Pensiones alimenticias

A quienes quieren solicitar alimentos, por ejemplo, pidiendo al progenitor que no viva con el menor el pago de una pensión alimenticia mensual, el Derecho de la UE les legitima para interponer la demanda judicial en su Estado de origen a fin de que se declare la obligación del deudor de pagar la pensión alimenticia y se fije el importe de esta. Este tipo de sentencias se reconocen sin dificultad en los demás Estados miembros de la Unión Europea.

Para obtener información específica de un país, selecciónese la bandera correspondiente.

Régimen desde junio de 2011

Desde el 18 de junio de 2011, se aplica un nuevo conjunto de reglas en materia de alimentos. Siguen garantizando la protección judicial del alimentista, ya que le legitima para demandar judicialmente al alimentante en su Estado de origen. Además, en la mayoría de los casos, el Protocolo de La Haya de 2007 determina la ley aplicable a las obligaciones alimenticias, y las resoluciones en materia de alimentos dictadas por los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros circulan libremente en la Unión Europea y puede ejecutarse en todos los Estados miembros sin trámites adicionales. Por último, los alimentistas y alimentantes se benefician de la asistencia administrativa ofrecida por los Estados miembros.

Estas reglas se aplican en los veintisiete Estados miembros de la UE, incluida Dinamarca, en virtud del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca, de 19 de octubre de 2005, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia civil y mercantil. Sin embargo, Dinamarca no aplica algunas reglas y, en particular, las relativas a la ley aplicable y a la cooperación entre autoridades centrales.

Desde el 1 de enero de 2021, el Reino Unido dejó de ser Estado miembro de la UE. No obstante, en el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes de resolución que se hayan incoado antes del final del período transitorio deben sustanciarse con arreglo al Derecho de la UE. Hasta que acabe el año 2024, el Reino Unido es uno de los países que pueden seleccionarse en los formularios dinámicos en línea a efectos de esos procesos y procedimientos.

Las nuevas normas también disponen que las autoridades administrativas pueden considerarse órganos jurisdiccionales a efectos de procedimientos en materia de pensiones alimenticias. La lista de las autoridades puede consultarse aquí PDF (290 Kb) es.

El Portal Europeo de e-Justicia ofrece información sobre la aplicación del Reglamento y una herramienta sencilla para cumplimentar los formularios. La Red Judicial Europea en materia civil y mercantil ha elaborado una Guía de uso de los anexos del Reglamento en materia de obligaciones de alimentos, que está disponible en veintitrés lenguas.

Cuando una persona que vive en un Estado no perteneciente a la UE tiene derecho a una pensión alimenticia o debe abonar una, el Convenio sobre el cobro internacional de alimentos para los niños y otros miembros de la familia y el Protocolo sobre la ley aplicable a las obligaciones alimenticias pueden ayudar a cobrar los alimentos en Estados no pertenecientes a la UE que sean partes contratantes de estos instrumentos internacionales. El Convenio entró en vigor para la UE con respecto a terceros Estados parte de dicho Convenio desde el 1 de agosto de 2014.

Formulario estándar no obligatorio para declarar los atrasos en el pago de la pensión de alimentos

Con objeto de facilitar la aplicación práctica del Reglamento sobre obligaciones de alimentos y el ejercicio efectivo de los derechos de los ciudadanos en toda la UE, la Red Judicial Europea en materia civil y mercantil ha elaborado un formulario estándar no obligatorio para declarar los atrasos en el pago de la pensión de alimentos.

Este formulario no obligatorio sirve para facilitar el cobro de los atrasos de la pensión de alimentos y está disponible en 23 lenguas. Al formulario se adjunta una guía práctica para su cumplimentación. Está disponible en los siguientes formatos: PDF PDF (966 Kb) es y XLS Excel (197 Kb) es.

Formulario normalizado no obligatorio para las soluciones amistosas

Con el fin de facilitar la aplicación del Reglamento en materia de obligaciones de alimentos y el cobro transfronterizo efectivo de las pensiones alimenticias, la Red Judicial Europea en materia civil elaboró un formulario normalizado no obligatorio para las soluciones amistosas

Gracias a la solución amistosa de la disputa de las controversias se evitará la intervención de las autoridades judiciales y/o la incoación de un proceso de ejecución. Puede ahorrar procesos largos y complejos. El formulario servirá para que las autoridades centrales faciliten que las partes lleguen a un acuerdo amistoso y para superar las barreras lingüísticas, de modo que se logre el pago voluntario de las pensiones alimenticias. El formulario está disponible en veintitrés lenguas. El formulario está disponible en el formato siguiente: PDF PDF (58 Kb) es.

Última actualización: 09/12/2023

La Comisión Europea se encarga del mantenimiento de esta página. La información que figura en la presente página no refleja necesariamente la posición ofical de la Comisión Europea. La Comisión no asume ningún tipo de responsabilidad con respecto a la información o los datos contenidos o mencionados en el presente documento. Consúltese el aviso jurídico relativo a las normas sobre derechos de autor en relación con las páginas europeas.