Business and human rights

Business activities that could negatively affect human rights globally, and the EU’s response.

Business activities are the engine of the economy as they contribute to economic and social development through the creation of jobs and the provisions of goods and services. They could at the same time, have adverse impact on human rights including environment, labour and society aspects.

In particular, businesses (through their activities or omissions, and those of their supply chains) can negatively affect the entire spectrum of internationally recognised human rights, such as:

  • civil and political rights
  • economic and cultural rights
  • equality and non-discrimination
  • rights of the child
  • freedom of expression
  • data protection
  • rights to a fair trial
  • environmental rights and sustainability
  • labour rights
  • heath rights
  • consumer protection rights

In order to ensure the positive contribution of businesses and prevent their negative impact, the United Nations (UN), the International Labour Organisation (ILO) and the Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD) defined and approach of the global expectations for responsible business.

In particular:

The 2011 UN Guiding Principles on Business and Human Rights (UNGPs) are the first globally agreed standards for preventing and addressing risks for human rights linked to business activity.

The OECD Guidelines, adopted in 1976 and updated in 2011, include a chapter on Human Rights, which is aligned with the UNGPs.

The ILO Tripartite Declaration of Principles, concerning Multinational Enterprises and Social Policy (ILO MNE Declaration), was updated in 2017 to include new labour standards, as well as references to the UNGPs and to the 2030 Agenda for Sustainable Development.

In addition, in 2016 the Council of Europe adopted a Recommendation on business and human rights focused on giving access to legal remedy, with special emphasis on the additional protection needs of workers, children, indigenous people and human rights defenders.

In view of access to remedy, the UNGP provides that countries are expected to take the appropriate steps to ensure access to effective remedy for persons affected by business related abuses. This can be achieved through judicial, administrative, legislative and other appropriate means. The UNPGs also provides that companies, which have caused or contributed to adverse negative impacts by their activities, are expected to address them through remedy.

EU response

The European Charter of Fundamental Rights includes several relevant rules, such as those on:

  • prohibition of slavery and forced labour (Article 5)
  • freedom to conduct a business (Article 16)
  • non-discrimination (Article 21)
  • rights of the child (Article 24)
  • fair and just working conditions (Article 31)
  • prohibition of child labour (Article 32)
  • health care (Article 35)
  • environmental protection (Article 37).
  • consumer protection (Article 38)
  • right to an effective remedy and a fair trial (Article 47)

The EU has responded to the negative impact of business activities on human rights by doing the following:

Last update: 12/02/2020

This page is maintained by the European Commission. The information on this page does not necessarily reflect the official position of the European Commission. The Commission accepts no responsibility or liability whatsoever with regard to any information or data contained or referred to in this document. Please refer to the legal notice with regard to copyright rules for European pages.

Empresa y derechos humanos - Chequia

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

La víctima de una violación de los derechos humanos relacionada con las actividades de una empresa puede acogerse a la protección de los órganos jurisdiccionales ordinarios.

Las personas cuyos derechos se hayan visto afectados pueden solicitar protección en un procedimiento civil o penal ante los órganos jurisdiccionales ordinarios y, en su caso, ante el Tribunal Constitucional.

En el caso de una infracción de naturaleza civil, es posible defenderse mediante la presentación de una demanda por la que el demandante solicite el cumplimiento de cualquier obligación legal. Más concretamente, puede solicitar que el demandado le proporcione algo, realice un acto, se abstenga de realizar un acto contrario a la ley o tolere un determinado acto. También puede solicitar el cumplimiento de la obligación de reparar un daño o perjuicio moral causado por la conducta del demandado.

En caso de una violación de derechos resultante de un acto con elementos constitutivos de delito, es posible defenderse presentando una denuncia ante cualquier autoridad policial, el Ministerio Fiscal o, verbalmente, ante un órgano jurisdiccional. Sobre la base de esta denuncia, el Ministerio Fiscal puede recurrir al órgano jurisdiccional para que se pronuncie sobre la culpabilidad y la pena. En sus deliberaciones, el órgano jurisdiccional es independiente y solo está sujeto al ordenamiento jurídico.

Si la víctima de un delito ha sufrido una agresión con lesiones, daños materiales o daños morales o si el autor del delito se ha lucrado a su costa, esta puede solicitar al órgano jurisdiccional que condene al acusado en sentencia a pagar una indemnización pecuniaria por los daños materiales o morales sufridos como consecuencia del delito (denuncia con personación como actor civil) [1]. La víctima debe hacerlo a más tardar antes de que comience la fase de instrucción o, a más tardar, en la primera comparecencia tras el reconocimiento previo de culpabilidad (el acusado se declara culpable), si hay negociación de la pena para dictar una sentencia de conformidad.

La víctima de una vulneración de los derechos humanos (la persona perjudicada) no goza de legitimación para recurrir una resolución judicial alegando que el fallo de la resolución es erróneo. No obstante, sí puede recurrir el fragmento del fallo relativo a la indemnización por daños materiales o morales o el fragmento del fallo relativo a la devolución de lo cobrado indebidamente, debido a su irregularidad, siempre que haya hecho valer dicha pretensión.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

Según el Código Penal, los casos de vulneraciones graves de los derechos humanos se castigan como delitos. En la selección de las sanciones penales que se deben aplicar, además de las circunstancias del autor del delito y los bienes jurídicos protegidos de las personas perjudicadas, se tienen en cuenta la naturaleza y el grado de gravedad de los delitos cometidos. En general, el Código Penal contempla sanciones y penas más severas para los actos tipificados que se caracterizan por un mayor peligro para la sociedad. Este puede adoptar la forma de una amenaza o un menoscabo más grave para el objeto del delito, un modo particular de comisión o un móvil específico. Puede tratarse, por ejemplo, del carácter doloso del delito o de una imprudencia grave en la comisión del delito, de una reincidencia, de la obtención de beneficios sustanciales resultantes de un delito o de una agresión con lesiones graves o que puedan provocar la muerte.

El Código Penal dedica un título específico a los delitos contra el medio ambiente. Entre los elementos fácticos que constituyen el tipo penal de estos delitos, el Código Penal contempla elementos implican un mayor peligro para la sociedad y prescribe sanciones penales más severas para estos. En el caso de una persona física, esto puede suponer una pena privativa de libertad y, en el caso de una persona jurídica, una pena que puede suponer su extinción.

Lo mismo se aplica en el caso de la explotación laboral. Aunque el Código Penal no contiene este concepto, se puede incluir en la esclavitud y la servidumbre [2], el trabajo forzoso y otras formas de explotación [3], que están tipificados como delitos en el marco de la trata de seres humanos. También puede adoptar la forma de condiciones de trabajo especialmente abusivas [4], que son uno de los elementos del delito de empleo ilegal de residentes extranjeros. Los elementos fácticos que constituyen el tipo penal de estos delitos también están sujetos a penas más severas, si se prueba su existencia.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

En general, esta información se encuentra en la respuesta al punto 1. Las autoridades checas son competentes para conocer en primera instancia de los casos que han tenido lugar en el territorio de Chequia, a menos que el Derecho de la UE o un tratado internacional disponga otra cosa.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

En el marco de algunas de sus competencias, la institución de mediación (Defensor del Pueblo) puede prestar apoyo y protección a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con las actividades de una empresa: presta asistencia a los ciudadanos de la UE, investiga las reclamaciones contra las Administraciones Públicas y presta servicios de cooperación y asistencia metodológica a las víctimas de discriminación. En lo que respecta a la prestación de asistencia a los ciudadanos de la UE, todos los ciudadanos pueden solicitar la asistencia del Defensor del Pueblo en cualquier asunto relacionado con sus derechos como trabajadores y ciudadanos de la UE. En el marco de estas actividades, el Defensor del Pueblo proporciona información a los ciudadanos de la UE sobre sus derechos y les indica con quién deben ponerse en contacto y qué procedimiento deben seguir. También presta asistencia metodológica cuando se sospecha que existe discriminación por motivos de nacionalidad y cuando se presenta una demanda por motivos de discriminación. El Defensor del Pueblo puede comunicarse con las autoridades de otros Estados miembros de la UE de carácter homólogo. Además del Defensor del Pueblo, las víctimas de vulneraciones de derechos humanos relacionadas con las actividades de una empresa también pueden ponerse en contacto con el centro SOLVIT de origen. Este examina las reclamaciones en los casos en que una autoridad administrativa de un Estado miembro de la UE no actúa de conformidad con el Derecho de la Unión y viola los derechos de las personas.

Además, el Defensor del Pueblo examina las reclamaciones presentadas por particulares contra las autoridades públicas encargadas de vigilar el cumplimiento de las obligaciones que incumben a las entidades privadas (por ejemplo, las autoridades de control o inspección). No obstante, el Defensor del Pueblo no puede investigar directamente el comportamiento de estas entidades privadas. Por último, en su calidad de autoridad nacional encargada de la igualdad de trato y la protección contra la discriminación, el Defensor del Pueblo presta, en el marco de esta actividad, servicios de cooperación y apoyo metodológico a las víctimas de discriminación.

En Chequia también existen instituciones nacionales de vigilancia en diferentes niveles de la Administración Pública. Estas instituciones reciben observaciones y reclamaciones de la ciudadanía. Cuando constaten, como resultado de un control, el incumplimiento de la normativa, pueden imponer, en particular, la obligación de aplicar medidas correctoras y, en caso de infracciones graves, pueden imponer multas. Se trata, en particular, de la Inspección checa del comercio para el control del suministro de bienes y la prestación de servicios, la Inspección nacional de la agricultura y los productos alimenticios, la Administración nacional de servicios veterinarios en el ámbito de los productos alimenticios y los servicios regionales de higiene para los cosméticos y los productos destinados a entrar en contacto con los productos alimenticios. Además, en el ámbito de las relaciones laborales, se puede contactar con la Inspección nacional del trabajo y las inspecciones regionales de trabajo y, en el ámbito del medio ambiente, con la Inspección checa del medio ambiente. La competencia territorial de estas instituciones se limita al territorio checo.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

El ordenamiento jurídico checo no impone a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer un mecanismo de tramitación de reclamaciones o un servicio de mediación para los delitos relacionados con sus actividades empresariales, ni siquiera la obligación de vigilar esas actividades. No obstante, el Gobierno checo ha recomendado a las empresas que consideren si es apropiado que establezcan un mecanismo de vigilancia interno para detectar y eliminar el riesgo de vulneración de los derechos humanos [5]. Los grupos de personas interesadas, a saber, los trabajadores y los terceros inmediatamente afectados, deberían participar en este mecanismo. Sin embargo, esta recomendación del Gobierno no es jurídicamente vinculante.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

Cuando una persona busca la protección de sus derechos como parte en un procedimiento civil, puede solicitar al órgano jurisdiccional el nombramiento de un representante legal. El órgano jurisdiccional nombra un representante legal cuando la parte que lo solicita cumple las condiciones para la exención de las costas procesales y el nombramiento es necesario para proteger los intereses de esa parte. No obstante, solo se nombra un abogado si la protección de los intereses de la parte en el procedimiento así lo requiere (en particular. en los procedimientos más complicados) o si un procedimiento exige la representación mediante abogado (ante notario).

En lo que respecta a los procedimientos penales, se ofrece apoyo especializado a las víctimas de delitos, que incluye la asistencia de un psicólogo, asesoramiento de los servicios sociales, asistencia jurídica gratuita, asesoramiento jurídico o acceso a medidas de justicia reparadora. La víctima también tiene derecho a acceder a la información del asunto relativo al delito del que es víctima. La asistencia jurídica gratuita, incluye, por ejemplo, la representación ante los órganos jurisdiccionales y ante otras autoridades, las consultas jurídicas, la redacción de documentos o la elaboración de análisis jurídicos.

La víctima de una agresión con lesiones graves resultante de un delito doloso o el supérstite de una víctima que haya fallecido como consecuencia de un delito doloso puede solicitar asistencia jurídica gratuita o parcialmente gratuita. El órgano jurisdiccional concede asistencia jurídica gratuita o parcialmente gratuita si se determina que la víctima o el supérstite no disponen de medios suficientes para sufragar los gastos derivados del nombramiento de un representante legal. Adopta la misma decisión cuando la víctima o el supérstite ha ejercido su derecho a la reparación por un perjuicio moral y el nombramiento de un representante legal es manifiestamente superfluo. Aparte de estos casos, se presta asistencia jurídica gratuita previa solicitud y en aras de las víctimas especialmente vulnerables, como los niños, los ancianos y las personas con discapacidad, así como las víctimas de determinados delitos definidos por la ley, incluidas las víctimas de la trata de seres humanos. Estas personas tienen derecho a asistencia profesional gratuita en general, pero también gozan de otros derechos especiales, como el derecho a no estar expuestos a entrar en contacto con el autor del delito y el derecho a la protección durante la audiencia o la declaración.

Las personas que tengan un litigio con una persona que resida o tenga su domicilio social en el extranjero y que no dispongan de medios suficientes para sufragar las costas procesales pueden solicitar asistencia jurídica gratuita en los litigios transfronterizos correspondientes en el sentido de la El enlace abre una nueva ventanaDirectiva relativa a la justicia gratuita en litigios transfronterizos. Esa asistencia incluye el asesoramiento previo a la demanda con vistas al logro de una solución extrajudicial, así como la asistencia jurídica y la representación letrada ante el órgano jurisdiccional o la exención total de las costas procesales.

Las personas que no son nacionales de Estados miembros de la UE y que no residen en la UE, pero que son víctimas de una vulneración de los derechos humanos en relación con las actividades de una empresa en Chequia tienen derecho a asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones que los ciudadanos checos.

[1] Artículo 43, apartado 3, de la Ley n.º 141/1961 (Ley de Enjuiciamiento Criminal).

[2] Artículo 168, apartado 1 y apartado 2, letra d), del Código Penal (trata de seres humanos).

[3] Artículo 168, apartado 1 y apartado 2, letra e), del Código Penal (trata de seres humanos).

[4] Artículo 342, apartado 1, del Código Penal (empleo ilegal de extranjeros).

[5] Plan de acción nacional 2017-2022 para las empresas y los derechos humanos, página 30.

Última actualización: 28/07/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Dinamarca

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

La protección judicial contra las vulneraciones de los derechos humanos está consagrada en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Constitución danesa. No se hace ninguna distinción entre las vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con las empresas y las que no lo están.

El Convenio Europeo de Derechos Humanos

El Convenio Europeo de Derechos Humanos se incorporó al ordenamiento jurídico danés mediante la Ley n.º 285 de 29 de abril de 1992. De acuerdo con la jurisprudencia danesa, las autoridades públicas pueden ser consideradas responsables de violaciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos que causen daños económicos e inmateriales. La responsabilidad es objetiva según la jurisprudencia; los principios generales de la responsabilidad civil son asimismo de aplicación en Derecho danés.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

Todas las autoridades danesas deben respetar la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea al aplicar el Derecho de la Unión. Los órganos jurisdiccionales daneses también deben admitir las demandas judiciales en este sentido para garantizar una protección jurídica eficaz en los ámbitos que abarca el Derecho de la Unión, incluida la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

La Constitución del Reino de Dinamarca (Danmarks Riges Grundlov)

La Constitución danesa establece una serie de derechos humanos y libertades en los capítulos VII y VIII. Las libertades individuales incluyen la protección de la libertad personal (artículo 71), el derecho a la vivienda y la privacidad (artículo 72), los derechos de propiedad (artículo 73), así como la libertad de culto y el derecho a no ser discriminado (artículo 67, artículo 68 y artículo 70). Las libertades políticas incluyen la libertad de expresión (artículo 77), la libertad de asociación (artículo 78) y la libertad de reunión (artículo 79). Además, la Constitución establece el derecho a un acceso libre e igualitario al mercado de trabajo (artículo 74), el derecho a recibir ayuda pública (artículo 75) y el derecho a la enseñanza primaria gratuita y a la libre elección de escuela (artículo 76).

El artículo 73 de la Constitución establece el derecho legal a una indemnización plena en caso de expropiación, que se concede en virtud del perjuicio económico sufrido durante la expropiación.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

No existe un conjunto específico de normas nacionales o internacionales para las vulneraciones graves de los derechos humanos. No obstante, el principio de proporcionalidad interviene en la evaluación de las vulneraciones de los derechos humanos, incluida la gravedad de una vulneración. La protección judicial contra las vulneraciones de los derechos humanos está consagrada en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Constitución danesa.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

En Dinamarca, todos los particulares pueden, en principio, recurrir por sí mismos a los órganos jurisdiccionales nacionales. Esto se aplica a los ciudadanos de la Unión Europea y de terceros países. Para más información sobre cómo un incoar un procedimiento judicial, véase El enlace abre una nueva ventanahttp://www.domstol.dk/.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

El Instituto de Derechos Humanos (Institut for Menneskerettigheder) danés tiene por objeto promover y proteger los derechos humanos. Asesora, en particular, al Parlamento (Folketinget), al Gobierno, a otras autoridades públicas y a agentes privados en materia de derechos humanos y es responsable de la gestión de la información sobre derechos humanos. El Instituto de Derechos Humanos danés también puede ayudar a las víctimas de discriminación en la tramitación de sus denuncias por discriminación, en lo que respecta a los derechos de las víctimas, las asociaciones, las organizaciones y otras personas jurídicas.

El Defensor del Pueblo del Parlamento danés (Folketingets Ombudsmand) solo se ocupa, en principio, de las reclamaciones relativas a la Administración Pública.

Dinamarca cuenta con varios mecanismos para ocuparse de los casos de vulneraciones de los derechos humanos relacionados con las empresas, especialmente los órganos jurisdiccionales ordinarios daneses, los tribunales de lo laboral (arbejdsretten), el Consejo Nacional de Accidentes Laborales (Arbejdsskadestyrelsen), la Comisión para la Igualdad de Trato (Ligebehandlingsnævnet), el Instituto de mediación y reclamaciones para una conducta empresarial responsable (Mæglings- og klageinstitutionen for ansvarlig virksomhedsadfærd o «MKI») y otros. En el mercado laboral, a veces se celebran acuerdos confidenciales entre las partes en casos que pueden afectar a los derechos humanos.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

En virtud de la legislación danesa, las empresas multinacionales europeas no tienen la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación para las violaciones resultantes de sus actividades comerciales.

Dinamarca ha aprobado una ley por la que se establece el Instituto de mediación y reclamaciones para una conducta empresarial responsable o MKI, que trabaja para establecer un marco para la mediación, el diálogo y la resolución de conflictos.

El MKI es el punto de contacto nacional de la OCDE en Dinamarca. Su cometido es ocuparse de las reclamaciones que se le presenten relativas, entre otras cosas, al posible comportamiento irresponsable de las empresas danesas en Dinamarca y en el extranjero, principalmente en el marco de sus relaciones comerciales, y mediar entre reclamante y reclamado. El MKI tramita las reclamaciones y puede ofrecer mediación en los casos de violaciones de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, incluidos los derechos humanos y de los trabajadores y las normas medioambientales internacionales y en materia de corrupción.

El MKI publica informes anuales sobre la labor del Instituto, que incluyen las reclamaciones tramitadas y otros procesos de mediación. Al tramitar una reclamación, el Instituto también puede hacer declaraciones públicas. En particular, puede formular críticas sobre el comportamiento de una empresa.

El MKI es un instituto independiente al que se le ha encomendado el mandato de tramitar los asuntos de forma autónoma, pero no supervisa las actividades de las empresas danesas.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

Las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con las empresas no tienen derechos especiales (véase el punto 1). En Dinamarca, existen dos tipos de asistencia jurídica subvencionada por el Estado: la asistencia jurídica procesal y la asistencia jurídica pública. No es necesario ser ciudadano danés o de la Unión Europea para tener derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Ayuda procesal

Si la solicitud de ayuda procesal es aceptada, todos los gastos del demandante serán pagados por el Estado. Una de las condiciones para poder beneficiarse de esta ayuda es que las rentas del solicitante no superen el límite establecido en el artículo 325, apartados 3 a 5, del Código Procesal Judicial (retsplejeloven) y que el solicitante no disponga de un seguro de defensa jurídica ni ningún otro seguro destinado a cubrir los gastos del proceso. Los límites de renta se fijan anualmente (véase el artículo 328, apartado 2, del Código Procesal Judicial). De esta forma, en 2019, las rentas de un solicitante único no pueden exceder de 329 000 DKK y, en el caso de los solicitantes que cohabitan, las rentas totales de la pareja no pueden exceder de 418 000 DKK.

Además, es fundamental que el solicitante alegue un motivo razonable para incoar el procedimiento (véase el artículo 328, apartado 2, del Código Procesal Judicial).

No obstante, el artículo 327 del Código Procesal Judicial enumera determinados tipos de asuntos en los que no es necesario que el solicitante tenga motivos razonables para incoar dicho procedimiento. En este tipo de asuntos, la ayuda procesal se concederá con la única condición de que el solicitante cumpla los criterios económicos establecidos en el artículo 325. Sin embargo, la acción del solicitante no debe estar manifiestamente abocada a ser desestimada (véase el artículo 327, apartado 4).

Asistencia jurídica pública

La asistencia jurídica pública se presta en tres etapas [véase el artículo 323 del Código Procesal Judicial, la Orden (bekendtgørelse) n.º 1503, de 18 de diciembre de 2019, relativa a la asistencia jurídica pública prestada por un abogado]. Toda persona tiene derecho a solicitar asesoramiento oral básico (y gratuito) sobre cuestiones jurídicas importantes relativas a una controversia y sobre las consecuencias probables prácticas y económicas de proseguir judicialmente el asunto (fase 1).

Además, las personas que cumplen los requisitos económicos para recibir ayuda procesal tienen derecho a recibir asistencia jurídica parcialmente gratuita en forma de asesoramiento y elaboración de escritos individuales, incluida la solicitud de ayuda procesal (fase 2). Además, en caso de litigio y si se considera que el caso puede concluirse mediante la conciliación con la ayuda de un abogado, la persona interesada también tiene derecho a la asistencia jurídica parcialmente gratuita de un abogado (fase 3).

