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Acusados (procedimientos penales)

Finland

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¿Cuál es la finalidad de una investigación penal?

La policía tiene la obligación de iniciar una investigación si existen motivos para sospechar que se ha cometido un delito. Las sospechas pueden proceder de la víctima del delito. La policía puede también descubrir supuestos delitos de otras maneras, en cuyo caso debe abrir una investigación (por ejemplo, la propia policía puede observar que se está cometiendo un delito).

¿Qué etapas comprende la investigación?

La investigación policial trata de descubrir las circunstancias del delito y las personas implicadas en el mismo y de reunir las pruebas necesarias para decidir la acusación y posteriormente para el juicio. La investigación la realiza la policía o, en algunos casos, la Guardia de Fronteras, las Fuerzas Armadas o el Servicio de Aduanas de Finlandia. Las referencias de este documento a “la policía” se entenderán alusivas a todas las autoridades competentes para realizar la investigación.

Interrogatorio

La policía puede citarle en la comisaría para interrogarle. También puede telefonearle e interrogarlo por teléfono. o bien hacerlo telefónicamente. La finalidad del interrogatorio es conocer si existen motivos para sospechar de la comisión de un delito y de que usted lo haya cometido.

Detención

Si le citan para interrogarle, debe acudir. Si no lo hace, la policía puede venir a buscarlo para el interrogatorio. Además, en este caso la policía podrá detenerlo.

Comparecencia ante el órgano jurisdiccional

Si la policía solicita la prisión preventiva, deberá comparecer ante el órgano jurisdiccional en el plazo de cuatro días desde su detención. El órgano jurisdiccional celebrará una vista y decidirá si usted debe permanecer en prisión preventiva o quedar en libertad. En el primer caso, señalará también el plazo en el que deba formularse la acusación.

Si la policía no solicita la prisión preventiva, la comparecencia podrá tener lugar durante el propio juicio.

Estudio de la acusación por el fiscal antes del juicio

Antes del juicio, la policía realizará una investigación y reunirá todos los materiales en un expediente de investigación que entregará al fiscal, el cual decidirá si existen motivos fundados para sospechar que se ha cometido un delito y que es usted quien lo ha cometido.

La policía debe informarle a usted y a su abogado sobre la marcha de la investigación y las pruebas encontradas sobre su culpabilidad. Usted puede reunir también por sí mismo o con ayuda de su abogado pruebas de su inocencia y solicitar que se incluyan en el expediente de investigación.

Antes del juicio pueden realizarse varias sesiones de interrogatorio, así como varias comparecencias ante el órgano jurisdiccional durante la prisión preventiva.

Mis derechos durante la investigación penal

Haga clic en los enlaces que siguen para obtener más información sobre sus derechos durante las distintas fases de la investigación:

Interrogatorio (1)

¿Por qué quiere interrogarme la policía?

La policía puede interrogarle si sospecha que sabe algo de un posible delito, con el fin de averiguar algo sobre éste y sobre su autor. Puede interrogarle también para averiguar quién se ha beneficiado del delito, aunque usted no lo haya cometido.

¿Qué se me comunicará sobre mis derechos?

La policía debe informarle lo más pronto posible de su posición en el interrogatorio (víctima, sospechoso o testigo) y, en todo caso, antes de iniciarlo. Normalmente, usted tiene derecho a que le acompañe un abogado durante el interrogatorio si es una víctima o un sospechoso. En este último caso, la policía debe informarle también de las sospechas que tenga sobre usted.

Si la policía le detiene por considerarle sospechoso de un delito o se encuentra en prisión preventiva, debe informarle inmediatamente de su derecho a utilizar un abogado. Generalmente, usted no tiene que responder a ninguna pregunta hasta que llegue su abogado, si efectivamente solicita uno. No obstante, debe proporcionar al interrogador sus datos personales correctos, aunque no esté presente su abogado.

La policía tiene la obligación de tratarle de forma tranquila y racional durante el interrogatorio, sin hacer afirmaciones, promesas o maquinaciones falsas a sabiendas ni agotar, amenazar o coaccionar al interrogado o utilizar cualquier otro medio o método inadecuado para influir en su voluntad, su memoria, su juicio o su libertad para decidir con el fin de obtener una confesión o influir en el tipo de declaración.

