1 - Mis derechos como víctima de un delito

¿Qué información obtendré de las autoridades (por ejemplo, de la policía o el fiscal) después de que haya ocurrido el delito pero antes incluso de denunciarlo?

Desde su primer contacto con la policía, recibirá información que le permitirá ejercer sus derechos de forma adecuada. Concretamente, recibirá información sobre:

  • las autoridades ante las que puede presentar una denuncia penal, así como los datos de contacto de dichas autoridades;
  • con quién puede ponerse en contacto para solicitar asistencia profesional, y en qué condiciones la asistencia profesional es gratuita; también recibirá los datos de contacto de profesionales que proporcionan asistencia;
  • las condiciones en las que tiene derecho a medidas para garantizar su seguridad;
  • dónde obtener más información sobre el asunto en el que usted es la víctima;
  • las etapas del proceso penal y su función en ellas;
  • la autoridad a la que puede solicitar más información; así como los datos de contacto de dicha autoridad;
  • las condiciones en las que tiene derecho a ayuda financiera;
  • los centros de acogida, de intervención u otras instalaciones similares más cercanos con los que puede ponerse en contacto;
  • el proveedor de asistencia sanitaria más cercano con el que puede ponerse en contacto;
  • cómo solicitar reparación si una autoridad pública ha violado sus derechos;
  • las medidas que puede solicitar para proteger sus intereses si reside en otro Estado miembro de la UE;
  • otros derechos que tiene en virtud de la Ley sobre víctimas de delitos.

No vivo en el país de la UE en el que se cometió el delito (nacionales de la UE y de terceros países). ¿Cómo se protegen mis derechos?

Se le garantizarán los mismos derechos que a los ciudadanos de la República Checa y que a los residentes en la República Checa. Si declara que no habla checo, se le proporcionará información sobre sus derechos en un idioma que comprenda o en el idioma oficial del Estado del que sea nacional.

Si denuncio un delito, ¿qué información recibiré?

Si presenta una denuncia ante la policía, deberá dársele toda la información que debe facilitarse en el momento de su primer contacto con la policía, tal como se ha indicado más arriba.

Si presenta una denuncia ante un fiscal, deberá recibir siempre información sobre:

  • dónde solicitar asistencia profesional, y en qué condiciones la asistencia profesional es gratuita; también recibirá los datos de contacto de profesionales que prestan asistencia;
  • las condiciones en las que tiene derecho a medidas para garantizar su seguridad;
  • dónde obtener más información sobre el asunto en el que usted es la víctima.

¿Tengo derecho a servicios de traducción e interpretación gratuitos (al contactar con la policía u otras autoridades, o durante la investigación y el juicio)?

Si está en contacto con las fuerzas o cuerpos de seguridad y no habla checo, puede usar su lengua materna o un idioma que haya indicado que habla.

Siempre que sea posible, y si así lo solicita, se le entregará la traducción de la sentencia firme que da por finalizado el proceso. En la medida en que sea necesario para el ejercicio de sus derechos en el proceso, también se le podrá facilitar, previa petición motivada, la traducción de otros documentos .

¿Cómo garantizan las autoridades que yo entienda y sea entendido (si soy menor; si tengo alguna discapacidad)?

Las autoridades tienen la obligación de informar a las víctimas de manera comprensible, teniendo en cuenta su edad, madurez intelectual y volitiva, alfabetización y salud, así como su estado psicológico. Siempre que sea posible, las entrevistas a menores y personas con discapacidad las deberá realizar una persona especialmente capacitada para ello.

Servicios de apoyo a las víctimas

¿Quién presta apoyo a las víctimas?

El apoyo a las víctimas lo prestan varios grupos de entidades. Entre estas figuran los centros estatales del Servicio de Libertad Vigilada y Mediación, así como entidades privadas acreditadas por el Ministerio de Justicia para facilitar información legal y/o programas de reinserción, y entidades autorizadas por la Ley de Servicios Sociales para prestar servicios de orientación psicológica y social. La asistencia jurídica a las víctimas la prestan abogados. Estas entidades están inscritas en el registro de prestadores de asistencia a las víctimas, que lleva el Ministerio de Justicia y es accesible desde el sitio web del Ministerio de Justicia en El enlace abre una nueva ventanahttps://www.justice.cz/.

