Insolvencia y quiebra

Suecia
Contenido facilitado por
European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

INTRODUCCIÓN

En Suecia, el Reglamento sobre insolvencia (insolvensforördning) prevé el concurso, la reorganización de negocios y la reestructuración de deudas. Algunos aspectos de las normas suecas relativas a estos procedimientos de conformidad con el artículo 86, apartado 1, del Reglamento sobre insolvencia revisado se exponen brevemente a continuación. La descripción no pretende ser exhaustiva.

CONCURSO

Generalidades

El concurso (konkurs) es una forma de ejecución general de créditos en la que todos los acreedores de un deudor toman los activos totales de este, de manera conjunta y forzosa, para liquidar sus respectivos créditos. Durante el concurso, los activos constituyen un patrimonio concursal (konkursbo) que se administra en beneficio de los acreedores. El patrimonio lo gestionan uno o varios administradores concursales (konkursförvaltare). Su única tarea es gestionar dicho patrimonio. El examen de la solicitud de concurso, la decisión de declaración de concurso y la gestión del mismo tienen lugar en el marco de un procedimiento concursal ante el tribunal del distrito (tingsrätt). Durante un procedimiento concursal, el tribunal resuelve varios asuntos: determina cómo se distribuirá el patrimonio, por ejemplo, o si las deudas deben probarse. En el tribunal se realizan otros pasos, como la prestación de un juramento en el que el deudor jura el inventario de los activos. El administrador es supervisado por la Autoridad de Ejecución (Kronofogdemyndigheten).

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Generalidades

Un comerciante que esté atravesando dificultades de pago puede ser autorizado, mediante una decisión judicial, a someterse a un procedimiento especial para reorganizar su negocio (företagsrekonstruktion). El tribunal designa a un agente de reorganización de negocios (rekonstruktör) para determinar si algunas o todas las operaciones del deudor pueden proseguir y, de ser así, de qué modo, y si se dan las condiciones adecuadas para que el deudor llegue a un acuerdo financiero (uppgörelse) o convenio (ackord) con los acreedores. En el desempeño de sus obligaciones, el agente de reorganización de negocios debe actuar de tal forma que se garantice que no se descuidan los intereses de los acreedores. La decisión de reorganizar un negocio no limita formalmente el control del deudor sobre su propiedad.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Generalidades

La reestructuración de deudas (skuldsanering) libera al deudor, total o parcialmente, de su obligación de pago de las deudas incluidas en la operación de reestructuración. Desde noviembre de 2016, existen dos tipos de reestructuración de deudas en Suecia: la reestructuración de deudas (skuldsanering) de conformidad con la Ley de reestructuración de deudas (skuldsaneringslagen), y la reestructuración de deudas empresariales (F-skuldsanering) de conformidad con la Ley de reestructuración de deudas empresariales (skuldsaneringslagen för företagare). Ambos tipos se explican a continuación.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

1 ¿Contra quién puede incoarse un procedimiento de insolvencia?

CONCURSO

Los procedimientos concursales pueden iniciarse en relación con personas físicas o jurídicas (incluidas las personas físicas que no desempeñan actividades comerciales).

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Los procedimientos de reorganización de negocios pueden iniciarse en relación con personas físicas o jurídicas, siempre que la persona en cuestión sea un comerciante. Algunas personas jurídicas quedan excluidas de la Ley, como los bancos, las empresas del mercado crediticio, las aseguradoras y las empresas de negociación de valores.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

La reestructuración de deudas puede concederse a personas físicas [incluidas aquellas que desempeñan actividades comerciales privadas (enskild näringsverksamhet)].

Las solicitudes de reestructuración de deudas son gestionadas por la Autoridad de Ejecución en primera instancia.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

La reestructuración de deudas empresariales puede concederse a las siguientes personas físicas:

1. comerciantes que hayan desempeñado una actividad comercial, si la carga de la deuda procede mayoritariamente de dicha actividad;

2. comerciantes que desempeñen una actividad comercial, si las deudas procedentes de dicha actividad pueden liquidarse correctamente, o si la incapacidad de liquidar esas deudas solo es temporal; o

3. miembros de la familia de un empresario, si la carga de la deuda del miembro de la familia de que se trate procede mayoritariamente de la actividad comercial del empresario.

Por «miembro de la familia» (närstående) se entiende un cónyuge, conviviente, progenitor, hermano, hijo o hijo del cónyuge o conviviente.

Las solicitudes de reestructuración de deudas empresariales son gestionadas por la Autoridad de Ejecución en primera instancia.

2 ¿Cuáles son las condiciones para la apertura de un procedimiento de insolvencia?

CONCURSO

Para iniciar un procedimiento concursal el deudor debe haber incurrido en un impago. «Impago» (obestånd, insolvens) significa que el deudor no puede satisfacer debidamente el pago de sus deudas, y que dicha incapacidad de pago no es solo temporal. La declaración de un deudor por la que se declara insolvente será aceptada salvo si existen motivos específicos que lo desaconsejen. Existen también determinadas presunciones en relación con la prueba de impago. Por ejemplo, el deudor debe ser considerado insolvente, salvo que se demuestre lo contrario, si se han emprendido los procedimientos de ejecución conformes al capítulo 4 del Código de Ejecución (utsökningsbalken), y han permitido determinar que, en los seis meses previos a la solicitud de concurso, el deudor no disponía de suficientes activos para satisfacer el pago íntegro del crédito objeto de ejecución. Se aplica lo mismo si el deudor ha declarado la suspensión de pagos.

La solicitud de concurso puede ser presentada por el deudor o un acreedor.

Si existen motivos razonables para aprobar la solicitud de concurso, y hay razones para creer que el deudor pueda escamotear parte de la propiedad, el tribunal puede ordenar el secuestro (kvarstad) de la propiedad del deudor a la espera de la evaluación de la solicitud. El tribunal también está facultado para imponer una prohibición de viaje.

El tribunal del distrito debe publicar la decisión en la que se declara el concurso de forma inmediata. Aunque la decisión cobra efecto inmediatamente, por lo que el deudor perderá el control de su propiedad tan pronto como se anuncie, se prevé cierta protección para las expectativas legítimas de terceros. Véase también la información que se facilita en el apartado «¿Qué facultades tienen el deudor y el administrador judicial, respectivamente?».

Toda decisión de declaración de un concurso o de desestimación de la solicitud correspondiente que adopte un tribunal de distrito es impugnable ante el tribunal superior.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

La solicitud de reorganización del negocio puede ser presentada por el deudor o un acreedor. Una decisión en la que se autorice la reorganización del negocio solo puede tomarse si se acepta que el deudor no puede satisfacer sus deudas vencidas o que pronto no podrá satisfacerlas. Solo podrá tomarse una decisión de este tipo cuando existan motivos razonables para suponer que se logrará el objetivo de la reorganización del negocio. Una solicitud presentada por un acreedor únicamente podrá ser aprobada con el consentimiento del deudor.

Si la solicitud de un deudor se considera admisible, el tribunal debe evaluarla de inmediato, excepto cuando dicha solicitud haya sido presentada después de la solicitud de un acreedor y el tribunal haya decidido que debe celebrarse una vista para examinarla. Si la solicitud de un acreedor se considera admisible, el tribunal debe fijar una fecha para una vista con el fin de examinarla. La vista se celebrará en las dos semanas posteriores a la presentación de la solicitud ante el tribunal. Podrá celebrarse más tarde si existen motivos especiales para ello, pero en ningún caso en un plazo superior a seis semanas.

