientes puede encontrar más información sobre sus derechos en cada etapa.

Investigación (incluida la formulación de acusaciones y el interrogatorio) (1)

¿Qué se me comunicará sobre lo que está ocurriendo?

Si se reúnen pruebas suficientes contra usted, el responsable de la investigación le llamará y le notificará por escrito el delito del que se le acusa. A continuación, le informará de los derechos que le asisten durante la investigación. Usted deberá firmar un documento para hacer constar que le han informado de sus derechos.

¿Se me facilitará un intérprete si no hablo la lengua?

Sí. Si no se le ha facilitado un intérprete, puede negarse a firmar el documento en el que se le notifique la acusación. El intérprete le ayudará durante toda la investigación. Usted no tendrá que pagarle.

¿En qué momento podré hablar con un abogado?

Cuando le llamen para notificarle a acusación, el responsable de la investigación debe comunicarle que puede comparecer con un abogado y ha de concederle tiempo suficiente para ponerse en contacto con alguno. El enlace abre una nueva ventanaEl Código de procedimiento penal establece en qué casos usted debe contar con la asistencia de un abogado. En relación con la elección de abogado y el derecho a la asistencia jurídica gratuita, consulte El enlace abre una nueva ventanaaquí. Tiene derecho a verse y hablar con su abogado en privado, así como a un intérprete si no habla la lengua.

¿Se me pedirá información? ¿Debo facilitarla?

Después de comunicarle la acusación, el responsable de la investigación le interrogará. Usted puede hablar o guardar silencio al respecto, así como dar explicaciones más tarde, en cualquier momento de la investigación.

¿Qué ocurrirá si digo algo que sea perjudicial para mi defensa?

Si confiesa, puede que se le imponga una pena más suave. Guardar silencio no puede empeorar su situación. El órgano jurisdiccional no puede condenarle basándose únicamente en su confesión.

Soy de otro país. ¿Debo estar presente durante la investigación?

El acusado debe estar a disposición de las autoridades investigadoras. Para ello, pueden imponérsele medidas para evitar que se sustraiga a la acción de la justicia. Puede realizarse una investigación estando usted fuera del país si:

  • se desconoce su lugar de residencia;
  • no puede citársele por otros motivos;
  • habiéndosele citado, no comparece, sin ofrecer justificaciones válidas.

En estos casos, se le asignará un abogado de oficio con arreglo al procedimiento descrito El enlace abre una nueva ventanaaquí

Puede interrogársele a través de videoconferencia si se encuentra fuera del país y ello no obstaculiza la investigación. En esta forma de interrogatorio, tendrá los mismos derechos anteriormente expuestos en esta ficha informativa.

¿Puedo ser devuelto a mi país de origen?

Sí, pero en las condiciones establecidas en el El enlace abre una nueva ventanaCódigo de procedimiento penal. Necesitará el asesoramiento de un abogado.

¿Permaneceré bajo custodia o se me pondrá en libertad?

Es posible que se le mantenga bajo custodia. Puede obtener información más detallada en los apartados Comparecencia ante el órgano jurisdiccional (3) y Resolución judicial ordenando la prisión preventiva o la liberación (4).

¿Puedo dejar el país durante la investigación?

Sí, si no está en prisión preventiva, pero deberá comunicarlo a la autoridad investigadora. Si ésta considera que existe riesgo de que se sustraiga a la acción de la justicia, puede prohibirle abandonar el país.

¿Me tomarán las huellas dactilares o muestras de ADN (como cabellos o saliva) u otros líquidos corporales?

Pueden solicitarle estas muestras si no es posible obtenerlas de otro modo. Usted está obligado a proporcionarlas. Si no lo hace, las tomarán por la fuerza, con autorización del órgano jurisdiccional. Si para obtener la muestra se requiere una intervención médicamente invasiva, ésta será realizada por un médico. Usted tiene derecho a que el responsable de la investigación le informe del procedimiento.

¿Puedo ser cacheado?

El responsable de la investigación puede ordenar un cacheo para obtener pruebas o requisar objetos que pudieran obstaculizar la investigación o ayudarle a escapar. El cacheo puede estar respaldado por una orden judicial o mediante ratificación judicial posterior. Usted tiene derecho a ver el protocolo de cacheo y la resolución del órgano jurisdiccional.

