National courts and other non-judicial bodies

In the European Union, the protection of fundamental rights is guaranteed both at national level by Member States' constitutional systems and at EU level by the Charter of Fundamental Rights of the European Union.

The European Court of Human Rights in Strasbourg, which is not an EU institution but an organ of the Council of Europe, provides an additional layer of protection in case of alleged violations of the rights set out in the European Convention on Human Rights.

The EU Charter of Fundamental Rights sets out a series of individual rights and freedoms. It entrenches the rights developed in the case law of the Court of Justice of the EU, found in the European Convention on Human Rights, as well as other rights and principles resulting from the constitutional traditions of EU Member States and other international instruments.

Drawn up by government representatives and parliamentarians from all EU countries, the Charter sets out fundamental rights – such as freedom of expression or religion, as well as economic and social rights – reflecting Europe's common values and constitutional heritage. The Charter also contains newer, so-called "third generation" rights, such as the right to data protection and the right to good administration.

If you consider that your fundamental rights have been violated, you have the possibility to seek help from various institutions or authorities in the Member States, or, under certain conditions, at EU level.

This section provides information on the institutions to contact in cases of violation of fundamental rights. Please select the relevant country's flag to obtain detailed national information.

At national level

The Charter of Fundamental Rights of the European Union applies to Member States only when they are implementing EU law. The public authorities of the Member States – legislative, executive and judicial – are only bound to comply with the Charter when implementing EU law, notably when they are applying EU regulations or decisions or implementing EU directives. Judges in the Member States, under the guidance of the Court of Justice, have the power to ensure that the Charter is respected by the Member States only when they are implementing EU law.

If a situation does not relate to EU law, it is up to national authorities, including the courts, to enforce fundamental rights. Where the Charter does not apply, fundamental rights continue to be guaranteed at national level according to the national constitutional systems. Member States have extensive national rules on fundamental rights, the respect of which is guaranteed by national courts.

All Member States have made commitments under the European Convention of Human Rights, independently of their obligations under EU law. Therefore, as a last resort, and after exhausting all remedies available at national level, individuals may bring an action at the European Court of Human Rights in Strasbourg for violation by a Member State of a fundamental right guaranteed by the European Convention on Human Rights.

The European Court of Human Rights has designed an admissibility checklist in order to help potential applicants work out for themselves whether there may be obstacles to their complaints being examined by the Court.

At EU level

The role of the European Commission

The EU Charter of Fundamental Rights applies to all actions by EU institutions. The role of the Commission is to ensure that its legislative proposals respect the Charter. All EU institutions (and notably the European Parliament and the Council) are responsible for respecting the Charter throughout the legislative process.

The Charter applies to Member States only when they are implementing EU law. If an individual considers that a national authority has violated the Charter when implementing EU law, he can complain to the Commission, which has the power to start infringement proceedings against the Member State.

The Commission is not a judicial body or a court of appeal against the decisions of national or international courts. Nor does it, as a matter of principle, examine the merits of an individual case, except if this is relevant to carry out its task of ensuring that the Member States apply EU law correctly. In particular, if it detects a wider problem, the Commission can contact the national authorities to have it fixed, and ultimately it can take a Member State to the Court of Justice. The objective of these proceedings is to ensure that the national law in question - or a practice by national administrations or courts - is aligned with the requirements of EU law.

The Court of Justice of the European Union

The Court of Justice in Luxembourg is an institution of the European Union. It is the final authority in relation to the Treaties, the Charter and EU law. It makes sure that they are interpreted and applied in the same way across the Union, and that EU institutions and the Member States do what EU law requires of them.

When individuals or businesses consider that an act of the EU institutions directly affecting them violates their fundamental rights, they can bring their case before the Court of Justice, which subject to certain conditions has the power to annul such act. However, an individual cannot bring an action against another person (natural or legal) or against a Member State before the Court of Justice.

The European Court of Human Rights

The entry into force of the Lisbon Treaty requires the European Union to accede to the European Convention on Human Rights. When this process is completed, individuals who consider their human rights have been violated by the EU, after exhausting all remedies available at national level, will also be able to bring their case in front of the European Court of Human Rights. This will introduce an additional judicial control in terms of protecting fundamental rights in the EU.

Last update: 18/01/2019

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Bélgica

Órganos jurisdiccionales nacionales

Defensores del pueblo

Organismos especializados en los derechos humanos

Otros

Órganos jurisdiccionales nacionales

Los órganos jurisdiccionales belgas pueden conocer de cualquier asunto relativo al ejercicio o al disfrute de derechos, incluidos los derechos fundamentales. Según sea el caso, los asuntos pueden ser sometidos a los órganos jurisdiccionales por los particulares o por los poderes públicos.

El órgano jurisdiccional competente se determinará en función de la naturaleza y la gravedad del delito, o bien según la condición de las partes (comerciante, periodista, etc.).

El Tribunal Constitucional es el órgano encargado de velar por la conformidad de las leyes, los decretos y las ordenanzas con las siguientes disposiciones constitucionales:

  • título II «De los belgas y sus derechos» (artículos 8 a 32);
  • artículos 170 y 172 (legalidad e igualdad fiscal);
  • artículo 191 (protección de los extranjeros).

La organización y las competencias de los órganos jurisdiccionales se recogen en las páginas del presente portal dedicadas a:

Enlaces relacionados

Defensores del pueblo

Los defensores del pueblo, también denominados ombudsmans, son órganos de control independientes creados por las asambleas parlamentarias (federales o regionales) para examinar las reclamaciones de los ciudadanos por los actos o el funcionamiento de la administración. En el marco de esta competencia general, pueden recibir reclamaciones relacionadas directa o indirectamente con los derechos humanos. Los defensores del pueblo verifican que la administración actúa dentro del respeto de los instrumentos de protección de los derechos humanos y las normas de buena conducta administrativa.

Hay que distinguir entre los defensores del pueblo y la mediación privada que se ejerce en el marco de un procedimiento civil o penal.

Cualquier persona puede dirigirse a los defensores del pueblo para presentar una queja contra una autoridad administrativa. Su intervención es gratuita y disponen de amplios poderes de instrucción.

Los defensores del pueblo procuran resolver el problema denunciado con la administración y formulan recomendaciones a la autoridad competente para corregir las disfunciones señaladas. Su informe de actividad se hace público.

En función de la autoridad administrativa afectada, habrá diferentes defensores del pueblo competentes.

En el ámbito federal, el ciudadano puede dirigirse al El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Pueblo federal.

En el ámbito de las regiones y las comunidades, el ciudadano puede dirigirse a los siguientes servicios:

También existen defensores del pueblo especializados en cuestiones relativas a los menores:

Organismos especializados en los derechos humanos

  • Organismos de promoción de la igualdad

Centro para la Igualdad de Oportunidades y la Lucha contra el Racismo

El El enlace abre una nueva ventanaCentro para la Igualdad de Oportunidades y la Lucha contra el Racismo (Centre pour l’égalité des chances et la lutte contre le racisme) tiene por misión, en particular, fomentar la igualdad de oportunidades y combatir toda forma de diferencia, exclusión, restricción o preferencia basada en la nacionalidad, la supuesta raza, el color de la piel, la ascendencia, el origen nacional o étnico, la orientación sexual, el estado civil, el nacimiento, la fortuna, la edad, las creencias religiosas o filosóficas, el estado de salud presente o futuro, la discapacidad, las ideas políticas, las características físicas o el origen social.

Pueden dirigirse al Centro:

  • las personas que tengan preguntas o deseen obtener asesoramiento sobre la discriminación, el racismo, la residencia o los derechos fundamentales de los extranjeros
  • las personas que hayan sido víctimas o testigos de un acto de discriminación o de racismo.

El servicio de primera línea del Centro ofrece una primera respuesta y, si es necesario, recaba información complementaria para la tramitación ulterior del asunto.

Si fuese necesario un análisis o una investigación más exhaustiva, o hubiera que entablar contactos con terceros a efectos de la tramitación de una demanda, el asunto se transmitirá a un especialista del servicio de segunda línea del Centro.

Si, tras el análisis, resulta que el Centro no es competente para tratar el asunto, se le comunicará al ciudadano y le orientará, en la medida de lo posible, a otro servicio o persona que pueda tramitar la solicitud (una administración, un servicio privado o público especializado en ayuda de primera y segunda línea, los servicios policiales o un abogado).

Es posible ponerse en contacto directo con el Centro. El sitio web del Centro ofrece asimismo El enlace abre una nueva ventananumerosas direcciones de asociaciones o instituciones especializadas o del ámbito local —con las que el Centro ha celebrado acuerdos de colaboración— a las que también se les pueden plantear cuestiones relacionadas con la discriminación.

Centre pour l’égalité des chances et la lutte contre le racisme
138 rue Royale
1000 Bruselas
Tel.: (+32) 800.12.800 – (línea de información gratuita)
(+32) 2. 212 30 00

Enlaces relacionados:

El enlace abre una nueva ventanaCentro para la Igualdad de Oportunidades y la Lucha contra el Racismo

Instituto para la Igualdad entre Hombres y Mujeres

El El enlace abre una nueva ventanaInstituto para la Igualdad entre Hombres y Mujeres (Institut pour l'égalité des femmes et des hommes o IEFH) es una institución pública autónoma encargada de promover la igualdad entre hombres y mujeres y de luchar contra la discriminación por razones de sexo.

El instituto puede prestar asistencia jurídica y litigar en asuntos sobre discriminación entre hombres y mujeres y con respecto a las personas transexuales.

Para comunicarse con el instituto puede utilizar un El enlace abre una nueva ventanaformulario en línea o la siguiente dirección:

Institut pour l'égalité des femmes et des hommes
1 Rue Ernest Blerot
1070 Bruselas
Tel.: (+32) 800.12.800 (línea de información gratuita)
(+32)2.233.42.65
Fax: (+32)2.233.40.32
Dirección de correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaegalite.hommesfemmes@iefh.belgique.be

Enlace relacionado

El enlace abre una nueva ventanaInstituto para la Igualdad entre Hombres y Mujeres

  • Comisión para la Protección de la Vida Privada (CPVP)

La Comisión para la Protección de la Vida Privada (Commission de la protection de la vie privée o CPVP) es una comisión independiente adjunta a la Cámara de Representantes. Fue creada tras la aprobación de la ley de 8 de diciembre de 1992, relativa a la protección de la privacidad. Por consiguiente, sus actividades no entran dentro del ámbito de competencia del Ministerio de Justicia.

La CPVP es un órgano de control independiente encargado de velar por la protección de la privacidad en lo que respecta al tratamiento de datos de carácter personal.

Las diferentes tareas de la CPVP se agrupan dentro de cinco ámbitos de actividad principales: la asistencia, la información, la tramitación de reclamaciones, la formulación de observaciones y recomendaciones y, por último, el respeto de las normas.

- Asistencia: este ámbito de actividad está estrechamente vinculado con el de información. En el marco de esta actividad, la CPVP se dirige a todas las personas: las autoridades, el sector privado, los ciudadanos, el responsable del tratamiento de datos (ya se trate de una persona física o jurídica).

Entre las actividades que la CPVP realiza en este ámbito se encuentran las siguientes: la comunicación de la información solicitada por cualquier persona (ya se trate de la persona afectada por el tratamiento de datos o el responsable del/de los tratamiento(s) de datos), el ejercicio del derecho de acceso y rectificación de datos, el tratamiento de declaraciones, la actualización del registro público, la comunicación de datos en el marco de la tramitación de reclamaciones, la comunicación de la información solicitada por particulares o responsables del tratamiento de datos o la elaboración del informe anual destinado al Parlamento.

Respondiendo las consultas informales previas que permiten cumplir con las exigencias de la ley relativa a la protección de la privacidad desde la etapa de desarrollo de los proyectos, la CPVP presta asistencia tanto a los organismos públicos como a los responsables del tratamiento de datos. La CPVP también ayuda a las personas cuyos datos sean objeto de tratamiento a ejercer sus derechos, en particular, informándoles sobre esos derechos y sobre el procedimiento que deben seguir. En el marco del tráfico internacional de datos, la CPVP brinda apoyo a los organismos que realizan actividades transfronterizas. Tanto en el ámbito internacional como en el nacional, la CPVP brinda apoyo a personas cuyos datos son objeto de tratamiento e integración en flujos transfronterizos de datos.

- Información: la CPVP proporciona información a las autoridades, a los responsables del tratamiento de datos y a las personas afectadas.

En este ámbito de actividad, la CPVP se encarga de las siguientes tareas: la elaboración del informe anual destinado al Parlamento, así como de un plan de gestión; la redacción de su reglamento interno; la gestión de un registro público y, de forma más general, la misión de informar al público (a través de su sitio web, de conferencias, de respuestas personalizadas a clientes, de la sensibilización, etc.). Es preciso destacar que las diferentes actividades que realiza la CPVP no se limitan al territorio nacional. Sus actividades también tienen a menudo un alcance internacional, y la CPVP realiza una tarea informativa y de sensibilización importante en el ámbito internacional.

- Tramitación de reclamaciones: La CPVP interviene en su carácter de mediadora en el marco de las reclamaciones formuladas por los interesados.

Cuando un responsable del tratamiento de datos vulnera los derechos de un ciudadano cuyos datos son objeto de dicho tratamiento, la CPVP interviene a pedido del interesado para exigir el respeto de dichos derechos (derecho de oposición, de rectificación, de acceso indirecto, etc.). Para ello, la CPVP arbitra los medios de los que dispone [denuncia de la infracción ante el fiscal (procureur du Roi), remisión del asunto a los tribunales civiles, etc.]. Cuando se cometen infracciones internacionales en relación con la protección de datos, la CPVP presta asistencia en las investigaciones internacionales destinadas a implementar soluciones útiles que exigen el compromiso de todas las instituciones involucradas en la protección de datos.

- Formulación de observaciones: la CPVP formula observaciones relacionadas con la reglamentación y las normas.

Las actividades de la CPVP en este ámbito están destinadas principalmente a las autoridades y/o a las instituciones competentes, ya que consisten en formular observaciones y recomendaciones sobre los proyectos legislativos relacionados con aspectos de la «vida privada». Como miembro de grupos de trabajo nacionales e internacionales (por ejemplo, el Grupo de Trabajo del artículo 29, el Grupo de Berlín, la Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Protección de la Intimidad y otros organismos de control en materia de protección de la privacidad) y gracias a sus contactos con organizaciones similares en el extranjero, la CPVP participa en el proceso de toma de decisión en materia de protección de la privacidad.

- Respeto de las normas: la CPVP vela por que se respeten las leyes relativas a la protección de los datos de carácter personal.

Las facultades de autorización de la CPVP consisten en conferir a un organismo de un sector determinado que sea responsable del tratamiento de datos personales la autorización necesaria para recibir dichos datos y proceder a su tratamiento. La CPVP también asume la responsabilidad de controlar e inspeccionar a esos responsables del tratamiento, así como de formular recomendaciones y evaluar las medidas de seguridad adoptadas.

Las solicitudes de información y de asistencia, así como las reclamaciones, pueden enviarse directamente a la Comisión para la Protección de la Vida Privada por correo postal, teléfono o correo electrónico. Los datos de contacto de la CPVP son los siguientes:

Commission de la protection de la vie privée

Rue de la presse, 35
1000 Bruselas
Tel.: (+32) 2 274 48 00
Fax: (+32) 2 274 48 35
El enlace abre una nueva ventanacommission@privacycommission.be

Las oficinas de la Comisión para la Protección de la Vida Privada están abiertas todos los días hábiles, con cita previa. Para comunicarse con el servicio de primera línea, llame al +32 (0)2 274 48 79 o rellene el El enlace abre una nueva ventanaformulario de contacto en línea.

Enlace relacionado

El enlace abre una nueva ventanaComisión para la Protección de la Vida Privada

  • Otros organismos de lucha por la igualdad

Comisiones de vigilancia de los establecimientos penitenciarios

Las comisiones de vigilancia de los establecimientos penitenciarios realizan el control externo del trato de los reclusos en las prisiones. Las comisiones transmiten las reclamaciones de los reclusos a la dirección de la prisión o al Ministerio de Justicia, a fin de solucionar los problemas que surjan.

En cada prisión existe una comisión de vigilancia. Las comisiones están compuestas por ciudadanos que representan a la sociedad civil. Cada una de ellas cuenta al menos con un médico y un abogado, y está presidida por un miembro de la judicatura. Además, la coordinación de las comisiones locales corre a cargo del Consejo Central de Vigilancia (Conseil central de Surveillance), cuya función es coordinar la actuación de las comisiones locales y emitir, por iniciativa propia o previa solicitud, dictámenes al Ministerio de Justicia sobre el trato de los reclusos.

Enlaces relacionados

Comisión de Quejas (encargada de los extranjeros que se encuentran en centros cerrados, centros de alojamiento y centros INAD)

La Comisión de Quejas (Commission des plaintes) es competente para tramitar las quejas individuales que puedan presentar los extranjeros retenidos en centros cerrados (centres fermés), centros de alojamiento (lieux d’hébergement) o centros INAD (centres INAD) en lo que respecta a las condiciones de retención y, en particular, a los hechos ocurridos dentro de esos centros que estén relacionados con los derechos y las obligaciones previstos en el Real Decreto de 2 de agosto de 2002 (centros cerrados), el Real Decreto de 8 de junio de 2009 (centros INAD) y el Real Decreto de 14 de mayo de 2009 (centros de alojamiento).

Las personas retenidas en estos lugares pueden ser extranjeros ilegales, solicitantes de asilo rechazados o extranjeros que no cumplen los requisitos de entrada y estancia.

Si el denunciante no está de acuerdo con la decisión adoptada, puede interponer un recurso ante el Consejo de Estado.

Para comunicarse con la Comisión puede utilizar la siguiente dirección:

Secrétariat permanent de la Commission des plaintes
Service Public Fédéral Intérieur –
Rue de Louvain, 1
1000 Bruselas

Enlace relacionado

El enlace abre una nueva ventanaServicio Público Federal Interior

Comité Permanente de Control de los Servicios de Policía

El El enlace abre una nueva ventanaComité Permanente de Control de los Servicios de Policía (Comité permanent de contrôle des services de police o Comité P) es el órgano de control externo de la policía. Rinde cuenta de su actuación ante el Parlamento. Vela, en particular, por la protección de los derechos que la Constitución y las leyes confieren a las personas, así como por la coordinación y la eficacia de los servicios de policía.

Cualquier ciudadano afectado por una intervención policial puede presentar una queja, denunciar un hecho o transmitir cualquier otra información al Comité P.

Asimismo, cualquier oficial de policía puede presentar una queja o denunciar un hecho ante el Comité P sin necesidad de solicitar la autorización previa de sus superiores y sin que pueda ser sancionado.

Existe un El enlace abre una nueva ventanaformulario electrónico para la presentación de quejas.

Para comunicarse con el Comité P utilice la siguiente dirección:

Comité permanent de contrôle des services de police

Rue de la Presse 35/1
1000 Bruselas
Tel.: (+32) 2.286.28.11
Fax: (+32) 2.286.28.99
Dirección de correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@comitep.be

Enlace relacionado

El enlace abre una nueva ventanaComité Permanente de Control de los Servicios de Policía

Otros

Atención social de primera línea

El servicio de atención social de primera línea recibe e informa a los ciudadanos que tienen preguntas o problemas relacionados con la justicia en determinados ámbitos específicos.

  • En materia civil: separación, divorcio, información general sobre la patria potestad, derecho de guardia y custodia, régimen de visitas o guarda y custodia compartida de los hijos menores, derecho de visitas de otros parientes y allegados.
  • En materia penal: mediación penal, alternativa a la detención preventiva, libertad vigilada, trabajos en beneficio de la comunidad, libertad condicional, libertad condicional de personas con trastornos mentales por parte de la Comisión de Defensa Social (Commission de défense sociale), rehabilitación de penados, cancelación de antecedentes penales, vigilancia electrónica, permisos de salida prolongada, suspensión de la ejecución de la pena, reclusión limitada, libertad provisional con miras a la expulsión del territorio o la entrega del condenado, libertad provisional por razones médicas, sustitución de la pena privativa de libertad dictada por un juez de lo penal por una pena de trabajo en beneficio de la comunidad.
  • Información para las víctimas de delitos: derechos de la víctima (partes civiles/perjudicados).
  • Información general sobre los procedimientos en los tribunales civiles y penales.