Si se aprueba la solicitud, el tribunal debe designar a un agente de reorganización de negocios al mismo tiempo. Podrán ser designados varios agentes de reorganización de negocios si existen motivos especiales para ello. En el plazo de una semana tras la decisión de autorización de la reorganización del negocio, el agente responsable debe notificársela a todos los acreedores conocidos. Las decisiones de reorganización de negocios son aplicables de inmediato, salvo que el tribunal determine lo contrario.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Un deudor puede presentar una solicitud de reestructuración de deudas. Si la solicitud no se desestima por ser inadmisible o estar infundada, debe tomarse la decisión de iniciar la reestructuración de deudas lo antes posible. Una solicitud podrá ser desestimada por estar infundada, por ejemplo, si se desprende de ella o de algún otro informe disponible que no se cumplen las condiciones para la reestructuración de deudas.

Se podrá permitir una reestructuración de deudas si:

1. el deudor es una persona física cuyos intereses principales se encuentran en Suecia;

2. el deudor no puede pagar debidamente sus deudas y se acepta que, en vista de todas las circunstancias del caso, esta incapacidad de pago persistirá en un futuro próximo (el deudor debe ser considerado insolvente); y

3. es razonable hacerlo en vista de las circunstancias personales y financieras del deudor.

Se aplicarán las limitaciones siguientes:

1. no se podrá autorizar una reestructuración de deudas si el deudor está sujeto a una orden por la que se le inhabilita para desempeñar una actividad económica (näringsförbud);

2. si el deudor es un comerciante, se podrá permitir la reestructuración de deudas solo si las circunstancias financieras del negocio pueden investigarse fácilmente; y

3. si el deudor ha sido autorizado previamente a efectuar una reestructuración de deudas, podrá autorizarse una nueva reestructuración de deudas solo si existen motivos especiales para hacerlo.

Si se toma la decisión de iniciar un proceso de reestructuración de deudas, debe publicarse inmediatamente una notificación a tal efecto en el boletín oficial, Post- och Inrikes Tidningar. También debe remitirse una notificación a los acreedores conocidos en el plazo de una semana después de la publicación. Estas notificaciones deben invitar a los acreedores inter alia a presentar sus créditos contra el deudor, normalmente por escrito en el plazo de un mes después de la fecha de publicación, con indicación de los detalles de los mismos y cualquier otra información pertinente para la evaluación del caso, y los datos de la cuenta en la que deberán efectuarse los pagos durante el proceso de reestructuración de deudas.

Podrá interponerse un recurso contra una decisión de incoación del proceso de reestructuración de deudas en el plazo de tres semanas después de la fecha de la decisión.

Después de la decisión de incoación, no podrán embargarse propiedades (utmätning) para ejecutar créditos originados antes de dicha decisión, hasta que la cuestión de la reestructuración de deudas haya sido resuelta por una decisión firme. No obstante, esto no se aplica a los créditos que no abarque la reestructuración. Tampoco es aplicable si, en caso de recurso, un tribunal decide, a petición de un acreedor, que el embargo debe autorizarse.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

Un deudor puede presentar una solicitud de reestructuración de deudas empresariales. Si la solicitud no se desestima por ser inadmisible o estar infundada, debe tomarse la decisión de iniciar la reestructuración de deudas empresariales lo antes posible. Una solicitud podrá desestimarse por estar infundada, por ejemplo, si de ella o de algún otro informe disponible se desprende que no se cumplen las condiciones para la reestructuración de deudas empresariales.

Se podrá permitir una reestructuración de deudas empresariales si:

1. los intereses principales del deudor se encuentran en Suecia;

2. el deudor no puede pagar debidamente sus deudas y se acepta que, en vista de todas las circunstancias del caso, esta incapacidad de pago persistirá en un futuro próximo (el deudor debe ser considerado insolvente); y

3. es razonable hacerlo en vista de las circunstancias personales y financieras del deudor.

Se aplicarán las limitaciones siguientes:

1. no se podrá autorizar una reestructuración de deudas empresariales si el deudor está sujeto a una orden por la que se le inhabilita para desempeñar una actividad económica;

2. la reestructuración de deudas empresariales no podrá autorizarse si el deudor es un comerciante que desempeña o ha desempeñado su actividad económica de forma irresponsable;

3. la reestructuración de deudas empresariales no podrá autorizarse si el deudor tiene un margen trimestral de pago de menos de una séptima parte del importe base del precio (prisbasbeloppet) establecido en los apartados 6 y 7 del capítulo 2 del Código de la Seguridad Social (socialförsäkringsbalken) (aproximadamente 6 300 SEK en 2016); y

4. si el deudor ha sido autorizado previamente a efectuar una reestructuración de deudas, podrá autorizarse una nueva reestructuración de deudas solo si existen motivos especiales para hacerlo.

Si se toma la decisión de iniciar un proceso de reestructuración de deudas empresariales, debe publicarse inmediatamente una notificación a tal efecto en el boletín oficial, Post- och Inrikes Tidningar. También debe remitirse una notificación a los acreedores conocidos en el plazo de una semana después de la publicación. Estas notificaciones deben invitar a los acreedores inter alia a presentar sus créditos frente al deudor, normalmente por escrito y en el plazo de un mes desde la fecha de publicación, con indicación de los detalles de los mismos y cualquier otra información pertinente para la evaluación del caso, y los datos de la cuenta en la que deberán efectuarse los pagos durante el proceso de reestructuración de deudas empresariales.

Podrá interponerse un recurso contra una decisión de incoación del proceso de reestructuración de deudas empresariales en el plazo de tres semanas después de la fecha de la decisión.

Después de la decisión de incoación del proceso, no podrán embargarse propiedades para ejecutar créditos originados antes de dicha decisión, hasta que la cuestión de la reestructuración de deudas empresariales haya sido resuelta por una decisión firme. No obstante, esto no se aplica a los créditos que no abarque la reestructuración. Tampoco es aplicable si, en caso de recurso, un tribunal decide, a petición de un acreedor, que el embargo debe autorizarse.

3 ¿Qué bienes forman parte de la masa del deudor? ¿Cómo se tratan los activos que son adquiridos por el deudor o que se le transfieren tras la apertura del procedimiento de insolvencia?

CONCURSO

Excepto que se establezca lo contrario en normas de exención especiales para los actos jurídicos realizados por el deudor o cualquier otra parte inmediatamente después de la decisión de incoación del concurso, el patrimonio concursal incluye todas las propiedades pertenecientes al deudor cuando se publicó la decisión concursal o que acumule el deudor durante el proceso concursal y que puedan utilizarse para la ejecución de los créditos. También se incluye cualquier propiedad que pueda añadirse al patrimonio concursal mediante la reintegración de créditos. En el caso de las personas físicas, existen normas especiales que se aplican a los salarios y a otras propiedades que el deudor necesite para su subsistencia. El deudor puede retener parte de tales propiedades.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

El agente de reorganización de negocios debe notificar la decisión de reorganización del negocio a todos los acreedores conocidos en el plazo de una semana tras la decisión. Con la notificación debe adjuntarse, en particular, un inventario preliminar de los activos y los pasivos del deudor. Así pues, todos los activos están cubiertos por el proceso. No obstante, cabe destacar que la reorganización de negocios puede concluir con un convenio público con los acreedores, si bien no es obligatorio.

Los créditos basados en un acuerdo suscrito por el deudor durante un proceso de reorganización de negocios con el consentimiento del agente de reorganización de negocios tienen un carácter preferente general (allmän förmånsrätt). Un ejemplo de acuerdo de este tipo puede ser un acuerdo relativo a la financiación del negocio que se formalice con el consentimiento del agente de reorganización de negocios durante el proceso de reorganización.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Una decisión por la que se aprueba la reestructuración de deudas debe establecer un plan de pagos. El plan de pagos tendrá una duración de cinco años, excepto que haya motivos de peso para fijar una duración menor. El plan de pagos se inicia en la fecha de la decisión por la que se aprueba la reestructuración. Sin embargo, el deudor empieza a realizar pagos desde la fecha de la decisión de incoación del proceso, y el período durante el cual se ha aplicado dicha decisión debe deducirse, por lo general, de la duración del plan de pagos.