¿Pueden registrar mi casa, mi local de negocio, mi coche, etc.?

La respuesta es la misma que la del apartado anterior.

¿Puedo declararme culpable de algunas o todas las acusaciones antes del juicio?

Puede declararse culpable durante el primer interrogatorio, tras oír de qué se le acusa. Sobre la confesión y los derechos que le asisten al respecto, vea la información anterior de esta ficha informativa.

¿Puede cambiarse la acusación antes del juicio?

Puede cambiarse la acusación si aparecen nuevas pruebas. Deberán notificársele inmediatamente las nuevas acusaciones y se le interrogará al respecto.

¿Puedo ser acusado de un delito del que ya haya sido acusado en otro Estado miembro?

Sí, a menos que se establezca otra cosa en un tratado internacional vigente del que Bulgaria sea parte.

¿Se pedirán mis antecedentes penales?

Sí, lo quiera o no.

Detención (incluida la orden de detención europea) (2)

¿Qué se me comunicará sobre lo que está ocurriendo?

La detención policial es ordenada por un agente de la policía y no puede durar más de 24 horas. Los motivos deben especificarse en la propia orden de detención. Usted tiene derecho a conocerlos, a ver la orden y a firmarla. Las autoridades policiales deben ponerle en libertad en cuanto desaparezcan motivos para su detención.

¿Se me facilitará un intérprete si no hablo la lengua?

Si no habla la lengua, tiene derecho a conocer los motivos de su detención inmediatamente y se le proporcionará de forma gratuita un intérprete.

¿En qué momento podré hablar con un abogado?

Podrá ponerse en contacto con un abogado desde el momento de su detención. Puede obtener más información El enlace abre una nueva ventanaaquí

¿Se me pedirá información? ¿Debo facilitarla?

Es posible que le pidan información en relación con la detención, pero usted no está obligado a proporcionarla.

¿Qué ocurrirá si digo algo que sea perjudicial para mi defensa?

En esta etapa, la información que facilite usted no se acepta como prueba. Por tanto, no puede utilizarse en su contra. Sólo puede servir como prueba la información que facilite durante un interrogatorio realizado una vez que conozca la acusación. Puede conocer más detalles en el apartado Investigación (incluida la formulación de acusaciones y el interrogatorio) (1).

¿Puedo ponerme en contacto con un familiar o un amigo?

Sí, puede hacerlo. El agente de policía debe comunicar inmediatamente la detención a la persona que usted indique.

¿Puedo ver a un médico si lo necesito?

Tiene derecho a asistencia médica, si la necesita. La policía le facilitará un médico.

¿Puedo ponerme en contacto con mi embajada si soy de otro país?

Puede ponerse en contacto con la oficina consular de su país. La autoridad que practique la detención debe informarle inmediatamente de este derecho.

¿Puedo ser cacheado?

Tras la detención, le cachearán. El órgano jurisdiccional deberá aprobar posteriormente el uso como prueba de los efectos personales que se le recojan. Usted tiene derecho a ver el protocolo de registro.

¿Puedo recurrir?

Puede recurrir judicialmente la legalidad de la detención policial. El órgano jurisdiccional resolverá inmediatamente su recurso.

¿Qué ocurre si se me detiene en virtud de una orden de detención europea?

Si un Estado miembro emite una orden de detención europea contra usted, puede ser detenido en cualquier otro Estado miembro y entregado a aquél, previa audiencia judicial. Tiene derecho a un abogado y un intérprete, si lo necesita, durante esa audiencia judicial.

Comparecencia ante el órgano jurisdiccional (3)

¿Por qué se celebra una comparencia ante el órgano jurisdiccional?

Al formular la acusación, el fiscal puede solicitar su prisión preventiva o su arresto domiciliario como medidas para evitar que se sustraiga a la acción de la justicia.. La decisión al respecto corresponde al órgano jurisdiccional. Estas medidas no pueden producirse en su ausencia, por lo que debe comparecer ante el órgano jurisdiccional.

¿Qué función desempeña cada uno?

