Si mi reclamación debe sustanciarse en este país

Bélgica

Contenido facilitado por
Bélgica

En lo que respecta a las víctimas de terrorismo, consulte la información que figura al final de esta página haciendo clic aquí.

¿Por qué tipos de delito puedo obtener una indemnización?

La Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence (Comisión de Ayuda Financiera para las Víctimas de Actos de Violencia Intencionales) puede conceder una ayuda financiera a las víctimas (y a sus allegados) de actos de violencia intencionales ocurridos en territorio belga.

En lo que respecta a las víctimas de terrorismo, consulte las disposiciones específicas.

¿Por qué tipos de lesiones puedo obtener una indemnización?

La indemnización por daños y perjuicios que concede la Comisión varía según la clase de víctima de la que se trate:

A. Las víctimas directas: las personas que sufrieron un daño físico y/o psíquico como resultado directo de un acto de violencia intencional ocurrido en Bélgica.

En lo que respecta a las víctimas directas, la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • la incapacidad o invalidez temporal o permanente;
  • el daño moral;
  • la pérdida de ingresos;
  • los daños estéticos;
  • la pérdida de años de escolaridad (el fracaso escolar);
  • los gastos de atención médica;
  • las costas procesales (incluidos los honorarios de abogados) hasta un límite máximo de 6 000 EUR;
  • los gastos de equipamiento (hasta un límite máximo de 1 250 EUR).

B. Víctimas indirectas: los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya fallecido como consecuencia de un acto de violencia intencional.

En lo que respecta a esta clase de víctima, la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • el daño moral;
  • los gastos de atención médica de los allegados de la víctima;
  • los gastos funerarios (hasta un límite máximo de 6 000 EUR por fallecimiento);
  • las costas procesales;
  • la pérdida de alimentos por parte de los allegados que dependían financieramente de la víctima fallecida;
  • la pérdida de años de escolaridad.

C. Víctimas indirectas: los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya sufrido lesiones graves como consecuencia de un acto de violencia intencional.

En lo que respecta a esta clase de víctima, la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • el daño moral;
  • los gastos de atención médica de los allegados de la víctima;
  • las costas procesales.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya fallecido a consecuencia del delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización?

Sí, los parientes (sucesores) hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya fallecido como consecuencia directa de un acto de violencia intencional pueden recibir una ayuda financiera .

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya sobrevivido al delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización en ese caso?

Sí, los parientes (sucesores) hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya sufrido lesiones graves, pero que no haya fallecido como consecuencia directa de un acto de violencia intencional pueden recibir una ayuda financiera.

¿Puedo obtener una indemnización si no soy nacional de un país de la UE?

Sí, la ayuda financiera que ofrece la Comisión puede obtenerse independientemente de la nacionalidad o de la situación jurídica en territorio belga de la persona.

¿Puedo reclamar una indemnización a este país si resido aquí o soy de aquí (este es mi país de residencia o nacionalidad) incluso si el delito se cometió en otro país de la UE? ¿Puedo optar por esa vía en vez de reclamar la indemnización en el país donde se cometió el delito? Si es así, ¿en qué condiciones?

No, la Commission pour l'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence solo puede intervenir respecto de los hechos ocurridos en territorio belga.

Existe una única excepción: en caso de actos de terrorismo cometidos en el extranjero contra víctimas de nacionalidad belga o que tengan su residencia habitual en Bélgica (véase el apartado «Víctimas de terrorismo»).

¿Tengo que haber denunciado el delito ante la policía antes de poder reclamar una indemnización?

Sí, se debe interponer una denuncia ante la policía. La Ley de 1 de agosto de 1985, que rige la intervención de la Commission pour l'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence impone la obligación de constituirse en parte civil.

¿Tengo que esperar al resultado de la investigación policial o del procedimiento penal para poder reclamar la indemnización?

En lo que respecta a la ayuda financiera principal, la intervención del Estado solo puede solicitarse al finalizar el procedimiento judicial y en virtud de la sentencia firme que se hubiese dictado.

Sin embargo, se puede solicitar una indemnización urgente en determinadas condiciones y antes de que finalice el procedimiento judicial.

¿Tengo que tratar, en primer lugar, de obtener una indemnización del autor del delito, si este ha sido identificado?

