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El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.
Los organismos transmisores rumanos son todos los órganos jurisdiccionales rumanos con competencia para notificar actos judiciales directamente a los organismos receptores de los Estados miembros de la UE: juzgados de primera instancia, tribunales de distrito, tribunales de apelación, Tribunal Supremo de Casación y Justicia.
Los notarios, agentes judiciales y otras autoridades, cuyo ámbito de competencia comprende la notificación de documentos en el extranjero, transmiten solicitudes a través de los juzgados de primera instancia en cuyas jurisdicciones tienen sus sedes (artículo 32, apartado 1, letras a) y b), de la Ley n.º 189/2003 sobre asistencia judicial internacional en materia civil y mercantil).
El organismo rumano receptor de las solicitudes de notificación de actos judiciales y extrajudiciales procedentes de los Estados miembros de la UE es el juzgado de primera instancia en cuya jurisdicción tenga el receptor su domicilio o su sede (artículo 32, apartado 1, letra c), de la Ley n.º 189/2003 sobre asistencia judicial internacional en materia civil y mercantil).
Los medios técnicos de recepción de las solicitudes y sus documentos adjuntos son el correo postal o el fax.
Rumanía acepta que los formularios de solicitud puedan cumplimentarse en inglés y francés, además de en rumano.
La autoridad central rumana es el Ministerio de Justicia.
Ministerio de Justicia
Dirección de Derecho Internacional y Cooperación Judicial
Str. Apolodor No 17, Sector 5, Bucarest 050741
Teléfono: +40372041077; Fax n.º: +40372041079.
Servicio para la Cooperación Judicial Internacional en materia civil y mercantil
Teléfono: +40372041083; Teléfono: +40372041218; Fax n.º: +40372041079, +40372041084
Rumanía acepta que los formularios de solicitud puedan cumplimentarse en inglés y francés, además de en rumano.
Los medios técnicos de recepción de las solicitudes y sus documentos adjuntos son el correo postal o el fax.
La información no está disponible
Rumanía acepta que los formularios de certificado puedan cumplimentarse en inglés y francés, además de en rumano.
La notificación de documentos procesales se lleva a cabo de manera gratuita, de oficio, a través del órgano jurisdiccional, por los oficiales de la administración de justicia o por otro empleado del mismo. Si esto no resulta posible, se notifican por correo postal certificado con contenido declarado y acuse de recibo, en un sobre sellado al que se adjunta la prueba de la recepción o la notificación y un aviso. A petición y a expensas de la parte interesada, los actos procesales podrán ser notificados por el órgano jurisdiccional, mediante un agente judicial o mediante un servicio de entrega urgente (artículo 154, apartados 1, 4 y 5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Los honorarios de los agentes judiciales varían entre los 20 RON y los 400 RON. Véase la Orden n.º 2550, de 14 de noviembre de 2006, del Ministerio de Justicia, por la que se aprueban los honorarios mínimos y máximos de los servicios prestados por los agentes judiciales.
Rumanía declara que los agentes diplomáticos y consulares solo podrán notificar documentos judiciales y extrajudiciales en territorio rumano a los ciudadanos del país que representan.
Rumanía se opone a la posibilidad de efectuar la notificación o el traslado directamente, prevista en el artículo 15, apartado 1, del Reglamento.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19, apartado 1, del Reglamento, los órganos jurisdiccionales rumanos solo podrán proveer si se reúnen todas las condiciones previstas en el apartado 2.
La demanda tendente a la exención de la preclusión de la expiración de los plazos prevista en el artículo 19, apartado 4, se podrá presentar en el plazo de un año a partir de la fecha de la resolución.
No es aplicable.
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