La función del fiscal es cuidar de que usted comparezca ante el órgano jurisdiccional. Mientras usted se encuentre bajo custodia de la policía, el fiscal puede prorrogar su detención hasta un máximo de 72 horas, con la única finalidad de asegurar su comparecencia en ese plazo ante el órgano jurisdiccional. El órgano jurisdiccional le oirá, analizará las pruebas recogidas y decidirá, con arreglo a la ley, su prisión preventiva o su puesta en libertad.

¿Qué se me comunicará sobre lo que está ocurriendo?

Usted tiene derecho a que el fiscal le comunique los motivos de su detención y cuándo comparecerá ante el órgano jurisdiccional.

¿Se me facilitará un intérprete si no hablo la lengua?

Si no habla la lengua, tiene derecho disponer gratuitamente de un intérprete en la vista judicial.

¿En qué momento podré hablar con un abogado?

Podrá ponerse en contacto con un abogado antes de la comparecencia ante el órgano jurisdiccional. En relación con la elección de abogado y el derecho a la asistencia jurídica gratuita, consulte aquí.

¿Se me pedirá información? ¿Debo facilitarla?

El órgano jurisdiccional le pedirá que confirme sus datos personales. Usted tiene derecho a ser oído por el órgano jurisdiccional sobre si debe entrar en prisión preventiva o ser puesto en libertad. Su abogado le asesorará sobre qué decir.

¿Qué ocurrirá si digo algo que sea perjudicial para mi defensa?

En esta etapa, la información que usted facilite no se acepta como prueba. Por tanto, diga lo que diga, no puede utilizarse en su contra.

¿Se me facilitará información sobre otras pruebas existentes contra mí?

Tanto usted como su abogado tienen derecho a ver las pruebas en las que el fiscal base su solicitud de detención. Usted dispondrá de tiempo suficiente para analizarlas antes de la comparecencia judicial.

¿Se pedirán mis antecedentes penales?

El órgano jurisdiccional solicitará sus antecedentes penales, lo desee usted o no.

Resolución judicial ordenando la prisión preventiva o la puesta en libertad(4)

¿Qué se me comunicará sobre lo que está ocurriendo?

Una vez que el órgano jurisdiccional analice las pruebas recogidas y oiga al fiscal, usted y su abogado conocerán su decisión en la misma sesión.

En esa primea comparecencia, el órgano jurisdiccional puede:

En esta comparecencia, el órgano jurisdiccional no decidirá sobre la fundamentación de la acusación formulada contra usted.

¿Puedo ponerme en contacto con un familiar o un amigo?

Si el órgano jurisdiccional acuerda su prisión preventiva, se notificará inmediatamente a su familia.

¿Puedo ver a un médico si lo necesito?

Si está en prisión preventiva, tiene derecho a asistencia médica cuando la necesite.

¿Puedo ponerme en contacto con mi embajada si soy de otro país?

Si el órgano jurisdiccional acuerda su prisión preventiva, ordenará que se notifique inmediatamente al Ministerio de Asuntos Exteriores de Bulgaria para que éste se ponga en contacto con la oficina consular de su país.

¿Puedo recurrir?

Usted puede recurrir la resolución judicial ordenando la prisión preventiva o la puesta en libertad en el plazo de 3 días desde que se adopte. El Tribunal de Apelación conocerá del recurso en el plazo de 7 días desde la resolución del órgano jurisdiccional de primera instancia y su decisión será firme.

Preparación del juicio por el fiscal (5)

¿Cuál es la finalidad de esta etapa?

Esta etapa se produce una vez concluida la investigación (si desea más información sobre la investigación, consulte aquí). Con ella se pretende que el fiscal examine las pruebas reunidas y decida si ha quedado demostrada más allá de toda duda la comisión de un delito. Sólo entonces puede trasladarse al asunto al órgano jurisdiccional para iniciar el proceso penal.

¿Quién desempeña el papel principal?

El fiscal. En esta etapa, es él quien decide llevar el asunto ante el órgano jurisdiccional. El fiscal puede poner fin también al procedimiento prejudicial, cuando así está legalmente previsto. En este caso, el asunto no se lleva ante el órgano jurisdiccional. El fiscal puede suspender igualmente el procedimiento prejudicial si la ley lo permite hasta que desaparezcan los motivos de suspensión, tras lo cual continúa el procedimiento. Si el fiscal observa algo incorrecto en el modo en que el acusado analiza las pruebas, puede devolver el asunto al responsable de la investigación para que lo corrija, o hacerlo él mismo.

