Cómo ejecutar una decisión judicial

Malta
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Qué significa la ejecución en materia civil y mercantil?

Por ejecución se entiende hacer efectiva una sentencia.

2 ¿Qué autoridad(es) goza(n) de competencia para proceder a una ejecución?

Depende de la solicitud efectuada. Por ejemplo, el registro hipotecario lo efectúa el Director del Registro público una vez recibe una copia autenticada de la sentencia junto con un certificado del secretario en el que se indique que no se ha recurrido la sentencia y ha expirado el plazo de su presentación, o que no ha lugar a recurso contra la sentencia.

3 ¿Cuáles son las condiciones para la expedición de una resolución o un título ejecutivo?

De conformidad con la legislación general, el Código de organización y enjuiciamiento civil (Capítulo 12 de la Legislación de Malta), son ejecutivos los siguientes títulos:

  • una carta judicial cuando la deuda sea cierta, líquida, exigible y no consistente en la realización de un acto siempre que la de la deuda no sea superior a 25000 €. Se regula en el artículo 166A del Código de organización y enjuiciamiento civil;
  • sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales de Malta;
  • contratos autorizados por un notario en Malta, o por cualquier otro funcionario público facultado para su autorización, cuando el contrato guarde relación con una deuda cierta, líquida, exigible y no consistente en la realización de un acto;
  • liquidaciones fiscales de honorarios judiciales y gastos, a favor de abogados, procuradores, notarios, peritos judiciales o cualesquiera otros árbitros judiciales o testigos, salvo que estas liquidaciones sean impugnadas conforme a Derecho;
  • laudos arbitrales registrados en el Centro de Arbitraje de Malta;
  • letras de cambio y pagarés;
  • acuerdos de mediación con carácter ejecutivo entre las partes del litigio;
  • decisiones del Tribunal de Competencia y Recursos de los Consumidores.

Existen otros títulos ejecutivos dimanantes de leyes especiales, por ejemplo, en materia fiscal.

3.1 Procedimiento

Los actos por medio de los cuales, según las circunstancias, pueden ejecutarse los títulos ejecutivos son:

  • orden de embargo de bienes muebles;
  • orden de embargo de bienes inmuebles;
  • orden de embargo de una empresa;
  • liquidación judicial en subasta de bienes muebles o inmuebles o de derechos adscritos a bienes inmuebles;
  • acto de subrogación en los créditos;
  • orden de lanzamiento o desahucio de bienes inmuebles;
  • orden in factum;
  • orden de arresto de navíos;
  • orden de arresto de aeronaves;
  • orden in procinctu.

Si se ejecuta un título ejecutivo con arreglo al artículo 166A, la persona que inste el registro de una carta judicial que cumpla los requisitos de un título ejecutivo presentará una copia legal de esta carta ante el secretario judicial, incluyendo todas las pruebas de notificación y una copia de las respuestas recibidas, en su caso.

Con respecto a los restantes títulos ejecutivos, el procedimiento varía en función de su naturaleza. La información se encuentra en el Código de organización y enjuiciamiento civil, artículo 252 y siguientes.

3.2 Condiciones principales

Las condiciones varían en función de su naturaleza. La información se encuentra en el Código de organización y enjuiciamiento civil, artículo 252 y siguientes.

4 Objeto y naturaleza de las medidas de ejecución

4.1 ¿Qué tipo de bienes pueden ser objeto de ejecución?

Los bienes muebles son susceptibles de embargo, entre otros:

  • participaciones y acciones de sociedades mercantiles;
  • licencias expedidas por las autoridades competentes según lo dispuesto en las normativas publicadas por el Ministro de Justicia;
  • pólizas de seguros;
  • títulos de crédito y otros derechos de propiedad intelectual o industrial.

