Regímenes económicos matrimoniales

Finlandia
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Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Existe en este Estado miembro un régimen económico matrimonial legal? ¿Cuáles son sus características?

El régimen económico matrimonial finlandés se basa en una comunidad diferida de bienes (siirrettyyn omaisuuden yhteisyyteen). Durante el matrimonio, los bienes están separados. Cuando el matrimonio se disuelve, los bienes se dividen a partes iguales.

El matrimonio no conlleva ningún cambio en la relación de propiedad entre los cónyuges. Según la Ley 234/1929, sobre el matrimonio (avioliittolain), los bienes de un cónyuge en el momento del matrimonio siguen siendo propiedad de este después de la celebración de este. Asimismo, los bienes adquiridos o recibidos por un cónyuge a título de herencia o donación durante el matrimonio le siguen perteneciendo. Además de la separación de los bienes, las deudas de los cónyuges están separadas, es decir, cada cónyuge es el único responsable de las deudas asumidas antes o durante el matrimonio. No obstante, las deudas contraídas por uno de los cónyuges a efectos de mantenimiento de la familia son asumidas conjuntamente por los cónyuges.

En virtud del régimen económico matrimonial finlandés, los cónyuges tienen un derecho de participación en las ganancias del otro cónyuge, esto es, el cónyuge/viudo (o sus herederos) que menos ganancias patrimoniales haya tenido durante el matrimonio recibe la mitad de las ganancias patrimoniales del otro cónyuge tras la disolución del matrimonio. El derecho de participación en las ganancias se aplica a todos los bienes, independientemente de cuándo y cómo fueron adquiridos o recibidos por los cónyuges antes del matrimonio. Las capitulaciones matrimoniales pueden excluir el derecho de participación en las ganancias. De igual modo, quedan excluidos del ámbito de aplicación del derecho de participación en las ganancias los bienes adquiridos por el cónyuge en el marco de una donación, un testamento o un seguro personal de conformidad con las normas sobre los beneficiarios, siempre que el futuro cónyuge del beneficiario no tenga un derecho de participación en las ganancias sobre estos bienes.

2 ¿Cómo pueden los cónyuges organizar su régimen económico matrimonial? ¿Cuáles son los requisitos formales para ello?

Los cónyuges pueden acordar capitulaciones matrimoniales antes o durante el matrimonio. Las capitulaciones matrimoniales afectan al reparto de los bienes en la distribución. En las capitulaciones matrimoniales, los cónyuges pueden, por ejemplo, acordar que ninguno de ellos tenga un derecho de participación en las ganancias sobre el otro, de modo que cada uno de ellos conserve sus bienes. Las capitulaciones matrimoniales también pueden excluir determinados bienes del reparto.

Las capitulaciones matrimoniales deben plasmarse por escrito, fecharse y firmarse. También deben ser certificadas por dos testigos irrecusables. Las capitulaciones matrimoniales entran en vigor una vez que se han inscrito en el Registro Civil (desde principios de 2020, en el Registro Civil digital o Digi- ja väestötietovirasto).

3 ¿Se encuentra limitada la libertad para fijar un régimen económico matrimonial?

La Ley sobre el matrimonio contiene determinadas disposiciones relativas a las restricciones en relación con la residencia común y los bienes muebles de los cónyuges. Un cónyuge no puede, sin el consentimiento escrito del otro cónyuge, transferir la propiedad de los bienes inmuebles destinados a ser utilizados como residencia común de los cónyuges. Además, sin el consentimiento del otro cónyuge, un cónyuge no tiene derecho a alquilar o a disponer de otro modo de la vivienda utilizada como residencia común de los cónyuges, los enseres domésticos comunes de los cónyuges, el material de trabajo necesario para el otro cónyuge o los bienes muebles destinados al uso personal del otro cónyuge o de los hijos.

El reparto de los bienes puede someterse a mediación si se ve que conduce a un resultado no razonable o da lugar a una ventaja económica injustificada para uno de los cónyuges. La mediación en el reparto significa que, en casos concretos, es posible aplicar excepciones a las normas que de otro modo tendrían que seguirse para el reparto de los bienes, siempre que concurra una justificación razonable. Al contemplar la mediación en el reparto, se tiene en cuenta, en particular, la duración del matrimonio, las actividades de los cónyuges a favor del hogar común, la acumulación y conservación de los bienes y otros aspectos comparables de las finanzas de los cónyuges.