¿Cómo sabré lo que está ocurriendo?

Si se formulan acusaciones contra usted ante el órgano jurisdiccional, éste le enviará una copia de la acusación. Si el fiscal concluye o suspende el procedimiento, le enviará una copia de la decisión.

¿Puedo recurrir?

Usted puede recurrir judicialmente la decisión de conclusión del fiscal en el plazo de 7 días desde que reciba la copia. El órgano jurisdiccional de primera instancia conocerá del recurso en el plazo de 7 días desde su presentación. Su decisión puede recurrirse también ante el Tribunal de Apelación, cuya decisión será firme. También puede recurrir judicialmente contra la decisión de suspensión del fiscal. En este caso, su decisión será firme.

¿Obtendré alguna otra información?

Si el fiscal encuentra algo incorrecto en el modo en que usted examina las pruebas y devuelve el caso al responsable de la investigación para que corrija los defectos o los corrige él mismo, usted tendrá derecho a ser informado de estas actuaciones adicionales.

Preparación del juicio por la defensa (6)

¿Cuál es la finalidad de esta etapa?

La finalidad es que usted y su abogado analicen las pruebas reunidas durante la investigación, una vez concluida ésta, incluidas las que le sean favorables. Así, conocerá en qué se basa el fiscal para presentar la acusación, lo cual le ayudará a usted y a su abogado a organizar su defensa en el juicio.

¿Cómo sabré lo que está ocurriendo?

Una vez concluida la investigación, si usted o su abogado lo solicitan, el responsable de la misma, antes de enviar las pruebas reunidas al fiscal, les comunicará el lugar, la fecha y la hora en que podrán analizarlas. Usted y su abogado dispondrán de tiempo suficiente para hacerlo.

¿Se me facilitará un intérprete si no hablo la lengua?

Si no habla la lengua, podrá analizar las pruebas en presencia de un intérprete. Usted no tendrá que pagar por la traducción.

¿Se me pedirá información? ¿Debo facilitarla?

En esta etapa no se le interrogará y no tendrá que facilitar ninguna información sobre el caso.

¿Qué información tendré?

Podrá ver todas las pruebas recogidas y leer todas las declaraciones de testigos. Su abogado le explicará el significado de las pruebas recogidas.

¿Qué derechos tengo tras examinar las pruebas?

Con la asistencia de su abogado, puede solicitar nuevas pruebas o formular comentarios u objeciones sobre las actuaciones relacionadas con la investigación. El responsable de la investigación registrará sus solicitudes, observaciones y objeciones, y el fiscal decidirá si están justificadas.

¿Qué ocurrirá si mis solicitudes, comentarios y objeciones están justificados?

El fiscal ordenará al responsable de la investigación que adopte nuevas medidas al respecto. Usted tiene derecho a que se le notifiquen estas nuevas medidas y pruebas, en su caso, con arreglo al procedimiento anteriormente expuesto.

Medidas para evitar que el acusado se sustraiga a la acción de la justicia (7)

Pueden imponérsele medidas coercitivas si hay motivos fundados para suponer, con arreglo a las pruebas, que ha cometido usted el delito del que se le acusa, con la finalidad de evitar que se oculte, cometa nuevos delitos o dificulte la ejecución de la sentencia que pueda dictarse.

Las medidas para evitar que el acusado se sustraiga a la acción de la justicia son:

  • Firma – usted se compromete a no abandonar su lugar de residencia si permiso de la autoridad competente.
  • Libertad bajo fianza – usted entrega una cierta cantidad en efectivo o mediante avales. Si se oculta, se embargará la fianza y se le impondrán medidas más graves.
  • Arresto domiciliario – se le prohíbe salir de su casa sin permiso.
  • Prisión preventiva – se le mantiene aislado forzosamente.

La prisión preventiva se cumple en dependencias policiales o en prisión.

Usted tiene derecho a conocer y firmar las medidas adoptadas para evitar que se sustraiga a la acción de la justicia. La firma y la libertad bajo fianza son decididas por el fiscal. El arresto domiciliario y la prisión preventiva son acodados al órgano jurisdiccional, a solicitud del fiscal. La medida que se imponga se basa en la gravedad de las acusaciones, en las pruebas y en su situación personal. Dependiendo de estos factores, es posible que no se le imponga ninguna de tales medidas preventivas.