La lista de los centros de justicia y sus datos de contacto figuran en el El enlace abre una nueva ventanadirectorio del Servicio Público Federal de Justicia.

Enlace relacionado:

El enlace abre una nueva ventanaPublicación del Servicio Público Federal de Justicia sobre el acceso a la justicia en Bélgica

Asistencia jurídica de primera y segunda línea y justicia gratuita

La asistencia jurídica de primera línea consiste en una breve consulta para proporcionar información práctica o jurídica, o bien una primera opinión jurídica. La asistencia jurídica de primera línea es prestada por profesionales del Derecho, por lo general, abogados.

La asistencia jurídica de segunda línea permite, en determinadas condiciones, designar a un abogado cuyos honorarios serán parcial o totalmente gratuitos. La exención (total o parcial) de pago de honorarios no se aplica a las costas procesales (auxilios judiciales, peritos, copias, etc.) que, no obstante, pueden estar cubiertas en el marco del servicio de justicia gratuita.

La justicia gratuita dispensa, total o parcialmente, al ciudadano del pago de las costas procesales (judiciales o extrajudiciales) si este no dispone de ingresos suficientes.

Para más información, puede consultar la página del portal e-justice sobre las costas procesales en Bélgica.

Enlace relacionado:

Comisión de Ayuda Financiera para las Víctimas de Actos de Violencia Internacionales y para los Socorristas Ocasionales

La ley prevé la posibilidad de que el Estado conceda una ayuda financiera en favor de las víctimas de actos de violencia internacionales, de socorristas ocasionales y, en algunos casos, de sus familiares.

Para solicitar una ayuda financiera a la Comisión, puede comunicarse directamente con la Comisión o bien recurrir a un abogado o al servicio permanente de «ayuda a las víctimas» de los servicios de asistencia social para justiciables, cuya lista figura en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaServicio Público Federal de Justicia (véase el índice, Justicia de A a Z, ayuda financiera para víctimas).

Para comunicarse con la Comisión puede utilizar la siguiente dirección:

Service public fédéral de la Justice
Commission pour l’aide financière aux victimes d’actes intentionnels de violence et aux sauveteurs occasionnels
Boulevard de Waterloo 115,
Tel.: (+32)2.542.72.07
(+32)2.542.72.08
El enlace abre una nueva ventanacommission.victimes@just.fgov.be

Para más información, consulte la página del portal e-justice dedicada a los derechos de las víctimas.

Enlace relacionado

El enlace abre una nueva ventanaServicio Público Federal de Justicia

Última actualización: 18/12/2017

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Bulgaria

Órganos jurisdiccionales nacionales

Instituciones nacionales de derechos humanos

Defensor del pueblo

Organismos especializados en derechos humanos

Otros

Órganos jurisdiccionales nacionales

Todos los jueces y magistrados búlgaros pueden conocer causas que tengan relación con el Derecho de la Unión relativo a los derechos fundamentales, ya que la Carta de los Derechos Fundamentales forma parte del Derecho primario (se aplica en la misma medida que el Tratado de Lisboa). Por consiguiente, los ciudadanos búlgaros pueden dirigirse a la Audiencia Provincial (Окръжен съд) invocando la Carta si consideran que sus derechos fundamentales han sido vulnerados. Ocurre lo mismo con los derechos fundamentales consagrados en la Constitución búlgara y con las disposiciones de los tratados internacionales en los que Bulgaria es parte.

Los recursos contra las decisiones administrativas pueden presentarse ante los órganos jurisdiccionales administrativos y ante el Tribunal Supremo Administrativo (Върховен административен съд).

Todos los órganos jurisdiccionales búlgaros disponen de un sitio web propio en el que se presenta su organización y su cometido. El sitio web del El enlace abre una nueva ventanaConsejo Superior de la Magistratura (Висшия съдебен съвет) incluye una relación pormenorizada de los órganos jurisdiccionales búlgaros con sus respectivas direcciones y sitios web (solo en búlgaro).

Instituciones nacionales de derechos humanos

Remítase a «Defensor del pueblo».

Defensor del pueblo

Defensor del Pueblo de la República de Bulgaria (Омбудсман на Република България)

Datos de contacto:

Ul. George Washington 22 (ул. „Джордж Вашингтон” 22)
Sofía 1202, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 810 69 55
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapriemna@ombudsman.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.ombudsman.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

El Defensor del Pueblo investiga las quejas por violaciones de derechos civiles y libertades por parte de una autoridad pública, en un sentido muy amplio: el Defensor del Pueblo investiga las quejas presentadas por cualquier ciudadano, incluidos menores, personas discapacitadas, minorías, extranjeros, etc., en relación con la violación de sus libertades y derechos políticos, económicos, civiles, sociales, culturales o de cualquier otro tipo.

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las quejas pueden presentarse por correo, en persona, por correo electrónico o incluso oralmente. Todas las quejas se registran de manera oficial. El departamento de recepción (priemna) y el registro (delovodstvo) se hacen cargo de las quejas. El departamento de recepción existe desde el 5 de enero de 2006 y está abierto todos los días. Hay funcionarios responsables encargados de recibir personalmente a los ciudadanos o de responder a sus llamadas telefónicas. Los jueves, de 9h00 a 12h30, el defensor del pueblo también recibe a ciudadanos personalmente mediante cita previa.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Cualquier ciudadano, independientemente de su nacionalidad, sexo, ideología política o creencia religiosa, puede presentar una queja al Defensor del Pueblo. Las quejas anónimas o las quejas relativas a hechos que se remonten a más de dos años no serán examinadas. El Defensor del Pueblo puede abrir investigaciones por iniciativa propia si lo considera de interés público.

Las quejas se inscriben en un registro y, posteriormente, el jefe de la oficina del Defensor del Pueblo las traslada al servicio interno apropiado para su tramitación. El jefe del departamento asigna el caso a un técnico de gestión, que dispone de un mes para la investigación. Cuando se trata de casos complejos, dicho plazo se amplía hasta los tres meses. El técnico de gestión encargado del caso puede solicitar al denunciante información adicional o solicitar a los servicios administrativos correspondientes que adopten determinadas medidas o faciliten determinada información. Las autoridades nacionales y locales, las entidades con personalidad jurídica (por ejemplo, las empresas) y los ciudadanos deben cooperar con el Defensor del Pueblo y están obligados a compartir cualquier información que hayan obtenido en el ejercicio de sus funciones. Podrá remitirse al denunciante a otra autoridad superior jerárquicamente o competente según el principio de especialidad si el asunto puede tratarse ante dicha autoridad, excepto si el Defensor del Pueblo considera imperativo que se encargue su oficina. Si el Defensor del Pueblo no tiene competencias para hacerse cargo del caso, no lo examinará. El Defensor del Pueblo informa al denunciante en consecuencia y le remite a la autoridad apropiada. Si el denunciante está de acuerdo, el Defensor del Pueblo puede trasladar la queja a dicha autoridad.

El Defensor del Pueblo puede, en todo momento, ofrecerse para mediar de manera voluntaria. La propuesta de mediación se envía al denunciante y al servicio contra el que se haya presentado la queja. Si ambas partes lo aceptan, el Defensor del Pueblo prestará toda la asistencia posible para resolver el conflicto, por ejemplo, estableciendo contacto o prestando asistencia en las negociaciones entre las partes.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

En función de los hallazgos de la investigación, el Defensor del Pueblo, además de dar respuesta al denunciante, puede hacer recomendaciones al servicio que ha cometido la infracción sobre las medidas que puede adoptar para garantizar que el problema no se repita. El Defensor del Pueblo a menudo emite dictámenes acerca de cuestiones concretas, que luego publica en su sitio web y remite a las autoridades competentes y a los medios de comunicación. Si el Defensor del Pueblo llega a la conclusión de que el problema radica en la legislación, puede recomendar al Gobierno y al Parlamento que la modifiquen correspondientemente. Si llega a la conclusión de que determinadas leyes infringen la Constitución y suponen una violación de las libertades y los derechos civiles, puede llevar el caso ante el Tribunal Constitucional. Si encuentra contradicciones en la jurisprudencia, tiene competencias para llevar el asunto ante el Tribunal Supremo o ante el Tribunal Supremo Administrativo para solicitar una sentencia interpretativa.

Organismos especializados en derechos humanos

Agencia nacional para la igualdad (Орган по въпросите на равенството)

1. Comisión contra la Discriminación (Комисия за защита от дискриминация)

Datos de contacto:

Bul. Dragan Tsankov 35 (Бул."Драган Цанков" 35)
Sofía 1125, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 807 30 30
Fax: +359 2 807 30 58
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanakzd@kzd.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.kzd-nondiscrimination.com/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión contra la Discriminación (o KZD, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Los casos pueden presentarse:

  • a partir de una queja por escrito de la persona o personas afectadas;
  • por iniciativa propia de la Comisión contra la Discriminación;
  • a partir de una queja de personas físicas o jurídicas u organismos oficiales.

Si los hechos se remontan a más de tres años, la queja no se examinará o, si ya está en curso una investigación, el caso se archivará. Si el asunto ya se ha llevado ante un órgano jurisdiccional, la queja no se examinará. Si la queja se retira o si el denunciante no rectifica un error dentro del plazo establecido por la Comisión contra la Discriminación, el caso se archivará.

La queja debe incluir los aspectos siguientes.

  • El nombre del denunciante.
  • La dirección de contacto del denunciante o, si el denunciante es una entidad con personalidad jurídica, el domicilio social.
  • Los hechos en que se basa: cuándo ocurrió, dónde, quién es el autor, contra quién se actuó y por qué se trató de un acto de discriminación.
  • La satisfacción que se pretende. El caso debe estar dentro de las competencias de la Comisión contra la Discriminación contempladas en la Ley contra la discriminación (ZZD, por sus siglas en búlgaro). Los denunciantes deben presentar pruebas por escrito o de otro tipo, o aclarar qué pruebas consideran que la Comisión contra la Discriminación debería examinar, como por ejemplo testigos a los que debería interrogar, documentos que no estén en posesión del denunciante, etc.
  • La fecha y la firma del denunciante o de su representante.
  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El presidente de la Comisión contra la Discriminación asigna el expediente a un panel especializado en el tipo de discriminación en cuestión. El panel designa, de entre sus miembros, a un presidente y a un ponente. El ponente recaba las pruebas escritas necesarias para documentar los hechos. La investigación debe completarse en un plazo de 30 días. En los casos complejos, el presidente de la Comisión contra la Discriminación puede ampliar este plazo otros 30 días. Cuando se ha completado la investigación, el ponente presenta sus conclusiones al presidente del panel. El presidente fija una fecha para la celebración de una audiencia pública e invita a las partes a asistir a la misma.

La Comisión contra la Discriminación tiene facultades para:

  • requerir documentación y otro tipo de información necesarias para la investigación;
  • requerir explicaciones a las personas objeto de la investigación; e
  • interrogar a testigos.

Todos los ciudadanos, entidades con personalidad jurídica y autoridades públicas están obligados a cooperar con la Comisión contra la Discriminación facilitando información y documentación y proporcionando aclaraciones por escrito siempre que se les solicite. La negativa a hacerlo puede dar lugar a una sanción.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

En la primera reunión, el presidente del panel invita a las partes a buscar una solución amistosa a su disputa. Si llegan a una solución amistosa, el acuerdo resultante se plasma por escrito, es aprobado mediante decisión y el caso se archiva. Si las partes llegan a una solución parcial, el procedimiento sigue su curso por la parte en la que no existe acuerdo. Dicho acuerdo es vinculante para ambas partes y la Comisión contra la Discriminación es la garante de su cumplimiento.

Si no es posible llegar a un acuerdo, la Comisión contra la Discriminación juzga el fondo del asunto en un plazo de 14 días a partir de la audiencia pública.

En su resolución, la Comisión contra la Discriminación puede:

  • determinar si se ha cometido una infracción;
  • señalar al infractor y a la víctima; e
  • imponer una sanción o medidas administrativas vinculantes.

Las medidas administrativas vinculantes que puede imponer la Comisión contra la Discriminación son las siguientes:

  • dar a funcionarios y empleados públicos instrucciones vinculantes para que hagan frente a prácticas y normas discriminatorias;
  • suspender normas o decisiones internas ilícitas de un empleador que den lugar o pudieran dar lugar a una conducta discriminatoria.

La Comisión es la encargada de hacer que se cumplan sus decisiones según las normas aplicables.

Las resoluciones de la Comisión contra la Discriminación pueden ser objeto de apelación ante el Tribunal Administrativo de Sofía en un plazo de 14 días.

2. Consejo Nacional para la Igualdad de Género (Националния съвет по равнопоставеността на жените и мъжете към Министерския съвет)

Datos de contacto:

Consejo de Ministros (Министерски съвет)
bul. Dondukov 1 (бул. „Дондуков” №1)
Sofía 1594, Bulgaria (София 1202, България)
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://saveti.government.bg/web/cc_19/1
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Consejo Nacional para la Igualdad de Género del Consejo de Ministros (NSRZhM, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

El Consejo Nacional para la Igualdad de Género es el encargado de asegurar que los organismos de la Administración y las organizaciones no gubernamentales colaboran en el desarrollo y la aplicación de la política nacional sobre igualdad de género facilitando asesoramiento, cooperación y coordinación.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El Consejo Nacional para la Igualdad de Género:

  • asesora al Consejo de Ministros;
  • examina los aspectos de género de proyectos de ley y decisiones y emite dictámenes al respecto;
  • examina los proyectos de decisiones elaborados por el Consejo de Ministros para asegurar que estén en consonancia con sus políticas de género y emite dictámenes al respecto;
  • coordina las acciones estatales y de las organizaciones no gubernamentales de aplicación de las políticas nacionales de género y vela por que Bulgaria cumpla sus obligaciones internacionales;
  • propone medidas en materia de política nacional de género, de manera independiente o conjuntamente con la Comisión contra la Discriminación;
  • mantiene contactos con sus homólogos en el extranjero y con organizaciones internacionales que promueven la igualdad de género;
  • ayuda a los interlocutores sociales y a las organizaciones no gubernamentales a llevar a cabo sus proyectos nacionales y regionales promoviendo de la igualdad de género y un mejor equilibrio entre el trabajo y la vida personal, y hace el seguimiento de los resultados; y
  • organiza estudios en materia de género.
  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Desarrollo e implementación de la política nacional sobre igualdad de género.

Organismo de protección de datos

1. Comisión para la Protección de Datos Personales (Комисията за защита на личните данни)

Datos de contacto:

Bul. Prof. Tsvetan Lazarov 2 (Проф. „Цветан Лазаров” № 2)
Sofía 1592, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 91 53 518
Fax: +359 2 91 53 525
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanakzld@cpdp.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.cpdp.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión para la Protección de Datos Personales (KZLD, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Esta Comisión ayuda al Gobierno a aplicar su política en materia de protección de datos personales.

Se encarga de investigar las denuncias relativas a la violación de la seguridad de datos personales, de conformidad con la Ley de protección de datos personales.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Toda persona tiene derecho a denunciar a la Comisión violaciones de la seguridad de datos personales en el plazo de un año desde que se haya tenido conocimiento de la infracción y de cinco años desde que esta se hubiera producido. La primera instancia que examina el caso es la Dirección de Supervisión y Procedimientos Legales, que emite un informe sobre el procedimiento a seguir y si reúne los requisitos para su admisión a trámite. A continuación, la Comisión se reúne a puerta cerrada para decidir si se admite el caso y qué procedimiento debe seguirse. Puede abrir una investigación, recabar pruebas o solicitar recomendaciones de terceros o dictámenes de peritos. Si se considera que debe admitirse el caso, se informa debidamente de ello a las partes implicadas. Se fija una fecha para la audiencia pública y se invita a las partes a asistir a la misma junto con cualquier tercero interesado. La Comisión emite una resolución en un plazo de 30 días desde la comunicación de la infracción. Se da traslado de una copia de la resolución a las partes implicadas y los terceros interesados. Puede emitir instrucciones vinculantes a la parte infractora, imponer un plazo para que se corrija la infracción o imponer una sanción administrativa. La decisión puede recurrirse ante el Tribunal Supremo Administrativo en un plazo de 14 días desde la recepción de la misma.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Los ciudadanos, las entidades con personalidad jurídica o los organismos de la Administración pueden solicitar a la Comisión que emita un dictamen sobre proyectos de ley sobre cuestiones ligadas a la Ley de protección de datos personales.

Además, la Comisión puede emitir instrucciones vinculantes a los responsables de datos personales

e imponer prohibiciones temporales sobre el tratamiento de datos personales cuando se haya producido un incumplimiento de las normas en materia de datos personales.

Otros organismos especializados

1. Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración (Националния съвет по етническите и интеграционните въпроси към Министерски съвет)

Datos de contacto:

Consejo de Ministros (Министерски съвет)
bul. Dondukov 1 (бул. „Дондуков” №1)
Sofía 1594, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 940 36 22
Fax: +359 2 940 21 18
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaRositsa.Ivanova@government.bg (Secretaría)
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.nccedi.government.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración (NSEIV, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Este organismo es el encargado de todas las cuestiones étnicas.

No dispone de un departamento específico para tratar quejas o solicitudes, pero los especialistas de su Secretaría se hacen cargo de las mismas cuando sea necesario.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración es un organismo consultivo y de coordinación que presta asistencia al Consejo de Ministros en el desarrollo y la implementación de la política sobre minorías étnicas y su integración.

Facilita la cooperación entre el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales para defender los intereses de las minorías étnicas y promover las relaciones interétnicas.

Además, coordina y supervisa la implementación del Plan de Acción Nacional para la Década de la Inclusión de los Romaníes 2005-2015 y el cumplimiento de los compromisos asumidos por los distintos organismos públicos en relación con dicho Plan de Acción.

Cada provincia cuenta con su propio consejo para las minorías étnicas y la integración, que colabora con el gobernador provincial. Son el equivalente provincial del El Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración.

Los consejos municipales pueden establecer sus propios consejos locales para las minorías étnicas y la integración.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Además de sus amplios cometidos administrativos, la Secretaría del Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración es responsable de mantener vínculos operativos y de facilitar asistencia metodológica a los consejos provinciales y locales para la cooperación en cuestiones étnicas y de integración.

2. Agencia para las Personas Discapacitadas (Агенция за хора с увреждания)

Datos de contacto:

Ul. Sofroni Vrachanski 104-106 (Ул. „Софроний Врачански” № 104-106)
Sofía 1233, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 940 80 95; 832 90 73
Fax: +359 2 832 41 62
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaahu@mlsp.government.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://ahu.mlsp.government.bg
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Agencia para las Personas Discapacitadas (AHU, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

La Agencia tramita las solicitudes para inscripción en el registro de dispositivos y aparatos médicos y en el registro de empresas especializadas que están administradas por personas discapacitadas o en las que trabajan estas, relacionadas con los derechos de las personas con discapacidad. También gestiona proyectos para diversos programas financiados por la Agencia.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Las solicitudes se registran en el sistema de información automatizado «Dokman», después de lo cual el director ejecutivo las remite al jefe de la oficina de la Agencia y a sus directores, quienes las asignan a los técnicos de gestión pertinentes.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Se tramita la solicitud o se envía una respuesta.

3. Agencia Estatal para la Protección de Menores (Държавната агенция за закрила на детето)

Datos de contacto:

Ul. Triaditsa 2 (Ул. Триадица № 2)
Sofía 1051, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 933 90 10; +359 2 933 90 16
Fax: +359 2 980 24 15
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanasacp@sacp.government.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://sacp.government.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Agencia Estatal para la Protección de Menores (DAZD, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Los derechos del menor, establecidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, están garantizados en Bulgaria en virtud de la Ley de protección del menor, adoptada en 2000, y por la Agencia Estatal para la Protección de Menores creada en 2001. De este modo, Bulgaria tiene el compromiso de proporcionar asistencia adecuada a los progenitores y tutores y de crear una infraestructura de servicios para el cuidado de los menores.