El reparto puede ser mediado de tal manera que uno de los cónyuges no reciba bienes del otro en virtud del derecho de participación en las ganancias o que este sea limitado. El reparto también puede organizarse de tal manera que determinados bienes queden total o parcialmente excluidos del derecho de participación en las ganancias. Además, el reparto puede estar sujeto a mediación de tal manera que los bienes respecto de los cuales uno de los cónyuges no tiene derecho de participación en las ganancias en virtud de las capitulaciones matrimoniales se traten en la distribución, total o parcialmente, como propiedad sobre la cual el otro cónyuge tiene derecho de participación en las ganancias.

4 ¿Cuáles son los efectos jurídicos del divorcio, la separación o la anulación sobre el régimen económico matrimonial?

Cuando se esté tramitando el divorcio o se haya disuelto el matrimonio, se debe llevar a cabo el reparto de los bienes si el cónyuge o el heredero del cónyuge fallecido así lo solicita. Dicho reparto implica que se aplica el derecho de participación en las ganancias y se determina la prestación compensatoria que debe pagar el cónyuge que haya tenido mayores ganancias patrimoniales. Si ninguno de los cónyuges tiene un derecho de participación en las ganancias, solo se procede a dividir los bienes comunes de los cónyuges. Si los cónyuges poseen bienes en común, estos se dividen bajo petición.

También se procede al reparto si los cónyuges cuyo régimen económico matrimonial regido por la legislación finlandesa han sido separados judicialmente en otro país. No obstante, no se realiza el reparto de los bienes tras la separación judicial si, después de esta, los cónyuges han vuelto a vivir juntos.

5 ¿Qué efectos tiene el fallecimiento de uno de los cónyuges sobre el régimen económico matrimonial?

Los efectos del fallecimiento de uno de los cónyuges sobre el régimen económico matrimonial son, en principio, los mismos que los del divorcio.

Si el cónyuge fallecido tiene descendientes directos, es decir, hijos o sus descendientes, el viudo o sus herederos pueden exigir el reparto. En caso de reparto, la totalidad de los bienes de los cónyuges se divide, por norma general, en partes iguales. El cónyuge supérstite recibe la mitad de los bienes y los herederos la otra mitad. Sin embargo, si el cónyuge supérstite posee más bienes que el cónyuge fallecido, tiene derecho a conservar la totalidad de los bienes.

Cuando el matrimonio se disuelve por el fallecimiento de uno de los cónyuges y el cónyuge fallecido no tiene descendientes directos, el viudo hereda los bienes del fallecido, a menos que el cónyuge fallecido haya legado sus bienes a otra persona. En esta fase, no se hace ninguna distinción entre los bienes del cónyuge fallecido y los del viudo. En caso de fallecimiento de ambos cónyuges, los bienes del último cónyuge fallecido se reparten también, por norma general, a partes iguales entre los herederos de ambos cónyuges. El viudo no puede disponer por testamento la cuota que corresponde a los herederos del cónyuge que falleció primero.

El cónyuge supérstite puede conservar la totalidad indivisible del patrimonio del cónyuge fallecido, salvo solicitud de reparto por parte de un descendiente directo o existencia de testamento del fallecido. Sin embargo, el cónyuge supérstite siempre puede conservar de forma indivisible la vivienda utilizada como residencia común de los cónyuges, así como los enseres domésticos ordinarios, a menos que haya una vivienda apropiada en los activos del viudo.

6 ¿Cuál es la autoridad competente para conocer de asuntos relacionados con el régimen económico matrimonial?

En Finlandia, la autoridad competente no incoa de oficio los procedimientos en materia de regímenes económicos matrimoniales. Si los cónyuges no pueden llegar a un acuerdo sobre el reparto, el tribunal regional (käräjäoikeus) competente ordena, previa solicitud, al albacea que proceda al reparto de los bienes.

7 ¿Qué efectos tiene el régimen económico matrimonial sobre las relaciones jurídicas entre un cónyuge y un tercero?

En principio, el matrimonio no limita el derecho de los cónyuges a realizar negocios jurídicos; durante el matrimonio, cualquiera de los cónyuges puede tomar decisiones relativas a sus bienes privativos sin el consentimiento del otro.