Ninguna de estas medidas puede imponerse en su ausencia. El órgano jurisdiccional debe considerar las solicitudes que usted presente para sustituir las medidas de “prisión preventiva” y "arresto domiciliario” por otras menos severas.

La detención policial y la detención de hasta 72 horas ordenada por el fiscal son medidas preparatorias y no constituyen, con arreglo a la ley, medidas para evitar que el acusado se sustraiga a la acción de la justicia.

Prohibición de abandonar el país (8)

Si se le acusa de un delito castigado con penas de más de 5 años de privación de libertad, el fiscal puede prohibirle salir del país sin autorización. La prohibición se notifica inmediatamente a los controles fronterizos y tiene por finalidad evitar que se sustraiga usted a la investigación.

Usted o su abogado pueden solicitar al fiscal autorización para salir del país en una ocasión concreta y por un período determinado. El fiscal responderá en el plazo de tres días desde la recepción de su solicitud. Si se deniega ésta, podrá recurrir judicialmente. El órgano jurisdiccional resolverá inmediatamente, sin celebración de vista, y podrá confirmar la denegación del fiscal o permitirle a usted salir del país durante un determinado período. La decisión será firme.

Del mismo modo, usted y su abogado pueden solicitar al órgano jurisdiccional el levantamiento completo de la prohibición de salir del país, que el órgano jurisdiccional deberá acordar si no existe riesgo de ocultación en el extranjero.

En este procedimiento judicial no se tendrán en cuenta los motivos de las acusaciones formuladas contra usted.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaCódigo de procedimiento penal

El enlace abre una nueva ventanaLey del Ministerio del Interior

El enlace abre una nueva ventanaLey sobre la extradición y la orden de detención europea

El enlace abre una nueva ventanaReglamento de ejecución de la Ley del Ministerio del Interior

Última actualización: 20/07/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

3 - Mis derechos ante el órgano jurisdiccional

¿Dónde y cómo se celebrará el juicio?

El enlace abre una nueva ventanaEl Código de procedimiento penal establece en qué supuestos corresponderá conocer de su caso al juzgado de primera instancia o al tribunal regional. Puede obtener más información sobre los órganos jurisdiccionales en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaConsejo Supremo de Justicia.

En principio, los juicios son públicos. No obstante, algunos juicios completos y vistas concretas pueden celebrarse a puerta cerrada para proteger secretos de Estado, la moral pública o la identidad secreta de los testigos protegidos.

Dependiendo de la gravedad de la acusación, el caso será resuelto por un juez o por una sala formada por un juez y un jurado de dos miembros. Los delitos más graves son examinados por una sala formada por 2 jueces y un jurado de 3 miembros. Todos ellos tienen los mismos votos en el proceso.

¿Puede modificarse la acusación durante el juicio?

Es posible si durante el juicio se acreditan nuevos hechos no conocidos por las autoridades investigadoras que respalden la modificación. En concreto, se requiere que:

  • se produzcan cambios importantes respecto a los hechos descritos en la acusación inicial o,
  • aunque no existan estos cambios, la nueva acusación sea por un delito más grave.

En caso de modificación de la acusación, usted podrá solicitar prepararse para ella antes de que continúe el juicio.

Si usted se declara culpable de alguna acusación, puede obtener una pena más leve. En cualquier caso, el órgano jurisdiccional no puede condenarle basándose únicamente en su confesión.

¿Qué derechos tengo durante el juicio?

Si se le acusa de un delito castigado con penas de privación de libertad superiores a 5 años, debe asistir al juicio. Si procede de otro país y su presencia es obligatoria, el juicio sólo puede celebrarse sin usted en los supuestos establecidos El enlace abre una nueva ventanaaquí. En estos casos, se le asignará un abogado de oficio con arreglo al procedimiento descrito El enlace abre una nueva ventanaaquí

En principio, no está permitido participar en un juicio a través de videoconferencia. Si el órgano jurisdiccional considera que ello no perjudicará al conocimiento de la verdad, podrá interrogarle por esa vía si usted se halla fuera del país. La participación obligatoria implica su presencia física durante la totalidad del juicio. En los casos en que no sea obligatoria su participación, tiene derecho a estar presente. Si no habla la lengua, puede obtener gratuitamente un intérprete.