El importe que debe abonar el deudor está determinado de modo que la reestructuración de deudas se aplica a todos los activos e ingresos del deudor, después de la deducción de lo que deba retenerse para su subsistencia y la de su familia. También puede realizarse una reserva para el pago de los créditos que no abarque la reestructuración de deudas.

Si las circunstancias financieras del deudor mejoran considerablemente después de la decisión de reestructuración de deudas, y ello se debe a circunstancias imprevistas, tanto él como los acreedores pueden solicitar que se reevalúe la decisión.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

En caso de reestructuración de deudas empresariales debe establecerse un plan de pagos. El plan de pagos tiene una duración de tres años. El plan de pagos se inicia en la fecha de la decisión por la que se aprueba la reestructuración. Sin embargo, el deudor empieza a realizar pagos desde la fecha de la decisión de incoación del proceso, y el período durante el cual se ha aplicado dicha decisión debe deducirse, por lo general, de la duración del plan de pagos.

El importe que debe abonar el deudor se determina de modo que la reestructuración de deudas empresariales se aplica a todos los activos e ingresos del deudor, después de la deducción de lo que deba retenerse para su subsistencia y la de su familia. También puede realizarse una reserva para el pago de los créditos que no abarque la reestructuración de deudas empresariales.

Si las circunstancias financieras del deudor mejoran considerablemente después de la decisión de reestructuración de deudas empresariales, tanto él como los acreedores pueden solicitar que se reevalúe la decisión.

4 ¿Qué competencias tienen el deudor y el administrador concursal, respectivamente?

CONCURSO

Una vez que se anuncie la decisión concursal, el deudor pierde el control de cualquier propiedad que forme parte del patrimonio concursal. El deudor no podrá contraer ninguna obligación que pueda invocarse durante el concurso. Existen algunas exenciones. Durante el proceso concursal el patrimonio concursal está representado por el administrador. El administrador es designado por el tribunal del distrito y debe tener los conocimientos y la experiencia especiales necesarios para la tarea y ser apto para llevarla a cabo en otros aspectos. Ninguna persona que trabaje en un tribunal puede ser nombrada administrador. Ninguna persona que tenga algún conflicto de intereses puede ser nombrada administrador.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Un agente de reorganización de negocios debe tener los conocimientos y la experiencia especiales necesarios para la tarea, debe gozar de la confianza de los acreedores y debe ser apto para la labor en otros aspectos.

El agente de reorganización de negocios analiza la situación financiera del deudor y, tras consultarlo con él, elabora un plan en el que se establece cómo deben lograrse los objetivos de la reorganización. El plan debe facilitarse al tribunal y a los acreedores. El agente de reorganización de negocios puede recurrir a la asistencia de expertos.

El deudor debe facilitar al agente de reorganización de negocios toda la información relativa a su situación financiera que sea pertinente para la reestructuración del negocio. Debe seguir sus instrucciones en relación con la manera en que debe gestionarse el negocio. Existen algunos actos jurídicos que el deudor no puede realizar sin el consentimiento del agente de reorganización de negocios. Cabe citar el pago de las deudas originadas antes de la decisión, la asunción de nuevas obligaciones y la transferencia o pignoración de propiedad de importancia significativa para el negocio del deudor. Si el deudor no cumple estas obligaciones, no obstante, el acto jurídico en cuestión sigue siendo válido.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

No se nombra a un administrador. Durante el proceso de reestructuración de deudas el deudor conserva el control de su propiedad.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

No se nombra a un administrador. Durante el proceso de reestructuración de deudas el deudor conserva el control de su propiedad.

5 ¿En qué condiciones pueden reclamarse las compensaciones?

CONCURSO

Un crédito frente al deudor que pueda hacerse valer durante el concurso puede ser utilizado por el acreedor para compensar un crédito del deudor frente al acreedor ya existente en el momento del anuncio de la decisión concursal. Tal operación no es posible si la compensación se ha excluido del concurso debido a la naturaleza de los créditos de que se trate. Existen normas especiales que se aplican a los créditos condicionales. También hay exenciones, en particular para los créditos adquiridos recientemente (correspondientes en gran medida a las disposiciones sobre la reintegración en el patrimonio).

En relación con los mercados financieros, existen disposiciones especiales con el fin de que los acuerdos de compensación y similares relativos, en particular, a los instrumentos financieros, sean aplicables en relación con el patrimonio concursal y los acreedores.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Cualquier persona con un crédito sobre el deudor en el momento de la presentación de la solicitud de reorganización del negocio puede, incluso aunque el crédito no haya vencido, utilizarlo para compensar un crédito del deudor frente al acreedor ya existente en aquel momento. Tal operación no es posible si la compensación se ha excluido debido a la naturaleza de los créditos en cuestión o queda excluida de otro modo por las disposiciones de la Ley de Reorganización de Negocios. También hay exenciones, en particular para los créditos adquiridos recientemente (correspondientes en gran medida a las disposiciones sobre la reintegración en el patrimonio).

En relación con los mercados financieros, existen disposiciones especiales con el fin de que los acuerdos de compensación y similares relativos, en particular, a los instrumentos financieros, sean aplicables en relación con el patrimonio concursal y los acreedores cuyos créditos están cubiertos por un convenio público con los acreedores.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

No existen normas especiales en cuanto a la compensación.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

No existen normas especiales en cuanto a la compensación.

6 ¿Qué efectos tienen los procedimientos de insolvencia sobre los contratos en curso de los que el deudor es parte?

CONCURSO

La Ley Concursal no contiene ninguna norma general sobre el carácter vinculante, para el patrimonio concursal, de los acuerdos formalizados por el deudor. En principio, dicho patrimonio es una persona jurídica independiente y no debe responder de ninguna obligación que pueda surgir de tales acuerdos. El patrimonio concursal puede elegir devenir parte de los acuerdos formalizados por el deudor cuando proceder de tal modo propicie la liquidación. Esto normalmente exigirá el consentimiento de la otra parte.

Existen disposiciones especiales en otros instrumentos legislativos, como la Ley de Ventas (köplagen) y la Ley de Comercio en Instrumentos Financieros (lagen om handel med finansiella instrument). De conformidad con la Ley de Ventas, el patrimonio concursal puede elegir devenir parte de un acuerdo si una de las partes ha sido declarada en quiebra. La otra parte puede solicitar que el patrimonio concursal le notifique oportunamente su voluntad de participar en el acuerdo.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Si, antes de la decisión de reorganización del negocio, la contraparte del deudor tenía derecho a cancelar un acuerdo debido a la aparición o previsión de aparición de una disputa en relación con los pagos o la ejecución en algún otro sentido, la contraparte no podrá cancelar el acuerdo debido a dicha disputa una vez que se haya tomado la decisión, si el deudor solicita oportunamente y con el consentimiento del agente de reorganización de negocios que se ejecute el acuerdo en cuestión. A solicitud de la contraparte, el deudor debe notificar oportunamente a la contraparte si el acuerdo se ejecutará. En caso de ejecución del acuerdo, existen normas especiales relativas a las modalidades de ejecución. También existen disposiciones especiales en la Ley de Ventas y normas especiales relativas a cuestiones como los contratos de empleo y los instrumentos financieros.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

No existen normas especiales en relación con el efecto de la reestructuración de deudas en un contrato en vigor.

Véase también el apartado «¿Cuáles son las condiciones y los efectos del cierre del procedimiento de insolvencia?».

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

No existen normas especiales en relación con el efecto de la reestructuración de deudas empresariales en un contrato en vigor.

Consulte también «¿Cuáles son las condiciones y los efectos del cierre del procedimiento de insolvencia?».

7 ¿Qué efectos tiene un procedimiento de insolvencia sobre los procedimientos incoados por acreedores individuales (con excepción de los procesos en curso)?

