Pensiones alimenticias

Finlandia
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Qué significan, en términos prácticos, los términos «alimentos» y «obligación de alimentos»? ¿Quiénes están obligados a pagar una pensión de alimentos?

Esta materia está regulada en Finlandia por la Ley sobre alimentos del menor (704/1975).

En ella se establece que el menor tiene derecho a alimentos suficientes. El concepto de «alimentos suficientes» engloba la satisfacción de las necesidades físicas y psicológicas según la fase de desarrollo del menor y abarca los costes de los cuidados y la educación que necesite y los demás relacionados.

Tienen la obligación de alimentos frente al menor sus padres, en función de sus capacidades. Si uno de los padres no cumple esa obligación, o si el hijo no vive con él de manera permanente, puede imponérsele su cumplimiento.

Los padres no tienen derecho a alimentos de su hijo.

La obligación de alimentos en favor del cónyuge está regulada en la Ley sobre el matrimonio (234/1929).

Durante el matrimonio, cada cónyuge debe contribuir, en la medida de su capacidad, a los gastos comunes del hogar y a satisfacer las necesidades del otro.

Si uno de los cónyuges no cumple esa obligación, o si los cónyuges no conviven, puede imponérsele su cumplimiento.

En caso de divorcio, tendrá la obligación de alimentos uno de los excónyuges cuando así se prevea en un convenio otorgado al efecto y lo ratifique el órgano competente de los servicios sociales municipales. También deberá pagar alimentos el excónyuge a quien se le obligue por resolución judicial. Sin embargo, son infrecuentes las resoluciones de este tipo. En general, los excónyuges se sostienen por sí mismos.

El derecho a recibir alimentos del excónyuge se extingue en caso de nuevo matrimonio.

Las disposiciones aplicables a las personas casadas son también válidas para las partes que hayan celebrado un «contrato de convivencia registrado».

No hay obligación de alimentos en ningún otro tipo de relaciones personales.

2 ¿Hasta qué edad puede un hijo recibir una pensión de alimentos? Las normas aplicables en la materia ¿difieren según si los alimentistas son menores o adultos?

El derecho del menor a recibir alimentos de sus padres se extingue al cumplir los 18 años.

No obstante, los padres deben seguir asumiendo los gastos de educación del hijo una vez que este haya cumplido los 18 años cuando se considere razonable mediante resolución judicial. Sin embargo, también son infrecuentes las resoluciones de este tipo.

Véase también la respuesta a la pregunta 1.

3 Para obtener una pensión de alimentos, ¿debo solicitarla a una autoridad competente o a un órgano jurisdiccional?

Tanto el beneficiario de los alimentos como el obligado a pagarlos pueden dirigirse a los servicios sociales municipales para que les ayuden a redactar un convenio de alimentos. El convenio ratificado por los servicios sociales municipales es directamente ejecutable, como lo sería la sentencia de un tribunal.

El artículo 8, letra a), de la Ley sobre alimentos del menor dispone que, incluso si este o el obligado a pagar alimentos no tienen domicilio en Finlandia, podrán ratificar el convenio los servicios sociales municipales siempre que tenga competencia sobre el asunto un órgano jurisdiccional finlandés de acuerdo con lo previsto en los artículos 3 o 6 del Reglamento (CE) n.º 4/2009 del y las partes hayan acordado que la obligación de alimentos se rija por la legislación finlandesa, con arreglo al artículo 7 del Protocolo de La Haya de 23 de noviembre de 2007 sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias.

En caso de conflicto sobre la obligación de alimentos, tanto el beneficiario como el obligado podrán dirigirse al órgano jurisdiccional competente para resolverlo. También los cónyuges pueden celebrar un convenio escrito sobre la obligación de alimentos y pedir al órgano competente de los servicios sociales municipales que lo ratifique.

Si así se lo solicita, dicho órgano ayudará a las partes a redactarlo.

Del mismo modo, en caso de conflicto sobre la obligación de alimentos entre cónyuges las partes pueden dirigirse al órgano jurisdiccional competente para resolverlo.

4 ¿Puede presentarse una demanda en nombre de un pariente (en caso afirmativo, en qué grado) o de un menor?