¿Me derivará la policía directamente a los servicios de apoyo a las víctimas?

Sí, se le informará automáticamente sobre el apoyo a las víctimas en su primer contacto con la policía. Recibirá los datos de contacto de las autoridades que prestan asistencia.

¿Cómo se protege mi privacidad?

En general, las fuerzas y cuerpos de seguridad no pueden publicar información que no esté directamente relacionada con actividades delictivas. Durante la fase de instrucción, no debe revelarse ninguna información que pueda llevar a conocer su identidad. Se concede una protección especial a la privacidad de los menores de dieciocho años. Si así lo solicita, la información sobre su vida privada (su domicilio y dirección de entrega, lugar de trabajo o negocio, y su situación personal, familiar y patrimonial) se mantendrá de manera tal que solo puedan acceder a ella las fuerzas y cuerpos de seguridad, funcionarios de policía y funcionarios del Servicio de Libertad Vigilada y Mediación que participen en el asunto. Solo se hará accesible si es necesario para lograr el propósito del proceso penal o para que la persona contra la cual se lleva a cabo el proceso penal pueda ejercer adecuadamente su derecho de defensa.

¿Tengo que denunciar un delito antes de poder acceder al servicio de apoyo a las víctimas?

No, la asistencia profesional está disponible antes de que comience el proceso penal. Incluso antes de denunciar el delito, puede recibir asistencia profesional si es necesario y oportuno.

Protección personal si estoy en peligro

¿Qué tipos de protección existen?

Hay varias opciones para la protección de las víctimas.

La policía puede proporcionarle «protección a corto plazo» si es probable que corra riesgo de sufrir daños corporales u otro riesgo grave. Dicha protección puede incluir protección física, cambio de residencia o medidas de asesoramiento y prevención. La policía también puede ordenar al acusado que abandone el hogar en el que viven juntos y sus inmediaciones durante un período de diez días si existe un riesgo de ataque contra su vida o su salud.

Si la seguridad de la víctima está en peligro, el agente de policía llevará a cabo acciones o tomará medidas para garantizar la seguridad de la víctima. Los agentes de los servicios penitenciarios, de la policía militar y de la policía municipal tienen la misma obligación.

En situaciones más graves tiene derecho, bajo determinadas condiciones, a la protección especial que se facilita a los testigos y otras personas que puedan estar en riesgo de daño corporal u otro riesgo grave en relación con un proceso penal. Dicha protección incluye protección personal, cambio de residencia y asistencia con inserción social en un nuevo entorno, ocultación de identidad, etc. Esta es una medida muy seria, que debe usarse solo cuando sea necesario.

La protección que ofrecen los órganos jurisdiccionales o los fiscales se traduce en medidas cautelares utilizadas en el proceso penal, por ejemplo, la prohición del acusado de ponerse en contacto con la víctima o entrar en el hogar común donde reside la víctima. El órgano jurisdiccional también puede tomar medidas preventivas similares a las de un procedimiento civil. Si para protegerle, como víctima o parte perjudicada, es preciso detener al acusado, podrá hacerse si hay motivos para creer que repetirá el delito, lo completará o cometerá un delito que haya estado preparando o amenazando con cometer.

Además, usted tiene derecho a solicitar que se tomen medidas en el proceso penal para evitar el contacto con el presunto autor del delito.

Si así lo solicita, tiene derecho a recibir información sobre la liberación o fuga de la persona acusada de la detención, prisión o centro de detención de seguridad, y otra información similar.

Si usted es un testigo, puede testificar ocultando su identidad en determinadas condiciones.

Un órgano jurisdiccional también puede emitir una orden europea de protección para su protección.

