Legislación nacional

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Esta sección ofrece información sobre el ordenamiento jurídico de Italia.

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Fuentes del Derecho

En Italia, como en cualquier democracia moderna, el sistema político se fundamenta en la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial.

Las fuentes del Derecho en Italia son promulgadas en general por el poder legislativo y aplicadas por el poder ejecutivo. El poder judicial interviene en casos de infracción de las mismas.

Tipos de instrumentos normativos – Descripción

Por orden jerárquico, en Italia las fuentes del Derecho son las siguientes:

  • La Constitución
  • Las leyes (códigos y otras leyes del Parlamento, leyes regionales)
  • Los reglamentos
  • La costumbre

El referéndum puede ser una fuente del Derecho cuando deroga una ley anterior.

Las leyes son susceptibles de interpretación, por lo que la jurisprudencia puede influir sobre las sentencias posteriores. No obstante, la jurisprudencia no es vinculante en sentido estricto, ya que el ordenamiento jurídico en materia civil se basa en el Derecho positivo, en el que las leyes escritas constituyen la guía principal para los encargados de su interpretación.

La Constitución es la fuente principal del Derecho. Emana del poder constituyente y sólo puede ser modificada mediante un procedimiento especial, más complejo que el requerido para modificar las leyes ordinarias.

Las leyes del Parlamento se aprueban tras su debate en la Cámara de Diputados (Camera dei Deputati) y en el Senado (Senato), y han de ser aplicadas y observadas en todo el territorio italiano. Se excluyen las leyes especiales adoptadas para determinados territorios o en circunstancias especiales, por ejemplo a raíz de un terremoto.

Las leyes regionales tienen vigencia únicamente en el territorio de la región correspondiente y sólo pueden regular determinadas materias.

Las leyes regionales pueden integrarse en leyes estatales (si existen) o bien mantener su carácter exclusivo (en ausencia de la correspondiente legislación nacional), en ámbitos tales como el comercio, la educación, la investigación científica, los deportes, los puertos marítimos y aeropuertos, la seguridad en el trabajo y los bienes culturales.

Los reglamentos son instrumentos jurídicos de orden secundario que contienen normas detalladas para la aplicación de las leyes, tanto nacionales como regionales.

Jerarquía normativa

El ordenamiento jurídico italiano se atiene al Derecho internacional y comunitario, tanto consuetudinario como escrito.

Las fuentes del Derecho están sujetas a una jerarquía normativa, de forma que ninguna ley puede ser contraria a la Constitución, y ninguna norma de rango inferior puede oponerse a una fuente de rango superior.

Marco institucional

Instituciones responsables de la aprobación de las leyes

Por regla general, tienen potestad legislativa el Parlamento y los Consejos Regionales.

También el Gobierno puede adoptar leyes en circunstancias especiales (sujetas a su posterior confirmación o modificación por el Parlamento). Estas facultades se utilizan en situaciones de urgencia o previa delegación por el Parlamento.

La adopción de reglamentos, que contienen normas detalladas para la aplicación de las leyes, es competencia normalmente del Gobierno o de los Consejos Regionales.

Proceso de elaboración de las leyes

El proceso normal de elaboración de una ley consta de tres etapas:

  • Iniciativa legislativa: esta prerrogativa pertenece al Gobierno, a cualquier miembro del Parlamento, a grupos de ciudadanos, a los Consejos Regionales y a determinadas instituciones.
  • Debate y votación: pueden llevarse a cabo siguiendo distintos procedimientos, definidos en el Reglamento del Parlamento.
  • Promulgación y publicación: consisten en la proclamación solemne de las leyes por el Presidente de la República Italiana, seguida de su publicación en el Boletín Oficial (Gazzetta Ufficiale).

Bases de datos jurídicas

El proyecto Normattiva fue creado en marzo de 2010 para fomentar la informatización y la clasificación del ordenamiento estatal y regional vigente de las administraciones públicas y facilitar su investigación y consulta gratuita por los ciudadanos, así como para proporcionar instrumentos a la actividad de reordenación normativa, tarea confiada a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Senado de la República y a la Cámara de los Diputados.

Las leyes incluidas en la base de datos Normattiva podrán consultarse de tres maneras diferentes:

  • en su texto original, tal como se publica en el Boletín Oficial (Gazzetta Ufficiale);
  • en el texto vigente, efectivamente aplicable, en la fecha de consulta de la base de datos;
  • en el texto vigente en cualquier fecha anterior que indique el usuario.

La base de datos, en su versión definitiva, incluirá el corpus normativo estatal completo de los procedimientos numerados (leyes, decretos-leyes, decretos legislativos, otros actos numerados). En este momento ascienden a casi 75 000 actos, todos a partir de 1946. No se incluyen los decretos ministeriales.

El proyecto está todavía en fase de desarrollo:

  • se introducirá (para el conjunto de la base de datos) la posibilidad de navegar a través de enlaces dinámicos desde la norma modificada hasta el artículo de la ley de modificación sucesiva;
  • se perfeccionará el método de investigación, que podrá realizarse también «por conceptos» y campos semánticos;
  • se recuperarán y pondrán a disposición el conjunto de actos normativos publicados en el periodo anterior (1986-1946);
  • se añadirán enlaces a todas las demás bases de datos legislativas de carácter público, empezando por las leyes regionales y las normas comunitarias.
Última actualización: 18/01/2022

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