Los honorarios de los abogados que prestan asistencia jurídica en la fase 2 son de 1 040 DKK (IVA incluido) en 2019. El Estado paga el 75 % de este importe, mientras que el solicitante de asistencia jurídica paga el resto. Los honorarios de los abogados que prestan asistencia jurídica en la fase 3 son de 2 390 DKK (IVA incluido). El Estado y el solicitante de asistencia jurídica pagan cada uno la mitad de dicho importe. No obstante, el Estado paga la totalidad de la asistencia jurídica cuando forma parte de una solicitud de ayuda procesal.

Sin embargo, por regla general, no es posible solicitar una subvención estatal para la asistencia jurídica en las fases 2 y 3 si está claro desde el principio que el asunto no puede concluirse dentro de los límites económicos de 1 040 y 2 390 DKK respectivamente. Por otra parte, las subvenciones concedidas por el Tesoro Público en relación con la ayuda procesal en las etapas 2 y 3 incluyen únicamente los importes no cubiertos por seguros de defensa jurídica o cualquier otra forma de seguro.

Última actualización: 28/12/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Alemania

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

a) Derecho civil

Toda persona cuyos derechos sean vulnerados por los actos de una empresa alemana puede emprender una acción judicial contra esa empresa ante los órganos jurisdiccionales civiles alemanes. En principio, es competente el órgano jurisdiccional en cuya demarcación tenga su domicilio social la empresa demandada. El domicilio social de una empresa es la sede que figure en los estatutos, el lugar de su administración principal o su principal lugar de negocios. Esta competencia internacional de los órganos jurisdiccionales alemanes deriva del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Reglamento Bruselas I bis). Para saber más sobre este Reglamento, haga clic aquí.

Si la empresa demandada no tiene su sede en la Unión Europea o en un Estado parte en el Convenio de Lugano relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, de 30 de octubre de 2007, la competencia internacional de los órganos jurisdiccionales alemanes puede derivarse del Derecho procesal civil alemán, en particular del Código de Procedimiento Civil (Zivilprozessordnung, en adelante «ZPO»). Por ejemplo, según el artículo 32 del ZPO, se puede recurrir a un órgano jurisdiccional alemán si al menos algunos de los hechos ilícitos fueron cometidos en Alemania. Se considera que los hechos se han cometido tanto en el lugar donde actuó el autor (lugar de la acción) como en el lugar donde se vio afectado el bien jurídico protegido de la persona perjudicada (lugar del resultado).

Estas competencias se aplican también a las acciones de las personas que no son nacionales de la Unión Europea y que no residen en el territorio de la Unión.

El Reglamento (CE) n.º 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Reglamento Roma II) indica qué ordenamiento jurídico nacional es decisivo para el ejercicio de los derechos derivados de los daños. De acuerdo con dicho Reglamento, la ley aplicable por regla general es la del país donde se produce el daño, independientemente del país donde se haya producido el hecho generador del daño y cualesquiera que sean el país o los países en que se producen las consecuencias indirectas del hecho en cuestión (artículo 4, apartado 1, del Reglamento Roma II). Puede encontrar más información sobre el Derecho aplicable aquí.

El Derecho procesal civil alemán incluye instrumentos que permiten la acumulación de acciones, como el litisconsorcio o Streitgenossenschaft (cuando existe conexión, véanse los artículos 59 y siguientes del ZPO). Según el artículo 59 del ZPO, varias personas pueden interponer una demanda conjunta o ser demandadas conjuntamente si forman una comunidad jurídica en relación con el objeto del litigio, o si tienen el derecho o la obligación de serlo, por el mismo motivo fáctico o jurídico.

En 2018, Alemania introdujo una acción declarativa colectiva (Musterfeststellungsklage) para los casos en que los derechos de un gran número de consumidores han sido vulnerados por la acción de una empresa. En determinadas condiciones, las asociaciones de protección del consumidor especialmente cualificadas pueden entablar una acción declarativa colectiva para que un juez aclare las cuestiones de hecho o de Derecho fundamentales que subyagan a las reclamaciones de todos los consumidores. La presentación de la acción declarativa colectiva suspende el plazo de prescripción de las reclamaciones individuales de los consumidores ya registradas (por consiguiente, los consumidores pueden esperar el resultado de la acción declarativa colectiva sin arriesgarse a perder sus derechos). La inscripción de las reclamaciones de los consumidores en el registro de reclamaciones es gratuita. La sentencia declarativa (sobre las cuestiones de hecho o de Derecho fundamentales) vincula simultáneamente a la empresa y a los consumidores registrados. Tras una sentencia declarativa a favor de los consumidores, es probable que la empresa esté dispuesta a pagar voluntariamente los daños y perjuicios. Si la empresa no paga voluntariamente, el consumidor registrado puede hacer valer su reclamación judicialmente o en un procedimiento extrajudicial sobre la base de dicha sentencia declarativa.

b) Normativa en materia de infracciones administrativas

En virtud de la Ley de infracciones administrativas, se pueden imponer a las empresas multas de hasta 10 millones EUR si, por ejemplo, alguno de sus administradores comete un delito; esto también se aplica a las vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con las empresas. Se puede imponer una multa más elevada si con ello se abarca el beneficio económico derivado del delito.

El acuerdo de coalición de la 19.a legislatura prevé una refundición de la legislación en materia de sanciones para las empresas. Se encuentra en fase de preparación.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

La normativa alemana sobre responsabilidad extracontractual no contiene ninguna disposición especial para las vulneraciones graves de los derechos humanos. No obstante, la normativa general sobre responsabilidad extracontractual puede aplicarse cuando la vulneración grave de los derechos humanos ha dado lugar a una vulneración de los derechos individuales. El artículo 823, apartado 1, del Código Civil (Bürgerliches Gesetzbuch) dispone, por ejemplo, que quien atente dolosa o imprudentemente contra la vida, la integridad física, la salud, la libertad, la propiedad o cualquier otro derecho de una persona está obligado a pagar una indemnización por daños y perjuicios. En caso de un atentado contra la vida, la integridad física, la salud, la libertad, la propiedad o cualquier otro derecho, no solo es responsable la persona que causa directamente el daño, sino también la persona que no ha tomado las precauciones necesarias y razonables para evitar el daño a terceros, si ha creado una fuente de peligro (la conocida como obligación de seguridad vial).

En el ámbito del Derecho privado de la responsabilidad medioambiental, se contemplan también casos especiales de puesta en peligro que acarrean responsabilidad en caso de violación de los derechos individuales, en particular en los artículos 1 y siguientes de la Ley de responsabilidad medioambiental (Umwelthaftungsgesetz), los artículos 25 y siguientes de la Ley de energía atómica (Atomgesetz), los artículos 32 y siguientes de la Ley de ingeniería genética (Gentechnikgesetz) y el artículo 89 de la Ley de gestión del agua (Wasserhaushaltsgesetz).

Desde el punto de vista del Derecho penal, las vulneraciones graves de los derechos humanos también se castigan por medio de delitos. Las formas graves de explotación laboral se sancionan penalmente, por ejemplo, en virtud del artículo 233 del Código Penal (Strafgesetzbuch) (trata de seres humanos para su explotación laboral).

A fin de mantener condiciones de vida acordes con la dignidad humana, en particular para las generaciones futuras, el medio ambiente también está protegido por el Derecho penal. Las disposiciones del Código Penal alemán (artículos 324 y siguientes), que constituye la base del Derecho penal en Alemania, incluyen de manera transversal la protección del agua, el aire y el suelo como medios esenciales del medio ambiente. Esta protección fundamental se complementa con una amplia gama de disposiciones penales de Derecho penal derivado y, al mismo tiempo, garantiza la protección del mundo vegetal y animal. Se tienen en cuenta las amplias normas del Derecho europeo para respetar la protección del medio ambiente como misión transfronteriza.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

Toda persona cuyos derechos sean vulnerados por los actos de una empresa alemana puede emprender una acción judicial contra esa empresa ante los órganos jurisdiccionales civiles alemanes. En principio, es competente el órgano jurisdiccional en cuya demarcación tenga su domicilio social la empresa demandada. El domicilio social de una empresa es la sede que figure en los estatutos, el lugar de su administración principal o su principal lugar de negocios. Esta competencia internacional de los órganos jurisdiccionales alemanes deriva del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Reglamento Bruselas I bis). Para saber más sobre este Reglamento, haga clic aquí.

Si la empresa demandada no tiene su sede en la Unión Europea o en un Estado parte en el Convenio de Lugano relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, de 30 de octubre de 2007, la competencia internacional de los órganos jurisdiccionales alemanes puede derivarse del Derecho procesal civil alemán, en particular del Código de Procedimiento Civil (Zivilprozessordnung, en adelante «ZPO»). Por ejemplo, según el artículo 32 del ZPO, se puede recurrir a un órgano jurisdiccional alemán si al menos algunos de los hechos ilícitos fueron cometidos en Alemania. Se considera que los hechos se han cometido tanto en el lugar donde actuó el autor (lugar de la acción) como en el lugar donde se vio afectado el bien jurídico protegido de la persona perjudicada (lugar del resultado).

Estas competencias se aplican también a las acciones de las personas que no son nacionales de la Unión Europea y que no residen en el territorio de la Unión.

El Reglamento (CE) n.º 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales (Reglamento Roma II) indica qué ordenamiento jurídico nacional es decisivo para el ejercicio de los derechos derivados de los daños. De acuerdo con dicho Reglamento, la ley aplicable por regla general es la del país donde se produce el daño, independientemente del país donde se haya producido el hecho generador del daño y cualesquiera que sean el país o los países en que se producen las consecuencias indirectas del hecho en cuestión (artículo 4, apartado 1, del Reglamento Roma II). Puede encontrar más información sobre el Derecho aplicable aquí.

Aquí puede encontrar más información.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

El Punto nacional de contacto (PNC) alemán para la promoción de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales actúa como un órgano de reclamación extrajudicial. Tiene su sede en el Ministerio Federal de Economía y Energía y se encarga de promover el conocimiento y la aplicación efectiva de las Líneas Directrices de la OCDE. Cualquiera que pueda demostrar de manera fehaciente un interés legítimo tiene la posibilidad de presentar una reclamación ante el PNC en relación con posibles vulneraciones de las Líneas Directrices de la OCDE por parte de una empresa multinacional. El PNC examina las reclamaciones recibidas y, si se aceptan, ofrece asistencia a las partes involucradas en el procedimiento en forma de conciliación o mediación para llegar a un acuerdo sobre las cuestiones litigiosas. El PNC es responsable, entre otras cosas, de las reclamaciones relacionadas con el respeto insuficiente de los derechos humanos y la consideración insuficiente de los derechos humanos en el ejercicio de la diligencia debida, tal como se define en las Líneas Directrices de la OCDE. Las Líneas Directrices revisadas de la OCDE de 2011, que contienen recomendaciones específicas sobre el respeto de los derechos humanos por parte de las empresas, se basan explícitamente en los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos.

El PNC coordina sus actividades y decisiones de acuerdo con el Comité Interministerial (CIM) para las Líneas Directrices de la OCDE. Otros siete Ministerios Federales están representados en este CIM. El Grupo de Trabajo sobre las Líneas Directrices de la OCDE constituye otro foro de intercambio. Además de los representantes de todos los Ministerios Federales que son miembros del CIM para las Líneas Directrices de la OCDE, este órgano también incluye representantes de asociaciones empresariales, sindicatos y organizaciones no gubernamentales.

En el sitio web del PNC alemán, que puede encontrarse El enlace abre una nueva ventanaaquí, se puede obtener más información sobre el procedimiento de reclamación ante el PNC (incluida la información sobre las reclamaciones recibidas y la forma en que se tramitan).

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

En el Plan de acción nacional para las empresas y los derechos humanos 2016-2020 (PAN), el Gobierno alemán ha definido la expectativa de que todas las empresas integren adecuadamente los procesos de diligencia debida en materia de derechos humanos en sus actividades comerciales en Alemania y en todo el mundo, es decir, también fuera de la Unión Europea. Esta expectativa no constituye una obligación jurídica. El PAN define la diligencia debida en materia de derechos humanos sobre la base de cinco elementos fundamentales. Uno de ellos es que las empresas establezcan un mecanismo de denuncia.

El PAN subraya el importante papel que pueden desempeñar los mecanismos de denuncia privados y alienta a las empresas a participar en ellos o a establecerlos. El PAN determina determinados requisitos para el establecimiento y funcionamiento de los mecanismos de denuncia privados. Entre otras cosas, el mecanismo de denuncia debe estructurarse de manera diferente según el grupo destinatario. Al establecer nuevos mecanismos, así como al utilizar los existentes, conviene velar por que garanticen un procedimiento justo, equilibrado y previsible, accesible para todas las personas que puedan estar afectadas. Este procedimiento debe permitir la mayor transparencia posible respecto de las partes afectadas y estar en consonancia con las normas internacionales en materia de derechos humanos. Algunas empresas alemanas ya han establecido mecanismos de denuncia internos o a escala sectorial para que sus empleados y personas ajenas a ellas puedan presentar denuncias sobre vulneraciones de los derechos humanos.

El Gobierno alemán está examinando los avances realizados en la aplicación de la diligencia debida en materia de derechos humanos por parte de las empresas mediante un estudio anual efectuado entre 2018 y 2020 de conformidad con las normas científicas. Este estudio proporcionará resultados empíricos sobre si las empresas con más de 500 empleados han establecido mecanismos de denuncia y si esos mecanismos cumplen su función. Los resultados del seguimiento del PAN también son importantes para el debate del Gobierno sobre las medidas de seguimiento del PAN actualmente en vigor. Si el seguimiento del PAN muestra que menos del 50 % de las empresas mencionadas cumplen los requisitos del PAN en cuanto a diligencia debida de las empresas, el Gobierno considerará, de acuerdo con el PAN, la posibilidad de adoptar medidas jurídicas adicionales. El acuerdo de coalición del actual Gobierno Federal también estipula que, sobre la base de una revisión exhaustiva y eficaz del PNA, el Gobierno Federal, en caso necesario, adoptará medidas jurídicas y propondrá una normativa a nivel de la UE.

Los miembros de la asociación Partnership for Sustainable Textiles, compuesta por diversos agentes, se han comprometido a garantizar mecanismos de denuncia eficaces en todas las cadenas mundiales de valor añadido y suministro. Por ello, en el marco del grupo de expertos sobre mecanismos de denuncia se intercambian información y ejemplos adecuados de la práctica de los diversos miembros. Además, la asociación ha entablado una cooperación estratégica con la Fair Wear Foundation, que actúa en el ámbito de los mecanismos de denuncia en siete países productores de textiles.

La cooperación alemana para el desarrollo apoya actualmente proyectos para mejorar las condiciones de trabajo en el sector textil en Bangladesh, Myanmar y Pakistán. Las actividades realizadas en el marco de estos proyectos también incluyen la elaboración y ejecución de estrategias para mecanismos de denuncia eficaces.

En el marco del concepto de derechos humanos del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo, los organismos gubernamentales de aplicación de la cooperación alemana para el desarrollo han introducido mecanismos de denuncia: la Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit GmbH (Sociedad Alemana para la Cooperación Internacional, en adelante «GIZ»), como empresa de Derecho federal, y el KfW Entwicklungsbank, como banco de desarrollo e institución de Derecho público, ya han introducido mecanismos de denuncia en materia de derechos humanos (en 2013). A ellos se unieron en 2017 las autoridades federales superiores, el Bundesanstalt für Geowissenschaften und Rohstoffe (Instituto Federal de Geociencias y Recursos Naturales, en adelante «BGR») y el Physikalisch-Technische Bundesanstalt (Instituto Federal de Física y Tecnología, en adelante «PTB»).

Los mecanismos de denuncia están abiertos al público y también se ocupan de las denuncias relativas a actividades fuera de la Unión Europea. Previa petición, la GIZ, el KfW, el BGR y el PTB proporcionarán al Ministerio información sobre las denuncias recibidas.

La Deutsche Investitions- und Entwicklungsgesellschaft mbH (Sociedad Alemana de Inversión y Desarrollo, en adelante «DEG»), filial del KfW, también ha establecido su propio mecanismo de denuncia (en 2014).

En Alemania se dispone de los siguientes mecanismos de resolución extrajudicial de litigios (para los procedimientos ante el PNC para la promoción de las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, véase el punto 4):

  1. En el procedimiento de mediación, se recurre a un tercero únicamente para la solución amistosa del litigio; este no tiene poder de decisión. La mediación es un método de fácil acceso para la resolución de conflictos que no está fundamentalmente vinculado a un ámbito específico. En consecuencia, puede aplicarse en todos los ámbitos en que puedan surgir conflictos.
  2. Alemania también ofrece otra posibilidad de resolución de litigios cuando un tercero presenta una propuesta (no vinculante) a las partes para que tomen una decisión. Una forma especial de resolución de litigios de los contratos celebrados por consumidores se rige por la Ley sobre los modos alternativos de resolución de litigios en materia de consumo (Gesetz über die alternative Streitbeilegung in Verbrauchersachen, abreviada como «VSBG»). Esta Ley ofrece a los consumidores un modo de resolución de litigios práctico y gratuito; también ofrece a las empresas un mecanismo para tramitar las denuncias de los consumidores que mejora su imagen y ayuda a evitar los litigios.
  3. Además, existe la posibilidad de recurrir al arbitraje (extrajudicial) si las partes están de acuerdo.

Puede encontrar más información sobre las posibilidades de mediación aquí.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

El Derecho procesal civil alemán contiene varios mecanismos para facilitar el acceso a los órganos jurisdiccionales civiles alemanes. Por ejemplo, los demandantes pueden solicitar asistencia jurídica gratuita si no pueden pagar las costas procesales (artículos 114 y siguientes del ZPO). Tras un examen de las circunstancias personales y económicas y de las perspectivas de éxito de la acción, las costas procesales y los honorarios de los abogados se sufragan parcial o totalmente, según proceda, a menos que la continuación de la acción se considere infructuosa. Las personas físicas extranjeras también pueden solicitar asistencia jurídica gratuita para los procedimientos judiciales en Alemania. Las personas jurídicas que tienen su sede en el territorio de la Unión Europea —por ejemplo, las asociaciones de víctimas— tienen derecho a recibir asistencia jurídica gratuita en las condiciones establecidas en el ZPO.

La Directiva 2002/8/CE tiene por objeto mejorar el acceso a la justicia en los litigios transfronterizos mediante el establecimiento de un conjunto de reglas comunes mínimas sobre asistencia jurídica gratuita en este tipo de litigios.

Última actualización: 28/07/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Grecia

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

El artículo 8 de la El enlace abre una nueva ventanaLey n.º 4443/2016 establece lo siguiente: «1. En caso de incumplimiento del principio de igualdad de trato en el contexto de una acción administrativa, la persona perjudicada puede beneficiarse, además de protección judicial, de la protección establecida en los artículos 24 a 27 del Código de Procedimiento Administrativo [(Κώδικα Διοικητικής Διαδικασίας) El enlace abre una nueva ventanaLey n.º 2690/1999, Boletín oficial griego n.º 45 A]. 2. La extinción de la relación en la que tuvo lugar la vulneración no excluye la concesión de protección contra la vulneración del principio de igualdad de trato. 3. Las personas jurídicas, asociaciones u organizaciones, incluidos los interlocutores sociales y las organizaciones sindicales, que tienen entre sus objetivos garantizar el respeto del principio de igualdad de trato independientemente de la raza, el color, el origen nacional o étnico, la ascendencia, la religión o creencias, la discapacidad o enfermedad crónica, la edad, la situación familiar o social, la orientación sexual, la identidad de género o las características sexuales pueden representar a una persona perjudicada ante los órganos jurisdiccionales o cualquier autoridad o entidad administrativa, después de haber obtenido su consentimiento por documento notarial, si corresponde, o documento privado con autentificación de la firma».

Además, el artículo 11 «Sanciones» de dicha Ley establece lo siguiente: «1. Todo aquel que, al vender bienes o prestar servicios al público, viole la prohibición de discriminación por motivos de raza, color, origen nacional o étnico, ascendencia, religión o creencia, discapacidad o enfermedad crónica, o edad, situación familiar o social, orientación sexual, identidad de género o características sexuales, en el sentido de la presente Ley, puede ser castigado con una pena de prisión de seis (6) meses a tres (3) años y una multa de mil (1 000) a cinco mil (5 000) EUR. Los actos a que se refiere el presente apartado serán perseguidos de oficio. 2. Toda discriminación por motivos de raza, color, origen nacional o étnico, ascendencia, religión o creencias, discapacidad o enfermedad crónica, edad, situación familiar o social, orientación sexual, identidad de género o características sexuales, cometida en violación de las disposiciones del presente capítulo por una persona que actúe como empleador en cualquier etapa del acceso al trabajo y al empleo, al establecer o negarse a establecer una relación laboral o durante el transcurso de la misma, o su duración, evolución o rescisión, constituye una violación de la legislación laboral para la cual la Inspección de Trabajo (Σώμα Επιθεώρησης Εργασίας) impone las sanciones administrativas previstas en el artículo 24 de la Ley n.º 3996/2011 (Boletín oficial griego El enlace abre una nueva ventanan.º 170 A)».

Por último, en caso de violación del principio de igualdad de trato por motivos de raza, color, origen nacional o étnico, ascendencia, religión o creencia, discapacidad o enfermedad crónica, edad, situación familiar o social, orientación sexual, identidad de género o características sexuales, corresponde al demandado o a la autoridad administrativa demostrar que las circunstancias del caso no constituyen una violación de este principio. Por su parte, la persona perjudicada goza de protección contra el despido o, más en general, contra cualquier trato desfavorable en respuesta a la presentación de una denuncia o una demanda.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

Según el artículo 78, apartado 9, de la El enlace abre una nueva ventanaLey n.º 4052/2012, «por «condiciones de trabajo especialmente abusivas» se entienden las condiciones de trabajo, incluidas las resultantes de la discriminación por motivos de género u otros factores, en las que existe una desproporción evidente en comparación con las condiciones de trabajo de los trabajadores empleados con condiciones legales que tiene, por ejemplo, repercusiones en la salud y la seguridad de los trabajadores, y que viola la dignidad humana». En virtud del artículo 89, apartado 3: «En caso de empleo ilegal de un menor no acompañado que sea nacional de un tercer país, el fiscal competente adopta las disposiciones necesarias para determinar su identidad, nacionalidad y el hecho de que no esté acompañado. Hace todo lo posible por localizar a su familia cuanto antes y adopta las disposiciones necesarias para garantizar su representación jurídica lo más rápido posible, también, si es necesario, en el procedimiento penal. El fiscal de menores o, en su defecto, el fiscal del juzgado de primera instancia competente puede, si no se encuentra a la familia del menor o si considera que, en virtud de circunstancias particulares, la repatriación del menor es contraria a sus intereses, ordenar cualquier medida que considere útil para su protección, hasta que el juzgado, al que se debe recurrir en un plazo de treinta días, nombre a un tutor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1532, 1534 y 1592 del Código Civil. 4. Si no disponen de recursos suficientes y si el fiscal del juzgado de primera instancia competente así lo decide, se adoptan medidas para que disfruten de condiciones de vida adecuadas. 5. La fiscalía, las autoridades judiciales y la policía deben, con carácter prioritario, garantizar la protección y la seguridad de las víctimas mencionadas de conformidad con las disposiciones aplicables, prestarles servicios de traducción e interpretación cuando no hablen griego, informarles de sus derechos legales y de los servicios que tienen a su disposición y proporcionarles la asistencia jurídica necesaria».