CONCURSO

Una vez que se ha anunciado la decisión concursal, la propiedad incluida en el patrimonio concursal generalmente no se podrá embargar (utmäta) para ejecutar ningún crédito frente al deudor. Esto se aplica automáticamente una vez que se ha iniciado el concurso. Existen algunas exenciones aplicables a los créditos con un determinado nivel de preferencia. Cualquier embargo (utmätning) que se efectúe en contra de esta prohibición será nulo e inválido. Sin perjuicio del concurso, una propiedad podrá ser embargada si existe un derecho prendario (panträtt) sobre la propiedad en cuestión para la satisfacción del crédito.

Si el embargo se ha efectuado antes del anuncio de la decisión concursal, por norma general la ejecución podrá continuar independientemente del proceso concursal. Hay algunas excepciones.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Mientras la reorganización del negocio esté en curso, no podrá efectuarse ningún embargo ni ninguna otra medida de ejecución contra el deudor de conformidad con el Código de Ejecución. Hay excepciones, por ejemplo en caso de que el acreedor tenga un derecho prendario o de retención (retentionsrätt) para la satisfacción de la reclamación. No se podrá facilitar asistencia de conformidad con la Ley de Contratos de Compras a Plazos entre Comerciantes (lagen (1978:599) om avbetalningsköp mellan näringsidkare m.fl.). Durante el proceso de reorganización del negocio, no podrán tomarse decisiones por las que se imponga el secuestro (kvarstad) o el derecho de preferencia de un acreedor (betalningsäkring).

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Después de la decisión de incoación del proceso, no podrá embargarse ninguna propiedad para ejecutar créditos originados antes de dicha decisión, hasta que la cuestión de la reestructuración de deudas haya sido resuelta por una decisión firme. No obstante, esto no se aplica a los créditos que no abarque la reestructuración. Tampoco es aplicable si, en caso de recurso, un tribunal decide, a petición de un acreedor, que el embargo debe autorizarse.

Si el deudor es declarado en quiebra, la solicitud de reestructuración de deudas expira.

Si se admite para su consideración una solicitud de negociación de un convenio público con acreedores después de que el deudor haya solicitado una reestructuración de deudas, deberá suspenderse el procedimiento de reestructuración de deudas. Si se confirma el convenio, la solicitud de reestructuración de deudas expira.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

Después de la decisión de incoación del proceso, no podrá embargarse ninguna propiedad para ejecutar créditos originados antes de la decisión, hasta que la cuestión de la reestructuración de deudas empresariales haya sido resuelta por una decisión firme. No obstante, esto no se aplica a los créditos que no abarque la reestructuración. Tampoco es aplicable si, en caso de recurso, un tribunal decide, a petición de un acreedor, que el embargo debe autorizarse.

Si el deudor es declarado en quiebra, la solicitud de reestructuración de deudas empresariales expira.

Si se admite para su consideración una solicitud de negociación de un convenio público con acreedores después de que el deudor haya solicitado una reestructuración de deudas empresariales, deberá suspenderse el procedimiento de reestructuración de deudas. Si se confirma el convenio, la solicitud de reestructuración de deudas empresariales expira.

8 ¿Qué efectos tiene un procedimiento de insolvencia sobre la continuación de los procesos en curso en el momento de la apertura de dicho procedimiento de insolvencia?

CONCURSO

Si está en curso un litigio entre el deudor y otra parte en relación con alguna propiedad incluida en el patrimonio concursal, este último puede ocupar el lugar del deudor en el proceso. Si el patrimonio concursal no asume el lugar del deudor, se considera que la propiedad no se incluye en el patrimonio. Si se han emprendido acciones legales contra el deudor para satisfacer un crédito que puede hacerse valer en el procedimiento concursal, el patrimonio concursal puede unirse al pleito del lado del deudor. Existen más disposiciones en relación con este procedimiento.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

La ejecución de créditos está, en principio, prohibida durante el proceso de reorganización del negocio, sin que ello impida, no obstante, que un litigio en curso entre el deudor y otra parte pueda continuar y, evidentemente, concluirse.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Véase el apartado «¿Qué efecto tiene un procedimiento de insolvencia en un procedimiento emprendido por acreedores individuales?».

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

Véase el apartado «¿Qué efecto tiene un procedimiento de insolvencia en un procedimiento emprendido por acreedores individuales?».

9 ¿Cuáles son los principales elementos de la participación de los acreedores en el procedimiento de insolvencia?

CONCURSO

Los acreedores no tienen una función formal en el procedimiento de concurso. El administrador debe consultar a los acreedores particularmente afectados si nada lo impide. Los acreedores también tienen derecho a recibir información del administrador y a presenciar, por ejemplo, las prestaciones de juramento. Un acreedor puede solicitar que se nombre a un supervisor (granskningsman) para supervisar la administración del patrimonio concursal en su nombre.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Cuando un tribunal se pronuncia a favor de la reorganización del negocio, debe fijar una fecha para una reunión de acreedores, que se celebrará en el tribunal. La reunión se celebrará en un plazo de tres semanas desde la fecha de la decisión de reorganización del negocio, salvo que fijar un plazo más largo sea inevitable.

En la reunión de acreedores, los acreedores tienen la oportunidad de expresar sus opiniones sobre si la reorganización del negocio debe continuar. Si un acreedor lo solicita, el tribunal designará a una comisión de acreedores entre los acreedores. La comisión estará compuesta por un máximo de tres miembros. En algunos casos, los empleados también tendrán derecho a nombrar a un representante como miembro adicional de la comisión. El tribunal puede nombrar a más miembros si hay motivos especiales para hacerlo. El agente de reorganización de negocios debe consultar a la comisión de acreedores en relación con las cuestiones de importancia si no hay nada que lo impida.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Véase el apartado «¿Cuáles son las normas sobre la presentación, la verificación y la admisión de reclamaciones?».

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

10 ¿De qué forma puede el administrador concursal utilizar o enajenar bienes de la masa?

CONCURSO

Durante el concurso, los activos constituyen un patrimonio concursal que se administra en beneficio de los acreedores (véanse los apartados anteriores). El patrimonio es gestionado por uno o más administradores concursales. Por norma general, la propiedad del patrimonio debe venderse lo más rápido que razonablemente sea posible. Si el deudor ha venido gestionado un negocio, en determinadas circunstancias el administrador puede mantenerlo en funcionamiento en nombre del patrimonio concursal.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Durante la reorganización del negocio, el deudor no pierde el control de sus activos.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

No se nombra a un administrador.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

No se nombra a un administrador.

11 ¿Qué créditos deben reconocerse en la masa del deudor y qué tratamiento tienen los créditos nacidos después de la apertura del procedimiento de insolvencia?

CONCURSO

En Suecia los concursos pueden dividirse en dos categorías, concursos sin prueba de deudas (bevakning) y concursos con prueba de deudas. No se realiza una prueba de deudas salvo que se determine lo contrario. Esto se debe a que los acreedores sin créditos preferentes no suelen recibir nada en caso de concurso. El tribunal del distrito, previa solicitud del administrador, puede decidir que las deudas deben probarse. Se procederá así si cabe suponer que los créditos no preferentes recibirán algún pago en la distribución durante el procedimiento concursal. Si se decide que debe tener lugar un procedimiento de prueba de deudas, los créditos que puedan hacerse valer durante el procedimiento concursal generalmente deberán probarse para que el acreedor reciba algún tipo de pago durante la distribución. Los derechos de preferencia también deben probarse. Cuando un acreedor tiene un derecho prendario o de retención sobre una propiedad, no obstante, no hay necesidad de probar la deuda para que el acreedor tenga derecho al pago de la propiedad en cuestión.

El hecho de que el deudor pierda el control de su propiedad significa que no puede contraer obligaciones exigibles durante el procedimiento concursal. Si el deudor contrae o incurre en obligaciones después del inicio del citado procedimiento, esas obligaciones no suelen poder probarse durante el concurso. Según jurisprudencia reiterada, en algunos casos el deudor puede recuperar el control sobre un activo determinado si el administrador se abstiene explícitamente de reclamarlo.

