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En la República de Chipre hay dos instancias jurisdiccionales: el Tribunal Supremo (Ανώτατο Δικαστήριο), que conoce de todos los recursos contra las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales de primera instancia, y los siguientes órganos jurisdiccionales de primera instancia:
El Tribunal Supremo está compuesto por trece magistrados, uno de los cuales ejerce como presidente. Cuenta con las siguientes competencias:
El Tribunal Supremo conoce de todos los recursos contra las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales de primera instancia en materia civil y penal. Por regla general, los recursos son examinados en salas formadas por tres magistrados. La vista del recurso se basa en el examen de la sentencia del órgano jurisdiccional inferior (el Tribunal Supremo solo admite la práctica de pruebas en circunstancias excepcionales y muy infrecuentes). En el ejercicio de su competencia en materia de recursos, el Tribunal Supremo puede confirmar, modificar o anular la resolución recurrida u ordenar la repetición del juicio.
El Tribunal Supremo dispone de la competencia exclusiva para conocer de los recursos presentados contra las resoluciones, actos u omisiones de las personas o los órganos que ejerzan competencias administrativas. Puede anular cualquier acto administrativo ejecutivo que implique abuso de poder o que sea contrario a la legislación en general o, en concreto, a la Constitución.
El Tribunal Supremo dispone de la competencia exclusiva para dictar mandamientos de habeas corpus, mandamus, certiorari y quo warranto e interdictos (prohibition).
El Tribunal Supremo conoce en primera y segunda instancia de los asuntos de Derecho marítimo. En primera instancia, conoce de los asuntos un único magistrado y, en caso de recurso, la sala en su conjunto.
Como órgano jurisdiccional electoral, el Tribunal Supremo tiene competencia exclusiva para conocer de las demandas relativas a la interpretación y la aplicación de las leyes electorales.
El Tribunal Supremo es competente para pronunciarse sobre la constitucionalidad de cualquier ley, así como para resolver conflictos de competencia entre los distintos órganos del Estado. Determina asimismo la constitucionalidad de las leyes que somete a su consideración el presidente de la República (Πρόεδρος της Δημοκρατίας) cuando ejerce el derecho que le confiere la Constitución.
Los juzgados de distrito son competentes para conocer en primera instancia de los asuntos civiles (con la excepción de los de Derecho marítimo) y de los asuntos penales cuando se trate de delitos castigados con una pena de privación de libertad de hasta 5 años. Existe un juzgado de distrito en cada distrito administrativo de Chipre. Conoce de los asuntos un único juez y no existe jurado.
Las audiencias penales solo conocen de asuntos penales. Por regla general, únicamente se ocupan de los asuntos más graves, en los que el delito está castigado con una pena de privación de libertad de más de 5 años. Cada audiencia está compuesta por 3 magistrados. Todas las decisiones se adoptan por mayoría. No existe jurado.
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Contienen información sobre sentencias judiciales y legislación primaria.
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