Cómo llevar un asunto al tribunal

Hungría
Contenido facilitado por
European Judicial Network
Red Judicial Europea (en materia civil y mercantil)

1 ¿Debo acudir a un tribunal o existe otra alternativa?

Las reclamaciones de deudas vencidas pueden ejecutarse mediante un requerimiento de pago, mientras que las demandas previstas por ley solo pueden ejecutarse de este modo. Son las notarías las encargadas de tramitar dichos procedimientos extrajudiciales. Consúltese la ficha relativa al proceso monitorio».

En Hungría también existen procedimientos de resolución alternativa de litigios. Consúltese la ficha relativa a la resolución extrajudicial de litigios.

2 ¿Existe un plazo para emprender una acción judicial?

Los plazos para ejercer una acción judicial varían según el caso. Por ejemplo, no existe ningún plazo para interponer una reclamación de responsabilidad patrimonial; no se aplica ningún plazo de prescripción. Por el contrario, no hay un plazo para presentar una demanda por responsabilidad extracontractual, si bien dicha acción está sujeta a un plazo de prescripción general (cinco años) que el órgano jurisdiccional tendrá en consideración en el procedimiento si lo invoca la otra parte. En el caso de otro tipo de demandas, los plazos para entablar acciones judiciales están estipulados por ley.

Por tanto, se recomienda aclarar la cuestión de los plazos consultando a un abogado, a un asesor jurídico o a una oficina de atención a los ciudadanos (polgárok bírósághoz fordulását segítő információs iroda).

3 ¿Debo dirigirme a un tribunal de este Estado miembro?

La cuestión de la jurisdicción, que determina el Estado miembro cuyos órganos jurisdiccionales tienen competencia en diversos tipos de casos con un componente internacional, está estipulada por el Derecho de la Unión Europea, los convenios internacionales pertinentes y la normativa de Hungría en materia de Derecho internacional privado.

La legislación de la UE pertinente que es aplicable en general a los asuntos civiles y mercantiles comprende el Reglamento (UE) n.º 1215/2012 y el nuevo Convenio de Lugano (publicado mediante la Decisión n.º 2009/430/CE), el Reglamento (CE) n.º 2201/2003 en materia matrimonial y de responsabilidad parental y el Reglamento (CE) n.º 4/2009 en materia de alimentos.

Cuando no se apliquen ni el Derecho de la UE ni los convenios bilaterales o multilaterales en los que Hungría sea parte, la jurisdicción se determinará sobre la base de las disposiciones de la Ley XXVIII de 2017 en materia de Derecho internacional privado (nemzetközi magánjogról szóló 2017. évi XXVIII. törvény).

4 En caso de que así sea, ¿a qué tribunal de este Estado miembro debo dirigirme en función de mi domicilio y del de la otra parte o de otros elementos de mi demanda?

Consúltese la ficha Competencia jurisdiccional: Hungría.

5 ¿A qué tribunal debo dirigirme en este Estado miembro en función de la naturaleza de mi demanda y del importe del litigio?

Consúltese la ficha Competencia jurisdiccional: Hungría.

6 ¿Puedo acudir por mi cuenta a un tribunal o debo pasar por un intermediario como, por ejemplo, un abogado?

Puede incoar una acción judicial, personalmente o a través de un representante autorizado, cualquier persona que:

a) tenga plena capacidad de obrar en virtud del Derecho civil;

b) sea mayor de edad y tenga capacidad de obrar parcial, pero, en virtud del Derecho civil, ello no implique una restricción en cuanto al objeto del litigio o a las diligencias procesales; o

c) en virtud del Derecho civil, pueda decidir de forma válida sobre el objeto del litigio.

Debe actuar un representante legal en su nombre si:

a) la parte carece de capacidad de obrar plena;

b) se ha nombrado a un representante legal para la parte sin que esto influya en su capacidad de obrar, salvo si la parte se comparece en persona o mediante su representante; o

c) la parte no es persona física.

