Buscar información por región
La Comisión de indemnización a las víctimas (CIVI) existente en cada tribunal de primera instancia (Tribunal de Grande Instance o TGI) es la que se pronuncia sobre las solicitudes de indemnización presentadas por las víctimas de delitos o sus derechohabientes.
Cuando se trata de terrorismo FR., quien decide sobre esas solicitudes es el Fondo de Garantía para terrorismo y otros delitos (Fonds de Garantie des actes de Terrorisme et d’autres Infractions o FGTI), bajo el control de un juez en caso de impugnación.
En efecto, puede dirigirse directamente a la autoridad responsable de pronunciarse sobre su solicitud.
- la solicitud de indemnización?
- los justificantes?
La solicitud y los documentos se aceptan en francés y en inglés.
Se ruega a las víctimas de delitos transfronterizos que, en la medida de lo posible, presenten una traducción al francés de los documentos justificantes esenciales para la admisión de su solicitud.
No.
Su presencia no es obligatoria. No obstante, en determinadas condiciones, puede solicitar que se le reembolsen los gastos de viaje, que se le paguen dietas que incluyan gastos de restauración y de alojamiento y que se le abonen los gastos de asistencia al procedimiento.
Para que se le paguen esos gastos, ha de ponerse en contacto con el órgano jurisdiccional que le haya convocado.
Sí, si acude, se le facilitará gratuitamente un intérprete.
Se aceptarán los certificados médicos de su país de residencia. Dependiendo de cada caso, la evaluación médica podrá hacerse sobre la base de documentos.
De preferencia, la evaluación pericial médica se organiza de mutuo acuerdo con la víctima durante alguna de sus estancia en Francia. En los demás casos, los gastos de viaje en que incurran las víctimas para acudir a la evaluación pericial médica podrán ser sufragados, previa presentación de los justificantes correspondientes, por el FGTI.
La solicitud es transmitida sin demora por el registro de la CIVI al Fondo de Garantía.
El Fondo de Garantía debe presentar una oferta a la víctima en un plazo de dos meses a partir de la recepción del expediente completo enviado por el registro de la CIVI.
Si la víctima acepta la oferta, la certificación de acuerdo se remite al presidente de la CIVI para su ratificación. La ratificación permite la ejecución del acuerdo. La decisión se notifica a la víctima y al Fondo de Garantía, el cual procede al pago.
En caso de denegación motivada por parte del Fondo de Garantía, de rechazo de la oferta por parte de la víctima o de falta de respuesta de la víctima a la oferta del Fondo de Garantía al término de un plazo de dos meses, el procedimiento adquiere carácter judicial: un magistrado investiga la solicitud y verifica las declaraciones y los documentos presentados.
El Ministerio Fiscal y el Fondo de Garantía presentan sus observaciones a más tardar quince días antes de la vista. El solicitante y el Fondo de Garantía deben ser convocados con una antelación mínima de dos meses.
Tras la celebración de la vista a puerta cerrada, se notifica la decisión de concesión o de denegación de la indemnización por parte de la CIVI al solicitante y al Fondo de Garantía, el cual abona en caso favorable la indemnización dentro del mes siguiente a dicha notificación.
En casos de terrorismo (FR.), el Fondo de Garantía abona un anticipo en el mes siguiente a la recepción del expediente completo, si este se considera admisible. El Fondo de Garantía presenta una oferta de indemnización a la víctima (una vez se ha estabilizado su estado) o a las personas allegadas a las víctimas que hayan fallecido durante el período de tres meses.
En francés; puede solicitar una traducción gratuita.
Si no está satisfecho con la decisión de la CIVI, puede solicitar un nuevo examen al Tribunal de apelación del que esta depende.
Puede acogerse a la asistencia jurídica gratuita de conformidad con las normas aplicables en Francia.
Las asociaciones de ayuda a las víctimas presentes en las oficinas de asistencia a las víctimas y en sus propias dependencias podrán dispensarle asistencia gratuita para la preparación de su solicitud de indemnización.
El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.