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

No se contempla esta posibilidad.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

No se contempla esta posibilidad.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

Grecia no impone a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación para las vulneraciones resultantes de sus actividades comerciales.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

Según el artículo 78, apartado 9, de la El enlace abre una nueva ventanaLey n.º 4052/2012, «por «condiciones de trabajo especialmente abusivas» se entienden las condiciones de trabajo, incluidas las resultantes de la discriminación por motivos de género u otros factores, en las que existe una desproporción evidente en comparación con las condiciones de trabajo de los trabajadores empleados con condiciones legales que tiene, por ejemplo, repercusiones en la salud y la seguridad de los trabajadores, y que viola la dignidad humana». En virtud del artículo 89, apartado 3: «En caso de empleo ilegal de un menor no acompañado que sea nacional de un tercer país, el fiscal competente adopta las disposiciones necesarias para determinar su identidad, nacionalidad y el hecho de que no esté acompañado. Hace todo lo posible por localizar a su familia cuanto antes y adopta las disposiciones necesarias para garantizar su representación jurídica lo más rápido posible, también, si es necesario, en el procedimiento penal. El fiscal de menores o, en su defecto, el fiscal del juzgado de primera instancia competente puede, si no se encuentra a la familia del menor o si considera que, en virtud de circunstancias particulares, la repatriación del menor es contraria a sus intereses, ordenar cualquier medida que considere útil para su protección, hasta que el juzgado, al que se debe recurrir en un plazo de treinta días, nombre a un tutor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1532, 1534 y 1592 del Código Civil. 4. Si no disponen de recursos suficientes y si el fiscal del juzgado de primera instancia competente así lo decide, se adoptan medidas para que disfruten de condiciones de vida adecuadas. 5. La fiscalía, las autoridades judiciales y la policía deben, con carácter prioritario, garantizar la protección y la seguridad de las víctimas mencionadas de conformidad con las disposiciones aplicables, prestarles servicios de traducción e interpretación cuando no hablen griego, informarles de sus derechos legales y de los servicios que tienen a su disposición y proporcionarles la asistencia jurídica necesaria».

De conformidad con las disposiciones de la El enlace abre una nueva ventanaLey n.º 3226/2004, los ciudadanos con rentas bajas de un Estado miembro de la Unión Europea, así como los ciudadanos con rentas bajas de un tercer país o los apátridas, tienen derecho a asistencia jurídica gratuita, siempre que tengan, legalmente, su domicilio o residencia habitual en la Unión Europea. Los ciudadanos con rentas bajas no tienen derecho a asistencia jurídica gratuita si no tienen, legalmente, su domicilio o residencia habitual en la Unión Europea.

La asistencia jurídica gratuita consiste en la exención total o parcial de la obligación de pagar las costas procesales y, previa solicitud expresa, el nombramiento de un abogado, un notario y un agente judicial para defender al beneficiario, representarlo ante el órgano jurisdiccional y prestarle la asistencia que necesite para realizar los trámites necesarios.

Última actualización: 20/08/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - España

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

En España, es posible interponer recursos judiciales que tengan como causa vulneraciones de derechos humanos ante las jurisdicciones civil, penal, administrativa y laboral.

La Ley de Enjuiciamiento Civil contempla la obligación de proporcionar determinadas prestaciones, la declaración de la existencia de derechos y situaciones legales, la adopción de medidas cautelares y cualquier otro tipo de protección que esté expresamente prevista por la ley y pueda afectar a este tipo de abusos.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal también regula los mecanismos y recursos judiciales que pueden utilizarse durante un procedimiento penal. El Código Penal prevé específicamente la responsabilidad penal de las personas jurídicas (artículo 31 bis y siguientes) y tipifica varios delitos que pueden implicar abusos de los derechos humanos relacionados con las empresas (por ejemplo, los delitos contra los derechos de los trabajadores, contra la salud pública, los delitos ambientales, la financiación del terrorismo, etc.).

En cuanto a las medidas administrativas, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público contienen normas generales sobre los procedimientos disciplinarios y la responsabilidad estatal de las Administraciones Públicas. Estas normas se desarrollan en leyes específicas relacionadas con los abusos empresariales (por ejemplo, la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Ambiental). En la fase judicial son aplicables los recursos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

En el ámbito laboral, la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción social recoge el procedimiento judicial aplicable a aquellos supuestos en que un trabajador o sindicato considere lesionados los derechos de libertad sindical, huelga u otros derechos fundamentales y libertades públicas, incluida la prohibición de tratamiento discriminatorio y del acoso.

Por otra parte, la legislación procesal española establece las vías de reparación, a fin de obtener una indemnización, en el caso de que la actuación de una empresa haya tenido como resultado una vulneración de derechos humanos. Así, el artículo 116 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispone que artículo 116 del Código Penal toda persona criminalmente responsable de un delito lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios. En el caso de las personas jurídicas, su responsabilidad penal llevará consigo su responsabilidad civil en los términos establecidos, de forma solidaria con las personas físicas que fueren condenadas por los mismos hechos.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

Sí, el Código penal español criminaliza las vulneraciones de derechos humanos que sean constitutivas de delito.

En materia medioambiental, el Código Penal cuenta con un título dedicado a los “delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente”. Este título criminaliza diversas conductas: la construcción de obras en zonas verdes o de reconocido interés ecológico (artículo 319), la emisión y traslado de residuos, vertidos, ruidos, extracciones, etc. que puedan causar daños sustanciales a la calidad del aire, del suelo o de las aguas, o a animales o plantas (artículos 325 y siguientes). Estas conductas se castigan con penas de prisión, multa e inhabilitación especial para profesión u oficio. El Código Penal faculta, además, a jueces o tribunales a ordenar la adopción, a cargo del autor del hecho, de las medidas necesarias encaminadas a restaurar el equilibrio ecológico perturbado, así como de cualquier otra medida cautelar necesaria para la protección de los bienes tutelados en el título mencionado (artículo 339).

Los delitos contra los trabajadores se regulan en el Título XV del Libro II del Código Penal (artículos 311 a 318 del Código Penal). Se castiga, con penas de multa y prisión, la imposición a los trabajadores de condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual (artículo 311); la ocupación simultánea a una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda o, en su caso, sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo (artículo 311), la ocupación a ciudadanos extranjeros o de menores de edad que carezcan de permiso de trabajo (artículo 311 bis); el tráfico ilegal de mano de obra, el reclutamiento de personas con condiciones engañosas o falsas (artículo 312); el engaño para favorecer la emigración de una persona simulando contrato laboral (artículo 313); la discriminación grave en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o discapacidad, por ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores, por el parentesco con otros trabajadores de la empresa o por el uso de alguna de las lenguas oficiales dentro del Estado español, (artículo 314); la limitación del ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga (artículo 315); la infracción de las normas de prevención de riesgos laborales que pongan en peligro grave su vida, salud o integridad física de los trabajadores (artículo 316).

En el caso de que el delito se hubiera cometido por una persona jurídica, la pena prevista se impondrá a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ) recoge las reglas que determinan la necesaria vinculación entre un determinado hecho y España para establecer la jurisdicción de los tribunales españoles.

Así, en la jurisdicción civil y mercantil, la LOPJ dispone que los tribunales españoles conocerán de las pretensiones que se susciten en territorio español con arreglo a lo establecido en los tratados y convenios internacionales en los que España sea parte, en las normas de la Unión Europea y en las leyes españolas (artículo 21). Cuando el demandado no tuviera su domicilio en España, los Tribunales españoles serán competentes (artículo 22 quinquies):

  1. En materia de obligaciones contractuales, cuando la obligación objeto de la demanda se haya cumplido o deba cumplirse en España.
  2. En materia de obligaciones extracontractuales, cuando el hecho dañoso se haya producido en territorio español.
  3. En las acciones relativas a la explotación de una sucursal, agencia o establecimiento mercantil, cuando éste se encuentre en territorio español.
  4. En materia de contratos celebrados por consumidores, estos podrán litigar en España si tienen su residencia habitual en territorio español o si lo tuviera la otra parte contratante; esta última solo podrá litigar en España si el consumidor tiene su residencia habitual en territorio español.

En la jurisdicción penal, los tribunales serán competentes para conocer causas por delitos y faltas cometidos en territorio español o cometidos a bordo de buques o aeronaves españoles, sin perjuicio de lo previsto en los tratados internacionales en los que España sea parte. También conocerán tendrán competencia sobre los delitos que hayan sido cometidos fuera del territorio nacional, siempre que los criminalmente responsables fueren españoles o extranjeros que hubieran adquirido la nacionalidad española con posterioridad a la comisión del hecho y cumplan determinados requisitos (artículo 23).

En el orden social, los tribunales españoles serán competentes (artículo 25):

1.º En materia de derechos y obligaciones derivados de contrato de trabajo, cuando los servicios se hayan prestado en España o el contrato se haya celebrado en territorio español; cuando el demandado tenga su domicilio en territorio español o una agencia, sucursal, delegación o cualquier otra representación en España; cuando el trabajador y el empresario tengan nacionalidad española, cualquiera que sea el lugar de prestación de los servicios o de celebración del contrato; y, además, en el caso de contrato de embarque, si el contrato fue precedido de oferta recibida en España por trabajador español.

2.º En materia de control de legalidad de los convenios colectivos de trabajo celebrados en España y de pretensiones derivadas de conflictos colectivos de trabajo promovidos en territorio español.

3.º En materia de pretensiones de Seguridad Social frente a entidades españolas o que tengan domicilio, agencia, delegación o cualquier otra representación en España.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

En España, el Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas españolas.

Cualquier ciudadano puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su intervención, que es gratuita, para que investigue cualquier actuación de la Administración pública española o sus agentes, presuntamente irregular. También puede intervenir de oficio en casos que lleguen a su conocimiento, aunque no se haya presentado queja sobre ellos. Sin embargo, su competencia no se extiende a las actuaciones de las empresas multinacionales fuera de la Unión Europea.

El Defensor del Pueblo da cuenta de su gestión a las Cortes Generales en un informe anual y puede presentar informes monográficos sobre asuntos que considere graves, urgentes o que requieran especial atención.

En este ámbito, puede encontrar más información El enlace abre una nueva ventanaaquí.

Respecto de la inspección de trabajo, ésta corresponde al Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Trabajo Migraciones y Seguridad Social. Las potestades administrativas que tiene atribuidas le facultan para ejercer la vigilancia del cumplimiento de las normas del orden social y exigir las responsabilidades pertinentes, así como el asesoramiento y, en su caso, conciliación, mediación y arbitraje en dichas materias.

En el caso de que una persona tuviera conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la Inspección (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar sus servicios. Las denuncias se pueden presentar de forma presencial (ante las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social); telemática (en la sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social) y postal.

Se puede encontrar más información El enlace abre una nueva ventanaaquí.

La inspección medioambiental es competencia de las comunidades autónomas, por los que serán éstas las encargadas de llevar a cabo las actuaciones necesarias para sancionar aquellas conductas que constituyan una infracción en esta materia. En cualquier caso, la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad medioambiental establece la obligación por parte de los operadores de actividades económicas de reparar los daños al medio ambiente causados. En el caso de que tales actuaciones fueran constitutivas de delito, se aplicaría la legislación penal referida en la respuesta 2. Igualmente, sería de aplicación la normativa mencionada en relación a la reclamación de indemnizaciones y responsabilidad civil.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

Este tipo de conflicto no es susceptible de ser resuelto a través del sistema de mediación en materia civil y mercantil contemplado en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en materia civil y mercantil, ya que dicha norma excluye de su ámbito de aplicación los litigios sobre estas materias que se refieran a derechos no disponibles (artículo 2).

Debe tenerse en cuenta la Resolución de 1 de septiembre de 2017 de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, por la que se publica el Plan Nacional de Acción de Empresas y Derechos Humanos (BOE 14 de septiembre de 2017). Este Plan contempla la necesidad de establecer medidas efectivas para la protección de los derechos humanos en la empresa y regular los mecanismos judiciales, extrajudiciales y administrativos para reparar el daño en caso de que se haya producido una violación de tales derechos.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

El artículo 119 de la Constitución Española reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita cuando la ley así lo disponga y, en todo caso, respecto de quienes acrediten la insuficiencia de recursos para litigar. Este derecho constitucional se desarrolla en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita. Las víctimas de vulneraciones de derechos humanos cometidas por empresas pueden beneficiarse de la asistencia jurídica cuyos recursos económicos no superan el umbral económico establecido por la Ley 1/1996. Este umbral ha aumentado tras la reforma de la Ley 1/1996 en 2015 y también tiene en cuenta determinadas circunstancias personales del solicitante (como las cargas familiares) con el fin de ampliar el número potencial de beneficiarios de la asistencia jurídica. En cuanto al contenido de este beneficio, incluye la defensa legal proporcionada por abogados profesionales, la asistencia legal, así como la información de cualquier recurso extrajudicial disponible.

La Ley 1/1996 también regula la concesión del beneficio de justicia gratuita en los litigios transfronterizos. En este caso, podrán optar a él las personas físicas que sean ciudadanos de la Unión Europea o nacionales de terceros países que residan legalmente en uno de los Estados miembros.

El beneficio de asistencia jurídica gratuita se reconocerá únicamente en los litigios en materia civil o mercantil, así como en los procedimientos extrajudiciales en estas mismas materias cuando la ley los imponga a las partes o el Juzgado o Tribunal remita a éstas a dichos procedimientos.

Última actualización: 17/01/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Croacia

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

Las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos pueden solicitar amparo judicial:

  • en un proceso civil, en el que puede que se les conceda una indemnización por daños y perjuicios, sean materiales o inmateriales (inmateriales solo en caso de vulneración de los derechos de la personalidad[1]);
  • en un proceso penal, en el que pueden constituirse en parte civil para reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos en relación con el delito.

Según el artículo 1 del Código de Procedimiento Civil (Zakon o parničnom postupkuZPP) [Boletín Oficial de la República de Croacia (Narodne novineNN) n.os 53/91, 91/92, 112/99, 129/00, 88/01, 117/03, 88/05, 2/07, 96/08, 84/08, 123/08, 57/11, 25/13, 89/14 y 70/19], el Código contiene las normas procesales aplicables a los procedimientos relativos a los derechos y deberes humanos y de los ciudadanos y las relaciones personales y familiares de los ciudadanos y a los procedimientos laborales, mercantiles, inmobiliarios y demás procedimientos civiles, sin perjuicio de lo que dispongan las leyes procesales especiales. Por otra parte, el artículo 185 del ZPP dispone que los procedimientos civiles se incoan con la presentación de la demanda.

En los procedimientos laborales y, en particular, al fijar plazos y realizar señalamientos, los órganos jurisdiccionales siempre deben tener presente la necesidad de resolver los conflictos laborales con rapidez.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

El artículo 43 del Código de Procedimiento Penal (Zakon o kaznenom postupkuZKP) (Boletín Oficial de la República de Croacia n.os 152/08, 76/09, 80/11, 121/11, 91/12, 143/12, 56/13, 145/13, 152/14, 70/17, 126/19 y 126/19) enumera cuáles son los derechos de las víctimas de delitos: derecho a recibir asistencia de servicios de apoyo a las víctimas, derecho a recibir asistencia psicológica y de otro tipo y apoyo de las autoridades, organizaciones o instituciones que presten asistencia a las víctimas con arreglo a la ley, derecho a la protección contra la intimidación y las represalias, derecho al respeto de la dignidad de la víctima al comparecer como testigo, derecho a ser oído sin retraso injustificado tras presentar denuncia, derecho a que las audiencias se limiten a lo estrictamente necesario para la sustanciación del proceso penal, derecho a estar acompañado por una persona de confianza durante las actuaciones en que participe la víctima, derecho a que los reconocimientos médicos se limiten a lo estrictamente necesario para la sustanciación del proceso penal, derecho a presentar querella con arreglo al Código Penal (Kazneni zakon), derecho a participar en el proceso penal como parte agraviada, derecho a ser informado del sobreseimiento de la causa y de la decisión de la fiscalía de no ejercitar la acción penal y a ejercitar la acción penal particular ante la falta de acusación por la fiscalía, derecho a que la fiscalía le informe de las actuaciones realizadas en relación con la denuncia/querella de la víctima y derecho a elevar una queja contra el fiscal al superior jerárquico, derecho a ser informada (previa petición y sin demora injustificada) de la suspensión de la detención o prisión preventiva del investigado y de su fuga, de la finalización anticipada de la pena de prisión del reo y de las medidas adoptadas para proteger a la víctima que aquel tenga que respetar, derecho a ser informada previa petición de las resoluciones por las que se ponga fin al proceso penal, y los demás derechos establecidos por ley.

El artículo 44 del ZKP establece derechos específicos para las víctimas de la trata de seres humanos (que puede tener por fin explotar laboralmente a alguien mediante trabajos forzados o en régimen de esclavitud); además de los derechos contemplados en el artículo 43, tienen: derecho a una consulta jurídica gratuita antes de ser sometidas a interrogatorio, derecho a representación gratuita a cargo del Estado, derecho a ser interrogadas en sede policial o ante la fiscalía por una persona de su sexo y, en caso de que haya más de una sesión y de ser posible, por esa misma persona, derecho a no responder las preguntas que no guarden relación con el delito y las que se refieran a su vida privada, derecho a solicitar que el interrogatorio se realice por videoconferencia, derecho a la protección de los datos personales y derecho a solicitar que la actuación se realice a puerta cerrada.

El artículo 43 bis del ZKP y el Reglamento sobre la valoración individualizada de cada víctima (Pravilnik o načinu provedbe pojedinačne procjene žrtve) (Boletín Oficial de la República de Croacia n.º 106/17) establecen el procedimiento de valoración individualizada de cada víctima, por el que se determina si la víctima necesita medidas de protección especiales y, en caso afirmativo, cuáles (inclusive medidas de protección procesal, como métodos de interrogatorio especiales, el uso de medios tecnológicos para evitar el contacto visual con el presunto autor del delito, la celebración a puerta cerrada de las actuaciones, el interrogatorio por una persona de su sexo y, en caso de que haya más de una sesión y de ser posible, por esa misma persona, estar acompañada por una persona de confianza, la protección de los datos personales, el asesoramiento gratuito a cargo del Estado y otros servicios establecidos por ley). Se tiene en cuenta que entre los delitos graves están la trata de seres humanos y la delincuencia organizada, por lo que los delitos graves abarcan los delitos contra el medio ambiente cuando los cometan asociaciones delictivas.

En Croacia, la protección de los derechos de las víctimas está garantizada por la Constitución (Ustav); de su tutela se encargan los órganos jurisdiccionales nacionales. Una vez agotadas todas las vías de recurso de ámbito nacional, la víctima puede, como último recurso, presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo si considera que se ha vulnerado alguno de los derechos fundamentales garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

En virtud del artículo 27 del ZPP, se entiende que los órganos jurisdiccionales croatas tienen competencia para enjuiciar asuntos con elementos internacionales cuando dicha competencia esté contemplada específicamente en una ley o en un tratado internacional.

En lo que se refiere a la competencia judicial en materia civil y mercantil, la Ley de Derecho internacional privado (Zakon o međunarodnom privatnom pravuZMPP) (Boletín Oficial de la República de Croacia n.º 101/17) contempla expresamente la aplicación del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Bruselas I), en su ámbito de competencia y extiende su aplicación a supuestos que afecten a terceros países.

En virtud de la regla básica de competencia del Reglamento Bruselas I, consagrada en el artículo 4, las personas domiciliadas en un Estado miembro están sometidas, sea cual sea su nacionalidad, a los órganos jurisdiccionales de dicho Estado. El artículo 63 define el domicilio de las personas jurídicas como su sede estatutaria, su administración central o su centro de actividad principal.

Los artículos 7 a 9 (competencias especiales) indican los supuestos en los que se puede demandar a una persona en un Estado miembro distinto de aquel en el que tiene su domicilio. Así, el artículo 7, apartado 2, que rige la competencia en materia delictual o cuasidelictual, dispone que una persona domiciliada en un Estado miembro puede ser demandada en otro Estado miembro, en materia delictual o cuasidelictual, ante el órgano jurisdiccional del lugar donde se haya producido o pueda producirse el hecho dañoso.