En Bulgaria, la protección de los menores es responsabilidad de:

  • la Agencia Estatal para la Protección de Menores;
  • la Agencia de Servicios Sociales (a través de sus oficinas locales, también denominadas «direcciones de servicios sociales»);
  • los Ministerios de: Trabajo y Asuntos Sociales; Interior; Educación, Juventud y Ciencia; Justicia; Asuntos Exteriores; Cultura; Sanidad; más los ayuntamientos.
  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

La Ley de protección del menor contempla una protección especial para los menores en situación de riesgo. Todos los menores tienen derecho a estar protegidos frente a la violencia, como puede ser la coacción para llevar a cabo actividades perjudiciales para su salud o para su desarrollo físico, mental, moral o educativo; estar expuestos a métodos de crianza que atenten contra su dignidad; sufrir violencia física, psicológica u otras formas de violencia y coacciones que atenten contra su interés superior; ser utilizados para la mendicidad, la prostitución, la difusión de pornografía, la recaudación de ingresos ilícitos o ser objeto de abusos sexuales.

Bulgaria tiene implantadas las siguientes medidas de protección de menores.

  • Medidas dentro del entorno familiar: asesoramiento, asistencia, asistencia jurídica, asesoramiento psicológico y servicios sociales. Estas medidas son adoptadas por las oficinas locales de la Agencia de Servicios Sociales a petición de los progenitores, los tutores, los cuidadores del menor o el propio menor, o por iniciativa de la Agencia de Servicios Sociales. Los servicios son prestados por la Agencia de Servicios Sociales u otros proveedores.
  • Medidas fuera del entorno familiar: acogida del menor en un hogar de familiares o amigos cercanos o por una familia de acogida, servicios sociales prestados en la residencia del menor o en una institución especializada. Las medidas de este tipo son dictadas por un órgano jurisdiccional. La Agencia de Servicios Sociales dispone un alojamiento temporal hasta que el órgano jurisdiccional dicte una resolución.
  • Solo se colocará al menor en una institución especializada cuando hayan fracasado todos los intentos por colocarlo en un entorno familiar.
  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

La Agencia Estatal para la Protección de Menores asegura que se respeten los derechos de los menores mediante:

  • la inspección de los colegios públicos y privados, guarderías y centros para el cuidado de menores o sus departamentos de servicios; hospitales, clínicas, oficinas de los Servicios Sociales, prestadores de servicios sociales para menores y organizaciones sin ánimo de lucro que actúan en el ámbito de la protección de menores;
  • la supervisión de los centros que ofrecen atención especializada para menores;
  • la aplicación de normas mínimas en los servicios sociales. La Agencia puede emitir instrucciones vinculantes para corregir y subsanar violaciones de los derechos de los menores, debiendo la parte incumplidora demostrar a la Agencia que ha cumplido los términos de la instrucción, so pena de multa coercitiva o sanción pecuniaria. Dichas instrucciones (actos administrativos) pueden ser objeto de apelación ante los tribunales en un plazo de 14 días.

4. Agencia Estatal para los Refugiados (Държавна агенция за бежанците при Министерския съвет)

Datos de contacto:

Bul. Knyaginya Maria Luiza 114 B (бул. „Княгиня Мария Луиза“ 114 Б)
Serdika (Район Сердика)
Sofía 1233, Bulgaria (София 1233, България)
Tel.: +359 2 80 80 901 (presidente/a)
Fax: +359 2 295 59 905
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanasar@saref.government.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.aref.government.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Agencia Estatal para los Refugiados (DAB, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las solicitudes de asilo y de reunificación familiar se examinan de acuerdo con la Ley de asilo y de refugiados (ZUB, por sus siglas en búlgaro). Todas las decisiones sobre asilo y reunificación familiar pueden recurrirse en virtud de esta Ley. Todas las demás solicitudes se rigen por las normas de procedimiento interno de la Agencia para otorgar protección.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El principal componente del Derecho búlgaro en materia de refugiados y asilo es la Ley de asilo y de refugiados. El Código de Procedimiento Administrativo y la Ley de extranjería en Bulgaria (ZChRB, por sus siglas en búlgaro) recogen otras disposiciones relevantes.

Existen cuatro tipos de medidas de protección especiales:

  • asilo: lo concede el presidente de Bulgaria a los extranjeros que han sido objeto de persecución debido a sus creencias o actos en apoyo de derechos y libertades reconocidos a escala internacional;
  • estatuto de refugiado;
  • estatuto humanitario (equivalente a la protección subsidiaria recogida en el artículo 15 de la Directiva 2004/83/CE relativa a los requisitos de asilo);
  • protección temporal: otorgada con arreglo a determinadas condiciones en períodos de afluencia masiva de refugiados.
  • La Agencia es responsable de examinar las solicitudes de asilo o estatuto humanitario. Su presidente es la única autoridad que puede conceder el estatuto de refugiado o el estatuto humanitario en Bulgaria.

Actualmente, todas las solicitudes para obtener el estatuto de refugiado se tramitan en los centros de refugiados de Sofía y en la localidad de Banya, cerca de Nova Zagora.

Los solicitantes de asilo deben personarse en la Agencia. Las solicitudes presentadas en la frontera o ante cualquier otra autoridad se remiten a la Agencia.

Los solicitantes de asilo son registrados el día en que se inscribe su solicitud en la Agencia.

La Agencia debe facilitar a los solicitantes de asilo información sobre el procedimiento, sus derechos y obligaciones y sobre las organizaciones que ofrecen asistencia jurídica y social. Esta información debe presentarse en una lengua que los refugiados puedan entender y un intérprete se la leerá inmediatamente antes de que se registre su solicitud; también recibirán una copia en dicha lengua. Deben rellenar un formulario en el que solo consignen sus características biológicas. Su solicitud se tramitará a continuación con arreglo al procedimiento de Dublín. Se toman las impresiones dactilares de los solicitantes de asilo para su incorporación al sistema Eurodac y se les hace una serie de preguntas estándar sobre su viaje.

Si Bulgaria es responsable de la tramitación, el servicio que haya entrevistado al solicitante tramita la solicitud de acuerdo con el procedimiento acelerado. Este servicio puede denegar el asilo si el expediente no cumple los criterios establecidos en la Ley de asilo y refugiados, puede archivar el caso o puede remitir el expediente para su tramitación con arreglo al procedimiento ordinario.

Si no se ha adoptado ninguna decisión en un plazo de tres días, la solicitud se tramitará automáticamente con arreglo al procedimiento ordinario. La decisión del servicio responsable de tramitar las solicitudes debe contar con la aprobación de las autoridades competentes. En caso necesario, el expediente puede ser devuelto para una investigación posterior. Una vez se ha aprobado la decisión, se consigna oficialmente por escrito, es aprobada por el departamento de metodología, firmada por determinados funcionarios y se presenta al presidente de la Agencia para su firma.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Concesión del estatuto de refugiado, del estatuto humanitario o denegación de la solicitud de asilo.

5. Comisión Permanente para los Derechos Humanos y la Ética Policial (Постоянна комисия по правата на човека и полицейската етика)

Datos de contacto:

Ministerio del Interior (Министерство на вътрешните работи)
Ul 6 Septemvri 29 (ул. „6-ти Септември” № 29)
Sofía 1000, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 982 50 00 (centralita)
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.mvr.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión Permanente para los Derechos Humanos y la Ética Policial (PKPChPE, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Esta comisión actúa como puente entre el Ministerio del Interior y las organizaciones de la sociedad civil y, como tal, desempeña un papel muy importante. Dispone de oficinas en las delegaciones provinciales del Ministerio.

Su cometido consiste en examinar las denuncias de violación de derechos humanos que recibe el Ministerio.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El objetivo de la Comisión es cooperar activamente con las organizaciones de la sociedad civil, fomentar prácticas policiales positivas y armonizar las normas que se derivan de la integración de Bulgaria en la UE. Su programa de trabajo anual incluye las actividades siguientes:

  • estudio de la implementación de la legislación pertinente y las propuestas de mejora;
  • fomento de una conducta ética y del respeto de los derechos humanos en el trabajo diario de la policía;
  • impartir formación en materia de derechos humanos a funcionarios de la policía.
  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.
  • respeto de los derechos de los sospechosos detenidos por la policía;
  • cumplimiento del código ético;
  • realización de comprobaciones para asegurar que la ley y las normas y reglamentos del Ministerio se cumplen, incluidos los relativos a la ética policial y los derechos humanos.

6. Comité de Derechos Humanos, Religión y Peticiones de la Asamblea Nacional (Комисия по правата на човека, вероизповеданията, жалбите и петициите на гражданите към Народното събрание)

Datos de contacto:

Pl. Narodno Sabranie 2 (hemiciclo) [Пл. „Народно събрание“ № 2 (Пленарна зала)]
Pl. Knyaz Aleksandar I, 1 (comisiones y gabinetes de los diputados) [Пл. „Княз Александър I“ № 1 (Комисии и кабинети на народни представители)]
Sofía 1169, Bulgaria (София 1202, България)
Centralita: +359 2 939 59 39
Fax: +359 2 981 31 31

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfocenter@parliament.bg
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanahumanrights@parliament.bg
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.parliament.bg

  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comité de Derechos Humanos, Religión y Peticiones de la Asamblea Nacional (KPChVZhPG, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Este comité parlamentario tiene un cometido legislativo en el ámbito de los derechos humanos y las libertades religiosas, así como en otras cuestiones tales como peticiones, solicitudes, quejas y denuncias de ciudadanos, organizaciones no gubernamentales, asociaciones, fundaciones.

Su objeto es muy diverso y cubre todos los aspectos de la sociedad que no son competencia de los órganos jurisdiccionales. El mayor número de peticiones se refiere a problemas sociales, seguidos por cuestiones relativas al sistema judicial, los derechos de los consumidores, acciones y omisiones de las autoridades del Ministerio del Interior, decisiones de planificación urbanística, construcciones ilegales, reinstauración de la propiedad privada de tierras, educación, asistencia sanitaria, acciones y omisiones de los órganos de gobierno local, derechos religiosos, acciones del Gobierno, discriminación, cuestiones de minorías étnicas, etc.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El Comité es el enlace directo del Parlamento búlgaro con la ciudadanía. Su papel está rigurosamente definido. Sus reglas de procedimiento establecen de manera pormenorizada cómo deben registrarse, transmitirse y archivarse las peticiones y denuncias recibidas por correo ordinario o electrónico y cómo debe quedar registrado cada paso de este proceso. Se asigna a cada documento un número de referencia, que se inscribe en un registro especial y se asigna a un técnico de gestión, quien lo examina y envía una respuesta o, en su caso, remite el expediente a la autoridad pertinente a su debido tiempo. El Comité presta especial atención a las autoridades locales y nacionales que no cumplen los plazos de respuesta legales establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo. Los gestores de los casos del Comité también ofrecen asesoramiento por teléfono sobre derechos procesales y explican en qué casos pueden prestar ayuda.

Las peticiones anónimas no se examinan.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Los ciudadanos obtienen asesoramiento y ayuda para la defensa de los derechos civiles garantizados por la Constitución.

7. Dirección General de Ejecución de Sentencias Penales del Ministerio de Justicia (Главна дирекция ‘Изпълнение на наказанията’)

Datos de contacto:

Bul. General N. Stoletov 21 (Бул.„Ген. Н. Столетов” № 21)
Sofía 1309, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 813 91 90
Fax: +359 2 931 15 74
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanamailto:gdin_ias@abv.bg; El enlace abre una nueva ventanagdin@gdin.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.gdin.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Dirección General de Ejecución de Sentencias Penales del Ministerio de Justicia (GDIN, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las quejas de las personas detenidas se refieren principalmente a medidas disciplinarias, traslado a otras dependencias, condiciones de la detención, condiciones de vida, asistencia médica y conducta del personal de las instituciones penitenciarias.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Las medidas disciplinarias impuestas por el artículo 101 de la Ley de ejecución de sentencias penales y detención (ZINZS, por sus siglas en búlgaro) pueden recurrirse ante la Dirección General de Ejecución de Sentencias Penales en un plazo de siete días desde su notificación, si han sido dictadas por el director del centro penitenciario o de otra dependencia de detención, o ante el Ministro de Justicia si han sido dictadas por el director general. La reclusión en régimen de aislamiento puede recurrirse ante el tribunal de distrito al que esté adscrito el centro en un plazo de tres días desde su notificación.

La reclusión en régimen de aislamiento durante más de dos meses sin derecho a participar en actividades en grupo (artículo 120 de la Ley) debe ser impuesta por el director general de Ejecución de Sentencias Penales y puede recurrirse ante la Audiencia Provincial competente en el plazo de tres días desde su notificación.

Los traslados son ordenados por el director general de Ejecución de Sentencias Penales y pueden recurrirse ante el Ministro de Justicia en el plazo de 14 días desde su notificación.

Las decisiones de imponer condiciones de reclusión más estrictas son dictadas por la Comisión para la Ejecución de Sentencias Penales (artículo 74, apartado 1, de la Ley) y pueden recurrirse ante la Audiencia Provincial competente territorialmente en el plazo de 14 días desde su notificación.

Con arreglo al artículo 1, apartado 1, de la Ley de responsabilidad por daños causados por el Estado y los municipios (ZODOV, por sus siglas en búlgaro), las quejas sobre las condiciones de vida, la asistencia médica y la conducta del personal de un centro penitenciario son competencia de los tribunales administrativos, según el Código de Procedimiento Administrativo. Las decisiones se pueden recurrir una vez. Las demandas en virtud del artículo 71, apartado 1, de la Ley de protección contra la discriminación son competencia de los tribunales de distrito o de la Comisión contra la Discriminación. Este procedimiento se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil y las resoluciones que recaigan sobre estas demandas pueden recurrirse dos veces. Las decisiones de la Comisión pueden recurrirse ante el Tribunal Supremo Administrativo con arreglo al Código de Procedimiento Administrativo.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Una vez devienen efectivas, las decisiones administrativas y las resoluciones judiciales son vinculantes y son ejecutadas por la Dirección General y sus servicios regionales.

8. Comisión Nacional contra la Trata de Seres Humanos (Национална комисия за борба с трафика на хора към Министерския съвет)

Datos de contacto:

Blvd G. M. Dimitrov 52, 1797 Sofía, Bulgaria (Бул. „Г.М. Димитров”, 52, София 1797, България)
Tel.: +359 2 807 80 50
Fax: +359 2 807 80 59
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoffice@antitraffic.government.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://antitraffic.government.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión Nacional contra la Trata de Seres Humanos del Consejo de Ministros (NKBTH, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las propias víctimas u otras personas que actúen en nombre de estas pueden presentar denuncias por trata de seres humanos ante la Secretaría de la Comisión.

La Comisión también se encarga de las quejas de ciudadanos por su funcionamiento administrativo. Los plazos para tramitar dichas quejas están establecidos por ley.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

La Comisión traslada las denuncias al servicio pertinente de la Administración para su seguimiento, investigación y/o aclaración. Se garantiza el anonimato de las víctimas y la protección de sus datos personales (artículo 20 de la Ley sobre la trata de seres humanos, ZBTH, por sus siglas en búlgaro). Si la víctima es menor, la Comisión debe alertar inmediatamente a la Agencia Estatal para la Protección de Menores, que actuará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de protección de menores.

Los representantes de organizaciones sin ánimo de lucro búlgaras e internacionales que desarrollan su actividad en el ámbito de la trata de seres humanos pueden asistir a reuniones de la Comisión presentando una solicitud por escrito y determinados documentos que apoyen su solicitud (artículo 4, apartado 4, de la Ley sobre la trata de seres humanos y artículo 12 del Reglamento Interno de la Comisión).

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Si los documentos presentados están incompletos o contienen errores, la Comisión puede solicitar que se completen o se corrijan en un plazo de tiempo determinado. En un plazo de 30 días desde la fecha de la denuncia, la Comisión emite su decisión, que puede recurrirse ante el Tribunal Supremo Administrativo.

9. Comisión Central para la Delincuencia Juvenil (Централната комисия за борба срещу противообществените прояви на малолетните и непълнолетните към Министерския съвет)

Datos de contacto:

Bul. Knyaz Dondukov 9, 4.ª planta (Бул.„Княз Дондуков“ № 9, етаж 4)
Sofía 1000, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 981 11 33
Fax: +359 2 987 40 01
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.ckbppmn.government.bg/obshti/funktzii.html
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión Central para la Delincuencia Juvenil del Consejo de Ministros (TsKBPPMN, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Cometidos de la Comisión:

  • coordinar el trabajo de los servicios de la Administración y de las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el ámbito de la delincuencia juvenil;
  • gestionar y supervisar el trabajo de las comisiones locales de delincuencia juvenil en todo el país;
  • analizar y recabar datos estadísticos, estudiar tendencias y hacer predicciones;
  • participar en la elaboración de leyes en relación con los problemas a los que se enfrentan los menores;
  • sensibilizar a la ciudadanía respecto de la problemática del comportamiento adolescente;

informar a la ciudadanía sobre situaciones que puedan dar lugar a un comportamiento delictivo, el papel que pueden desempeñar las medidas educativas, el estado de la delincuencia juvenil en el país y la dirección en la que está evolucionando.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Las comisiones locales de delincuencia juvenil son responsables de organizar, gestionar y supervisar los esfuerzos a escala municipal para prevenir y reducir el comportamiento juvenil antisocial.

También están facultadas para examinar casos de delincuencia juvenil. El Código Penal incluye un capítulo titulado «Disposiciones especiales para menores», que corresponde al artículo 40 de la Convención de las Naciones Unidos sobre los Derechos del Niño y a la Regla 11 de las Reglas de Beijing. Según ese capítulo, se da prioridad a las medidas educativas, que se recogen en el artículo 13 de la Ley de delincuencia juvenil (ZBPPMN, por sus siglas en búlgaro). Dichas medidas se adoptan fuera del sistema de justicia penal y cumplen una función meramente educativa y social. Incluyen asesoramiento para hacer frente a los problemas de comportamiento, fomento de una implicación parental más profunda y apoyo por parte de educadores profesionales.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Una vez analizadas las causas de los problemas de comportamiento, se adoptan las medidas apropiadas. Cuando se aprecia negligencia, también pueden adoptarse medidas en relación con los progenitores.

10. Oficina Nacional de Asistencia Jurídica (Национално бюро за правна помощ)

Datos de contacto:

Ul. Razvigor 1 (Ул. Развигор № 1)
Sofía 1421, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 81 93 200
Fax: +359 2 865 48 12
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventananbpp@nbpp.government.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://mjs.bg
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Oficina Nacional de Asistencia Jurídica (NBPP, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las solicitudes de asistencia jurídica deben presentarse al presidente de la Oficina.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Pueden beneficiarse de la asistencia jurídica:

  • las personas que reciben o cumplen los requisitos para recibir prestaciones sociales;
  • las personas internadas en una institución social especializada, o
  • las familias de acogida y los familiares y amigos cercanos que están a cargo de un menor de acuerdo con la Ley de protección de menores.

El solicitante debe presentar uno de los siguientes documentos:

  • una declaración del director la oficina local de la Agencia de Servicios Sociales (también denominada dirección de servicios sociales) en la que se certifique que el solicitante, en el momento de la presentar la solicitud, estaba percibiendo prestaciones sociales mensuales de conformidad con el artículo 9 de las Disposiciones de Aplicación de la Ley de asistencia social (PPZSP, por sus siglas en búlgaro);

o

  • una declaración original del director de la oficina local de la Agencia de Servicios Sociales en la que se certifique que el solicitante cumple los requisitos para recibir prestaciones sociales mensuales.

Asimismo:

  • El solicitante debe presentar una declaración que detalle los recursos financieros de su familia.
  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

El presidente de la Oficina puede conceder o denegar la asistencia jurídica.

Su decisión puede recurrirse ante el Tribunal Administrativo de Sofía con arreglo al Código de Procedimiento Administrativo.

