Título ejecutivo europeo

Croacia

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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

Croacia

Reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil - Título ejecutivo europeo


*entrada obligatoria

1. Procedimientos de rectificación y anulación (párrafo 2 del artículo 10)

La solicitud de rectificación o revocación de un certificado de un tribunal debe remitirse:

- al tribunal que emitió el certificado.

La solicitud de rectificación o anulación de documentos públicos elaborados por notarios, autoridades administrativas o personas físicas o jurídicas con poderes públicos debe remitirse:

- a la autoridad o persona que elaboró el documento, que está obligada a su vez a remitir la solicitud al tribunal municipal competente según la ubicación del domicilio o lugar de residencia habitual de forma que puede dictar una resolución válida.

2. Procedimientos de revisión judicial (párrafo 1 del artículo 19)

De conformidad con el artículo 19, apartado 1, del Reglamento, el procedimiento para la revisión de las decisiones en la República de Croacia se establece en el Código Procesal Civil (Zakon o parničnom postupku) [Narodne novine - NN; Diario Oficial de la República de Croacia n.º 53/91, 91/92, 112/99, 88/01, 117/03, 88/05, 2/07, 84/08, 96/08, 123/08, 57/11, 148/11, texto consolidado, 25/13, 89/14, Decisión del Tribunal Constitucional de la República de Croacia (Ustavni sud Republike Hrvatske) 70/19, 80/22 y 114/22].

Estos procedimientos son:

— Solicitud de restablecimiento de una situación anterior (artículo 117 a 122 bis del Código Procesal Civil). La solicitud debe presentarse en un plazo de ocho días a partir de la fecha en que la parte haya tenido conocimiento del motivo del incumplimiento del plazo, o, si la parte ha tenido conocimiento del incumplimiento del plazo en una fecha posterior, a partir de la fecha en la que la parte tuvo conocimiento del motivo por el que se le había pasado el plazo. Transcurridos dos meses (en los procedimientos ante los tribunales municipales), o treinta días (en los procedimientos ante los tribunales mercantiles) desde el incumplimiento del plazo, no podrá presentarse una solicitud de restablecimiento de la situación anterior.

— Nuevo juicio (artículos 421 a 432 del Código Procesal Civil). La solicitud de un nuevo juicio debe presentarse en un plazo de treinta días a partir de la fecha en que la parte haya tenido conocimiento del motivo de la solicitud, o de la fecha en que se le notificó la resolución judicial.

3. Idiomas aceptados (párrafo 2 c del artículo 20)

Croata. Las traducciones al croata deberán estar certificadas por un traductor cualificado en uno de los Estados miembros de la UE.

4. Autoridades nombradas a efectos de la acreditación de documentos públicos con fuerza ejecutiva (artículo 25)

Los tribunales competentes, autoridades administrativas, notarios, personas físicas y jurídicas con poderes públicos autorizados para emitir instrumentos de ejecución o títulos ejecutivos para créditos no impugnados con arreglo al Derecho nacional aplicable.

Última actualización: 14/03/2024

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