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5 Si me propongo presentar una demanda ante un órgano jurisdiccional, ¿cómo puedo saber cuál es competente?

En los asuntos transfronterizos sobre obligación de alimentos se aplican el Reglamento (CE) n.º 4/2009 del Consejo y sus reglas sobre competencia.

En concreto, serán competentes para resolver en materia de obligaciones de alimentos en los Estados miembros:

  1. el órgano jurisdiccional del lugar donde el demandado tenga su residencia habitual, o
  2. el órgano jurisdiccional del lugar donde el acreedor tenga su residencia habitual, o
  3. el órgano jurisdiccional competente en virtud de la ley del foro para determinar el estado de las personas, cuando la demanda relativa a una obligación de alimentos sea accesoria de esta acción, salvo si esta competencia se basa únicamente en la nacionalidad de una de las partes, o
  4. el órgano jurisdiccional competente en virtud de la ley del foro para conocer de una acción relativa a la responsabilidad parental, cuando la demanda relativa a una obligación de alimentos sea accesoria de esta acción, salvo si esta competencia se basa únicamente en la nacionalidad de una de las partes.

Si el asunto no tiene carácter transfronterizo, las reglas sobre competencia aplicables son las recogidas en el Código de enjuiciamiento finlandés (4/1734).

En virtud del artículo 1 del capítulo 10 de dicho Código, la competencia para el examen de una demanda contra una persona física corresponde al tribunal de primera instancia del territorio en el que esa persona tenga su domicilio o residencia permanente. Con arreglo al capítulo 10, artículo 9, las demandas sobre obligación de alimentos pueden ser examinadas también por el tribunal de primera instancia del territorio en el que tenga su domicilio o residencia permanente la parte que demande o reciba la pensión.

En caso de divorcio o fin de la convivencia pueden plantearse también cuestiones relacionadas con el convenio de alimentos, con la custodia de los hijos o con los derechos de acceso, así como con cualquier otro aspecto relacionado. En tal supuesto, el órgano jurisdiccional competente será el tribunal del divorcio.

Si la solicitud de alimentos se presenta en un procedimiento relativo a la custodia del hijo o a la paternidad, podrá ser examinada por el tribunal competente para la acción principal.

6 Como demandante, ¿necesito de algún intermediario para someter el asunto a los tribunales (por ejemplo, abogado, autoridad central o local, etc.)?En caso negativo, ¿qué procedimientos debo seguir?

No se requiere la intervención de abogado. Sin embargo, en los procedimientos judiciales suele requerirse la ayuda de expertos, por lo que es recomendable utilizar los servicios de un abogado.

En los asuntos transfronterizos sobre la obligación de alimentos, las partes pueden someter la cuestión a una autoridad central.

7 Si acudo a los tribunales, ¿debo pagar alguna tasa? En caso afirmativo, ¿cuál es su cuantía probable? Si mis medios económicos son insuficientes, ¿puedo obtener asistencia jurídica gratuita para cubrir los costes del proceso?

Los procedimientos judiciales están sujetos al pago de tasas. El importe de las tasas judiciales (86-200 euros) depende del tipo de tribunal y de las necesidades del examen del caso (Tasas de los tribunales de primera instancia).

El derecho de los demandantes a asistencia jurídica gratuita está regulado por la Ley de asistencia jurídica gratuita (257/2002) y por la Ley sobre la autoridad central de Finlandia en determinados asuntos internacionales relativos a obligaciones alimenticias (1076/2010). Los demandantes que residan en el extranjero también podrán beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita en asuntos relativos a obligaciones de alimentos cuando haya un convenio de asistencia recíproca. Finlandia ha firmado este tipo de convenios con determinados estados de los Estados Unidos y con algunas provincias de Canadá.

Se ofrece información adicional sobre la asistencia jurídica gratuita en Finlandia en: https://oikeus.fi/oikeusapu/en/index.html

8 ¿Qué tipo de pensión de alimentos puede concederme el órgano jurisdiccional y cómo se calcula? ¿La decisión judicial puede revisarse si se producen cambios en el coste de la vida o las circunstancias familiares?En caso afirmativo, ¿con qué método (por ejemplo, con un sistema de indexación automática)?

