Orden europea de retención de cuentas

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El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Lituania

Orden europea de retención de cuentas


*entrada obligatoria

Artículo 50, apartado 1, letra a) — Órganos jurisdiccionales competentes para dictar la orden europea de retención de cuentas

De conformidad con el artículo 3118, apartado 5, de la Ley, en el caso contemplado en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento, la solicitud de una orden europea de retención de cuentas se presentará ante el tribunal comarcal (apylinkės teismas) de la autoridad que haya expedido el documento público con fuerza ejecutiva.

Puede encontrarse información actualizada sobre los órganos jurisdiccionales lituanos, así como sus datos de contacto, en el Atlas Judicial Europeo en Materia Civil.

Artículo 50, apartado 1, letra b) — Autoridad competente para obtener información de cuentas

De conformidad con el punto 1 de la Resolución del Gobierno lituano n.º 964, de 28 de septiembre de 2016, la información a que se refiere el artículo 14 del Reglamento se la facilita al órgano jurisdiccional que conoce de la solicitud de una orden europea de retención de cuentas la Inspección Tributaria Estatal, dependiente del Ministerio de Hacienda (Vasario 16-osios g. 14, Vilna; tel.: +370 52668200; correo electrónico: vmi@vmi.lt). Esta Resolución entrará en vigor el 18 de enero de 2017.

Artículo 50, apartado 1, letra c) — Métodos de obtención de información de cuentas

La Inspección Tributaria Estatal, dependiente del Ministerio de Hacienda, utilizará el método de obtención de información de cuentas previsto en el artículo 14, apartado 5, letra b), del Reglamento, es decir, obtendrá la información sobre las cuentas bancarias que el deudor tenga en bancos que operan en Lituania a través del Sistema de Información Contable y Fiscal.

Artículo 50, apartado 1, letra d) — Órganos jurisdiccionales ante los que interponer un recurso contra la negativa a dictar una orden europea de retención de cuentas

De conformidad con el artículo 3122, apartado 1, en el caso contemplado en el artículo 21, apartado 1, del Reglamento, podrá interponerse un recurso independiente ante el Tribunal de Apelación de Lituania (Lietuvos apeliacinis teismas). Los artículos 334 a 339 del Código Procesal Civil lituano establecen el procedimiento para la interposición y el examen de un recurso independiente. No cabe recurso de casación contra las resoluciones dictadas por el Tribunal de Apelación tras el examen del recurso independiente.

Puede encontrarse información actualizada sobre los órganos jurisdiccionales lituanos, así como sus datos de contacto, en el Atlas Judicial Europeo en Materia Civil.

Artículo 50, apartado 1, letra e) — Autoridades competentes a efectos de la recepción, transmisión y notificación de la orden europea de retención de cuentas y otros documentos

De conformidad con el artículo 3121, apartado 3, de la Ley, el agente judicial llevará a cabo la recepción, transmisión y notificación de los escritos procesales a que se refiere el artículo 4, apartado 14, del Reglamento.

La lista de agentes judiciales de Lituania puede consultarse en el enlace siguiente: https://www.antstoliurumai.lt/lt/antstoliu-paieska.

De conformidad con el artículo 3123 de la Ley, en el caso contemplado en el artículo 28, apartado 3, del Reglamento, en el que el deudor está domiciliado en Lituania y este no sea el Estado miembro de ejecución, los escritos procesales se notificarán al deudor con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 3 y en el artículo 33, apartados 2 y 4, de la Ley. En este caso, el organismo competente para recibir solicitudes de notificación de escritos procedentes de otros Estados miembros es la Cámara de agentes judiciales de Lituania (Konstitucijos pr. 15, LT-09319 Vilna; tel. +370 52750067, +370 52750068; correo electrónico info@antstoliurumai). La Cámara de agentes judiciales de Lituania organiza y coordina la notificación de los escritos y su transmisión a los agentes judiciales para la ejecución.

Artículo 50, apartado 1, letra f) — Autoridad competente para ejecutar la orden europea de retención de cuentas

De conformidad con el artículo 3121, apartado 3, de la Ley, el encargado de ejecutar la orden europea de retención de cuentas es el agente judicial. Este también lleva a cabo las actividades previstas en el artículo 24, apartado 4, y en el artículo 25, apartados, 1, 2 y 4.

