Indemnización

Las víctimas de delitos en la Unión Europea (UE) pueden obtener indemnización por las lesiones y/o daños que hayan sufrido con independencia del lugar del territorio de la UE donde se haya cometido el delito.

Las víctimas de delitos en la Unión Europea (UE) pueden obtener indemnización por las lesiones y/o daños que hayan sufrido con independencia del lugar del territorio de la UE donde se haya cometido el delito.

Cada país de la UE cuenta con su propio sistema de indemnización de las víctimas por los daños que hayan sufrido como consecuencia de delitos.

Las víctimas de delitos disponen de dos vías de indemnización: bien ejercitar la acción penal contra el autor del delito durante el proceso penal, bien solicitar una indemnización al Estado (a la autoridad indemnizatoria o a otro organismo competente del país).

Acción civil contra el autor del delito

Pulse en el enlace para obtener más información sobre cómo ejercer la acción civil contra el autor del delito en el proceso penal.

A las víctimas de delitos, les asisten también otros derechos durante el juicio (seleccione la bandera del país en la página y, a continuación, pulse en «Mis derechos durante el juicio»).

Solicitar una indemnización al Estado (autoridad indemnizatoria o cualquier otro organismo)

El instrumento pertinente del Derecho de la UE es la Directiva 2004/80/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre indemnización a las víctimas de delitos.

La Directiva sobre indemnización exige que cada país de la UE cree un régimen nacional de indemnización para todas las víctimas de delitos dolosos violentos. Con arreglo a la Directiva, todas las víctimas de delitos dolosos violentos tienen acceso al sistema nacional de indemnización en el país en cuyo territorio se haya cometido el delito.

Puede encontrar más información sobre los sistemas de indemnización existentes en cada país de la UE. Haga clic en la bandera del país en el que se cometió el delito. Puede solicitar una indemnización estatal de dicho país si es residente del mismo (supuesto nacional) o si vive en otro país de la UE (supuesto transfronterizo).

Asuntos transfronterizos

Para ayudar a que las víctimas de delitos dolosos violentos reciban una indemnización en asuntos transfronterizos, el Derecho de la Unión establece un sistema de cooperación entre las autoridades nacionales.

  • Las personas que hayan sido víctimas de un delito estando en el extranjero (en un país de la UE en el que no residen), pueden presentar la solicitud a la autoridad de asistencia del país de la UE en el que residen (el Atlas Judicial Europeo en materia civil dispone de una herramienta de búsqueda en la parte inferior de la página para encontrar la autoridad pertinente en cada país de la UE; se debe seleccionar la autoridad de asistencia por tipo de competencia).
    Si desea más información sobre los pasos a seguir en asuntos transfronterizos, haga clic aquí.
  • La autoridad de asistencia traduce la solicitud y la transmite a la autoridad de decisión del país de la UE en el que se haya cometido el delito (en el Atlas Judicial, se debe seleccionar la autoridad de decisión por tipo de competencia). La autoridad de decisión es responsable de evaluar la solicitud y de pagar la indemnización.
  • Pulse en el enlace si desea más información sobre cómo evaluará su solicitud la autoridad de decisión en el país de la UE donde se haya cometido el delito.
  • Las autoridades de asistencia y decisión se comunican entre sí en las lenguas que hayan aceptado (en la página que se abre, haga clic en la bandera del país que desee para obtener información sobre las lenguas aceptadas por ese país)

Las autoridades de asistencia y decisión reciben ayuda de los puntos de contacto centrales nacionales (en el Atlas Judicial, seleccione «Punto de contacto central» por tipo de competencia), cuya función es promover la cooperación entre las autoridades, ofrecer asistencia y buscar soluciones en situaciones transfronterizas.

Última actualización: 08/10/2020

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