Sí, la víctima debe constituirse en parte civil contra el autor del delito, si este ha sido identificado, pues la Comisión solo interviene de forma subsidiaria y en última instancia .

¿Puedo obtener una indemnización aunque el autor del delito no haya sido identificado o condenado? En caso afirmativo, ¿qué pruebas debo presentar en apoyo de mi reclamación?

Si el autor del delito no es identificado antes de que termine el procedimiento judicial o si se archiva la causa por no haberse identificado al autor del delito, la víctima puede reclamar una ayuda financiera a la Comisión. Para ello, debió, al menos, haber interpuesto una denuncia oficial ante la policía o el Ministerio Fiscal.

¿Existe un límite de tiempo para reclamar una indemnización?

La indemnización principal debe reclamarse dentro de los tres años posteriores a la fecha de la sentencia firme o de la decisión de archivo de la causa por no haberse identificado al autor del delito.

¿Qué pérdidas y gastos cubre la indemnización?

En lo que respecta a las víctimas directas, la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • la incapacidad o invalidez temporal o permanente;
  • el daño moral;
  • la pérdida de ingresos;
  • los daños estéticos;
  • la pérdida de años de escolaridad (el fracaso escolar);
  • los gastos de atención médica;
  • las costas procesales (incluidos los honorarios de abogados) hasta un límite máximo de 6 000 EUR;
  • los gastos de equipamiento (hasta un límite máximo de 1 250 EUR).

En lo que respecta a las víctimas indirectas (los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya fallecido como consecuencia de un acto de violencia intencional),

la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • el daño moral;
  • los gastos de atención médica de los allegados de la víctima;
  • los gastos funerarios (hasta un límite máximo de 6 000 EUR por fallecimiento);
  • las costas procesales;
  • la pérdida de la prestación de alimentos por parte de los allegados que dependían financieramente de la víctima fallecida;
  • la pérdida de años de escolaridad.

En lo que respecta a las víctimas indirectas (los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya sufrido lesiones graves como consecuencia de un acto de violencia intencional),

  • la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:
  • el daño moral;
  • los gastos de atención médica de los allegados de la víctima;
  • las costas procesales;

¿La indemnización se abona en un pago único o por mensualidades?

La ayuda financiera de la Comisión se abona en un pago único.

¿De qué manera mi propio comportamiento en relación con el delito, mis antecedentes penales o la falta de cooperación por mi parte durante el procedimiento de indemnización podrían afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

La Comisión puede tener en cuenta el comportamiento de la víctima directa del acto de violencia intencional en el momento en el que tuvo lugar el hecho, así como su participación en el perjuicio.

¿De qué manera mi situación financiera podría afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

La situación financiera de la víctima no se tiene en cuenta para determinar el derecho a la indemnización y su importe.

¿Qué otros criterios podrían, en su caso, afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

La Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence tiene en cuenta la indemnización pagada por el autor de los hechos y la posible intervención de los seguros complementarios de salud o de otro tipo (principio de subsidiariedad).

¿Cómo se calcula la indemnización?

La Comisión, que es un organismo administrativo, concede la ayuda financiera en equidad.

¿Existen límites mínimos o máximos para la indemnización que puede concederse?

Límite mínimo: 500 EUR

Límite máximo de la indemnización principal (y monto total de la indemnización): 125 000 EUR

¿He de estimar el importe en el formulario de reclamación? En caso afirmativo, ¿recibiré instrucciones sobre cómo calcularlo o sobre otros aspectos?

No es obligatorio.

¿Las indemnizaciones que reciba de otras fuentes (como un seguro de mi empleador o cualquier otro sistema de seguro privado) por los mismos daños se deducirán de la indemnización abonada por la autoridad u organismo?

Sí, la intervención de la Comisión se basa en el principio de subsidiariedad. Por tanto, se tendrán en cuenta los importes que paguen los seguros (y el autor de los hechos).

¿Puedo obtener un anticipo de la indemnización? Si es así, ¿en qué condiciones?

En efecto, es posible obtener una indemnización urgente, aun cuando no hubiese recaído la resolución judicial que ponga fin al proceso. Según su jurisprudencia, la Comisión puede conceder una ayuda urgente (de 500 EUR como mínimo) únicamente para cubrir los gastos de atención médica a cargo de la víctima (tras la intervención o denegación de intervención de las compañías de seguro).

El importe máximo de la ayuda urgente es de 30 000 EUR.