El enlace abre una nueva ventanaEl Código de procedimiento penal especifica los casos en los que debe contar con un abogado defensor. En relación con la elección de abogado y el derecho a la asistencia jurídica gratuita, consulte El enlace abre una nueva ventanaaquí. También puede cambiar de abogado. Si le detienen, tiene derecho a verse y hablar con su abogado en privado, con la ayuda de un intérprete si no habla la lengua.

Usted no tendrá que hablar durante el juicio, aunque podrá hacerlo si lo desea. Aunque diga algo falso, ello no tendrá consecuencias perjudiciales para usted. Sí deberá confirmar sus datos personales.

¿Qué derechos tengo en relación con las pruebas en mi contra?

Usted puede impugnar las pruebas presentadas en su contra alegando que no son admisibles, por no haberse obtenido legalmente, o que no demuestran la acusación. Normalmente, las pruebas se impugnan al final del juicio, cuando su abogado presenta las alegaciones de la defensa. La admisibilidad de las pruebas puede impugnarse también durante el juicio.

Usted tiene derecho a solicitar cualquier prueba legalmente admisible a su favor. Puede pedir que se interrogue a los testigos de la defensa. Puede solicitar presentar pruebas en cualquier momento durante el juicio. Son admisibles las pruebas obtenidas mediante detectives privados si se han conseguido legalmente. Su abogado puede evaluar su valor.

Usted y su abogado pueden plantear cualquier pregunta a los testigos de la acusación, en su presencia. El procedimiento de interrogatorio de El enlace abre una nueva ventanatestigos protegidos es más detallado. Usted puede impugnar las afirmaciones de los testigos que le perjudiquen. Normalmente, se hace al final del juicio, cuando su abogado presenta las alegaciones de la defensa.

¿Se tendrán en cuenta mis antecedentes penales?

El órgano jurisdiccional obtendrá información sobre sus condenas penales anteriores, lo acepte usted o no. Si se le declara culpable y tiene condenas anteriores, puede aumentar la severidad de la pena. Los datos deberán estar actualizados al cierre del juicio. Las condenas anteriores en otro Estado miembro se tendrán en cuenta si han sido previamente reconocidas por un órgano jurisdiccional búlgaro.

¿Qué ocurre al acabar el juicio?

Si el órgano jurisdiccional considera que la acusación se ha demostrado más allá de cualquier duda razonable, le declarará culpable y le impondrá la pena legalmente establecida. En caso contrario, será declarado “absuelto.”

Posibles penas:

  • Cadena perpetua, con o sin derecho de sustitución: se impone por los delitos más graves. La cadena perpetua sin derecho de sustitución no puede sustituirse por una reclusión por tiempo determinado. Privación de libertad por tiempo determinado: máximo de 20 años o, excepcionalmente, hasta 30 años. La pena se cumple en prisión.
  • Libertad condicional: incluye la imposición de medidas de control e influencia, sin privación de libertad. Entre esas medidas se incluye la realización de trabajos para la comunidad.
  • Confiscación: pérdida forzosa de la totalidad o parte de sus bienes.
  • Multa: obligación de pagar una determinada cantidad de dinero.
  • Inhabilitación por tiempo determinado para ocupar ciertos puestos o ejercer ciertas profesiones y para obtener premios y cargos militares.
  • Censura pública: la condena se hace pública de modo adecuado.

¿Qué papel desempeña la víctima durante el juicio?

Como acusador privado, la víctima respalda la acusación ejercida por el fiscal y solicita que se le condene a usted. Como demandante civil, la víctima desea que se le condene a usted al pago de la indemnización de los daños y perjuicios causados por el delito. La víctima presentará una solicitud al inicio del juicio y desempeñará estas funciones si el órgano jurisdiccional así lo acuerda.

Interrogatorio de un testigo protegido

Declarar en juicio puede representar un peligro para la vida o la salud del testigo y de sus familiares y amigos. Por este motivo, si el órgano jurisdiccional considera que existe este riesgo, adoptará medidas (a solicitud o con el consentimiento del testigo) para proteger urgentemente su seguridad. No revelar la identidad del testigo puede ser una de estas medidas.