Por su parte, el artículo 58 de la ZMPP establece una competencia subsidiaria: si las disposiciones de dicha Ley u otra ley croata o de tratados internacionales en vigor en Croacia no atribuyen la competencia en relación con un demandado domiciliado en un Estado que no es miembro de la Unión Europea y cabe razonablemente suponer que el proceso no va a sustanciarse en el extranjero, los órganos jurisdiccionales croatas pueden conocer del asunto cuando presente una vinculación suficiente con Croacia de modo que sea adecuado sustanciar el proceso en Croacia.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

Con arreglo a la Ley del Defensor del Pueblo (Zakon o pučkom pravobranitelju), el Defensor del Pueblo de Croacia solo tiene competencia para tramitar las quejas relativas a las infracciones e irregularidades cometidas por las autoridades administrativas nacionales, regionales y locales y por las personas jurídicas investidas de potestades públicas en el ejercicio de sus funciones, lo que significa que no están comprendidas las quejas relativas a las infracciones en el sector privado. Por otra parte, en virtud del artículo 20, quienes consideren que alguno de sus derechos y libertades constitucionales o legales está amenazado o ha sido vulnerado por la conducta o los hechos ilícitos de los sujetos mencionados anteriormente pueden acudir a la vía judicial. De lo anterior se desprende que no hay que ser nacional de la Unión Europea para poder presentar una queja a la Oficina del Defensor del Pueblo (Ured pučkog pravobranitelja); el requisito es, por tanto, que uno o más de los sujetos mencionados hayan cometido una vulneración de derechos humanos. Sin embargo, como la Oficina del Defensor del Pueblo en Croacia recibe a menudo quejas relacionadas con el sector privado, esta se sirve de todas estas experiencias y quejas de los ciudadanos al elaborar sus informes anuales y al preparar los procedimientos en que participa para abogar por medidas concretas, sin las cuales sería imposible lograr un mayor grado de amparo de los derechos y de protección de los ciudadanos.

Por otra parte, la Ley de lucha contra la discriminación (Zakon o suzbijanju diskriminacije) es de aplicación a la conducta de todas las autoridades estatales, regionales y locales, los entes territoriales autónomos, las personas jurídicas investidas de potestades públicas y todas las personas físicas y jurídicas, en particular en los ámbitos de las condiciones de trabajo y de empleo, del acceso al empleo por cuenta propia y ajena, incluidos los criterios de selección y las condiciones de contratación y ascenso; el derecho a optar a cualquier forma de orientación, formación y reciclaje profesionales; la educación, la ciencia y el deporte; la seguridad social, incluida la asistencia social; los seguros de pensiones y de enfermedad; la justicia y la Administración, la información pública y los medios de comunicación; la compra de bienes, la contratación de servicios y su oferta; la afiliación a sindicatos, organizaciones de la sociedad civil, partidos políticos o cualquier otro tipo de organización y la participación en estos y en actividades de creación artística y cultural.

Además, la Oficina del Defensor del Pueblo, como autoridad central de lucha contra la discriminación, recibe quejas de todas las personas físicas y jurídicas y tramita los casos de forma individualizada; en este sentido, puede formular recomendaciones, dictámenes, propuestas y advertencias, que no son jurídicamente vinculantes, para hacer frente a la discriminación y proteger los derechos de las personas discriminadas. También puede intervenir en procedimientos judiciales en apoyo de la parte discriminada; asimismo, puede interponer una demanda colectiva por discriminación si demuestra la probabilidad de que el demandado haya vulnerado el derecho a la igualdad de una pluralidad de personas por alguno de los motivos que contempla la Ley (raza o etnia, color de la piel, sexo, idioma, religión, creencias políticas o de otro tipo, origen nacional o social, aspectos económicos, afiliación sindical, educación, estatus social, estado civil, edad, salud, discapacidad, herencia genética o expresión u orientación sexual). Para presentar una queja por discriminación ante el Defensor del Pueblo no hay que ser nacional de la Unión Europea.

La El enlace abre una nueva ventanaLey de protección de los denunciantes (Zakon o zaštiti prijavitelja nepravilnosti), en vigor desde el 1 de julio de 2019, dispone que los denunciantes pueden solicitar protección al Defensor del Pueblo si son o pudieran ser víctimas de actos perjudiciales como consecuencia de la denuncia de irregularidades. En virtud de la Ley, para denunciar no hay que ser ciudadano de la Unión Europea, y el Defensor del Pueblo puede adoptar medidas para proteger al denunciante, proceda del sector público o del privado (nota: a efectos de la Ley, es denunciante toda persona que conoce y denuncia irregularidades o infracciones relacionadas con la labor profesional o el ejercicio de funciones de su empleador; por ejemplo, infracción de leyes, reglamentos, normas, códigos deontológicos o de conducta, o reglas internas de las empresas). Es importante señalar que la labor profesional o el ejercicio de funciones engloba el voluntariado, la prestación de servicios temporales, los trabajos de estudiantes, etc. También se puede considerar denunciante a quien participe como candidato en un procedimiento de contratación.

Por otra parte, dado que la protección de los derechos humanos (en particular, los derechos laborales) y del medio ambiente forman parte de una conducta empresarial responsable, Croacia, como país adherido al Comité de Inversiones de la OCDE, que es un organismo imparcial de supervisión laboral de la OCDE, está obligada a aplicar las directrices siguientes: informar por internet sobre lo que se considera conducta empresarial responsable; tramitar las solicitudes; mediar en la resolución de problemas en casos de conducta empresarial irresponsable y comunicarse con las partes interesadas para evitar litigios.

Además, la Inspección del Estado (Državni inspektorat) croata cuenta con divisiones pertinentes, como el Sector de Salud y Seguridad en el Trabajo (Sektor za nadzor zaštite na radu) y el Sector Laboral (Sektor za nadzor radnih odnosa).

Puede encontrarse más información sobre las funciones y competencias de la Inspección del Estado o de los Sectores antes mencionados en los enlaces siguientes:

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

Croacia no ha impuesto un régimen obligatorio de mediación por lo que se refiere a las vulneraciones de los derechos humanos por parte de las empresas. En las controversias entre consumidores y comerciantes, la mediación está regulada por la Ley de resolución alternativa de litigios en materia de consumo (Zakonom o alternativnom rješavanju potrošačkih sporova) (Boletín Oficial de la República de Croacia n.os 121/16 y 32/19), por la que se transpusieron Directivas y un Reglamento de la Unión Europea sobre resolución de litigios en materia de consumo. Por lo que se refiere a la protección de los derechos humanos y otros litigios sobre derechos, se puede recurrir a la mediación en uno de los centros de mediación de Croacia, con el fin de resolver la disputa basándose en los intereses de las partes.

Puede encontrarse más información en los enlaces siguientes:

Con arreglo a la Ley de protección de los consumidores (Zakon o zaštiti potrošača), los comerciantes están obligados a recibir las reclamaciones por escrito que los consumidores les envíen por correo postal, fax o correo electrónico.

Con arreglo a la Ley de la Inspección del Estado (Zakon o državnom inspektoratu), los escritos que contengan la información sobre el denunciante (nombre, apellidos y domicilio) e indiquen la conducta que constituye una infracción pueden utilizarse como base para iniciar una inspección.

Por lo que se refiere a los empleados de empresas multinacionales, el Código Laboral (Zakon o radu) obliga a los empleadores que empleen al menos a veinte trabajadores a nombrar a una persona, distinta del empleador, para que reciba y tramite las quejas relativas a la protección de la dignidad de los trabajadores.

Estas actividades son controladas por la El enlace abre una nueva ventanaInspección del Estado.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

Las víctimas que busquen reparación en un proceso penal por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por las empresas tienen los mismos derechos que las demás víctimas. Para más información, consúltense los enlaces del Portal Europeo de e-Justicia:

De conformidad con la Ley de asistencia jurídica gratuita (Zakon o besplatnoj pravnoj pomoći o ZBPP), pueden acogerse a la asistencia jurídica gratuita las siguientes categorías de personas:

  • nacionales croatas;
  • menores que no tienen la nacionalidad croata y que son considerados por la ley como menores no acompañados por un adulto responsable en Croacia;
  • extranjeros en situación de residencia temporal, siempre que rija la reciprocidad en materia de residencia con el Estado en cuestión, o extranjeros en situación de residencia permanente;
  • extranjeros que disfrutan de protección temporal;
  • extranjeros en situación irregular o extranjeros en estancia corta en el marco de un procedimiento de expulsión o retorno;
  • solicitantes de asilo, beneficiarios del derecho de asilo, extranjeros beneficiarios de protección subsidiaria y los miembros de sus familias que residan legalmente en Croacia, en el marco de un procedimiento en el que la asistencia jurídica gratuita no esté contemplada en una ley especial.
  • La Ley de asistencia jurídica gratuita (Boletín Oficial de la República de Croacia n.os 143/13 y 98/19) establece las condiciones y el procedimiento para que las personas procedentes de entornos desfavorecidos puedan beneficiarse de asesoramiento jurídico gratuito e incoar procedimientos ante órganos jurisdiccionales y otros organismos de Derecho público en materias civil y administrativa con ayuda a cargo del Estado.
  • La Ley de asistencia jurídica gratuita establece que, además de los nacionales croatas, pueden recibir asistencia jurídica gratuita las siguientes categorías de personas:
  • menores que no tienen la nacionalidad croata y que son considerados por la ley como menores no acompañados por un adulto responsable en Croacia;
  • extranjeros en situación de residencia temporal, siempre que rija la reciprocidad en materia de residencia con el Estado en cuestión, o extranjeros en situación de residencia permanente;
  • extranjeros que disfrutan de protección temporal;
  • extranjeros en situación irregular o extranjeros en estancia corta en el marco de un procedimiento de expulsión o retorno;
  • solicitantes de asilo, beneficiarios del derecho de asilo, extranjeros beneficiarios de protección subsidiaria y los miembros de sus familias que residan legalmente en Croacia, en el marco de un procedimiento en el que la asistencia jurídica gratuita no esté contemplada en una ley especial.

Los beneficiarios de asistencia jurídica gratuita pueden, en las condiciones establecidas por la Ley, solicitar asistencia principal (primarna pravna pomoć) o secundaria (sekundarna pravna pomoć).

La asistencia principal comprende la información jurídica general, el asesoramiento jurídico, la presentación de escritos a organismos de Derecho público, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y a organizaciones internacionales de conformidad con los tratados internacionales y las normas por las que se rige el funcionamiento de dichos organismos, la representación en procedimientos ante organismos de Derecho público y la representación en el contexto de la resolución alternativa de litigios. La proporcionan las oficinas de la Administración regional de los condados y la autoridad administrativa competente de la ciudad de Zagreb y los bufetes y oficinas jurídicas autorizadas, respecto de cualquier cuestión jurídica. El procedimiento para presentar una solicitud de asistencia jurídica gratuita principal se inicia acudiendo a una las personas jurídicas antes mencionadas que prestan asistencia jurídica principal; estas determinan dentro de su margen de discrecionalidad si se cumplen los requisitos para su concesión.

La asistencia secundaria comprende el asesoramiento jurídico, la presentación de escritos en procedimientos destinados a garantizar la protección de los derechos de los trabajadores en relación con su empleador, la presentación de escritos en procedimientos judiciales, la representación en procedimientos judiciales y la representación en el contexto de la solución amistosa de un litigio. La asistencia secundaria la prestan los abogados. La asistencia secundaria comprende también la exención de las costas procesales y de las tasas judiciales.

Para conceder asistencia secundaria en forma presentación de escritos y representación en procedimientos judiciales y de exención de las tasas judiciales, es necesario que el solicitante reúna las condiciones económicas establecidas en la Ley de asistencia jurídica gratuita: los ingresos totales del solicitante y de los miembros de su hogar no deben superar el importe de la base imponible por miembro del hogar (3 326,00 HRK) y el valor total del patrimonio del solicitante y de los miembros de su hogar no debe superar 60 veces la base imponible (199 560,00 HRK).

Además del cumplimiento de las condiciones económicas, la asistencia secundaria solo se concede para los siguientes tipos de procedimientos:

  • derechos reales: excepto procedimientos registrales y catastrales;
  • laborales;
  • familia: excepto divorcios de mutuo acuerdo, cuando los cónyuges no tienen hijos menores propios o adoptados o menores con respecto a los cuales ejerzan la patria potestad tras alcanzar la mayoría de edad;
  • ejecuciones forzosas y garantías de créditos para los que la Ley de asistencia jurídica gratuita contempla que se pueda conceder asistencia jurídica gratuita;
  • resoluciones amistosas de litigios;
  • excepcionalmente, otros procedimientos administrativos y civiles si fuera necesario debido a la situación específica del solicitante y de los miembros de su hogar, de conformidad con el objetivo principal de la Ley de asistencia jurídica gratuita.

El procedimiento para la concesión de la asistencia secundaria se inicia mediante la presentación de una solicitud a la oficina de la Administración regional del condado en cuestión o la autoridad administrativa competente de la ciudad de Zagreb. Al presentar la solicitud en la oficina competente, se debe utilizar el formulario normalizado y acompañarlo del consentimiento escrito del solicitante y los miembros de su hogar a que se consulten todos los datos relativos a sus ingresos y su patrimonio, así como una declaración responsable del solicitante de que la información proporcionada es exacta y completa.

En el procedimiento de concesión de asistencia secundaria a un solicitante que cumpla las condiciones legales, la autoridad competente adopta una resolución por la que autoriza la asistencia jurídica gratuita e indica la naturaleza y el alcance de la asistencia jurídica gratuita concedida. La concesión de asistencia secundaria consiste en el pago total o parcial de los gastos de la misma, en función de los ingresos totales mensuales del solicitante y los miembros de su hogar. La resolución por la que se autoriza la asistencia jurídica gratuita también establece qué abogado la prestará.

Si el solicitante no cumple los requisitos para la concesión de la asistencia secundaria, se deniega la solicitud. Puede interponerse recurso ante el Ministerio de Justicia (Ministarstvo pravosuđa) contra la denegación de la solicitud. Puede incoarse un procedimiento contencioso-administrativo contra la decisión del Ministerio de Justicia que rechace el recurso.

Si el beneficiario de la asistencia jurídica gratuita pierde el juicio para el que se concedió la asistencia secundaria, no está obligado a reembolsar los gastos de la asistencia jurídica gratuita; sin embargo, ser beneficiario de asistencia jurídica gratuita no le exime de la posible condena en costas, que la determina el órgano jurisdiccional con arreglo a la normativa procesal aplicable.

La asistencia jurídica gratuita también puede concederse en litigios transfronterizos. A efectos de la Ley de asistencia jurídica gratuita, un litigio transfronterizo es un litigio en el que el solicitante de asistencia jurídica gratuita tiene su domicilio o su residencia habitual en un Estado miembro de la Unión Europea distinto del Estado miembro del foro, es decir, el Estado en el que debe ejecutarse la sentencia.

La asistencia jurídica gratuita para litigios transfronterizos se concede en materia civil, mercantil, de mediación, de transacciones extrajudiciales y de ejecución de escrituras públicas y para el asesoramiento jurídico en dichos procedimientos. Las disposiciones relativas a la asistencia jurídica gratuita para litigios transfronterizos no son aplicables a los procedimientos tributarios, procedimientos aduaneros y otros procedimientos contencioso-administrativos.

Para conceder la asistencia jurídica gratuita en un litigio transfronterizo se deben cumplir los requisitos establecidos en la Ley de asistencia jurídica gratuita. Excepcionalmente, se puede conceder asistencia jurídica gratuita a un solicitante que no cumpla los requisitos establecidos en la Ley de asistencia jurídica gratuita, si demuestra que no está en condiciones de sufragar los gastos del proceso debido a una diferencia entre el coste de la vida entre el Estado miembro en el que tiene su domicilio o su residencia habitual y el coste de la vida en Croacia.

El solicitante o la autoridad competente del Estado miembro en el que tenga su domicilio o residencia (autoridad transmisora) deben presentar la solicitud de asistencia jurídica gratuita al Ministerio de Justicia de Croacia (autoridad receptora). Los formularios y la documentación adjunta deben presentarse en croata. De lo contrario, se rechaza la solicitud.

Si el litigio en el que se pide la concesión de asistencia jurídica gratuita no es transfronterizo o si el solicitante no tiene derecho a asistencia jurídica gratuita en un litigio transfronterizo, el Ministerio de Justicia rechaza la solicitud. No cabe recurso contra dicha decisión, pero puede incoarse un procedimiento contencioso-administrativo.

Puede concederse asistencia jurídica gratuita a personas que no residan en la Unión Europea con arreglo a los acuerdos internacionales bilaterales y multilaterales por los que está vinculada Croacia.

La información sobre la asistencia jurídica gratuita en Croacia se puede consultar también en el sitio web:


 

[1] Derechos de la personalidad: los derechos a la vida, a la salud física y mental, a la reputación, al honor, a la dignidad, a la privacidad de la vida personal y familiar, a la libertad personal, etc.

Última actualización: 09/02/2021

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Chipre

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

De conformidad con las disposiciones de la Ley relativa al seguro obligatorio de responsabilidad de los empleadores (Υποχρεωτικής Ασφάλισης της Ευθύνης των Εργοδοτών Νόμου; Ley n.º 174/1989), en su versión modificada, los asalariados que sean víctimas de vulneraciones de los derechos humanos en las que están involucradas empresas tienen derecho a una indemnización en caso de accidente de trabajo (fallecimiento o lesiones corporales) causado por su trabajo y durante su desempeño o en caso de enfermedad profesional. Esta Ley obliga a todos los empleadores a contratar un seguro de responsabilidad civil en una compañía de seguros para los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales de sus asalariados. La obligación se extiende también a los casos en que los residentes permanentes en Chipre están empleados en el extranjero y pueden ser víctimas de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. La Ley establece un umbral mínimo de cobertura por cada accidente de trabajo o enfermedad profesional que afecte al asalariado [ciento sesenta mil (160 000) EUR] y por cada suceso o serie de sucesos que tengan la misma causa [tres millones cuatrocientos quince mil (3 415 000) EUR], incluidos los gastos e intereses.

Cuando proceda, el pago a un asalariado de una indemnización superior a los importes previstos por la Ley requiere la presentación de una denuncia ante un órgano jurisdiccional.

Durante las inspecciones realizadas en los locales o centros de los empleadores con el fin de controlar el cumplimiento de la legislación sobre seguridad y salud en el trabajo, los inspectores de trabajo también comprueban que se cuenta con el certificado relativo al seguro obligatorio de responsabilidad civil de los empleadores.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

Véase la respuesta al punto 1.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

No, no existe tal acceso. Según la información y los elementos que figuran en la pregunta, no parece existir ningún vínculo que permita establecer la jurisdicción de los órganos jurisdiccionales chipriotas.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

No. Los nacionales de terceros países que se consideran víctimas de una vulneración de los derechos humanos reciben una protección similar por parte de las instituciones independientes, siempre que la vulneración haya tenido lugar en Chipre.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

El Reglamento (UΕ) n.º 524/2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo, obliga a las empresas de comercio electrónico a proporcionar en sus sitios de internet información sobre la plataforma de resolución de litigios en línea.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones?

Se concede asistencia jurídica gratuita a toda persona física que haya sido víctima de una vulneración de sus derechos humanos durante su estancia en el territorio de Chipre, tanto si es ciudadano de Chipre como de la Unión Europea.

¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita?

La asistencia jurídica gratuita cubre:

  • la asistencia de abogado,
  • la prestación de asesoramiento jurídico y
  • la representación en el órgano jurisdiccional.

¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

No.

Última actualización: 11/04/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Letonia

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

Con arreglo al El enlace abre una nueva ventanaartículo 1, apartado 1, del Código Procesal Civil, toda persona física o jurídica tiene derecho a la defensa judicial de sus derechos civiles o intereses legítimos vulnerados o impugnados. Si la persona considera que se ha convertido en víctima de una vulneración de los derechos humanos cometida por una empresa que vulnera sus derechos civiles, puede presentar una demanda civil ante un órgano jurisdiccional de competencia general.

De conformidad con el El enlace abre una nueva ventanaartículo 1635 del Código Civil, toda vulneración de derechos, todo acto ilícito propiamente dicho que dé lugar a daños y perjuicios (también morales) otorga a la víctima el derecho a reclamar la reparación del autor en la medida en que pueda imputársele este hecho. Los daños y perjuicios morales denotan el sufrimiento físico o psíquico causado por la vulneración de los derechos inmateriales de la víctima o de los beneficios morales derivados de los actos ilícitos. El órgano jurisdiccional determinará a su entera discreción el alcance de la reparación de los daños y perjuicios morales, teniendo en cuenta su gravedad y las consecuencias. Si la actuación ilícita se manifiesta como un acto delictivo contra la vida, la salud, la moralidad, la inviolabilidad sexual, la libertad, el honor o el respeto de una persona, o contra una familia o un menor, se presume que la víctima ha sufrido daños y perjuicios morales como consecuencia de dicho acto. En otros casos, la víctima debe demostrar daños y perjuicios morales. Un acto aquí debe entenderse en un sentido más amplio, que incluye no solo el acto, sino también la omisión.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

La responsabilidad por actos ilícitos consagrados en el Derecho civil abarca cualquier vulneración de derechos y delitos penales, incluida la vulneración flagrante de los derechos humanos.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

Si ni el demandado ni el demandante tienen su lugar de residencia o domicilio jurídico en Letonia, y si la infracción no se ha producido en Letonia, es muy probable que los órganos jurisdiccionales letones no sean competentes para conocer de la demanda civil.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

El El enlace abre una nueva ventanatiesībsargs es el Defensor del Pueblo de Letonia. El Defensor del Pueblo actúa de conformidad con el objetivo establecido por la El enlace abre una nueva ventanaLey del Defensor del Pueblo, a saber, promover la protección de los derechos humanos y garantizar que la autoridad del Estado se ejerza de manera legítima y oportuna y de conformidad con el principio de buena gobernanza.

El Defensor del Pueblo solo puede participar en la resolución de asuntos en los que las autoridades de la Administración del Estado vulneren los derechos humanos de una persona según lo establecido en la Constitución (Satversme) de la República de Letonia y en documentos internacionales en el ámbito de los derechos humanos al adoptar una decisión o, en el caso del legislador, al adoptar un acto legislativo.  En el contexto del ejercicio de las competencias del Defensor del Pueblo, la autoridad recae sobre una administración pública o una autoridad gubernamental local, o sus funcionarios, así como las personas que desempeñan funciones delegadas por la Administración del Estado.

En los casos en que la persona sea víctima de una vulneración del principio de no discriminación, el Defensor del Pueblo podrá dar su evaluación y recomendaciones también a las personas jurídicas y a los particulares de Derecho privado.

Sin embargo, las competencias del Defensor del Pueblo no se extienden a la evaluación de los actos de las empresas transnacionales europeas fuera de la UE.

El control y seguimiento de la conducta de las empresas en materia de relaciones laborales es competencia de la El enlace abre una nueva ventanaInspección de Trabajo del Estado.