Además, los cónyuges no son jurídicamente responsables de las deudas del otro. No obstante, los cónyuges son solidariamente responsables de las deudas contraídas por uno de ellos en lo que se refiere al mantenimiento de la familia. Por otra parte, ambos cónyuges son responsables del pago del alquiler de la vivienda común. El contrato de arrendamiento de la vivienda común solo puede rescindirse conjuntamente, aunque el contrato de arrendamiento esté a nombre de uno solo de ellos.

Los acreedores están protegidos por la Ley sobre el matrimonio, de modo que un cónyuge no puede renunciar a sus derechos de forma vinculante para los acreedores. Si un cónyuge ha transferido sus bienes a su cónyuge o a sus herederos en una proporción sustancialmente mayor a la que habría tenido que transferir, dicha operación puede impugnarse a efectos concursales.

8 Breve descripción del procedimiento de disolución del régimen económico matrimonial, incluidos el reparto, la distribución y la liquidación, en este Estado miembro.

En Finlandia, la autoridad competente no incoa de oficio los procedimientos en materia de regímenes económicos matrimoniales. Cuando se esté tramitando el divorcio o se haya disuelto el matrimonio, se debe llevar a cabo el reparto de los bienes si un cónyuge o el heredero del cónyuge fallecido así lo solicita. Si los cónyuges no tienen un derecho de participación en las ganancias, solo se procede a dividir los bienes comunes de los cónyuges.

En caso de reparto de bienes por divorcio, todos los bienes de los cónyuges se dividen, por norma general, a partes iguales entre los cónyuges, a menos que estos hayan celebrado capitulaciones matrimoniales. El reparto de los bienes también puede estar sujeto a mediación sobre la base de consideraciones de equidad. En caso de reparto o división de bienes, los bienes comunes de los cónyuges también se dividen previa solicitud.

Cuando un matrimonio se disuelve por fallecimiento de uno de los cónyuges y el cónyuge fallecido tiene descendientes directos, es decir, hijos o sus descendientes, el viudo o los herederos pueden exigir el reparto de los bienes. En caso de reparto de los bienes, todos los bienes de los cónyuges se dividen, por norma general, a partes iguales. El cónyuge supérstite recibe la mitad de los bienes y los herederos la otra mitad. No obstante, si el supérstite posee más bienes que el cónyuge fallecido, tiene derecho a conservar la totalidad de sus bienes. Si el matrimonio se disuelve por fallecimiento del cónyuge, pero el cónyuge fallecido no tiene descendientes directos, el cónyuge supérstite hereda el patrimonio del cónyuge fallecido, a menos que el cónyuge fallecido haya decidido otra cosa en testamento. En caso de fallecimiento de ambos cónyuges, los bienes del último cónyuge fallecido se dividen, por norma general, a partes iguales entre los herederos de ambos cónyuges.

Las partes pueden acordar entre ellas el reparto de sus bienes (reparto de mutuo acuerdo). Si las partes no se ponen de acuerdo, el órgano jurisdiccional ordena, a petición de uno de los cónyuges, un reparto que realiza el albacea (reparto judicial).

Cuando el reparto es de mutuo acuerdo, se debe redactar, fechar y firmar el acuerdo al efecto. El documento debe ser certificado por dos testigos irrecusables. Por otra parte, si el reparto es realizado por el albacea, se redacta un documento sobre la realización del reparto firmado por el albacea.

Este documento puede inscribirse en el Registro Civil (desde principios de 2020, en el Registro Civil digital o Digi- ja väestötietovirasto). La inscripción del documento de reparto protege frente a los acreedores del otro cónyuge y no afecta a la validez del reparto entre las partes.

9 ¿Cuáles son el procedimiento y los documentos o la información que, normalmente, resultan necesarios para la inscripción de bienes inmuebles?

La propiedad de los bienes inmuebles se inscribe al solicitar el título de propiedad. El título de propiedad está registrado en el registro hipotecario. El propietario aparece entonces en el certificado del título de propiedad.

En el caso de que se produzca un cambio en los bienes inmuebles como consecuencia de un reparto o división de bienes, debe presentarse al catastro (Maanmittauslaitokselle) el original del acuerdo de reparto o división de los bienes, una justificación de la base del reparto, por ejemplo, una resolución del tribunal regional sobre la incoación del procedimiento de divorcio, así como la posible liquidación del impuesto sobre la transferencia de fondos.

El período para obtener el título de los bienes inmuebles basado en el reparto comienza desde el momento en que el reparto se convierte en definitivo. Se concede un plazo de seis meses para la obtención del título de propiedad de los bienes inmuebles.

Última actualización: 15/02/2024

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