¿Puedo obtener una indemnización adicional o complementaria (por ejemplo, a raíz de un cambio de circunstancias o empeoramiento de la salud, etc.) después de la adopción de la decisión respecto de la indemnización principal?

La víctima puede reclamar una indemnización complementaria en caso de agravamiento del daño durante los diez años posteriores a la concesión de la indemnización principal, a menos que el Estado belga ya le hubiese concedido el importe máximo de la indemnización (125 000 EUR). La víctima deberá demostrar (mediante certificados médicos) que el daño se ha agravado.

¿Qué justificantes debo adjuntar a mi reclamación?

  • El formulario de reclamación previsto a tal efecto (fr  Word (39 Kb) frnl  Word (35 Kb) nl);
  • una copia de la denuncia oficial y la descripción detallada de los hechos;
  • una copia de la solicitud de constitución en parte civil;
  • una copia de todas las resoluciones dictadas en el asunto;
  • una copia de los informes médicos en los que se describan las secuelas físicas y/o psíquicas provocadas por los hechos; una copia de los comprobantes de gastos de atención médica y de equipamiento y de las costas procesales no cubiertas por los seguros;
  • los comprobantes de la pérdida de ingresos;
  • en caso de fallecimiento, una copia del certificado de defunción;
  • en el caso de los parientes de la víctima, un certificado de composición familiar expedido por el Registro Civil;
  • los comprobantes de gastos funerarios (en caso de fallecimiento de la víctima directa);
  • el comprobante de fracaso escolar;
  • los comprobantes de la indemnización abonada por el autor de los hechos o de su insolvencia;
  • los comprobantes de intervención de los seguros.

¿Existen gastos administrativos o de otro tipo que deban abonarse en el momento de la recepción y la tramitación de la solicitud?

No.

¿Qué autoridad decide sobre las reclamaciones de indemnización (en los asuntos de jurisdicción nacional)?

LA COMMISSION POUR L’AIDE FINANCIÈRE AUX VICTIMES D’ACTES INTENTIONNELS DE VIOLENCE ET AUX SAUVETEURS OCCASIONNELS (COMISIÓN DE AYUDA FINANCIERA PARA LAS VÍCTIMAS DE ACTOS DE VIOLENCIA INTENCIONALES Y PARA LOS SOCORRISTAS OCASIONALES (SPF JUSTICE).

¿Dónde debo dirigir la reclamación (en los asuntos de jurisdicción nacional)?

Las reclamaciones deben presentarse rellenando el formulario de reclamación y adjuntando los justificantes y remitirse por duplicado a la siguiente dirección:

Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence
SPF Justice
Boulevard de Waterloo 115
1000 BRUXELLES

¿Tengo que estar presente durante el procedimiento o cuando se tome una decisión sobre la reclamación?

No. No es obligatorio que el solicitante esté presente en la vista cuando la Comisión resuelva sobre la reclamación.

¿Cuánto se tarda (aproximadamente) en recibir la decisión de la autoridad competente sobre una reclamación de indemnización?

Unos dieciocho meses en el caso de una indemnización principal.

Si no estoy satisfecho con la decisión de la autoridad, ¿cómo puedo impugnarla?

No es posible recurrir las resoluciones de la Comisión. Solo se puede interponer un recurso de anulación ante el Consejo de Estado belga.

¿Dónde puedo obtener los formularios necesarios y el resto de información para la presentación de una reclamación de indemnización?

En el sitio web de la Comisión o por teléfono.

¿Existe algún servicio telefónico o sitio web especial a esos efectos?

Commission pour l’aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence et aux sauveteurs occasionnels

Tel.: +32 2 542 72 07, +32 2 542 72 08, +32 2 542 72 44

Correo electrónico: commission.victimes@just.fgov.be

¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita (ayuda de un abogado) para preparar la reclamación?

La Comisión no ofrece asistencia jurídica gratuita.

Sin embargo, puede solicitarse asistencia jurídica gratuita (en determinadas condiciones) al colegio de abogados del distrito judicial competente o del lugar de residencia de la víctima.

¿Existen organizaciones de ayuda a las víctimas que puedan ayudarme a reclamar una indemnización?

Existen organismos de ayuda a las víctimas que pueden ayudarles a presentar una reclamación de ayuda financiera ante la Comisión de Ayuda Financiera.