La lista de agentes judiciales de Lituania puede consultarse en el enlace siguiente: https://www.antstoliurumai.lt/lt/antstoliu-paieska.

Artículo 50, apartado 1, letra g) — Medida en que pueden retenerse las cuentas conjuntas y nominales

Principales normas del Derecho nacional:

1. De conformidad con el artículo 667 del Código Procesal Civil lituano, si no se ha determinado la cuota del deudor sobre la copropiedad, el agente judicial inventariará y embargará dicha copropiedad e instará a la parte que solicita la ejecución y, en su caso, a los demás copropietarios, a que solicite a un órgano jurisdiccional la determinación de la cuota del deudor en dicha copropiedad. Si dicha petición no se presenta en el plazo fijado por el agente judicial, este dejará sin efecto la ejecución del cobro a cargo de dicha copropiedad. No podrá realizarse un nuevo intento de cobro a cargo de dicha copropiedad en virtud de los mismos títulos ejecutivos hasta un año después del día en que se haya dejado sin efecto el cobro. La cuota del deudor en la copropiedad se determinará mediante resolución judicial. Una vez que la resolución judicial por la que se determina la cuota del deudor en la copropiedad adquiera fuerza de cosa juzgada, el cobro se realizará sobre la cuota del deudor. La parte que solicite la ejecución tendrá derecho a exigir la determinación de la cuota del deudor, de forma que el cobro pueda realizarse sobre esta.

2. Cada vez que se retiene una cuenta, se intenta averiguar la identidad del propietario de los fondos de la cuenta. Podrá retenerse la cuenta si los fondos pertenecen al deudor.

Artículo 50, apartado 1, letra h) — Normas aplicables a las cantidades exentas de embargo

Principales normas del Derecho nacional:

1. De conformidad con el artículo 668 del Código de Procesal Civil lituano, el cobro no podrá realizarse sobre una cantidad de dinero que no supere el salario mínimo mensual establecido por el Gobierno lituano [1]. Asimismo, el cobro no podrá realizarse sobre los fondos recibidos en forma de ayuda financiera de la UE u otros organismos internacionales o la cofinanciación para la ejecución de un proyecto subvencionado durante su ejecución y período de funcionamiento obligatorio, según lo establecido en la legislación de la UE o en los acuerdos internacionales celebrados por Lituania. Esta prohibición no se aplica si los fondos se recuperan a petición de la institución que supervisa la ejecución del proyecto subvencionado, ya que los fondos se utilizaron contraviniendo el Derecho de la Unión, el Derecho lituano, los acuerdos internacionales o los acuerdos de concesión de los fondos.

2. De conformidad con el artículo 738 del Código Procesal Civil lituano, las prestaciones de la seguridad social por enfermedad o desempleo solo pueden recuperarse en virtud de una resolución judicial sobre el cobro de pensiones alimenticias o de una resolución judicial sobre la indemnización por daños a la salud causados por mutilaciones u otras lesiones, o por la pérdida de un sostén de la familia.

3. De conformidad con el artículo 739 del Código Procesal Civil lituano, no podrán recuperarse los importes que pertenezcan al deudor en concepto de lo siguiente: 1) pagos compensatorios por el desgaste de las herramientas de un trabajador y otras formas de compensación por las alteraciones de las condiciones normales de trabajo; 2) importes abonados a un trabajador que se desplaza por motivos profesionales, o que ha sido trasladado, contratado o enviado en comisión de servicios a otro lugar; 3) prestaciones de maternidad o paternidad de la seguridad social estatal; 4) prestaciones por hijo abonadas en virtud de la Ley lituana sobre prestaciones por hijo; 5) subsidio para gastos funerarios; 6) prestaciones abonadas en virtud de la Ley lituana sobre prestaciones de la seguridad social estatal y otras prestaciones sociales específicas, subsidios o pagos con cargo a los presupuestos estatales o municipales para familias con bajos ingresos y apoyo social a las personas; 7) indemnizaciones por despido.


