Cómo llevar un asunto al tribunal

Países Bajos
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European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Debo acudir a un tribunal o existe otra alternativa?

No, no siempre es necesario recurrir a los órganos jurisdiccionales para resolver un litigio. En algunos casos, es perfectamente posible usar formas alternativas de resolución de litigios, como la mediación y el arbitraje.

2 ¿Existe un plazo para emprender una acción judicial?

Sí, muy a menudo, pero los plazos para interponer una demanda judicial varían en función del asunto y no es posible responder en términos generales. Para resolver cualquier duda, se recomienda ponerse en contacto con un abogado o con el Servicio de Asesoramiento Jurídico (Juridisch loket) (https://www.juridischloket.nl/).

3 ¿Debo dirigirme a un tribunal de este Estado miembro?

Como regla básica, es el órgano jurisdiccional del Estado miembro del lugar de residencia del demandado el que envía la citación.

4 En caso de que así sea, ¿a qué tribunal de este Estado miembro debo dirigirme en función de mi domicilio y del de la otra parte o de otros elementos de mi demanda?

A menos que la legislación establezca lo contrario, un asunto se debe resolver ante el juzgado de distrito del lugar de residencia del demandado. Si no se conoce el lugar de residencia del demandado en los Países Bajos, es competente asimismo el órgano jurisdiccional del lugar en el que la persona tiene su residencia actual. Se deberá, por tanto, averiguar en qué dirección y en qué municipio holandés vive el demandado. Una vez conocido el domicilio, se puede consultar la Ley de Clasificación Judicial (Wet op de rechterlijke indeling) para averiguar en qué distrito judicial está situado el lugar de residencia o estancia. Sobre esta base, es posible determinar el juzgado de distrito al que debe remitirse el asunto.

5 ¿A qué tribunal debo dirigirme en este Estado miembro en función de la naturaleza de mi demanda y del importe del litigio?

Para la respuesta a esta pregunta, véase la pregunta anterior. Para obtener más información con el fin de determinar qué tribunal conocerá del asunto, consulte el sitio web De Rechtspraak, que explica el sistema judicial neerlandés.

6 ¿Puedo acudir por mi cuenta a un tribunal o debo pasar por un intermediario como, por ejemplo, un abogado?

En los Países Bajos, el principio jurídico es que las partes deben estar representadas por un abogado en los asuntos civiles y mercantiles. Es indiferente en este sentido si el asunto se resuelve en procedimientos iniciados por citación judicial, procedimientos iniciados a instancia de parte o procedimientos sumarios, procedimientos para la adopción de medidas provisionales o, por ejemplo, procedimientos en rebeldía.

Se aplica una excepción únicamente a las demandas de hasta 25 000 EUR o las demandas de cuantía indefinida, pero cuando esté claro que su cuantía no es superior a 25 000 EUR. En estos casos es competente el tribunal cantonal (kantonrechter) y las partes pueden optar por representarse a sí mismas el procedimiento. No necesita entonces representación letrada. El tribunal cantonal también conoce de asuntos laborales, arrendamientos, ventas al consumidor y crédito al consumo. En estos asuntos, la cuantía de la demanda es irrelevante. Otros asuntos de los que conoce el tribunal cantonal son la administración, tutela, curaduría y renuncia o aceptación de una herencia.

Para obtener más información sobre si debe o no contratar a un abogado, haga clic aquí.

7 Para incoar el asunto, ¿a quién debo dirigirme concretamente?: ¿a la recepción o a la secretaría del tribunal, o bien a cualquier otra administración?

Los documentos escritos con los que se puede iniciar un procedimiento se deben dirigir a la secretaría judicial del órgano jurisdiccional competente. Se debe tener en cuenta la diferencia entre los procedimientos iniciados mediante citación y los procedimientos iniciados a instancia de parte. En los procedimientos iniciados por citación judicial, esta se entrega en primer lugar al demandado y a continuación se registra en la secretaría judicial. Ambas acciones debe llevarlas a cabo un agente judicial. Posteriormente, los procedimientos se celebran con arreglo a la lista de causas (lista de asuntos de los que se conoce durante la sesión). En los procedimientos iniciados a instancia de parte, se presenta la demanda directamente ante la secretaría judicial y el resto del procedimiento también se celebra a través de la secretaría judicial del órgano jurisdiccional competente. Véase también «Notificación y traslado de documentos».

