En lugar de iniciar un proceso, ¿por qué no resolver un conflicto a través de la mediación? Es una forma alternativa de solucionar conflictos por la que un mediador ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. En Bélgica, el Gobierno y los profesionales son conscientes de las ventajas que presenta la mediación.
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La Comisión Federal de Mediación.
Si bien no realiza funciones mediadoras, la Comisión Federal reglamenta la profesión y mantiene actualizada la lista de los mediadores acreditados.
La secretaría de la Comisión proporciona información en neerlandés y en francés. Puede contactarse con ella por correo electrónico o escribiendo a la siguiente dirección:
SPF Justice Commission fédérale de médiation Rue de la Loi, 34 1040 Bruxelles Tel: (+32) 2 224 99 01 Fax: (+32) 2 224 99 07La Comisión Federal de Mediación garantiza, gracias a la acreditación de los mediadores, la calidad y el desarrollo de la mediación.
La lista de mediadores está disponible en neerlandés y en francés.
La mediación es admisible en los siguientes ámbitos:
El ámbito de mediación más frecuente es el derecho civil, especialmente los asuntos familiares.
El recurso a la mediación es una opción voluntaria de las partes y no se somete a sanciones en caso de fracaso.
En función de las disposiciones recientes del derecho de familia, el juez debe informar a las partes acerca de la existencia de la mediación y de las posibilidades que ofrece.
Existe un Código de Conducta de los mediadores, disponible en neerlandés y francés.
Existe abundante información disponible en el sitio Web, tanto en neerlandés como en francés, acerca de los diferentes aspectos de la mediación (desarrollo de la mediación, coste, direcciones, etc.).
Esta sección del sitio Web informa acerca de los criterios de acreditación y las condiciones de formación de los mediadores.
La Comisión Federal de Mediación ha regulado la formación de los mediadores, pero la formación propiamente dicha corre a cargo del sector privado.
El programa comprende un tronco común de 60 horas que se reparten en un mínimo de 25 horas de formación teórica y un mínimo de 25 horas de formación práctica.
Además de este tronco común, existen programas específicos de un tipo determinado de mediación (un mínimo de 30 horas que se reparten libremente entre el tiempo de formación teórica y práctica).
Existen programas específicos centrados en la mediación en los ámbitos familiar, civil y mercantil y social.
Criterios de acreditación
Criterios de formación/formación permanente
Formación básica
Formación permanente
Código de buena conducta
Gestión de quejas
La mediación no es gratuita. Los honorarios del mediador son objeto de acuerdo entre el mediador privado y las partes. No están regulados por la ley. Por lo general, cada parte paga la mitad de los honorarios.
Las partes pueden obtener ayuda para costear los honorarios de un mediador si sus ingresos son modestos y a condición de que el mediador esté acreditado.
Según la Directiva 2008/52/CE, debe garantizarse la posibilidad de solicitar que se dé carácter ejecutivo a un acuerdo escrito resultante de la mediación. Los Estados miembros comunican qué tribunales u otras autoridades son competentes para recibir tales solicitudes. Bélgica todavía no ha comunicado esta información.
No obstante, conforme a los artículos 1733 y 1736 del Código de Procedimiento Judicial, un juez puede homologar el acuerdo resultante de la mediación, hecho que confiere a dicho acuerdo carácter auténtico y ejecutorio. En cuanto a la forma, el acuerdo se convierte en una sentencia.
Existe una alternativa a la homologación. Es posible trasladar el acuerdo resultante de la mediación a un acta notarial ante un notario. Así, el acuerdo pasa a tener carácter auténtico y ejecutorio sin necesidad de recurrir a un juez. Esta opción solo es posible si todas las partes están de acuerdo.
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