[1] A 1 de enero de 2016, el salario mínimo mensual es de 350 EUR.

Artículo 50, apartado 1, letra i) — Comisiones, en caso de que las cobre el banco, por cumplimentar órdenes nacionales equivalentes o por facilitar información de cuentas, e información sobre a cuál de las partes corresponde el pago de dichas comisiones

Los bancos no tienen derecho a cobrar comisiones: los procesos de ejecución los llevan a cabo los agentes judiciales.

Artículo 50, apartado 1, letra j) – El baremo de tasas u otro conjunto de normas que fijen las tasas aplicables exigidas por la autoridad u otro organismo que participen en la tramitación o en la ejecución de la orden de retención

Principales normas del Derecho nacional:

1. De conformidad con el artículo 609 del Código Procesal Civil lituano, los gastos derivados de la ejecución que contraen los agentes judiciales son los siguientes: 1) gastos administrativos asociados a los procedimientos de ejecución necesarios para llevar a cabo las actuaciones inherentes a cualquier proceso de ejecución; 2) gastos administrativos adicionales asociados a los procedimientos de ejecución contraídos durante el desarrollo de otras actuaciones en un proceso de ejecución concreto; 3) los honorarios del agente judicial por la ejecución de los títulos ejecutivos. El importe de los gastos de ejecución y el procedimiento para su cálculo y pago se recogen en las Instrucciones para la ejecución de las resoluciones adoptadas mediante el Decreto n.º 1R-352 del Ministerio de Justicia, de 27 de octubre de 2005 (en lo sucesivo, las «Instrucciones») (en su versión modificada por el Decreto n.º 1R-265, de 14 de noviembre de 2011).

En el punto 123 de las Instrucciones se establece que la ejecución de la orden europea de retención de cuentas incluirá los gastos de ejecución a que se refiere el punto 7 del cuadro 2 de las Instrucciones, así como los gastos adicionales que se contraigan en la ejecución de las actuaciones individuales del proceso de ejecución.

Instrucciones sobre la ejecución de las resoluciones.

2. De conformidad con el punto 5 del proceso de cobro de tasas por la notificación de documentos judiciales y extrajudiciales en asuntos civiles o mercantiles, adoptado mediante el Decreto n.º 1R-16 del Ministerio de Justicia de 20 de enero de 2016 (versión modificada por el Decreto n.º 1R-312 de 9 de diciembre de 2016), la tasa por la notificación de documentos en Lituania, cuando la Cámara de agentes judiciales de Lituania organiza y coordina la notificación y transmisión de los documentos para su ejecución por parte de los agentes judiciales, es de 110 EUR.

Descripción del procedimiento de notificación de documentos judiciales y extrajudiciales recibidos del extranjero en asuntos civiles y mercantiles y su cobro.

Artículo 50, apartado 1, letra k) — Prelación, en su caso, de las órdenes nacionales equivalentes

Principales normas del Derecho nacional:

1. De conformidad con el artículo 626, apartado 3, del Código Procesal Civil lituano, cuando se embarguen los bienes o se restrinjan temporalmente los derechos de propiedad sobre ellos para garantizar los créditos de los acreedores ordinarios o subordinados, no se suspenderá el cobro a cuenta de dicha propiedad. En este caso, la recuperación de los bienes o los fondos se realiza según el procedimiento establecido en las Instrucciones para la ejecución de resoluciones.

2. De conformidad con el artículo 754 del Código Procesal Civil lituano, no existe un orden de prelación específico para la satisfacción, a cargo de los bienes pignorados, de los créditos de los acreedores hipotecarios y pignoraticios. Se dará prioridad a la satisfacción de las demandas de cobro de alimentos y de indemnización de los daños derivados de mutilaciones u otras lesiones, así como de los daños derivados de la pérdida del sostén de la familia. En segundo lugar, se satisfarán los créditos de los trabajadores asalariados derivados de las relaciones laborales. En tercer lugar, se satisfarán los créditos restantes. Si el importe recuperado no es suficiente para satisfacer en su totalidad los créditos de un determinado nivel de prioridad, estos se satisfarán de manera proporcional al importe adeudado a cada parte que solicita el pago del crédito.