¿Quién puede ofrecerme protección?

Las autoridades mencionadas anteriormente, en particular la policía y los órganos jurisdiccionales, ofrecen protección a través de sus decisiones.

¿Evaluará alguien mi caso para ver si estoy en riesgo de mayores daños por parte del autor del delito?

Las autoridades policiales evalúan siempre la situación. Si detectan algún peligro, tomarán las medidas necesarias.

¿Evaluará alguien mi caso para ver si estoy en riesgo de mayores daños por parte del sistema de justicia penal (durante la investigación y el juicio)?

Las fuerzas y cuerpos de seguridad siempre deben actuar de manera que se evite un mayor daño a la víctima como resultado del delito o daños secundarios.

Si alguna fuerza o cuerpo de seguridad ha violado sus derechos o usted no ha podido ejercerlos plenamente, tiene derecho a solicitar reparación. Por encima de todo, tiene derecho a solicitar una revisión de la conducta de la autoridad policial o demandar para obtener una indemnización por daños y perjuicios o una indemnización razonable por perjuicio moral causado por una autoridad pública en el ejercicio de sus funciones.

¿Qué protección existe para las víctimas muy vulnerables?

Las víctimas especialmente vulnerables son los menores, los ancianos o las personas con discapacidad y las víctimas de determinados delitos como la trata de personas, los atentados terroristas, los delitos sexuales contra la dignidad humana o ciertos delitos violentos. Las víctimas particularmente vulnerables pueden, evidentemente, aprovechar todas las opciones de protección mencionadas anteriormente, y es frecuente que la autoridad competente esté, en principio, obligada a aceptar la petición de una víctima particularmente vulnerable. El alcance de los derechos de las víctimas particularmente vulnerables es generalmente más amplio; sin embargo, esto no se aplica directamente a la protección de las víctimas, que depende más de si la víctima corre el riesgo de sufrir daños corporales o algún otro riesgo grave.

Soy menor de edad, ¿tengo derechos especiales?

Sí, como menor(persona menor de dieciocho años), es una víctima especialmente vulnerable y tiene derechos especiales. Estos incluyen derecho a asistencia jurídica gratuita en los procesos penales, derecho a que los interrogatorios sean conducidos de forma especialmente sensible por una persona cualificada, existencia de un límite a los interrogatorios repetidos o derecho a evitar el contacto visual inmediato con el autor del delito, así como existencia de un límite a las exenciones de algunos de los otros derechos correspondientes a las víctimas.

Un familiar ha fallecido por el delito, ¿cuáles son mis derechos?

Si sufre un daño debido a la muerte de un miembro de su familia como resultado de un delito, se le considerará víctima y tendrá los derechos correspondientes a su condición de víctima.

Un familiar ha sido víctima de un delito, ¿cuáles son mis derechos?

En este caso, no se le considera víctima. Sin embargo, puede convertirse en persona de confianza de la víctima si la víctima lo elige como tal. La víctima tiene derecho a ser acompañada por una persona de confianza durante el proceso penal y al dar explicaciones. Solo se puede excluir a la persona de confianza en casos excepcionales.

¿Puedo acceder a los servicios de mediación? ¿Cuáles son las condiciones? ¿Estaré seguro durante la mediación?

Sí. El Servicio de Libertad Vigilada y Mediación, que es uno de los prestadores de asistencia a las víctimas, ofrece servicios de mediación. La mediación es gratuita y se basa en el consentimiento de ambas partes, es decir, la víctima y el autor del delito. La mediación la realiza un experto en resolución de conflictos que mantiene un enfoque amigable y equilibrado para ambas partes y ayuda a encontrar una solución. El Servicio de Libertad Vigilada y Mediación es una unidad organizativa del Estado cuya misión es, entre otras cosas, mediar para obtener una resolución efectiva y socialmente beneficiosa de conflictos relacionados con el delito y, como tal, puede garantizar la seguridad de la víctima durante las negociaciones de mediación.

