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La ley prevé un pago único en concepto de indemnización para las personas que hayan sufrido daños personales como consecuencia de delitos dolosos y violentos; los demás delitos no dan derecho a obtener una indemnización. La indemnización por daños personales se aplica en particular a los delitos de lesiones y los que acaben con la muerte de la víctima. La ley considera los delitos de trata de seres humanos, abuso sexual, violencia sexual y violación como una categoría separada de delito para la cual se concede una indemnización por daños morales.
Las víctimas de delitos violentos solo pueden obtener una indemnización por los daños sufridos (el dolor y la disminución de la función social). En el caso de los delitos de trata de seres humanos, violación, abuso sexual y violencia sexual, la ley concede una indemnización por daños morales.
Cuando una persona fallece a consecuencia de un delito violento, la ley también da a sus familiares la posibilidad de reclamar una indemnización, en particular, al cónyuge y a los hijos supérstites y, de no haber hijos, a los padres supérstites y, de no haber padres, a la persona a cargo de la víctima fallecida.
No, en estos casos, la ley no concede una indemnización a los familiares de la víctima del delito.
Pueden reclamar una indemnización las víctimas de delitos violentos que sean ciudadanos de Eslovaquia o de otro Estado miembro de la UE, o los apátridas que tengan residencia permanente en Eslovaquia u otro Estado miembro de la UE, o los extranjeros, en la medida y según las condiciones previstas en un tratado internacional ratificado y promulgado de la forma establecida por la ley, si el daño se produjo en Eslovaquia. La víctima de un delito violento que beneficiaria de asilo, protección subsidiaria, refugio temporal, autorización de residencia o autorización excepcional de residencia en Eslovaquia puede reclamar una indemnización si el daño se produjo en este país.
No, la legislación eslovaca no contempla un procedimiento de este tipo. La indemnización solo puede reclamarse si el daño ocurrió en el territorio de Eslovaquia.
Solo puede reclamarse una indemnización si la instrucción demuestra que se cometió un delito y que este provocó un daño. Por lo tanto, la indemnización solo se concede si se ha iniciado un proceso penal, independientemente de si este enjuiciamiento se produjo como consecuencia de la denuncia de la víctima o por otro motivo.
Sí, para presentar una reclamación de indemnización, debe existir una sentencia firme o un auto de autorización de decreto de propuesta de imposición de pena en un proceso penal que declare al encausado responsable del delito que provocó el daño a la víctima o que lo absuelva, al estar exento de responsabilidad penal por padecer un trastorno mental, o por ser menor de edad, y la víctima no haya sido indemnizada de otro modo por el daño sufrido. Si el enjuiciamiento se suspende o concluye (o se aplaza) con arreglo a las disposiciones pertinentes de la Ley n.º 301/2005, relativa al Código Penal (zákon č. 301/2005 Z. z. Trestný poriadok), la víctima puede reclamar una indemnización sobre la base de una resolución de la autoridad competente en la que se expongan los hechos detallados anteriormente. Sin embargo, en esos casos, el resultado de la instrucción penal no debe dejar lugar a dudas de que se cometió el delito que provocó el daño a la víctima.
Para que exista un derecho a indemnización en virtud de esta Ley, la víctima de un delito violento debe haber presentado una reclamación por los daños y perjuicios derivados de las lesiones en un proceso penal. Esto no es aplicable si el delito causó la muerte, o en el caso de daños causados por los delitos de trata de seres humanos, violación, agresión sexual o abuso sexual.
Si se desconoce la identidad del autor del delito que provocó el daño a la víctima, si no se le puede localizar, o si existe una causa eximente de responsabilidad penal que impide el enjuiciamiento del investigado y la víctima no ha sido debidamente indemnizada por los daños sufridos, la víctima puede reclamar una indemnización solo si el resultado de la instrucción penal no deja lugar a dudas de que en verdad se cometió el delito que le provocó el daño. La reclamación debe estar respaldada por una resolución firme dictada por la última autoridad u órgano jurisdiccional que conoció del asunto a fin de precisar estos hechos.
La reclamación debe presentarse en el plazo de un año a partir de la fecha en que adquiera firmeza la sentencia por la que se declara culpable al autor del delito. Si se desconoce la identidad del autor del delito o si no se puede proceder al enjuiciamiento por alguna causa legal, la reclamación se tiene que presentar en un plazo de seis meses a partir de la fecha en que adquiera firmeza la resolución de la autoridad de instrucción o el último órgano jurisdiccional que conoció del asunto.
Cuando un órgano jurisdiccional penal remite a una víctima de un delito violento a la jurisdicción civil o a otro tipo de procedimiento para reclamar la indemnización por los daños sufridos, se debe presentar la solicitud en el plazo de un año a partir de la fecha en que adquiera firmeza la resolución relativa al derecho de la víctima a recurrir a un procedimiento civil o de otro tipo. Una vez transcurrido este plazo, prescribe el derecho a una indemnización conforme a esta Ley.
La indemnización cubre lo siguiente:
La indemnización se paga únicamente con respecto a las lesiones sufridas (el dolor y la disminución de la función social) y, en los casos definidos por la ley, con respecto a los daños morales. La indemnización no cubre otros gastos o pérdidas.
– Daños físicos (no psicológicos):
- no procede
– Daños psicológicos (no materiales):
– Daños físicos (no psicológicos):
- no procede
– Daños psicológicos:
La indemnización se abona en un único pago.