El régimen legal de alimentos en favor del menor está contenido en la Ley sobre alimentos del menor (704/1975).

Como regla general, la pensión debe pagarse mensualmente, en efectivo y por anticipado, salvo que se acuerde o establezca otra cosa. Excepcionalmente, puede disponerse su abono en un único pago, o mediante la entrega de bienes muebles o inmuebles.

La cuantía no está sujeta en Finlandia a ningún baremo, sino que se fija en cada caso concreto. Según el artículo 1 de la Ley, la pensión de alimentos ha de ser suficiente. El concepto de «alimentos suficientes» engloba la satisfacción de las necesidades físicas y psicológicas según la fase de desarrollo del menor y abarca los costes de los cuidados y la educación que necesite y los demás relacionados. Según el artículo 2, tienen la obligación de alimentos frente al menor sus padres, en función de sus capacidades. Estas capacidades vienen determinadas por su edad, su aptitud para trabajar, sus posibilidades de conseguir un trabajo remunerado, los activos y recursos de que dispongan y cualesquiera otros aspectos de su obligación legal de alimentos. Para determinar el alcance de esta obligación han de tenerse en cuenta además las capacidades del menor, sus posibilidades de atender por sí mismo a sus necesidades y los posibles factores que determinen la exclusión o reducción de la obligación de los padres.

La cuantía de la pensión se incrementa automáticamente, a intervalos regulares, en función del aumento del coste de la vida. Estos incrementos automáticos están regulados en detalle en la Ley sobre vinculación de la obligación de alimentos al coste de la vida (583/2008).

En todo caso, la cuantía fijada y la forma de pago pueden modificarse por convenio o por resolución judicial si cambian sustancialmente las circunstancias, atendiendo a la situación del menor y del padre obligado al pago.

La obligación de alimentos en favor del cónyuge está regulada en Finlandia por la Ley sobre el matrimonio. En todo caso, son infrecuentes las resoluciones judiciales sobre esta materia. En general, después del divorcio los excónyuges se sostienen por sí mismos.

Puede disponerse el pago de la pensión por tiempo indefinido o hasta que se cumpla la fecha límite fijada en el convenio, decisión o resolución judicial. También puede disponerse el pago de una sola vez, si la situación financiera del deudor y otras circunstancias lo justifican. Puede disponerse asimismo el pago de la pensión mediante la entrega de bienes muebles o inmuebles.

Para tener en cuenta el aumento del coste de la vida, la cuantía de la pensión se incrementa automáticamente, a intervalos regulares. Estos incrementos automáticos están regulados en detalle en la Ley sobre vinculación de la obligación de alimentos al coste de la vida (583/2008).

La decisión, resolución judicial o convenio celebrado entre los cónyuges pueden revisarse si lo aconseja el cambio de las circunstancias. Sin embargo, no cabe la revisión cuando se haya dispuesto el pago de una sola vez y se haya llevado a efecto este. Puede procederse a la revisión del convenio celebrado entre los cónyuges si se considera que sus condiciones son exorbitantes. Cuando la obligación de alimentos frente al excónyuge reviste la forma de pagos periódicos, se extingue en caso de nuevo matrimonio del beneficiario.

9 ¿Cómo y a quién se pagan los alimentos?

La pensión de alimentos al menor se paga al titular de la responsabilidad parental (en la cuenta bancaria que este indique).

La pensión de alimentos al excónyuge se paga a este (en la cuenta bancaria que este indique).

Por regla general, la pensión de alimentos debe pagarse mensualmente, en efectivo y por anticipado, salvo que se acuerde o establezca otra cosa. Excepcionalmente, puede disponerse su abono en un único pago, o mediante la entrega de bienes muebles o inmuebles.

10 ¿Si el alimentante (deudor) no paga voluntariamente, qué acciones pueden emprenderse para obligarle/a a ello?

El beneficiario de la pensión de alimentos o, cumpliéndose determinadas condiciones, el Instituto de la Seguridad Social de Finlandia (Kela) (véase el apartado 12) pueden solicitar la ejecución forzosa si el obligado al pago de la misma en virtud de resolución judicial o de convenio no cumple su obligación.