En virtud de la Ley CXXX de 2016 relativa al Código de procedimiento civil (a polgári perrendtartásról szóló 2016. évi CXXX. törvény, en lo sucesivo denominada «Código de procedimiento civil»), es obligatorio que un representante legal participe en los procedimientos contenciosos. En el Código de procedimiento civil figuran los casos en los que no es obligatorio que participe un representante legal: los asuntos competencia de los tribunales de distrito (járásbíróság) en primera instancia y los litigios laborales competencia de los órganos jurisdiccionales administrativos y laborales; en ambos casos la representación legal no es obligatoria, salvo que se estipule lo contrario en la ley.

En el Código de procedimiento civil también se especifica quién puede actuar como representante legal. Los representantes legales de las partes son normalmente abogados y bufetes de abogados. En los casos en los que la representación legal sea obligatoria, las personas habilitadas para ejercer como representante legal pueden actuar en nombre propio sin representante en los asuntos judiciales de los que sean parte, salvo que se disponga lo contrario en la ley.

En los casos en los que no sea obligatorio que participe un representante legal, el escrito de demanda podrá ser presentado por un representante autorizado (por ejemplo, un abogado) designado por la parte o su representante legal. En el Código de procedimiento civil se establecen las normas sobre quién puede ser un representante autorizado y quién no.

7 Para incoar el asunto, ¿a quién debo dirigirme concretamente?: ¿a la recepción o a la secretaría del tribunal, o bien a cualquier otra administración?

El escrito de demanda debe presentarse directamente ante el órgano jurisdiccional con competencia para conocer del caso. El Código de procedimiento civil permite a las partes sin representante legal en los asuntos competencia de los tribunales de distrito y en los litigios laborales competencia de los órganos jurisdiccionales administrativos o laborales interponer una demanda oralmente durante el horario laboral designado y mediante el formulario facilitado ante el órgano jurisdiccional competente de su lugar de residencia, de su lugar de actividad o en la materia.

8 ¿En qué lengua debo formular mi solicitud? ¿Puedo hacerlo oralmente o debe ser necesariamente por escrito? ¿Puedo hacerlo por fax o por correo electrónico?

La lengua oficial de los procedimientos judiciales es el húngaro. Excepto cuando la ley, un acto jurídicamente vinculante de la Unión Europea o un convenio internacional prevean otra cosa, los escritos deben dirigirse al órgano jurisdiccional en húngaro. Este debe transmitir las comunicaciones y adoptar su decisión en húngaro. En el marco de un procedimiento judicial, todas las partes tienen el derecho de expresarse oralmente en su lengua materna o en una lengua regional o minoritaria dentro de los límites previstos en los convenios internacionales.

Habiendo ratificado la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa, Hungría tiene la obligación de permitir, en relación con el croata, alemán, serbio, eslovaco, esloveno, romaní y boyash, que:

  • la parte que comparezca ante el órgano jurisdiccional utilice su lengua minoritaria o regional sin tener que pagar costas adicionales por ello;
  • los documentos y las pruebas se presenten en una lengua minoritaria o regional, con la ayuda de intérpretes y traducciones si es necesario.

El órgano jurisdiccional nombra a un intérprete, a un intérprete de lengua de signos o a un traductor si es necesario para ejercer el derecho de la parte que va a usar su lengua o en virtud de la disposición del Código de procedimiento civil sobre el uso de lenguas.

El escrito de demanda debe presentarse por escrito ante el órgano jurisdiccional que conozca del caso. Cuando la comunicación por medios electrónicos sea obligatoria o facultativa, la presentación debe realizarse por los medios electrónicos previstos en la legislación. Si la comunicación se realiza en papel, la presentación debe realizarse por correo postal o en persona (durante el horario laboral de la oficina de tramitación o en cualquier momento durante el horario laboral en el buzón situado en la entrada del órgano jurisdiccional); pero en el caso de los asuntos competencia del tribunal de distrito y en los litigios laborales competencia de los órganos jurisdiccionales administrativos y laborales, las partes sin representante legal también pueden interponer una demanda oralmente durante el horario laboral indicado y presentarla en el formulario previsto al efecto ante el órgano jurisdiccional competente de su lugar de residencia, de su lugar de trabajo o ante el órgano jurisdiccional competente en la materia.

Los escritos de demanda no podrán enviarse por fax.