La conducta de las empresas en el ámbito del medio ambiente está controlada por el El enlace abre una nueva ventanaServicio Estatal de Medio Ambiente, que se encarga de supervisar el cumplimiento de la legislación en los ámbitos de la protección ambiental, la seguridad radiológica y la seguridad nuclear, así como el uso de los recursos naturales.

Si un particular interpone una demanda por un acto ilícito ante la autoridad por error, es decir, no tiene conocimiento de que no es competencia de la autoridad en cuestión responder en relación con el asunto a que se refiere la demanda del particular, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de alegaciones, la autoridad deberá informar al particular sobre la autoridad competente en la materia o, en su caso, transmitir la demanda a la autoridad competente para el examen de la demanda.

Cabe señalar, por tanto, que la institución del Defensor del Pueblo es un mecanismo de resolución alternativa de litigios para la protección de los derechos humanos vulnerados, que se basa en la autoridad personal del Defensor del Pueblo, ya que las recomendaciones del Defensor del Pueblo no son jurídicamente vinculantes. No se considera que un recurso ante el Defensor del Pueblo incoe un proceso de recurso, y la parte en el proceso debe tener en cuenta el hecho de que dicho recurso no suspende ni la validez del reglamento administrativo ni el plazo de recurso. Sin embargo, la función del Defensor del Pueblo es promover la sensibilización y la comprensión de los derechos humanos, los mecanismos para su protección y la labor del Defensor del Pueblo. Por lo tanto, el Defensor del Pueblo puede asesorar a una persona sobre los mecanismos de protección de los derechos vulnerados en cada caso individual.

Toda persona que considere que se han vulnerado sus derechos humanos, sin perjuicio de su nacionalidad, puede recurrir al Defensor del Pueblo.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

No se dispone de información sobre los actos legislativos que imponen a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

El derecho a recibir asistencia jurídica gratuita financiada por el Estado depende de la categoría del asunto y de la situación de la persona. La asistencia jurídica gratuita incluye las consultas jurídicas, la redacción de documentos procesales para el órgano jurisdiccional y la asistencia jurídica gratuita en la vista judicial. Un particular que sea parte en un proceso civil está exento de las costas judiciales que deben abonarse al presupuesto nacional, y el órgano jurisdiccional debe prestar servicios de traducción financiados por el Estado si dicha parte no habla la lengua del proceso.

En los asuntos en materia civil (con las excepciones establecidas por ley) y en los asuntos de lo contencioso-administrativo en los que se impugna una resolución del órgano jurisdiccional de familia relativa a la protección de los derechos e intereses jurídicos de un menor, la persona que reside legalmente en Letonia tiene derecho a asistencia jurídica gratuita si ha obtenido la condición de persona con bajos ingresos o de persona necesitada de los servicios sociales del Gobierno local o si se encuentra en una situación especial, es decir, inesperada y por razones ajenas a su control, en circunstancias y situación económica que les impiden garantizar la protección de sus derechos, o si el individuo depende totalmente del Estado o del Gobierno local.

La persona que reside en un Estado miembro de la UE tiene derecho a asistencia jurídica gratuita en litigios transfronterizos en asuntos civiles si sus circunstancias especiales y su nivel de ingresos le impiden proteger sus derechos.

Otras personas (incluidas las que residen fuera de la UE) tienen derecho a asistencia jurídica gratuita de conformidad con los compromisos internacionales de Letonia y si sus circunstancias especiales y el nivel de sus ingresos les impiden proteger sus derechos.

En los asuntos civiles que los particulares tramitan por sí mismos o con la asistencia de un abogado [es decir, los asuntos civiles que son competencia del Tribunal Económico (Ekonomisko lietu tiesai) con arreglo al Derecho contractual, si el importe de la demanda es superior a 150 000 EUR, y los asuntos relativos a la protección de secretos comerciales frente a la obtención, utilización y divulgación ilícitas], la persona tiene derecho a asistencia jurídica gratuita si sus ingresos no superan el salario mínimo mensual en Letonia, su situación económica le permite recibir asistencia jurídica gratuita y ha pagado la tasa por la prestación de asistencia jurídica gratuita.

La asistencia jurídica gratuita en los asuntos de lo contencioso-administrativo la concede el órgano jurisdiccional (el juez) a petición de la persona, teniendo en cuenta la complejidad del asunto y la situación económica de la persona.

La asistencia jurídica gratuita en los procesos penales la concede la parte que tramita el proceso (el investigador, el fiscal o el juez). La asistencia jurídica gratuita se presta, previa solicitud, a las personas que pueden acogerse a la defensa y a las víctimas en los asuntos en que la ley así lo prevea.

Para más información, consúltese el sitio web de la Administración Judicial:

Última actualización: 12/02/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Malta

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

Toda víctima de una vulneración de los derechos humanos, relacionada o no con empresas, tiene derecho a recurrir a un órgano jurisdiccional para obtener reparación e indemnización.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

No existen normas específicas para las vulneraciones graves de los derechos humanos.  Todos los casos de vulneraciones de los derechos humanos se tratan de la misma manera.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

La ley nacional es, en principio, territorial, por lo que debe utilizarse el Derecho internacional privado para determinar la ley aplicable, salvo que exista un acuerdo entre las partes de elección de la ley aplicable.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

Según el artículo 64 bis de la Constitución y los artículos de la Ley del Defensor del Pueblo, la función del Defensor del Pueblo en Malta es «investigar cualquier acción realizada por el Gobierno o en su nombre o por cualquier autoridad, órgano o persona (incluidos cualquier autoridad, órgano o cargo establecidos en virtud de la presente Constitución) que, de conformidad con la ley, lleve a cabo dicha acción en el ejercicio de sus funciones administrativas».

De conformidad con el artículo 12, apartado 1, de la Ley del Defensor del Pueblo, la competencia del Defensor del Pueblo se limita al examen de las reclamaciones relativas a:

«a) el Gobierno, incluidos los Ministerios del Gobierno u otras autoridades públicas, los ministros o secretarios parlamentarios, los funcionarios públicos y los miembros o empleados de las autoridades, como se indica anteriormente;

b) cualquier organización legal, y cualquier sociedad o entidad, en la que el Gobierno o uno o más de los órganos mencionados, o cualquier combinación de dichos órganos, ejerzan un control sobre las partes o sobre las que ejerzan un control efectivo, incluidos los directores, miembros, administradores u otros agentes de dicha entidad o sociedad o del órgano que las controle (en lo sucesivo denominados colectivamente “organización”); y

c) los consejos locales y todos sus comités, alcaldes, consejeros y personal de todos los consejos locales».

El Defensor del Pueblo no tiene un mandato específico y formal para investigar casos relativos a una violación o un riesgo de violación de los derechos fundamentales o para amparar, promover o salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos.

No obstante, las funciones definidas en el artículo 22, apartado 1, de la Ley del Defensor del Pueblo son suficientemente amplias para permitir a esta institución involucrarse sin restricciones en el ámbito de los derechos humanos de la siguiente manera:

  • examinando las reclamaciones con un componente relacionado con los derechos humanos;
  • llamando la atención de las autoridades sobre las amenazas que afectan a los derechos de los ciudadanos;
  • cuando se haya producido una violación, contribuyendo a la resolución del caso mediante la recomendación de que se resuelva de manera justa y eficaz a fin de evitar procedimientos judiciales.

La competencia del Defensor del Pueblo se extiende a toda persona física o jurídica que se considere perjudicada, independientemente de su nacionalidad u origen, siempre y cuando tenga un interés personal en el fondo de la reclamación.

Las autoridades o las instituciones que entran dentro de la competencia del Defensor del Pueblo están obligadas a proteger los derechos humanos y a velar por su aplicación.  De esta forma, si bien el mandato del Defensor del Pueblo se limita a la Administración Pública, es posible tomar en consideración una situación en la que la víctima de una vulneración de los derechos humanos relacionada con empresas afirme ser víctima de una vulneración de sus derechos porque la autoridad o la institución pública no ha proporcionado la protección a la que tenía derecho esa persona.

El Defensor del Pueblo puede examinar también los casos de denunciantes que no sean ciudadanos de la UE o no vivan en la UE, siempre que el fondo de la reclamación sea de su competencia.  Además, si el fondo de la reclamación es de la competencia del Defensor del Pueblo o de otra autoridad local o reguladora, se concede protección jurídica a todas las víctimas.

Por lo tanto, la competencia del Defensor del Pueblo no depende del fondo del caso o de la cuestión de saber si la persona perjudicada vive en Malta, sino del supuesto incumplimiento de la autoridad que entre dentro de la competencia del Defensor del Pueblo.

En lo que respecta a otros servicios públicos (como el empleo o el medio ambiente) en Malta, existen otras instituciones públicas como el Ministerio de Empleo y Relaciones Laborales, la Autoridad de Medio Ambiente y Recursos, el Árbitro de Servicios Financieros y la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad.  Sin embargo, la Comisión Nacional para la Promoción de la Igualdad, en su calidad de organismo nacional para la igualdad, solo puede examinar los casos de discriminación y acoso sexual que se produzcan en Malta.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

Malta no impone a las empresas multinacionales europeas el establecimiento de mecanismos de denuncia o servicios de mediación para las vulneraciones resultantes de sus actividades comerciales.  La mediación tiene lugar en Malta en los casos de la Sala de Familia o en los procedimientos ante el Consejo de Regulación de los Arrendamientos.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

Si es víctima de una infracción en el sentido del artículo 2 del capítulo 539 de las Leyes de Malta (Ley sobre las víctimas de delitos) o víctima de violencia doméstica en el sentido del capítulo 581 de las Leyes de Malta (Ley sobre la violencia de género y la violencia doméstica), tiene derecho a recibir asistencia jurídica gratuita.  Una vez se dicte la resolución judicial que le conceda la asistencia jurídica gratuita, podrá recibir asesoramiento jurídico y ser representado ante un órgano jurisdiccional.  Las costas procesales y los honorarios del abogado están cubiertos.  Si no es ciudadano de la UE, pero tiene derecho a residir en Malta, tiene derecho a asistencia jurídica gratuita.  Si es nacional de un Estado miembro de la UE y vive fuera de la UE, tiene derecho a ser representado ante los órganos jurisdiccionales malteses y a recibir asistencia jurídica gratuita.

Última actualización: 04/05/2021

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Austria

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

Al igual que en otros Estados miembros, la competencia internacional viene determinada en gran medida por el «Reglamento Bruselas 1 bis» (El enlace abre una nueva ventanaReglamento n.º 1215/2012, en lo sucesivo «el Reglamento»). Esto permite interponer una demanda, en particular cuando la empresa (o una sucursal de esta) tenga su domicilio social en Austria, con independencia del domicilio del demandante o de su nacionalidad. Las otras competencias son las descritas en el artículo 7 del Reglamento. Podría ser pertinente el lugar en que se haya producido el hecho doloso o el lugar en el que debería haberse cumplido una obligación contractual.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

La Ley austriaca sobre responsabilidad extracontractual no contiene ninguna disposición específica sobre vulneraciones graves de los derechos humanos. Sin embargo, si una vulneración grave de los derechos humanos da lugar a una vulneración de un derecho individual protegido por ley, puede considerarse la responsabilidad contractual general. Es decir, quien, intencionadamente o por negligencia, daña ilícitamente la vida, la salud, la libertad, la propiedad o cualquier otro derecho de otra persona es responsable de los daños y perjuicios. Cuando se cause un daño a la vida o a la integridad física, a la salud, a la libertad, a la propiedad o a cualquier otro derecho, no solo será responsable la persona que haya causado el daño directamente, sino también toda persona que no haya adoptado las medidas necesarias y razonables para evitar que se produzca un daño a un tercero, si dicha persona ha creado una fuente de riesgo (Verkehrssicherungspflicht).

Desde el punto de vista del Derecho penal, las vulneraciones graves de los derechos humanos también se consideran delitos generales.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

Véase la sección 4 más adelante.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

Al igual que en otros Estados miembros, la competencia internacional viene determinada en gran medida por el «Reglamento Bruselas 1 bis» (El enlace abre una nueva ventanaReglamento n.º 1215/2012). Esto permite interponer una demanda, en particular cuando la empresa (o una sucursal de esta) tenga su domicilio social en Austria, con independencia del domicilio del demandante o de su nacionalidad. Las otras competencias son las descritas en el artículo 7 del Reglamento. Podría ser pertinente el lugar en que se haya producido el hecho doloso o el lugar en el que debería haberse cumplido una obligación contractual.

Si el Reglamento «Bruselas 1 bis» o el Convenio de Lugano de 2007 (Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil) no son aplicables, la competencia internacional siempre se atribuye en virtud del artículo 27 bis de la Ley de Competencia Judicial (JurisdiktionsnormJN) si un órgano jurisdiccional austriaco tiene competencia territorial. Sin embargo, la competencia para conocer del daño con arreglo al artículo 92 bis de la JN se basa únicamente en el lugar en el que tuvo lugar el comportamiento lesivo. No obstante, podrían considerarse otras competencias, como la del lugar de autoría, con arreglo al artículo 88 de la JN, o el lugar en el que se encuentra el bien, con arreglo al artículo 99 de la JN.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema? + 6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

La concesión de asistencia jurídica gratuita no está vinculada a la ciudadanía austriaca ni a la ciudadanía de la UE.

El objetivo de la asistencia jurídica gratuita es permitir a todos los litigantes ejercer sus derechos con arreglo al Derecho civil o defender sus derechos ante los órganos jurisdiccionales, independientemente de su situación económica individual. Las costas que se deriven de la tramitación de un litigio no deben constituir un obstáculo para la ejecución de los derechos o para la defensa de una persona, aun cuando dicha persona carezca de recursos propios suficientes. La posibilidad de conceder asistencia jurídica gratuita tiene por objeto eliminar las diferencias derivadas de la situación económica de los particulares y hacer posible que se respete no solo el principio de igualdad, sino también el derecho, derivado del artículo 6, apartado 1, del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, a un acceso libre y sin trabas a la justicia, así como a garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

Sin embargo, la parte en un proceso judicial a la que se concede la asistencia jurídica gratuita solo está exenta provisionalmente de la obligación de pagar sus propias costas judiciales. La parte contraria no se beneficia de esta exención provisional.

El órgano jurisdiccional solo concederá asistencia jurídica gratuita a una parte si, de otro modo, el desarrollo del proceso perjudicaría a su obligación de alimentos necesaria. La acción judicial o la defensa previstas no deben ser manifiestamente contrarias o inútiles para que exista la posibilidad de que se conceda la asistencia jurídica gratuita.

«Obligación de alimentos necesaria»: los recursos que la parte necesita para un nivel de vida modesto para sí mismo y para cualquier familiar del que sea responsable. La obligación de alimentos necesaria se encuentra entre la obligación de alimentos «esencial» y «adecuada». Se sitúa entre la renta estadística media de una persona que ejerce un empleo remunerado y el nivel mínimo de subsistencia. En los asuntos internacionales, las circunstancias imperantes en el lugar de residencia determinan qué es necesario para un nivel de vida modesto.

El artículo 64 del Código Procesal Civil austriaco enumera los elementos que pueden acogerse a la asistencia jurídica gratuita.

En determinadas condiciones, los demandantes que no sean austriacos pueden tener que prestar caución de conformidad con el artículo 57 del Código Procesal Civil, lo que significa que el demandado debe recibir una caución para sufragar las costas del proceso si así lo exige el demandado. Sin embargo, muchos acuerdos bilaterales prevén la exclusión de tales disposiciones de caución. Además, la asistencia jurídica gratuita también permite la exención de la constitución de una caución para las costas procesales (artículo 64, apartado 1, párrafo segundo, del Código Procesal Civil).

Los acuerdos bilaterales celebrados por Austria están disponibles en el sitio web del Ministerio de Asuntos Europeos e Internacionales: El enlace abre una nueva ventanaBilaterale Staatsverträge (BMEIA), Außenministerium Österreich.

Última actualización: 22/11/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Portugal

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

La reparación de las vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con las empresas está disponible a través de los órganos jurisdiccionales, más concretamente, los que tengan competencia en asuntos civiles, penales, administrativos y laborales, teniendo en cuenta el tipo de vulneración de que se trate. Esta protección puede consistir en la interposición de una demanda o denuncia ante los órganos de investigación penal o ante el Ministerio Fiscal (Ministério Público). En el marco de la interposición de una demanda, puede solicitarse al demandado que aporte algo, haga algo, se abstenga de realizar un acto contrario a la ley o que tolere un determinado acto, así como que repare los daños y perjuicios morales sufridos como consecuencia del comportamiento del demandado. El Código Penal portugués (Código Penal) prevé la responsabilidad de las personas jurídicas en el caso de determinados delitos y en determinadas circunstancias.

El Derecho procesal civil, penal, administrativo y laboral regula los procedimientos para obtener una indemnización.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

No existe un conjunto específico de normas nacionales para las vulneraciones graves de los derechos humanos. No obstante, cuando tal vulneración sea un delito o una infracción administrativa, se tendrá en cuenta la evaluación de la gravedad de una vulneración determinada a la hora de determinar la sanción aplicable y su duración o importe. Este es el caso de los delitos contra el medio ambiente y la explotación laboral grave.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

En virtud del Derecho civil, se aplican las normas establecidas en el Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil [conocido como «Bruselas I (refundición)»] y en el Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil («Convenio de Lugano»).

En virtud del Reglamento (UE) n.º 215/2012, las personas domiciliadas en un Estado miembro estarán sometidas, sea cual sea su nacionalidad, a los órganos jurisdiccionales de dicho Estado, y se considerará que las empresas (u otras personas jurídicas) están domiciliadas en el lugar en que tengan su sede estatutaria, administración central o centro de actividad principal. Dicho esto, existen reglas especiales de competencia en determinadas materias, en particular en materia delictual o cuasidelictual, para las que es competente el órgano jurisdiccional del lugar donde se haya producido o pueda producirse el hecho dañoso. El Convenio de Lugano establece normas idénticas.

Cuando una sociedad no esté domiciliada en la Unión Europea (UE) ni en un Estado parte en el Convenio de Lugano, la competencia internacional de los órganos jurisdiccionales portugueses podrá derivarse del Derecho procesal civil portugués. Este será el caso cuando el Derecho invocado solo pueda ejercerse mediante una acción ejercitada ante un órgano jurisdiccional portugués (por ejemplo, porque la combinación de las normas de competencia internacional de distintos países da lugar a la inexistencia de un órgano jurisdiccional competente para conocer del litigio) o cuando es muy difícil para el demandante ejercitar una acción en el extranjero y existe un importante vínculo personal o material entre el objeto del litigio y el ordenamiento jurídico portugués.

Con arreglo al Derecho penal, se aplican las normas de competencia derivadas del Código Penal. Así pues, salvo que exista un tratado o convenio internacional en contrario, el principio general en vigor es que el Derecho penal portugués es aplicable a los hechos cometidos en territorio portugués, con independencia de la nacionalidad del autor del delito, o a bordo de buques o aeronaves portugueses. Por lo tanto, a menos que exista un tratado o convenio internacional en contrario, el Derecho penal portugués puede aplicarse a los actos cometidos fuera del territorio nacional en determinadas circunstancias o cuando se trate de delitos concretos. Por lo que se refiere a los delitos cometidos fuera del territorio nacional con personas jurídicas, el Derecho portugués solo se aplica cuando los hechos son cometidos por o contra una persona jurídica que tiene su sede estatutaria en territorio portugués, independientemente de que la víctima sea o no ciudadano de la UE o resida en la UE.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

La intervención en las investigaciones del Defensor del Pueblo, de los organismos de igualdad (Comissão para a Igualdade no Trabalho e No EmpregoEl enlace abre una nueva ventanaCITE) y de la Comisión de Ciudadanía e Igualdad de Género (Comissão para a Cidadania e Igualdade de Género, El enlace abre una nueva ventanaCIG), de la El enlace abre una nueva ventanaInspección de Trabajo y de la El enlace abre una nueva ventanaInspección del Medio Ambiente se limita a las vulneraciones del Derecho nacional que se producen en territorio portugués. El hecho de que una víctima de una vulneración de los derechos humanos cometida por una empresa transnacional europea fuera de la UE no sea ciudadano de la UE o no viva en la UE es irrelevante para impulsar una intervención de estos organismos.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

No existe ninguna obligación jurídica para tales informes. No obstante, en el marco de las Líneas Directrices de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) para Empresas Multinacionales, el Punto Nacional de Contacto previsto por dichas Líneas Directrices, coordinado por la Dirección General de Actividades Económicas (Direção-Geral das Atividades EconómicasDGAE) y la Agencia para la Inversión y el Comercio Exterior de Portugal (Agência para o Investimento e Comércio Externo de Portugal, AICEP Portugal Global), proporciona una plataforma (no judicial) de mediación y conciliación para resolver las reclamaciones contra empresas relativas al presunto incumplimiento de las Líneas Directrices. Así pues, cualquier persona u organización que considere que las acciones o actividades de una empresa multinacional no son coherentes con las Líneas Directrices puede presentar una denuncia formal al Punto Nacional de Contacto con sede en uno de los países en los que opera dicha empresa. Puede encontrarse más información El enlace abre una nueva ventanaaquí, incluidos los informes anuales del Punto Nacional de Contacto sobre la aplicación de las Líneas Directrices de la OCDE.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

A tenor del artículo 67-A del Código Procesal Penal (Código de Processo Penal):

«a) “víctima”:

i) toda persona física que haya sufrido daños, entre otros, físicos, psicológicos, emocionales o morales, o daños a los bienes, directamente causados por una acción u omisión en la comisión de un delito;

ii) los familiares de una persona cuyo fallecimiento haya sido directamente causado por un delito y que hayan sufrido un daño o perjuicio como consecuencia del fallecimiento de dicha persona;

b) “víctima especialmente vulnerable”: toda víctima especialmente vulnerable debido, entre otras cosas, a su edad, estado de salud o discapacidad, y al hecho de que el tipo, nivel y duración de la victimización hayan causado daños con consecuencias graves para su bienestar psicológico o para las condiciones de su integración social;

c) “familiar”: el cónyuge de la víctima o la persona que conviva con la víctima, sus familiares y hermanos directos y las personas que dependan económicamente de la víctima;

d) “menor”: toda persona que tenga menos de dieciocho años.»