11. Consejo Nacional para la Indemnización y el Apoyo a las Víctimas de Delitos (Национален съвет за подпомагане и компенсация на пострадали от престъпления)

Datos de contacto:

Ministerio de Justicia (Министерство на правосъдието)
ul. Slavyanska 1 (ул. „Славянска” № 1)
Sofía 1040, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 9 237 359
Fax: +359 2 980 62 93
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanacompensation@justice.government.bg
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.compensation.bg
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Consejo Nacional para la Indemnización y el Apoyo a las Víctimas de Delitos (NSPKPP, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

El Consejo se encarga de las solicitudes de la indemnización económica contemplada en la Ley de indemnización y apoyo a las víctimas de delitos (ZPFKPP, por sus siglas en búlgaro). Para poder beneficiarse de la indemnización, la víctima debe haber sufrido un perjuicio económico como consecuencia de actos de terrorismo, homicidio u asesinato, un delito doloso con resultado de lesiones físicas graves, violación o agresión sexual con resultado de lesiones físicas o mentales graves, trata de seres humanos, delitos cometidos en nombre de bandas criminales organizadas y otros delitos dolosos graves con resultado de muerte o lesiones físicas (artículo 3, apartado 3, de la Ley). El delito debe haberse cometido después del 30 de junio de 2005. La Ley contempla indemnizaciones por el perjuicio sufrido como consecuencia directa de un delito:

1. costes médicos no reembolsados por el Fondo de Seguro Médico Nacional;

2. lucro cesante;

3. costes legales;

4. pérdida de medios de subsistencia;

5. gastos de sepelio;

6. otros daños materiales.

Deben presentarse documentos que justifiquen la solicitud.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Las víctimas de estos delitos pueden presentar una reclamación de indemnización económica al gobernador de su provincia o al Consejo en un plazo de dos meses desde la condena del infractor (artículo 12 de la Ley). El Consejo debe examinar la reclamación en un plazo de tres meses desde la recepción de la misma.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

El Consejo se reúne al menos una vez cada tres meses para decidir sobre las reclamaciones de indemnización. Sus decisiones se adoptan por mayoría simple de los presentes, deben indicar las razones de la concesión o denegación y no cabe recurso contra las mismas.

Otros

Base de datos de organizaciones no gubernamentales: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.ngobg.info/bg/search/advanced.html

Última actualización: 20/07/2022

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Chequia

Tribunales nacionales

En general, en casos de discriminación, el órgano jurisdiccional del domicilio del demandado (es decir, la persona acusada de discriminación) es competente en primera instancia. Una vez que se han agotado todos los recursos, puede presentarse un recurso de amparo ante el El enlace abre una nueva ventanaTribunal Constitucional (Ústavní soud).

Tribunal Constitucional

Joštova 8, 660 83 Brno 2

Teléfono: (+420) 542162111
Fax: (+420) 542161309, (+420) 542161169

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapodani@usoud.cz

El órgano judicial que vela por la protección de la constitucionalidad es el Tribunal Constitucional, cuyo estatus y competencias se encuentran recogidas en la Constitución de la República Checa (Ústavě České republiky). El Tribunal Constitucional se encuentra fuera del sistema de los órganos jurisdiccionales ordinarios. Su cometido principal es proteger la constitucionalidad y los y derechos y libertades fundamentales recogidos en la Constitución, la Carta de Derechos y Libertades Fundamentales y otras leyes constitucionales de Chequia, así como controlar que el poder estatal se ejerce según la Constitución.

De acuerdo con el artículo 87 de la Constitución, el Tribunal Constitucional se pronuncia, entre otras cuestiones, sobre recursos de constitucionalidad presentados por personas físicas o jurídicas contra las decisiones firmes o ejecutorias y otras intervenciones realizadas por organismos públicos que afecten a los derechos y libertades fundamentales garantizados por la Constitución. Los fallos del Tribunal Constitucional son definitivos y no cabe recurso alguno contra ellos.

En la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Tribunal hay una guía que contiene información básica sobre el procedimiento ante el Tribunal Constitucional.

Instituciones nacionales para la defensa de los derechos humanos

El principal órgano nacional de derechos humanos encargado de las violaciones de los derechos humanos fundamentales es el Defensor del Pueblo (ver más abajo).

A nivel gubernamental, la cuestión de los derechos humanos es competencia del Ministerio de Derechos Humanos, Igualdad de Oportunidades y Legislación (Ministra pro lidská práva, rovné příležitosti a legislativu). Hay otros órganos que también tratan esta cuestión, entre los que se incluyen el Consejo del Gobierno para los Derechos Humanos (Rada vlády pro lidská práva), el Consejo del Gobierno para la Igualdad de Género (Rada vlády pro rovnost žen a mužů), el Consejo del Gobierno para las Minorías Nacionales (Rada vlády pro národnostní menšiny) y la Junta Gubernamental para las Personas con Discapacidad (orgánem Vládního výboru pro zdravotně postižené občany), que actúan como órganos de asesoramiento del Gobierno.

Defensor del pueblo

El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Pueblo (Veřejný ochránce práv)

Údolní 39
Brno, 602 00

Teléfono: +420 542 542 111
Fax: +420 542 542 112

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapodatelna@ochrance.cz

El Defensor del Pueblo es un órgano estatal autónomo, independiente e imparcial que no pertenece a la Administración pública y, por tanto, no es una autoridad estatal. Protege a las personas contra las conductas de autoridades públicas y otras instituciones encargadas de la administración estatal, cuando dicha conducta sea:

  • ilegal;
  • legal, pero defectuosa o incorrecta y, por ello, en contradicción con los principios de un Estado de Derecho democrático y los principios de buena administración; o
  • cuando estos órganos omitan una obligación de hacer.

El Defensor está autorizado para ocuparse de las demandas contra las actividades de:

  • ministros y otras autoridades administrativas con competencia en toda Chequia, y sus autoridades administrativas subordinadas;
  • los órganos territoriales autónomos (es decir, municipios y regiones), pero solo cuando realicen actos propios de la Administración estatal, y no cuando ejerzan sus propios poderes (autogobierno);
  • el Banco Nacional Checo (České národní banky), cuando actúa en el ejercicio de potestades públicas;
  • el Consejo de Radiodifusión y Teledifusión (Rady pro rozhlasové a televizní vysílání);
  • la Policía de la República Checa (Policie České republiky), excepto cuando se trate de investigaciones relativas a procesos penales;
  • el Ejército de la República Checa y la Guardia del Castillo (Armády České republiky a Hradní stráže);
  • el servicio de prisiones de Chequia;
  • instalaciones en las que haya personas en custodia o prisión, recibiendo educación institucional o de protección o medidas de seguridad;
  • compañías de seguros;
  • órganos jurisdiccionales y del Ministerio Fiscal en el ejercicio de potestades públicas (sobre todo en lo relativo a retrasos en los procesos, inactividad de los tribunales y conducta inapropiada de los jueces), y no contra la decisión del órgano jurisdiccional o del fiscal en sí.

Desde 2006, el Defensor del Pueblo también ha supervisado la protección de los derechos de aquellas personas cuya libertad ha sido restringida.

El Defensor del Pueblo no tiene competencia para intervenir en litigios o relaciones de Derecho privado (incluidos los litigios entre empresarios y empleados, incluso cuando el empresario es una autoridad pública); la única excepción son las demandas por comportamiento discriminatorio, en las que el Defensor del Pueblo puede intervenir en el ámbito del Derecho privado.

El Defensor puede realizar investigaciones independientes pero no puede actuar en lugar de las autoridades de la Administración pública y no puede anular ni cambiar sus resoluciones. Sin embargo, en caso de irregularidad, puede solicitar que las autoridades o instituciones aporten una solución.

Si una autoridad de la Administración pública o una instalación que retenga a personas cuya libertad se haya visto restringida no cumple con su obligación de cooperar con el Defensor o, tras demostrarse la existencia de una irregularidad, no toma las medidas reparadoras necesarias, el Defensor puede informar públicamente sobre esta cuestión.

Según la ley, la publicidad es una sanción que el Defensor puede imponer. En dicho caso, el Defensor también puede publicar los nombres y apellidos de personas concretas que actúen en nombre de la autoridad que haya cometido la infracción.

Las quejas ante el Defensor del Pueblo deben presentarlas las personas que solicitan la protección de sus derechos o su representante legal. Si se presenta la queja en nombre de otra persona, debe acreditarse la representación mediante poder notarial u otro documento que establezca el alcance de la autorización.

Una queja debe contener siempre:

  • nombre, apellido(s), dirección y número de teléfono del interesado o, en caso de que se trate de una persona jurídica, nombre, domicilio social y persona autorizada para actuar en su nombre;
  • descripción de las circunstancias pertinentes de la cuestión, incluida una indicación de si se ha informado del asunto a otro órgano y con qué resultado;
  • autoridad o autoridades contra las que se presenta la queja;
  • prueba de que el interesado ha solicitado, sin éxito, que la autoridad contra la que presenta la queja aporte una solución;
  • si se ha dictado una resolución sobre el caso, el interesado debe presentar una copia de la misma; y
  • copias de los documentos relacionados con el caso y que contengan información importante.

La duración de las investigaciones y la resolución de las quejas varían y depende siempre de las circunstancias y la complejidad del caso. La ley no establece ningún plazo para el Defensor, que deberá intentar tramitar todas las quejas en el menor tiempo posible, siempre que pueda.

No cabe acción legal (recursos) contra la manera en la que el Defensor tramite una queja o el resultado de la misma.

Modos de presentación de las quejas

Por escrito, preferiblemente en un El enlace abre una nueva ventanaformulario de queja impreso enviado a: Veřejný ochránce práv, Údolní 39, 602 00 Brno. También se puede enviar una carta.

Por correo electrónico (incluso sin firma electrónica) a El enlace abre una nueva ventanapodatelna@ochrance.cz con una descripción del caso o, mejor aún, rellenando el El enlace abre una nueva ventanaformulario de queja y enviándolo por correo electrónico.

A través de la nube. El código de identificación de la Oficina del Defensor del Pueblo es jz5adky. Este mensaje puede llevar adjunto un formulario de queja relleno o una carta con la información relevante del problema.

Mediante formulario en línea El enlace abre una nueva ventanainteractivo, disponible en el servicio de presentación electrónico, que garantiza que la queja contiene todos los datos necesarios.

En persona en la Oficina del Defensor del Pueblo (Údolní 39, Brno), todos los días laborales de 8.00 a 16.00. De esta manera se puede presentar una queja con los documentos adjuntos no solo en papel, sino también en un dispositivo electrónico.

Presentación personal en un informe. Los días laborables de 8.00 a 16.00 se puede ir en persona a la Unidad de Recepción de Quejas en el edificio de la Oficina del Defensor del Pueblo, donde un abogado de la Oficina analizará y redactará la queja.

Autoridades especializadas en la protección de los derechos humanos

Defensor del Pueblo y quejas presentadas por menores

No existe la figura del Defensor del Menor en la República Checa; sin embargo, el Defensor del Pueblo se encarga de tramitar las quejas presentadas por menores relativas a la protección de sus derechos e intereses.

El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Pueblo

Údolní 39
Brno, 602 00

Teléfono: +420 542 542 888
Fax: +420 542 542 112

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanadeti@ochrance.cz

Los menores pueden dirigirse al Defensor del Pueblo de distintas formas, concretamente por carta enviada o presentada en persona en Veřejná ochránkyně práv, Údolní 39, 602 00 Brno, usando el El enlace abre una nueva ventanaformulario en línea rellenado según las instrucciones, por correo electrónico a El enlace abre una nueva ventanadeti@ochrance.cz, o en persona en la dirección del Defensor del Pueblo, donde el menor puede tratar el problema con un abogado de la Oficina del Defensor del Pueblo, que le puede ayudar a redactar la queja.

La queja debe especificar claramente:

  • la persona o la situación de la que se queja el menor (incluyendo al menos el nombre de la autoridad, institución o persona con la que el menor tratara);
  • nombre, apellido(s), fecha de nacimiento y domicilio del menor;
  • descripción del problema;
  • información de contacto, es decir, número de teléfono, correo electrónico y dirección postal.

El Defensor puede ayudar a los menores, por ejemplo:

  • en caso de prácticas abusivas por parte de un trabajador social;
  • en caso de que el proceso judicial tarde demasiado;
  • en caso de que un juez o magistrado se comporte de manera inadecuada;
  • en caso de que hayan sufrido acoso escolar;
  • en caso de que no hayan sido admitidos en un colegio;
  • en caso de regímenes inusualmente estrictos, acoso, etc., en su hogar;
  • en caso de que los progenitores no hayan recibido ayudas sociales;
  • en caso de que la pensión de los abuelos haya sido mal calculada por las autoridades;
  • en caso de que la autoridad competente no consiga solucionar el mal estado (de construcción y técnico) de un edificio, o que un vecino esté construyendo sin permiso;
  • en caso de que las autoridades no tomen medidas contra vertederos ilegales; y
  • en caso de que no se haya tramitado una reclamación contra un producto que no funcionaba.

Por otro lado, el Defensor del pueblo no puede, por ejemplo:

  • cambiar una resolución de un órgano jurisdiccionales; ni
  • dificultar una investigación de la Policía de la República Checa (el fiscal que supervise las actividades de la policía tiene algunas competencias en este ámbito); ni
  • intervenir en controversias (p. ej., disputas entre vecinos por cuestiones inmobiliarias, entre progenitores o familiares, etc.), ya que deben ser remitidas a un órgano jurisdiccional.

Instituciones que proporcionan ayuda a víctimas de discriminación

Defensor del pueblo

Údolní 39
Brno, 602 00

Teléfono: +420 542 542 111
Fax: +420 542 542 112

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapodatelna@ochrance.cz

Según la Ley del Defensor del Pueblo, este ofrece asistencia metodológica a las víctimas de discriminación:

  • evalúa si la conducta en cuestión constituye en realidad un acto discriminatorio según la Ley contra la discriminación (antidiskriminačního zákona); y
  • asesora a las víctimas de discriminación sobre cómo actuar, a quién dirigirse y cómo rellenar una solicitud para iniciar un proceso por discriminación.

Al presentar una solicitud al Defensor para que investigue un caso de discriminación, el solicitante debe dar todos los detalles posibles sobre el comportamiento discriminatorio y adjuntar a su solicitud toda prueba que demuestre dicha discriminación.

Oficina para la Protección de Datos Personales

El enlace abre una nueva ventanaOficina para la Protección de Datos Personales

Pplk. Sochora 27
170 00 Praha (Praga) 7

Teléfono: +420 234 665 111
Fax: +420 234 665 444

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaposta@uoou.cz

La Oficina para la Protección de Datos Personales (Úřad pro ochranu osobních údajů) es un órgano independiente que:

  • supervisa el cumplimiento de las obligaciones legales en el tratamiento de datos de carácter personal;
  • lleva un registro de casos autorizados de tratamiento de datos de carácter personal;
  • recibe las quejas de los ciudadanos relativas a infracciones de la ley; y
  • ofrece asesoramiento sobre la protección de los datos de carácter personal.

Las actividades de la Oficina se encuentran definidas en la Ley n.º 101/2000 sobre protección de datos personales y por la que se modifican diversas leyes (zákon č. 101/2000 Sb., o ochraně osobních údajů a o změně některých zákonů), en su versión modificada.

El objetivo de la Ley sobre protección de datos personales es el derecho de los ciudadanos, como lo garantiza la Carta de Derechos y Libertades Fundamentales, a recibir protección contra las intrusiones no autorizadas en su vida privada y personal y la recopilación, publicación u otro uso no autorizados de los datos de carácter personal.

Toda persona que descubra o tenga sospechas fundadas de que sus datos personales están siendo tratados de forma que se vulnere el derecho a la protección de su vida privada y personal, y en contra de la Ley sobre protección de datos de carácter personal (por ejemplo, si los datos personales que están siendo tratados son falsos o van más allá del objetivo para el que se solicitaron), tiene derecho de presentar una queja a la Oficina.

Las quejas sobre supuestas violaciones de la Ley sobre protección de datos de carácter personal deberían incluir:

  • la identificación de la persona sospechosa de haber violado la Ley sobre protección de datos de carácter personal;
  • una descripción de la actividad de tratamiento de datos personales que viola la Ley sobre protección de datos de carácter personal;
  • la indicación de los datos personales (o de las categorías en las que se encuentren) tratados en violación de la Ley sobre protección de datos de carácter personal;
  • documentos u otros materiales (o copias de los mismos) que demuestren la relación entre el notificante (interesado) y la persona que ha tratado erróneamente sus datos personales;
  • documentos u otros materiales (o copias de los mimos) con los que se pueda determinar que se ha producido una violación de la Ley sobre protección de datos de carácter personal;
  • referencias a testigos disponibles que puedan testificar sobre los hechos descritos; y
  • la información de contacto del notificante (interesado).

Las quejas también pueden presentarse de manera anónima ante la Oficina o de forma electrónica.

La persona que presente la queja no es parte de los posibles procesos administrativos o contencioso-administrativos que se puedan incoar, pero podrá ser citado como testigo.

Otras autoridades especializadas

El órgano principal al que las personas deben acudir en caso de violación de los derechos humanos fundamentales es el Defensor del Pueblo. Otras entidades de este ámbito son, por ejemplo:

La Administración de Centros de Refugiados del Ministerio del Interior (Správa uprchlických zařízení Ministerstva vnitra)

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.suz.cz/

Lhotecká 7
143 01 Praha (Praga) 12

Teléfono: +420 974 827 118
Fax: +420 974 827 280

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapodatelna@suz.cz

La Administración de Centros de Refugiados es un componente organizacional del Estado, subordinado al ministro adjunto del Interior para el Orden Público y la Seguridad. Coopera con las instituciones internacionales y gubernamentales, los órganos de gobierno locales y las organizaciones no gubernamentales. También gestiona los centros de internamiento de extranjeros; desde 2009 dirige una red de centros de apoyo a la integración para extranjeros en capitales regionales.
Chequia utiliza a la Administración de Centros de Refugiados para ofrecer alojamiento y otros servicios a los solicitantes de asilo, refugiados y extranjeros internados, de acuerdo con la Ley n.º 326/1999 sobre la estancia de extranjeros en la República Checa (zákon č. 326/1999 Sb. o pobytu cizinců na území ČR), y a la Ley n.º 325/1999 sobre asilo (zákon č. 325/1999 Sb. o azylu). El objetivo de la Administración de Centros de Refugiados es ofrecer a estas personas unas condiciones apropiadas y dignas.

Consejo Nacional de Personas con Discapacidad de la República Checa (Národní rada osob se zdravotním postižením ČR)

Partyzánská 7
170 00 Praha (Praga) 7 – Holešovice
Teléfono: 266 753 421
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventananrzpcr@nrzp.cz

Desde el 11 de diciembre de 2014, el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad es una asociación nacional registrada que representa los intereses de las personas con discapacidad cuando tratan con las instituciones públicas y estatales. El papel del Consejo Nacional consiste en contribuir a la integración de las personas con discapacidad en la sociedad y defender de manera coherente los derechos humanos de estas personas. Es el principal órgano asesor de la Junta Gubernamental para Personas con Discapacidad.

Entre sus prioridades se encuentran:

  • coordinar las organizaciones para personas con discapacidad en cuestiones de interés común;
  • informar al público sobre el tema de la discapacidad;
  • examinar los casos de discriminación contra personas con discapacidad;
  • ejecutar proyectos para mejorar la vida de personas con discapacidad;
  • desarrollar planes relacionados con la igualdad de oportunidades para personas con discapacidad a nivel regional;
  • crear una red nacional de centros profesionales de asesoramiento social; y
  • elaborar publicaciones, revistas y materiales de divulgación.

Otros

Existe un número de organizaciones sin ánimo de lucro en la Chequia que tratan cuestiones relacionadas con los derechos humanos y ayudan a las personas cuyos derechos han sido violados.

Centro para la Integración de Extranjeros (Centrum pro integraci cizinců)

El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cicops.cz/es/

Pernerova 32/10, 186 00, Praha (Praga) 8
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@cicpraha.org

El Centro para la Integración de Extranjeros es una asociación de la sociedad civil creada en 2003 para ayudar a los extranjeros a integrarse en la sociedad checa.

Se centra en proporcionar servicios sociales y de sensibilización de carácter ambulatorio y programas educativos a extranjeros con residencia permanente o de larga duración en Chequia. El Centro para la Integración de Extranjeros tiene sedes en todas las regiones del país, siendo su área principal de actividad Praga y la región de Bohemia Central. La organización dispone de un número de registro de servicios sociales de acuerdo con la Ley sobre servicios sociales (zákon o sociálních službách) y una acreditación de acuerdo con la Ley sobre servicios voluntarios (zákon o dobrovolnické službě).

