Derechos de los menores en los procedimientos judiciales

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1. Capacidad de obrar de los menores

En Luxemburgo, se ha fijado la edad mínima para que un demandante pueda llevar un asunto ante un órgano jurisdiccional por sí mismo en dieciocho años en todos los ámbitos del Derecho. Existe una excepción para los menores emancipados, que pueden presentar demanda por sí mismos.

En Luxemburgo, un sistema judicial especializado se ocupa de los delitos cometidos por menores que no hayan alcanzado la edad mínima de responsabilidad penal. Se ha fijado la edad mínima de responsabilidad penal en dieciocho años. Por tanto, según el ordenamiento jurídico luxemburgués, un menor de dieciocho años no comete «delitos», sino «actos considerados delitos», que son competencia de un órgano jurisdiccional especializado, el juzgado de menores, que se encarga de aplicar medidas educativas, de protección o de tutela.

2. Procedimientos judiciales adaptados

Salvo ciertas cuestiones en materia de familia y protección de menores, los asuntos civiles los juzgan los órganos jurisdiccionales civiles. En el orden contencioso-administrativo, no existen órganos jurisdiccionales especiales de familia y de menores. Los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos solo revisan las resoluciones en materia de asilo y migración.

  • Un órgano jurisdiccional especializado, el juzgado de menores, es competente para enjuiciar a los delincuentes y sospechosos menores de edad, así como para dictar medidas de protección para los menores que necesiten asistencia y protección. El juzgado de menores (Tribunal de la jeunesse) adopta medidas cautelares y educativas. Los menores sospechosos o delincuentes no son considerados delincuentes sino menores que necesitan protección y ayuda. Por lo tanto, el Derecho penal no se aplica como tal a los menores.
  • La sección de Protección de la Juventud (Protection de la jeunesse) de la fiscalía se ocupa, en general, de todo aquello que afecta a los menores y a sus familias. Cuando las víctimas menores de edad participan en procedimientos judiciales, los fiscales colaboran estrechamente con la sección de Protección de la Juventud de la policía judicial.
  • Luxemburgo cuenta con un órgano jurisdiccional especializado, el juzgado de menores, que se ocupa de asuntos de protección de menores. Los juzgados de menores cuentan con jueces especializados. Los jueces de menores son competentes para hacer cumplir la legislación de protección de la juventud, y para conocer de los asuntos que afecten a la patria potestad sobre los menores. Los jueces de menores también supervisan la labor de los representantes legales o tutores. En el ejercicio de esta función, los jueces de menores pueden pedir aclaraciones a los representantes legales y a los tutores del menor, así como al propio menor.

3. Medidas jurídicas y políticas para evitar demoras injustificadas en la tramitación de asuntos que afecten a menores

No existen disposiciones específicas en vigor que garanticen que los procedimientos civiles que afectan a los menores se lleven a cabo sin demoras injustificadas. Por lo que respecta a los plazos procesales, se aplican las normas generales (normas aplicables a los adultos). Estas normas varían en función del órgano jurisdiccional que conoce del asunto.

4. Mecanismos y procedimientos específicos de apoyo al menor e interés superior del menor

Puede ofrecer apoyo al menor con las vías de reparación. El menor también puede ser asistido por un abogado.

  • La legislación aplicable no define el significado de «interés superior».

La determinación del interés superior del menor es competencia de los jueces. A la hora de determinar el interés superior del menor, los jueces pueden tener en cuenta distintos factores, como el bienestar del menor, factores sociales, etc. A pesar del requisito legal vigente, el órgano jurisdiccional puede tener en cuenta la opinión del menor a la hora de determinar su interés superior. El menor puede expresar su opinión durante una audiencia en asuntos civiles como, por ejemplo, los relativos a la patria potestad.

Todos los órganos jurisdiccionales deben cumplir lo dispuesto en los instrumentos jurídicos internacionales, como el Convenio Europeo sobre el Ejercicio de los Derechos de los Niños y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

5. Control de la ejecución de las resoluciones dictadas en los procedimientos que afectan a los menores

Los menores no pueden solicitar la ejecución de una sentencia por sí mismos. Su representante legal ejerce este derecho en su nombre.

Cuando se haya dictado una resolución en contra de un menor demandado, esta debe ejecutarse contra los bienes del menor. Los menores demandados que no cumplan las obligaciones derivadas de la resolución judicial, no pueden ser sometidos a la medida coercitiva de la detención.

En los asuntos de protección de menores, el menor representado por un abogado puede solicitar la ejecución de la sentencia por sí mismo.

6. Reparación

El menor que quiera presentar una demanda, un recurso o una solicitud de revisión judicial ante un órgano jurisdiccional ordinario debe estar representado por su representante legal. Se exceptúan los menores emancipados, que pueden presentar demanda por sí mismos.

Dado que el representante legal del menor le representa y realiza todos los actos en su nombre, puede presentar escritos o interponer recursos sin el consentimiento del menor. En caso de conflicto de intereses entre los progenitores y el menor, el órgano jurisdiccional puede nombrar un administrador ad hoc.

Asimismo, el menor puede recurrir las resoluciones adoptadas por el juzgado de menores con la ayuda de un abogado.

7. Instituciones encargadas del apoyo a menores:

8. Adopción

En Luxemburgo, la adopción está abierta a todos sus residentes, independientemente de si son o no nacionales, así como a todos los no residentes que deseen adoptar a una persona residente en Luxemburgo.

Los requisitos para la adopción se rigen el Derecho nacional del/los adoptante/s.

En el caso de una adopción por dos cónyuges que no comparten la misma nacionalidad o son apátridas, el Derecho aplicable es el de su residencia habitual común en el momento de la solicitud.

En el caso de las personas adoptadas, se aplica el Derecho de su país de origen, salvo que la adopción prevista les otorgue la nacionalidad del adoptante. En caso de conflicto entre las normas de competencia jurisdiccional, se aplica la norma del país en la que haya tenido lugar legalmente la adopción.

Toda persona que quiera adoptar a un menor debe, en primer lugar, ponerse en contacto con el Ministerio de la Educación Nacional, de la Infancia y de la Juventud (Ministère de l’éducation nationale, de l’enfance et de la jeunesse) para presentar una solicitud de adopción. El «curso de preparación para la adopción» es previo a la evaluación de la idoneidad de los solicitantes para adoptar.

La Maison de l’Adoption es una oficina de asesoramiento en materia de adopción para las personas afectadas por la adopción (futuros adoptantes, personas adoptadas, familias adoptivas, profesionales involucrados en las adopciones).

Ofrece apoyo tanto durante como tras el procedimiento de adopción a través de consultas personalizadas.

El procedimiento de adopción en Luxemburgo consta de varias fases.

Enlace a la legislación

Child-friendly justice in Luxembourg (en inglés y francés)  PDF (989 Kb) en

Última actualización: 10/12/2021

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