Uno de los derechos consagrados en el Estatuto de la víctima, aprobado por la Ley n.º 130/2015, de 4 de septiembre de 2015, es la asistencia jurídica gratuita, cuyo marco jurídico se establece en la Ley n.º 34/2004, de 29 de julio de 2004. Por lo que se refiere a la asistencia jurídica gratuita, visite la página correspondiente del Portal Europeo de e-Justicia.

Última actualización: 26/04/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Rumania

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

La protección judicial de los derechos humanos se garantiza a través de los órganos jurisdiccionales nacionales, dependiendo del asunto al que se refiera el acto que haya dado lugar a la vulneración de ese derecho. Así pues, pueden surgir situaciones, debido a actividades empresariales, que den lugar a vulneraciones de los derechos humanos en materia civil o penal, por lo que, dependiendo de las particularidades del asunto y de la naturaleza del acto que haya dado lugar a la vulneración del derecho, el perjudicado puede emprender acciones legales o presentar una denuncia ante los órganos de investigación, la policía o la fiscalía.

Esta protección puede dar lugar a la concesión de una indemnización en forma de daños materiales o inmateriales si se constata que la conducta o las prácticas de una empresa han dado lugar a una vulneración de los derechos humanos.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

Diversas vulneraciones de los derechos humanos en el contexto de las actividades empresariales generan responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria.

Los delitos contra el medio ambiente están previstos tanto en la legislación especial (por ejemplo, la Orden de Emergencia n.º 195/2005 sobre protección del medio ambiente) como en el Código Penal entre los delitos contra la seguridad pública (propagación de enfermedades a animales o plantas, contaminación del agua, tráfico de productos o sustancias tóxicas, vulneración del régimen de materiales nucleares u otras materias radiactivas, materiales explosivos o precursores de explosivos restringidos, etc.).

Las explotaciones laborales graves pueden considerarse vulneraciones del Código Penal (delitos como la esclavitud, la trata de seres humanos, el tráfico infantil, la sujeción al trabajo forzoso u obligatorio, la prostitución o actos sexuales, el uso de los servicios de una persona explotada) o de las normas penales establecidas en el Código del Trabajo.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

A. En materia civil

  • Los procesos civiles internacionales están regulados en el libro VII del Código Procesal Civil, que es la jurisprudencia pertinente y se aplica a los procesos de Derecho privado con repercusión transfronteriza, a menos que se especifique lo contrario en los tratados internacionales en los que Rumanía sea parte, en virtud del Derecho de la Unión o de leyes especiales.
  • La competencia internacional de los órganos jurisdiccionales rumanos con arreglo al Derecho consuetudinario se basa en la existencia del establecimiento principal del demandado o, en su defecto, de su oficina secundaria o de sus activos comerciales en Rumanía en la fecha de interposición de la demanda.
  • Además, en un acuerdo de elección de foro, las partes pueden acordar que los órganos jurisdiccionales rumanos sean competentes para resolver los litigios que hayan surgido en relación con implicaciones transfronterizas.
  • Por lo que respecta a determinadas acciones por daños materiales, los órganos jurisdiccionales rumanos tienen competencia exclusiva, como los litigios con implicaciones transfronterizas relativos a lo siguiente:
    • bienes situados en Rumanía;
    • los contratos celebrados con consumidores que tengan su domicilio o residencia habitual en Rumanía, para servicios de consumo corriente para uso personal o familiar de los consumidores y que no guarden relación con la actividad o la actividad profesional del consumidor, si:
      • el proveedor ha recibido el pedido en Rumanía;
      • la celebración del contrato ha sido precedida, en Rumanía, de una oferta o de un anuncio y el consumidor ha llevado a cabo todas las formalidades necesarias para celebrar el contrato.
  • Asimismo, como excepción a las normas de la jurisprudencia, el demandante puede elegir los órganos jurisdiccionales rumanos (competencia preferente) para los litigios en los que:
    • el lugar en el que se ha originado o debería haberse cumplido una obligación contractual, aunque solo sea parcialmente, se encuentra en Rumanía;
    • el lugar en que se haya celebrado un acto jurídico del que se deriven obligaciones extracontractuales, o cuando dicho acto surta efectos, se encuentre en Rumanía;
    • la estación de ferrocarril o carretera o el puerto o aeropuerto de embarque/carga o descarga de pasajeros o mercancías transportadas se encuentra en Rumanía;
    • los bienes asegurados o el lugar donde se ha producido el hecho asegurado se encuentran en Rumanía.
  • Los órganos jurisdiccionales rumanos también son competentes para conocer de lo siguiente:
    • asuntos relativos a la protección transfronteriza de la propiedad intelectual de una persona domiciliada en Rumanía, ya sea ciudadano rumano o apátrida, sujeto a un acuerdo de elección de foro;
    • asuntos entre extranjeros, si así lo han acordado expresamente, y las relaciones jurídicas se refieren a derechos que pueden tener en relación con la propiedad o los intereses de personas procedentes de Rumanía;
    • asuntos relativos a colisiones en el mar o de aeronaves y asuntos relativos a la asistencia o salvamento de personas o mercancías en alta mar o en una zona que no esté sujeta a la soberanía de ningún Estado, en circunstancias particulares;
    • asuntos de responsabilidad civil por daños causados por productos originarios de Rumanía, independientemente de la nacionalidad de la víctima, del lugar del accidente o del lugar donde se hayan causado los daños.

Por lo que se refiere al estatuto del extranjero en los procesos civiles internacionales, las personas físicas y jurídicas extranjeras tienen, con arreglo a la ley, los mismos derechos y obligaciones procesales ante los órganos jurisdiccionales rumanos que los ciudadanos rumanos y las personas jurídicas.

Puede obtenerse información adicional El enlace abre una nueva ventanaaquí.

B. En materia penal

De conformidad con el artículo 9, en relación con el artículo 12 del Código Penal, a menos que se especifique lo contrario en un tratado internacional del que Rumanía sea parte, el Derecho penal rumano es aplicable a los actos cometidos fuera de Rumanía en virtud del principio de personalidad previsto en dicho Derecho penal (artículo 9 del Código Penal), independientemente de que la persona perjudicada sea un ciudadano extranjero, un ciudadano rumano o un apátrida o de que se encuentre en Rumanía, si se cumplen determinadas condiciones el autor es una persona jurídica rumana; la pena prevista en el Derecho rumano en relación con el acto cometido es de cadena perpetua o de más de diez años (incluso si el acto no está tipificado como delito por el Derecho del Estado en el que se ha cometido), cuando se prevén otras penas, el acto debe estar tipificado como delito también en el Derecho penal del país en el que se ha cometido (doble incriminación) o debe haberse cometido en un lugar situado fuera de la demarcación de cualquier Estado. El escrito de acusación está sujeto a la autorización previa del Fiscal General de la fiscalía adscrita al órgano jurisdiccional de apelación con competencia territorial sobre la fiscalía mencionada en primer lugar o, en su caso, del Fiscal General de la fiscalía adscrita al Tribunal Supremo (Înalta Curte de Casație și Justiție).

Cabe señalar que se considera que el delito se ha cometido en el territorio de Rumanía también cuando se ha producido la comisión, instigación o complicidad, o cuando el producto del delito se ha generado, incluso parcialmente, en dicho territorio, en un buque que enarbole pabellón rumano o en una aeronave matriculada en Rumanía. En estos casos, el Derecho penal rumano se aplica en virtud del principio de territorialidad.

Por lo que se refiere a la competencia de los órganos jurisdiccionales de lo penal para los delitos cometidos fuera del territorio de Rumanía, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (artículo 42) establece que los delitos cometidos fuera del territorio de Rumanía serán juzgados por los órganos jurisdiccionales competentes sobre el domicilio social de la persona jurídica que actúe como acusada. Si el acusado no tiene domicilio social en Rumanía y el delito penal es competencia del tribunal de distrito (Tribunalul), el asunto será juzgado por el Tribunal de Primera Instancia del Distrito 2 de Bucarest (Judecătoria Sectorului 2 București) y, en los demás casos, por el órgano jurisdiccional competente según el asunto o el estatuto de la persona procedente de Bucarest, a menos que la ley disponga otra cosa.

En el caso de los delitos penales respecto de las cuales la acusación esté supeditada a la presentación de una denuncia previa por parte del perjudicado, la denuncia previa deberá presentarse en un plazo de tres meses a partir del día en que el perjudicado haya tenido conocimiento del acto.

Puede encontrar más información El enlace abre una nueva ventanaaquíEl enlace abre una nueva ventanaaquí El enlace abre una nueva ventanaaquí.

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

Con arreglo al artículo 1, apartado 1, de la Ley n.º 35, de 13 de marzo de 1997, relativa a la organización y al funcionamiento del Defensor del Pueblo (Instituția Avocatul Poporului): «El Defensor del Pueblo tratará de salvaguardar los derechos y libertades de las personas físicas en sus relaciones con las autoridades públicas»; por lo tanto, su mandato no abarca las vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con las empresas.

El Centro Europeo del Consumidor de Rumanía (CEC Rumanía) solo puede hacerse cargo de las reclamaciones de los consumidores presentadas contra empresas de la UE si dichos consumidores son residentes o nacionales de un Estado miembro de la UE (incluidos Noruega e Islandia) y si es aplicable el Derecho de la Unión.

La Autoridad de Inspección del Trabajo (Inspecția Muncii), la Autoridad Nacional para los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Infancia y las Adopciones (Autoritatea Națională pentru Drepturile Persoanelor cu Dizabilități, copii și Adopții), la Agencia Nacional para la Igualdad de Género (Agenția Națională pentru Egalitatea de Șanse între Femei și Bărbați), la Guardia Nacional de Medio Ambiente (Garda Națională de Mediu), la Autoridad Nacional de Protección de los Consumidores (Autoritatea Națională pentru Protecția Consumatorului) y la Autoridad Nacional de Reglamentación y Gestión de las Comunicaciones [Autoritatea Națională pentru Administrare și Reglementare în Comunicații (ANCOM)] son autoridades públicas que no tienen competencias en asuntos transfronterizos.

Puede encontrar más información El enlace abre una nueva ventanaaquíEl enlace abre una nueva ventanaaquí.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

Por lo que se refiere a las vulneraciones de los derechos humanos derivadas de actividades llevadas a cabo por empresas transnacionales europeas, en Rumanía no existen sistemas obligatorios de mediación, aunque la mediación es posible como opción, cuando es elegida por las partes. Por lo tanto, la persona cuyos derechos hayan sido vulnerados puede acogerse a la tutela judicial en virtud de la jurisprudencia, a través de un órgano jurisdiccional de lo civil o de lo penal, dependiendo de la naturaleza del derecho vulnerado, o las partes pueden acordar solicitar los servicios de un mediador, cuya profesión está regulada por la Ley n.º 192/2006, de mediación y organización de la profesión de mediador.

Además, la Orden n.º 38/2015, relativa a la resolución alternativa de litigios entre consumidores y comerciantes, crea el marco jurídico que permite a los consumidores remitir voluntariamente las demandas presentadas contra un profesional o empresa a entidades que apliquen procedimientos de resolución alternativa de litigios de manera independiente, imparcial, transparente, eficaz, rápida y equitativa, con el fin de garantizar un nivel elevado de protección de los consumidores y el buen funcionamiento del mercado.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

El acceso a la asistencia jurídica gratuita es un derecho reconocido y garantizado por el Derecho rumano. Este derecho se basa en el concepto de defensa universal y se reconoce a todas las personas, con independencia de su residencia o nacionalidad, de forma circunstancial, del siguiente modo:

I. En materia civil, de conformidad con el Decreto con carácter de urgencia n.º 51/2008, relativo a la asistencia jurídica gratuita en materia civil:

a) para los ciudadanos de la UE: en todos los casos en que cualquier persona física que tenga su domicilio o residencia habitual en Rumanía o en otro Estado miembro de la UE solicite asistencia jurídica gratuita ante los órganos jurisdiccionales u otras autoridades rumanas con competencias judiciales (artículo 2 del Decreto con carácter de urgencia n.º 51/2008);

b) para los ciudadanos de terceros países: cuando las solicitudes sean presentadas por personas físicas que no tengan su domicilio o residencia habitual en el territorio de Rumanía o de otro Estado miembro de la UE, en la medida en que exista un acuerdo entre Rumanía y el Estado de nacionalidad o de domicilio del solicitante, que incluya disposiciones sobre el acceso internacional a la justicia (artículo 21 del Decreto con carácter de urgencia n.º 51/2008).

Además, con arreglo al artículo 1084, apartado 2, del Código Procesal Civil, los ciudadanos extranjeros tienen derecho, en los órganos jurisdiccionales rumanos, en los procesos civiles internacionales, a exenciones y reducciones fiscales y otras costas procesales, así como a la asistencia jurídica gratuita en la misma medida y en las mismas condiciones que los ciudadanos rumanos, a condición de que exista reciprocidad con el Estado de nacionalidad o domicilio del demandante.

Así pues, la persona que haya sido víctima de una vulneración de sus derechos legítimos podrá solicitar asistencia jurídica gratuita si no puede permitirse el pago de las costas procesales, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto con carácter de urgencia n.º 51/2008. La asistencia jurídica gratuita pública puede concederse en las siguientes formas:

a) el pago de los honorarios por la representación, asistencia jurídica y, en su caso, defensa por medio de un abogado de oficio o escogido por el interesado, con vistas a la tutela judicial de derechos e intereses legítimos o para evitar litigar (en lo sucesivo, «asistencia letrada»);

b) el pago de los gastos de peritos, traductores o intérpretes utilizados en el proceso, con el consentimiento del órgano jurisdiccional o de la autoridad con atribuciones jurisdiccionales, si dicho pago correspondería, de conformidad con la ley, al solicitante de la asistencia jurídica gratuita;

c) el pago de los honorarios del agente judicial;

d) la exención, la reducción, el pago fraccionado o el aplazamiento del pago de las tasas judiciales establecidas por ley, incluidas las correspondientes a la fase de ejecución.

No obstante, el derecho a la asistencia jurídica gratuita no es un derecho absoluto y la persona que solicita la asistencia jurídica gratuita debe aportar pruebas de su situación económica que acrediten que no puede permitirse pagar los servicios de un abogado de su elección o que no puede hacer frente a las costas procesales, como el impuesto sobre actos jurídicos documentados, los honorarios de los peritos, los informes periciales, etc. En este sentido, el apartado 1 del artículo 16 del Decreto con carácter de urgencia n.º 51/2008 establece que: la asistencia jurídica pública podrá denegarse cuando se solicite indebidamente, cuando su coste estimado sea desproporcionado en comparación con el valor del asunto judicial, y cuando la asistencia jurídica pública no se solicite para salvaguardar un interés legítimo, o se solicite respecto de una actuación contraria al orden público o constitucional.

La asistencia jurídica gratuita contemplada a que se hace referencia en el Decreto con carácter de urgencia mencionado se concede en asuntos civiles, mercantiles, contencioso-administrativos, laborales y de la seguridad social, así como en otro tipo de asuntos, excepto en asuntos penales.

En los asuntos penales, es obligatorio conceder asistencia jurídica gratuita a la persona perjudicada cuando dicha persona o demandante civil está incapacitado o tiene una capacidad de actuación limitada (de conformidad con el artículo 93, apartado 4, del Código Procesal Penal). Además, de conformidad con el artículo 93, apartado 5, cuando el órgano jurisdiccional considere que, por determinadas razones, la parte perjudicada […] no podría defenderse, se concertará con un abogado designado por órgano jurisdiccional.

El artículo 29, apartado 1, letra f), del Decreto con carácter de urgencia n.º 80/2013, relativo al impuesto sobre actos jurídicos documentados, en su versión modificada, establece una exención del pago del impuesto para las acciones y demandas, incluidos los recursos, ordinarios o extraordinarios, interpuestos en relación con la protección de los derechos de los consumidores, cuando las personas físicas y las asociaciones de protección de los consumidores tengan la capacidad de demandantes contra operadores económicos que hayan vulnerado los derechos e intereses legítimos de los consumidores.

Por último, pero no por ello menos importante, las víctimas de delitos se benefician de la aplicación de la El enlace abre una nueva ventanaLey n.º 211/2004, relativa a determinadas medidas para garantizar la información, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, que, como se desprende del título de la Ley, prevé las medidas de información, apoyo, protección, reconocimiento y evaluación de las víctimas de delitos, sin que tales medidas estén supeditadas a la presentación de una denuncia ante las fiscalías.

Puede encontrar más información sobre la asistencia jurídica gratuita en Rumanía aquí.

Última actualización: 26/04/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Eslovaquia

En Eslovaquia, toda persona tiene derecho a la igualdad de trato en el ejercicio de sus derechos y a la protección contra la discriminación. Los empresarios están obligados a garantizar el principio de igualdad de trato no solo con respecto al suministro de bienes y la prestación de servicios, sino también con respecto al empleo, la relación con los demandantes de empleo y con los propios trabajadores.

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

Uno de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución de la República Eslovaca es el derecho a la protección judicial, a fin de hacer valer sus derechos ante órganos jurisdiccionales independientes, incluido el Tribunal Constitucional, o ante otra autoridad de Eslovaquia cuando así lo disponga la ley.

El derecho a la protección judicial se ejerce por medio de una demanda. En caso de vulneración de un derecho subjetivo, el titular de este derecho, ya sea una persona física o jurídica, puede ejercer el derecho a la protección judicial mediante el ejercicio de una acción judicial, es decir, mediante la presentación de una demanda. Cualquier persona física o jurídica puede presentar una demanda. El órgano jurisdiccional competente debe examinar cada demanda.

La demanda debe indicar claramente lo que el demandante solicita, es decir, el petitum. El demandante especifica en la demanda los elementos que el órgano jurisdiccional competente debe considerar y sobre los cuales debe decidir. El órgano jurisdiccional no puede valorar ninguna otra pretensión que no sea la que figura en la demanda. Obviamente, según cuál sea el resultado del procedimiento, puede conceder solo una parte de las reclamaciones del demandante; puede conceder al demandante más de lo que ha solicitado, pero solo cuando la ley contemple un determinado método de resolución del litigio entre las partes o cuando el procedimiento pudiese haberse entablado de oficio.

Habida cuenta de lo anterior, la víctima de una vulneración de los derechos humanos en el contexto de las actividades de una empresa tiene derecho a protección judicial y, en el escrito de demanda, el petitum debe determinar los elementos que se han de examinar y decidir y definir la reparación que la víctima, como demandante, pide al órgano jurisdiccional.

En caso de atentado contra el honor, la dignidad, la salud, la vida privada, la vida familiar, etc. de una persona física, la parte perjudicada tiene derecho a reclamar una reparación del perjuicio moral. El importe del perjuicio moral se determina teniendo en cuenta, entre otras cosas:

  1. a la parte perjudicada, su vida y el entorno en el que vive y trabaja;
  2. la gravedad del perjuicio sufrido y las circunstancias en que se produjo;
  3. la gravedad de las repercusiones en la vida privada de la persona perjudicada;
  4. la gravedad de las repercusiones para el desarrollo social de la persona perjudicada.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Estas normas se aplican a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

El Código del Trabajo (Zákonník práce) consagra la prohibición de toda discriminación en las relaciones laborales, lo que obliga directamente a los empresarios a respetar el principio de la igualdad de trato en sus relaciones contractuales y laborales. La Ley contra la discriminación contiene otras disposiciones legislativas que prohíben toda discriminación en el empleo o en negocios jurídicos, ya sea por motivos de sexo, religión o creencias, raza, nacionalidad o etnia, discapacidad, edad, orientación sexual, estado civil, color, lengua, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, o cualquier discriminación resultante de la denuncia de una infracción o una mala praxis.

En virtud de la Ley de seguridad y salud en el trabajo, los empresarios están obligados a garantizar la seguridad de las condiciones de trabajo, los edificios, las comunicaciones, la maquinaria y el equipo técnico, los procedimientos de trabajo y la organización del trabajo, entre otros aspectos.

La Constitución de la República Eslovaca establece que nadie puede ser asignado a un trabajo obligatorio ni obligado a realizar prestaciones obligatorias.

Las infracciones que implican vulneraciones graves de los derechos humanos, por ejemplo, la violación de la libertad (trata de seres humanos, privación de libertades individuales, restricción de la libertad de residencia), así como las infracciones de carácter general que son peligrosas y perjudiciales para el medio ambiente (por ejemplo, la gestión ilegal de residuos, el vertido no autorizado de contaminantes, la falta de protección del agua y el aire, la producción y la manipulación no autorizadas de sustancias que deterioran la capa de ozono, etc.), se tipifican, según el Código Penal (Trestného zákona), como delitos dolosos que se pueden castigar con una plena privativa de libertad de al menos cinco años, de conformidad con este Código. Estas infracciones conllevan la responsabilidad penal de sus autores, que pueden ser personas físicas sujetas al Código Penal o personas jurídicas sujetas a la Ley de responsabilidad penal (Zákona o trestnej zodpovednosti právnických) y al Código Penal.

De lo anterior se desprende que en los casos de vulneraciones graves de los derechos humanos, entre las que se incluyen los delitos medioambientales y la explotación laboral grave, se aplican normas especiales para determinar la severidad de la pena, que, según el Código Penal, será mayor que en el caso de un delito ordinario.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

En el caso de un litigio internacional, procede determinar el órgano jurisdiccional que conoce del asunto, pero también es necesario determinar con arreglo a qué ordenamiento jurídico debe resolverse el fondo del asunto. La Ley sobre el Derecho internacional privado y procesal tiene por objeto determinar qué ley rige los negocios jurídicos civiles, mercantiles, familiares, profesionales y de otro tipo con un elemento de extranjería (internacional). En su sección sobre Derecho internacional procesal, la Ley define los supuestos que son de la competencia de los órganos jurisdiccionales eslovacos, los supuestos que son de la competencia exclusiva de los órganos jurisdiccionales eslovacos y, en ciertos casos, los supuestos en que se deja a las partes la elección de recurrir a un órgano jurisdiccional eslovaco. Cabe destacar que los órganos jurisdiccionales eslovacos siempre actúan de conformidad con las normas procesales eslovacas y, si en un plazo razonable el órgano jurisdiccional eslovaco no consigue determinar el contenido de la legislación extranjera, o si dicho contenido puede considerarse difícil o imposible de establecer, se aplica el Derecho eslovaco.