Los municipios y las regiones de Bélgica son competentes para decidir sobre las indemnizaciones.

Para más información, en particular, sobre los diferentes organismos autorizados a brindar asistencia, consulte los siguientes enlaces:

Federación Valonia-Bruselas : http://www.victimes.cfwb.be/

Región Flamenca: https://www.slachtofferzorg.be/

 

-------------------

 

Víctimas de terrorismo:

¿Por qué tipos de delito puedo obtener una indemnización?

La Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence puede conceder una indemnización a las víctimas (y a sus allegados) de actos de terrorismo. La gestión de los expedientes de víctimas de terrorismo es competencia de la División de Terrorismo de la Commission pour l'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence.

¿Por qué tipos de lesiones puedo obtener una indemnización?

La indemnización por daños y perjuicios que concede la Comisión varía según la clase de víctima de la que se trate:

A. Víctimas directas: las personas que sufrieron un daño físico y/o psíquico como resultado directo de un acto de violencia intencional ocurrido en Bélgica.

En lo que respecta a las víctimas directas, la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • la incapacidad o invalidez temporal o permanente;
  • el daño moral;
  • la pérdida de ingresos;
  • los daños estéticos;
  • la pérdida de años de escolaridad (el fracaso escolar);
  • los gastos de atención médica;
  • las costas procesales (incluidos los honorarios de abogados) hasta un límite máximo de 6 000 EUR;
  • los gastos de equipamiento (hasta un límite máximo de 1 250 EUR).

B. Víctimas indirectas: los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya fallecido como consecuencia de un acto de violencia intencional.

En lo que respecta a esta clase de víctima, la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • el daño moral;
  • los gastos de atención médica de los allegados de la víctima;
  • los gastos funerarios (hasta un límite máximo de 6 000 EUR por fallecimiento);
  • las costas procesales;
  • la pérdida de alimentos por parte de los allegados que dependían financieramente de la víctima fallecida;
  • la pérdida de años de escolaridad.

C. Víctimas indirectas: los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya sufrido lesiones graves como consecuencia de un acto de violencia intencional.

En lo que respecta a esta clase de víctima, la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • el daño moral;
  • los gastos de atención médica de los allegados de la víctima;
  • las costas procesales;

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya fallecido a consecuencia del delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización?

Sí, los parientes (sucesores) hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya fallecido como consecuencia directa de un acto de terrorismo pueden recibir una ayuda financiera.

¿Puedo obtener una indemnización si soy familiar o persona a cargo de una víctima que haya sobrevivido al delito? ¿Qué familiares o personas a cargo de la víctima pueden obtener una indemnización en ese caso?

Sí, los parientes (sucesores) hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya sufrido lesiones graves pero que no haya fallecido como consecuencia directa de un acto de terrorismo pueden recibir una ayuda financiera .

¿Puedo obtener una indemnización si no soy nacional de un país de la UE?

Sí, la ayuda financiera que ofrece la Comisión puede obtenerse independientemente de la nacionalidad o de la situación jurídica en territorio belga de la persona.

¿Puedo reclamar una indemnización a este país si resido aquí o soy de aquí (este es mi país de residencia o nacionalidad) incluso si el delito se cometió en otro país de la UE? ¿Puedo optar por esa vía en vez de reclamar la indemnización en el país donde se cometió el delito? Si es así, ¿en qué condiciones?

La División Terrorismo de la Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence puede conceder una ayuda financiera en caso de actos de terrorismo cometidos en el extranjero contra víctimas de nacionalidad belga o que tengan su residencia habitual en Bélgica. Para ello, el acto de terrorismo debe ser reconocido como tal por el Gobierno federal belga mediante un real decreto.

¿Tengo que haber denunciado el delito ante la policía antes de poder reclamar una indemnización?

No, pero redunda en el interés de la víctima o de sus allegados darse a conocer como víctimas (de un acto de terrorismo) ante la policía o el Ministerio Fiscal.

¿Tengo que esperar al resultado de la investigación policial o del procedimiento penal para poder reclamar la indemnización?

No.

¿Tengo que tratar, en primer lugar, de obtener una indemnización del autor del delito, si este ha sido identificado?

No.

¿Puedo obtener una indemnización aunque el autor del delito no haya sido identificado o condenado? En caso afirmativo, ¿qué pruebas debo presentar en apoyo de mi reclamación?

