Documentos públicos

Chipre

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Chipre

Artículo 24, apartado 1, letra a) - lenguas aceptadas por el Estado miembro para los documentos públicos que se presenten a sus autoridades con arreglo a la letra a) del artículo 6, apartado 1

Griego e inglés.

Artículo 24, apartado 1, letra b) - una lista indicativa de los documentos públicos que entran en el ámbito de aplicación del presente Reglamento

Las autoridades chipriotas mencionan a título indicativo los siguientes documentos públicos:

Nacimiento: Partida de nacimiento.

Defunción: Certificado de defunción.

Matrimonio: Certificado de matrimonio.

Aptitud para contraer matrimonio: Certificado de soltería.

Condición de miembro de una unión de hecho registrada: Certificado de unión de hecho.

Residencia: Certificado de residencia permanente.

Disolución de una unión de hecho registrada Certificado de registro de acuerdo mutuo para la disolución de la unión de hecho.

Ausencia de antecedentes penales: Certificado de antecedentes penales.

Artículo 24, apartado 1, letra c) - la lista de los documentos públicos a los que pueden adjuntarse impresos estándar multilingües como ayuda adecuada a la traducción

Partida de nacimiento.

Certificado de defunción.

Certificado de matrimonio.

Certificado de soltería.

Certificado de unión de hecho.

Certificado de residencia permanente.

Certificado de antecedentes penales.

Artículo 24, apartado 1, letra d) - las listas de las personas habilitadas, de conformidad con el Derecho nacional, para realizar traducciones juradas, en caso de que dichas listas existan

El Registro de Traductores Jurados vinculado a la Oficina de Información y Prensa del Ministerio del Interior.

Artículo 24, apartado 1, letra e) - una lista indicativa de los tipos de autoridades habilitadas por el Derecho nacional para realizar copias certificadas

Departamento del Registro Civil y de Inmigración

Partida de nacimiento.

Certificado de defunción.

Certificado de soltería.

Certificado de unión de hecho.

Certificado de registro de acuerdo mutuo para la disolución de la unión de hecho.

Administraciones locales (Επαρχιακές Διοικήσεις)

Partida de nacimiento.

Certificado de defunción.

Certificado de residencia permanente.

Municipios

Certificado de matrimonio.

Artículo 24, apartado 1, letra f) - información relativa a los medios que permiten la identificación de las traducciones juradas y las copias certificadas

Las instrucciones del Consejo de Traductores Jurados, el organismo responsable de las traducciones oficiales en la República de Chipre, para los traductores jurados y para el público establecen que todos los documentos que se sometan a traducción jurada deben ser auténticos y estar debidamente certificados. Debe adjuntarse una fotocopia del documento sometido a traducción junto con el texto traducido por el traductor jurado, al final del cual figurará la firma del traductor y su sello.

Los traductores jurados no certifican con un sello especial la autenticidad del documento que se les entrega para traducir, sino que sencillamente la verifican antes de traducirlo y, si consideran que no es auténtico, no lo traducen.

Los traductores jurados certifican la autenticidad del texto que han traducido solo cuando se les solicita una copia auténtica o certificada de su traducción.

Para las traducciones:

Sello electrónico rectangular con la mención «traducción correcta y exacta del documento adjunto» («ορθή και ακριβής μετάφραση του συνημμένουυ εγγράφου»).

Sello original redondo concedido al traductor jurado por el Consejo de Traductores Jurados.

Firma original del traductor jurado.

Nombre del traductor jurado.

Póliza (se pega una póliza de dos euros ligeramente desplazada con respecto a la parte inferior del sello y se estampa sobre ella el sello redondo).

Para las copias de traducciones:

Sello electrónico rectangular original con la mención «copia auténtica del documento traducido» («ορθή και ακριβής μετάφραση του συνημμένουυ εγγράφου»).

Sello original redondo concedido al traductor jurado por el Consejo de Traductores Jurados.

Nombre y firma original del traductor jurado.

Póliza (se pega una póliza de dos euros ligeramente desplazada con respecto a la parte inferior del sello y se estampa sobre ella el sello redondo).

Para los documentos certificados:

El sello de los traductores jurados (redondo) es de color azul y el sello rectangular electrónico es de color negro.

Se pega una póliza de dos euros ligeramente desplazada con respecto a la parte inferior del sello y se estampa sobre ella el sello redondo.

Artículo 24, apartado 1, letra g) - información sobre las características específicas de las copias certificadas

El sello de los traductores jurados (redondo) es de color azul y el sello rectangular electrónico es de color negro.

Se pega una póliza de dos euros ligeramente desplazada con respecto a la parte inferior del sello y se estampa sobre ella el sello redondo.

Última actualización: 04/03/2024

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