El patrimonio concursal, representado por el administrador, puede, por ejemplo formalizando un acuerdo, asumir derechos y responsabilidades que generen créditos respecto al propio patrimonio (massafordringar). En principio, este tipo de créditos tienen preferencia sobre los créditos concursales ordinarios (konkursfordringar). La remuneración del administrador y otras deudas similares (conocidas como costes concursales, konkurskostnader), no obstante, deben satisfacerse con recursos del patrimonio concursal antes que cualquier otra deuda en la que haya incurrido el patrimonio. Si los costes concursales no pueden cubrirse con el patrimonio concursal, deben ser abonados generalmente por el Estado. En principio, los créditos concursales se satisfacen solo después de que los costes concursales y los créditos sobre el propio patrimonio se hayan abonado.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

No existen normas generales para la notificación de créditos en caso de reorganización del negocio. En un caso de esta índole, no obstante, el tribunal puede, a solicitud del deudor, decidir autorizar las negociaciones para un convenio público (offentligt ackord) con los acreedores. Cabe la posibilidad de que el acreedor tenga que presentar sus créditos dentro del marco de las negociaciones del convenio (véase a continuación). Solo los acreedores cuyos créditos se hayan originado antes de la presentación de la solicitud de reorganización del negocio participan en las negociaciones del convenio. No obstante, no todos los acreedores participan en ellas: por ejemplo, un acreedor cuyo crédito pueda satisfacerse mediante compensación o con un crédito preferente no participará. El agente de reorganización de negocios elabora un inventario de los activos y pasivos del patrimonio. Si una persona tiene un crédito que no figura en el inventario del patrimonio o aparece mientras tanto, y desea participar en las negociaciones del convenio, debe presentar el crédito por escrito al agente de reorganización de negocios a más tardar una semana antes de la reunión de acreedores.

Los créditos basados en acuerdos suscritos por el deudor con el consentimiento del agente de reorganización de negocios durante la reorganización del negocio disfrutan de una preferencia general.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Una reestructuración de deudas cubre esencialmente todos los créditos en dinero contra un deudor ya originados antes de la fecha en que se anuncie la decisión de incoación. Por ello, los acreedores deben presentar todos los créditos generados antes de la citada decisión y que abarque la reestructuración de deudas, ya que, de lo contrario, existe el riesgo de que el deudor sea liberado de su responsabilidad de pago de las deudas en cuestión (véase el apartado «¿Cuáles son las condiciones y los efectos del cierre del procedimiento de insolvencia?»).

Una reestructuración de deudas, no obstante, no cubre los créditos siguientes:

1. los créditos por manutención familiar, en caso de que la Agencia de la Seguridad Social (Försäkringskassan) o un organismo público extranjero no hayan asumido el derecho de la parte elegible a recibir alimentos;

2. los créditos respecto a los que el acreedor tenga un derecho prendario u otro derecho de preferencia en virtud de las secciones 6 o 7 de la Ley de Preferencia (förmånsrattslagen [1970:979]), o un derecho de retención, siempre que la garantía sea suficiente para que se pueda satisfacer el crédito;

3. los créditos respecto a los que el acreedor haya obtenido, antes de que se anuncie la decisión de incoación, un derecho de preferencia en virtud de la sección 8 de la Ley de Preferencia en relación con la propiedad sobre la que deba ejecutarse el crédito;

4. los créditos cuyo pago no haya vencido y que estén condicionados a la contraprestación que deba aportar el acreedor; o

5. los créditos objeto de disputa.

Si un crédito es condicional, su importe no está definido o su fecha de pago no ha vencido, puede ser objeto de una decisión de exclusión de la reestructuración de deudas. Si un crédito puede considerarse infundado, debe decidirse que no estará cubierto por la reestructuración de deudas.

Los créditos originados después de la decisión de incoación no están cubiertos por la reestructuración de deudas.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

Una reestructuración de deudas empresariales cubre esencialmente todos los créditos en dinero contra el deudor ya originados antes de la fecha en que se anuncie la decisión de incoación. Por ello, los acreedores deben notificar todos los créditos generados antes de la decisión de incoación y que abarque la reestructuración de deudas empresariales, ya que, de lo contrario, existe el riesgo de que el deudor sea liberado de su responsabilidad de pago de las deudas en cuestión (véase el apartado «¿Cuáles son las condiciones y los efectos del cierre del procedimiento de insolvencia?»).

Una reestructuración de deudas empresariales, no obstante, no cubre los créditos siguientes:

1. los créditos por manutención familiar, en caso de que la Agencia de la Seguridad Social o un organismo público extranjero no hayan asumido el derecho de la parte elegible a recibir alimentos;

2. los créditos respecto a los que el acreedor tenga un derecho de preferencia en virtud de la sección 5 de la Ley de Preferencia (1970:979), siempre que la garantía sea suficiente para que se pueda satisfacer el crédito;

3. los créditos respecto a los que el acreedor tenga un derecho prendario u otro derecho de preferencia en virtud de las secciones 6 o 7 de la Ley de Preferencia, o un derecho de retención, siempre que la garantía sea suficiente para que se pueda satisfacer el crédito;

4. los créditos respecto a los que el acreedor haya obtenido, antes de que se anuncie la decisión de incoación, un derecho de preferencia en virtud de la sección 8 de la Ley de Preferencia en relación con la propiedad sobre la que deba ejecutarse el crédito;

5. los créditos cuyo pago no haya vencido y que estén condicionados a la contraprestación que deba aportar el acreedor; o

6. los créditos objeto de disputa.

Si un crédito es condicional, su importe no está definido o su fecha de pago no ha vencido, puede ser objeto de una decisión de exclusión de la reestructuración de deudas empresariales. Si un crédito puede considerarse infundado, debe decidirse que no estará cubierto por la reestructuración de deudas empresariales.

Los créditos originados después de la decisión de incoación no están cubiertos por la reestructuración de deudas empresariales.

12 ¿Qué normas rigen el reconocimiento, verificación y admisión de los créditos?

CONCURSO

En general, solo los créditos ya originados antes de que la decisión concursal haya sido anunciada podrán hacerse valer durante el concurso. Un crédito podrá hacerse valer durante el concurso aunque sea condicional o no haya vencido su fecha de pago.

Para los casos en los que no se realiza la prueba de deudas, ninguna norma requiere que el acreedor presente su crédito de un modo concreto. En caso de concurso sin prueba de deudas, el administrador, según su propia iniciativa, deberá garantizar que los créditos preferentes reciban su parte en la distribución. En principio nada impide que un acreedor haga valer su crédito en términos vagos hasta el tiempo límite para la impugnación de la distribución propuesta.

Si cabe suponer que los activos son suficientes para el pago a los acreedores que no gozan de preferencia, deben probarse las deudas (véanse los apartados anteriores para obtener más información sobre la prueba de deudas). En caso de que el tribunal del distrito decida que las deudas deben probarse, establecerá un período de entre cuatro y diez semanas para la presentación de pruebas. La decisión de realizar la prueba de deudas se publicará. Los acreedores deben presentar sus créditos por escrito dentro del plazo establecido. Si un acreedor tiene un derecho prendario o de retención sobre una propiedad, no es necesario que presente una prueba de la deuda como parte de este procedimiento para obtener el pago con cargo a la propiedad. Si las deudas se han probado y un acreedor desea presentar un crédito o ejercer un derecho prendario después del plazo de presentación de pruebas, puede presentar las pruebas ex post (efterbevakning). Debe hacerlo a más tardar en la fecha en la que el administrador establezca la distribución propuesta, en otras palabras, antes de que la propuesta se presente ante el tribunal y se publique. Si un acreedor no presenta pruebas de su crédito, pierde la oportunidad de recibir el pago con cargo a los activos que abarque la decisión de distribución. En principio, el acreedor podrá recibir posteriormente el pago en relación con su crédito solo si se pasa a disponer de nuevos recursos (distribución ex post, efterutdelning).