La solicitud debe presentarse al agente judicial, en la forma prevista en la Ley sobre ejecución forzosa. También el órgano competente de los servicios sociales municipales puede prestar asesoramiento en asuntos relacionados con el Derecho de familia.

Si el excónyuge obligado al pago de alimentos no cumple esta obligación de acuerdo con el convenio ratificado por el órgano competente de los servicios sociales municipales o con la decisión o resolución judicial pertinentes, el beneficiario puede solicitar la ejecución forzosa al agente judicial, en la forma prevista en la Ley sobre ejecución forzosa.

11 Le rogamos describa sucintamente las limitaciones que, en el sistema de su país, puedan dificultar el cumplimiento de esta obligación, especialmente las normas de protección de deudores o los plazos de prescripción.

Ejecución y normas sobre protección del deudor

En caso de ejecución, primero se notifica el procedimiento al deudor y se le entrega un recordatorio de pago. Normalmente, se le concede un plazo a partir de entonces para que realice el pago.

Si el deudor no paga tras recibir el recordatorio o no se pone en contacto de forma voluntaria con el organismo de ejecución en relación con el pago, dicho organismo inicia una investigación de sus ingresos y activos mediante las consultas registrales oportunas.

Tanto esa investigación como cualquiera posterior están reguladas de forma estricta.

En la mayoría de los casos, se embargan los ingresos del deudor y sus saldos bancarios. En general, puede embargarse hasta un tercio del salario, de la pensión, de la prestación por desempleo o de la prestación por maternidad. Se consideran también ingresos las pagas extraordinarias, las prestaciones complementarias, las comisiones, los honorarios y las demás percepciones. Los importes embargados se calculan sobre la base de los ingresos netos. Son inembargables las ayudas y prestaciones sociales, como las ayudas para vivienda y la prestación por hijos. También es posible acordar un plan de pago como alternativa al embargo periódico de los ingresos.

Las medidas de ejecución forzosa y los planes de pago han de tener en cuenta, en todo caso, la parte de los activos del deudor protegida por la ley, es decir, la correspondiente a lo que necesita para sobrevivir. Esta parte protegida, fijada en forma de porcentaje, se revisa con arreglo al índice aplicable a las pensiones nacionales. Esos porcentajes, acompañados de ejemplos, pueden consultarse en: https://oikeus.fi/ulosotto/en/index/velallisenaulosotossa/palkanulosmittaus.html

El deudor puede recurrir contra las medidas de ejecución, si bien la presentación del recurso no suspenderá la ejecución, salvo que así lo disponga un órgano jurisdiccional mediante una resolución al efecto.

Plazo de prescripción de las deudas por alimentos

Según el artículo 16, letra c), de la Ley sobre alimentos del menor, toda pensión de alimentos periódica, junto con los posibles intereses de demora devengados sobre ella, deberá cobrarse en el plazo de cinco años a partir del primer día del año siguiente a aquel en que debiera haberse pagado. En caso contrario, prescribirá el derecho a la pensión. La pensión de alimentos en un único pago, junto con los intereses de demora devengados por ella, deberá cobrarse en el plazo de cinco años a partir de la fecha de vencimiento de la obligación y, a más tardar, en el plazo de cinco años a partir de la fecha en que el beneficiario de la pensión cumpla la mayoría de edad.

Análogamente, el Instituto de la Seguridad Social de Finlandia deberá recuperar del deudor toda ayuda de alimentos en favor de un menor que haya abonado como consecuencia del impago de una pensión de alimentos en el plazo de cinco años a contar desde el primer día del año siguiente a aquel en el que debiera haberse pagado esta. En caso contrario, prescribirá el derecho a la pensión, según el artículo 22 de la Ley sobre alimentos del menor (580/2008).

12 ¿Existe alguna organización o autoridad que pueda ayudar al acreedor a cobrar la pensión de alimentos?

