Acusados (procedimientos penales)

Italy

Content provided by:
Italy

A. ¿Dónde tendrá lugar el juicio?

Por regla general, el juicio se celebra en el lugar sobre el que el órgano jurisdiccional tenga competencia (territorial y objetiva) para conocer del delito de que se trate.

B. ¿Puede modificarse la acusación? En caso afirmativo, ¿qué derecho tengo a ser informado al respecto?

Por regla general, si durante el juicio los hechos probados resultan ser diferentes de los descritos en el auto de apertura de juicio y no son competencia de un órgano jurisdiccional superior, el fiscal modifica el escrito de acusación y procede a notificarlo de nuevo; esto mismo se aplica en caso de concurso de delitos y de cualquier circunstancia agravante resultantes del juicio. Por regla general, el fiscal actúa de manera ordinaria si, durante el juicio, se tiene conocimiento de un hecho nuevo sobre la persona acusada que no figura en el auto original y que debe tratarse de oficio. No obstante, si el fiscal así lo solicita, el juez podrá autorizar la notificación de la modificación de la acusación durante la vista, con el consentimiento del acusado y siempre que ello no afecte a los plazos del proceso. Si el fiscal procede directamente con la nueva acusación, el acusado puede, por regla general, solicitar la suspensión del juicio y la admisión de nuevas pruebas.

C. ¿Cuáles son mis derechos durante las comparecencias ante el órgano jurisdiccional?

i. ¿Tengo que estar presente en el juicio? ¿Cuáles son las condiciones para ausentarme durante el proceso judicial?

El acusado tiene el derecho a estar presente en el juicio, pero no está obligado a ello. No obstante, el órgano jurisdiccional podrá ordenar la comparecencia del acusado en rebeldía, cuando esta sea necesaria para la obtención de pruebas distintas del interrogatorio.

ii. ¿Qué derecho tengo a los intérpretes y las traducciones?

El derecho reconocido en el artículo 143 del Código Procesal Penal.

iii. ¿Tengo derecho a un abogado?

El acusado tiene derecho a nombrar un máximo de dos abogados; la persona sospechosa o acusado que no haya designado a un abogado, o no disponga de uno, estará asistida por un abogado designado de oficio.

iv. ¿De qué otros derechos procesales debería estar al tanto? (Por ejemplo, comparecencia de sospechosos ante el órgano jurisdiccional)

A este respecto, cabe señalar que, con arreglo al artículo 523 del Código Procesal Penal, el acusado y su abogado deben, en cualquier caso, tener la última palabra en la vista si así lo solicitan, so pena de nulidad del proceso. Además, cabe indicar que, en cualquier fase e instancia del proceso, las partes y sus abogados pueden presentar escritos o solicitudes al órgano jurisdiccional.

D. Posibles sentencias

El juez dicta una condena si el acusado es declarado culpable del delito del que se le acusa sin que exista ninguna duda razonable, y, mediante sentencia, aplica una pena y cualquier medida cautelar. Al dictar una condena, el juez también se pronuncia sobre cualquier pretensión de restitución e indemnización por daños y perjuicios. Si el juez decide que el acusado debe pagar una sanción compensatoria, también fijará su importe, salvo que sea competencia de otro órgano jurisdiccional.

Última actualización: 21/03/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.