Derechos de las víctimas – por país

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¿Cuál es el procedimiento para reclamar una indemnización por daños y perjuicios del autor del delito? (p. ej., una causa judicial independiente, una demanda civil, o un procedimiento de adhesión)

Una víctima puede reclamar una indemnización por daños y perjuicios del autor del delito mediante un procedimiento civil; la víctima también puede adherirse a la demanda de indemnización por daños y perjuicios de la acción penal contra el autor del delito («procedimiento de adhesión»).

El órgano jurisdiccional ha condenado al autor del delito a que me pague daños y perjuicios o una indemnización. ¿Cómo puedo garantizar que el autor del delito pague?

Si el autor del delito no cumple deliberadamente con la obligación de pagar una indemnización por daños y perjuicios impuesta por el órgano jurisdiccional, la persona que haya presentado la demanda (la víctima) tiene derecho a solicitar al órgano jurisdiccional el cumplimiento de tal obligación. Una ley, que entrará en vigor el 1 de enero de 2018, también da derecho a que las víctimas de delitos soliciten que el Estado satisfaga su derecho a una indemnización por daños y perjuicios de los fondos que haya recuperado del autor del delito como sanciones patrimoniales.

Si el autor del delito no paga, ¿puede el Estado pagarme un anticipo? ¿Cuáles son los requisitos?

La República Checa no paga anticipos por ninguna prestación que surja de la obligación del autor del delito de proporcionar una indemnización por daños y perjuicios causados por el delito. El sistema jurídico checo separa estrictamente el derecho de la víctima a una indemnización por el daño causado por el autor del delito, que se considera responsabilidad civil, y el derecho a la ayuda financiera de conformidad con la Ley n.o 45/2013, sobre las víctimas de delitos, que supone una prestación en efectivo del Estado para aliviar el impacto social de la victimización.

¿Tengo derecho a recibir una indemnización por parte del Estado?

Como se ha mencionado anteriormente, el Estado no paga indemnizaciones en el sentido estricto de la palabra (no interfiere en las obligaciones patrimoniales del autor del delito, no las asume), pero ofrece a las víctimas de delitos ayuda financiera. De conformidad con la Ley n.o 45/2013, sobre las víctimas de delitos, se puede ofrecer ayuda financiera a las víctimas que hayan sufrido un daño mínimo establecido por ley contra la salud como consecuencia de un delito, a las víctimas de delitos sexuales contra la dignidad humana, a los niños torturados y a los supervivientes (de un grupo establecido por ley) de aquellos que hayan muerto como resultado de un delito. Esta ayuda se facilita con mayor frecuencia en cantidades que van desde 10 000 CZK (370 EUR aproximadamente) a 200 000 CZK (7 400 EUR aproximadamente) y se calcula en base a una tasa a tanto alzado o corresponde a la cantidad de pérdida de ingresos demostrados y los costes de tratamiento o, cuando proceda, los costes de la terapia especializada utilizada para aliviar el perjuicio moral sufrido. El Ministerio de Justicia decide sobre las solicitudes de pago de ayuda financiera, que deben presentarse dentro del plazo de dos años a partir de la fecha en que la víctima haya sufrido el daño causado por el delito y, como máximo, cinco años a partir de la fecha del delito.

¿Tengo derecho a recibir una indemnización si el autor del delito no es condenado?

No puede reclamarse indemnización por daños y perjuicios causados por el autor de un delito (es decir, por responsabilidad civil) si el autor del delito no ha sido condenado simplemente porque es desconocido, es decir, no hay persona responsable, o no se ha demostrado su responsabilidad civil, o el autor del delito no es responsable penalmente de sus acciones, esto es, el acusado no puede ser considerado responsable de ningún daño causado por actos que no haya cometido, que no tengan la naturaleza de un delito o de los que no sea responsable. Sin embargo, a la inversa, una persona puede tener derecho a ayuda financiera por parte del Estado (véase más arriba) incluso antes de la condena del autor del delito; la víctima tiene derecho incluso si se desconoce el autor del delito o si este no tiene responsabilidad penal por sus acciones, siempre que no haya duda de que la víctima ha sufrido daño por actos que tienen la naturaleza de delito (o de que el familiar de la víctima ha muerto como resultado).

¿Tengo derecho a un pago de urgencia mientras espero que recaiga la decisión sobre mi reclamación de indemnización?

La Ley n.o 45/2013, sobre víctimas de delitos, no permite al Ministerio de Justicia facilitar anticipos para ayuda financiera respecto de la cual está pendiente una decisión; las necesidades vitales urgentes de las víctimas se abordan de otra manera, a partir del sistema de asistencia o apoyo social estatal.

Última actualización: 16/09/2020

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