Requerimiento europeo de pago

Irlanda
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 Existencia del proceso monitorio

No hay un procedimiento monitorio específico en Irlanda, pero un demandante al que se le deba una cantidad concreta de dinero o cuya deuda sea fácilmente cuantificable puede conseguir que se dicte una sentencia en rebeldía.

1.1 Ámbito del procedimiento

Si el demandado no comparece ni presenta un escrito de defensa, es posible dictar una sentencia en rebeldía. Si la pretensión original se refiere a un importe liquidado o determinado, la sentencia definitiva podrá ser dictada por la Oficina Judicial Central del Tribunal Superior (High Court) o por la Oficina Judicial del Juzgado de Condado (Circuit Court) competente, en función del importe reclamado (excepto en un número reducido de asuntos, por ejemplo, préstamos, en los que el demandante debe solicitar la sentencia en rebeldía o que el órgano jurisdiccional autorice que se dicte una sentencia en su favor). Dicho de otro modo, en muchos asuntos sencillos de cobro de deudas, se puede dictar una sentencia en rebeldía sin tener que acudir al órgano jurisdiccional y el demandante puede obtenerla de la oficina judicial del órgano jurisdiccional competente mediante un proceso administrativo.

Si no se reclama una suma de dinero concreta, el demandante debe solicitar mediante una demanda al órgano jurisdiccional que dicte una sentencia, y esta solo se puede obtener a través de un proceso judicial.

1.1.1 ¿A qué asuntos es aplicable este procedimiento (por ejemplo, solo a las demandas pecuniarias, solo a las reclamaciones contractuales, etc.)?

La sentencia puede dictarse en rebeldía en casi cualquier tipo de litigio. Este procedimiento no se limita a demandas pecuniarias o contractuales, aunque el sistema es todavía más sencillo para dichos casos. Entre las principales excepciones figuran los asuntos relativos a préstamos.

1.1.2 ¿Existe un límite máximo para poder reclamar un crédito mediante este procedimiento?

No.

1.1.3 ¿Acudir a este procedimiento es facultativo u obligatorio?

Acudir a este procedimiento es facultativo, dado que el demandante debe acometer determinados pasos antes de que se dicte una sentencia en rebeldía: por ejemplo, presentar la documentación pertinente en la oficina judicial del órgano jurisdiccional competente o proceder a la notificación y el traslado del escrito de demanda y firmar una declaración jurada de no haber podido llevar a cabo la notificación, ni el traslado. Si el demandado no responde a la demanda y el demandante no continúa el proceso para que se dicte la sentencia en rebeldía, la única alternativa que le queda al demandante es desistir de su reclamación.

1.1.4 ¿Se aplica este procedimiento cuando el deudor reside en otro Estado miembro o en un país tercero?

Con arreglo a los convenios internacionales sobre el reconocimiento y la ejecución de sentencias entre Irlanda y otros Estados miembros [Reglamento (CE) n.º 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, sustituido actualmente por el Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Consejo] o convenios similares celebrados con terceros países, también se aplica este procedimiento si el demandado reside en otra jurisdicción. Cuando el demandado resida fuera de la jurisdicción del demandante, este deberá garantizar que la notificación y el traslado al demandado se realizan debidamente, conforme a la normativa procesal aplicable para realizar notificaciones en otra jurisdicción. Si un demandado que reside en otra jurisdicción no comparece ni contesta a la demanda, el demandante puede solicitar que se dicte sentencia en rebeldía según el procedimiento habitual.

1.2 Tribunal competente

El órgano jurisdiccional competente depende de la naturaleza o del importe de la pretensión. El demandante debe dirigirse al órgano jurisdiccional ante el que se inició el proceso; dicho órgano jurisdiccional está en situación de determinar si el demandado ha comparecido o ha presentado un escrito de defensa y si ha expirado el plazo para hacerlo. Si la cuantía de la demanda es inferior a 75 000 EUR (60 000 EUR en el caso de acciones por lesiones), el demandante puede interponer su demanda ante un Juzgado de Condado (Circuit Court). Si es superior a dicho importe, la demanda debe interponerse ante un Tribunal Superior (High Court). Si la cuantía de la demanda es inferior a 15 000 EUR, la demanda debe interponerse ante un Juzgado de Distrito (District Court). Si la demanda es por un importe inferior a 2 000 EUR, puede seguirse el proceso de escasa cuantía.

1.3 Requisitos formales

El demandante debe asegurarse de que se cumplen los trámites prescritos por la normativa judicial. En concreto, el demandante debe notificar al demandado el inicio del proceso. Si el demandado no comparece ni presenta un escrito de defensa, entonces el demandante puede solicitar que se dicte una sentencia en rebeldía. Si la pretensión se refiere a un importe liquidado, lo único que se exige al demandante es haber formulado la reclamación o requerimiento de pago y, una vez hecho, por lo general el demandante tiene derecho a que la oficina judicial del órgano jurisdiccional competente dicte sentencia sin necesidad de una resolución judicial o de presentar una demanda ante el juez. El personal competente de la oficina judicial del órgano jurisdiccional correspondiente comprueba entonces si el demandado ha acusado recibo de la reclamación, si han expirado los plazos para hacerlo y si el demandante ha aportado a la oficina judicial los medios de prueba necesarios, como una declaración jurada de que se intentó notificar al demandado y una declaración jurada de la deuda que exprese el importe pendiente de pago.

