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Mediación familiar

Polonia
Contenido facilitado por
European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

Procedimientos de mediación en asuntos de familia, divorcio y separación

La mediación es una forma voluntaria y confidencial de resolución de litigios en la que las partes de un litigio logran alcanzar un acuerdo con la ayuda de un mediador neutral e imparcial. Las cuestiones tratadas en la mediación dependen de las partes. Pueden alcanzarse acuerdos sobre: reconciliación de los cónyuges, establecimiento de las condiciones de la separación, formas de la patria potestad, contacto con los menores, satisfacción de las necesidades familiares, pensión alimenticia de los menores, así como cuestiones relativas a la propiedad y la vivienda. Un acuerdo de mediación también puede contemplar la expedición de pasaportes, la elección de la educación del menor, los contactos con los miembros de la familia extensa y la administración del patrimonio del menor.

Beneficios de la mediación

• La mediación ayuda a rebajar el nivel de emociones negativas y a comprender las propias necesidades y las de la otra parte, reduciendo así la carga psicológica que lleva aparejada el conflicto.

¿Cómo es un caso objeto de mediación?

• La mediación puede tener lugar antes de que se lleve el caso ante la justicia o una vez iniciadas las actuaciones judiciales, por decisión judicial.

• En cualquier caso, la mediación está sujeta al consentimiento de las partes.

• Cada una de las partes puede solicitar la mediación en cualquier etapa del proceso judicial.

¿Quién elige al mediador?

• El mediador es elegido conjuntamente por las partes o nombrado por el juez, teniendo en cuenta en primer lugar a las personas que figuren en la lista de mediadores permanentes.

¿Cuánto tiempo puede durar la mediación?

• Los procesos de mediación que entabladas en virtud de una decisión judicial no duran más de 3 meses, aunque este plazo puede ampliarse si así lo solicitan conjuntamente las partes o por cualquier otro motivo válido, si con ello se facilita el acuerdo.

El proceso de mediación

• Tras recibir una resolución judicial, el mediador se pone en contacto con las partes para acordar la fecha y el lugar de reunión.

• El mediador explica las normas y el desarrollo del proceso de mediación y preguntará a las partes si aceptan la mediación.

• La mediación es una discusión entre las partes en presencia de un mediador. También pueden celebrarse reuniones entre el mediador y cada una de las partes por separado.

• Las partes pueden decidir no participar en la mediación.

• La mediación es confidencial. El mediador no puede dar a conocer a terceros ningún dato de la mediación. En las actas de mediación no figurará consideración ni posición alguna de las partes.

• El mediador no puede actuar como testigo de aquellos hechos de los que tenga conocimiento como consecuencia de la mediación, a menos que las partes le exoneren de su obligación de guardar secreto.

¿Cuáles son los posibles resultados de la mediación?

• La mediación puede dar lugar a una solución mutuamente aceptable, firmada por las partes.

• En los casos de divorcio o separación, la mediación puede dar lugar a la reconciliación, a un acuerdo entre los cónyuges o a pretensiones jurídicas comunes. El resultado servirá de base para la resolución judicial del caso.

• El mediador facilitará una copia del acta a las partes.

• El mediador presentará ante el órgano jurisdiccional el acta y cualquier acuerdo alcanzado.

• Un acuerdo de mediación aprobado por el órgano jurisdiccional tendrá la misma validez jurídica que una resolución judicial y pondrá fin al procedimiento.

• El órgano jurisdiccional se negará a aprobar el acuerdo si el mismo es contrario a la ley o a los principios básicos de la convivencia social, pretende eludir la ley, es confuso o contiene contradicciones.

• En caso de que un acuerdo que haya sido declarado ejecutable no sea efectivamente aplicado, podrá ponerse el mismo en manos de un agente judicial nombrado por el órgano jurisdiccional.

• Si no se alcanza un acuerdo, las partes podrán intentar ejercer sus derechos en procesos judiciales.

¿Cuánto cuesta la mediación?

  • Las partes asumirán los costes de la mediación. Normalmente cada parte paga la mitad del importe total, a menos que acuerden otra cosa.
  • Una parte podrá solicitar la exención de los gastos de mediación.
  • Independientemente del resultado del caso, el órgano jurisdiccional podrá ordenar que una parte reintegre los gastos derivados de una negativa manifiestamente injustificada a participar en la mediación.
  • Si se llega a un acuerdo antes del inicio de la vista ante el órgano jurisdiccional, se reembolsará a las partes el 100 % de las tasas judiciales.
  • Si se llega a un acuerdo ante el mediador en una fase posterior del procedimiento (después del inicio de la vista ante el órgano jurisdiccional), se reembolsará el 75 % de las tasas judiciales.
  • En caso de divorcio o separación, si las partes se reconcilian ante el tribunal de primera instancia y retiran la acción, se reembolsará el 100 % de las tasas judiciales abonadas cuando se llevó el caso ante el órgano jurisdiccional. Si las partes se reconcilian antes de la conclusión del procedimiento ante el tribunal de segunda instancia, se reembolsará el 50 % de las tasas judiciales abonadas para interponer el recurso.
  • En caso de mediación extrajudicial, el centro de mediación establecerá los honorarios del mediador o las partes los acordarán con el mediador antes de que comience la mediación.
Última actualización: 23/09/2022

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