¿Qué ocurre si no hablo la lengua local?

Si no habla finlandés o sueco, la policía le asignará un intérprete durante el interrogatorio. Puede obtener más información sobre sus derechos lingüísticos en el apartado Derechos lingüísticos (6). Algunos agentes de policía pueden emplear el inglés durante el interrogatorio. Usted no tendrá que pagar por el intérprete. El intérprete traducirá sus respuestas y las preguntas de la policía.

Al final del interrogatorio, usted y el intérprete revisarán conjuntamente el acta y usted podrá indicar si la policía ha registrado algo incorrectamente. Es muy importante que la revise cuidadosamente con el intérprete, pues el contenido del acta podrá utilizarse en su contra en el juicio.

¿Puedo servirme de un abogado?

Normalmente, tendrá siempre derecho a servirse de un abogado durante el interrogatorio, se encuentre detenido o no. Generalmente, no tiene que responder a ninguna pregunta hasta que llegue el abogado. Si necesita un intérprete, puede utilizarlo también para su conversación con el abogado.

Si conoce algún abogado al que desee recurrir, puede solicitar a la policía que se ponga en contacto con él. Si no conoce ninguno, la policía puede buscárselo. La policía también puede proporcionarle una lista de los abogados que suelan llevar casos penales o de los miembros del Colegio de Abogados de Finlandia. Usted puede elegir un abogado, y la policía se pondrá en contacto con él.

¿Estoy obligado a responder a las preguntas de la policía?

Debe proporcionar siempre a la policía sus datos personales correctos. No tiene que responder a ninguna otra pregunta. Si sabe algo que pueda ayudar a resolver el crimen y disipar las sospechas que pesan sobre usted, puede ser conveniente responder a las preguntas. Consulte con su abogado si responder a las preguntas o no.

La policía debe atenerse también a la ley en cuanto a las horas a las que puede realizarse el interrogatorio. Normalmente, no puede efectuarse entre las 10 p.m. y las 7 a.m. Puede obtener más información sobre los horarios de interrogatorio aquí.

¿Puede la policía cachearme y tomar mis huellas dactilares?

Si es sospechoso de la comisión de un delito, la policía puede tomarle las huellas dactilares. También puede cachearle, es decir, ver qué lleva en su ropa o con usted, si es sospechoso de un delito que lleve aparejada una pena mínima de seis meses de privación de libertad o si el supuesto delito es uno de los mencionados en el artículo 10 del capítulo 5 de la Ley de Medidas Coercitivas.

La policía también puede realizar una exploración corporal, incluida la toma de muestras de sangre y otras formas de examen corporal, si es sospechoso de un delito que lleve aparejada una pena de más de seis meses de privación de libertad o si el delito es uno de mencionados en el artículo 11 del capítulo 5 de la Ley de Medidas Coercitivas. En la práctica, puede realizarse una exploración corporal en delitos ordinarios como el robo, las agresiones con lesiones graves y los delitos de drogas; esto incluye la toma de muestras del ADN.

Detención (2)

¿Por qué motivos puede detenerme la policía?

La finalidad de la detención es salvaguardar la investigación. La policía puede detenerle si es sospechoso de un delito grave que lleve aparejada una pena mínima de dos años de privación de libertad. En este caso, no son necesarios otros motivos para detenerle, basta la sospecha fundada de que ha cometido el delito.

Si se sospecha que usted ha cometido un delito menos grave, como agresión con lesiones graves o robo, pueden detenerle si, además del supuesto delito, tienen motivos para sospechar que puede usted:

  • huir o impedir de otro modo la investigación,
  • dificultar la investigación del asunto o
  • continuar delinquiendo.

La policía puede detenerle también si no le conocen y usted se niega a facilitar su nombre o su dirección o proporciona un nombre o una dirección claramente falsos, o si no tiene domicilio permanente en Finlandia y existe riesgo de que abandone el país para evitar la investigación, el juicio o la ejecución de la sentencia.

Un funcionario habilitado en materia de arrestos decidirá del suyo si necesidad de orden judicial. Los funcionarios habilitados al efecto son como los funcionarios de policía de alto rango, el fiscal y los funcionarios de alto rango de aduanas y de la Guardia de Frontera. Las disposiciones legales sobre funcionarios habilitadfos para realizar detenciones figuran en el artículo 6 del capítulo de la Ley de Medidas Coercitivas.