Sus principales actividades incluyen:

  • ofrecer asesoramiento social a los inmigrantes: extranjeros con residencia permanente o de larga duración y beneficiarios de protección subsidiaria o internacional;
  • ofrecer asesoramiento sobre empleo y desarrollar programas y actividades para inmigrantes, con el fin de que accedan al mercado laboral;
  • organizar cursos (abiertos) básicos en checo y otros cursos especializados de checo para extranjeros, y desarrollar nuevos y progresivos métodos de enseñanza;
  • organizar otras actividades educativas (formación de profesores de checo y otras lenguas extranjeras, enseñanza de lenguas extranjeras, formación de pedagogos, tutorías, cursos de informática, etc.);
  • desarrollar programas de voluntariado: orientación en forma de cooperación individual entre el cliente y el voluntario, así como la organización de actividades sociales y de ocio, reuniones, debates, tardes temáticas, etc.); y
  • organizar actividades de información (seminarios, materiales informativos, etc.).

Todos los programas tienen como objetivo permitir que los inmigrantes en Chequia lleven una vida digna e independiente, al mismo tiempo que garantizar que estos respeten y conozcan las leyes locales y los estándares de conducta y comportamiento interpersonal; asimismo, la sociedad receptora se compromete a fomentar la comprensión, ayuda y respeto por la individualidad de cada migrante.

Última actualización: 16/12/2021

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Alemania

Órganos jurisdiccionales nacionales

Todas las autoridades públicas están obligadas a respetar los derechos fundamentales. Cualquier persona que considere que se han vulnerado sus derechos fundamentales tiene la posibilidad de solicitar reparación por vía judicial.

En particular, puede denunciar que una norma legal que le resulte aplicable atenta contra la Ley Fundamental (Grundgesetz). Si el tribunal especializado admite esa denuncia, remitirá la norma legal al Tribunal Constitucional Federal (Bundesverfassungsgericht) para que este se pronuncie mediante un procedimiento de control normativo. Si el tribunal especializado no la admite, puede recurrirse al Tribunal Constitucional Federal, una vez agotada la vía judicial ordinaria, por medio del recurso de amparo (Verfassungsbeschwerde).

Los ciudadanos y las ciudadanas también pueden denunciar las vulneraciones de la Carta de los Derechos Fundamentales ante los tribunales especializados cuando por medio de la medida impugnada se aplique el Derecho de la Unión. El tribunal especializado debe remitir las cuestiones que se le planteen por esa vía al TJUE (art. 267 del TFUE). En caso de que el tribunal especializado, en contravención de las normas, se abstenga de hacerlo, el asunto podrá remitirse al Tribunal Constitucional Federal por vía de recurso de amparo, como vulneración del derecho fundamental a un juez imparcial consagrado en el artículo 101, apartado 1, párrafo segundo, de la Ley Fundamental. En el marco de su examen de los recursos de amparo relativos a materias determinadas por el Derecho de la Unión, el Tribunal Constitucional Federal utilizará la Carta de los Derechos Fundamentales como medio de prueba directo.

No cabe recurso contra la resolución del Tribunal Constitucional Federal, que vincula a todos los órganos del Estado.

Tribunal Constitucional Federal

El Tribunal Constitucional Federal se constituye como «guardián de la Ley Fundamental». Entre sus funciones figuran la interpretación vinculante de la Ley Fundamental y el control del cumplimiento de los derechos fundamentales. Se trata de un tribunal federal autónomo e independiente de los demás órganos constitucionales, y de un órgano constitucional independiente.

El Tribunal Constitucional Federal resuelve, con base en el artículo 93, apartado 1, número 4 bis), de la Ley Fundamental, entre otras disposiciones, los recursos de amparo presentados por personas físicas o jurídicas que aleguen una vulneración de sus derechos fundamentales (consagrados en los artículos 1 a 19 de la Ley Fundamental) u otros derechos equivalentes a los derechos fundamentales (artículo 20, apartado 4, artículo 33, artículo 38, artículo 101, artículo 103 y artículo 104 de la Ley Fundamental) causada por los poderes públicos alemanes.

El recurso de amparo no es una ampliación del procedimiento ante los tribunales especializados, sino un recurso extraordinario en el que solamente se dirime la vulneración de derechos constitucionales concretos. Los detalles se regulan en el El enlace abre una nueva ventanaartículo 93, apartado 1, números 4 bis y 4 ter, de la Ley Fundamental y en el artículo El enlace abre una nueva ventana§§90 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional Federal (Bundesverfassungsgerichtsgesetz).

El Tribunal Constitucional Federal ha resumido en un El enlace abre una nueva ventanafolleto la información sobre el recurso de amparo, especialmente qué debe tenerse en cuenta al interponerlo.

Los datos de contacto del Tribunal Constitucional Federal son los siguientes:

Código postal 1771
76006 Karlsruhe

Teléfono: 0721 9101 - 0
Fax: 0721 9101 - 382

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.bundesverfassungsgericht.de/DE/Homepage/homepage_node.html

Instituciones nacionales de derechos humanos

Instituto Alemán de Derechos Humanos

El Instituto Alemán de Derechos Humanos (Deutsches Institut für Menschenrechte) es la institución nacional independiente en materia de derechos humanos de Alemania (§ 1 de la Ley del Instituto Alemán de Derechos Humanos). Su función es que Alemania respete y promueva los derechos humanos tanto en su territorio como en el extranjero. El Instituto, además, apoya y supervisa la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, para lo cual ha establecido los correspondientes mecanismos de seguimiento.

El Instituto solamente está vinculado por los propios derechos humanos, y es políticamente independiente. Desde 2015, el estatuto, las funciones y la financiación del Instituto se rigen por la Ley de Estatuto y Funciones del Instituto Alemán de Derechos Humanos (Gesetz über die Rechtsstellung und Aufgaben des Deutschen Instituts für Menschenrechte). El Instituto se organiza como asociación sin ánimo de lucro, y está financiado por el Bundestag alemán (cámara baja) y, en lo que respecta a proyectos concretos, por terceros.

En todo caso, el Instituto no tiene el mandato de tratar denuncias de particulares cuyos derechos humanos se hayan vulnerado. No obstante, y en la medida de sus posibilidades, puede aconsejar sobre los centros de asesoramiento que resulten adecuados.

Los datos de contacto del Instituto Alemán de Derechos Humanos son los siguientes:

Zimmerstraße 26/27
10969 Berlín

Teléfono: 030 259 359 - 0
Fax: 030 259 359 - 59


Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@institut-fuer-menschenrechte.de
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.institut-fuer-menschenrechte.de/

Organismos especializados en materia de derechos humanos

Autoridad Federal de Lucha contra la Discriminación

La Autoridad Federal de Lucha contra la Discriminación (Antidiskriminierungsstelle des Bundes), integrada en el Ministerio Federal de Familia, Personas Mayores, Mujer y Juventud, es una instancia independiente a la que pueden acudir las personas afectadas por discriminación. Sus funciones se establecen en la Ley General de Igualdad de Trato (Allgemeines Gleichbehandlungsgesetz). La Autoridad de Lucha contra la Discriminación actúa como servicio de atención a todas aquellas personas que se sientan perjudicadas por motivos racistas o a causa de su origen étnico, sexo, religión o creencias, discapacidad, edad o identidad sexual.

Las funciones legales de la Autoridad de Lucha contra la Discriminación son

  • informar, asesorar y, en caso de que se le solicite, prestar asistencia a los afectados en la solución amistosa de un litigio, y en su caso remitirles a centros de asistencia cercanos,
  • realizar actividades de promoción,
  • adoptar medidas para evitar tratos discriminatorios,
  • llevar a cabo investigaciones científicas,
  • presentar un informe periódico ante el Bundestag, que contenga recomendaciones para eliminar y prevenir la discriminación.

Las personas que se sientan discriminadas o deseen formular preguntas sobre la Ley de Igualdad de Trato pueden dirigirse a la Autoridad de Lucha contra la Discriminación por teléfono, correo electrónico, correo postal o mediante un formulario electrónico de contacto. Los empresarios y empresarias pueden consultar una guía que responde a consultas frecuentes sobre la aplicación de la Ley de Igualdad de Trato en las empresas en el siguiente enlace: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.antidiskriminierungsstelle.de/.

Los datos de contacto de la Autoridad de Lucha contra la Discriminación son los siguientes:

Glinkastraße 24
10117 Berlín

Teléfono: 030 18 555 - 1855

Correo electrónico para solicitar asesoramiento: El enlace abre una nueva ventanaberatung@ads.bund.de
Correo electrónico para consultas generales: El enlace abre una nueva ventanaPoststelle@ads.bund.de-sitio
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.antidiskriminierungsstelle.de/

Delegado Federal de Protección de Datos y Libertad de Información

El Delegado o Delegada Federal de Protección de Datos y Libertad de Información (Bundesbeauftragte für den Datenschutz und die Informationsfreiheit) es una autoridad de control autónoma e independiente para la protección de datos a escala federal. Las funciones del Delegado o Delegada se recogen en el artículo 57 del Reglamento General de Protección de Datos y en el § 14 de la Ley Federal de Protección de Datos (Bundesdatenschutzgesetz). Las principales son:

  • el seguimiento y la ejecución del Reglamento General de Protección de Datos y de la Ley Federal de Protección de Datos, así como del resto de normas reguladoras de la protección de datos;
  • la sensibilización y concienciación públicas sobre los riesgos, preceptos, garantías y derechos relacionados con el tratamiento de datos de carácter personal,
  • el asesoramiento al Bundestag y al Bundesrat (cámara alta), al Gobierno federal y a otras instituciones y organismos sobre las medidas legislativas y administrativas orientadas a la protección de datos,
  • la sensibilización y el asesoramiento a los responsables de la protección de datos en su ámbito de competencia acerca de las obligaciones que les imponen el Reglamento General de Protección de Datos, la Ley Federal de Protección de Datos y el resto de normas en la materia,
  • el tratamiento de las reclamaciones de interesados en relación con el tratamiento de sus datos de carácter personal o de reclamaciones de asociaciones de protección de datos,
  • la colaboración y la cooperación con otras autoridades de control de Alemania y Europa, el intercambio de información y la prestación de apoyo institucional,
  • la realización de investigaciones y controles relativos a la protección de datos,
  • la realización de aportaciones a la actividad del Comité Europeo de Protección de Datos.

El Delegado Federal de Protección de Datos también puede dirigir dictámenes al Bundestag o a cualquiera de sus comisiones, al Bundesrat, al Gobierno federal, a otras autoridades u organismos y al público en general. A solicitud del Bundestag, de una de sus comisiones o del Gobierno federal, puede igualmente examinar cualquier información sobre procesos pertinentes para la protección de datos que estén llevando a cabo las autoridades públicas de la Federación.

Toda persona, de conformidad con el artículo 77 del Reglamento General de Protección de Datos o, en el ámbito de aplicación de la Directiva sobre protección de datos en el ámbito policial y judicial, con el § 60 de la Ley Federal de Protección de Datos, tiene derecho a presentar una reclamación ante el Delegado Federal de Protección de Datos cuando considere que alguna de las autoridades sometidas a la vigilancia del Delegado ha vulnerado sus derechos.

Los datos de contacto del Delegado Federal de Protección de Datos y Libertad de Información son los siguientes:

Graurheindorfer Str. 153
53117 Bonn

Teléfono: 0228 997799 - 0
Fax: 0228 997799 - 5550

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaPoststelle@bfdi.bund.desitio
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.bfdi.bund.de

También puede utilizarse un formulario en línea para ponerse en contacto con el Delegado, dirigirle reclamaciones y notificar vulneraciones de la protección de datos.

Además, en el sitio web del El enlace abre una nueva ventanaDelegado Federal de Protección de Datos se recogen los datos de contacto de los delegados de protección de datos de los Estados federados tanto en el ámbito público como en el privado, de los medios de comunicación, de las congregaciones religiosas y de los responsables de la protección de datos en Europa y en el resto del mundo.

Última actualización: 17/12/2021

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Estonia

Órganos jurisdiccionales nacionales

Tribunales de primera instancia (maakohus), tribunales de lo contencioso-administrativo (halduskohus), tribunales de apelación (ringkonnakohus) y el Tribunal Supremo (Riigikohus)

Pueden consultarse los datos de contacto de los órganos jurisdiccionales y más información en la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Poder Judicial.

Como su nombre indica, los tribunales de primera instancia conocen en primera instancia de todos los asuntos civiles, de los delitos leves y de las faltas. El recurso contra una resolución dictada por un tribunal de primera instancia se interpone ante el tribunal de apelación correspondiente. En Estonia hay cuatro tribunales de primera instancia: el de Harju, el de Virú, el de Tartu y el de Pärnu.

Los tribunales de lo contencioso-administrativo conocen de dichos asuntos en primera instancia. La competencia de los tribunales de lo contencioso-administrativo, los procedimientos existentes y las demás normas procesales se establecen en el El enlace abre una nueva ventanaCódigo Procesal Contencioso-Administrativo (halduskohtumenetluse seadustik). En Estonia hay dos tribunales de lo contencioso-administrativo: el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Tallin y el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Tartu.

Los tribunales de apelación, como órganos jurisdiccionales de segunda instancia, conocen de los recursos contra las resoluciones de los tribunales de primera instancia y los tribunales de lo contencioso-administrativo. Los tribunales de apelación juzgan los recursos de manera colegiada, es decir, un recurso es juzgado por un panel de tres magistrados. En Estonia hay dos tribunales de apelación: el de Tribunal de Apelación de Tallin y el Tribunal de Apelación de Tartu.

El Tribunal Supremo es la máxima instancia judicial de Estonia. Según la Constitución, el Tribunal Supremo ejerce tanto de tribunal de casación como de tribunal constitucional. La competencia del Tribunal Supremo viene establecida en la El enlace abre una nueva ventanaLey del poder judicial. El Tribunal Supremo es competente para:

  • conocer de los recursos de inconstitucionalidad;
  • conocer de los recursos de casación;
  • conocer de las solicitudes de revisión;
  • desempeñar otras funciones que se le atribuyan por ley.

Toda parte que no esté conforme con la sentencia dictada por un órgano jurisdiccional inferior puede presentar un recurso de casación al Tribunal Supremo. El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de casación siempre que en el recurso se plantee que el órgano jurisdiccional inferior ha aplicado incorrectamente el Derecho sustantivo aplicable o ha cometido una infracción grave del Derecho procesal y que ello puede haber resultado en una sentencia injusta.

Cuando una persona considere que un organismo de Derecho público (el Estado o una entidad local, por ejemplo), en el desempeño de su actividad o mediante un acto administrativo, ha menoscabado sus derechos o restringido sus libertades, puede acudir al tribunal de lo contencioso-administrativo correspondiente para defenderse. Los tribunales de lo contencioso-administrativo son competentes para conocer de asuntos en los ámbitos siguientes: expropiación, catastro, servicios públicos, tributación, ciudadanía y migración, contratación pública, bienes demaniales, construcción y ordenación urbana y responsabilidad del Estado.

Los tribunales de primera instancia son competentes para conocer de los asuntos sobre vulneraciones de derechos en el ámbito del Derecho civil, así como el mercantil y el laboral: Derecho de familia, Derecho de obligaciones y contratos, Derecho de sucesiones, derechos reales, cuestiones relativas a las actividades y la administración de sociedades y organizaciones sin ánimo de lucro, propiedad intelectual e industrial y concursos de acreedores, así como litigios relativos al Derecho laboral.

Instituciones nacionales de derechos humanos

Desde el 1 de enero de 2019, el canciller de Justicia (õiguskantsler) desempeña la función de proteger y fomentar los derechos humanos, de conformidad con la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 48/134, del 20 de diciembre de 1993, sobre los principios que rigen el estatuto y el funcionamiento de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos. Las instituciones nacionales de derechos humanos pueden solicitar una acreditación internacional oficial. El canciller de Justicia ha solicitado formalmente que se inicie el proceso de acreditación; a 30 de septiembre de 2020 aún no concluido el proceso.

Defensor del Pueblo

La función de Defensor del Pueblo (Ombudsman) la desempeña el canciller de Justicia.

El enlace abre una nueva ventanaÕiguskantsleri Kantselei (Secretaría del Canciller de Justicia): Kohtu 8, 15193 Tallinn, Estonia

El canciller de Justicia desempeña las funciones de Defensor del Pueblo, guardián de la constitucionalidad y la legalidad de la normativa con rango de ley y Defensor del Menor.

En su calidad de Defensor del Pueblo, el canciller de Justicia supervisa las actividades de las autoridades que ejercen funciones públicas y vela por el respeto, por parte de las autoridades públicas, de las libertades y derechos fundamentales, así como de las buenas prácticas administrativas. El canciller de Justicia supervisa:

  • las actividades de las autoridades u organismos estatales;
  • las actividades de las autoridades u organismos locales;
  • las actividades de las personas jurídicas, organismos o autoridades de Derecho público o de las personas de Derecho privado que ejercen funciones públicas.

Cualquier persona puede presentar una solicitud al canciller de Justicia para que supervise las actividades de las autoridades que ejercen funciones públicas.

Si el canciller de Justicia considera que las actividades de una autoridad que ejerce funciones públicas son ilícitas, debe transmitir un dictamen a la autoridad en cuestión precisando que esta ha infringido la ley y, si es necesario, formular recomendaciones sobre la manera de atenerse a las buenas prácticas administrativas con respeto del ordenamiento jurídico o formular propuestas para poner fin a la infracción. En ambos casos, antes de emitir el dictamen, debe valorar si la autoridad ha cumplido la ley o no y si la comunicación con el perjudicado ha sido acorde con las buenas prácticas administrativas. En su dictamen, el canciller de Justicia puede formular críticas, expresar su opinión o hacer recomendaciones concretas para corregir la infracción.

Canciller de Justicia

El enlace abre una nueva ventanaÕiguskantsleri Kantselei: Kohtu 8, 15193 Tallinn, Estonia

Cualquier persona puede presentar una solicitud al canciller de Justicia para que compruebe la conformidad de una ley u otra norma con fuerza de ley con la Constitución y el conjunto de la legislación. El canciller de Justicia comprueba que las normas adoptadas por los poderes legislativo y ejecutivo, así como por los entes locales, se ajustan a la Constitución y al conjunto de la legislación.

El canciller de Justicia supervisa:

  • la constitucionalidad de las leyes;
  • la conformidad de los reglamentos del Gobierno con la Constitución y el conjunto de la legislación;
  • la conformidad de los reglamentos ministeriales con la Constitución y el conjunto de la legislación;
  • la conformidad de los reglamentos de las entidades locales con la Constitución y el conjunto de la legislación;
  • la legalidad de los instrumentos normativos adoptados por personas jurídicas de Derecho público.

Cuando el canciller de Justicia considere que una norma es contraria a la Constitución o al conjunto de la legislación:

  • Presenta una propuesta al órgano que la adoptó para que adapte la norma a la Constitución o la ley en un plazo de veinte días.
    Si la propuesta es ignorada, el canciller de Justicia presenta una solicitud al Tribunal Supremo para que declare la norma inválida.
  • Puede presentar un informe al Tribunal Supremo con el fin de llamar su atención sobre los problemas que tiene esa norma.

Organismos especializados en derechos humanos

Defensor del Menor (función desempeñada por el canciller de Justicia)

De conformidad con el artículo 4 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el canciller de Justicia desempeña la función de proteger y promover los derechos del niño.

El enlace abre una nueva ventanaÕiguskantsleri Kantselei: Kohtu 8, 15193 Tallinn, Estonia

Los asesores que trabajan en el Departamento de derechos de los niños y los jóvenes desempeñan principalmente las funciones siguientes:

  • tramitación de solicitudes relativas a los derechos del menor en el marco del procedimiento de control de la constitucionalidad y los procedimientos en que interviene el Defensor del Pueblo;
  • preparación y realización de visitas de inspección en instalaciones oficiales responsables de la infancia;
  • preparación de solicitudes y dictámenes en relación con procesos de control de la constitucionalidad;
  • difusión de los derechos fundamentales del menor y sensibilización sobre la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, concienciación en relación con los derechos del menor e impartición de cursos de formación en este ámbito;
  • realización de estudios y análisis sobre las cuestiones relativas a la promoción y la protección de los derechos del menor;
  • organización de acciones de cooperación entre las organizaciones de niños y jóvenes, las asociaciones de ciudadanos, las ONG, los organismos profesionales, las autoridades científicas y estatales.

