Efecto de la COVID-19 en los asuntos civiles y concursales

Bélgica
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 Repercusión de la COVID-19 en los procedimientos civiles

1.1 Plazos de los procedimientos civiles

Los plazos de prescripción y los plazos de interposición de acciones judiciales que vencen entre el 8 de abril de 2020 y el 17 de mayo de 2020 se amplían en un mes tras la finalización de este período (es decir, quedan prorrogados hasta el 17 de junio de 2020). El Gobierno podría extender este período de ser necesario.

Los plazos de los procedimientos civiles que vencen entre el 8 de abril de 2020 y el 17 de mayo de 2020, y cuyo vencimiento podría suponer la pérdida de un derecho o daños de otra índole, se amplían en un mes una vez concluido el período de crisis (es decir, se prorrogan hasta el 17 de junio de 2020). El Gobierno podría extender este período de crisis de ser necesario. Esto no se aplica a los asuntos urgentes.

Ampliación de seis meses de los plazos que vencen entre el 18 de marzo de 2020 y el 3 de junio de 2020, en el contexto de las subastas judiciales de bienes inmuebles.

Suspensión de algunos procedimientos de ejecución contra empresas entre el 24 de abril de 2020 y el 17 de mayo de 2020.

1.2 Organización judicial y poder judicial

En materia civil, se cancelan las audiencias y vistas que debían celebrarse entre el 10 de abril de 2020 y el 17 de junio de 2020 (el Gobierno podría ampliar este período) cuando todas las partes hayan presentado sus conclusiones por escrito. El órgano jurisdiccional resolverá únicamente sobre la base de las conclusiones escritas, a menos que las partes se opongan. Si las partes se oponen, se aplazará la causa.

Los órganos jurisdiccionales civiles han recurrido al uso de herramientas de videoconferencia para seguir tramitando asuntos.

Las declaraciones se pueden tomar a distancia entre el 4 de mayo y el 3 de junio de 2020.

Los plazos legales de las reuniones contempladas en la normativa notarial y que venzan entre el 18 de marzo de 2020 y el 4 de agosto de 2020 se aplazan tres meses.

Los poderes notariales pueden recibirse de forma remota y electrónica (en soporte electrónico y con identificación y firma electrónicas).

Supresión del requisito de testigos y la presencia de varios notarios para otorga testamento ante notario entre el 4 de mayo de 2020 y el 3 de junio de 2020.

Los poderes notariales otorgados desde el 13 de marzo de 2020 hasta el 30 de junio y que tengan efecto únicamente entre el 13 de marzo y el 30 de junio de 2020 serán gratuitos.

1.3 Cooperación judicial en la UE

A raíz de la pandemia de COVID-19, la modalidad de trabajo y la organización de las autoridades centrales belgas en materia civil no han cambiado, con la excepción de que la mayor parte de los responsables de expedientes de la autoridad central belga trabajan únicamente desde casa. Algunos empleados siguen asistiendo, un día por semana, para comprobar el correo entrante y enviar el correo saliente, por ejemplo, en lo referente a la notificación y traslado de documentos.

Se ha enviado un mensaje a través de la Red Judicial Europea a todos los puntos de contacto indicando que las notificaciones a los responsables de expedientes pueden continuar enviándose exclusivamente por correo electrónico. Las autoridades centrales belgas siguen disponibles por teléfono o correo electrónico. Se ha aconsejado que se envíen a los buzones funcionales las peticiones nuevas relativas a la sustracción de menores, la obtención de pruebas, la asistencia jurídica, las obligaciones de alimentos y la protección de menores.

La tramitación de los asuntos individuales podría retrasarse debido a que se dispone de menos personal. Hasta el momento, todo el personal continúa trabajando y los asuntos se siguen tramitando diariamente, al igual que antes de la pandemia de COVID-19.

2 Medidas en materia de insolvencia aprobadas o previstas para su aprobación en los Estados miembros tras el inicio de la pandemia

2.1 Medidas concursales sustantivas y contratos conexos que afectan a tales medidas

2.1.1 Suspensión de los procesos concursales

2.1.1.1 Suspensión de la obligación de solicitar la declaración del concurso (deudores)

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2.1.1.2 Protección de los deudores cuando sus acreedores soliciten la declaración del concurso

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2.1.2 Suspensión de las ejecuciones de créditos y de la rescisión de contratos

2.1.2.1 Moratorias generales o específicas de la ejecución de créditos o de determinados tipos de créditos

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2.1.2.2 Suspensión de la rescisión de contratos (contratos generales o específicos)

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2.2 Asuntos civiles, incluidas la suspensión de la actividad de los órganos judiciales competentes en materia concursal y las suspensiones procesales

Los plazos en el marco de las subastas judiciales y las ventas privadas en forma judicial que expiran entre el 1 de noviembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021 se prorrogan automáticamente por 6 meses.

2.3 Otras medidas concursales (las relativas a acciones revocatorias, planes de saneamiento, acuerdos oficiosos y otras, si procede)

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2.4 Medidas de otra índole conexas (aplazamientos de pagos, préstamos bancarios, seguridad social, seguro de salud, subsidios para empresas)

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Última actualización: 21/10/2021

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