En general, solo se aplican las disposiciones que confieren competencia (elección de foro) de mutuo acuerdo (disposiciones de la Ley eslovaca sobre Derecho internacional privado y procesal), es decir, ambas partes en el litigio acuerdan llevar el caso ante los órganos jurisdiccionales eslovacos. Si, no obstante, se celebra un acuerdo que confiere competencia en beneficio exclusivo de una de las partes, se mantiene el derecho de recurrir a otro órgano jurisdiccional. En asuntos relacionados con contratos de trabajo, seguros y consumo, el acuerdo que confiere competencia solo es válido si no excluye la competencia de los órganos jurisdiccionales del Estado en el que el demandante tiene su domicilio o si no se celebró hasta después de que surgiera el litigio.

Para información adicional, por favor diríjase al:

El enlace abre una nueva ventanaPunto nacional de contacto para las empresas y los derechos humanos (Národné kontaktné miesto pre podnikanie a ľudské práva)

El enlace abre una nueva ventanaMinisterio de Justicia de la República Eslovaca (Ministerstvo spravodlivosti Slovenskej republiky)

4. Las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

El El enlace abre una nueva ventanaInstituto del Defensor Público de los Derechos (Defensor del Pueblo) [Inštitút verejného ochrancu práv (ombudsman)] está consagrado en la Constitución de la República Eslovaca. El Defensor del Pueblo eslovaco es elegido por el Consejo Nacional de la República Eslovaca; las personas físicas y jurídicas pueden dirigirse a este si consideran que sus libertades y derechos fundamentales han sido violados por acciones, decisiones u omisiones de los poderes públicos. Esto significa que una persona que no vive en Eslovaquia o cuyos derechos y libertades no han sido violados por las autoridades eslovacas puede acudir al Defensor del Pueblo eslovaco para pedir asesoramiento, pero el Defensor del Pueblo no será legalmente competente para examinar su problema y tratar de resolverlo.

En Eslovaquia, el El enlace abre una nueva ventanaCentro nacional eslovaco de defensa de los derechos humanos (Slovenské národné stredisko pre ľudské práva) actúa como institución nacional de derechos humanos y como órgano nacional de lucha contra la discriminación. La misión principal del Centro es garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluido el principio de la igualdad de trato, en Eslovaquia. Para cumplir sus funciones, brinda una amplia gama de servicios en el ámbito de la protección y promoción de los derechos humanos, pero también trabaja intensamente con organizaciones e instituciones internacionales de defensa de los derechos humanos. En septiembre de 2018, el Centro nacional eslovaco de defensa de los derechos humanos estableció un Punto nacional de contacto para los derechos humanos y las empresas. De conformidad con la legislación que rige la actividad y el funcionamiento del Centro que lo estableció, el Punto de contacto proporciona, entre otras cosas, asesoramiento jurídico sobre la discriminación en el lugar de trabajo (incluida la representación gratuita en los procedimientos judiciales) y ofrece un servicio de consulta sobre la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en una gama de temas muy amplia —desde la igualdad entre mujeres y hombres hasta la protección del medio ambiente— pero solo dentro de Eslovaquia [de conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Civil (Civilným sporovým poriadkom), según la cual el órgano jurisdiccional civil ordinario de una persona física es el órgano jurisdiccional en cuya demarcación tenga su residencia permanente la persona física, y de conformidad con la Ley sobre el Derecho internacional privado y procesal].

La Inspección eslovaca del medio ambiente (Slovenská inšpekcia životného prostredia), a través de la cual el Ministerio eslovaco del Medio Ambiente ejerce un control público, impone sanciones a las personas físicas, empresarios y otras personas jurídicas de conformidad con la Ley de protección de la naturaleza y las zonas rurales (Zákona o ochrane prírody a krajiny), cuyo ámbito de aplicación se extiende al territorio de Eslovaquia, es decir, el incumplimiento de las disposiciones de esta Ley debe haberse cometido en territorio eslovaco.

La Ley sobre la inspección del trabajo y el trabajo no declarado y clandestino (Zákon o inšpekcii práce a o nelegálnej práci a nelegálnom) regula la inspección del trabajo en Eslovaquia, es decir, el incumplimiento de las disposiciones de esta Ley debe haberse cometido en territorio eslovaco.

De lo anterior se desprende que si una persona considera que se han violado sus derechos y libertades fundamentales, pero no es nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y no vive en el territorio de la Unión Europea, no puede optar a una protección jurídica efectiva de los órganos nacionales de protección de las libertades y derechos fundamentales que ejercen sus funciones en Eslovaquia.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

Eslovaquia no obliga a las empresas multinacionales europeas a establecer un mecanismo de denuncia; impone esta obligación únicamente a las autoridades nacionales y locales y a otros órganos de Eslovaquia, de conformidad con la Ley sobre denuncias (Zákonom o sťažnostiach). En su calidad de Estado miembro de la Unión Europea, Eslovaquia debe aplicar el Derecho de la Unión Europea.

Las empresas multinacionales pueden ponerse en contacto con el Punto nacional de contacto para las empresas y los derechos humanos en Eslovaquia, que ofrece servicios de formación, consultoría y asesoramiento jurídico en este ámbito.

La mediación es un procedimiento voluntario que sirve para aliviar la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales. En Eslovaquia, este procedimiento se rige por la Ley de mediación (Zákonom o mediácii) y sirve de resolución extrajudicial de litigios en el ámbito del Derecho civil, el Derecho de familia, las obligaciones mercantiles y las relaciones laborales, así como en los litigios transfronterizos derivados de relaciones jurídicas similares entre entidades domiciliadas o con establecimiento en un Estado miembro de la Unión Europea. De acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Civil, el órgano jurisdiccional siempre debe tratar de llegar a un acuerdo amistoso. El órgano jurisdiccional puede proponer a las partes que lleguen a un acuerdo amistoso a través de la mediación, pero no puede imponérselo. En la mediación es indispensable el libre consentimiento de las partes y su participación activa.

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

En la Ley sobre las víctimas de delitos en Eslovaquia (Zákon o obetiach trestných činov na Slovensku) se define el concepto de «víctima» a efectos de los procedimientos eslovacos de la siguiente manera: «víctima particularmente vulnerable (niño, persona mayor de 75 años, persona con discapacidad, víctima de un delito de trata de seres humanos, de un delito cometido por un grupo organizado, de una violación de la dignidad humana, de un delito de terrorismo, de un delito cometido con violencia o bajo amenaza por motivos de sexo, orientación sexual, nacionalidad, raza o etnia, religión o creencias, o de cualquier otro delito sujeta a un mayor riesgo de victimización reiterada, teniendo en cuenta una evaluación individual de la víctima y sus características personales, la relación con el autor o su dependencia de este, el tipo o la naturaleza del delito y las circunstancias del mismo)».

Los servicios encargados del cumplimiento de las leyes (el Ministerio Fiscal y la policía), los órganos jurisdiccionales y los organismos de asistencia a las víctimas tienen la obligación de informar a la víctima de sus derechos de manera sencilla y comprensible. En particular, tienen en cuenta las dificultades de comprensión o de comunicación resultantes de un tipo determinado de discapacidad, los conocimientos lingüísticos y la capacidad limitada de la víctima para expresarse. En un procedimiento penal, la víctima tiene la condición de denunciante, parte perjudicada o testigo, y sus derechos y obligaciones son los que se asocian a esta condición en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Trestnom poriadku). El Ministerio Fiscal, la policía, el órgano jurisdiccional o el organismo de asistencia a las víctimas deben, teniendo en cuenta la gravedad del delito cometido, realizar un examen de la situación individual de la víctima para determinar si es una víctima particularmente vulnerable, a fin de evitar la victimización reiterada.

Las víctimas reciben asistencia jurídica gratuita en forma de asesoramiento y representación jurídicos en los procedimientos penales, así como en los procedimientos civiles y para la demanda de indemnización. El Centro de asistencia jurídica gratuita (Centrum právnej pomoci) presta esa asistencia a las víctimas en las condiciones y dentro de los límites previstos en la Ley de prestación de asistencia jurídica gratuita a las personas en situación de privación material. El Centro presta asistencia a todas las personas físicas en los litigios nacionales; en los litigios transfronterizos, la asistencia solo se presta si las personas físicas están domiciliadas o residen habitualmente en el territorio de un Estado miembro. En las condiciones establecidas en un tratado internacional por el que se vincule a Eslovaquia, o sobre la base de la reciprocidad declarada por el Ministerio de Justicia de la República Eslovaca, se concede también asistencia jurídica gratuita, a los efectos de un procedimiento judicial en Eslovaquia, a todo nacional de una de las partes en dicho tratado internacional o a toda persona que tenga su residencia habitual en el territorio de una de las partes en dicho tratado, o a toda persona siempre que el objeto del litigio que le concierna presentado ante un órgano jurisdiccional eslovaco esté directamente relacionado con su anterior residencia habitual en el territorio de Eslovaquia. Ello no impide la representación por un representante legal (abogado) con arreglo a la Ley de la abogacía y la Ley de artesanía, comercio y profesiones liberales.

El Centro ofrece asistencia jurídica gratuita a cualquier persona en situación de privación material [sus rentas deben ser inferiores a 1,4 veces la renta mínima de subsistencia (en Eslovaquia) o para cualquier beneficiario de prestaciones de subsistencia (en Eslovaquia)], siempre y cuando su acción no esté manifiestamente abocada a ser desestimada y la cuantía del litigio sea superior al salario mínimo establecido por la ley.

El Centro concede asistencia jurídica gratuita con una contribución financiera del 20 % de los gastos de representación legal a todo solicitante que cumpla simultáneamente las tres condiciones siguientes: que sus rentas sean superiores a 1,4 veces la renta mínima de subsistencia (en Eslovaquia), pero no más de 1,6 veces ese importe; que no puedan costearse los servicios jurídicos con sus recursos; que su acción no esté manifiestamente abocada a ser desestimada y que la cuantía del litigio sea superior al salario mínimo establecido por la ley. El Centro siempre comprueba el cumplimiento de estas condiciones antes de conceder la asistencia jurídica gratuita.

En los demás casos, la víctima nombra a su propio representante legal (abogado), cuyos gastos corren a su cargo.

Los denunciantes son un grupo especial cuyos derechos están protegidos. La Ley de protección de los denunciantes (Zákon o ochrane oznamovateľov protispoločenskej činnosti) regula las condiciones para conceder protección a las personas en una relación laboral en lo que respecta a la denuncia de infracciones penales u otra mala praxis (denuncia), los derechos y obligaciones de los denunciantes, así como al establecimiento, el estatuto y el mandato de la Autoridad de protección de los denunciantes (Úradu na ochranu oznamovateľov protispoločenskej činnosti).

Si el denunciante denuncia un hecho grave que constituye un delito, puede presentar una solicitud de protección al presentar la denuncia o durante el procedimiento penal. La solicitud se dirige a un fiscal. Si la solicitud de protección del denunciante se dirige a otra autoridad pública, esta la transmite sin demora al fiscal. Si el fiscal considera que el denunciante que presentó la solicitud de protección ha presentado una denuncia que reúne los requisitos para la concesión de protección, este le concede dicha protección sin demora. La protección específica del denunciante se garantiza impidiendo su victimización, de modo que el autor del delito no pueda victimizar al denunciante mediante amenazas, intimidación, coacción, abuso de poder, venganza o cualquier otra forma de atentado contra la integridad física o psicológica de la víctima.

En los casos en que la víctima denuncia una discriminación, se le garantiza la protección prevista en la Ley contra la discriminación, en virtud de la cual toda represalia contra un denunciante se considera también una forma de discriminación. En caso de discriminación, el Centro nacional eslovaco de defensa de los derechos humanos presta asesoramiento jurídico, y también puede representar a la víctima en los procedimientos judiciales correspondientes.

No se tiene en cuenta la nacionalidad de la víctima, pero esa protección solo puede concederse a las víctimas que se encuentran en territorio eslovaco.

Última actualización: 27/02/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Suecia

1. ¿Qué tipo de protección judicial tengo en su país como víctima de vulneraciones de los derechos humanos? ¿Incluye esta protección una indemnización?

En Suecia no se hace ninguna distinción entre las vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con la actividad empresarial y otros tipos de vulneraciones de los derechos humanos. No existen normas especiales en las empresas y los derechos humanos. Las vías de recurso del ordenamiento jurídico sueco están en consonancia con los convenios internacionales sobre derechos humanos de los que Suecia es firmante.

La protección judicial contra las vulneraciones de los derechos humanos está consagrada en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Constitución sueca.

Si cree que se han vulnerado sus derechos humanos, hay varias autoridades a las que puede dirigirse, dependiendo de lo que haya ocurrido.

Puede solicitar un proceso judicial o una revisión por parte de un organismo sueco de revisión, o recurrir al punto de contacto nacional.

Proceso judicial

En la mayoría de los casos, los órganos jurisdiccionales pueden conocer de su asunto, de una forma u otra. Los delitos penales pueden ser llevados ante los órganos jurisdiccionales por un fiscal. Si el fiscal decide no enjuiciar el delito, en algunos casos usted tiene la opción de hacerlo usted mismo. En última instancia, puede presentar una reclamación de indemnización contra el Estado.

Hay tres tipos de órganos jurisdiccionales en Suecia:

  • los órganos jurisdiccionales generales, que comprenden los tribunales de primera instancia (tingsrätt), los tribunales de apelación (hovrätt) y el Tribunal Supremo (Högsta domstolen);
  • los órganos jurisdiccionales de lo contencioso-administrativo generales, es decir, los tribunales de primera instancia de lo contencioso-administrativo (förvaltningsrätt), los tribunales de apelación de lo contencioso-administrativo (kammarrätt) y el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo (Högsta förvaltningsdomstolen);
  • los órganos jurisdiccionales especiales que conocen de litigios en diversos ámbitos específicos, como el Tribunal de lo Laboral (Arbetsdomstolen).

Solicitar una revisión por parte de un organismo sueco de revisión

Los distintos defensores del pueblo examinan el respeto de los derechos humanos.

Cualquier persona que considere que ella u otra persona ha sido tratada de forma incorrecta o injusta por una autoridad o un funcionario de una autoridad del sector estatal o municipal puede recurrir al Defensor del Pueblo Parlamentario (Justitieombudsmannen). El Defensor del Pueblo Parlamentario supervisa la aplicación de las leyes y otros reglamentos en las actividades públicas.

Según su mandato, la supervisión del Defensor del Pueblo Parlamentario comprende también «las demás personas cuyo empleo o función implique el ejercicio del poder público, por lo que respecta a este aspecto de sus actividades» y «los funcionarios y las personas empleadas por empresas públicas, mientras ejercen, en nombre de dicha empresa, actividades en las que el Gobierno ejerce, a través de la empresa, una influencia decisiva».

También ejercen determinadas funciones de supervisión el Procurador General de Justicia (Justitiekanslern), nombrado por el Gobierno. Las funciones del Procurador General de Justicia incluyen el examen de las reclamaciones y la resolución de las acciones de indemnización por daños y perjuicios dirigidas al Estado.

El Defensor del Pueblo en materia de discriminación (Diskrimineringsombudsmannen) es un organismo gubernamental responsable de supervisar el cumplimiento de la Ley sobre discriminación. El Defensor del Pueblo en materia de discriminación debe intentar, en primer lugar, instar a las personas a las que se aplica la Ley a cumplirla de forma voluntaria. No obstante, también puede interponer una demanda judicial en nombre de una persona que así lo consienta. Las personas que infrinjan la Ley sobre discriminación pueden ser consideradas responsables de pagar una indemnización por discriminación a la persona discriminada.

Denuncia ante el punto de contacto nacional

Las Líneas directrices para empresas multinacionales de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos ofrecen la opción de que su asunto se trate a través de los puntos de contacto nacionales (PCN). El PNC sueco es una colaboración tripartita entre el Estado, el sector empresarial y los sindicatos.

El Estado está representado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, que convoca reuniones, y puede invitarse a otros departamentos gubernamentales. El sector empresarial está representado por la Confederación de Empresas Suecas, la Federación de Comercio Sueca y la Federación Sueca de Propietarios de Empresas, mientras que los sindicatos están representados por la Confederación Sueca de Sindicatos, la Confederación Sueca de Asociaciones Profesionales, Unionen, IF Metall y la Asociación Sueca de Ingenieros Graduados. Dado que el cumplimiento de las Líneas directrices es voluntario, el PCN no puede imponer sanciones. La tarea principal del PCN es animar a las empresas a seguir las Líneas directrices y cooperar para resolver problemas en asuntos individuales por medio de diálogos y debates.

El enlace abre una nueva ventanaEl punto de contacto nacional (PCN): Regeringen.se

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Se aplican esas normas a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

No existe un conjunto específico de normas para las vulneraciones graves de los derechos humanos, ya sean de naturaleza nacional o internacional. No obstante, el principio de proporcionalidad se tiene en cuenta en la evaluación de las vulneraciones de los derechos humanos, incluida la gravedad de una vulneración. La protección judicial contra las vulneraciones de los derechos humanos está consagrada en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Constitución sueca.

3. Soy víctima de una vulneración de los derechos humanos derivada de las actividades de una empresa multinacional europea que se produjo fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

Requisitos para presentar un asunto ante un órgano jurisdiccional sueco

Un requisito básico para que un particular extranjero pueda interponer un recurso ante un órgano jurisdiccional sueco es que pueda establecer la competencia sueca, es decir, demostrar que un órgano jurisdiccional sueco es competente para declarar la admisibilidad del asunto. Las opciones para ello varían según el asunto:

  1. En los asuntos en que una empresa sueca, o una de sus sucursales en el extranjero, haya vulnerado los derechos humanos de una persona, en principio siempre puede interponerse una demanda contra la empresa en cuestión ante un órgano jurisdiccional sueco.
  2. Si la vulneración ha sido cometida por una filial de propiedad sueca o controlada por una empresa sueca con sede en un tercer país (es decir, fuera de la UE, Islandia, Noruega y Suiza), solo puede interponerse una demanda contra la filial ante un órgano jurisdiccional sueco en determinadas condiciones.
  3. Si la vulneración ha sido cometida por una filial de propiedad sueca o controlada por una empresa sueca con sede en otro país de la UE o en Islandia, Noruega o Suiza, las posibilidades de interponerse una demanda contra la filial ante un órgano jurisdiccional sueco se limitan a situaciones excepcionales.

Requisitos generales de la competencia de los órganos jurisdiccionales suecos

Los órganos jurisdiccionales suecos deben examinar de oficio si el asunto es competencia de un órgano jurisdiccional sueco. Una demanda es competencia de los órganos jurisdiccionales suecos cuando un órgano jurisdiccional sueco es competente para conocer del fondo del asunto y pronunciarse sobre dicho fondo.

En los casos en que la empresa infractora (demandada) tenga su sede social en un Estado miembro de la UE, se aplicará el Reglamento «Bruselas I». Sin embargo, el Reglamento contiene también una serie de normas de competencia cuya aplicación no depende de la sede social del demandado. Si el demandado tiene su sede social en Islandia, Noruega o Suiza, el Convenio de Lugano determina la cuestión de la competencia judicial. Si el demandado no tiene su sede social en la UE o en un país firmante del Convenio de Lugano, la cuestión de la competencia se determina mediante la aplicación por analogía de las normas sobre conflictos de competencia establecidas en el capítulo 10 del Código Procesal sueco, teniendo en cuenta el requisito básico de que exista un interés sueco en la administración de la justicia para que se pueda recurrir a un órgano jurisdiccional sueco.

Por lo general, el domicilio de la persona cuyos derechos han sido vulnerados no es significativo para la aplicación del Reglamento «Bruselas I». Sin embargo, en algunos casos, se exige que el domicilio del demandante se encuentre en un Estado miembro o que la circunstancia que constituye el fundamento de la competencia sea imputable a un Estado miembro.

El factor determinante será que las circunstancias que constituyen el fundamento de la competencia deben darse en el momento en que se interpone la demanda ante el órgano jurisdiccional.

Ley aplicable

El órgano jurisdiccional sueco que aplica el Derecho internacional privado sueco determina cuál es la ley aplicable a una demanda por vulneración de derechos que se haya interpuesto ante un órgano jurisdiccional sueco. En general, esto significa que debe aplicarse la ley del país en el que se han producido los daños y perjuicios. Si se ha producido una vulneración de los derechos humanos fuera de Suecia, la demanda de la víctima rara vez estará sujeta al Derecho sueco. Esto se aplica con independencia de si la persona ha optado por formular su demanda sobre la base de motivos contractuales (contrato de trabajo) o extracontractuales (en ausencia de un contrato de trabajo). El motivo principal de ello es que el vínculo con Suecia no es lo suficientemente sólido.

A diferencia del contenido del Derecho sueco, el contenido del Derecho extranjero es una cuestión de hecho en los órganos jurisdiccionales suecos. Por lo tanto, un particular que base su pretensión en el Derecho extranjero debe aportar pruebas que lo corroboren, por ejemplo, en forma de declaración pericial. Esto puede acarrear ciertos costes.

Incluso cuando una demanda está sujeta al Derecho extranjero, los órganos jurisdiccionales suecos pueden tener cierto margen para aplicar el Derecho sueco en la medida en que exista una cuestión de normas internacionales vinculantes o cuando el Derecho extranjero entre en conflicto con el orden público sueco. Sin embargo, estos procedimientos de emergencia se aplican en muy contadas ocasiones. A la espera de que se establezca la jurisprudencia de, por ejemplo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y los órganos jurisdiccionales suecos, tampoco se ha aclarado en qué medida una reclamación de indemnización relativa a una vulneración de los derechos humanos da lugar a la aplicación de estas normas de exención, por ejemplo, como consecuencia de deficiencias en la protección de los derechos en el país en el que se produjeron los daños y perjuicios.

Posibilidades prácticas de que un particular interponga una demanda ante un órgano jurisdiccional sueco

Siempre que un órgano jurisdiccional sueco sea competente para conocer del asunto y exista una demanda protegida que pueda ejecutarse (por ejemplo, sobre la base del Derecho extranjero aplicable), el acceso a los órganos jurisdiccionales suecos es relativamente bueno. Además, las posibilidades jurídicas de que un particular extranjero actúe como parte en un litigio sueco son, en principio, comparables a las que se aplican a los ciudadanos suecos.