Sí, la ayuda financiera que concede la Comisión a las víctimas de actos de terrorismo es independiente del proceso judicial.

¿Existe un límite de tiempo para reclamar una indemnización?

La reclamación de una ayuda financiera por actos de terrorismo debe presentarse ante la Comisión dentro de los tres años posteriores a la entrada en vigor del real decreto por el que se reconoce el acto de terrorismo como tal.

¿Qué pérdidas y gastos cubre la indemnización?

En lo que respecta a las víctimas directas, la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • la incapacidad o invalidez temporal o permanente;
  • el daño moral;
  • la pérdida de ingresos;
  • los daños estéticos;
  • la pérdida de años de escolaridad (el fracaso escolar);
  • los gastos de atención médica;
  • las costas procesales (incluidos los honorarios de abogados) hasta un límite máximo de 6 000 EUR;
  • los gastos de equipamiento (hasta un límite máximo de 1 250 EUR).

En lo que respecta a las víctimas indirectas (los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya fallecido como consecuencia de un acto de violencia intencional),

la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • el daño moral;
  • los gastos de atención médica de los allegados de la víctima;
  • los gastos funerarios (hasta un límite máximo de 6 000 EUR por fallecimiento);
  • las costas procesales;
  • la pérdida de alimentos por parte de los allegados que dependían financieramente de la víctima fallecida;
  • la pérdida de años de escolaridad.

En lo que respecta a las víctimas indirectas (los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y de afinidad de una víctima que haya sufrido lesiones graves como consecuencia de un acto de violencia intencional),

la Comisión puede tener en cuenta lo siguiente:

  • el daño moral;
  • los gastos de atención médica de los allegados de la víctima;
  • las costas procesales;

Cabe destacar que, en 2018, se modificará el procedimiento de concesión de ayuda financiera a víctimas de actos de terrorismo.

¿La indemnización se abona en un pago único o por mensualidades?

La ayuda financiera de la Comisión se abona en un pago único, aunque la víctima puede obtener un anticipo de la ayuda financiera.

¿De qué manera mi propio comportamiento en relación con el delito, mis antecedentes penales o la falta de cooperación por mi parte durante el procedimiento de indemnización podrían afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

La Comisión puede tener en cuenta el comportamiento de la víctima directa del acto de violencia intencional en el momento en el que tuvo lugar el hecho, así como su participación en el perjuicio.

¿De qué manera mi situación financiera podría afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

La situación financiera de la víctima no se tiene en cuenta para determinar el derecho a la indemnización y su importe.

¿Qué otros criterios podrían, en su caso, afectar a mis posibilidades de recibir una indemnización y a su importe?

La Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence tiene en cuenta la indemnización pagada por el autor de los hechos y la posible intervención de los seguros complementarios de salud o de otro tipo (principio de subsidiariedad).

¿Cómo se calcula la indemnización?

La Comisión, que es un organismo administrativo, concede la ayuda financiera en equidad.

¿Existen límites mínimos o máximos para la ayuda financiera que puede concederse?

Límite mínimo: 500 EUR
Límite máximo del anticipo de la indemnización: 30 000 EUR
Límite máximo de la indemnización principal (y monto total de la indemnización): 125 000 EUR

¿He de estimar el importe en el formulario de reclamación? En caso afirmativo, ¿recibiré instrucciones sobre cómo calcularlo o sobre otros aspectos?

No es obligatorio.

¿Las indemnizaciones que reciba de otras fuentes (como un seguro de mi empleador o cualquier otro sistema de seguro privado) por los mismos daños se deducirán de la indemnización abonada por la autoridad u organismo?

Si, la intervención de la Comisión se basa en el principio de subsidiariedad. Por tanto, se tendrán en cuenta los importes que paguen los seguros (y el autor de los hechos).

¿Puedo obtener un anticipo de la indemnización? Si es así, ¿en qué condiciones?

Es posible obtener un anticipo de la indemnización. Las víctimas de terrorismo hospitalizadas y los allegados de víctimas que hubiesen fallecido como consecuencia de un acto de terrorismo pueden obtener un anticipo de indemnización.

El límite máximo del anticipo es de 30 000 EUR.

¿Puedo obtener una indemnización adicional o complementaria (por ejemplo, a raíz de un cambio de circunstancias o empeoramiento de la salud, etc.) después de la adopción de la decisión respecto de la indemnización principal?