Los antecedentes penales no influyen a la hora de percibir una indemnización de Eslovaquia. La autoridad decisoria puede reducir la indemnización si la víctima es conjuntamente responsable de las lesiones o no hizo valer su derecho a recibir una indemnización del autor del delito que causó las lesiones.
La situación económica de la víctima no afecta a la decisión sobre la indemnización.
El importe de la indemnización puede verse afectado por el grado de culpabilidad de la víctima con respecto a las lesiones o si la víctima no ha ejercido su derecho a recibir una indemnización directamente del autor del delito.
Si se reconocen las lesiones en virtud de una sentencia, el importe de la indemnización depende de la gravedad de las lesiones que se consideren probadas en ella; en otros casos de lesiones, se aplica la legislación específica que regula la concesión de indemnizaciones por el dolor ocasionado y la disminución de la función social, según proceda. El importe de la indemnización por los daños morales provocados por los delitos de trata de seres humanos, violación, violencia sexual o abusos sexuales es de diez veces el salario mínimo (en vigor en el momento en que se produjo el daño), y el importe de la indemnización los daños morales a los supérstites, si el delito provocó la muerte de la víctima, es de cincuenta veces el salario mínimo (en el momento de las lesiones).
La ley no contempla un importe mínimo de indemnización. El importe máximo es de cincuenta veces el salario mínimo en vigor en el momento en que se cometió el delito (actualmente, 29 000 EUR).
Si se reconoce la indemnización por daños personales en virtud de una sentencia firme o un auto de autorización de decreto de propuesta de imposición de pena en un proceso penal, el importe de la indemnización en el caso de lesiones se calcula y concede en función de la gravedad de la lesión que se haga constar en dicha sentencia o auto. Si se remite a la víctima en un proceso penal a la jurisdicción civil para reclamar la indemnización, el cálculo y la concesión de la indemnización en caso de lesiones depende de la gravedad de las lesiones que se haga constar en la resolución del órgano jurisdiccional civil. . De lo contrario, debe aportarse un dictamen médico que contenga la información necesaria para determinar el importe concreto de la indemnización. Las normas para determinar el importe de la indemnización están contenidas en la legislación aplicable al cálculo de la indemnización por daños personales en general, no solo por los provocados por delitos violentos.
Sí, la indemnización se abona solo con la condición de que no se reciba una indemnización de otras fuentes (por ejemplo, de una aseguradora o directamente del autor del delito).
No se pueden obtener anticipos de la indemnización.
Es posible; la víctima puede solicitar una indemnización más de una vez (a raíz de un cambio de circunstancias o empeoramiento de la salud, por ejemplo), pero la solicitud debe presentarse de todos modos dentro del plazo básico (es decir, en un plazo de un año a partir de la fecha en que devenga firme la sentencia por la que se declare culpable al autor, o —si se desconoce la identidad del autor o si existe una causa eximente de responsabilidad que impide el enjuiciamiento del investigado— en el plazo de un año a partir de la fecha en que devenga firme la resolución de la última autoridad u órgano jurisdiccional que conoció del asunto). No obstante, el importe total de la indemnización por el mismo daño no puede ser superior a cincuenta veces el salario mínimo.
No existen gastos administrativos en los procedimientos de indemnización.
El Ministerio de Justicia de la República de Eslovaquia resuelve las reclamaciones de indemnización.
La solicitud debe enviarse a la dirección siguiente: Ministerstvo spravodlivosti Slovenskej republiky (Ministerio de Justicia de la República de Eslovaquia), Račianska ul. 71, 813 11 Bratislava.
La víctima no tiene la obligación de estar presente.
El Ministerio de Justicia de la República de Eslovaquia resuelve la reclamación de indemnización en un plazo de seis meses.
Si el Ministerio de Justicia de la República de Eslovaquia no estima la reclamación o solo la estima en parte, la víctima de un delito violento tiene derecho a reclamar la protección de sus derechos subjetivos mediante una acción contencioso-administrativa con arreglo a las disposiciones pertinentes de la Ley n.º 162/2015, de la jurisdicción contencioso-administrativa (zákon č. 162/2015 Z. z. Správny súdny poriadok). ¿Dónde puedo obtener los formularios necesarios y el resto de información para la presentación de una reclamación de indemnización?
En el sitio web del Ministerio de Justicia de la República de Eslovaquia.
Durante el proceso penal, las autoridades de instrucción mantienen informadas a las víctimas de las posibilidades y condiciones para obtener una indemnización de Eslovaquia.
En el sitio web del Ministerio de Justicia se publica información sobre las indemnizaciones para las víctimas de delitos. Para acceder al enlace, haga clic aquí. Además, durante el interrogatorio o la toma de declaración en el proceso penal la víctima recibe información (incluidos los datos de contacto) sobre las organizaciones que ofrecen ayuda y apoyo a las víctimas.
No hay asistencia jurídica gratuita específicamente para reclamar indemnizaciones. Puede obtenerse la asistencia jurídica gratuita general del Estado solicitándola al Centro de Asistencia Jurídica Gratuita. Además, el propio Ministerio de Justicia facilita instrucciones básicas para reclamar indemnizaciones.
Sí, existen organizaciones que brindan ayuda y apoyo a las víctimas de delitos violentos, pero, actualmente, son independientes del Estado.
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