Esta sección ofrece información sobre los órganos jurisdiccionales ordinarios de Rumanía.
Buscar información por región
El sistema judicial de Rumanía está estructurado del modo siguiente:
Como Tribunal Supremo del país, es la única instancia judicial con capacidad para asegurar la interpretación y aplicación unitarias de la ley por los restantes órganos jurisdiccionales. El «recurso en interés de la ley» es el principal procedimiento para ello.
El Tribunal Supremo de Casación y Justicia está organizado en 4 salas, cada una con su propia competencia:
La Sala de Cinco Magistrados, las Salas Mixtas, la Sala de Resolución de Recursos en Interés de la Ley y el Tribunal de Solución de Cuestiones de Derecho son otras instancias del Tribunal Supremo con sus propias competencias jurisdiccionales.
La Sala I de lo civil, la Sala II de lo civil y la Sala de lo contencioso administrativo y de lo tributario del Tribunal Supremo de Casación y Justicia conocen de los recursos contra las resoluciones de los tribunales de apelación y otras resoluciones legalmente previstas, así como de los recursos interpuestos contra las resoluciones no firmes o de las disposiciones judiciales de cualquier tipo que no puedan ser impugnadas por ninguna otra vía y cuyo procedimiento haya quedado suspendido ante los tribunales de apelación. La Sala de lo penal conoce en primera instancia de las querellas y los procesos de los que conoce, en virtud de la ley, en primera instancia el Tribunal Superior de Casación y Justicia.
La Sala de lo penal del Tribunal Supremo de Casación y Justicia conoce de los siguientes asuntos
En primera instancia:
Como tribunal de casación:
De conformidad con la Ley 202/2010 relativa a determinadas medidas para agilizar la resolución de los procesos, la Sala de Cinco Magistrados ha asumido las atribuciones de la Sala de Nueve Magistrados.
La Sala de Nueve Magistrados seguirá conociendo de los procedimientos judiciales en curso ante ella.
De conformidad con el artículo 24 de la Ley 304/2004, modificada y completada, la Sala de Cinco Magistrados resuelve los recursos de casación y las demandas en asuntos juzgados en primera instancia por la Sala de lo penal del Tribunal Supremo de Casación, así como otros asuntos bajo su jurisdicción, incluidas las materias disciplinarias.
De conformidad con el artículo 51, apartado 3, de la Ley 317/2004, modificada, la Sala de Cinco Magistrados conoce de los recursos contra las resoluciones dictadas por el Consejo Superior de la Magistratura en materia disciplinaria.
El Tribunal Supremo de Casación y Justicia actúa en Salas Mixtas para:
Los tribunales de apelación tienen a su frente a un presidente, que puede ser asistido por uno o dos vicepresidentes.
Operan en secciones o salas especializadas en materia:
Los 15 tribunales de apelación tienen personalidad jurídica; cada uno de ellos tiene competencia sobre varios tribunales de distrito (en torno a 3).
En primera instancia, de las demandas contencioso-administrativas y tributarias, en virtud de la ley especial.
Como tribunales de apelación, de los recursos de revisión contra las resoluciones dictadas por los tribunales en primera instancia.
Como tribunales de casación, en asuntos previstos expresamente por la ley.
En primera instancia:
Como tribunales de apelación, conocen de los recursos contra las resoluciones dictadas por los tribunales de distrito en primera instancia.
Como tribunales de recurso de casación, de los recursos contra las resoluciones penales dictadas por los juzgados de primera instancia, excepto aquellas atribuidas a la jurisdicción del tribunal y otros asuntos previstos expresamente por la ley.
Los tribunales de apelación conocen también de los conflictos de competencia entre los tribunales de distrito o entre éstos y los juzgados de primera instancia de su jurisdicción, así como entre los juzgados de primera instancia dependientes de tribunales de distrito diferentes dependientes del Tribunal de Apelación.
Los tribunales de apelación conocen también de las peticiones de extradición o de traslado al extranjero de personas condenadas.
Los 42 tribunales de distrito tienen personalidad jurídica y están organizados por distritos. Tienen jurisdicción sobre los juzgados de primera instancia de su distrito.
Operan en secciones o salas especializadas en materia:
En primera instancia, los tribunales de distrito conocen de todas las demandas que no competan legalmente a otros órganos jurisdiccionales.
Como tribunales de apelación, de los recursos contra las resoluciones dictadas por los juzgados de primera instancia.
Como tribunales de casación, de los asuntos expresamente previstos por la ley.
En primera instancia:
Como tribunales de casación, conocen de los recursos en casación contra las resoluciones de los tribunales militares de primera instancia por infracciones perseguibles a instancia de parte, así como los recursos contra las resoluciones penales dictadas por un tribunal militar en materia de medidas preventivas, de libertad provisional o medidas precautorias; contra las resoluciones penales dictadas por un tribunal militar en materia de ejecución de las resoluciones penales o de reinserción, así como de otros casos expresamente previstos por la ley.
Los tribunales de distrito resuelven los conflictos de competencia entre los juzgados de primera instancia de su ámbito territorial y otros casos expresamente previstos por la ley.
Los juzgados de primera instancia carecen de personalidad jurídica y se organizan a nivel de distritos y del Municipio de Bucarest.
Asimismo, los juzgados de primera instancia conocen de los recursos contra las resoluciones de las autoridades públicas con poderes judiciales y de otros organismos que realicen estas mismas actividades, en los casos previstos por la ley.
En general, de todas las infracciones no atribuidas legalmente en primera instancia a los tribunales de distrito, los tribunales de apelación o el Tribunal Supremo de Casación y Justicia.
Puede obtenerse información sobre los órganos jurisdiccionales en el portal del Ministerio de Justicia.
Están disponibles en línea las siguientes bases de datos jurídicas:
El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.