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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Italia

Derecho de familia — sucesiones


*entrada obligatoria

Artículo 78, letra a) - los nombres y los datos de contacto de los tribunales o las autoridades competentes para conocer las solicitudes de declaración de fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 45, apartado 1, y los recursos contra las resoluciones dictadas sobre dichas solicitudes de conformidad con el artículo 50, apartado 2

Corte d’Appello

Los datos de contacto de todos los tribunales de apelación pueden encontrarse en la dirección siguiente: https://www.giustizia.it/giustizia/it/mg_4.wp.

Artículo 78, letra b) - los procedimientos contemplados en el artículo 51, para recurrir las resoluciones dictadas en recursos previos

Corte Suprema di Cassazione di Roma

Piazza Cavour

00193 Roma (RM)

ITALIA

Tel.: + 39 06 68831

Fax: + 39 06 6883423

Sitio web: https://www.cortedicassazione.it/corte-di-cassazione/

Día festivo local: 29 de junio.

El procedimiento nacional es la del «recurso de casación».

Artículo 78, letra c) - la información pertinente relativa a las autoridades competentes para expedir el certificado en virtud del artículo 64

Notarios.

Los datos de contacto de los notarios pueden encontrarse en la dirección siguiente: http://www.notariato.it/it/utilita/ricerca_notaio.jsp.

Artículo 78, letra d) - los procedimientos de recurso a que se refiere el artículo 72

Demanda con arreglo al artículo 739 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

a)

— Tribunal, reunido en formación colegiada, del lugar de residencia del notario.

b)

Los datos de contacto de todos los tribunales pueden encontrarse en la dirección siguiente: https://www.giustizia.it/giustizia/it/mg_4.wp.

c)

La demanda con arreglo al artículo 739 de la Ley de Enjuiciamiento Civil puede presentarse mediante un recurso interpuesto ante el tribunal, que se resuelve a puerta cerrada. La demanda se presentará dentro del plazo obligatorio de diez días a partir de la fecha de la comunicación de la decisión de la autoridad si se trata de una sola parte, o a partir de la fecha de la notificación si se trata de varias partes.

Última actualización: 08/01/2024

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