¿Qué se me comunicará sobre la detención?

La policía debe informarle de los motivos de su detención en cuanto le detengan físicamente o ejecuten una orden de arresto. La policía debe informar también de su detención a un miembro de su familia u otra persona cercana si usted lo solicita, a menos que ello dificulte la investigación.

No hablo la lengua local. ¿Tengo derecho a la asistencia de un intérprete?

Si no habla finlandés o sueco, la policía le asignará un intérprete. Puede obtener más información sobre sus derechos lingüísticos en el apartado Derechos lingüísticos (6). En algunos casos, los agentes de policía pueden realizar el interrogatorio en inglés, si ambas partes consideran que pueden entenderse en esta lengua. No está obligado a responder a ninguna pregunta hasta que llegue el intérprete.

¿Puedo reunirme con mi abogado?

Siempre tiene derecho a reunirse con su abogado si es detenido. Si lo solicita, se le asignará un abogado defensor. El Estado pagará sus honorarios. Usted puede elegir su propio abogado, que deberá ser un licenciado en Derecho.

Tiene derecho a hablar con su abogado sin la presencia de la policía, que no podrá escuchar ni grabar sus conversaciones. Si necesita un intérprete, puede estar también presente durante estas conversaciones.

¿Estoy obligado a responder a las preguntas de la policía?

No está obligado a responder a ninguna pregunta de la policía, salvo para proporcionar sus datos personales. En ocasiones, puede resultarle conveniente responder a sus preguntas para ayudar a aclarar lo ocurrido y disipar las sospechas sobre usted. Cuando el órgano jurisdiccional valore su culpabilidad, puede tener en cuenta que no haya respondido a las preguntas, aunque este hecho no será nunca por sí solo motivo suficiente para condenarle.

¿Y si digo algo que pueda perjudicarme?

Usted tiene el derecho fundamental a no ayudar a confirmar su propia culpabilidad, lo que significa que no está obligado a decir cosas que tengan este efecto.

No obstante, si decide hablar únicamente ante el órgano jurisdiccional, deberá estar preparado para explicar por qué no ha hablado antes. El órgano jurisdiccional puede tener en cuenta que usted no haya dicho hasta ese momento que se encontraba en otro lugar cuando se produjo el crimen, lo que puede reducir la credibilidad de su explicación

Si usted menciona cosas durante el interrogatorio que luego resultan ser perjudiciales para su defensa, podrán utilizarse en su contra. Si en el juicio declara algo distinto de lo que declaró en el interrogatorio, deberá explicar los motivos para evitar que el órgano jurisdiccional considere poco creíbles sus explicaciones.

¿Puedo ponerme en contacto con mis familiares?

Tiene derecho a ponerse en contacto con sus familiares próximos, a menos que la policía tenga motivos fundados para restringir sus contactos. La policía debe informar también sin demora de su detención a sus familiares próximos, a menos que ello dificulte la investigación.

Soy de otro Estado miembro. ¿Puedo ponerme en contacto con mi embajada?

Tiene derecho a ponerse en contacto con su embajada, a menos que la policía tenga motivos fundados para restringir sus contactos. Generalmente, se informa a la embajada a más tardar cuando la policía solicita una orden de detención.

¿Puede la policía tomarme las huellas dactilares? ¿Puede tomar una muestra de mi ADN?

Normalmente, si le detienen, la policía puede tomar siempre sus huellas dactilares y muestras de su ADN.

¿Puede cachearme la policía?

La policía puede ordenar un cacheo para ver qué lleva en la ropa o consigo y también una exploración corporal, que incluya la toma de muestras de sangre y otros exámenes corporales.

Si ello precisa una cualificación médica, deberá realizarlo un médico. En caso contrario, podrá realizarlo la policía o un profesional sanitario.

La legislación establece los requisitos de la exploración corporal, como, por ejemplo, la gravedad de las sospechas. En la práctica, todos los delitos ordinarios (robo, agresión con lesiones graves y delitos de drogas) permiten a la policía realizarla.

¿Qué ocurre si me detienen en virtud de una orden de detención europea?

