Por todos los delitos dolosos y violentos, es decir, agresiones, amenazas de violencia y/o amenazas con armas, homicidio doloso, homicidio imprudente, robo con violencia y delitos sexuales violentos (agresión sexual y violación). También pueden concederse indemnizaciones a los familiares supérstites de las víctimas de homicidio imprudente.
La indemnización es una forma de compensación por el dolor y el sufrimiento padecidos, así como por los gastos médicos incurridos para el tratamiento de las lesiones provocadas por el delito o el lucro cesante debido a la incapacidad laboral temporal . La indemnización no pretende reparar completamente el daño sufrido, sino que es un único importe fijo abonado en concepto de contribución a los costes ocasionados por dicho daño.
Sí, puede obtener una indemnización si es cónyuge o pareja registrada, padre, hijo, hermano o hermana de la víctima fallecida. La indemnización es una forma de compensación por el sufrimiento padecido en cuanto que familiar supérstite, así como por los gastos funerarios y la pérdida de los ingresos del fallecido.
Sí, el Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos (Schadefonds Geweldsmisdrijven) puede conceder una indemnización a quienes hayan sufrido daños psicológicos por haber sido testigos de un delito violento o hayan confrontado directamente las consecuencias de un delito violento cometido contra un familiar.
Sí, siempre que el delito del que haya sido víctima se haya cometido en territorio neerlandés.
No, el Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos solo puede conceder indemnizaciones por los delitos violentos cometidos en territorio neerlandés.
No, no es necesario denunciar el delito ante la policía para que el Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos tramite la reclamación. Sin embargo, en la práctica, la denuncia del delito y la consiguiente investigación penal desempeñan un papel importante en la sustanciación de la reclamación. Así y todo, si no se denuncia el delito, es posible establecer la admisibilidad de la reclamación sobre la base de otros elementos objetivos. En este contexto, «objetivos» se refiere a información obtenida de fuentes confiables e imparciales.
No. Sin embargo, en algunos casos, el Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos puede estimar necesario esperar el resultado de la investigación policial o del procedimiento penal para establecer la admisibilidad de la reclamación.
No.
Sí. El establecimiento de la admisibilidad de la reclamación cuando se ha identificado al autor del delito está sujeto a las mismas condiciones aplicables en los casos en los que se conoce la identidad del autor del delito.
Sí. Debe presentar la reclamación ante el Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos dentro de los diez días posteriores a la fecha en que se cometió el delito. En el caso de un familiar supérstite, este plazo comienza a correr a partir de la fecha de defunción de la víctima.
¿Cubrirá la indemnización, por ejemplo, los siguientes gastos y pérdidas?:
a) Para la víctima del delito:
— Daños materiales (no psicológicos):
La indemnización que paga el Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos no está destinada a cubrir pérdidas específicas. Se trata de un único importe fijo abonado en concepto de compensación por el dolor y el sufrimiento padecidos, así como por los gastos médicos incurridos para el tratamiento de las lesiones provocadas por el delito o el lucro cesante debido a la incapacidad laboral.
— Daños psicológicos (morales):
Sí.
b) Para los derechohabientes o familiares de la víctima:
— Daños materiales (no psicológicos):
En el caso de los familiares supérstites, la indemnización también pretende compensar el dolor y el sufrimiento padecidos (la angustia provocada por el fallecimiento de un familiar), los gastos de atención médica incurridos (p. ej., para el tratamiento de trastornos psicológicos provocados por el fallecimiento de un familiar), y el lucro cesante debido a la incapacidad laboral. También puede concederse una indemnización para cubrir los gastos funerarios y la pérdida de ayudas como consecuencia de la ausencia de los ingresos del fallecido.
— Daños psicológicos:
Sí.
En un pago único.
Para recibir una indemnización del Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos, es importante que el solicitante no sea responsable del delito. En otras palabras, no debe haberlo perpetrado ni estar involucrado en él. De lo contrario, el Fondo puede rechazar la reclamación o reducir el importe de la indemnización.
Su situación financiera no afecta a sus posibilidades de recibir una indemnización por los daños sufridos.
El importe de la indemnización suele calcularse en función de la gravedad del daño sufrido y las circunstancias en las que se cometió el delito.
El Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos establece seis categorías de daños, a cada una de las cuales le corresponde un importe fijo en concepto de indemnización. La categoría 1 da derecho a una indemnización de
1 000 EUR y la categoría 6, a una indemnización de 35 000 EUR.
No.
Sí, si la indemnización se concedió en concepto de compensación por el dolor y el sufrimiento padecidos, los gastos médicos incurridos y la pérdida de ingresos.
Sí, el Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos puede pagar un anticipo de la indemnización en concepto de pago provisional. Para ello, la reclamación debe satisfacer las exigencias legales (es decir, debe haberse establecido con certeza que el solicitante tiene derecho a recibir la indemnización) y debe existir un impedimento para que el Fondo tome una decisión definitiva a corto plazo. La solicitud de anticipo de la indemnización solo se tramitará si se realiza por escrito y se explica el motivo por el cual es necesario y urgente concederlo, por ejemplo, si la víctima no tiene medios suficientes para pagar el tratamiento de las lesiones sufridas. El simple hecho de que la víctima se encuentre en una situación financiera difícil no es motivo suficiente para que se conceda un anticipo de la indemnización.
Puede presentar otra reclamación si, tras adoptarse la decisión de pago de la indemnización, las lesiones resultan ser considerablemente más graves que aquellas en las que se basó la decisión respecto de la primera reclamación. Los familiares supérstites pueden presentar una reclamación adicional solo para cubrir gastos funerarios y la pérdida de ingresos.
No.
El Fondo de Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos (Schadefonds Geweldsmisdrijven)
Postbus 71
NL-2501 CB La Haya
Al Fondo de Indemnización para Víctimas de Delitos Violentos (Schadefonds Geweldsmisdrijven)
Postbus 71
NL-2501 CB La Haya
No.
No más de veintiséis semanas.
Puede recurrir la decisión por escrito ante el Comité del Fondo de Indemnización para Víctimas de Delitos Violentos (Commissie Schadefonds Geweldsmisdrijven) en el plazo de seis semanas. En el recurso, debe indicar los puntos de la decisión con los que no está de acuerdo y los motivos para ello. Puede enviar la objeción a la siguiente dirección:
Schadefonds Geweldsmisdrijven
Afdeling Bezwaar
Postbus 71
NL-2501 CB La Haya
https://www.schadefonds.nl/english-information/
https://www.schadefonds.nl/english-information/
Teléfono: 070-4142000
No, no se facilita asistencia jurídica gratuita. No obstante, puede obtener asesoramiento y ayuda del Centro de Apoyo a las Víctimas de Países Bajos (Slachtofferhulp Nederland) en el sitio web https://www.slachtofferhulp.nl/english/. Teléfono: 0900-0101
Centro de Apoyo a las Víctimas de Países Bajos: https://www.slachtofferhulp.nl/english/. Teléfono: 0900-0101
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