Resoluciones en materia civil y mercantil - Reglamento Bruselas I

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El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

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Reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil - Reglamento Bruselas I


*entrada obligatoria

Anexo II - Tribunales o autoridades competentes ante los que se podrán presentar las solicitudes a las que se refiere en el artículo 39

en los Países Bajos, el voorzieningenrechter van de rechtbank.

Anexo III -Tribunales de los Estados miembros ante los que se podrán interponer los recursos a los que se refiere en el artículo 43, apartado 2

Nota: la versión original de esta página neerlandés se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

en los Países Bajos:

a)  cuando se trate de la parte contra la que se solicitare la ejecución, el arrondissementsrechtbank

b)  cuando se trate de la parte que solicitare la ejecución, el gerechtshof.

Anexo IV - Recursos que podrán interponerse en virtud del artículo 44

Nota: la versión original de esta página neerlandés se modificó recientemente. Nuestros traductores trabajan en una versión en la lengua que está consultando.
Ya se ha traducido a las siguientes lenguas: alemáninglésfrancés.

en los Países Bajos, un recurso de casación.

Última actualización: 16/05/2022

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