Si otro Estado miembro emite una orden de detención europea, puede ser detenido para su extradición a ese país. Tiene derecho a un abogado y un intérprete durante la comparecencia ante el órgano jurisdiccional. El Estado pagará sus honorarios y usted no estará obligado a reembolsarlos. Puede elegir su propio abogado, del mismo modo que en los demás supuestos en que se le considera sospechoso de un delito.

Comparecencia ante el órgano jurisdiccional (3)

¿Por qué se celebra una comparecencia ante el órgano jurisdiccional?

Si la policía solicita la prisión preventiva, el órgano jurisdiccional deberá decidir al respecto. Si la policía no le ha detenido y no solicita tampoco la prisión preventiva, la comparecencia podrá tener lugar durante el propio juicio.

Si ha sido detenido, la policía debe solicitar la orden de prisión preventiva lo más pronto posible y , como muy tarde, antes de las doce en punto del tercer día siguiente a su detención. En caso contrario, debe dejarle libre. El órgano jurisdiccional debe resolver sin demora la solicitud.

Si está detenido, la solicitud de prisión preventiva debe tramitarse en el plazo máximo de los cuatro días siguientes a la detención. El órgano jurisdiccional celebrará una vista y decidirá si mantenerle en prisión preventiva o dejarle en libertad. En lugar de acordar la prisión preventiva, el órgano jurisdiccional puede imponerle una prohibición de viajar.

Junto a la prisión preventiva, el órgano jurisdiccional puede acordar también restricciones a sus contactos, de modo que durante el inicio de la prisión preventiva únicamente pueda ponerse en contacto con su abogado.

En Finlandia no hay un sistema de fianza, lo que excluye la posibilidad de depositar una cantidad de dinero para quedar en libertad provisional hasta la comparecencia ante el órgano jurisdiccional.

¿Tengo derecho a la asistencia de un abogado?

Tiene derecho a tener un abogado en la comparecencia ante el órgano jurisdiccional sobre la prisión preventiva. Si lo solicita, se le asignará un abogado defensor y el Estado pagará inicialmente su remuneración. También puede encargarse de su propia defensa, pero si la policía solicita la prisión preventiva, es recomendable contratar a un abogado. Usted puede elegir su propio abogado.

¿Tengo derecho a un intérprete si no hablo la lengua?

Si no sabe finlandés o sueco, el órgano jurisdiccional le facilitará un intérprete. El Estado pagará sus honorarios. Puede obtener más información sobre sus derechos lingüísticos en el apartado Derechos lingüísticos (6). En la comparecencia ante el órgano jurisdiccional, el intérprete le traducirá la solicitud de prisión preventiva, si no la ha analizado previamente con su abogado. Se traducirán también todas las intervenciones orales, en caso necesario.

¿Es obligatorio hablar ante el órgano jurisdiccional?

No es obligatorio. Si tiene un abogado, éste puede responder en su nombre a la solicitud de orden de detención. En cualquier caso, usted tiene derecho a intervenir personalmente, si lo desea.

¿Es obligatorio proporcionar otra información ante el órgano jurisdiccional?

No está obligado a proporcionar ninguna información sobre el supuesto delito ante el órgano jurisdiccional ni en ningún momento de la investigación penal. No obstante, a menudo puede ser conveniente. Su abogado le ayudará a decidir cuándo es conveniente hablar y dar información.

¿Permaneceré en prisión preventiva o quedaré en libertad tras la comparecencia ante el órgano jurisdiccional?

El órgano jurisdiccional acordará la prisión preventiva si existen motivos para ello y no es suficiente con la prohibición de viajar. La prohibición de viajar no es posible en la práctica si usted no tiene domicilio permanente en Finlandia.

Si considera que no hay motivos para la prisión preventiva, ordenará su inmediata puesta en libertad. En Finlandia no existe la posibilidad de depositar una cantidad de dinero como fianza, de modo que al término de la comparecencia quedará en prisión preventiva, bajo prohibición de viajar o en libertad. Aunque el órgano jurisdiccional considere pertinente la prisión preventiva, no la acordará si ello resultara injustificado debido a su estado de salud, por ejemplo.

Si acuerda la prisión preventiva, señalará también el plazo en el que el fiscal deberá formular la acusación. Esta fecha podrá aplazarse a instancia del fiscal. No hay un plazo máximo para formular la acusación, pero no puede ser superior a lo necesario para completar la investigación y preparar los cargos.