8 ¿En qué lengua debo formular mi solicitud? ¿Puedo hacerlo oralmente o debe ser necesariamente por escrito? ¿Puedo hacerlo por fax o por correo electrónico?

En los Países Bajos, el neerlandés es la lengua oficial de los procedimientos judiciales. Esto significa que la citación judicial o la demanda (escrita) que inician el procedimiento deben estar redactadas en neerlandés. A modo de excepción, los escritos procesales en un asunto del que conozca un órgano jurisdiccional de la provincia de Frisia podrán redactarse en frisón.

Los documentos también se pueden entregar ante la secretaría judicial de un juzgado por fax. Los documentos remitidos por fax y recibidos por la secretaría judicial antes de las 24:00 h del último día se consideran remitidos dentro del plazo. Existe una excepción a esta regla: las demandas en los asuntos de familia no se aceptan cuando se remiten por fax. Los documentos no se pueden enviar por correo electrónico.

9 ¿Existen formularios para presentar la demanda? Y en caso de que no los hubiera, ¿cómo debe estar constituido el expediente? ¿Existen elementos que deban incluirse obligatoriamente en el expediente?

Procedimientos iniciados por citación judicial

En los procedimientos iniciados por citación judicial, la citación se entrega en primer lugar al demandado y a continuación se registra en la secretaría judicial del órgano jurisdiccional. La citación debe incluir: el nombre del demandante, la demanda, el nombre del demandado, los motivos de la demanda y los documentos en los que se fundamenta remitidos por el demandante en apoyo de la demanda. La citación también indica la fecha de la vista y el órgano jurisdiccional que conocerá del asunto.

El expediente debe contener los siguientes documentos:

  1. la citación judicial original, si es necesario: una citación y autorización modificada en virtud del artículo 117 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Wetboek van Burgerlijke Rechtsvordering);
  2. si la citación se notifica en el extranjero, los documentos originales que demuestren que se ha realizado correctamente;
  3. pruebas de la asistencia jurídica con cargo a fondos públicos o declaración de la renta, o copia de la solicitud de asistencia jurídica con cargo a fondos públicos o declaración de la renta;
  4. pruebas de la elección de domicilio del demandado;
  5. documentos que se alegarán en el procedimiento;
  6. notificación de si ha tenido lugar una mediación antes del procedimiento y, en los casos indicados a continuación, copias de los documentos siguientes:
  7. si se interpone una demanda para el reembolso de las costas, copia de los justificantes;
  8. en los casos de remisión, la decisión de remisión y los documentos presentados hasta la remisión;
  9. si la citación debe publicarse o traducirse a una lengua extranjera, los documentos que demuestren su publicación o traducción.

Procedimientos iniciados a instancia de parte

En los procedimientos iniciados a instancia de parte, se presenta una demanda directamente ante la secretaría judicial y el resto del procedimiento también se celebra a través de la secretaría judicial del órgano jurisdiccional competente.

El expediente debe contener los siguientes documentos:

  1. nombre, apellidos y lugar de residencia o, a falta de lugar de residencia en los Países Bajos, lugar de estancia actual del demandante;
  2. nombre, dirección, lugar de residencia o, a falta de lugar de residencia en los Países Bajos, lugar de estancia actual de cada demandado y cada parte interesada, si el demandante los conoce;
  3. descripción clara de la solicitud y los motivos en los que se fundamenta, incluidos los motivos para la competencia local del órgano jurisdiccional;
  4. nombre y número de teléfono del abogado asignado al asunto;
  5. en las herencias, la demanda también debe indicar el último lugar de residencia del difunto o el motivo por la cual no es posible proporcionar esa información.

