Si una empresa o un empresario tuvieren dificultades financieras o no pudieren pagar sus deudas, existen procedimientos específicos en cada país para hacer frente a la situación de forma inclusiva, con la participación de todos los acreedores (partes a las que se debe dinero).
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Los procedimientos de insolvencia difieren en función de sus objetivos:
Empresas
Empresarios
En todos los casos, tan pronto como se haya iniciado formalmente el procedimiento los acreedores ya no podrán tomar medidas a título individual para recuperar sus deudas. Así, se asegura que todos los acreedores estén en pie de igualdad y se protegen los activos del deudor.
Para que se les pague, los acreedores deben acreditar sus derechos, ya sea ante el órgano jurisdiccional o ante el órgano (generalmente un administrador o un liquidador) encargado de la reorganización o la liquidación de los activos del deudor. En circunstancias específicas, podrá encargarse de ello el propio deudor.
La insolvencia transfronteriza (normas de la UE)
Los casos de insolvencia que afecten a empresas o empresarios que desarrollen actividades o negocios o tengan activos en varios países pueden resolverse con arreglo a la legislación de la UE, concretamente el Reglamento 2015/848 (véase aquí un resumen de su funcionamiento).
Formularios mencionados en el Reglamento 2015/848
Procedimientos nacionales
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