Si el plazo fuera demasiado breve, el órgano jurisdiccional podrá ampliarlo a instancia del fiscal, ofreciéndole a usted y su abogado la posibilidad de formular sus alegaciones sobre la solicitud.

¿Es pública la comparecencia ante el órgano jurisdiccional?

Normalmente, las vistas son públicas, y también lo es la comparecencia para la prisión preventiva. No obstante, por razones de la investigación, la policía puede solicitar que se celebre a puerta cerrada y que el material del caso se mantenga secreto hasta que se estudie la acusación. El resultado final de la comparecencia es siempre público.

¿Puedo recurrir si el órgano jurisdiccional acuerda la prisión preventiva?

Puede recurrir sin plazo determinado contra la resolución por la que se acuerde la prisión preventiva ante el Tribunal de Apelación, que tramitará el recurso con carácter urgente. El procedimiento ante el Tribunal de Apelación es normalmente escrito.

El órgano jurisdiccional deberá también volver a examinar su situación de prisión preventiva si usted lo solicita, aunque no haya recurrido la resolución. No obstante, no es obligatorio volverla a examinar hasta dos semanas después de la comparecencia. Su abogado le informará más detalladamente sobre los requisitos para solicitar el reexamen de la situación de prisión. Este puede realizarse también por videoconferencia. Usted participará en ella desde la prisión con o sin su abogado, y el juez, desde el tribunal, solo o con el abogado de usted.

¿Puedo abandonar el país antes del juicio?

Si el órgano jurisdiccional le deja en libertad en la comparecencia, podrá abandonar libremente el país. Si le impone una prohibición de viajar, especificará las condiciones en la resolución. Si la investigación contra usted continúa tras su salida del país, puede acordarse la prisión preventiva en su ausencia, en caso necesario, y emitirse una orden de detención europea si no es posible localizarle.

Estudio de la acusación por el fiscal antes del juicio (4)

¿Qué ocurre antes del juicio?

Cuando la policía concluya la investigación, enviará el expediente al fiscal. Si le han asignado un abogado defensor, se lo enviará también a él.

Usted y su abogado pueden solicitar nuevas investigaciones si consideran que la investigación no está completa. También pueden solicitar una copia del expediente de investigación. Si no se le ha asignado un abogado defensor, el material de la investigación no se le enviará automáticamente a usted ni a su abogado.

A continuación, el fiscal decidirá si formula una acusación. Si lo hace, usted recibirá una copia de la solicitud de citación y se le citará también para el juicio. En la solicitud de citación se expondrán la acusación, las pruebas y los testigos que llamará el fiscal para demostrar su culpabilidad más allá de toda duda razonable.

Usted tiene derecho a presentar sus propias pruebas y testigos. En general, es mejor que la policía interrogue a las personas durante la investigación policial que durante la vista del juicio. Consulte a su abogado qué debe hacer si desea llamar a una persona como testigo y el fiscal no la ha citado.

¿Se celebra siempre un juicio?

Si el fiscal considera que no hay pruebas fundadas de su culpabilidad, no formulará cargos y el caso se cerrará normalmente en este punto. Si se encuentra en prisión preventiva, quedará inmediatamente en libertad.

El fiscal puede decidir también no formular cargos aunque le considere culpable, si cree que no es necesario un juicio por tratarse de una infracción menor o si usted es menor de edad. Si usted se considera inocente, aunque el fiscal crea que es culpable, puede solicitar la resolución de un órgano jurisdiccional.

La víctima puede formular también una acusación si el fiscal decide no presentar cargos.

Algunas infracciones menores pueden enjuiciarse en un procedimiento escrito, sin celebración de vista. Esto puede ocurrir si, por ejemplo, usted admite su culpabilidad y acepta el procedimiento.

¿Puedo declararme culpable antes del juicio?

Puede admitir su culpabilidad ante la policía, en cuyo caso puede aún celebrarse un juicio si el fiscal formula una acusación y no es posible un procedimiento escrito. En ocasiones, si usted confiesa y colabora con la investigación, esto puede reducir la pena que se le imponga, pero ello dependerá del órgano jurisdiccional.

La confesión no afecta a su derecho a recurrir, y usted puede retirarla en cualquier momento. No obstante, aunque la retire, el órgano jurisdiccional puede tenerla en cuenta al valorar su culpabilidad.