Además de lo anterior, el canciller de Justicia:

  • resuelve litigios sobre discriminación entre particulares sobre la base de la Constitución y las leyes;
  • es el mecanismo nacional de prevención a efectos del artículo 3 del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;
  • vela por el respeto de los derechos y libertades fundamentales por parte de las autoridades del Estado encargadas de la organización de la recopilación, el tratamiento, la utilización y la supervisión de los datos personales y la información conexa de manera secreta;
  • desempeña las funciones de promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de conformidad con su artículo 33, apartado 2.

Organismo para la igualdad

El enlace abre una nueva ventanaSoolise võrdõiguslikkuse ja võrdse kohtlemise volinik, Roosikrantsi 8b, 10119, Tallinn, Estonia

El delegado de Igualdad de Género e Igualdad de Trato (soolise võrdõiguslikkuse ja võrdse kohtlemise volinik) es un cargo público independiente e imparcial que interviene en los supuestos contemplados en la Ley de igualdad género (soolise võrdõiguslikkuse seadus) y la Ley de igualdad de trato (võrdse kohtlemise seadus). El delegado es responsable de garantizar el cumplimiento de las obligaciones previstas por estas dos Leyes. Asesora y asiste a los particulares en los litigios en materia de discriminación y emite dictámenes cualificados sobre casos de discriminación.

El delegado de Igualdad de Género e Igualdad de Trato:

  • recibe solicitudes de particulares y emite dictámenes sobre casos de discriminación;
  • analiza los efectos de la normativa sobre la situación de las mujeres y los hombres, así como de las personas pertenecientes a grupos minoritarios, en la sociedad;
  • hace propuestas al Gobierno y los organismos gubernamentales, los entes locales, así como a sus servicios, para que la normativa sea modificada y completada;
  • asesora e informa al Gobierno, los organismos gubernamentales y los servicios de los entes locales sobre las cuestiones relativas a la Ley de igualdad género y la Ley de igualdad de trato;
  • adopta medidas de fomento de la igualdad entre hombres y mujeres y la igualdad de trato.

El delegado emite dictámenes dirigidos a las víctimas de discriminación y las personas que tengan un interés legítimo en garantizar el cumplimiento de la normativa de igualdad de trato. Estos dictámenes tienen como finalidad ofrecer una valoración que, junto con la Ley de igualdad género, la Ley de igualdad de trato, los acuerdos internacionales que vinculan a Estonia y otras normas, permite estimar si el principio de igualdad de trato ha sido vulnerado en la relación jurídica de que se trate.

Para solicitar un dictamen, debe presentarse una solicitud al delegado describiendo los hechos que demuestren que se ha producido una discriminación. Para emitir su dictamen, el delegado tiene derecho a recabar información de todas las personas que puedan estar en posesión de información pertinente, para valorar los hechos relativos al caso de discriminación, y exigir explicaciones escritas sobre los hechos relacionados con la discriminación, así como documentos o copias de documentos, en el plazo que fije.

Autoridad de protección de datos

El enlace abre una nueva ventanaAndmekaitse Inspektsioon, Tatari 39, 10134 Tallinn, Estonia

La Inspección de Protección de Datos (Andmekaitse Inspektsioon) vela por los derechos constitucionales siguientes:

  • el derecho a ser informado de que se realizan ciertas funciones públicas;
  • el derecho a la intimidad y a la protección de los datos personales;
  • el derecho de las personas a acceder a sus propios datos.

Si se vulneran los derechos de una persona en el tratamiento de datos personales o en el acceso a la información pública, la persona perjudicada puede dirigirse a la Inspección de Protección de Datos.

Debe informarse a la Inspección si la empresa o autoridad en cuestión han incumplido los requisitos de tratamiento de los datos personales. No es necesario hacerlo cuando no sea probable que la vulneración constituya una amenaza para los derechos y libertades de las personas físicas. También deben comunicarse a la Inspección los datos de contacto del delegado de protección de datos de la empresa o autoridad.

La forma más sencilla de ponerse en contacto con la Inspección de Protección de Datos es a través de la página web El enlace abre una nueva ventanahttps://www.aki.ee/en/contacts.

Otros organismos especializados

No existen otros organismos especializados.

Otros

Consejo de la Abogacía de Estonia

El enlace abre una nueva ventanaEesti Advokatuur, Rävala pst 3, 10143 Tallinn, Estonia

El Consejo de la Abogacía de Estonia (Eesti Advokatuur) tiene por función principal proporcionar servicios de asesoría jurídica a los ciudadanos. El Consejo de la Abogacía de Estonia es una asociación profesional de abogados, creada el 14 de junio de 1919, que actúa siguiendo los principios de la autorregulación y organiza la prestación de servicios jurídicos tanto en interés público como privado. Se encarga, entre otras actividades, del desarrollo profesional de los abogados, las relaciones con los profesionales de la justicia, las autoridades públicas y diversas organizaciones nacionales y extranjeras y participa también activamente en la elaboración de la legislación. También presta un servicio público de defensa y representación en los procesos judiciales de los órdenes jurisdiccionales ordinario y contencioso-administrativo pagado por el Estado.

Por lo general, es preciso presentar una solicitud para recibir esta El enlace abre una nueva ventanaasistencia jurídica gratuita. Las solicitudes de asistencia jurídica gratuita generalmente se presentan ante el órgano jurisdiccional competente. La solicitud de asistencia jurídica gratuita se transmite al servicio encargado de la instrucción o la fiscalía cuando se trata del investigado y no es preceptiva la participación de un abogado defensor.

La solicitud de asistencia jurídica gratuita debe presentarse en estonio. Sin embargo, puede redactarse también en inglés si el solicitante es una persona física residente en otro Estado miembro de la UE o ciudadano de otro Estado miembro de la UE o es una persona jurídica que tenga su domicilio social en otro Estado miembro de la UE.

El Consejo de la Abogacía de Estonia nombra, a petición del servicio encargado de la instrucción, de la fiscalía o del órgano jurisdiccional, a un abogado de oficio. Por lo general, el interesado no puede elegir el abogado que se encargará de dicha asistencia. No obstante, sí puede solicitar que sea nombrado un abogado determinado si dicho abogado ha aceptado prestar la asistencia jurídica gratuita. En este caso, el nombre del abogado que haya aceptado debe ser especificado directamente en la solicitud de asistencia jurídica gratuita.

En los procedimientos en los que la ley exige la participación de un abogado, el interesado no tiene que hacer nada para recibir asistencia jurídica gratuita (salvo si ya ha contratado a un abogado): el funcionario que tramita el asunto está obligado a organizar el nombramiento de un abogado sin que sea necesaria la presentación de solicitud alguna.

Última actualización: 22/12/2021

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Irlanda

Instituciones nacionales de derechos humanos

Comisión Irlandesa de Derechos Humanos e Igualdad

Dirección:

16-22 Green Street,
Rotunda,
Dublin 7,
D07 CR20

Teléfono: +353 (0) 1 8589601 (el servicio telefónico está operativo de lunes a viernes, de 9.00 a 13.00 y de 14.00 a 17.00).
Fax: +353 (0) 1 8589609

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@ihrec.ie

La Comisión Irlandesa de Derechos Humanos y la Oficina de Igualdad se fusionaron en 2013 para formar la El enlace abre una nueva ventanaComisión Irlandesa de Derechos Humanos e Igualdad (Irish Human Rights and Equality CommissionIHREC). La IHREC es un organismo independiente creado por ley. Su objetivo es proteger y promover los derechos humanos y la igualdad y fomentar el desarrollo de una cultura de respeto de los derechos humanos, la igualdad y el entendimiento intercultural en Irlanda.

Las funciones de la Comisión son:

  • proteger y promover los derechos humanos y la igualdad,
  • fomentar el desarrollo de una cultura de respeto de los derechos humanos, la igualdad y el entendimiento intercultural en el país,
  • fomentar el conocimiento y la sensibilización sobre la importancia de los derechos humanos y la igualdad en el país,
  • fomentar las buenas prácticas en las relaciones interculturales y promover la tolerancia y la aceptación de la diversidad en el país y el respeto de la libertad y la dignidad de cada persona, y
  • contribuir a la eliminación de las vulneraciones de los derechos humanos, la discriminación y las conductas prohibidas.

La Comisión también puede valorar la adecuación y la eficacia de las normas y las prácticas en el país en relación con la protección de los derechos humanos y la igualdad. Puede hacerlo de oficio o previa solicitud de un Ministerio para que examine un proyecto de ley y comunique su parecer sobre las posibles implicaciones para los derechos humanos o la igualdad. La Comisión también puede, de oficio o a petición del Gobierno, formular a este las recomendaciones que considere oportunas en relación con las medidas que la Comisión juzgue que deben tomarse para reforzar, proteger y defender los derechos humanos y la igualdad en Irlanda.

En materia judicial, la función de la Comisión es contribuir a la eliminación de las vulneraciones de los derechos humanos, la discriminación y las conductas prohibidas. La IHREC puede pedir venia para comparecer ante el Tribunal Superior (High CourtArd-Chúirt) o ante el Tribunal Supremo (Supreme CourtAn Chúirt Uachtarach), según el caso, como amicus curiae en un proceso que tenga por objeto o se refiera a los derechos humanos o a los derechos en materia de igualdad de cualquier persona y para actuar en calidad de amicus curiae con dicha venia (que cada uno de dichos órganos jurisdiccionales tiene absoluta discrecionalidad para conceder).

La IHREC también presta a las personas que defienden sus derechos asistencia práctica, incluida la asistencia jurídica, según considere oportuno de conformidad con el artículo 40. Con arreglo al artículo 41 o el artículo 19 de la Ley de 2003, la IHREC puede, cuando lo considere oportuno, ejercer las acciones judiciales pertinentes. La IHREC está facultada para llevar a cabo las investigaciones a que se refiere el artículo 35 y de conformidad con este. La Comisión también puede elaborar y publicar, de la manera que considere conveniente, informes sobre cualquier investigación realizada, patrocinad o encargada por ella o en la que haya contribuido.

La IHREC persevera para hacer posible que las cosas cambien y puede patrocinar, realizar o encargar actividades de investigación y educativas, así como proporcionar ayuda económica o de otro tipo para estas. La IHREC puede impartir o ayudar a impartir cursos educativos y de formación en materia de derechos humanos e igualdad. Bien de oficio, bien a petición de un Ministerio, la IHREC puede realizar, patrocinar o encargar programas de actividades y proyectos destinados a promover la integración de los migrantes y otras minorías, la igualdad (especialmente la igualdad de género) y el respeto de la diversidad y la diferencia cultural, así como proporcionar ayuda económica o de otro tipo para estas. La IHREC puede llevar a cabo valoraciones en términos de igualdad y elaborar planes de actuación o pedir a otros que lo hagan cuando proceda.

Defensor de los derechos del niño

Dirección:

Ombudsman for Children’s Office
Millennium House
52-56 Great Strand Street
Dublin 1
Ireland

Teléfono: 01 865 6800

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.oco.ie/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaococomplaint@oco.ie


Funciones: La Oficina del Defensor del Menor (Ombudsman for Children’s Office) es un organismo independiente creado por ley en 2004 para promover y proteger los derechos y el bienestar de los menores (de 18 años) en Irlanda. Se trata de una institución nacional de derechos humanos en el sentido de los Principios de París definidos por las Naciones Unidas para este tipo de instituciones nacionales. La labor de la Oficina se rige por las obligaciones internacionales de Irlanda en materia de derechos humanos y, en particular, por las establecidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

El Defensor del Menor es independiente en el desempeño de sus funciones y responde directamente ante el Parlamento irlandés.

Las funciones de la Oficina del Defensor del Menor se regulan en la Ley del Defensor del Menor, de 2002 (Ombudsman for Children Act, 2002). Las funciones principales son:

  • servir de mecanismo independiente, imparcial y gratuito para tramitar las quejas presentadas por niños y jóvenes o por los adultos que los representen en relación con organismos públicos, escuelas y hospitales;
  • asesorar a los Ministerios sobre la normativa y las políticas relativas a los menores;
  • animar a los organismos públicos a mejorar sus prácticas y procedimientos en interés de los menores;
  • poner de relieve las cuestiones importantes para los niños y los jóvenes; y
  • fomentar el conocimiento de las cuestiones relacionadas con los derechos y el bienestar de los menores, y la forma en que estos derechos pueden ejercitarse y exigirse.

Con respecto a la función de tramitación de quejas de la Oficina, la Ley de 2002 establece los motivos habituales de mala administración que fundamentan la admisión a trámite de las quejas y la realización de las investigaciones. Puede realizar análisis o investigaciones preliminares como consecuencia de quejas recibidas o por iniciativa del propio Defensor del Menor.

Dado que los efectos de una acción sobre el menor deben ser el objeto de cualquier investigación realizada por el Defensor del Menor y que los propios menores pueden elevar las quejas a la Oficina, la Ley establece disposiciones específicas que tienen en cuenta la vulnerabilidad especial de los menores:

  • obligación de tener en cuenta el interés superior del menor y
  • obligación de prestar la debida consideración a los deseos del menor.

Procedimientos: Tras su presentación en la Oficina del Defensor del Menor, la queja es examinada para decidir si se admite a trámite y valorar si, dada su naturaleza, debe someterse al procedimiento acelerado.

La Oficina procura siempre resolver las quejas con la mayor celeridad y está obligada a ofrecer al organismo objeto de la queja la posibilidad de ser la primera instancia en responder a la queja.

Si la queja se admite a trámite, se procede al examen preliminar. Si, una vez finalizado el examen preliminar, la Oficina considera que está justificado realizar una investigación, puede proceder a un examen más detenido de la queja.

Puede encontrarse más información sobre el procedimiento de queja ante la Oficina en la dirección siguiente: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.oco.ie/complaints/.

Resultado: Una vez concluida la investigación, la Oficina del Defensor del Menor puede hacer recomendaciones al organismo público, al centro escolar o al hospital, basándose en sus conclusiones. Estas recomendaciones pueden buscar mejorar la situación del menor o los menores en cuestión o lograr cambios sistémicos de mayor calado en interés de los menores.

Las recomendaciones no son vinculantes; sin embargo, una de las competencias que la ley otorga a la Oficina es presentar un informe especial al Parlamento irlandés si un organismo público no acepta las recomendaciones de la Oficina.

Defensor del Pueblo

Dirección:

Office of the Ombudsman, 
6 Earlsfort Terrace,
Dublin 2


Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.ombudsman.ie/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanacommunications@ombudsman.ie

Tel.: +353 (0) 1 639 5600

Tipos de solicitudes tratadas

Los particulares pueden presentar quejas al Defensor del Pueblo en relación con

  • Ministerios,
  • corporaciones locales,
  • el sistema de salud pública (Health Service ExecutiveHSE),
  • organismos, como organizaciones benéficas y organismos de voluntariado, que prestan servicios sociales y sanitarios en nombre del HSE,
  • Correos, y
  • todos los organismos públicos regulados por la Ley sobre las discapacidades, de 2005 (Disability Act 2005), a los efectos de dicha Ley.

Procedimiento tras la presentación de una solicitud
Se puede exigir al organismo público en cuestión que presente un informe. En caso necesario, se examinan los expedientes y registros y se interroga a los funcionarios. A continuación, la Oficina del Defensor del Pueblo decide si:

  • la queja es válida, y
  • el interesado ha resultado perjudicado por la acción o decisión del organismo público.

En la mayoría de los casos, las quejas se tramitan de manera informal. La Oficina del Defensor del Pueblo puede discutir el problema directamente con el organismo público o examinar los expedientes pertinentes. En los casos más complejos, puede ser necesaria una investigación minuciosa. También existe un procedimiento interno de recurso para los interesados que no queden satisfechos con el resultado de su queja.

Posibles resultados del procedimiento

Si la Oficina del Defensor del Pueblo considera que el interesado ha sido perjudicado por una acción abusiva o inadecuada de un organismo público y este no toma medidas reparadoras, puede recomendarle que las tome. La Oficina puede pedir al organismo, si lo considera adecuado, que:

  • revise su actuación,
  • modifique su decisión, y/o
  • que ofrezca al interesado:
    • una explicación,
    • disculpas, y/o
    • una indemnización.

Si la Oficina del Defensor del Pueblo inadmite a trámite una queja, debe explicar los motivos por los que ha llegado a esta conclusión.

Organismos especializados en derechos humanos

Defensor de los derechos del niño

Véase el apartado sobre las instituciones nacionales de derechos humanos.

Organismo de protección de datos

Oficina del Comisario de Protección de Datos (Office of the Data Protection Commissioner)

21 Fitzwilliam Square South,
Dublin 2,
D02 RD28

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.dataprotection.ie/

La Oficina del Comisario de Protección de Datos es responsable de la defensa de los derechos individuales reconocidos en las Leyes de protección de datos, de 1988 y 2003, así como de velar por el cumplimiento de las obligaciones de protección de datos impuestas a los responsables del tratamiento de datos.

Las personas que consideren que sus derechos están siendo vulnerados pueden elevar una reclamación ante el Comisario, que investiga el asunto y toma todas las medidas necesarias para resolverlo. Cualquier particular puede dirigirse por escrito al Comisario de Protección de Datos, refiriendo información sobre el hecho que haya dado lugar a la reclamación. Debe indicar claramente el organismo o la persona contra la que reclama e indicar las medidas que ha tomado para que el organismo examine el asunto y el tipo de respuesta recibida del mismo. También deben aportarse copias de la correspondencia con la organización y la demás documentación justificativa.  A continuación, la Oficina del Comisario de Protección de Datos se pone en contacto con la organización en relación con el asunto.

Dependiendo de la naturaleza de la reclamación, el Comisario de Protección de Datos puede intentar, en primer lugar, hallar una solución aceptable para todas las partes. En los casos en que no pueda lograrse una solución amistosa, el Comisario de Protección de Datos realiza una investigación exhaustiva de todos los hechos antes de pronunciarse oficialmente. Una vez finalizada la investigación, el Comisario escribe a las partes informándoles de su decisión. En el caso de reclamaciones por infracción del Reglamento de desarrollo en materia de comunicaciones electrónicas (Electronic Communications Regulations) (Statutory Instrument 535 de 2003, modificado por Statutory Instrument 526 de 2008), el Comisario puede ejercer la acción penal contra el organismo de que se trate.

Otros organismos especializados

i) Unidad de lucha contra la trata de seres humanos (Anti-Human Trafficking Unit)

Department of Justice (Ministerio de Justicia)
Criminal Justice Policy (Política de justicia penal)
Human Trafficking Policy (Política de trata de seres humanos)
Community Safety Policy & Economic, Transnational and Organised Crime Policy (Política de seguridad comunitaria y política de delincuencia económica, transnacional y organizada)
51 St Stephen's Green
Dublin, D02 HK52

Teléfono: +353 1 602 8202

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@justice.ie

Human Trafficking Investigation and Co-ordination Unit (Unidad de Investigación y Coordinación de la Trata de Personas),

An Garda Síochána (Policía Nacional de Irlanda),

Garda National Protective Service Bureau (Servicio Nacional de Protección de la Policía Nacional),
Harcourt St
Saint Kevin's
Dublin

Teléfono: +353 1 666 0000

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanablueblindfold@garda.ie
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.garda.ie/Controller.aspx?Page=5416&Lang=1
  • Breve explicación del tipo de solicitudes que tramita la institución:
    Solicitudes de información sobre cuestiones relacionadas con la trata de seres humanos en Irlanda.

ii) Tribunal de Apelación en materia de protección internacional (International Protection Appeals TribunalAn Binse um Achomhairc i dtaobh Cosaint Idirnáisiúnta)

International Protection Appeals Tribunal,
7 Hanover Street East,
Dublin 2.

Funciones: El Tribunal de Apelación en materia de protección internacional es un órgano independiente que resuelve los recursos contra los dictámenes desfavorables de la Oficina del Comisario para las Solicitudes de Asilo (Office of the Refugee Applications Commissioner) sobre la concesión del estatuto de refugiado a los solicitantes. Este Tribunal también se pronuncia sobre las decisiones de dicho Comisario en el marco del Reglamento Dublín II.

