Tipos de interés

Polonia
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Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Se prevé el «interés legal» en el Estado miembro? En caso afirmativo, ¿cómo se define el «interés legal» en este Estado miembro?

En virtud del artículo 359, apartado 1, de la Ley del Código Civil, de 23 de abril de 1964 [Boletín Legislativo (Dziennik Ustaw) de 2014, punto 121, modificado], se deben abonar intereses sobre una cantidad de dinero solo si así lo dispone un acto jurídico, una ley ordinaria, una resolución judicial o una decisión de otra autoridad competente. Si la cantidad de intereses no está especificada de otro modo, el interés legal es pagadero a una tasa correspondiente a la cantidad del tipo de referencia del Banco Nacional de Polonia incrementado en 3,5 puntos porcentuales.

Por otro lado, en lo que respecta a los intereses de demora, de conformidad con el artículo 481, apartado 2, del Código Civil, si el tipo de interés de demora no ha sido especificado, el interés legal de demora es pagadero a una tasa correspondiente a la cantidad del tipo de referencia del Banco Nacional de Polonia incrementado en 5,5 puntos porcentuales. No obstante, si un activo exigible devenga intereses a un tipo mayor, el acreedor podrá exigir intereses de demora a dicho tipo superior.

2 En caso de que se prevean, ¿cuál es su importe/tipo y su base jurídica? En caso de que se prevean diferentes tipos de interés legal, ¿qué circunstancias y condiciones se aplican?

Con arreglo al artículo 359, apartado 2, del Código Civil, el interés legal se sitúa en una tasa correspondiente al tipo de referencia del Banco Nacional de Polonia incrementado en 3,5 puntos porcentuales. El Ministerio de Justicia comunica el tipo de interés legal mediante su anuncio en el Boletín Oficial de Polonia (Monitor Polski). En la actualidad, de conformidad con el anuncio del Ministerio de Justicia de 7 de enero de 2016, desde el 1 de enero de 2016 el tipo de interés legal es del 5 % anual y el tipo de interés de demora del 7 % anual.

Por otro lado, los intereses en las operaciones comerciales están regulados por la Ley relativa a las condiciones de pago en las operaciones comerciales, de 8 de marzo de 2013 (Boletín Legislativo de 2019, ley 118), y el tipo de interés se fija siempre mediante un anuncio del Ministerio de Empresa y Tecnología. En la actualidad, con arreglo al anuncio de 14 de enero de 2019, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 30 de junio de 2019 el tipo de interés legal de demora en las operaciones comerciales es del 9,50 % anual.

3 Si es necesario, ¿existe más información disponible sobre la manera de calcular los intereses legales?

Puede consultarse más información sobre los tipos de interés actuales del Banco Nacional de Polonia, incluido el tipo de referencia, en el sitio web del Banco Nacional de Polonia en: http://www.nbp.pl/home.aspx?f=/dzienne/stopy.htm

4 ¿Se puede acceder gratuitamente en línea a la base jurídica mencionada?

Los anuncios publicados por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Desarrollo sobre el tipo de interés legal (para operaciones comerciales) están disponibles en el sitio web del Centro de Legislación Gubernamental (Rządowe Centrum Legislacji RCL): http://www.monitorpolski.gov.pl/Wyszukiwanie/tabid/114/Title/odsetki/Default.aspx

Última actualización: 16/08/2021

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