¿Dónde puedo encontrar las normas en las que se recogen mis derechos?

Las principales disposiciones son las de la Ley n.o 45/2013, sobre las víctimas de delitos. La recopilación de textos legales se puede consultar los días laborables en cualquier administración municipal y regional (incluido el ayuntamiento de Praga). Al igual que otros textos legales, esta Ley también está disponible en línea, por ejemplo El enlace abre una nueva ventanaen el portal de la Administración Pública o en el sitio web del Ministerio del Interior.

Última actualización: 16/09/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

2 - Denunciar un delito y mis derechos durante la investigación o el juicio

¿Cómo puedo denunciar un delito?

Puede presentar una denuncia ante cualquier organismo policial o ante el fiscal por escrito, verbalmente o electrónicamente. En la denuncia, debe demostrar lo que cree que constituye una prueba de que se ha cometido un delito.

¿Cómo puedo saber qué sucede con el asunto?

Si así lo solicita en la denuncia, la autoridad competente deberá informarle de las medidas tomadas en el plazo de un mes desde la presentación de la denuncia. Como víctima, usted es, en principio, la parte perjudicada y, como tal, tiene derecho a consultar el sumario. También puede solicitar información sobre el estado del proceso. Dicha información se la debe facilitar la autoridad competente; esto no se aplica si dicha información puede ser perjudicial para el propósito del proceso penal.

¿Tengo derecho a asistencia jurídica gratuita (durante la investigación o el juicio)? ¿Cuáles son las condiciones?

Sí. Puede recibir asistencia jurídica incluso antes de que se inicie el proceso penal y puede recibirla a lo largo del proceso, así como también una vez haya finalizado este. La asistencia jurídica la prestan abogados. Las víctimas especialmente vulnerables pueden recibir asistencia jurídica gratuita en el proceso penal. Además, a las víctimas que hayan sufrido un daño grave debido a un delito doloso, o al superviviente de una víctima que haya muerto como resultado de un delito, se les puede proporcionar de forma gratuita o a un precio reducido. Estas personas deben demostrar que no tienen fondos suficientes. Las otras víctimas tienen derecho a asistencia jurídica pagando unos honorarios.

¿Puedo reclamar gastos (por participar en la investigación/juicio)? ¿Cuáles son las condiciones?

Si usted es la víctima en el proceso penal y reclama una indemnización por daños, perjuicio moral o enriquecimiento injusto, y se le concede al menos parcialmente, el condenado está obligado a indemnizarle por los gastos necesarios para el ejercicio razonable de esta reclamación en el proceso. Si presenta una solicitud para dicha compensación, el órgano jurisdiccional puede otorgarla incluso si su demanda no prosperó.

Si usted es testigo, tiene derecho a una retribución como testigo. Debe reclamarla en el plazo de 3 días después de la declaración.

¿Puedo recurrir si mi caso se archiva antes de ir a juicio?

Puede oponerse presentando una reclamación. La reclamación es una vía de recurso contra las decisiones de la autoridad policial y algunas decisiones del fiscal en la fase de instrucción, que toman la forma de resolución. De esta manera, usted, como víctima, puede oponerse, por ejemplo, a la resolución de archivar el asunto y a la resolución de terminar el procesamiento.

¿Puedo intervenir en el juicio?

Sí. A usted (como víctima) se le informará de cuándo tendrá lugar el proceso principal ante el órgano jurisdiccional.

¿Cuál es mi función oficial en el sistema judicial? Por ejemplo, ¿soy o puedo elegir ser víctima, testigo, parte civil o acusador particular?

El ordenamiento jurídico checo distingue entre el término «víctima» y el término «parte perjudicada». La parte perjudicada es una de las partes en el proceso penal. En principio, el término abarca a todas las víctimas, excepto aquellas que son víctimas debido a una relación familiar con una persona que ha muerto como resultado de un delito.