Procedimientos:

Los solicitantes de asilo cuya solicitud de protección internacional haya sido denegada por la Oficina de Protección Internacional (International Protection Office) pueden recurrir la decisión ante el Tribunal de Apelación en materia de protección internacional. La carta de denegación indica si se tiene derecho a recurrir y el plazo para presentar el recurso.

Se entrega un formulario de recurso junto con la carta de denegación. Si no se ha recibido el formulario de recurso, se puede descargar uno de El enlace abre una nueva ventanaesta página.

Todos los recursos que recibe el Tribunal de Apelación en materia de protección internacional se tramitan por orden de entrada. Se notifica al recurrente el señalamiento de la vista.

Antes de presentar el recurso, se debe:

  • cumplimentar el formulario correcto para el tipo de recurso que se quiere presentar,
  • presentar el recurso dentro del plazo especificado en la carta de denegación de la Oficina de Protección Internacional, y
  • cumplimentar todas las secciones del recurso y firmar el formulario.

Se puede presentar el formulario de recurso de la manera siguiente:

- por correo postal a:
The International Protection Appeals Tribunal
6/7 Hanover Street East
Dublin D02 W320

Tel.: +353 (0) 1 474 8400

- escaneando el formulario y enviándolo por correo electrónico a: El enlace abre una nueva ventanainfo@protectionappeals.ie

Se dispone de un plazo específico para recurrir a partir de la fecha de la decisión desfavorable del Comisario para las Solicitudes de Asilo. Este plazo depende de las conclusiones a las que llegue el Comisario en relación con el caso. Así, se puede conceder un plazo de quince, diez o cuatro días hábiles para recurrir. Se informa al interesado de los días de que dispone para recurrir en la carta del Comisario que comunica la decisión de denegar la concesión del estatuto de refugiado.

Una vez cumplimentado el formulario de recurso, puede enviarse a:

The Chairperson
International Protection Appeals Tribunal
6/7 Hanover Street East
Dublin 2

Fax: 00353 1 4748410

Interesa conservar la prueba de haber enviado el formulario.

Resultado: La estimación del recurso significa que el Tribunal recomienda la concesión del estatuto de refugiado. Esta decisión se le notifica por escrito. A continuación, el expediente se remite a la Unidad de Decisiones Ministeriales (Ministerial Decisions Unit) del Ministerio de Justicia e Igualdad.

La desestimación del recurso significa que el Tribunal recomienda no conceder el estatuto de refugiado. Esta decisión se le notifica por escrito. A continuación, el recurso se remite a la Unidad de Repatriación (Repatriation Unit) del Ministerio de Justicia e Igualdad.

iii) Mediación en la Policía Nacional

Garda Síochána Ombudsman Commission (Comisión de Mediación de la Policía Nacional)

150 Abbey Street Upper,
Dublin 1,
Ireland

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.gardaombudsman.ie/

Breve explicación del tipo de solicitudes que recibe la institución

Esta institución examina las quejas y las denuncias en relación con la conducta de los miembros de la Policía Nacional. Las quejas más frecuentes se refieren a abusos de autoridad, descortesía, agresiones y negligencia en el desempeño de las funciones.
Las denuncias se refieren a fallecimientos o lesiones graves.

Se puede admitir a trámite las quejas presentadas por los particulares (que no sean miembros en activo de la Policía Nacional) en persona en una de las oficinas de la institución, electrónicamente, por teléfono, por correo electrónico, a través de una comisaría o en persona directamente a un miembro de la Comisión. La institución también puede recibir denuncias por medio del Comisario de la Policía Nacional en relación con cualquier asunto que le haga suponer que la conducta de un miembro de la Policía Nacional ha provocado lesiones graves a una persona o su muerte. La Comisión puede abrir una investigación, sin necesidad de queja previa, si considera que es de interés público.

Breve explicación del procedimiento posterior a la presentación de la solicitud:

Tras la recepción de la queja, se decide sobre su admisión a trámite con arreglo a la normativa aplicable. Si se inadmite a trámite, no se realiza ninguna investigación.
Si se admite a trámite, puede buscarse, cuando proceda y con el consentimiento del interesado y del miembro de la Policía Nacional en cuestión, una solución amistosa. En caso contrario, puede abrirse una investigación por posible vulneración del Reglamento disciplinario de la Policía Nacional, de 2007 [Garda Síochána (Discipline) Regulations 2007], o comisión de un delito. Las partes interesadas tienen derecho a ser informadas sobre el curso y los resultados de la investigación.

Breve explicación de los resultados posibles del procedimiento

Puede desestimarse la queja.

La investigación puede archivarse en cualquier momento si la Comisión considera, como consecuencia de la información recibida después de admitir a trámite la queja, que se presentó con temeridad procesal, si la Comisión considera que la queja se presentó a sabiendas de que era falsa o engañosa o si la Comisión considera, vistas todas las circunstancias, que seguir investigando no es necesario ni razonablemente practicable.

Al término de la investigación, el miembro de la Policía Nacional puede ser sancionado.

También puede ser objeto de un procedimiento disciplinario y la sanción correspondiente.

El expediente puede enviarse a la fiscalía, que puede decidir ejercer la acción penal. En tal caso, puede abrirse juicio.

Última actualización: 24/04/2023

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Grecia

Órganos jurisdiccionales nacionales

En Grecia, no hay un órgano jurisdiccional específicamente competente al que dirigir las demandas por vulneración de los derechos fundamentales. En función de la naturaleza de la infracción o del acto por el que se vulnera el derecho, es posible dirigirse a los órganos jurisdiccionales civiles, penales o contencioso-administrativos del país.

La existencia o no de una vulneración de un derecho fundamental se valora con arreglo al Derecho substantivo nacional. El procedimiento a seguir ante el órgano jurisdiccional competente (civil, penal o contencioso-administrativo) se regula en la normativa procesal nacional (civil, penal o contencioso-administrativa).

El citado procedimiento da lugar a una resolución judicial que puede ser desestimatoria o estimatoria; en este último caso, es directamente ejecutiva desde que adquiere firmeza.

Organismos especializados en derechos humanos

Comisión Nacional de Derechos Humanos (Εθνική Επιτροπή για τα Δικαιώματα του Ανθρώπου o Ε.Ε.Δ.Α.)

Νεοφύτου Βάμβα 6
10674 ΑΘΗΝΑ, ΕΛΛΑΣ (Atenas, Grecia)

La Comisión Nacional de Derechos Humanos es un órgano consultivo del Gobierno en materia de protección de los derechos humanos, creada recientemente de conformidad con los Principios de París. Está formada por vocales designados por treinta y dos organismos (autoridades independientes, facultades universitarias de Derecho y ciencias, sindicatos, ONG, partidos políticos y Ministerios).

El objetivo de esta Comisión es prestar asesoramiento constante a todos los organismos públicos sobre la necesidad de defender los derechos de todas las personas que residen en territorio griego.

En virtud de la Ley por la que se crea dicha Comisión (Ley n.º 2667/1998, en su versión modificada y actualmente en vigor), posee las competencias materiales siguientes:

  1. examinar las cuestiones relativas a la protección de los derechos humanos planteadas por el Gobierno o por la Asamblea de Portavoces del Parlamento, o a propuesta de sus vocales o de organizaciones no gubernamentales;
  2. presentar recomendaciones y propuestas, elaborar estudios, presentar informes y dictámenes con vistas a la adopción de medidas legislativas, administrativas o de otro tipo que promuevan los derechos humanos;
  3. desarrollar iniciativas para sensibilizar a la opinión pública y a los medios de comunicación en materia de respeto de los derechos humanos;
  4. tomar iniciativas destinadas a cultivar el respeto de los derechos humanos en el marco del sistema educativo;
  5. mantener una comunicación y cooperación constantes con instituciones internacionales, organismos similares de otros países, así como con organizaciones no gubernamentales nacionales o internacionales;
  6. presentar dictámenes sobre informes nacionales que Grecia se propone presentar a organizaciones internacionales sobre cuestiones relativas a los derechos humanos;
  7. comunicar al público las posiciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos por todos los medios adecuados;
  8. elaborar un informe anual sobre la protección de los derechos humanos;
  9. organizar un centro de documentación sobre los derechos humanos; y
  10. examinar la compatibilidad del Derecho griego con el Derecho internacional en materia de protección de los derechos humanos y presentar dictámenes en la materia a los órganos competentes del Estado.

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo (Συνήγορος του Πολίτη) es una autoridad independiente consagrada en la Constitución. La institución del Defensor del Pueblo fue creada mediante la Ley n.º 2477/97; este desempeña sus funciones desde el 1 de octubre de 1998. Su funcionamiento se rige por las disposiciones de la Ley n.º 3094/03. Sus servicios son gratuitos.

El Defensor del Pueblo investiga los actos administrativos y los casos de omisión de actuación de los organismos de servicio público que puedan afectar a los derechos o intereses legítimos de las personas físicas o jurídicas.

Todo ciudadano que se dirija al Defensor del Pueblo debe antes haberse puesto en contacto con el servicio público sobre el que eleva queja. Solo puede presentarse la queja ante el Defensor del Pueblo si esta toma de contacto con el servicio público en cuestión no concluye en una solución del problema.

El Defensor del Pueblo tiene por fin mediar entre los ciudadanos y los servicios públicos para proteger los derechos de los ciudadanos, luchar contra la mala administración y velar por el respeto de la legalidad.

En tanto que mediador, el Defensor del Pueblo emite dictámenes y recomendaciones que remite a los organismos de la Administración pública. No impone sanciones, ni invalida los actos ilegales de la Administración pública.

Χατζηγιάννη Μέξη 5
115 28 ΑΘΗΝΑ, ΕΛΛΑΣ (Atenas, Grecia)

Organismos especializados en derechos humanos

Defensor de los Derechos del Menor

El Defensor del Pueblo (véase más arriba) investiga también todo acto u omisión de la Administración pública y de particulares que perjudique los derechos del menor.

Con el fin de proteger los derechos del menor, el Defensor del Pueblo es también competente respecto de los actos de particulares, personas físicas o jurídicas, que lesionan los derechos del menor.

Organismos públicos de promoción de la igualdad

I. La Ley n.º 3304/2005, de transposición de las Directivas 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, y 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, atribuye la competencia para defender el principio de igualdad al Defensor del Pueblo, al Organismo de Promoción de la Igualdad (Επιτροπή Ίσης Μεταχείρισης) y a la Inspección de Trabajo (Σώμα Επιθεώρησης Εργασίας o Σ.ΕΠ.Ε.) y define sus funciones correspondientes.

En particular, estas son:

  1. El Defensor del Pueblo actúa en defensa y promoción del principio de igualdad cuando este es vulnerado por los servicios públicos. Se entiende por servicios públicos los servicios contemplados en el artículo 3, apartado 1, de la Ley n.º 3094/2003 [Boletín Oficial griego (ΦΕΚ) n.º 10, Serie A], sobre el Defensor del Pueblo y otras disposiciones.
  2. El encargado de la defensa del principio de igualdad en caso de vulneración del mismo por personas físicas o jurídicas distintas de las mencionadas anteriormente es el Organismo de Promoción de la Igualdad, excluidos los ámbitos del empleo y del mercado de trabajo.
  3. En estos ámbitos, el encargado de la defensa del principio de igualdad en caso de vulneración del mismo por personas físicas y jurídicas al margen de las anteriormente mencionadas (punto 1) es la Inspección de Trabajo.

II. La Ley n.º 3896/2010 (Boletín Oficial griego n.º 207, Serie A, de 8.12.2010), de aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en los ámbitos del empleo y el mercado de trabajo (armonización de la legislación vigente con la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, y disposiciones afines), introduce la prohibición absoluta de toda forma de discriminación directa o indirecta por razones de sexo.

Esta Ley tiene por objeto garantizar la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ámbito del empleo y el mercado de trabajo, por lo que respecta a:

  1. el acceso al empleo, incluidas la evolución de la carrera y la formación profesional,
  2. las condiciones de trabajo, incluida la retribución, y
  3. los regímenes profesionales de seguridad social, de conformidad con las disposiciones de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

El responsable de la supervisión y el fomento de la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere a la aplicación de las disposiciones de dicha Ley es el Defensor del Pueblo (artículo 25 de la Ley n.º 3896/2010).

Autoridad Helena de Protección de Datos

La Autoridad Helena de Protección de Datos (Αρχή Προστασίας Δεδομένων Προσωπικού Χαρακτήρα o ΑΠΔΠΧ) es una autoridad independiente creada por la Ley n.º 2472/1997, por la que se transpone la Directiva 95/46/CE al Derecho griego.

El fin de esta Autoridad es proteger el derecho a la privacidad en Grecia, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes n.º 2472/1997 y n.º 3471/2006.

El objetivo principal de esta Autoridad es proteger a los ciudadanos contra el tratamiento ilegal de los datos personales y prestar ayuda cada vez que se constata una infracción de los derechos antes citados.

Por otra parte, esta Autoridad tiene por objeto apoyar y orientar a los responsables del tratamiento con miras a la ejecución de sus obligaciones legales, habida cuenta de la implantación de las redes y las comunicaciones digitales modernas y de la necesidad de modernizar los servicios en Grecia.

La Autoridad Helena de Protección de Datos efectúa controles administrativos de los datos almacenados, tanto del sector público como del sector privado, de oficio o previa denuncia. Los controles los realizan agentes acreditados de la sección de auditores, que van acompañados, en los casos que así lo requieran, por personal de dicha Autoridad. Como agentes especiales encargados de la investigación, los responsables de los controles están habilitados para acceder a todos los archivos, sin ninguna limitación de confidencialidad.

El control tiene por objeto, en primer lugar, determinar si el organismo controlado cumple los requisitos de las Leyes n.º 2472/97 y n.º 3471/2006 (notificación, información, justificantes y otras obligaciones, según el caso). A continuación, el control se centra en el sistema informático y, de conformidad con los artículos 6 y 10 de la Ley n.º 2472/1997, en las características básicas del sistema, la naturaleza de los datos, así como en el nivel de seguridad ofrecido por las medidas técnicas y organizativas que el responsable del tratamiento ha adoptado para proteger los datos. Al término del control, se presentan las conclusiones a la Autoridad.

Asimismo, la Autoridad realiza un control independiente de la parte nacional del Sistema de Información de Schengen, de conformidad con el artículo 114, apartado 1, del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen (Ley n.º 2514/1997; Boletín Oficial griego n.º 140, Serie A); ejerce las competencias de la autoridad nacional de control contemplada en el artículo 23 del Convenio Europol (Ley n.º 2605/1998; Boletín Oficial griego n.º 88, Serie A) y las competencias de la autoridad nacional de control a que se refiere el artículo 17 del Convenio sobre el empleo de la informática en el ámbito de las aduanas (Ley n.º 2706/1999; Boletín Oficial griego n.º 77, Serie A); y cumple las obligaciones derivadas de cualquier otro acuerdo internacional.

La Autoridad investiga las quejas y las cuestiones relativas a la aplicación de la ley y la protección de los derechos de los interesados cuando estos últimos se ven perjudicados por el tratamiento de datos, y adopta decisiones a este respecto. Además, impone a los responsables del tratamiento o, en su caso o a sus representantes, sanciones administrativas por el incumplimiento de las obligaciones que les incumben en virtud de la Ley n.º 2472/97 y de cualquier otra disposición relativa a la protección de las personas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales. Por último, la Autoridad puede denunciar las vulneraciones de la normativa de protección de datos ante las autoridades administrativas y judiciales competentes.

Κηφισίας 1-3,
115 23, ΑΘΗΝΑ, ΕΛΛΑΣ (Atenas, Grecia)

Enlaces relacionados

El enlace abre una nueva ventanaComisión Nacional de Derechos Humanos

El enlace abre una nueva ventanaAutoridad Helena de Protección de Datos

El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Pueblo

Última actualización: 12/03/2024

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - España

Órganos judiciales nacionales

Instituciones nacionales de derechos humanos

Defensor del Pueblo

Organismos especializados en los derechos humanos

Otros

Órganos judiciales nacionales

Tribunal Constitucional

La garantía de las libertades y derechos fundamentales de las personas está encomendada, en primer lugar, a Jueces y Tribunales; si bien la Constitución ha establecido un sistema específico y último de tutela de tales derechos, el recurso de amparo constitucional, que reside en el El enlace abre una nueva ventanaTribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución. De este modo se configura como Tribunal superior en materia de garantías constitucionales y último garante de los derechos y libertades fundamentales reconocidas en la Constitución.

Para cualquier consulta existen cuatro vías para contactar con el Tribunal Constitucional:

  • Mediante correo postal a:
    Tribunal Constitucional
    Calle Domenico Scarlatti, 6
    28003 Madrid
    Spain.
  • Llamando al teléfono +34 915508000.
  • Por fax: +34 915444088.
  • A través de correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanabuzon@tribunalconstitucional.es.

Para más información consultar: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.tribunalconstitucional.es/es y El enlace abre una nueva ventanahttps://www.poderjudicial.es

Instituciones nacionales de derechos humanos

Ver sección sobre el Defensor del Pueblo.

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo es la institución que protege y defiende los derechos fundamentales y las libertades públicas de la ciudadanía, para lo cual puede supervisar la actividad de las administraciones y organismos que gestionan servicios públicos, en todo el territorio nacional, y de las delegaciones administrativas españolas en el extranjero que atienden a ciudadanos españoles.

La Defensora del Pueblo en la actualidad es D. Francisco Fernandez Marugan.

Cuando el Defensor recibe quejas referidas al funcionamiento irregular de la Administración de Justicia las envía al Ministerio Fiscal, para que éste las investigue y adopte las medidas oportunas con arreglo a la ley, o bien las remita al Consejo General del Poder Judicial. También puede dirigir recomendaciones al Gobierno sobre la necesidad de impulsar modificaciones legislativas.

El Defensor del Pueblo está legitimado para interponer los recursos de inconstitucionalidad y amparo, así como iniciar el procedimiento de habeas corpus.

El Defensor del Pueblo NO puede intervenir en los siguientes supuestos:

  • Cuando no haya existido intervención de las administraciones públicas.
  • Cuando se trate de conflictos entre particulares.
  • Cuando haya transcurrido más de un año desde el momento en que el ciudadano haya tenido conocimiento de los hechos objeto de su queja.
  • Cuando se trate de quejas anónimas, sin pretensión concreta, en las que se aprecie mala fe o aquellas cuya tramitación pueda acarrear perjuicios a legítimos derechos de terceros.
  • Cuando se plantee la disconformidad con el contenido de una resolución judicial.

Para dirigirse al Defensor del Pueblo no es necesaria la asistencia de abogado o procurador, y todo el procedimiento es gratuito para el ciudadano.

Con la queja se inicia el procedimiento. En el escrito de queja, que debe ir firmado, se debe hacer constar necesariamente el nombre y apellidos, el domicilio de contacto y el relato de los hechos objeto de la queja, con especificación de la Administración o Administraciones implicadas.

Es conveniente que con el escrito de queja se acompañe una copia de la documentación más importante relacionada con el problema planteado. Una vez estudiado el escrito, se enviará documento al interesado en el que se indicará el número de expediente asignado a la queja por si se desea información sobre ella.

Se puede presentar la queja a través de cualquiera de los siguientes canales de entrada:

  • On-line: Accediendo al Registro Electrónico disponible en la sección "El enlace abre una nueva ventanaPresenta tu queja" de su Web.
  • En persona: En la sala de visitas de la sede, en la calle Zurbano nº 42 de Madrid. El horario de atención al público es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y de lunes a jueves de 16:00 a 18:00 horas (excepto en las tardes del mes de agosto).
  • Correo postal: Remitiendo el escrito firmado a la siguiente dirección:
    Defensor del Pueblo
    Calle Zurbano, 42
    28010 Madrid
    Spain
  • Fax: Enviando el escrito firmado al número +34 913081158.

Si se necesita información sobre la Institución o conocer el estado de tramitación de su queja se puede:

  • Contactar directamente en la sala de visitas de la calle Zurbano nº 42 de Madrid.
  • A través de correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaregistro@defensordelpueblo.es.
  • En los siguientes números de teléfono:
    - 900101025 (solo desde España): En este número de teléfono gratuito se informa sobre esta Institución, para qué sirve, cuáles son sus funciones y cómo se puede enviar la queja.
    - +34 914327900: Para conocer el estado de tramitación de una queja.
    El horario normal de funcionamiento de estos teléfonos es:
    - De 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00, de lunes a jueves.
    - De 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00, los viernes (excepto en las tardes del mes de agosto).