Si una persona extranjera se enfrenta a obstáculos económicos o prácticos de otro tipo para desplazarse hasta el órgano jurisdiccional pertinente en Suecia, cabe suponer que el órgano jurisdiccional trabajará para resolverlo, por ejemplo permitiendo la comparecencia por teléfono o videollamada.

Algunos ciudadanos extranjeros que no tienen su domicilio en Suecia y que interponen una demanda contra una persona jurídica sueca ante un órgano jurisdiccional sueco deben, a instancia del demandado, prestar una caución para las futuras costas procesales del demandado. Los ciudadanos extranjeros y las personas jurídicas que estén exentos de la obligación de prestar caución se establecen en la Notificación relativa a las exenciones para los demandantes extranjeros en determinados asuntos de prestar caución para las costas judiciales de 15 de mayo de 2014.

Las posibilidades de que una persona extranjera obtenga financiación pública para las costas judiciales y del Defensor del Pueblo son limitadas, al menos si la persona es ciudadana de un país no perteneciente a la UE. La mayor oportunidad de financiación pública es cuando una demanda de indemnización se presenta como una demanda individual en relación con un asunto penal. Por lo demás, las posibilidades de establecer una solución de financiación privada dependen en gran medida de las circunstancias financieras y sociales personales de la persona extranjera.

Información adicional

Memorando al Ministerio de Asuntos Exteriores sobre la posibilidad de que una persona presente un asunto contra una empresa sueca ante un órgano jurisdiccional sueco como consecuencia de vulneraciones de los derechos humanos cometidas fuera de Suecia. Mannheimer Swartling (2015)
El enlace abre una nueva ventanahttps://docplayer.se/7222881-Promemoria-till-utrikesdepartementet.html

Para más información sobre las directrices para interponer una demanda ante los órganos jurisdiccionales, visite El enlace abre una nueva ventanahttps://www.domstol.se/en/.

4. Las instituciones relacionadas con el Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos, ¿pueden prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi asunto si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi asunto? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

Véase el punto 1.

El Instituto Sueco de Derechos Humanos no tramita denuncias individuales relativas a vulneraciones de los derechos humanos.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación en el caso de vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

Mecanismos de recurso propios de una empresa

Las empresas tienen la responsabilidad de velar por que sus actividades no vulneren los derechos humanos de ninguna persona y, si una empresa ha causado o contribuido a hacerlo, o ha estado vinculada a ello, de intentar encontrar una forma de remediar la situación de la persona afectada. Esta reparación puede implicar pedir disculpas, proporcionar una compensación económica o de otro tipo o algún otro tipo de compensación acordada por la persona afectada y la empresa. La situación es más complicada si una empresa no ha contribuido a ningún efecto negativo, pero el efecto está directamente relacionado con su actividad. En tales casos, y si la empresa tiene suficiente influencia para poder gestionar el efecto negativo, la empresa debe utilizar su influencia.

No existe un modelo normalizado sobre la mejor manera en que una empresa debe organizar sus propios mecanismos de reclamación y reparación. Cada empresa debe decidir por sí misma lo que es adecuado en función de sus condiciones específicas.

Algunos puntos de referencia:

  • Apertura: facilitar el diálogo con los afectados por la conducta de la empresa.
  • Negociaciones y debates con los representantes de los trabajadores: a menudo constituyen una buena base para la adopción de medidas eficaces en los asuntos que afectan a los trabajadores.
  • Directrices sobre la manera en que las personas de una empresa pueden alertar internamente sobre la conducta indebida, el seguimiento de la alarma y la protección de las personas que emiten la alarma.
  • Sistema de tramitación de reclamaciones mediante el cual las personas ajenas a la empresa que consideren que ellas, u otras, se hayan visto o se verán afectadas negativamente por la empresa pueden comunicar a la empresa el problema de forma segura y anónima.

El Gobierno ha introducido una nueva legislación sobre la información en materia de sostenibilidad para las grandes empresas, que es más ambiciosa que las directivas de la UE, criterios más claros para la sostenibilidad en la Ley de contratación pública y una mayor protección jurídica de los denunciantes de irregularidades.

En diciembre de 2016, entró en vigor nueva legislación sobre información en materia de sostenibilidad. La legislación implica que todas las grandes empresas con más de 250 empleados están ahora obligadas a presentar información en materia de sostenibilidad. Además de información sobre el impacto ambiental, las condiciones sociales, la igualdad y la prevención de la corrupción, los informes, cuando sean necesarios para comprender la evolución, la posición y los resultados de la empresa, también deben contener información sobre las medidas para garantizar el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de los trabajadores.

En enero de 2017, el Parlamento sueco (Riksdag) también adoptó una legislación estricta para proteger a los empleados que alertan sobre faltas graves en las actividades de su empleador («denuncia de irregularidades»). En virtud de esta protección especial, los trabajadores que sean objeto de represalias por parte de su empleador tendrán derecho a una indemnización por daños y perjuicios.

Informes públicos

Empresas y derechos humanos: Deficiencias y lagunas tangibles en el Derecho sueco. Informe a la Agencia Sueca de Gestión Pública. Enact Sustainable Strategies (Enact): una empresa de consultoría especializada en el desarrollo empresarial sostenible y el emprendimiento responsable.

El enlace abre una nueva ventanaEmpresas y derechos humanos: Deficiencias y lagunas tangibles en el Derecho sueco. Enact (statskontoret.se)

6. ¿Tengo derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿Bajo qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

Las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con la actividad empresarial no tienen derechos específicos (véase la pregunta 1).

Existe la posibilidad de obtener asistencia jurídica gratuita de conformidad con la Ley de asistencia jurídica gratuita (1996:1619). Siempre es el órgano jurisdiccional o la Autoridad de Asistencia Jurídica Gratuita (Rättshjälpsmyndigheten) quien determina si se tiene derecho a asistencia jurídica gratuita.

La asistencia jurídica gratuita se aplica generalmente a particulares, es decir, no se aplica a asociaciones, empresas o similares. Excepcionalmente, un comerciante o una explotación agrícola también pueden obtener asistencia jurídica gratuita.

Sus recursos financieros se basan en los ingresos anuales calculados antes de impuestos. Puede deducirse 15 000 coronas suecas (SEK) por cada hijo al que pague la obligación de alimentos, hasta un máximo de 75 000 SEK. El importe también debe ajustarse si tiene activos o deudas que afecten a su capacidad de pago. Para recibir asistencia jurídica gratuita, sus recursos financieros no deben exceder de 260 000 SEK anuales. Cuando se le notifique que debe recibir asistencia jurídica gratuita, debe pagar una parte de las costas. La asistencia jurídica gratuita nunca es totalmente gratuita para los adultos y la parte que usted paga se denomina «tasa de asistencia jurídica gratuita». Su tasa de asistencia jurídica gratuita nunca puede ser superior a los costes de la asistencia jurídica gratuita.

La cobertura de defensa jurídica es una forma de seguro que, en la mayoría de los casos, se incluye en la cobertura del seguro del hogar con continente y contenido, la cobertura del seguro del hogar y la vivienda y la cobertura del seguro de ocio en el hogar. La cobertura de los gastos de defensa jurídica significa que su seguro puede pagar parte de los gastos de un profesional de la Justicia o un abogado. Las condiciones de la cobertura de la defensa jurídica pueden variar de una compañía de seguros a otra, por lo que es importante que compruebe las condiciones de su cobertura.

El artículo 35 del Decreto sobre asistencia jurídica gratuita (1997:404) establece qué ciudadanos extranjeros deben recibir el mismo trato que los ciudadanos suecos en materia de derecho a asistencia jurídica gratuita de conformidad con la Ley de asistencia jurídica gratuita.

Última actualización: 26/04/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Empresa y derechos humanos - Escocia

1. ¿De qué tipo de protección judicial dispongo en su país como víctima de una vulneración de los derechos humanos relativa a la actividad empresarial? ¿Incluye esta protección una indemnización?

La Ley escocesa de 1998 (Scotland Act 1998) exige que toda la legislación adoptada por el Parlamento escocés y todas las leyes de los miembros del Gobierno de Escocia sean compatibles con los derechos contemplados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). La Ley de Derechos Humanos de 1998 (Human Rights Act 1998) prohíbe que las autoridades públicas escocesas actúen contrariamente a los derechos del Convenio. En el supuesto de que se produzca una vulneración de los derechos humanos, los órganos jurisdiccionales escoceses tienen la facultad de conocer de la causa y facilitar los recursos.

La Ley de sociedades de 2006 (Companies Act 2006) establece la base jurídica por la que se constituyen y funcionan las empresas. La Fiscalía de la Corona y el Servicio de la Fiscalía General (Crown Office and Procurator Fiscal Service, COPFS) tiene la facultad de incoar procedimientos contra empresas escocesas ante los órganos jurisdiccionales escoceses en caso de que existan pruebas de que se ha cometido un delito.

La Ley escocesa sobre la trata y explotación de seres humanos de 2015 (Human Trafficking and Exploitation Act) consolida y refuerza la legislación penal del Reino Unido contra la trata y la explotación de seres humanos, y refuerza el estatuto de la víctima y el apoyo que se le ofrece.

La Ley dispone la tipificación de un único delito de trata de seres humanos para todos los tipos de explotación, tanto de adultos como de niños; establece el agravante legal de trata de seres humanos para su empleo con otros fines delictivos; y otorga un nuevo marco legal al delito de esclavitud, servidumbre y trabajo forzoso u obligatorio, previamente considerado independiente.

El apartado 4 de la Ley de 2015 define el delito de esclavitud, servidumbre y trabajo forzoso u obligatorio, que debe interpretarse con arreglo al artículo 4 del CEDH.

Las personas jurídicas (como las empresas), las sociedades de hecho y las asociaciones pueden ser declaradas culpables de un delito de trata de seres humanos o de un delito en el sentido del apartado 4 de la Ley de 2015. El apartado 39 de la Ley de 2015 dispone que las personas relevantes de estas entidades (como el director) también puedan ser declaradas culpables de los delitos descritos anteriormente.

En virtud de lo dispuesto por la Ley de 2015, el Fiscal General para Escocia (Lord Advocate) ha publicado instrucciones para los fiscales acerca del enjuiciamiento de presuntas víctimas o víctimas confirmadas de un delito de trata de seres humanos y del delito definido en el apartado 4 (esclavitud, servidumbre y trabajo forzoso u obligatorio). La COPFS sigue aplicando estas instrucciones para garantizar que no se enjuicie a las víctimas por los delitos cometidos como consecuencia de su condición de víctima.

El Defensor ante los servicios públicos escoceses (Scottish Public Services Ombudsman, SPSO) cuenta con atribuciones amplias. Representa la última instancia para las denuncias presentadas contra la mayoría de los servicios públicos descentralizados de Escocia. EL SPSO también proporciona un servicio de revisión independiente al Fondo escocés para el bienestar y puede invalidar y remplazar las decisiones tomadas por los consejos con respecto a las solicitudes de subsidio por crisis o de asistencia comunitaria. El SPSO tiene una función muy limitada en materia de indemnización. El resultado de su intervención suele consistir en recomendaciones a los servicios públicos objeto de las denuncias. Sus atribuciones y deberes se establecen en la Ley del Defensor de los servicios públicos escoceses de 2002 (Scottish Public Services Ombudsman Act 2002).

Cuando una persona considere que se han vulnerado sus derechos humanos, deseará obtener asesoramiento jurídico independiente.

2. ¿Existen normas específicas sobre las vulneraciones graves de los derechos humanos? ¿Se aplican estas normas a los delitos medioambientales o a los casos de explotación laboral grave?

La Declaración escocesa sobre los derechos y las responsabilidades con respecto a la tierra (Scottish Land Rights and Responsibilities Statement), publicada por el Gobierno de Escocia con arreglo a la Ley de reforma agraria escocesa de 2016, establece seis principios para orientar el establecimiento de políticas sobre cuestiones de la tierra en Escocia. El primero de ellos es el siguiente: El marco general de los derechos, responsabilidades y políticas públicas con respecto a la tierra debe promover, satisfacer y respetar los derechos humanos pertinentes en relación con a la tierra, contribuir al interés y al bienestar públicos y encontrar el equilibrio entre intereses públicos y privados. El marco debe respaldar el desarrollo económico sostenible, proteger y mejorar el medio ambiente y contribuir a la justicia social y a la construcción de una sociedad más justa.

La Ley de 2016 exige que los ministros escoceses revisen la Declaración periódicamente e informen al Parlamento.

La respuesta a la pregunta 1 contiene información sobre la trata de seres humanos y la explotación.

3. Soy víctima de vulneraciones de los derechos humanos derivadas de las actividades de una empresa multinacional europea que tuvieron lugar fuera de la Unión Europea. ¿Tengo acceso a los órganos jurisdiccionales de su país si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Cuáles son los requisitos para denunciar la vulneración de mis derechos? ¿Dónde puedo encontrar más información?

Los recursos judiciales específicos disponibles en caso de un incumplimiento de los derechos humanos dependerán de si el derecho está garantizado por el derecho consuetudinario o el derecho escrito.

El apartado 2 de la Ley escocesa sobre la trata de seres humanos y la explotación de 2015 prevé la aplicación del delito de trata de seres humanos a actos ocurridos en el Reino Unido y en otros lugares, con lo que la actividad de trata de seres humanos puede incluir actos realizados completa o parcialmente fuera de Escocia.

La Ley de 2015 también dispone que el delito de trata de seres humanos puede ser cometido por un ciudadano del Reino Unido, por una persona que en el momento del delito resida habitualmente en Escocia o por una persona jurídica constituida conforme a la legislación del Reino Unido, independientemente del lugar en el que ocurran los actos. Se determinará si una persona reside habitualmente en Escocia o no teniendo en cuenta todos los hechos y circunstancias del asunto. El resto de personas serán culpables de un delito de trata de seres humanos solo en caso de que los actos ocurran en el Reino Unido o tengan por objeto la llegada o el ingreso de una persona en el Reino Unido, su salida del país o los desplazamientos dentro de él.

4. ¿Pueden las instituciones del Defensor del Pueblo, los organismos de igualdad o las instituciones nacionales de derechos humanos prestar apoyo a las víctimas de vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas multinacionales europeas fuera de la Unión Europea? ¿Pueden investigar mi caso si no soy nacional de la Unión Europea ni resido en ella? ¿Existen otros servicios públicos (como la inspección laboral o medioambiental) en su país que puedan investigar mi caso? ¿Dónde puedo encontrar información sobre mis derechos?

El panorama normativo para las empresas en Escocia es en gran medida similar al del resto del Reino Unido y de Europa, y existen diversas autoridades reguladoras centradas en la actividad empresarial. Si bien sus competencias de ejecución están destinadas a sancionar a las empresas más que a respaldar a las víctimas, existen ciertos mecanismos que la policía y otros departamentos gubernamentales pueden poner en marcha cuando existan elementos delictivos con relación a la actividad de las primeras.

Escocia cuenta con dos instituciones nacionales de derechos humanos:

La Comisión de Derechos Humanos y la Comisión de Igualdad y Derechos Humanos tienen atribuciones compartidas en materia de derechos humanos y ambas cumplen funciones importantes, si bien diferentes, a la hora de promover y supervisar la aplicación, en el ámbito nacional, de los derechos humanos reconocidos internacionalmente. Las competencias respectivas a cada Comisión están detalladas en sus sitios web.

El Defensor ante los servicios públicos escoceses (SPSO, por sus siglas en inglés) se encarga de la última instancia de las denuncias presentadas contra la mayoría de los servicios públicos escoceses descentralizados. El Defensor es una entidad independiente, y el ejercicio de sus funciones no está sujeto a la dirección o control por parte de ningún miembro del Parlamento escocés ni del Gobierno de Escocia. El SPSO puede valorar supuestas vulneraciones de los derechos humanos como parte de su análisis de una denuncia. Es improbable que una empresa multinacional europea forme parte de las listas de entidades sobre las que el SPSO puede recibir denuncias. El SPSO puede considerar denuncias sobre servicios prestados por el sector privado o el sector del voluntariado cuando dichos servicios se presten en nombre de una entidad de su competencia.

Además, el apartado 9, puntos 4 y 5, de la Ley del Defensor ante los servicios públicos escoceses de 2002 detalla quién puede presentar una denuncia ante el SPSO. Debe ser una persona establecida en el Reino Unido en el momento de presentar la denuncia, o bien los actos denunciados deben haber ocurrido mientras la persona se encontraba en el Reino Unido.

5. ¿Impone su país a las empresas multinacionales europeas la obligación de establecer mecanismos de denuncia o servicios de mediación para las vulneraciones derivadas de sus actividades empresariales? ¿Se aplican estas obligaciones también a las vulneraciones cometidas fuera de la Unión Europea? ¿Quién se encarga del seguimiento de estas actividades en su país? ¿Existen informes públicos sobre el funcionamiento del sistema?

El Reino Unido ha establecido un punto de contacto nacional (NCP, por sus siglas en inglés) para las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, que son un conjunto de recomendaciones sobre prácticas comerciales responsables y abarcan, entre otras cuestiones, los derechos humanos. El NCP del Reino Unido forma parte del Departamento de Comercio Internacional y se encarga de difundir las Líneas Directrices de la OCDE y de poner en funcionamiento el mecanismo de denuncias asociado. Si una empresa no respeta las Líneas Directrices de la OCDE, cualquier parte interesada puede presentar una denuncia ante el NCP, desde los empleados o sus sindicatos, hasta las comunidades afectadas por las actividades de la empresa. El NCP trata de actuar como mediador para que las partes lleguen a un acuerdo, pero, cuando esto no sea posible, se publica una resolución sobre si la empresa ha vulnerado las Líneas Directrices y se difunde entre el público. Puede encontrar información acerca de cómo realizar una denuncia en el El enlace abre una nueva ventanasitio web del NCP.

Otras fuentes de consulta y servicios de mediación del Reino Unido son las El enlace abre una nueva ventanaOficinas de asesoramiento a los ciudadanos y el El enlace abre una nueva ventanaServicio de consulta, conciliación y arbitraje.

6. ¿Dispongo de derechos específicos si soy una víctima vulnerable que busca reparación por las vulneraciones de los derechos humanos cometidas por empresas? ¿Puedo acogerme a la asistencia jurídica gratuita? ¿En qué condiciones? ¿Qué costes sufraga la asistencia jurídica gratuita? ¿Puedo recibir asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones si no soy ciudadano de la Unión Europea ni resido en ella?

La asistencia jurídica financiada con fondos públicos permite a las personas emprender acciones legales para defender sus derechos o financiar su defensa si no disponen de fondos propios para hacerlo.

De acuerdo con la Ley de asistencia jurídica gratuita de Escocia de 1986 (Legal Aid Act), residir en Escocia no es un requisito para solicitar asistencia jurídica. Existen dos tipos de asistencia jurídica civil:

i. Mediante el asesoramiento y la asistencia, un abogado puede proporcionar asesoramiento, realizar indagaciones y enviar correspondencia a terceros en nombre de un cliente. El asesoramiento y la asistencia están disponibles para asuntos del Derecho escocés (incluso el derecho del Reino Unido de aplicación en Escocia), pero en general no pueden usarse para llevar el asunto ante los órganos jurisdiccionales.

ii. La asistencia jurídica gratuita puede emplearse en procedimientos judiciales ante los órganos jurisdiccionales escoceses.

Ambos tipos de asistencia jurídica están sujetos a criterios de admisibilidad obligatorios. El asesoramiento y la asistencia están sujetos a criterios de admisibilidad financiera. Los criterios de admisibilidad para acceder a la asistencia jurídica gratuita son coherentes y transparentes, y las solicitudes se someten a pruebas obligatorias. Las dos primeras pruebas evalúan los fundamentos de derecho de la solicitud. Debe demostrarse que existe una base jurídica para el caso sobre el que se solicita asistencia jurídica («causa probable») y que resulta razonable emplear fondos públicos para proceder con él. La tercera prueba evalúa la situación financiera del solicitante.

Puede encontrar más información en el El enlace abre una nueva ventanasitio web de la Junta de Asistencia Jurídica Gratuita de Escocia.

El apartado 9 de la Ley sobre la trata de seres humanos y la explotación de Escocia de 2015 faculta a los ministros escoceses a especificar el período durante el cual deben prestarse ayuda y asistencia a los adultos, cuando existan motivos fundados para creer que han sido víctimas de un delito de trata de seres humanos y explotación. La normativa que entró en vigor el 1 de abril de 2018 establecía un período de ayuda de 90 días, y contemplaba la prestación de ayuda y asistencia con relación a los siguientes elementos, entre otros:

  • vivienda;
  • vida diaria;
  • asesoramiento y tratamiento médico (incluidos la evaluación y el tratamiento psicológicos);
  • traducción e interpretación de lenguas;
  • asesoramiento:
  • asesoramiento jurídico;
  • información sobre otros servicios a su disposición;
  • repatriación.

El apartado 10 de la Ley de 2015 faculta a los ministros escoceses para regular la ayuda y la asistencia que puede ofrecerse a un adulto que sea víctima o presunta víctima de los delitos de esclavitud, servidumbre y trabajo forzoso u obligatorio. La normativa entró en vigor el 1 de abril de 2018 y establece que el proceso para determinar si un adulto ha sido víctima de tales delitos, el apoyo y la asistencia disponibles, y el período durante el cual se prestan estos deben ser idénticos a aquellos relativos a las víctimas del delito de trata de seres humanos y explotación.

El Gobierno escocés tiene acuerdos de financiamiento con El enlace abre una nueva ventanaMigrant Help (que proporciona apoyo a las víctimas adultas de trata y explotación con excepción de las mujeres sometidas a la trata con fines de explotación sexual comercial) y con la El enlace abre una nueva ventanaTrafficking Awareness Raising Alliance (que proporciona apoyo a mujeres víctimas objeto de trata con fines de explotación sexual comercial). El enlace abre una nueva ventanaThe Anchor Service, que forma parte del NHS Greater Glasgow and Clyde, también recibe financiación para proporcionar servicios de atención psicológica a todos los adultos víctimas de trata y explotación detectados en Escocia.

Última actualización: 29/07/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.