Título ejecutivo europeo

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1. Procedimientos de rectificación y anulación (párrafo 2 del artículo 10)

El procedimiento de rectificación mencionado en el artículo 10, apartado 2, letra a)

La Ley n.º 825/2005, sobre el título ejecutivo europeo para créditos no impugnados (laissa riitauttamattomia vaatimuksia koskevasta eurooppalaisesta täytäntöönpanoperusteesta) establece el procedimiento de rectificación del modo siguiente:

Rectificación del certificado de título ejecutivo europeo (artículo 2)

Si ha mediado error en la anotación de los datos de una resolución judicial, un acuerdo de transacción aprobado judicialmente o un documento público con fuerza ejecutiva en el certificado expedido con arreglo al Reglamento, el órgano jurisdiccional que haya expedido el certificado u otra autoridad competente debe, previa petición, rectificar la discrepancia.

Se puede presentar una solicitud de rectificación mediante el formulario normalizado que figura en el anexo VI del Reglamento. La corrección se realiza, en la medida de lo posible, en el certificado original. Si no es posible corregir el certificado original, debe expedirse un nuevo certificado. La corrección debe notificarse, en la medida de lo posible, a las partes que hayan solicitado una copia del certificado. Si el asunto se encuentra en una instancia superior, la corrección debe notificarse a la instancia que conozca del recurso.

El procedimiento de revocación mencionado en el artículo 10, apartado 2, letra b)

La Ley sobre el título ejecutivo europeo para créditos no impugnados establece el procedimiento de revocación del modo siguiente:

Revocación del certificado de título ejecutivo europeo (artículo 3)

Si el certificado de título ejecutivo europeo, respecto de una resolución judicial, un acuerdo de transacción aprobado judicialmente o un documento público con fuerza ejecutiva, ha sido expedido con clara contravención de los requisitos establecidos en el Reglamento, el órgano jurisdiccional que haya expedido el certificado u otra autoridad competente debe, previa solicitud, revocar el certificado.

La revocación puede solicitarse mediante el formulario normalizado que figura en el anexo VI del Reglamento. Las partes tienen derecho a alegar lo que consideren oportuno, a menos que sea manifiestamente innecesario.

La revocación debe señalarse, cuando sea posible, en el certificado original. La revocación se notifica, en la medida de lo posible, a todas las partes que hayan solicitado una copia del certificado. Si el asunto se encuentra en una instancia superior, la revocación debe notificarse a la instancia que conozca del recurso.

2. Procedimientos de revisión judicial (párrafo 1 del artículo 19)

Según el apartado 1 del artículo 12, las normas mínimas del capítulo III del Reglamento se aplicarán a las resoluciones dictadas en rebeldía contempladas en el artículo 3, apartados 1, letras b) y c). Según el artículo 12, apartado 2, el capítulo III también será aplicable cuando la resolución en rebeldía se haya dictado en un tribunal de apelación.

Cuando la resolución se haya dictado en rebeldía, en circunstancias que cumplan las condiciones especificadas en el artículo 3, apartado 1, letras b) y c), el deudor tendrá, en determinadas circunstancias, derecho a solicitar una revisión de la resolución en virtud del artículo 19, apartado 1, para que la resolución sea certificable como título ejecutivo europeo. En Finlandia, la pasividad del deudor en el Tribunal de distrito (käräjäoikeus) da lugar a una resolución en rebeldía. El deudor tiene, en virtud del capítulo 12, apartado 15 del Código de enjuiciamiento, derecho a solicitar un nuevo juicio en el plazo de treinta días a partir de la fecha en que haya recibido notificación comprobable de la resolución.

Para la aplicación de esta disposición, carece de importancia que el deudor tenga conocimiento de la resolución dictada en rebeldía. El plazo de treinta días no empieza a correr hasta que se haya notificado al deudor la resolución dictada en rebeldía. Por tanto, la regla es más amplia que la norma mínima prevista en el artículo 19. Además, los recursos extraordinarios previstos en el capítulo 31 del Código de enjuiciamiento son aplicables a las resoluciones dictadas en rebeldía, incluida la denuncia por error procesal prevista en el apartado 1 y la solicitud de la anulación por razones de error sustantivo prevista en el apartado 7. Además, cabe utilizar el recurso extraordinario particular del capítulo 31, apartado 17, sobre solicitud de restablecimiento del tiempo transcurrido.

3. Idiomas aceptados (párrafo 2 c del artículo 20)

Los certificados de título ejecutivo europeo pueden presentarse traducidos al finlandés, sueco o inglés.

4. Autoridades nombradas a efectos de la acreditación de documentos públicos con fuerza ejecutiva (artículo 25)

En Finlandia, los documentos públicos con fuerza ejecutiva previstos en el artículo 4, apartado 3, letra b), son los acuerdos en materia de obligaciones de prestar alimentos aprobados y certificados por la Junta Social de cada ciudad o municipio. Las Juntas Sociales también emitirán los certificados de título ejecutivo europeo para tales acuerdos.

En las páginas web elaboradas por el Ministerio de Justicia figura en formato electrónico una lista de las ciudades y municipios de Finlandia: www.oikeus.fi. Las direcciones de las ciudades y municipios también figuran en las páginas web de la asociación de autoridades locales y regionales: www.kunnat.net.

Última actualización: 22/03/2024

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