No obstante, los siguientes bienes no son susceptibles de embargo:

  • ropa de uso diario, artículos de cama y utensilios de menaje y muebles considerados necesarios para que el deudor y su familia vivan con dignidad;
  • documentos personales y libros relativos a la profesión del deudor, de su cónyuge o de sus hijos;
  • libros de registro y actas notariales;
  • herramientas e instrumentos necesarios para la instrucción o el ejercicio de la profesión u oficio del deudor, de su cónyuge o de sus hijos;
  • animales y herramientas requeridos para la agricultura, así como cualquier fruto cortado o aún no separado del terreno;
  • aeronaves, exclusivamente asignadas a un servicio estatal, incluido el servicio postal, pero excluido el servicio comercial;
  • buques enteramente fletados para el servicio del Gobierno de Malta;
  • vestimenta sagrada y recipientes utilizados en una iglesia consagrada, o pertenecientes a un sacerdote, una orden religiosa o cualquier miembro de la misma;
  • bienes de cualquier miembro de las fuerzas de policía o de las fuerzas armadas de Malta en el caso de armas, munición, equipo, instrumentos o vestimenta utilizados por este en el cumplimiento de sus funciones.

Los bienes inmuebles, empresas, buques, navíos y aeronaves son susceptibles de embargo.

No puede dictarse un acto de subrogación sobre:

  • sueldos o ingresos (incluidas primas, pensiones, horas extraordinarias y otros emolumentos);
  • prestaciones, pensiones, subsidios o ayudas mencionadas en la Ley sobre la seguridad social u otros subsidios concedidos por el Gobierno;
  • ayudas caritativas o donaciones concedidas por el Gobierno;
  • legados hechos expresamente en concepto de alimentos, si el deudor no tiene otros medios de subsistencia y la propia deuda no está relacionada con los alimentos;
  • sumas debidas por alimentos por sentencia judicial o título público si la propia deuda no está relacionada con los alimentos;
  • sumas puestas a disposición del deudor mediante escritura de préstamo por la edificación, construcción y mantenimiento de casas destinadas a vivienda principal del deudor;
  • créditos bancarios al descubierto, excluidas las tarjetas de crédito, mediante los cuales funcionan las empresas gestionadas por el deudor;
  • garantías bancarias y cartas de crédito.

4.2 ¿Qué efectos surten las medidas de ejecución?

El efecto es la ejecución de los títulos ejecutivos, a través de los cuales se adquiere la propiedad con arreglo a Derecho.

4.3 ¿Qué validez tienen estas medidas?

Depende del caso concreto, pero, en términos generales, puede decirse que las órdenes ejecutivas conservan su validez mientras se mantenga el carácter ejecutivo del título sobre cuya base se dictan. El acto de subrogación no se puede prorrogar y permanece en vigor hasta que sea anulado mediante resolución judicial.

5 ¿Se pueden recurrir las decisiones por las que se concede esta medida?

Toda persona contra la que se dicta una orden ejecutiva, o cualquier otra persona interesada podrá presentar una instancia ante el órgano jurisdiccional que la haya expedido solicitando su anulación, bien en su totalidad o de forma parcial. La solicitud debe notificarse a la otra parte, la cual dispondrá de diez días para presentar su escrito de contestación con las alegaciones que desee formular. El órgano jurisdiccional resolverá la solicitud tras oír a las partes. Dicha resolución podrá recurrirse en el plazo de seis días desde la fecha en la que se pronuncie en audiencia pública.

6 ¿La ejecución está sujeta a algún tipo de limitación, en particular de plazos o en aras de la protección del deudor?

Las sentencias de los tribunales superiores pueden adquirir fuerza ejecutiva de nuevo después de diez años desde la fecha en la que podría haberse ejecutado la sentencia o resolución. Las sentencias de los tribunales inferiores o del Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía pueden adquirir fuerza ejecutiva de nuevo una vez trascurridos cinco años. Los títulos ejecutivos derivados de contratos cuando la deuda es cierta, líquida y exigible, las acciones en virtud del artículo 166A del Capítulo 12 de la Legislación de Malta y las letras de cambio y pagarés pueden adquirir fuerza ejecutiva de nuevo una vez trascurridos tres años. La instancia presentada ante el órgano jurisdiccional competente permite que vuelvan a tener fuerza ejecutiva. El solicitante confirmará asimismo bajo juramento el tipo de deuda o el crédito cuya ejecución insta, y que la deuda o parte de ella sigue siendo exigible. Asimismo, en estas circunstancias se aplica un plazo de prescripción de treinta años, pero este plazo puede verse interrumpido por la citada solicitud.

 

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Última actualización: 16/12/2020

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