Mediación en los países de la UE

Finlandia

En lugar de acudir a los tribunales, ¿por qué no tratar de resolver su conflicto a través de la mediación? Se trata de una modalidad de solución alternativa de conflictos, mediante la cual un mediador ayuda a las partes implicadas en un conflicto a alcanzar un acuerdo. La Administración y los profesionales de la justicia finlandeses son conscientes de las ventajas que la mediación ofrece.

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¿A quién contactar?

La gestión general, las directrices y la supervisión de la mediación en las causas penales y en determinadas causas civiles son responsabilidad del Ministerio de Asuntos Sociales. A las oficinas provinciales del sistema estatal de salud y bienestar corresponde garantizar la disponibilidad de servicios de mediación en cualquier parte del país.

Puede encontrarse información sobre mediación en el sitio web del Instituto Nacional de Salud y Bienestar.

La gestión de los servicios de mediación adscritos a los órganos jurisdiccionales corresponde a los tribunales de primera instancia, ya que éstos son los que pueden decidir sobre el recurso a la mediación en los asuntos civiles. La finalidad de esta institución es ayudar a las partes en conflicto a encontrar una solución aceptable para ambas. Por este motivo, los resultados que se obtienen con la mediación suelen basarse más en lo que pueden conseguirse razonablemente, dadas las circunstancias, que en 5la aplicación estricta de la ley. Se ofrece información adicional sobre los tribunales de primera instancia en el sitio web del Ministerio de Justicia. También puede consultarse un folleto sobre la mediación judicial.

¿En qué ámbito es admisible la mediación y/o cuál es el más frecuente?

La mediación se utiliza tanto en causas civiles como penales.

No obstante, se recurre a ella sobre todo en asuntos civiles, especialmente en los de menor cuantía. Por supuesto, no todos éstos deben someterse necesariamente a mediación judicial. Las reclamaciones de los consumidores, por ejemplo, pueden ser atendidas por los asesores de consumo y por la Junta de Reclamaciones de Consumo. En los asuntos penales existe un procedimiento específico para la mediación.

Los asuntos civiles planteados ante los órganos jurisdiccionales generales pueden someterse a mediación en la forma establecida en la Ley 663/2005. Con ella se pretende el arreglo amistoso de los conflictos. Se exigen como requisitos previos que el asunto sea susceptible de mediación y que resulte apropiado recurrir a ésta teniendo en cuenta las pretensiones de las partes. La mediación puede ser solicitada por una de las partes, o por ambas, antes de ir a juicio. La solicitud escrita debe indicar el objeto del conflicto y las discrepancias en las posiciones de las partes. Se han de exponer asimismo los motivos por los que se considera que el asunto es susceptible de mediación.

Puede recurrirse también a la conciliación (mediación) en las causas civiles en las que al menos una de las partes sea una persona física. En todo caso, en las causas civiles, a excepción de las resultantes de demandas de indemnización por daños provocados por infracciones penales, únicamente cabe la mediación cuando el asunto sea de pequeña cuantía, teniendo en cuenta su naturaleza y las pretensiones de las partes. Por lo demás, se aplica, en lo que proceda, la normativa sobre conciliación en las causas penales.

Pueden acogerse al procedimiento de conciliación las partes que hayan manifestado de forma personal y voluntaria su conformidad con él, por lo que han de tener capacidad para comprender sus implicaciones y las soluciones que es posible alcanzar a través de esta institución. Por lo tanto, antes de que las partes acuerden recurrir a la conciliación, han de explicárseles sus derechos y la forma de participar en el proceso. Cualquiera de ellas tiene derecho a revocar su consentimiento en todo momento durante la fase de conciliación.

Los menores de edad deben prestar su consentimiento personal a la conciliación. Además se requiere el acuerdo de su tutor o representante legal. Los adultos legalmente incapacitados pueden optar por la conciliación si comprenden el significado de la causa y dan su consentimiento personal al efecto.

Es posible aplicar la conciliación a los delitos que se consideren adecuados para este procedimiento, dadas la naturaleza y circunstancias de la infracción, las relaciones entre el imputado y la víctima y los demás aspectos del contexto delictivo. Los delitos cuyas víctimas sean menores de edad no pueden someterse al proceso de conciliación cuando éstas requieran protección especial como consecuencia del tipo de delito o de su edad.

Las oficinas de mediación son las competentes para recibir las peticiones correspondientes y para colaborar con los distintos órganos de la Administración durante todo el proceso. Cada caso de mediación se asigna a un mediador voluntario, elegido por los profesionales que trabajan en la oficina. Los mediadores intervienen en los procedimientos y en los trámites pertinentes en coordinación con la oficina de mediación, cuyo personal les ofrece orientación y supervisa la realización de sus tareas.

¿Hay que seguir unas normas específicas?

En las causas penales sólo es posible recurrir a la conciliación si las partes han manifestado de forma personal y voluntaria su conformidad con ella y si tienen capacidad para comprender lo que significa y las soluciones que se pueden alcanzar a través de ella. En las causas civiles, para iniciar la mediación se requiere el consentimiento de todas las partes.

En Finlandia existe un código nacional de buenas prácticas para mediadores, además de otros códigos sectoriales (p.ej. para determinados ámbitos especializados, como la mediación en asuntos relacionados con el derecho de familia, con la sanidad y con la construcción).

Información y formación

Hay disponible un folleto sobre la mediación judicial en el sitio web del Ministerio de Justicia.

El Instituto Nacional de Salud y Bienestar (THL) organiza cursos de formación para mediadores.

El Instituto recopila también información estadística sobre la mediación en las causas penales y civiles, supervisa y lleva a cabo investigaciones sobre estas actividades, y coordina las iniciativas de desarrollo en esta materia. Sus actividades cuentan con el apoyo de la Junta Asesora sobre Mediación en las Causas Penales y Civiles.

¿Cuál es el coste de la mediación?

La mediación es gratuita en las causas penales. De este modo, la víctima de un delito y el imputado pueden valorar con ayuda de un mediador imparcial los perjuicios mentales y materiales infligidos y acordar medidas para el resarcimiento de los daños (Ley 1016/2005).

La mediación supone para las partes en conflicto un coste inferior al de un proceso judicial. Cada una de las partes paga únicamente sus propios costes y no los de la parte contraria. Si lo desean ambas, puede contratarse a un letrado asesor. También cabe la posibilidad de solicitar la ayuda de alguna oficina de asistencia jurídica gratuita.

En la mediación judicial, un juez del tribunal de primera instancia hace las funciones de mediador. De hecho, la mediación en conflictos es una de las tareas habituales de cualquier juez. Cuando el caso exija conocimientos específicos sobre un tema determinado, el mediador, con el consentimiento de las partes, podrá contratar a un asesor, cuyos honorarios correrán por cuenta de las partes.

La mediación judicial está sujeta al pago de una tasa, al igual que los restantes asuntos tramitados por los tribunales.

¿Es posible ejecutar un acuerdo resultante de la mediación?

La Directiva 2008/52/CE permite a las partes de un litigio solicitar la ejecución de los acuerdos escritos resultantes de la mediación. Los Estados miembros deben informar a la Comisión sobre los órganos jurisdiccionales u otras autoridades competentes para recibir tales solicitudes.

Finlandia no ha comunicado aún esta información.

Enlaces relacionados

folleto sobre la mediación judicial, sitio web sobre mediación en los procesos civiles y penales (Instituto Nacional de Salud y Bienestar, THL)

Última actualización: 09/02/2020

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