En el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes iniciados antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. El Portal de e-Justicia mantendrá la información relativa al Reino Unido, sobre la base de un acuerdo mutuo con este país, hasta el final de 2024.

Tasas judiciales aplicables al proceso de escasa cuantía

Inglaterra y Gales

Contenido facilitado por
Inglaterra y Gales

Introducción

¿Qué tasas se aplican?

¿Cuánto tendré que pagar?

¿Qué ocurre si no pago las tasas judiciales a tiempo?

¿Cómo puedo efectuar el pago?

¿Qué debo hacer después del pago?

Introducción

En virtud del Reglamento sobre el proceso europeo de escasa cuantía, un demandante puede emprender una acción por una cuantía de hasta 2 000 EUR (excluidos todos los intereses y gastos) contra un demandado en un asunto transfronterizo. Un asunto es transfronterizo cuando al menos una de las partes tenga su domicilio o su residencia habitual en un Estado miembro distinto del Estado miembro del órgano jurisdiccional donde se presente la demanda. Puede recurrirse a este proceso para créditos tanto monetarios como no monetarios, en materia civil y mercantil. En Inglaterra y Gales, dichos procesos se sustancian ante los juzgados de condado (County Courts), pero no ante el Tribunal Superior (High Court).

¿Qué tasas se aplican?

Las tasas judiciales del proceso europeo de escasa cuantía son las mismas que las de las demandas nacionales de escasa cuantía.

Es necesario pagar la tasa para presentar una demanda de escasa cuantía europea. Para pagar con tarjeta de crédito/débito, es preciso consignar los datos de la tarjeta correspondiente en el apéndice del formulario A.

Cuando sea necesario celebrar una vista para resolver el litigio, se deberá pagar una tasa adicional.

Cuando sea necesario ejecutar el crédito, se deberá pagar una tasa suplementaria. Puede encontrar más información sobre los tipos de procedimientos disponibles en las páginas dedicadas a la ejecución en Inglaterra y Gales.

¿Cuánto tendré que pagar?

Las tasas judiciales en Inglaterra y Gales pueden consultarse en el folleto EX50, sobre tasas judiciales en asuntos civiles y de familia.

Para facilitar la consulta, se adjuntan en el cuadro que figura a continuación las tasas de los procesos de escasa cuantía, válidas desde el 17 de noviembre de 2016. Las tasas judiciales pueden cambiar, por lo que debe comprobarse en el órgano jurisdiccional, con el representante jurídico, o con cualquier otra persona física o jurídica implicada si siguen vigentes. Estas tasas se expresan en libras esterlinas (GBP); para calcular el equivalente en euros debe aplicarse el tipo de cambio aplicable el día que desee presentar la demanda.

1.1. Incoación de procedimientos (incluidos los procedimientos incoados tras la autorización para demandar, con la exclusión de los asuntos de que conoce el CCBC presentados por los usuarios del CCBC o los asuntos presentados por usuarios de Money Claim OnLine) de cobro pecuniario cuya cuantía:

Tasa

a) sea igual o inferior a 300 GBP

35 GBP

b) sea superior a 300 GBP pero igual o inferior a 500 GBP

50 GBP

c) sea superior a 500 GBP pero igual o inferior a 1 000 GBP

70 GBP

d) sea superior a 1 000 GBP pero igual o inferior a 1 500 GBP

80 GBP

e) sea superior a 1 500 GBP pero igual o inferior a 3 000 GBP

115 GBP

Si es necesario celebrar vista, se debe pagar una tasa suplementaria.

Cuando la cuantía reclamada:

i) sea igual o inferior a 300 GBP

25 GBP

ii) sea superior a 300 GBP pero igual o inferior a 500 GBP

55 GBP

iii) sea superior a 500 GBP pero igual o inferior a 1 000 GBP

80 GBP

iv) sea superior a 1 000 GBP pero igual o inferior a 1 500 GBP

115 GBP

v) sea superior a 1 500 GBP pero igual o inferior a 3 000 GBP

170 GBP

Si desea ejecutar el crédito, debe pagar una tasa suplementaria.

Ha de abonarse una tasa judicial para presentar la demanda, y otras tasas judiciales en las diversas fases del asunto. Puede que cumpla las condiciones para obtener una «exención de tasas» (con arreglo a sus circunstancias personales), en cuyo caso no tendrá que abonarlas, o tendrá que abonarlas solo en parte. En cualquier caso, tendrá que solicitar una exención específica respecto a cada tasa a pagar a lo largo del proceso judicial. Así, por ejemplo, si pide la exención al presentar el primer escrito y se le concede, solo gozará de ella en lo que respecta a esa primera tasa de incoación. Dado que es posible que cambien sus circunstancias personales durante el proceso, en algún momento posterior podría dejar de cumplir los criterios para obtener la exención, y, a la inversa, podría no cumplir esos criterios en un momento dado, pero sí con posterioridad.

¿Qué ocurre si no pago las tasas judiciales a tiempo?

Si el demandante no cumplimenta correctamente los datos de la tarjeta de crédito o el pago no se realiza por alguna razón, el órgano jurisdiccional competente enviará al demandante el formulario B, «Solicitud del órgano jurisdiccional de que se complete o rectifique el formulario de demanda», solicitando que facilite los datos de una tarjeta de crédito válida para completar el pago de las tasas judiciales. La demanda no se tramitará si no se confirma el pago.

¿Cómo puedo efectuar el pago?

Es preciso dar al órgano jurisdiccional datos correctos para el pago, lo que debe hacerse, inicialmente, al consignar los datos pertinentes en el apéndice del formulario A.

El pago suele efectuarse con tarjeta de débito/crédito. Es improbable que todos los métodos de pago del formulario A estén disponibles en el órgano jurisdiccional al que se dirige la demanda. El demandante debe cerciorarse con el órgano jurisdiccional de qué métodos de pago pueden utilizarse.

Es posible que también se admita el pago con tarjeta de crédito a través de teléfono. Muchos órganos jurisdiccionales disponen de medios para aceptar dicho pago con tarjeta de este modo; en cualquier caso, se debe confirmar con el órgano jurisdiccional en cuestión que es posible realizar el pago de este modo.

El pago electrónico solo es posible con personas que tengan una dirección legal en el Reino Unido.

¿Qué debo hacer después del pago?

Si se presenta la demanda correctamente, el órgano jurisdiccional dará traslado al demandado del formulario de demanda (y la documentación que lo acompañe) y del formulario C (formulario de contestación). Se enviará al demandante una notificación de dicho envío al mismo tiempo, junto con un recibo del pago.

El recibo tendrá, por norma general, una dimensión de 8 x 12 cm y el nombre del órgano jurisdiccional en la parte superior, con indicación de su dirección postal; en la parte inferior figurarán el importe abonado con la fecha y hora del pago.

Para más información, consúltese demandas transfronterizas en la Unión Europea.

Última actualización: 04/05/2020

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