Para más información relativa a la posibilidad de presentación electrónica, véase la ficha relativa al «Tratamiento automatizado».

9 ¿Existen formularios para presentar la demanda? Y en caso de que no los hubiera, ¿cómo debe estar constituido el expediente? ¿Existen elementos que deban incluirse obligatoriamente en el expediente?

La acción judicial debe ejercerse mediante la presentación de un escrito que contiene la demanda, es decir, del escrito que recoge las alegaciones y pretensiones del demandante. En el Código del procedimiento civil se recogen en detalle los requisitos relativos al contenido del escrito de demanda y a los documentos adjuntos.

En los asuntos competencia del tribunal del distrito y en los litigios laborales competencia de los órganos jurisdiccionales administrativos y laborales, todas las partes sin representante legal deben presentar el escrito de demanda mediante el formulario previsto para el efecto. Se trata de una gran ayuda para que la parte sin representante legal ejercite sus derechos, ya que los elementos que se deben incluir obligatoriamente en el escrito de la demanda figuran en el formulario, el cual remite a los anexos que se han de adjuntar. Los formularios se publican en el sitio web central de los órganos jurisdiccionales.

Si la comunicación se ha de hacer en papel, la demanda y sus anexos deberán presentarse con tantas copias como partes haya en el procedimiento, más una. Si varias partes tienen un representante común (mandatario), recibirán conjuntamente una sola copia.

Para más información relativa a la presentación electrónica de demanda, consúltese la ficha relativa al «Tratamiento automatizado».

10 ¿Se deben pagar tasas al tribunal? En caso afirmativo, ¿cuándo hay que hacerlo? ¿Hay que pagar los honorarios del abogado desde el principio?

Es obligatorio pagar tasas judiciales en los procedimientos civiles. En la Ley XCIII de 1990 sobre las tasas en determinados procedimientos civiles, se fija la cantidad. La parte que inicia el procedimiento debe pagar la tasa cuando presente el escrito de demanda, salvo si el pago de la tasa es objeto de una decisión posterior. En tal caso, el pago de la tasa corre a cargo de la parte obligada por el órgano jurisdiccional.

El órgano jurisdiccional encargado de un procedimiento civil rechazará el escrito de la demanda, sin dar la oportunidad de subsanarla, si el demandante no ha pagado las costas proporcionales al valor del objeto del litigio indicado en el escrito de demanda o la tasa legal, y no ha presentado ninguna solicitud de asistencia jurídica gratuita ni ha invocado la asistencia jurídica prevista en la ley.

Las partes pueden beneficiarse de asistencia jurídica gratuita para ejercer sus derechos durante el procedimiento.

A menos que se disponga lo contrario en la ley, la parte puede beneficiarse de asistencia jurídica gratuita personal (személyes költségmentesség), así como del derecho a la exención personal del pago anticipado de las costas (személyes költségfeljegyzési jog), previa solicitud, teniendo en cuenta su renta o situación económica, mientras que el derecho de exención personal de las tasas del procedimiento (személyes illetékmentesség) se le concederá de oficio, a título personal. Las partes pueden beneficiarse de asistencia jurídica gratuita objetiva (tárgyi költségkedvezmény) dependiendo del objeto del procedimiento, mientras que se concede de oficio una reducción moderada de las costas si se producen eventos concretos vinculados con el litigio.

La exención de las costas procesales exime del pago de la tasa a la persona que tiene la obligación de pagarla o se aplica en función del objeto de la tasa. En caso de exención de las costas procesales, se exime a la parte del pago anticipado de la tasa así como del pago de las tasas no pagadas, siempre que la lay no disponga lo contrario. La exención de las costas del procesales no exime a la parte del pago de los impagos de tasas durante el procedimiento ejecutivo. La ley que regula las tasas especifica que se podrá conceder una exención del pago de dichas tasas a ciertas personas jurídicas, entre las que se incluye el Estado húngaro, los municipios, los órganos presupuestarios presupuestarias y la Iglesia.