Artículo 50, apartado 1, letra l) — Órganos jurisdiccionales o autoridad de ejecución competentes para resolver un recurso

De conformidad con el artículo 3122 de la Ley, los recursos contemplados en el artículo 33 del Reglamento, que sean aplicables en el Estado miembro de origen, deben interponerse ante el órgano jurisdiccional que haya dictado la orden europea de retención de cuentas.

Los recursos contemplados en el artículo 34 del Reglamento, a excepción del artículo 34, apartado 1, letra a), que sean aplicables en el Estado miembro de ejecución, se interpondrán ante el tribunal comarcal del lugar en que tenga su sede el agente judicial que ejecute o haya ejecutado la orden europea de retención de cuentas.

El recurso contemplado en el artículo 34, apartado 1, letra a), del Reglamento, aplicable en el Estado miembro de ejecución, se dirigirá al agente judicial que ejecute o haya ejecutado la orden europea de retención de cuentas.

Puede encontrarse información actualizada sobre los órganos jurisdiccionales lituanos, así como sus datos de contacto, en el Atlas Judicial Europeo en Materia Civil. La lista de agentes judiciales de Lituania puede consultarse en el enlace siguiente: https://www.antstoliurumai.lt/lt/antstoliu-paieska.

Artículo 50, apartado 1, letra m) — Órganos jurisdiccionales ante los cuales se pueda recurrir y plazo, si lo hubiera, para la interposición de dicho recurso

De conformidad con el artículo 3122 de la Ley, podrá interponerse un recurso independiente contra una resolución judicial dictada en relación con los recursos contemplados en los artículos 33 y 35 del Reglamento que sean aplicables en el Estado miembro de origen, así como con los recursos contemplados en los artículos 34 y 35 del Reglamento [salvo el artículo 34, apartado 1, letra a) y el artículo 35, apartado 3] que sean aplicables en el Estado miembro de ejecución. De conformidad con el artículo 335, apartado 1, del Código Procesal Civil lituano, los recursos independientes deben interponerse ante el Tribunal de Apelación a través del órgano jurisdiccional cuya resolución se recurra, en un plazo de siete días a partir de la fecha en que se dictó. Si la resolución recurrida se emite por escrito, podrá interponerse un recurso independiente en un plazo de siete días a partir de la fecha de notificación de la copia de la resolución. No cabe recurso de casación contra las resoluciones dictadas por el Tribunal de Apelación tras el examen del recurso independiente.

Podrán recurrirse las medidas adoptadas por el agente judicial en relación con los recursos contemplados en el artículo 34, apartado 1, letra a), y en el artículo 35, apartado 3, del Reglamento, aplicables en el Estado miembro de ejecución, ante el tribunal comarcal del lugar donde tenga su sede la oficina del agente judicial. Las normas establecidas en el artículo 593, apartados 1 a 4, del Código Procesal Civil lituano se aplican por analogía a la interposición y el examen de este recurso. No hay plazo para presentar el recurso y la resolución judicial sobre la actuación del agente judicial no puede ser objeto de recurso.

Puede encontrarse información actualizada sobre los órganos jurisdiccionales lituanos, así como sus datos de contacto, en el Atlas Judicial Europeo en Materia Civil.

Artículo 50, apartado 1, letra n) — Tasas judiciales

De conformidad con el artículo 3119 de la Ley, tanto la solicitud de una orden europea de retención de cuentas como los recursos contemplados en el capítulo 4 del Reglamento estarán sujetos a una tasa judicial. Esta será igual a la tasa correspondiente a la solicitud de medidas cautelares o, de haberlas, a un recurso independiente contra la resolución sobre medidas cautelares.

El Derecho lituano vigente no prevé el pago de una tasa judicial por la presentación de una solicitud de medidas cautelares. De conformidad con el artículo 80, apartado 2, del Código Procesal Civil lituano, se devengará una tasa judicial de 28 EUR por los recursos independientes interpuestos contra una resolución sobre medidas cautelares.

Artículo 50, apartado 1, letra  o) – Lenguas admitidas para las traducciones de documentos

La lengua aceptada para la traducción de los documentos es el lituano.

Última actualización: 11/10/2023

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