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Según se ha mencionado anteriormente, no existe una obligación general de que los acreedores presenten créditos en caso de reorganización del negocio, pero cabe la posibilidad de que el acreedor tenga que presentar sus créditos como parte de las negociaciones del convenio que puedan tener lugar. El agente de reorganización de negocios debe elaborar un plan de reorganización del negocio. El plan suele mostrar cómo puede resolverse la situación financiera del deudor y cómo se van a mejorar sus resultados operativos. El contenido del plan, no obstante, puede adaptarse a las circunstancias de cada caso.

En determinadas circunstancias, puede celebrarse un convenio público con los acreedores en el contexto de una reorganización del negocio. El deudor presenta una solicitud de negociación de un convenio.

Las solicitudes de negociación de un convenio deben contener una propuesta de convenio en la que se detalle cuánto ofrece el deudor a efectos del pago y cuándo se realizará el pago, y si se ha presentado alguna garantía en relación con el convenio y, de ser así, qué incluye. Debe adjuntarse una lista de inventario de los activos y pasivos del patrimonio.

Si la solicitud de negociación de un convenio se considera admisible, el tribunal debe dictaminar que se autoricen las negociaciones correspondientes de inmediato. Al mismo tiempo, el tribunal debe establecer una fecha para una reunión de acreedores, que se celebrará en el tribunal, convocar la reunión y publicar la decisión.

El deudor, el agente de reorganización de negocios y los acreedores tienen la posibilidad de impugnar cualquier crédito que vaya a ser incluido en el convenio. Existen normas especiales que regulan la posibilidad de participar en la negociación del convenio en relación con los créditos no incluidos en el inventario del patrimonio.

Solo los acreedores cuyos créditos sean anteriores a la presentación de la solicitud de reorganización del negocio pueden participar en las negociaciones de un convenio. Los acreedores cuyos créditos puedan satisfacerse mediante compensación o tengan preferencia no participan en las negociaciones. Los acreedores que en caso de concurso habrían tenido derecho al pago solo después de otros acreedores tampoco participan, salvo si los demás acreedores que sí participan en las negociaciones lo permiten.

A solicitud de cualquier acreedor, el deudor debe jurar el inventario del patrimonio en la reunión de acreedores.

Los acreedores votan el convenio propuesto en la reunión de acreedores. Una propuesta de convenio que satisfaga al menos el 50 % del importe de los créditos se considera aprobada por los acreedores si tres quintas partes de quienes votan lo hacen a favor y sus créditos ascienden a tres quintas partes del importe total de los créditos con derecho a voto. Si el porcentaje es inferior, la propuesta de convenio se aprueba si tres cuartas partes de los que votan están a favor y sus créditos ascienden a tres cuartas partes del importe total de los créditos con derecho a voto.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Si se toma la decisión de incoar un proceso de reestructuración de deudas, debe publicarse inmediatamente una notificación a tal efecto en el boletín oficial, Post- och Inrikes Tidningar. También debe remitirse una notificación a los acreedores conocidos en el plazo de una semana después de la publicación. En ellas se les debe invitar inter alia a presentar sus créditos respecto al deudor, normalmente por escrito en el plazo de un mes después de la fecha de publicación, con indicación de los detalles de sus créditos y de cualquier otra información pertinente para la evaluación del caso, así como de los datos de la cuenta en la que deberán efectuarse los pagos durante el proceso de reestructuración de deudas.

Después de la decisión de incoación, una vez que se haya reunido información suficiente, se redacta una propuesta de reestructuración de deudas. Esta propuesta se envía a todos los acreedores conocidos cuyos créditos abarque la propuesta, con una invitación para que presenten sus comentarios dentro de un plazo determinado. El que algún acreedor no presente observaciones no impide que se dicte una decisión de aprobación de la reestructuración de deudas.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

Si se toma la decisión de incoar un proceso de reestructuración de deudas empresariales, debe publicarse inmediatamente una notificación a tal efecto en el boletín oficial, Post- och Inrikes Tidningar. También debe remitirse una notificación a los acreedores conocidos en el plazo de una semana después de la publicación. En ella se les debe invitar inter alia a presentar sus créditos contra el deudor, normalmente por escrito en el plazo de un mes después de la fecha de publicación, con indicación de los detalles de sus créditos y de cualquier otra información pertinente para la evaluación del caso, así como de los datos de la cuenta en la que deberán efectuarse los pagos durante el proceso de reestructuración de deudas.

Después de la decisión de incoación, una vez que se haya reunido información suficiente, se redacta una propuesta de reestructuración de deudas empresariales. Esta propuesta se envía a todos los acreedores conocidos cuyos créditos abarque la propuesta, con una invitación para que presenten sus comentarios dentro de un plazo determinado. El que algún acreedor no presente observaciones no impide que se dicte una decisión de aprobación de la reestructuración de deudas empresariales.

13 ¿Qué normas rigen la distribución de los créditos? ¿Qué prelación tienen los créditos y los derechos de los acreedores?

CONCURSO

Si los activos del patrimonio concursal son insuficientes para pagar los costes concursales y las deudas del propio patrimonio, el concurso deberá cancelarse (véanse los apartados anteriores sobre los costes concursales y las deudas del patrimonio). Si el concurso se cancela (avskrivas), en principio no se efectuará una distribución a los acreedores.

Si el concurso no se cancela, el dinero del patrimonio concursal que no se utilice para pagar los costes concursales y las deudas del patrimonio se distribuye a los acreedores. En principio, la distribución debe ser conforme a las disposiciones de la Ley de Preferencia.

La Ley de Preferencia regula los derechos recíprocos de los acreedores a recibir pagos en caso de concurso. A continuación se facilitan unos breves datos en relación con la Ley de Preferencia.

Una preferencia en relación con un pago puede ser especial o general. Una preferencia especial hace referencia a una propiedad determinada (por ejemplo, un derecho prendario, de retención o una hipoteca [inteckning] sobre bienes inmuebles). Una preferencia general hace referencia a toda la propiedad incluida en el patrimonio concursal del deudor (como los costes en los que incurran los acreedores para llevar el deudor a concurso y la remuneración del agente de reorganización de negocios si el concurso de que se trate hubiera estado precedido por un reestructuración de ese tipo). Las preferencias especiales prevalecen sobre las generales. Los créditos que no gocen de preferencia tienen idéntica prelación. También puede preverse en un acuerdo que un acreedor tenga derecho al pago únicamente después de que todos los demás acreedores hayan sido satisfechos (un crédito subordinado, efterställd fordran).

La preferencia se mantiene incluso si el crédito se transfiere o se embarga o se cede de otro modo a otra parte.

Si un crédito goza de una preferencia especial en relación con una propiedad determinada, pero la propiedad en cuestión es insuficiente para satisfacerlo, el resto se tratará como un crédito sin preferencia.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

En caso de reorganización del negocio no se realiza una distribución, excepto que se celebre un convenio público con los acreedores.

Un convenio público puede prever que los créditos se reduzcan y liquiden de una forma específica. El convenio debe conceder a todos los acreedores los mismos derechos, y al menos el 25 % del importe de los créditos, salvo si todos los acreedores conocidos que abarque el convenio aprueban un porcentaje inferior o hay motivos concretos para aceptar un porcentaje inferior. La distribución mínima prescrita debe saldarse en el plazo de un año después de la aprobación del convenio, salvo que los acreedores conocidos acepten un período de pago más prolongado. Un convenio también puede prever que al deudor se le conceda únicamente un período de mora en los pagos u alguna otra condonación especial.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Todos los créditos que abarque la reestructuración de deudas gozan de los mismos derechos. A un crédito, no obstante, pueden concedérsele derechos menos favorables con el consentimiento del acreedor pertinente, o puede saldarse antes que otros créditos si el importe disponible en la distribución es pequeño y es razonable hacerlo teniendo en cuenta la escala de las deudas y otras circunstancias.