Si se concede una exención del pago por razón del objeto del asunto, ambas partes estarán exentas del pago de las tasas judiciales independientemente de su renta o de su situación económica. Se concede una exención por razón del objeto del asunto, por ejemplo, en los recursos de apelación contra resoluciones sobre Derecho en materia de asistencia jurídica gratuita, demandas de reconvención presentadas en casos de divorcio y solicitudes de correcciones o adiciones a las resoluciones.

Independientemente de su renta o situación económica, se concederá una exención del pago de las tasas por adelantado a las partes por razón del objeto del asunto, por ejemplo, en procedimientos relativos a la protección que confiere el Código Civil a las personas o a las demandas presentadas por daños y perjuicios causados en el ejercicio de las potestades administrativas. La parte a la que se conceda la exención de pagar las costas por adelantado debido al objeto de la causa también queda exenta del pago anticipado de la tasa. En tal caso, la tasa la paga al final del procedimiento la parte que indique el órgano jurisdiccional.

En caso de reducción moderada de las costas judiciales, la parte queda eximida de pagar una parte de la tasa. Dicha reducción moderada es un tipo de asistencia jurídica gratuita que se diferencia del resto en que se concede sin tener en cuenta la situación personal de la parte o el objeto del procedimiento, sino más bien en situaciones específicas vinculadas a la causa, sin que sea necesaria una solicitud.

El beneficio de no pagar la tasa por adelantado forma parte de la asistencia jurídica gratuita y del derecho de exención del pago anticipado de las costas. La asistencia jurídica gratuita también puede concederse en función de la persona o dependiendo de la cuestión objeto del litigio. En la ley se definen los tipos de asuntos que son objeto de asistencia jurídica gratuita vinculada al objeto del litigio y las condiciones para otorgar la asistencia jurídica gratuita personal. Un ejemplo de casos que pueden recibirla son los casos de tutela.

El derecho de exención del pago anticipado de las costas puede también concederse según el objeto del litigio o la persona. Se puede otorgar a las partes el derecho de exención del pago anticipado, por ejemplo, en procedimientos de patria potestad o de investigación sobre el origen biológico.

En virtud de la Ley sobre la abogacía, se acuerda libremente el nombramiento del abogado, salvo que se disponga lo contrario en dicha Ley y el Código civil, de modo que las partes también son libres de negociar los honorarios del abogado, dentro de los límites establecidos en dicha Ley. La asistencia jurídica gratuita incluye la exención del pago de los honorarios del abogado nombrado de oficio o del pago por adelantado. El servicio de asistencia jurídica gratuita es el que autoriza la representación por abogado de oficio.

11 ¿Puedo acceder a la asistencia jurídica gratuita?

La parte puede beneficiarse de asistencia jurídica gratuita objetiva y personal para recibir ayuda en el ejercicio de sus derechos durante el procedimiento. Todas las personas físicas pueden beneficiarse, previa solicitud, de asistencia jurídica gratuita personal en función de su renta y situación económica, y de asistencia jurídica objetiva en función del objeto del litigio. En caso de asistencia jurídica gratuita, la parte está exenta el pago de los gastos desembolsados por el Estado y la garantía para el pago de las costas, salvo que se disponga lo contrario en la ley.

En la ley se definen las condiciones de los ingresos y renta que dan lugar al otorgamiento de la asistencia jurídica gratuita personal y los casos de la asistencia jurídica gratuita objetiva.

Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y los nacionales de un tercer país que residan en un Estado miembro de la Unión Europea pueden optar a la asistencia jurídica gratuita en las mismas condiciones de los ciudadanos húngaros. Asimismo, el resto de ciudadanos extranjeros tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita personal y a la exención personal del pago anticipado de los gastos en virtud de un tratado internacional.

En el caso de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea y de un ciudadano de un tercer país residente legal en un Estado miembro de la Unión Europea, la asistencia jurídica gratuita cubre también los gastos de desplazamiento inherentes al asunto si es obligatorio que la parte se presente en la audiencia en virtud de la ley.

Si la ley de un Estado extranjero concede a la parte húngara más ventajas ante un órgano jurisdiccional extranjero que el derecho de exención objetivo del pago anticipado de las costas, estas reglas más favorables deben aplicarse durante la audiencia a la parte extranjera que emprenda acciones judiciales ante un órgano jurisdiccional húngaro.