¿Puede cambiarse la tipificación de los cargos antes del juicio?

La tipificación de los cargos puede cambiar durante la investigación, dependiendo de cómo se desarrolle. El fiscal puede imputarle también un delito diferente al inicial, siempre que los principales elementos del delito se hayan determinado durante la investigación (por ejemplo, si la policía sospechaba de usted por asesinato pero el fiscal le acusa de homicidio). El fiscal puede detallar más los cargos, incluso después de formularlos.

¿Puedo ser acusado de un delito del que ya haya sido acusado en otro Estado miembro?

Normalmente, no puede ser acusado de un delito del que ya haya sido acusado en otro Estado miembro, siempre que la decisión adoptada en este último sea firme y se cumplan los siguientes requisitos:

  • que se hayan desestimado los cargos,
  • que usted haya sido considerado culpable pero no se le haya impuesto ninguna pena,
  • que se haya cumplido o se esté cumpliendo la pena, o
  • que haya prescrito la pena con arreglo a la legislación del país donde se impuso.

Si considera que se le acusa de un delito del que ya ha sido acusado en otro Estado miembro, coméntelo sin dudarlo con su abogado.

Denuncias sobre la actuación de la policía (5)

Considero que la policía me ha tratado incorrectamente. ¿A quién puedo denunciarlo?

Si considera que un agente de policía le ha tratado incorrectamente en el desempeño de sus funciones, puede formular una reclamación administrativa, en cuyo caso se investigará su actuación.

La reclamación administrativa se presenta ante un funcionario de policía de rango superior o los guardianes de la ley del máximo rango, que son el Canciller de Justicia y el Defensor del Pueblo Parlamentario. La reclamación debe presentarse por escrito, en la forma que se desee.

Si sospecha que un agente de policía ha cometido un delito, puede denunciarle. La policía está obligada a registrar la denuncia con la información que usted proporcione. El fiscal está obligado a abrir una investigación si hay un agente de policía sospechoso de cometer un delito. En este caso, el fiscal es el único facultado para determinar si existen motivos fundados para sospechar y si debe realizarse una investigación. La policía debe enviar sin demora una copia del informe del delito a la fiscalía competente para que se pueda designar un investigador. Usted tiene también derecho a saber si se está iniciando una investigación y en qué estado se encuentra.

Si la policía le ha tratado indebidamente, solicite siempre a su abogado asesoramiento al respecto.

Derechos lingüísticos (6)

Si es sospechoso de un delito, tiene derecho a utilizar el finlandés o el sueco en todas las fases del procedimiento penal. Si no habla ninguna de estas lenguas, se le asignará un intérprete para el interrogatorio y para el juicio. También tiene derecho a un intérprete para las conversaciones con su abogado en relación con los interrogatorios. Usted no tendrá que pagar por el intérprete.

Algunos agentes de policía pueden realizar el interrogatorio en inglés; en casos excepcionales, pueden emplear también otras lenguas. Si usted considera que no se entiende con el policía por razones lingüísticas, tiene derecho a solicitar un intérprete. Es muy importante que entienda el contenido de las preguntas para que pueda firmar el expediente del interrogatorio en su propio nombre.

Las autoridades no están obligadas a traducir a una lengua que usted entienda todo el material reunido durante la investigación. En general, la investigación no se traduce. Por este motivo, es importante que cuente con un abogado que entienda el idioma empleado en ella. La solicitud de citación se le traducirá por escrito o se le interpretará verbalmente.

Enlaces relacionados

Sistema Judicial

Ministerio de Justicia

Ley de Investigación Penal, en sueco

Ley de Procedimiento Penal

Ley de Procedimiento Penal, en sueco (traducción no oficial)

Ley de Medidas Coercitivas, en sueco

Policíahttps://www.poliisi.fi/en

Ley de Prisión Preventiva, en sueco

Ley de Extradición por Delitos entre Finlandia y Otros Estados Miembros de la Unión Europea

Ley de Extradición, en sueco (traducción no oficial)

Más información sobre las medidas coercitivas

Más información sobre las medidas coercitivas en sueco

Reclamaciones contra las actuaciones policiales

Reclamaciones contra las actuaciones policiales (en sueco)

Folleto sobre la Ley de Idiomas, en sueco

Última actualización: 15/01/2020

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