Si el obligado a pagar alimentos no hace el pago, el beneficiario podrá solicitar la ejecución forzosa al agente judicial. El organismo de ejecución orientará al beneficiario sobre el modo de presentar la solicitud. También el órgano competente de los servicios sociales municipales puede prestar asesoramiento en asuntos de Derecho de familia. Véanse los apartados 13 y 14. Los organismos de ejecución no cobran ninguna tasa por la ejecución forzosa de las obligaciones de alimentos. Puede consultarse información adicional sobre el procedimiento en: https://oikeus.fi/ulosotto/en/index.html

Si el beneficiario de una pensión de alimentos percibe una ayuda del Instituto de la Seguridad Social de Finlandia (Kela) por impago de la pensión por parte del deudor, no podrá proceder contra este último reclamando el pago. Es el Instituto de la Seguridad Social quien podrá actuar entonces contra el deudor para recuperar de él el importe de la ayuda que haya concedido (derecho de repetición) (artículo 19 de la Ley 580/2008 sobre alimentos del menor). Si la cuantía de la pensión de alimentos es superior a la ayuda concedida por el Instituto de la Seguridad Social y el obligado no cumple su obligación de pago, el Instituto de la Seguridad Social abonará la cuantía íntegra de la pensión y podrá dirigirse contra el deudor para recuperarla. Si la recupera, pagará la diferencia entre la cuantía de la pensión y la ayuda al progenitor que tenga la custodia del menor.

En los asuntos transfronterizos relativos al cobro de pensiones de alimentos, las partes podrán someter la cuestión al Ministerio de Justicia, en su condición de autoridad central.

13 ¿Puede algún organismo (público o privado) anticipar total o parcialmente el pago de alimentos en lugar del deudor?

Si el obligado a pagar alimentos no hace los pagos correspondientes resultantes de un convenio de alimentos o de una resolución judicial en relación con un menor residente en Finlandia, este tiene derecho a una ayuda para alimentos del Instituto de la Seguridad Social de Finlandia (Kela). Puede consultarse información sobre las ayudas para menores que abona el Instituto de la Seguridad Social en su sitio web: http://www.kela.fi/elatustuki (Ley 583/2008, sobre vinculación de la obligación de alimentos al índice del coste de la vida)

El menor tiene derecho asimismo a una ayuda para alimentos si la pensión que se le reconoce en el convenio o en la resolución judicial es en ese momento, como consecuencia de las dificultades económicas del progenitor obligado al pago, inferior a la cuantía de la ayuda que se conceda. En tales casos, el Instituto de la Seguridad Social abonará la diferencia entre la ayuda y la pensión. Por su parte, el deudor le pagará la pensión especificada en el convenio o la resolución judicial. Si el obligado a pagar alimentos no puede atender los pagos, podrá fijarse la cuantía de la pensión en 0 euros. En tal caso, el Instituto de la Seguridad Social desembolsará el importe íntegro de la ayuda para alimentos.

Los requisitos para la percepción de la ayuda están recogidos en la Ley sobre alimentos del menor (580/2008). Pueden solicitar la ayuda el titular de la responsabilidad parental, o su representante legal, o quien tenga su custodia de buena fe. También puede solicitarla el menor que haya cumplido 15 años y viva de forma independiente. El pago de la ayuda de alimentos al menor por parte del Instituto de la Seguridad Social no exime al deudor de su obligación de pagar íntegramente la pensión. Cuando el Instituto de la Seguridad Social conceda al menor una ayuda de alimentos como consecuencia del impago de la pensión por parte del obligado, tendrá el derecho —y la obligación— de recuperar de este la totalidad de las cantidades pendientes de pago.

En el caso de las pensiones de alimentos a favor del cónyuge, no se concede en caso de impago ninguna ayuda pública.

14 Si estoy en este Estado miembro y el deudor tiene fijada su residencia en otro país:

14.1 ¿Puedo obtener la asistencia de alguna autoridad u organismo privado en este Estado miembro?

El Ministerio de Justicia es la autoridad central en Finlandia en relación con la normativa internacional sobre el cobro de las pensiones de alimentos (véanse, por ejemplo, el Reglamento (CE) n.º 4/2009 del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos, y el Convenio de La Haya de 2007 sobre Cobro Internacional de Alimentos para Niños y otros Miembros de la Familia). Sus obligaciones comprenden la recepción de las solicitudes de alimentos, su remisión a las autoridades competentes y la iniciación de los procedimientos correspondientes.