Si va a declarar un testigo protegido con identidad secreta, el órgano jurisdiccional le interrogará sin la presencia de las partes. El órgano jurisdiccional debe adoptar entonces todas las precauciones posibles para que no se conozca su identidad. Tras el interrogatorio, debe facilitarles sin dilación a usted y a su abogado copia de la declaración del testigo sin firmar. Usted y su abogado pueden plantear por escrito cualquier pregunta al testigo.

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanahttps://www.lex.bg/bg/laws/ldoc/2135512224El enlace abre una nueva ventanaCódigo de procedimiento penal

El enlace abre una nueva ventanahttps://www.lex.bg/bg/laws/ldoc/1589654529El enlace abre una nueva ventanaCódigo penal

El enlace abre una nueva ventanahttps://www.lex.bg/bg/laws/ldoc/2135560660El enlace abre una nueva ventanaLey del Poder Judicial

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.vss.justice.bg/bg/vlast/1.htmEl enlace abre una nueva ventanaConsejo Supremo de Justicia

Última actualización: 20/07/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

4 - Mis derechos una vez adoptada la resolución por el órgano jurisdiccional

¿Puedo recurrir?

El órgano jurisdiccional dictará al final del juicio una declaración de “culpabilidad” o de “absolución”, que le será notificada a usted. El enlace abre una nueva ventanaEl Código de procedimiento penal establece los supuestos en los que el órgano jurisdiccional también puede sobreseer una causa penal sin dictar esa declaración. A continuación, el tribunal impondrá la pena. Usted puede recurrir tanto dicha declaración como la imposición de la pena.

El recurso debe formularse por escrito y ha de llevar su firma. Se presenta ante el tribunal de apelación a través del propio órgano jurisdiccional de primera instancia. Si éste es un juzgado de distrito, el tribunal de apelación será un tribunal regional. Si es un tribunal regional, podrá recurrirse ante un tribunal de apelación Si desea más información sobre los órganos jurisdiccionales, consulte el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaConsejo Supremo de Justicia. Los recursos contra la declaración de culpabilidad deben presentarse en el plazo de 15 días desde la fecha en que se dicten, y los recursos contra la imposición de la pena, en el plazo de 7 días desde que se den a conocer.

En el recurso pueden cuestionarse las conclusiones del órgano jurisdiccional sobre los hechos considerados probados, la aplicación de la ley y la procedencia de las penas. Al margen del número y la naturaleza de las impugnaciones, el tribunal de apelación decidirá sobre la corrección de la declaración de culpabilidad en su totalidad.

¿Qué ocurre si decido recurrir?

Una vez recibido el recurso, el órgano jurisdiccional de primera instancia enviará copias al fiscal y a las demás partes del juicio. Junto con su fundamentación de la declaración de culpabilidad, remitirá el caso con el recurso al tribunal de apelación. Si ha acordado su prisión preventiva como El enlace abre una nueva ventanamedida para evitar que se sustraiga a la acción de la justicia, el recurso no implicará automáticamente su puesta en libertad, pero usted podrá solicitar al tribunal de apelación que sustituya esta medida por otra menos severa. El tribunal resolverá su recurso en una vista específica.

No hay plazo para señalar esa vista. Dependerá del momento en que estén preparados los motivos de la resolución y de la carga de trabajo del tribunal.

Usted podrá presentar nuevas pruebas al tribunal de apelación, que está facultado para conocer nuevos hechos. Se aplican al recurso las mismas normas sobre la prueba en primera instancia.

¿Qué ocurre en la vista del recurso?

Usted no tendrá que asistir al juicio, aunque podrá hacerlo si lo desea. Usted y su abogado pueden exponer oralmente sus alegaciones sobre los motivos del recurso. Las demás partes pueden exponer también su postura sobre el recurso.

El tribunal de apelación puede:

  • revocar la declaración de culpabilidad y devolver el caso para su nuevo examen por el fiscal o el órgano jurisdiccional de primera instancia;
  • revocar la declaración de culpabilidad y dictar otra nueva;
  • cambiar la declaración de culpabilidad, imponiendo una pena menos severa;
  • revocar la declaración de culpabilidad y acordar el sobreseimiento de la causa;
  • suspender el proceso penal en los casos previstos en el El enlace abre una nueva ventanaCódigo de procedimiento penal
  • confirmar la declaración de culpabilidad del órgano jurisdiccional de primera instancia.

