Acusados (procedimientos penales)

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A. ¿Tengo derecho a recurrir la resolución del órgano jurisdiccional?

Sí, puede impugnar la resolución de un órgano jurisdiccional de primera instancia mediante recurso; este tiene efecto suspensivo. Solo podrá interponerse recurso contra una sentencia por la que el órgano jurisdiccional haya aprobado un acuerdo sobre la culpabilidad y la pena si dicha sentencia es incompatible con el acuerdo presentado por el fiscal ante el órgano jurisdiccional para su aprobación.

En su recurso puede alegar que los apartados del fallo que le afectan directamente son erróneos, salvo que se trate de un veredicto de culpabilidad en la medida en que el órgano jurisdiccional haya aceptado su declaración de culpabilidad. El recurso debe interponerse ante el órgano jurisdiccional que dictó la sentencia recurrida en un plazo de ocho días a partir de la notificación de una copia de la sentencia.

B. ¿Qué otras opciones de recurso tengo?

En los procesos penales, puede hacer uso de las vías de recurso ordinarias (recursos, quejas y escritos de oposición) y extraordinarias (recurso apelación, y demanda de revisión) y también puede proponer la presentación de una queja por vulneración de la ley.

La queja sirve como recurso contra un auto (resolución) y debe presentarse ante la autoridad que dictó el auto impugnado (resolución) en un plazo de tres días a partir de su notificación. Los autos (resoluciones) dictados por el órgano jurisdiccional (y por el fiscal) pueden impugnarse mediante queja solo en los casos legalmente establecidos. Un auto (resolución) podrá ser impugnado alegando un error en cualquiera de los apartados de su parte dispositiva o por infracción de una disposición que regule el procedimiento previo al auto (resolución), si dicha infracción hubiera podido dar lugar a un error en cualquiera de los apartados de su parte dispositiva. La reclamación solo tiene efecto suspensivo si la ley lo establece expresamente.

Puede presentar un escrito de oposición contra un auto penal ante el órgano jurisdiccional que lo dictó en los ocho días posteriores a su notificación. Si se presenta un escrito de oposición contra un auto penal dentro del plazo establecido, dicho auto se anula automáticamente y el juez único ordena el juicio.

Un recurso de apelación (recurso sobre una cuestión de Derecho, en checo: dovolání) solo puede interponerse contra una sentencia firme in rem de un órgano jurisdiccional de segunda instancia en aquellos casos en que la ley lo permita. Puede interponer un recurso de apelación alegando que un apartado concreto del fallo de la resolución judicial que le afecta directamente es erróneo, pero solo cuando concurra uno de los motivos de recurso de apelación previstos por la ley. Siempre debe presentar dicho recurso a través de su abogado. El recurso debe presentarse ante el órgano jurisdiccional de primera instancia que dictó la resolución in rem, en un plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución impugnada. El recurso de apelación no tiene efecto suspensivo, salvo que el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal (Nejvyšší soud) dictamine lo contrario.

También tiene derecho a solicitar una revisión. En general, se admitirá la revisión de un proceso que haya concluido con una sentencia firme o un auto penal si salen a la luz hechos o pruebas previamente desconocidas y dichos hechos o pruebas (por sí solos o junto con los ya conocidos) podrían justificar una decisión distinta sobre la culpabilidad, o si la pena impuesta inicialmente fuera manifiestamente desproporcionada en relación con la naturaleza y la gravedad del delito o respecto de sus circunstancias personales, familiares, económicas o de otro tipo, o si el tipo de pena no se ajusta a su finalidad. La demanda de revisión del proceso que concluyó con una sentencia firme o un auto penal será conocida y resuelta por el órgano jurisdiccional que dictó sentencia en primera instancia. La ley no establece ningún plazo para presentar una demanda de revisión a su favor.

Además, puede proponer la presentación de una queja por vulneración de la ley; no obstante, esta vía extraordinaria de recurso solo está a disposición del ministro de Justicia, al que le corresponde decidir si debe o no presentarse esta queja. Puede interponerse una queja por vulneración de la ley contra cualquier resolución judicial firme (distinta de las resoluciones del Tribunal Supremo de lo Civil y Penal), así como de cualquier resolución dictada por el fiscal si esta vulneró la ley o se adoptó sobre la base de un proceso viciado por un defecto. La ley no establece ningún plazo para presentar este tipo de queja.

c. ¿Cuáles son las consecuencias si soy condenado?

El procedimiento de ejecución comienza una vez que la condena por un delito deviene firme; en esta fase, se ejecuta la condena o la medida cautelar y se realizan los actos conexos.

Si ha sido condenado por un delito mediante sentencia firme, no puede ser juzgado de nuevo por el mismo delito (ni siquiera en otro Estado miembro) a menos que se permita su revisión.

La condena se anota en el registro de antecedentes penales y aparece en cualquier extracto de dicho registro hasta su extinción. Esto puede afectar a su capacidad para ejercer una profesión concreta, obtener un determinado permiso o licencia, o a la autorización para la tenencia de un arma, etc.