Si el obligado al pago de alimentos reside en un país con el que exista un convenio internacional para el cobro de las obligaciones de alimentos, el solicitante podrá ponerse en contacto con el Ministerio de Justicia para cobrar la pensión en ese país. En caso necesario, se aconseja a los solicitantes que se pongan en contacto con su oficina local de asistencia jurídica gratuita o con un abogado privado (por ejemplo, para obtener asesoramiento sobre el modo preparar la documentación de la solicitud). También el órgano competente de los servicios sociales municipales puede prestar asesoramiento en asuntos de Derecho de familia.

Si el beneficiario de una pensión de alimentos percibe una ayuda del Kela por impago de la pensión por parte del deudor, el Instituto podrá actuar entonces contra el deudor para recuperar de él el importe de la ayuda que haya concedido (derecho de repetición) (artículo 19 de la Ley 580/2008 sobre alimentos del menor). En tal caso, el Instituto cobrará los pagos pendientes de la pensión de alimentos en nombre del beneficiario, que no podrá tomar ninguna medida para cobrar la deuda. Si la cuantía de la pensión es superior a la de la ayuda pagada por el Instituto de la Seguridad Social, este abonará el importe íntegro de la ayuda y tratará de recuperar del obligado la pensión de alimentos impagada en su totalidad. Si logra recuperarla, pagará la diferencia entre el importe de la pensión y la ayuda al progenitor que tenga la custodia del menor.

El cónyuge con derecho a una pensión de alimentos solo puede recibirla del otro cónyuge. El cónyuge beneficiario de la pensión podrá ponerse en contacto con un agente judicial para averiguar si el cónyuge residente en el extranjero tiene activos en Finlandia que puedan embargarse con arreglo a la Ley sobre ejecución forzosa. También puede solicitarse asistencia al Ministerio de Justicia para el cobro de pensiones de alimentos en el extranjero.

14.2 En caso afirmativo, ¿cómo puedo ponerme en contacto con esa autoridad u organismo privado?

Los datos de contacto del Ministerio de Justicia (autoridad central) son los siguientes:

Dirección: Ministerio de Justicia
PO BOX 25
00023 Gobierno

Teléfono: +358 29516001
Fax: +358 9 1606 7524
Correo electrónico: maintenance.ca@om.fi

El sitio web del Ministerio de Justicia puede consultarse en: https://oikeusministerio.fi

Los datos de contacto del Instituto de la Seguridad Social de Finlandia (Kela) son los siguientes:
Dirección: Kansaneläkelaitos,
Perintäkeskus
PO BOX 50
00601 Helsinki

Teléfono: +35820 634 4940 (particulares), +35820 634 4942 (organismos del sector público) 
Fax: +358 20 635 3330

Correo electrónico: maintenance@kela.fi

El sitio web del Instituto de la Seguridad Social (Kela) puede consultarse en: https://www.kela.fi/web/en

Los sitios web de las oficinas de asistencia jurídica gratuita pueden consultarse en: https://oikeus.fi/oikeusapu/en/index/yhteystiedot.html

Los datos de contacto de los órganos competentes de los servicios sociales municipales pueden encontrarse en la guía telefónica o llamando al servicio de información telefónica de Finlandia, en cuyo caso deberá indicar con qué órgano desea ponerse en contacto. Finlandia tiene unos 320 municipios.

15 Si estoy en otro país y el deudor está en este Estado miembro:

15.1 ¿Puedo presentar una reclamación directamente a esa autoridad u organismo privado de este Estado miembro?

Los solicitantes de otros países recibirán una mejor atención si se dirigen a la autoridad central competente de su país, que se pondrá en contacto con el Ministerio de Justicia de Finlandia. (Véanse los apartados 13, 14 y 15).

Los solicitantes también pueden ponerse en contacto directamente con las autoridades finlandesas.

15.2 En caso afirmativo, ¿cómo puedo ponerme en contacto con esa autoridad u organismo privado y qué tipo de asistencia me puede dispensar?

Véase la respuesta a la pregunta 15.