Por tanto, en el sistema judicial checo, usted será la víctima y la parte perjudicada (y por tanto, parte en el proceso penal; esto no se aplica en el asunto mencionado anteriormente); como víctima, puede reclamar una indemnización por daños, perjuicio moral o enriquecimiento injusto. En principio, también será usted testigo. En el ordenamiento jurídico checo no existen acciones legales emprendidas por particulares; por lo tanto, no puede personarse como acusación particular.

¿Cuáles son mis derechos y obligaciones en esta función?

Los derechos de las víctimas se rigen principalmente por la Ley sobre víctimas de delitos y se describen en otras respuestas.

La parte perjudicada tiene una serie de derechos conforme a El enlace abre una nueva ventanaley n.º 141/1961, Código Procesal Penal, que incluye la posibilidad de reclamar una indemnización por daños, perjuicio moral o enriquecimiento injusto causados por un delito, o la posibilidad de recurrir la parte dispositiva de la decisión sobre la indemnización por daños, perjuicio moral o enriquecimiento injusto. La parte perjudicada también tiene derecho a solicitar pruebas adicionales, consultar el sumario, asistir al juicio, asistir a la vista pública sobre apelaciones, expresar su opinión sobre el asunto antes del final del proceso, participar en la negociación del acuerdo sobre la culpa y el castigo y asistir a la vista pública sobre su aprobación, el derecho a ser representado por un representante y el derecho a presentar recursos y solicitudes en asuntos específicos.

¿Puedo declarar o testificar durante el juicio? ¿En qué condiciones? ¿Cuáles son los requisitos?

Sí, puede testificar sobre el impacto del delito en su vida en cualquier etapa del proceso penal, tanto verbalmente como por escrito. Como víctima, es decir, como parte en el proceso, puede buscar, presentar y proponer pruebas.

¿Qué información recibiré durante el juicio?

Si así lo solicita, recibirá información:

  • de que el proceso penal no se ha iniciado;
  • sobre el estado del proceso penal;
  • sobre la clasificación del acto del que la persona es acusada;
  • sobre la hora y el lugar de la vista pública del asunto ante el órgano jurisdiccional;

y también se le notificará la sentencia firme que finaliza el proceso.

¿Podré tener acceso al sumario?

Sí, como parte perjudicada, tendrá derecho a consultar el sumario. Sin embargo, por motivos graves, el fiscal o la autoridad policial podrán negarle este derecho en los procedimientos prejudiciales.

Última actualización: 16/09/2020

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3 - Mis derechos tras el juicio

¿Puedo recurrir la sentencia?

Sí, pero como víctima, solo puede recurrir la parte dispositiva de la sentencia sobre la indemnización por daños, perjuicios morales o enriquecimiento injusto.

¿Cuáles son mis derechos una vez se ha dictado sentencia?

Véanse otras respuestas.

¿Tengo derecho a recibir apoyo o protección después del juicio? ¿Durante cuánto tiempo?

Se puede prestar apoyo (asistencia profesional) incluso después del final del procedimiento judicial hasta que sea necesario. La protección especial (mencionada anteriormente) a menudo puede significar un cambio duradero en la forma de vida y, por tanto, por su naturaleza, se presta incluso después del final del proceso penal.

¿Qué información se me proporcionará si el acusado es condenado?

Si así lo solicita, se le dará la sentencia firme, que contiene información sobre la pena y su forma. Si presenta una denuncia por daños, perjuicios morales o enriquecimiento injusto, siempre se le entregará la sentencia.

Además, la prisión o los centros de detención de seguridad o que faciliten protección le proporcionarán, si así lo solicita, información adicional sobre:

  • la liberación o fuga de la persona condenada de la prisión, detención de seguridad o tratamiento de protección;
  • la suspensión de la pena de prisión;
  • la extradición de la persona condenada a un Estado extranjero o su traslado a un Estado miembro de la UE.

Si el acusado ha sido liberado o se ha escapado y usted está en peligro por ser testigo, las autoridades competentes están obligadas a informar inmediatamente a la policía, que tomará las medidas necesarias para garantizar su seguridad y le informará.

