Si mi reclamación debe sustanciarse en este país

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¿Por qué tipos de delito puedo obtener una indemnización?

Puede obtener una indemnización por determinados delitos dolosos violentos cometidos en el territorio de la República de Chipre y tipificados en su Derecho nacional (p. ej., lesiones físicas graves y asesinato).

¿Por qué tipos de lesiones puedo obtener una indemnización?

Puede obtener una indemnización por lesiones físicas o problemas de salud graves que, de acuerdo con un dictamen médico, requieran hospitalización o le impidan trabajar durante ocho días como mínimo.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya fallecido a consecuencia de un delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización?

Sí, puede obtener una indemnización si es usted una persona a cargo de una víctima que haya fallecido como consecuencia de un delito, es decir, si es su cónyuge o su hijo.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya sobrevivido al delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización en ese caso?

No, no puede obtener una indemnización si es familiar o persona a cargo de una víctima que haya sobrevivido a un delito.

¿Puedo obtener una indemnización si no soy nacional de un país de la UE?

Sí, puede obtener una indemnización si no es nacional de un país de la UE, siempre que sea nacional de un Estado miembro del Consejo de Europa y tenga su domicilio permanente en la República de Chipre, o si es nacional de un país firmante del Convenio Europeo sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos.

¿Puedo reclamar una indemnización a este país si resido aquí o soy de aquí (este es mi país de residencia o nacionalidad) incluso si el delito se cometió en otro país de la UE? ¿Puedo optar por esa vía en vez de reclamar la indemnización en el país donde se cometió el delito? Si es así, ¿en qué condiciones?

No, si reside aquí o es de aquí, no puede reclamar una indemnización en este país por un delito cometido en otro país de la UE. La indemnización solo se concede por delitos cometidos en el territorio de la República de Chipre.

¿Tengo que haber denunciado el delito ante la policía antes de poder reclamar una indemnización?

Sí, tiene que denunciar el delito ante la policía dentro de los cinco días posteriores a la fecha de su comisión o, si ello no fuese posible, dentro de los cinco días posteriores al momento en que fue posible efectuar la denuncia.

¿Tengo que esperar el resultado de las investigaciones policiales o del procedimiento penal para poder reclamar?

No, la reclamación de indemnización debe presentarse dentro de los dos años posteriores a la comisión del delito, con independencia de si existe una investigación policial o un proceso penal en curso.

¿Tengo que tratar, en primer lugar, de obtener una indemnización del autor del delito, si este ha sido identificado?

Sí, antes de reclamar la indemnización al Estado, debe reclamársela al autor del delito, si este ha sido identificado. No obstante, la reclamación de indemnización debe presentarse dentro de los dos años posteriores a la comisión del delito, con independencia de si existe o no un proceso en curso contra el autor del delito.

¿Puedo obtener una indemnización aunque el autor del delito no haya sido identificado o condenado? En caso afirmativo, ¿qué pruebas debo presentar en apoyo de mi reclamación?

Sí, tiene derecho a recibir una indemnización aunque el autor del delito no haya sido identificado o condenado. Para ello, debe presentar la denuncia policial correspondiente para demostrar que no se ha identificado al autor del delito.

¿Existe un límite de tiempo para reclamar una indemnización?

Sí, el plazo para reclamar la indemnización es de dos años a partir de la fecha en la que se cometió el delito.

¿Qué pérdidas y gastos cubre la indemnización?

a) Para la víctima del delito:

- Lesiones físicas (no psicológicas):

  • los gastos médicos de las lesiones (tratamiento médico: asistencia ambulatoria y hospitalaria y recuperación);

Las instituciones y los servicios de salud pública proporcionan atención médica gratuita por un importe máximo de 1 709 EUR.

  • las necesidades o costes adicionales derivados de las lesiones (es decir, cuidados y asistencia, tratamiento temporal y permanente, fisioterapia habilitadora prolongada, adaptación de la vivienda, medios auxiliares especiales, etc.);

Estos gastos están incluidos en el importe mencionado anteriormente.

  • las lesiones permanentes (por ejemplo, invalidez y otras incapacidades permanentes);

En caso de incapacidad laboral permanente, se concede una pensión por invalidez. El importe de la pensión corresponde al porcentaje de reducción de la capacidad de trabajar multiplicado por el importe básico total de la pensión concedida con arreglo a la legislación sobre Seguridad Social.

  • el lucro cesante durante los tratamientos médicos y después de ellos (que incluye los ingresos perdidos y la pérdida de capacidad para obtenerlos o la disminución de pensiones alimenticias, etc.);

En caso de incapacidad laboral temporal, se concede una prestación por enfermedad durante un período de seis meses como máximo. El importe corresponde a la prestación básica total por enfermedad prevista por la legislación sobre Seguridad Social.

  • la pérdida de oportunidades;

No procede.

  • los gastos vinculados a los trámites legales relativos a la infracción que ha causado los daños, como los honorarios de abogados o las costas judiciales;

No procede.

  • las indemnizaciones por bienes robados o dañados;

No procede.

  • otros.

No procede.

- Lesiones psicológicas (morales):

  • dolor y el sufrimiento de la víctima.

No procede.

b) Para los familiares o derechohabientes de la víctima:

- Lesiones físicas (no psicológicas):

  • gastos de sepelio;

Se concede un subsidio para gastos de sepelio. El importe corresponde al subsidio para gastos de sepelio previsto por la legislación sobre Seguridad Social.

  • gastos médicos (por ejemplo, terapia para un miembro de la familia, asistencia ambulatoria y hospitalaria, rehabilitación);

No procede.

  • la pérdida de alimentos o de oportunidades.

