Demandas de escasa cuantía

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Artículo 25, apartado 1, letra a) – Órganos jurisdiccionales competentes

Los órganos jurisdiccionales competentes para dictar resoluciones en los procesos europeos de escasa cuantía son el Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía (Tribunal għal Talbiet Żgħar) de Malta y el Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía de Gozo.

La información de contacto de estos tribunales es la siguiente.

Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía de Malta [Tribunal għal Talbiet Żgħar (Malta)]

Teléfono: 00356 25902000

Correo electrónico: courts.justice@gov.mt

Dirección: Courts of Justice, Republic Street, Valletta, VLT2000, Malta.

Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía de Gozo [Tribunal għal Talbiet Żgħar (Għawdex)]

Teléfono: 00356 22156650

Correo electrónico: gozocourts@mgoz@gov.mt

Dirección: Gozo Courts and Tribunals, Cathedral Square, Victoria, VCT1821, Gozo.

Artículo 25, apartado 1, letra b) – Medios de comunicación

Los medios de comunicación aceptados son los siguientes: en persona en la secretaría del órgano jurisdiccional, por correo postal, por fax y por correo electrónico.

Artículo 25, apartado 1, letra c) – Autoridades u organizaciones competentes para prestar asistencia práctica

Si la demanda la presenta un consumidor contra una persona que lleve a cabo actividades comerciales, la autoridad que presta asistencia práctica es la Red de Centros Europeos del Consumidor, en concreto, el Centro de Malta.

La dirección del Centro Europeo del Consumidor de Malta es:

Consumer House, 47A, South Street, Valletta, VLT1101, Malta.

Correo electrónico: ecc.malta@gov.mt

Si una persona que lleva a cabo actividades comerciales presenta una demanda contra otra persona que también realiza este tipo de actividades, esta asistencia técnica la prestará Malta Enterprise.

La dirección de Malta Enterprise es:

Malta Enterprise Corporation, Gwardamangia Hill, Pieta', MEC0001, Malta.

Correo electrónico: info@maltaenterprise.com

Artículo 25, apartado 1, letra d) – Medios de notificación y comunicación electrónicas y medios para manifestar el consentimiento en cuanto a su uso

El Derecho procesal de Malta no prevé la notificación por medios electrónicos. El uso de medios electrónicos a efectos de notificación y comunicación está excluido legalmente.

Artículo 25, apartado 1, letra e) – Personas o profesiones sujetos a la obligación de aceptar la notificación de documentos u otras comunicaciones escritas por medios electrónicos

Ninguna persona o profesión tiene tal obligación.

Artículo 25, apartado 1, letra f) – Tasas judiciales y medios de pago

Las tasas son las siguientes: 40 EUR por presentar el formulario A y 7,20 EUR por cada notificación o traslado a los demandados. Si se usa el formulario C, la tasa es de 25 EUR y de 7,20 EUR por cada notificación. A efectos del artículo 15 bis, la forma de pago es la transferencia bancaria.

Artículo 25, apartado 1, letra g) – Procedimiento de recurso y órganos jurisdiccionales competentes

Cabe recurrir ante el Tribunal de Apelación (Qorti tal-Appell) de Malta, en su formación inferior (un juez), las resoluciones dictadas por el Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía de Malta, y ante el Tribunal de Apelación de Gozo, en su formación inferior (un juez), las resoluciones dictadas por el Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía de Gozo.

De conformidad con el artículo 8 del capítulo 380 de las Leyes de Malta (Liġijiet ta' Malta), el recurso debe interponerse mediante instancia en un plazo de veinte días desde que se dicte la resolución. El artículo 8, apartado 2, establece que, independientemente del importe de la demanda, puede interponerse recurso en los casos siguientes.

a) Cuestiones referentes a la competencia del órgano jurisdiccional.

b) Cuestiones de prescripción.

c) En caso de incumplimiento de las disposiciones del artículo 7, apartado 2, del capítulo 380. Este artículo establece que el órgano jurisdiccional debe suspender el proceso si en oposición a la demanda se alega una excepción relativa a un asunto que no sea competencia del Tribunal, y/o si hay una acción pendiente ante un órgano jurisdiccional competente cuyo resultado pueda tener incidencia en la demanda interpuesta ante el Tribunal.

d) En caso de que el Tribunal haya actuado de una forma contraria a las normas de imparcialidad y equidad y dicha acción haya perjudicado los derechos de la parte recurrente.

Artículo 25, apartado 1, letra h) – Procedimiento de revisión de la sentencia y órganos jurisdiccionales competentes para conocer de dicha revisión

Las solicitudes de revisión en virtud del artículo 18 del Reglamento se presentan ante el Tribunal de Asuntos de Pequeña Cuantía de Malta o Gozo.

Artículo 25, apartado 1, letra i) – Lenguas aceptadas

La lengua aceptada es el maltés.

Artículo 25, apartado 1, letra j) – Autoridades competentes por lo que respecta a la ejecución

Las autoridades competentes por lo que respecta a la ejecución son el Tribunal de Magistrados (Qorti tal-Maġistrati) de Malta o el Tribunal de Magistrados de Gozo, en función del lugar de residencia de la persona contra la que se ejecuta la resolución.

Última actualización: 25/03/2023

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