¿Seré informado si el autor del delito es puesto en libertad (incluida la libertad anticipada o condicional) o se fuga de prisión?

Sí, véase más arriba.

¿Participaré en las decisiones sobre puesta en libertad o libertad condicional? ¿Puedo, por ejemplo, realizar una declaración o interponer un recurso?

En cualquier momento durante el proceso penal, tiene derecho a prestar declaración sobre el impacto del delito en su vida hasta el momento.

Sin embargo, no tiene derecho a recurrir una decisión de libertad condicional o sobre el buen comportamiento de una persona condenada a una pena condicional.

Última actualización: 16/09/2020

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4 - Compensación

¿Cuál es el procedimiento para reclamar una indemnización por daños y perjuicios del autor del delito? (p. ej., una causa judicial independiente, una demanda civil, o un procedimiento de adhesión)

Una víctima puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios del autor del delito mediante un procedimiento civil; la víctima también puede adherirse a la demanda de indemnización por daños y perjuicios de la acción penal contra el autor del delito («procedimiento de adhesión»).

El órgano jurisdiccional ha condenado al autor del delito a que me pague daños y perjuicios o una indemnización. ¿Cómo puedo garantizar que el autor del delito pague?

Si el autor del delito no cumple deliberadamente con la obligación de pagar una indemnización por daños y perjuicios impuesta por el órgano jurisdiccional, la persona que haya presentado la demanda (la víctima) tiene derecho a solicitar al órgano jurisdiccional el cumplimiento de tal obligación. Una ley, que entrará en vigor el 1 de enero de 2018, también da derecho a que las víctimas de delitos soliciten que el Estado satisfaga su derecho a una indemnización por daños y perjuicios de los fondos que haya recuperado del autor del delito como sanciones patrimoniales.

Si el autor del delito no paga, ¿puede el Estado pagarme un anticipo? ¿Cuáles son los requisitos?

La República Checa no paga anticipos por ninguna prestación que surja de la obligación del autor del delito de proporcionar una indemnización por daños y perjuicios causados por el delito. El sistema jurídico checo separa estrictamente el derecho de la víctima a una indemnización por el daño causado por el autor del delito, que se considera responsabilidad civil, y el derecho a la ayuda financiera de conformidad con la Ley n.o 45/2013, sobre las víctimas de delitos, que supone una prestación en efectivo del Estado para aliviar el impacto social de la victimización.

¿Tengo derecho a recibir una indemnización por parte del Estado?

Como se ha mencionado anteriormente, el Estado no paga indemnizaciones en el sentido estricto de la palabra (no interfiere en las obligaciones patrimoniales del autor del delito, no las asume), pero ofrece a las víctimas de delitos ayuda financiera. De conformidad con la Ley n.o 45/2013, sobre las víctimas de delitos, se puede ofrecer ayuda financiera a las víctimas que hayan sufrido un daño mínimo establecido por ley contra la salud como consecuencia de un delito, a las víctimas de delitos sexuales contra la dignidad humana, a los niños torturados y a los supervivientes (de un grupo establecido por ley) de aquellos que hayan muerto como resultado de un delito. Esta ayuda se facilita con mayor frecuencia en cantidades que van desde 10 000 CZK (370 EUR aproximadamente) a 200 000 CZK (7 400 EUR aproximadamente) y se calcula en base a una tasa a tanto alzado o corresponde a la cantidad de pérdida de ingresos demostrados y los costes de tratamiento o, cuando proceda, los costes de la terapia especializada utilizada para aliviar el perjuicio moral sufrido. El Ministerio de Justicia decide sobre las solicitudes de pago de ayuda financiera, que deben presentarse dentro del plazo de dos años a partir de la fecha en que la víctima haya sufrido el daño causado por el delito y, como máximo, cinco años a partir de la fecha del delito.

¿Tengo derecho a recibir una indemnización si el autor del delito no es condenado?