Si el beneficiario de una pensión de alimentos (un menor o un cónyuge) y el obligado a abonarla viven en países distintos, el Ministerio de Justicia podrá prestar asistencia a cualquiera de ellos, así como a las autoridades competentes del otro país. El solicitante (el menor o el cónyuge con derecho a pensión) puede dirigirse al Ministerio pidiéndole que vele por la ejecución en Finlandia de una decisión, resolución judicial o convenio sobre alimentos dictados u otorgados en un país extranjero y por que la pensión obtenida por el procedimiento de ejecución forzosa se abone en la cuenta bancaria indicada por el beneficiario. No obstante, el Ministerio de Justicia no puede sustituir al deudor en el pago de la pensión de alimentos.

En aplicación de varios regímenes internacionales, las funciones del Ministerio de Justicia en calidad de autoridad central abarcan también, por ejemplo, la asistencia para dar con el paradero de un deudor o acreedor, la búsqueda de información sobre los ingresos de un deudor o acreedor y la asistencia para determinar el parentesco, si fuera necesario para cobrar las pensiones de alimentos.

16 ¿Está este Estado miembro vinculado por el Protocolo de La Haya de 2007?

Sí.

17 Si no lo está,¿qué leyes son aplicables a las demandas de alimentos conforme a sus normas de Derecho privado internacional?¿Cuáles son las normas de Derecho privado internacional correspondientes?

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18 ¿Cuáles son las normas de acceso a la justicia en los asuntos transfronterizos dentro de la UE conforme a la estructura del capítulo V del Reglamento sobre obligaciones de alimentos?

Si el Ministerio de Justicia o una persona autorizada por este, en virtud de sus funciones en calidad de autoridad central en el marco de los regímenes internacionales en vigor, representa a un solicitante ante un órgano jurisdiccional u otra autoridad en Finlandia, el solicitante tendrá derecho a asistencia jurídica gratuita, sin perjuicio de cualesquiera otras disposiciones legales sobre la materia. Este principio será aplicable a los asuntos relativos a:

  1. la determinación de la necesidad de reconocimiento o la posibilidad de ejecución en Finlandia de una resolución sobre alimentos dictada en otro país;
  2. la declaración de paternidad;
  3. la imposición a un progenitor de la obligación de alimentos frente a su hijo menor;
  4. la modificación de una pensión de alimentos concedida a un menor, a solicitud de este o de su representante.

No obstante, lo dispuesto en los apartados 2 a 4 solo será aplicable si el menor no ha cumplido los 21 años al iniciarse el procedimiento.

Si el Ministerio de Justicia o una persona autorizada por este, en virtud de sus funciones en calidad de autoridad central en el marco de los regímenes internacionales en vigor, representa a un solicitante en la ejecución de una resolución sobre alimentos, el solicitante no tendrá que hacer frente a los costes de la ejecución.

En los demás casos, el solicitante podrá pedir que se le conceda asistencia jurídica pública. El término «asistencia jurídica gratuita» designa la utilización por el solicitante de los servicios de un abogado para resolver un asunto judicial cuyos costes son sufragados total o parcialmente por el Estado. Puede solicitarse asistencia jurídica gratuita para todo tipo de asuntos. En general, se restringe a los asuntos de los que conoce un órgano jurisdiccional finlandés. Puede solicitarse en cualquiera de las oficinas de asistencia jurídica gratuita, con independencia del lugar de residencia del solicitante, aunque, como es lógico, lo más cómodo es dirigirse a la oficina más próxima. El solicitante debe presentar un desglose de sus ingresos, los gastos para los que solicita financiación, y sus activos y deudas. Asimismo debe adjuntar una descripción del asunto para el que solicita la asistencia e información sobre el seguro de defensa jurídica que, en su caso, tenga contratado. Encontrará más información en: https://oikeus.fi/oikeusapu/en/index.html

Las autoridades finlandesas competentes en materia de ejecución no cobran ninguna tasa por sus servicios.

19 ¿Qué medidas ha adoptado este Estado miembro para asegurar el funcionamiento de las actividades que se describen en el artículo 51 del Reglamento sobre obligaciones de alimentos?

El Ministerio de Justicia es la autoridad central designada, con arreglo al artículo 51 del Reglamento. Sus funciones están reguladas también en otras disposiciones de la legislación nacional, como la Ley sobre la autoridad central en Finlandia en determinados asuntos internacionales en materia de alimentos (1076/2010).

 

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Última actualización: 15/02/2024

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