Las disposiciones que regulan los créditos se establecen en la decisión que autoriza la reestructuración de deudas.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

Todos los créditos que abarque la reestructuración de deudas empresariales gozan de los mismos derechos. A un crédito, no obstante, pueden concedérsele derechos menos favorables con el consentimiento del acreedor pertinente, o puede saldarse antes que otros créditos si el importe disponible en la distribución es pequeño y es razonable hacerlo teniendo en cuenta la escala de las deudas y otras circunstancias.

Las disposiciones que regulan los créditos se establecen en la decisión que autoriza la reestructuración de deudas.

14 ¿Qué condiciones y efectos tiene la conclusión de los procedimientos de insolvencia (en particular mediante convenio)?

CONCURSO

Si el deudor acepta pagar sus deudas o ha alcanzado otro acuerdo con los acreedores (un acuerdo voluntario, frivillig uppgörelse), el tribunal del distrito debe decidir suspender el concurso. En casos de concurso con prueba de deudas, también puede concluirse un concurso mediante una decisión por la que se apruebe un convenio (ackord i konkurs). En otros casos, el concurso se concluye mediante una cancelación (avskrivning, si los activos son insuficientes para pagar los costes concursales y los créditos sobre el propio patrimonio) o la distribución a los acreedores.

El concurso no libera a una persona física de la obligación de pagar sus deudas (las normas sobre la reestructuración de deudas son diferentes). Las deudas que no se hayan pagado, por lo tanto, seguirán existiendo después del concurso (salvo si están cubiertas por un acuerdo voluntario o convenio con los acreedores).

Las personas jurídicas concursadas son disueltas al término del procedimiento concursal (las disposiciones que regulan este aspecto se encuentran en la legislación sobre el derecho a formar asociaciones). Así pues, en principio los acreedores no pueden hacer valer ningún crédito pendiente contra una persona jurídica después del concurso.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Si se formaliza un convenio público, será vinculante para todos los acreedores, tanto conocidos como desconocidos, facultados para participar en las negociaciones del convenio. Los acreedores que en caso de concurso tengan derecho al pago después de otros acreedores perderán su derecho a recibir un pago del deudor, salvo si todos los acreedores con derecho a participar en las negociaciones del convenio quedan completamente satisfechos con el convenio. Los acreedores con preferencia en relación con una propiedad determinada quedan vinculados por el convenio en relación con los importes que no puedan obtenerse de esa propiedad.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Una decisión de reestructuración de deudas libera al deudor de la obligación de pago de las deudas que abarque dicha reestructuración, en la medida en que se reduzca su importe. La decisión de reestructuración de deudas también libera al deudor de la obligación de pagar deudas desconocidas, excepto que sean deudas que no pueden ser cubiertas por una reestructuración de este tipo.

Una reestructuración de deudas significa que el derecho a percibir un interés o penalizaciones por mora en relación con los créditos cubiertos por la reestructuración expira por lo que respecta al período posterior a la fecha en que se haya anunciado la decisión de incoación.

Una reestructuración de deudas no afecta a los derechos de un acreedor en relación con un avalista o cualquier otro responsable de la deuda en cuestión además del deudor.

En la decisión de aprobación de la reestructuración de deudas debe establecerse un plan de pagos. El plan de pagos tendrá una duración de cinco años, excepto que haya motivos de peso para fijar una duración menor. El plan de pagos se inicia en la fecha de la decisión por la que se aprueba la reestructuración. A la hora de establecer la fecha de vencimiento del plan de pagos, normalmente debe deducirse de su duración el período durante el cual se haya aplicado la decisión de incoación del proceso, excepto que haya motivos para deducir un período inferior en vista de las acciones del deudor después de dicha decisión.

Una decisión de reestructuración de deudas puede ser cancelada o enmendada en determinadas circunstancias. A petición de un acreedor cuyo crédito esté cubierto por la reestructuración de deudas puede ser cancelada o, en los casos mencionados en los puntos 6 y 7, enmendada, si:

1. el deudor ha sido deshonesto con el acreedor;

2. el deudor ha obstruido deliberadamente el procedimiento de concurso o una medida de ejecución;

3. el deudor ha favorecido secretamente a un acreedor determinado para influir en la decisión relativa a la reestructuración de deudas;

4. el deudor ha presentado deliberadamente información incorrecta en su solicitud de reestructuración de deudas o en otro momento de la tramitación del caso, en detrimento del acreedor;

5. el deudor ha facilitado información incorrecta, lo que ha dado lugar a una decisión de una autoridad pública en relación con los impuestos u obligaciones cubiertos por la reestructuración de deudas, o no ha facilitado información pese a habérsele solicitado y ello ha dado lugar a la toma de una decisión errónea o ninguna decisión;

6. el deudor no cumple el plan de pagos y la desviación respecto a este es considerable; o

7. las circunstancias financieras del deudor han mejorado considerablemente después de la decisión de reestructuración de deudas, y ello se debe a circunstancias que no podían preverse cuando se tomó la decisión.

En los casos mencionados en el punto 7, la solicitud debe presentarse en un plazo de cinco años desde la fecha de la decisión de incoación o, si el plan de pagos vencerá más tarde, antes de la fecha de vencimiento del plan. En caso de que se enmiende una decisión de reestructuración de deudas, la duración del plan de pagos puede ser de un máximo de siete años.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

Una decisión de reestructuración de deudas empresariales libera al deudor de la obligación de pago de las deudas que abarque dicha reestructuración, en la medida en que se reduzca su importe. La reestructuración también libera al deudor de la obligación de pagar deudas desconocidas, excepto que sean deudas que no pueden ser cubiertas por una reestructuración de este tipo.

Una reestructuración de deudas empresariales significa que el derecho a percibir un interés o penalizaciones por mora en relación con los créditos que abarque la reestructuración expira por lo que respecta al período posterior a la fecha en que se haya anunciado la decisión de incoación.

Una reestructuración de deudas no afecta a los derechos de un acreedor en relación con un avalista o cualquier otro responsable de la deuda en cuestión además del deudor.

En la decisión de aprobación de la reestructuración de deudas empresariales debe establecerse un plan de pagos. El plan de pagos tiene una duración de tres años. Se inicia en la fecha de la decisión por la que se aprueba la reestructuración.

Una decisión de reestructuración de deudas puede ser cancelada o enmendada en determinadas circunstancias. A petición de un acreedor cuyo crédito esté cubierto por la reestructuración de deudas, puede ser cancelada o, en los casos mencionados en los puntos 6 y 7enmendada, si

1. el deudor ha sido deshonesto con el acreedor;

2. el deudor ha obstruido deliberadamente el procedimiento de concurso o una medida de ejecución;

3. el deudor ha favorecido secretamente a un acreedor determinado para influir en la decisión relativa a la reestructuración de deudas;

4. el deudor ha presentado deliberadamente información incorrecta en su solicitud de reestructuración de deudas o en otro momento de la tramitación del caso, en detrimento del acreedor;

5. el deudor ha facilitado información incorrecta, lo que ha dado lugar a una decisión de una autoridad pública en relación con los impuestos u obligaciones cubiertos por la reestructuración de deudas empresariales, o no ha facilitado información pese a habérsele solicitado y ello ha dado lugar a la toma de una decisión errónea o ninguna decisión;

6. el deudor no cumple el plan de pagos, y la desviación respecto a este es considerable; o

7. las circunstancias financieras del deudor han mejorado considerablemente después de la decisión de reestructuración de deudas.