Una vez extinguida su condena, se considerará que nunca ha sido condenado. Sin embargo, las autoridades policiales y otras autoridades tienen acceso a lo que se conoce como una «copia» del registro de antecedentes penales; su condena queda registrada en la copia incluso después de su extinción.

i. Antecedentes penales

Una vez que la sentencia de condena es firme, se anotará en el registro de antecedentes penales en el que se registran las condenas y otros hechos pertinentes para el proceso penal. Esta información se conserva durante cien años a partir de su fecha de nacimiento, independientemente de si está o no de acuerdo. Si su condena se ha extinguido, la información dejará de figurar en su extracto del registro de antecedentes penales, pero seguirá apareciendo en una copia de dicho registro tal como se ha descrito anteriormente. La condena puede extinguirse dentro de los plazos establecidos en el Código Penal, en función de su gravedad. Estos plazos oscilan entre uno y quince años a partir de la fecha de cumplimiento de la pena; en el caso de algunas condenas, una vez cumplidas se considera que usted no ha sido condenado en absoluto.

Si es usted nacional de otro Estado miembro de la UE, la información relativa a su condena se pondrá a disposición de la autoridad competente del Estado miembro de la UE del que sea nacional.

v. Ejecución de sentencias, traslado de presos, libertad vigilada y penas sustitutivas

Una vez que la sentencia condenatoria es firme, el presidente de la sala ordenará su ejecución.

Si ha sido condenado en firme a una pena privativa de libertad incondicional, el presidente enviará una orden de ejecución de la condena al establecimiento penitenciario pertinente y, si no ha sido detenido, se le pedirá que ingrese en prisión en el plazo establecido. Si trata de eludir el cumplimiento de la pena, la policía checa puede trasladarle al establecimiento penitenciario.

Si se cumplen los requisitos legales, el órgano jurisdiccional puede aplazar el cumplimiento de su pena, modificar la forma en que se cumple, suspender su cumplimiento, decidir sobre su libertad condicional, etc. El órgano jurisdiccional también podrá eximirle de la pena de prisión completa o de la parte restante si va a ser extraditado a otro país o expulsado.

Se aplica un procedimiento similar si el órgano jurisdiccional le ha impuesto un tratamiento médico o si se ha ordenado la detención preventiva en régimen cerrado, es decir, una vez que la decisión en virtud de la cual debe llevarse a cabo el tratamiento médico ordenado por el órgano jurisdiccional o la detención provisional en régimen cerrado ha adquirido fuerza ejecutiva, el presidente de la sala enviará un auto de ejecución de la resolución al centro médico pertinente o al establecimiento de detención provisional en régimen cerrado donde deba ejecutarse la medida cautelar, y le pedirá que se presente en dicho centro o establecimiento. Si trata de eludir la medida cautelar, la policía checa podrá trasladarle al centro correspondiente.

Si se cumplen los requisitos legales o las condiciones establecidas en un tratado internacional, podrá ser trasladado a su país de origen o a otro Estado para que cumpla una pena de privación de libertad incondicional o medida cautelar, si así lo solicita y el Estado en cuestión está de acuerdo. En una sentencia condenatoria, también pude imponerse una pena sustitutiva. Cualquier pena que no implique la privación inmediata de libertad podrá considerarse como pena sustitutiva. También puede ser sometido a la supervisión de un agente de libertad vigilada a fin de supervisar el cumplimiento de las obligaciones que se le han impuesto, así como para ayudarle a volver a integrarse en la sociedad y a llevar una vida ordenada. Si se le ha impuesto la supervisión, debe:

  • cooperar con el agente de libertad vigilada en la forma que este establezca
    y aplicar el plan de seguimiento de la libertad vigilada;
  • comparecer ante el agente de libertad vigilada en los momentos que este fije;
  • informar al agente de libertad vigilada de su paradero, empleo y medios de subsistencia, del cumplimiento de las restricciones y obligaciones impuestas por el órgano jurisdiccional, y de cualquier otra circunstancia significativa pertinente para la supervisión del agente de libertad vigilada;
  • permitir que el agente de libertad vigilada entre en su vivienda.

Si, como consecuencia de una resolución judicial, se le ha impuesto una obligación razonable de seguir un programa adecuado de formación y reeducación social o de someterse a programas adecuados de asesoramiento psicológico, se le podrá incluir en un programa de libertad vigilada y resocialización. También se le podrá incluir en este tipo de programas si cumple los criterios de inclusión establecidos por el proveedor del programa, sin que exista ninguna obligación judicial de someterse a dicho programa; en este caso, se puede llegar a un acuerdo sobre la participación en el programa con el agente de libertad vigilada en el marco de la supervisión, y dicho acuerdo podrá incluirse en el plan de seguimiento de la libertad vigilada. Si el programa se ejecuta como parte de la pena de prisión, su participación en este puede acordarse con el especialista que trabaje con el servicio penitenciario checo.

También puede cumplir algunas de estas penas sustitutivas en su país de origen o en otro Estado con el que tenga vínculos, siempre que se cumplan los requisitos legales y los establecidos por un tratado internacional y que la ejecución de dichas penas pueda supervisarse o vigilarse de otro modo. El alcance de esta opción varía en función de si el país en cuestión es un Estado miembro de la UE o un tercer país (las opciones son más limitadas en este último caso).

Última actualización: 20/03/2023

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