Consúltese también la ficha relativa a la «Asistencia jurídica gratuita».

12 ¿En qué momento mi demanda se considera efectivamente interpuesta? ¿Recibiré una confirmación de que la demanda ha sido admitida a trámite?

Por regla general, se considera que la demanda se ha presentado oficialmente cuando el escrito de demanda se recibe en el órgano jurisdiccional y se inscribe en el registro del mismo. En caso de comunicación por medios electrónicos, se considera que el escrito ha sido presentado cuando se envía un acuse de recibo mediante el sistema informático.

La cuestión del momento en que la demanda se considera oficialmente presentada es especialmente importante en los casos en los que existe un plazo legal para presentarla. Dichos plazos difieren en términos tanto de la duración como de los requisitos que deben cumplir dichos escritos de demanda para que se considere que han sido presentados dentro de plazo.

Por lo que respecta a los plazos procesales, el Código de procedimiento civil estipula que las consecuencias del incumplimiento de un plazo no se aplican si la presentación de la demanda ante el órgano jurisdiccional se hace mediante correo certificado a más tardar el último día de dicho plazo. Si la comunicación durante el procedimiento se realiza mediante vía electrónica, no se aplicarán las consecuencias de incumplir el plazo (fijado en días, días laborales, meses o años) si el escrito se ha enviado al órgano jurisdiccional a más tardar el último día del plazo establecido, por vía electrónica, según los requisitos informáticos. Sin embargo, a menos que la ley prevea lo contrario, esta norma no será de aplicación para el cálculo del plazo legal de presentación de demandas. Se considerará que las demandas se han presentado a tiempo si se reciben en el órgano jurisdiccional a más tardar el último día del plazo establecido para su presentación.

El órgano jurisdiccional rechazará las demandas que se presenten con retraso. El órgano jurisdiccional notificará al demandante la inadmisión de la demanda y notificará al demandado las medidas que ha adoptado. El demandante puede presentar un recurso independiente contra ese auto.

Por tanto, se recomienda consultar a un asesor jurídico, a un abogado o a la oficina de atención a los ciudadanos con el fin de aclarar cuándo se considera que la demanda ha sido oficialmente presentada en plazo.

Si una parte sin representante legal en un asunto competencia de los tribunales de distrito o en un litigio laboral competencia de los órganos jurisdiccionales administrativos y laborales presenta una demanda oralmente durante el horario laboral ante el órgano jurisdiccional competente de su lugar de residencia, de su lugar de actividad o de trabajo o en el órgano jurisdiccional competente, la persona que actúa en nombre del órgano jurisdiccional indicará a la parte la información pertinente y la invitará a subsanar inmediatamente cualquier error. De otro modo, el órgano jurisdiccional no informará a las partes del mero hecho de que el procedimiento se ha incoado. Una vez que se haya recibido la demanda, el órgano jurisdiccional examinará si contiene todos los elementos exigidos por ley.

Si la demanda cumple los requisitos para iniciarse el proceso, el órgano jurisdiccional le dará traslado al demandado y, al mismo tiempo, le invitará a presentar su escrito de contestación en un plazo de cuarenta y cinco días de la notificación de la demanda. El demandado comparece con la presentación del escrito de contestación.

Tras presentar el escrito de contestación al escrito de demanda, el órgano jurisdiccional sustancia el procedimiento del modo indicado en el Código de procedimiento civil, en función de las circunstancias del caso, y, a continuación, pone fin a la fase preliminar y señala una fecha para la audiencia del caso en cuanto al fondo.

Para más información sobre la presentación electrónica de demandas y su confirmación, véase la ficha relativa al «Tratamiento automatizado».

13 ¿Tendré información precisa del calendario de tramitación de esta demanda (por ejemplo, el plazo para la comparecencia)?

Una vez que se presenta la demanda, el órgano jurisdiccional actúa de acuerdo con el procedimiento descrito en el apartado 12. Según las circunstancias del caso, las partes pueden obtener más información durante la fase escrita del procedimiento, si el órgano jurisdiccional así lo establece, y durante la vista preparatoria, así como durante las audiencias del procedimiento en función de sus características.

Última actualización: 15/01/2024

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