En los casos mencionados en el punto 7, la solicitud debe presentarse en un plazo de tres años desde la fecha de la decisión de incoación o, si el plan de pagos vencerá más tarde, antes de la fecha de vencimiento del plan. En caso de que se enmiende una decisión de reestructuración de deudas empresariales, la duración del plan de pagos puede ser de un máximo de cinco años.

15 ¿Qué derechos tienen los acreedores tras la conclusión del procedimiento de insolvencia?

CONCURSO

Según se ha mencionado anteriormente, el concurso no libera a una persona física de la obligación de pagar sus deudas, mientras que las personas jurídicas concursadas son disueltas después del procedimiento correspondiente.

Si se pasa a disponer de recursos para la distribución después del concurso, se prevé una distribución ex post.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Para más información sobre el convenio público con los acreedores, véanse las secciones precedentes. Si no se ha suscrito un convenio público y el deudor no ha formalizado un acuerdo voluntario o cualquier otro acuerdo con los acreedores, los créditos seguirán estando pendientes una vez finalizada la reorganización del negocio.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

En determinadas circunstancias, un acreedor puede solicitar la reevaluación de la reestructuración de deudas una vez que el deudor haya completado el plan de pagos. Véase el apartado «¿Cuáles son las condiciones y los efectos del cierre del procedimiento de insolvencia?».

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

En determinadas circunstancias, un acreedor puede solicitar la reevaluación de la reestructuración de deudas empresariales una vez que el deudor haya completado el plan de pagos. Véase el apartado «¿Cuáles son las condiciones y los efectos del cierre del procedimiento de insolvencia?».

16 ¿Quién asume las costas y los gastos en los que se incurre en los procedimientos de insolvencia?

CONCURSO

La remuneración del administrador y el pago de otras deudas similares (los costes concursales), así como el pago de otras deudas en las que haya incurrido el patrimonio concursal, deben sufragarse con cargo al patrimonio concursal antes de la distribución a los acreedores. A su vez, los costes del concurso tienen prioridad sobre otros créditos frente al propio patrimonio. Si no pueden pagarse a partir del patrimonio, los costes del concurso suele pagarlos el Estado.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

El agente de reorganización de negocios (y el supervisor, si lo hay) tiene derecho a recibir una compensación por su trabajo y por los gastos necesarios para la labor. Su remuneración no puede ser superior a la considerada razonable como compensación por su tarea. A petición del agente de reorganización de negocios o del deudor, el tribunal evaluará el derecho de dicho agente a recibir una compensación. Un acreedor cuyo crédito esté cubierto por un convenio también puede solicitar dicha evaluación hasta que se implemente el convenio. Los costes del tribunal y la compensación para el agente de reorganización de negocios y el supervisor deben ser sufragados por el deudor.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

Durante el proceso de reestructuración de deudas, el deudor suele efectuar pagos a la Autoridad de Ejecución, que transmite el dinero a los acreedores. La Autoridad de Ejecución impone una tasa anual al deudor por la gestión de sus pagos.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

Durante el proceso de reestructuración de deudas, el deudor suele efectuar pagos a la Autoridad de Ejecución, que transmite el dinero a los acreedores. La Autoridad de Ejecución impone una tasa anual al deudor por la gestión de sus pagos.

17 ¿Cuáles son las normas relativas a la nulidad, anulación o inoponibilidad de los actos perjudiciales para el conjunto de los acreedores?

CONCURSO

Las normas de reintegración en el patrimonio concursal (återvinning till konkursbo) se establecen en la Ley de Concursos. La fecha de referencia para calcular los períodos establecidos en las normas de reintegración suele ser el día anterior al de la solicitud de concurso.

Una acto jurídico puede revocarse (går åter) si ha favorecido indebidamente a un acreedor frente a otros, o si los acreedores se han visto privados de la propiedad del deudor, o si han aumentado las deudas del deudor, y si el deudor era insolvente o pasó a serlo debido al procedimiento o como consecuencia del procedimiento en combinación con otros factores, y la otra parte sabía o debía haber sabido que el deudor era insolvente y cuáles eran las circunstancias que hacían impropio dicho acto. Se considera que los miembros de la familia del deudor tienen el conocimiento mencionado en la primera frase, excepto que haya pruebas convincentes de que no tenían ese conocimiento ni podían tenerlo. Si el acto se realizó más de cinco años antes de la fecha de referencia, puede revocarse únicamente si guarda relación con uno de los miembros de la familia del deudor.

El pago de una deuda menos de tres meses antes de la fecha de referencia con un método distinto a los medios de pago habituales, o por adelantado, o por un importe que haya empeorado notablemente la situación financiera del deudor, puede revocarse excepto que pueda considerarse ordinario habida cuenta de las circunstancias. Si el pago se ha efectuado a uno de los miembros de la familia del deudor antes de dicha fecha pero menos de dos años antes de la fecha de referencia, puede revocarse salvo que se demuestre que el deudor no era insolvente y no pasó a serlo como consecuencia de la operación en cuestión.

Existen algunas normas especiales por lo que respecta, en particular, a los regalos, las viviendas compartidas y los salarios. Las normas de reintegración no son de aplicación a algunos pagos al Estado, como los pagos fiscales.

El administrador puede reclamar la reintegración emprendiendo una acción ante los tribunales ordinarios o impugnando las deudas que se vayan probando durante el procedimiento concursal. Si el administrador decide no reclamar la reintegración, y no se produce un acuerdo amistoso, un acreedor puede reclamar la reintegración emprendiendo acciones en los tribunales ordinarios.

En caso de reintegración, la propiedad de la que el deudor se había desprendido se incorpora de nuevo al patrimonio concursal.

REORGANIZACIÓN DE NEGOCIOS

Una vez que se ha anunciado una decisión de reorganización del negocio, las disposiciones de la Ley de Concursos en materia de reintegración en el contexto de un concurso se aplicarán si se ha formalizado un convenio público con los acreedores (véase el apartado sobre concursos).

En caso de que se pretenda la reintegración de un derecho de preferencia o de un pago obtenido por medio de embargo, el tribunal puede decidir suspender el procedimiento de ejecución hasta nuevo aviso.

El agente de reorganización de negocios o un acreedor cuyo crédito haya sido cubierto por un convenio público emprenderán una acción de reintegración. La acción deberá emprenderse antes de la reunión de acreedores y no podrá tomarse una decisión final hasta que se haya resuelto la cuestión del convenio público. Un acreedor que desee emprender una acción deberá notificarlo al agente de reorganización de negocios. En caso de que no se proceda de tal modo, no se atenderá el caso del acreedor.

Si el proceso de reorganización del negocio finaliza sin que se haya celebrado un convenio público y si el deudor no es llevado a concurso después de que se haya realizado la solicitud en el plazo de tres semanas después de la fecha en que haya finalizado el procedimiento de reorganización del negocio, la solicitud de reintegración presentada deberá desestimarse.

Una vez reembolsados los costes del demandante, los ingresos de la reintegración corresponden a los acreedores que abarque el convenio público. Un demandado que, como consecuencia de la acción del demandante, pueda hacer valer un crédito contra el deudor podrá participar en las negociaciones del convenio sobre la base de dicho crédito y tendrá derecho a deducir el importe que se le adeude en la distribución del importe que de otro modo habría abonado.

A petición de un acreedor cubierto por un convenio público o del deudor, el tribunal que conozca de los procedimientos de reintegración puede ordenar que los activos adeudados al acreedor de conformidad con la sentencia anterior sean sometidos a una administración especial (särskild förväntning). Cualquier propiedad sujeta a esta administración especial solo podrá ser objeto de embargo si el convenio ha expirado.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS

No existen disposiciones especiales en cuanto a la reintegración.

REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE DEUDAS EMPRESARIALES

No existen disposiciones especiales en cuanto a la reintegración.

Última actualización: 19/02/2018

El punto de contacto correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. Ni la RJE ni la Comisión Europea asumen ningún tipo de responsabilidad con respecto a la información o los datos contenidos o mencionados en el presente documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.