¿Qué ocurre si se acepta el recurso? ¿Y si se rechaza?

Si no está conforme con la declaración de culpabilidad o la decisión del tribunal de apelación, puede recurrir ante el Tribunal Supremo de Casación. Si el tribunal de apelación es un tribunal regional, sólo puede recurrir ante el Tribunal Supremo de Casación si aquel ha dictado una nueva declaración de culpabilidad.

El Tribunal Supremo de Casación no puede conocer nuevos hechos y, por tanto, no admite nuevas pruebas. Únicamente analiza si se ha aplicado correctamente la ley y si las penas impuestas son justas. Y sólo entra a considerar los motivos concretos de impugnación expuestos en el recurso.

Usted sólo tiene derecho a una indemnización si se revoca su condena y el tribunal de apelación dicta una nueva declaración “absolutoria”. Para más información, véase la Ley de indemnización especial El enlace abre una nueva ventanaaquí. Si, pese al recurso, se mantiene la condena, aunque sea con una pena más leve, así quedará registrado en sus antecedentes penales. No se registrará, en cambio, la declaración absolutoria.

Una vez agotadas todas las posibilidades ante el tribunal de apelación y el Tribunal Supremo de Casación, no caben otras vías de recurso y la sentencia será firme (si no se ha recurrido o se ha recurrido fuera de plazo o si el Tribunal Supremo de Casación ha dictado ya su decisión).

Soy de otro Estado miembro. ¿Puedo ser devuelto a mi país después del juicio?

Sí, puede ser devuelto. En algunos casos, incluso contra su voluntad. Ello no se producirá automáticamente tras la sentencia, sino que debe seguirse un procedimiento detallado en el El enlace abre una nueva ventanaCódigo de procedimiento penal. Necesitará asesoramiento jurídico.

Si soy condenado, ¿puedo ser enjuiciado de nuevo por el mismo delito?

La ley no permite que sea juzgado de nuevo por un delito por el que ya haya sido condenado, aunque la condena se haya producido en otro Estado miembro.

Información sobre la acusación y sobre la condena

La información sobre la acusación formulada contra usted se registrará en los antecedentes policiales. Si resulta absuelto, puede solicitar a la policía que suprima estos datos.

La información sobre la condena se registrará en sus antecedentes penales, que quedarán en el correspondiente juzgado de distrito. Si ha nacido fuera de Bulgaria, sus antecedentes penales se conservarán en el Ministerio de Justicia.

Los antecedentes penales no se cancelarán hasta que usted cumpla 100 años de edad. En ese momento, se microfilmarán y se destruirán. No es necesario su consentimiento para almacenar sus antecedentes penales. Usted no tiene tampoco derecho a oponerse al almacenamiento de esta información.

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Última actualización: 20/07/2022

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5 - Infracciones menores de tráfico

¿Cómo se tratan las infracciones menores de tráfico?

Las infracciones menores de tráfico relacionadas con la velocidad, el estacionamiento, etc. se tratan como faltas administrativas y están sujetas a un procedimiento administrativo. Las sanciones pueden consistir en una multa o en la privación del permiso de conducir vehículos de motor durante un período determinado. Las infracciones más graves pueden llevara aparejadas ambas sanciones.

La detección y sanción de las infracciones corresponde a la policía de tráfico. Contra las sanciones administrativas puede recurrir usted ante el juzgado de distrito competente en el plazo de 7 días desde la fecha en que se le notifiquen. Tiene derecho a ser defendido por un abogado. Las multas de hasta 50 BGN no son recurribles.

El juzgado de distrito puede confirmar o anular la sanción. Contra esa decisión cabe recurso ante el tribunal administrativo correspondiente, cuya decisión será definitiva. Si desea más información sobre los órganos jurisdiccionales, consulte el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaConsejo Supremo de Justicia.

Este mismo procedimiento es de aplicación a las infracciones cometidas por los nacionales de otros Estados miembros.

¿Aparecerán estas infracciones en mis antecedentes penales?

Estas infracciones no aparecerán en sus antecedentes penales.

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Última actualización: 20/07/2022

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