Las partes que invoquen algún documento de la citación judicial, el escrito o la declaración abreviada deberán adjuntar una copia de dichos documentos.

10 ¿Se deben pagar tasas al tribunal? En caso afirmativo, ¿cuándo hay que hacerlo? ¿Hay que pagar los honorarios del abogado desde el principio?

Al interponer una demanda judicial deben pagarse tasas judiciales. Su importe dependerá de la naturaleza y cuantía del litigio. En la práctica, el abogado a menudo adelantará dicho importe y lo cargará posteriormente al cliente. Si en el curso del procedimiento fuera necesario recurrir a un perito (por ejemplo, un auditor, un médico o un perito técnico), el órgano jurisdiccional cargará los costes a la parte que pierda, a menos que decida lo contrario (por ejemplo, en los asuntos de familia, en los que los costes los asume normalmente la parte que ha incurrido en ellos). Lo mismo se aplica a los costes de testigos o de otras formas de prueba.

Los abogados cobran por sus servicios unos honorarios que se basan en una tarifa por horas, a menos que se tenga derecho a la asistencia jurídica subvencionada (véase también la pregunta 11). En principio, los honorarios de los abogados en los Países Bajos no son fijos. Se recomienda obtener información sobre el tema de forma anticipada del abogado que le represente o del Colegio de Abogados neerlandés (Nederlandse orde van Advocaten). La mayoría de los abogados solicitan un anticipo y posteriormente cobran sus servicios en el curso del procedimiento y envían una factura final.

11 ¿Puedo acceder a la asistencia jurídica gratuita?

En los Países Bajos existe la posibilidad de obtener asistencia jurídica subvencionada. En algunos casos se puede obtener una contribución al coste del asesoramiento y la asistencia jurídica en el proceso. Si no puede pagar los honorarios de un abogado, en determinadas circunstancias, el coste de la asistencia jurídica puede ser parcialmente subvencionable. puede La Junta de Asistencia Jurídica (Raad voor Rechtsbijstand) paga parte de los honorarios de un abogado y usted solo tendrá que contribuir en proporción a su renta. Esta contribución dependerá de la situación financiera. El abogado es quien remite la solicitud a la Junta de Asistencia Jurídica. Puede encontrar más información sobre la asistencia jurídica subvencionada en el sitio web de la Junta de Asistencia Jurídica.

12 ¿En qué momento mi demanda se considera efectivamente interpuesta? ¿Recibiré una confirmación de que la demanda ha sido admitida a trámite?

Con arreglo al procedimiento iniciado por citación judicial, la demanda está pendiente desde el momento en que el agente judicial entrega la citación al demandado. El demandante debe presentar la citación judicial a la secretaría judicial a más tardar el último día de apertura de la secretaría judicial antes de la fecha de la lista de causas que figura en la citación (fecha de la vista). Si no se presenta la citación a la secretaría judicial en ese plazo, se suprime la causa de la lista, a menos que se expida una citación sustitutoria válida en el plazo de dos semanas desde la fecha de la vista indicada en la citación.

Con arreglo a los procedimientos iniciados a instancia de parte, el litigio está pendiente cuando se presenta la demanda a la secretaría judicial.

Por lo general, no se envía ninguna confirmación de que se ha sometido válidamente un asunto. En los asuntos iniciados por citación judicial, si el escrito tiene defectos, el demandante tendrá en algunos casos la oportunidad de subsanarlos. Lo mismo se aplica en el caso de los procedimientos iniciados a instancia de parte. No obstante, la secretaría judicial no está obligada a ofrecer esta oportunidad.

13 ¿Tendré información precisa del calendario de tramitación de esta demanda (por ejemplo, el plazo para la comparecencia)?

La secretaría judicial no puede facilitar inmediatamente información precisa del calendario del procedimiento o de su iniciación. Evidentemente, se notifica la fecha en la que el asunto está listo para la vista. Ambas partes reciben la citación de la vista, con indicación del lugar y hora.

Última actualización: 16/11/2022

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