La víctima puede reclamar una indemnización complementaria en caso de agravamiento del daño durante los diez años posteriores a la concesión de la indemnización principal, a menos que el Estado belga ya le hubiese concedido el importe máximo de la indemnización (125 000 EUR). La víctima deberá demostrar (mediante certificados médicos) que el daño se ha agravado.

¿Qué justificantes debo adjuntar a mi reclamación?

  • El formulario de reclamación previsto para las víctimas de terrorismo (fr  Word (73 Kb) frnl  Word (66 Kb) nlen  Word (67 Kb) en);
  • una copia de la denuncia oficial y la descripción detallada de los hechos;
  • una copia de los informes médicos en los que se describan las secuelas físicas y/o psíquicas provocadas por los hechos;
  • una copia de los comprobantes de gastos de atención médica y de equipamiento y de las costas procesales no cubiertas por los seguros;
  • los comprobantes de la pérdida de ingresos;
  • en caso de fallecimiento, una copia del certificado de defunción;
  • en el caso de los parientes de la víctima, un certificado de composición familiar expedido por el Registro Civil;
  • los comprobantes de gastos funerarios (en caso de fallecimiento de la víctima directa);
  • el comprobante de fracaso escolar;
  • los comprobantes de intervención de los seguros.

¿Existen gastos administrativos o de otro tipo que deban abonarse en el momento de la recepción y la tramitación de la solicitud?

No.

¿Qué autoridad decide sobre las reclamaciones de indemnización (en los asuntos de jurisdicción nacional)?

La DIVISIÓN TERRORISMO DE LA COMMISSION POUR L'AIDE FINANCIERE AUX VICTIMES D'ACTES INTENTIONNELS DE VIOLENCE ET AUX SAUVETEURS OCCASIONNELS

¿Dónde debo dirigir la reclamación (en los asuntos de jurisdicción nacional)?

Las reclamaciones deben presentarse rellenando el formulario de reclamación y adjuntando los justificantes y remitirse por correo electrónico o postal:

Dirección postal: 
Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence – Division Terrorisme
SPF Justice
Boulevard de Waterloo 115
1000 BRUXELLES
Correo electrónico: terrorvictims@just.fgov.be

¿Tengo que estar presente durante el procedimiento o cuando se tome una decisión sobre la reclamación?

No. no es obligatorio que el solicitante esté presente en la vista cuando la Comisión resuelva sobre la reclamación.

¿Cuánto se tarda (aproximadamente) en recibir la decisión de la autoridad competente sobre una reclamación de indemnización?

En lo que respecta al anticipo de indemnización, la decisión se toma en el plazo de cuatro a seis semanas posteriores a la presentación de la reclamación, siempre que esta esté completa.

En lo que respecta a la indemnización principal, la Comisión analizará la reclamación después de la intervención de los seguros y teniendo en cuenta las secuelas definitivas que presente la víctima.

Si no estoy satisfecho con la decisión de la autoridad, ¿cómo puedo impugnarla?

No es posible recurrir las resoluciones de la Comisión. Solo se puede interponer un recurso de anulación ante el Consejo de Estado belga.

¿Dónde puedo obtener los formularios necesarios y el resto de información para la presentación de una reclamación de indemnización?

División Terrorismo de la Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence
Correo electrónico: terrorvictims@just.fgov.be

¿Existe algún servicio telefónico o sitio web especial a esos efectos?

División Terrorismo de la Commission d'aide financière aux victimes d'actes intentionnels de violence
Correo electrónico: terrorvictims@just.fgov.be
Tel.: +32 471 123 124

¿Puedo obtener asistencia jurídica gratuita (ayuda de un abogado) para preparar la reclamación?

No.

¿Existen organizaciones de ayuda a las víctimas que puedan ayudarme a reclamar una indemnización?

Existen organismos de ayuda a las víctimas que pueden ayudarles a presentar una reclamación de ayuda financiera ante la Comisión de Ayuda Financiera.

Los municipios y las regiones de Bélgica son competentes para decidir sobre las indemnizaciones.

Para más información, en particular, sobre los diferentes organismos autorizados a brindar asistencia, consulte los siguientes enlaces:

Federación Valonia-Bruselas : http://www.victimes.cfwb.be/

Región Flamenca: https://www.slachtofferzorg.be/

Última actualización: 14/01/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.