No puede reclamarse indemnización por daños y perjuicios causados por el autor de un delito (es decir, por responsabilidad civil) si el autor del delito no ha sido condenado simplemente porque es desconocido, es decir, no hay persona responsable, o no se ha demostrado su responsabilidad civil, o el autor del delito no es responsable penalmente de sus acciones, esto es, el acusado no puede ser considerado responsable de ningún daño causado por actos que no haya cometido, que no tengan la naturaleza de un delito o de los que no sea responsable. Sin embargo, a la inversa, una persona puede tener derecho a ayuda financiera por parte del Estado (véase más arriba) incluso antes de la condena del autor del delito; la víctima tiene derecho incluso si se desconoce el autor del delito o si este no tiene responsabilidad penal por sus acciones, siempre que no haya duda de que la víctima ha sufrido daño por actos que tienen la naturaleza de delito (o de que el familiar de la víctima ha muerto como resultado).

¿Tengo derecho a un pago de urgencia mientras espero que recaiga la decisión sobre mi reclamación de indemnización?

La Ley n.o 45/2013, sobre víctimas de delitos, no permite al Ministerio de Justicia facilitar anticipos para ayuda financiera respecto de la cual está pendiente una decisión; las necesidades vitales urgentes de las víctimas se abordan de otra manera, a partir del sistema de asistencia o apoyo social estatal.

Última actualización: 16/09/2020

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5 - Mis derechos de apoyo y asistencia

Soy víctima de un delito: ¿con quién debo ponerme en contacto para recibir apoyo y asistencia?

Las entidades con las que puede ponerse en contacto están detalladas en el Registro de proveedores de asistencia a víctimas de delitos. El Registro está disponible en el sitio web del Ministerio del Interior en El enlace abre una nueva ventanahttp://portal.justice.cz/Justice2/MS/ms.aspx?o=23&j=33&k=6115&d=330753.

El Registro tiene cuatro secciones que contienen información sobre los tipos de proveedores de asistencia a víctimas, en concreto:

  1. proveedores de servicios sociales;
  2. proveedores acreditados de información jurídica o programas reparadores;
  3. abogados; y
  4. centros del Servicio de libertad condicional y mediación.

El Registro contiene información relativamente detallada sobre los proveedores de asistencia a las víctimas de delitos y permite su búsqueda por nombre y distrito, así como una búsqueda avanzada utilizando otros criterios.

Línea directa de apoyo a las víctimas

(+420) 116 006 (Línea de ayuda a las víctimas - línea universal también utilizada en otros Estados miembros)

¿Es gratuito el apoyo a las víctimas?

En la medida establecida, se facilita la asistencia de expertos de forma gratuita a las víctimas especialmente vulnerables que así lo necesiten. Dichas víctimas también reciben asistencia jurídica gratuita en la medida establecida. Las otras víctimas no tienen derecho a asistencia profesional gratuita, pero puede facilitarse dicha asistencia sin cargo a discreción del proveedor. Sin embargo, la asistencia que facilite el Servicio de libertad condicional y mediación siempre será gratuita.

¿Qué tipo de apoyo puedo recibir por parte de los servicios o autoridades estatales?

El Servicio de Libertad Vigilada y Mediación, que es una autoridad estatal, facilita a las víctimas información jurídica, apoyo psicológico y ofrece programas reparadores, como la mediación, que pueden ayudarle a resolver su situación mediante una negociación informal extrajudicial con el autor del delito. Hay setenta y cuatro centros del Servicio de Libertad Vigilada y Mediación; se pueden encontrar en todas partes de la República Checa y ofrecen sus servicios de forma gratuita.

¿Qué tipos de apoyo puedo recibir de los servicios o las autoridades estatales?

Dependiendo de su naturaleza, las organizaciones no gubernamentales y los particulares facilitan información jurídica, asesoramiento psicológico y social, asistencia jurídica o programas reparadores.

Última actualización: 16/09/2020

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