Se concede una pensión por supervivencia o un subsidio de orfandad. El importe corresponde al importe básico total de la pensión o el subsidio previsto por la legislación sobre Seguridad Social.

- Trastornos psicológicos:

  • el dolor y el sufrimiento de los familiares o derechohabientes, la indemnización de los familiares supérstites de la víctima fallecida.

No procede.

¿Se abona la indemnización en un pago único o por mensualidades?

La indemnización se abona en un pago único, pero la pensión por invalidez y la pensión por supervivencia y el subsidio de orfandad se abonan por mensualidades.

¿De qué manera podrían mi propio comportamiento en relación con el delito, mis antecedentes penales o la falta de cooperación por mi parte durante el procedimiento de indemnización afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

No se abonará la indemnización si el solicitante es víctima de su propio delito, participa en una red de delincuencia organizada o es miembro de una organización que perpetra delitos violentos, aun cuando el delito violento del que haya sido víctima no hubiese sido grave o no hubiese participado en él.

¿De qué manera podría mi situación financiera afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

Su situación financiera no afecta a su posibilidad de recibir una indemnización.

¿Qué otros criterios podrían, en su caso, afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

Si se niega a colaborar o no colabora plenamente con la policía u otra autoridad competente.

¿Cómo se calcula la indemnización?

La indemnización se calcula de la manera descrita en la respuesta a la pregunta anterior: «¿Qué pérdidas y gastos cubre la indemnización?».

¿Existen límites mínimos o máximos para la indemnización que puede concederse?

No existe un importe mínimo que puede abonarse en concepto de indemnización. El importe máximo figura en la respuesta a la pregunta anterior: «¿Qué pérdidas y gastos cubre la indemnización?».

¿He de estimar el importe en el formulario de reclamación? En caso afirmativo, ¿recibiré instrucciones sobre cómo calcularlo o sobre otros aspectos?

No, no es necesario.

¿Las indemnizaciones que reciba de otras fuentes (como un seguro de mi empleador o cualquier otro sistema de seguro privado) por los mismos daños se deducirán de la indemnización abonada por la autoridad u organismo?

Sí, cualquier indemnización que reciba de otras fuentes se deducirá de la indemnización reclamada.

¿Puedo obtener un anticipo de la indemnización? Si es así, ¿en qué condiciones?

No, no puede.

¿Puedo obtener una indemnización adicional o complementaria (por ejemplo, a raíz de un cambio de circunstancias o empeoramiento de la salud, etc.) después de la adopción de la decisión principal?

No, no puede.

¿Qué justificantes debo adjuntar a mi reclamación?

Debe adjuntar a la reclamación de indemnización el atestado policial y un certificado médico. Podrá pedírsele que presente cualquiera de los documentos que se mencionan a continuación:

  • un poder de representación / una autorización o una prueba de la relación con la víctima;
  • el certificado de defunción de la víctima;
  • una copia del atestado policial;
  • una copia de la resolución judicial / sentencia;
  • informes y certificados médicos;
  • facturas de hospitales;
  • comprobantes de otros gastos (atención médica, gastos de sepelio);
  • comprobantes de ingresos (sueldo, ayudas sociales);
  • un certificado de pago o ausencia de pago de importes pertinentes provenientes de otras fuentes (el seguro del empleador, una compañía privada de seguros);
  • antecedentes penales;
  • cualquier otro documento relacionado con la reclamación.

¿Existen gastos administrativos o de otro tipo que deban abonarse en el momento de la recepción y la tramitación de la reclamación?

No.

¿Qué autoridad decide sobre las reclamaciones de indemnización (en los casos de ámbito nacional)?

El director de los Servicios de la Seguridad Social.

¿Dónde debo dirigir la reclamación (en los casos de ámbito nacional)?

Puede entregar el formulario de reclamación en persona o enviarlo por correo postal a la siguiente dirección: Social Insurance Services, 7 Lord Byron Ave., 1465, Nicosia, Chipre (Υπηρεσίες Κοινωνικών Ασφαλίσεων, Λεωφ. Λόρδου Βύρωνος 7, 1465, Λευκωσία, Κύπρος).

¿Tengo que estar presente durante el procedimiento o cuando se tome una decisión sobre la reclamación?

No, no es necesario.

¿Cuánto se tarda (aproximadamente) en recibir la decisión de la autoridad competente sobre una reclamación de indemnización?

Se tarda seis meses desde la fecha en que se cuenta con toda la información para tomar una decisión.

Si no estoy satisfecho con la decisión de la autoridad, ¿cómo puedo impugnarla?

Puede impugnar la decisión presentando una acción ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de setenta y cinco días posteriores a la decisión.

¿Dónde puedo obtener los formularios necesarios y el resto de información para la presentación de una reclamación de indemnización?

Puede obtener los formularios de reclamación e información sobre indemnizaciones (en griego y en inglés) en las oficinas de los Servicios de la Seguridad Social o en su sitio web.

¿Existe algún servicio telefónico o sitio web especial a esos efectos?

No existe ningún servicio telefónico ni sitio web especial para reclamar indemnizaciones. Para más información, contacte directamente a los Servicios de la Seguridad Social.

¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita (ayuda de un abogado) a la hora de preparar la reclamación?

Puede solicitar asistencia jurídica gratuita en relación con el proceso judicial asociado a su reclamación. Sin embargo, no se concede asistencia jurídica gratuita para la preparación de la reclamación de indemnización que se presenta ante la autoridad competente.

¿Existen organizaciones de ayuda a las víctimas que puedan ayudarme a reclamar una indemnización?

Puede obtener información y reclamar una indemnización contactando directamente con los Servicios de la Seguridad Social.

Última actualización: 11/03/2024

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