Si la pretensión se refiere a un importe no especificado o si no es fácilmente cuantificable, el demandante debe solicitar al órgano jurisdiccional que dicte una sentencia en rebeldía.

1.3.1 ¿Es obligatorio el uso de un formulario normalizado? En caso afirmativo, ¿dónde se puede obtener?)

Sí. En los Tribunales Superiores (High Courts), la norma aplicable para las sentencias en rebeldía por incomparecencia es el artículo 13 del Reglamento de los Tribunales Superiores de 1986 (Rules of the Superior Courts 1986), en su versión modificada, y el artículo 27 para las sentencias en rebeldía por no formular defensa. En los Juzgados de Condado (Circuit Courts), la solicitud de sentencia en rebeldía debe respaldarse con determinada documentación, incluido el propio documento original de la deuda y una declaración jurada de notificación de la demanda. Asimismo, la petición de sentencia debe ser conforme a los formularios 9 y 10 del listado de formularios anexo al Reglamento de los Juzgados de Condado de 2001 (Circuit Court Rules 2001). Los formularios pueden obtenerse de la lista adjunta al Reglamento.

Del mismo modo, en el caso de los Juzgados de Distrito (District Courts), los formularios están disponibles en una lista adjunta al Reglamento de los Juzgados de Distrito (District Court Rules).

1.3.2 ¿Se exige estar representado por un abogado?

No. Sin embargo, si la cuantía de la demanda es superior a 75 000 EUR (60 000 EUR para acciones por lesiones), se trata de una demanda sustanciable ante un Juzgado de Condado (Circuit Court) y, si implica cuestiones complejas, es aconsejable (aunque no obligatorio) contar con representación y asesoramiento legal.

1.3.3 ¿Hay que especificar los motivos de la reclamación?

La demanda inicial debe indicar los nombres, los apellidos, los domicilios y, si procede, la ocupación de las partes. También debe indicar el importe reclamado, una descripción de cómo se originó la deuda o cuál es la causa de la acción y los datos de las reclamaciones efectuadas, en su caso.

1.3.4 ¿Hay que presentar una prueba escrita del crédito reclamado? En caso afirmativo, ¿qué documentos son admisibles como medio de prueba?

En la demanda inicial, el demandante indica toda la información pertinente relativa a la deuda, como el importe que se reclama, los detalles de cómo se originó la deuda, las reclamaciones de pago y una descripción, si procede y en función de la naturaleza de la deuda, de cualquier otro hecho relevante, como los detalles de daños y perjuicios sufridos, el tratamiento recibido o cualquier otra consecuencia adversa que se derive de la causa.

1.4 Inadmisión de la petición inicial

El órgano jurisdiccional desestima la solicitud de sentencia en rebeldía si el solicitante no ha cumplido con lo exigido por el reglamento del órgano jurisdiccional. Por ejemplo, si no se han cumplido debidamente las disposiciones relativas a la notificación y el traslado de los documentos, no prosperará la solicitud de sentencia en rebeldía.

1.5 Recursos

Si el órgano jurisdiccional deniega la sentencia en rebeldía, suele ser porque el demandante no ha cumplido el reglamento del órgano jurisdiccional, por lo que puede resultar necesario que el demandante inicie de nuevo los trámites, notificando una nueva demanda contra el demandado de conformidad con lo dispuesto en el reglamento del órgano jurisdiccional.

El demandado puede solicitar la anulación de la sentencia dictada en rebeldía. Para recurrir con éxito una sentencia en rebeldía, el demandado debe convencer al órgano jurisdiccional de los motivos por los que no compareció ni presentó escrito de defensa, y el órgano jurisdiccional debe quedar suficientes los motivos aducidos para explicar o justificar dicho hecho. Si el recurso del demandado contra la sentencia tiene un resultado positivo, se anulará la sentencia y el demandado tendrá la oportunidad de comparecer en el proceso.

1.6 Declaración de oposición

Si el órgano jurisdiccional opina que la sentencia debe ser anulada, el demandado puede defenderse en el proceso presentando un escrito de oposición y el litigio continuará del modo habitual.

1.7 Consecuencias de la oposición del deudor

Si el demandado presenta un escrito de oposición en el plazo contemplado por el reglamento o por el órgano jurisdiccional, según corresponda, el litigio continuará del modo habitual. El juez o magistrado determinará cómo proceder si resultan necesarias instrucciones en este sentido.

1.8 Consecuencias de la ausencia de oposición

La no presentación de un escrito de oposición puede facilitar que el demandante obtenga una sentencia en rebeldía por no haberse formulado defensa.

1.8.1 ¿Qué hay que hacer para obtener una resolución ejecutiva?

Una sentencia en rebeldía es una resolución ejecutoria. Véanse las respuestas a la sección 1.3.d).

1.8.2 ¿Cabe interponer un recurso contra esta decisión?

El demandado puede solicitar al órgano jurisdiccional que modifique o anule la sentencia. Dicho recurso se sustancia ante ese mismo órgano, que puede anular la sentencia si considera que sería justo hacerlo y si se ha producido alguna incorrección a la hora de dictarse sentencia o si tiene convencimiento de que el demandado tiene posibilidades reales de que prospere su defensa. Cualquiera de las partes puede recurrir la resolución que anula la sentencia o que rechaza la anulación.

Última actualización: 12/04/2023

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