Más información en El enlace abre una nueva ventanahttps://www.defensordelpueblo.es

Organismos especializados en los derechos humanos

  • Defensor del Pueblo para los derechos de la infancia

El Defensor del Pueblo vela por la defensa de los derechos de todos los ciudadanos independientemente de su edad. Adicionalmente, algunas Comunidades Autónomas han constituido instituciones de defensa del menor.

La legislación española reconoce a los menores de edad el derecho a plantear sus quejas ante el Defensor del Pueblo o ante las instituciones autonómicas homólogas.

  • Organismo de igualdad

Consejo para la promoción de la igualdad de trato y no discriminación de las personas por el origen racial y étnico

El Consejo está formado por distintas administraciones públicas estatal, autonómicas y locales, organizaciones empresariales y sindicales representativas, así como por organizaciones no lucrativas que trabajan en el ámbito de la promoción de la igualdad de trato y la no discriminación de las personas por su origen racial o étnico.

Su objetivo es el de promocionar el principio de igualdad de trato y no discriminación de las personas por origen racial o étnico en ámbitos como la educación, la sanidad, el acceso a las prestaciones, servicios sociales, a la vivienda, al empleo, a la formación, etc. y en general a cualquier bien o servicio.

Para ello tiene 4 funciones principales:

  1. Asesorar a las víctimas de discriminación de forma independiente a la hora de tramitar sus reclamaciones.
  2. Publicar estudios, investigaciones, informes con autonomía e independencia.
  3. Promover medidas que contribuyan a la igualdad de trato y a la eliminación de la discriminación formulando las recomendaciones y propuestas que procedan
  4. Elaborar y aprobar la Memoria anual de actividades del Consejo y elevarla a la titular del Ministerio de Igualdad.

Más información en El enlace abre una nueva ventanahttps://igualdadynodiscriminacion.igualdad.gob.es y en El enlace abre una nueva ventanahttps://igualdadynodiscriminacion.igualdad.gob.es/contactar/home.htm

  • Organismo de protección de datos

Agencia Española de Protección de Datos

La Agencia Española de Protección de Datos es la autoridad de control independiente que vela por el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos y garantiza y tutela el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.

La Agencia Española de Protección de Datos atiende las peticiones y reclamaciones de los ciudadanos e informa de los derechos reconocidos en la El enlace abre una nueva ventanaLey Orgánica de Protección de Datos. También ayuda e informa a los responsables de los ficheros que contengan datos de carácter personal (empresas, instituciones y Administraciones) para que cumplan con los requisitos que les exige la Ley.

En relación con los afectados

  • Atender a sus peticiones y reclamaciones.
  • Información de los derechos reconocidos en la Ley.
  • Promover campañas de difusión a través de los medios.

En relación con quienes tratan datos

  • Emitir autorizaciones previstas en la Ley.
  • Requerir medidas de corrección.
  • Ordenar, en caso de ilegalidad, el cese en el tratamiento y la cancelación de los datos.
  • Ejercer la potestad sancionadora.
  • Recabar ayuda e información que precise.
  • Autorizar las transferencias internacionales de datos

Para cualquier consulta, aclaración, reclamación, denuncia, sugerencia o queja, existen tres vías para contactar con la Agencia Española de Protección de Datos:

  • Mediante correo postal a:
    Agencia Española de Protección de Datos.
    Calle Jorge Juan, 6
    28001 Madrid
    Spain
  • Llamando al teléfono +34 912663517.
  • A través de correo electrónico a El enlace abre una nueva ventanaciudadano@agpd.es.

Para más información consultar: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.agpd.es/.

  • Otros organismos especializados

Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, más conocido por sus siglas, CERMI, es la plataforma de representación, defensa y acción de la ciudadanía española con discapacidad, más de tres millones y medio de personas, más sus familias, que conscientes de su situación de grupo social desfavorecido, deciden unirse, a través de las organizaciones en las que se agrupan, para avanzar en el reconocimiento de sus derechos y alcanzar la plena ciudadanía en igualdad de derechos y oportunidades con el resto de componentes de la sociedad.

Para cualquier consulta existen tres vías para contactar con CERMI:

  • Mediante correo postal a:
    Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad - Secretaría General
    Calle Recoletos, 1 Bajo
    28001 Madrid
    Spain
  • Llamando al teléfono +34 913601678.
  • Por fax: +34 914290317.
  • A través de correo electrónico a El enlace abre una nueva ventanacermi@cermi.es.

Para más información consultar: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cermi.es.

Y también: Observatorio Estatal de la discapacidad El enlace abre una nueva ventanahttps://www.observatoriodeladiscapacidad.info.

Oficina de Asilo y Refugio (OAR)

La Oficina de Asilo y Refugio depende del Ministerio del Interior y se encarga de la elaboración de propuestas para la concesión de autorizaciones o permisos para permanecer en España de acuerdo con la legislación reguladora del derecho de asilo.

Además de ésta, tiene encomendadas las siguientes funciones:

  • Instrucción y tramitación de expedientes para la determinación de los Estados responsables del examen de las solicitudes de asilo, conforme a los convenios internacionales vigentes
  • Estudia y resuelve todas las solicitudes de asilo presentadas en puestos fronterizos, en el territorio nacional y en las misiones diplomáticas de España en el exterior

Para más información contactar:

  • Mediante correo postal a:
    Oficina de Asilo y Refugio
    Calle Pradillo, 40
    28002 Madrid
    Spain
  • Llamando al teléfono +34 915372170.

Para más información consultar en la El enlace abre una nueva ventanasección correspondiente del Ministerio del Interior.

Secretaría General de Instituciones Penitenciarias

La Institución Penitenciaria es una pieza ineludible de la política de seguridad de un país y también de la política de intervención social. El fin encomendado constitucionalmente, y principal objetivo de la institución, es el seguimiento y dirección de todas las actividades dirigidas a la prestación del servicio público de ejecución de las penas y medidas penales.

Para más información contactar:

  • Mediante correo postal a:
    Secretaría General de Instituciones Penitenciarias
    Calle Alcalá, 38-40
    28014 Madrid
    Spain
  • Llamando al teléfono +34 913354700.
  • Por fax: +34 913354052.

Para más información consultar la Web El enlace abre una nueva ventanahttp://www.institucionpenitenciaria.es.

Otros

Consejo General de la Abogacía Española

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) es el órgano representativo, coordinador y ejecutivo superior de los Colegios de Abogados de España y tiene, a todos los efectos, la condición de corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

El CGAE es el órgano responsable de ordenar el ejercicio profesional de los abogados y velar por el prestigio de la profesión. Existen 83 Colegios de Abogados en España que agrupan en la actualidad a un total de 137.447 abogados ejercientes (datos diciembre de 2016), así como 10 Consejos Autonómicos de Colegios de Abogados.

El derecho a la asistencia jurídica gratuita en España tiene un contenido muy amplio que en el caso de los Colegios de Abogados se materializa a través del Turno de Oficio, Asistencia al detenido y de los Servicios de Orientación Jurídica, Asistencia y Orientación Jurídica para inmigrantes, Orientación Penitenciaria, Asistencia y Orientación Jurídica a la mujer, Asistencia a las víctimas de la violencia doméstica, y Asistencia y Orientación Jurídica al mayor, garantizando en todo caso el derecho fundamental a la tutela judicial afectiva de todos los ciudadanos y ciudadanas.

Para cualquier consulta existen tres vías para contactar con el CGAE:

  • Mediante correo postal a:
    Consejo General de la Abogacía Española
    Paseo Recoletos, 13
    28004 Madrid
    Spain
  • Llamando al teléfono +34 915232593.
  • A través de correo electrónico a la dirección El enlace abre una nueva ventanainformacion@cgae.es.

Para más información consultar: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.cgae.es/ y El enlace abre una nueva ventanahttps://www.abogacia.es/servicios/ciudadanos/servicios-de-orientacion-juridica-gratuita.

Última actualización: 17/01/2024

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Francia

Órganos jurisdiccionales nacionales

Institución nacional de derechos humanos

Defensor del Pueblo

Organismos especializados en los derechos humanos

Otras instituciones especializadas

Órganos jurisdiccionales nacionales

Los encargados de garantizar las libertades y los derechos fundamentales de las personas son, en primer lugar, los tribunales administrativos y judiciales, a los que los justiciables pueden recurrir en el marco de un litigio.

Por otro lado, el Consejo Constitucional (Conseil constitutionnel), que determina la constitucionalidad de las leyes, ejerce dos tipos de control:

  • Control previo a la promulgación de las leyes: las leyes orgánicas, antes de su promulgación, y los reglamentos de las asambleas parlamentarias, antes de su entrada en vigor, deben ser sometidos al Consejo Constitucional. Pueden someterse al Consejo Constitucional compromisos internacionales antes de su ratificación o aprobación, así como las leyes ordinarias antes de su promulgación.
  • Control posterior a la promulgación de las leyes: la revisión constitucional de 23 de julio de 2008 introdujo en la Constitución el artículo 61-1, que aborda la cuestión previa de constitucionalidad. Esta reforma garantiza a los ciudadanos el derecho de oponerse en un juicio a la constitucionalidad de una ley promulgada que vulnere los derechos y las libertades que reconoce la Constitución. El juez transmite la cuestión previa de constitucionalidad al Tribunal de Casación (Cour de cassation) o al Consejo de Estado (Conseil d'État). Tanto el Consejo de Estado como el Tribunal de Casación pueden recurrir al Consejo Constitucional, que debe resolver en el plazo de tres meses. Así pues, desde el 1 de marzo de 2010, el Consejo Constitucional, a instancia del Consejo de Estado o del Tribunal de Casación, controla si las disposiciones legales que ya están en vigor atentan contra los derechos y las libertades reconocidos en la Constitución. Llegado el caso, el Consejo Constitucional puede abrogar la disposición legal en cuestión.

Para más información sobre las cuestiones previas de constitucionalidad, consulte los enlaces siguientes:

La organización de los órganos jurisdiccionales nacionales y sus competencias se explican con más detalle en los sitios web del Consejo de Estado, el Tribunal de Casación y el Consejo Constitucional:

Institución nacional de derechos humanos

Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos

La Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos (Commission nationale consultative des droits de l’homme o CNCDH) es la institución nacional de derechos humanos de Francia. Creada en 1947 y considerada como una autoridad administrativa independiente, la CNCDH es una estructura estatal que trabaja de forma independiente (en aplicación de la ley n.o 2007-292 de 5 de marzo de 2007). Está compuesta por sesenta y cuatro personalidades y representantes de organizaciones de la sociedad civil.

Funciones

La CNCDH facilita el diálogo entre el Gobierno, el Parlamento, las instituciones y la sociedad civil sobre los derechos humanos, el Derecho, las acciones humanitarias y la lucha contra el racismo.

  • Colabora además en la elaboración de los informes que Francia presenta ante los organismos internacionales, en cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de los tratados sobre derechos humanos de los que es Parte.
  • Contribuye a la educación sobre derechos humanos.
  • Se encarga de elaborar el informe anual público sobre la lucha contra el racismo mencionado en el artículo 2 de la ley de 13 de julio de 1990.
  • Puede recabar la atención de los poderes públicos, por propia iniciativa, sobre medidas que considere adecuadas para favorecer la protección y la promoción de los derechos humanos. Puede plantear cualquier cuestión relacionada con una emergencia humanitaria y generar intercambio de información sobre las medidas que permitirían abordar dichas situaciones.
  • Publica las recomendaciones y los informes que aprueba.

Las tareas de la CNCDH se reparten en cinco subcomisiones: cuestiones sobre la sociedad, cuestiones éticas; racismo, antisemitismo, xenofobia, discriminación y grupos vulnerables; instituciones, justicia, policía, cuestiones migratorias; cuestiones europeas e internacionales; derecho internacional humanitario y acción humanitaria.

Dirección:

Commission nationale consultative des droits de l’homme
35 Rue Saint-Dominique, 75007
París

Para más información: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cncdh.fr

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo es una institución independiente reconocida en la Constitución desde el 23 de julio de 2008 y creada por la ley orgánica n.o 2011-33 y la ley n.o 2011-334 de 29 de marzo de 2011.

Funciones

El Defensor del Pueblo se encarga de las siguientes tareas:

  • defender los derechos y las libertades individuales en el marco de las relaciones con las autoridades administrativas;
  • defender y promover el interés superior y los derechos de los niños;
  • luchar contra la discriminación prohibida por las leyes y promover la igualdad;
  • velar por que las personas que realizan actividades de seguridad respeten la ética profesional.

El Defensor del Pueblo nació de la unión de cuatro instituciones preexistentes: el Mediador de la República (Médiateur de la République), la Defensoría de los Derechos del Niño (Défenseur des enfants), la Autoridad Superior de Lucha contra la Discriminación y a Favor de la Igualdad (Haute Autorité de Lutte contre les Discriminations et pour l’Egalité o HALDE) y la Comisión Nacional de Deontología de la Seguridad (Commission Nationale de Déontologie de la Sécurité o CNDS).

Facultades

El Defensor del Pueblo está facultado para recibir reclamaciones de cualquier persona física o jurídica, incluidos los menores de edad, que deseen invocar la protección de sus derechos. También puede intervenir de oficio, en cualquier circunstancia, en asuntos que entran en sus ámbitos de competencia.

Para poder ejercer sus funciones, el Defensor del Pueblo cuenta, por un lado, con facultades de investigación y de instrucción para el tratamiento de reclamaciones individuales, que le permiten solicitar cualquier documento útil, entrevistar a personas e incluso realizar inspecciones in situ. Por otro lado, también puede proponer la modificación de leyes o reglamentos y hacer recomendaciones tanto a autoridades públicas como privadas.

Asimismo, puede formular recomendaciones destinadas a resolver los problemas o las vulneraciones de derechos de los que haya tenido conocimiento. Las personas o las autoridades afectadas deben informarle sobre el curso que se les haya dado a sus recomendaciones. De lo contrario, o si el Defensor del Pueblo considera que no se han seguido sus recomendaciones de manera efectiva, puede ordenar a la persona o a la autoridad en cuestión que adopte las medidas necesarias dentro de un plazo determinado. Si no se da curso a dichas órdenes, el Defensor del Pueblo puede elaborar un informe especial, dirigido a la persona o a la autoridad en cuestión, que será publicado.

El Defensor del Pueblo también puede facilitar la mediación o proponer acuerdos, así como ayudar a las víctimas a preparar el expediente e identificar los procedimientos que se adaptan mejor a su caso particular.

Puede plantear ante la autoridad facultada para incoar procedimientos disciplinarios hechos de los que tenga conocimiento y que considere merecedores de una sanción. También puede intervenir, en apoyo de un demandante, en procedimientos judiciales para presentar observaciones escritas u orales.

Organización

Cerca de doscientas cincuenta personas trabajan en la sede del Defensor del Pueblo en París. En la Francia metropolitana y en los territorios franceses de ultramar, unos cuatrocientos delegados voluntarios asisten a los ciudadanos en relación con la defensa de sus derechos, reciben sus reclamaciones y responden sus preguntas. Están presentes en diversas estructuras de la comunidad, como las prefecturas y subprefecturas (préfectures, sous-préfectures), centros de justicia de proximidad (maisons de justice et du droit), servicios de acceso al derecho (points d’accès au droit) y oficinas municipales. También prestan servicios en establecimientos penitenciarios y colaboran con las oficinas departamentales de personas discapacitadas (maisons départementales des personnes handicapées).

El Defensor del Pueblo preside los comités que lo asisten en el ejercicio de sus atribuciones en materia de «defensa y promoción de los derechos de los niños», «lucha contra la discriminación y promoción de la igualdad» y «deontología de la seguridad».

A propuesta del Defensor del Pueblo, el primer ministro nombra a sus representantes adjuntos, entre los que se encuentran los siguientes:

  • un defensor de los niños y vicepresidente del comité de defensa y promoción de los derechos de los niños;
  • un representante adjunto y vicepresidente del comité de deontología de la seguridad;
  • un representante adjunto y vicepresidente del comité de lucha contra la discriminación y promoción de la igualdad.

Cómo recurrir al Defensor del Pueblo

Cualquier persona física (un individuo) o jurídica (una empresa, una asociación, etc.) puede recurrir al Defensor del Pueblo de forma directa y gratuita en los siguientes casos:

  • cuando crea ser víctima de discriminación;
  • cuando compruebe que un representante del orden público (policía, gendarme, agente aduanero, etc.) o del ámbito privado (un agente de seguridad, etc.) no ha respetado las normas de buena conducta;
  • cuando tenga dificultades para establecer relaciones con un servicio público [la caja de subsidios familiares (Caisse d'Allocations Familiales), el organismo público para el empleo (Pôle Emploi), las cajas de jubilaciones, etc.];
  • cuando considere que no se respetan los derechos de un niño.

Pueden recurrir al Defensor del Pueblo los menores de dieciocho años, los familiares del menor o sus representantes legales, los servicios médicos o sociales, una asociación cuya finalidad sea la defensa de los derechos de los niños, un parlamentario francés o un miembro francés del Parlamento Europeo, o una institución extranjera que tenga las mismas funciones que el Defensor del Pueblo. El Defensor del Pueblo puede intervenir en defensa de niños franceses, niños extranjeros que residan en Francia y niños franceses que residan en el extranjero, en los ámbitos de la protección de derechos, en particular los relativos a la infancia, la salud y la discapacidad; la justicia penal; la adopción; la escolarización para todos los niños y los niños extranjeros.

Los ciudadanos pueden enviar sus reclamaciones directamente al Defensor del Pueblo:

Dirección:

Défenseur des droits
Libre réponse 71120
75342 París Cedex 07

Para más información: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.defenseurdesdroits.fr/es

Organismos especializados en los derechos humanos

Existen otros organismos especializados en el ámbito de los derechos y las libertades:

Autoridad encargada del control de la protección de datos:

Comisión Nacional de Informática y Libertades (CNIL)

La Comisión Nacional de Informática y Libertades (Commission nationale de l'informatique et des libertés o CNIL) es la autoridad francesa a cargo del control de la protección de datos personales. Ejerce sus funciones de conformidad con la ley modificada n.o 78-17 de 6 de enero de 1978.

Funciones

La Comisión Nacional de Informática y Libertades es una autoridad administrativa independiente. Ejerce, en particular, las siguientes funciones:

  • Informar a todas las personas afectadas y a los responsables del tratamiento de datos sobre sus derechos y obligaciones.
  • Velar porque el tratamiento de datos personales se realice de conformidad con la ley modificada de 6 de enero de 1978. Así, según los datos de que se trate, autoriza el tratamiento, emite su dictamen y recibe las declaraciones de tratamiento de datos.
  • Recibir las denuncias, las solicitudes y las reclamaciones relativas al tratamiento de datos personales e informar al responsable de dicho tratamiento del curso que se haya dado a la denuncia, solicitud o reclamación en cuestión.
  • Atender las solicitudes de asesoramiento de los poderes públicos y, en su caso, de los tribunales, y asesorar a personas y organismos que implementan o desean implementar sistemas automatizados de tratamiento de datos personales.
  • De conformidad con el El enlace abre una nueva ventanaartículo 40 del Código de Procedimiento Penal, informar rápidamente al fiscal general (procureur de la République) de los delitos de que tenga conocimiento y presentar observaciones en los procedimientos penales.
  • Ordenar a uno o más de sus miembros o al secretario general, por decisión especial, que realicen o hagan que sus agentes realicen verificaciones sobre el tratamiento de datos y, en su caso, que obtengan copias de todos los documentos y soportes de información útiles para dichas tareas.
  • Recibir consultas sobre proyectos de ley o decretos o cualquier disposición de un proyecto de ley o decreto relativo a la protección de datos personales o al tratamiento de dichos datos.

La CNIL elabora un informe público de actividad anual que presenta al presidente de la república y al primer ministro.

Cómo recurrir a la CNIL

Cualquier persona que tenga dificultades para ejercer sus derechos puede recurrir a la CNIL. Para hacer valer sus derechos y libertades con respecto a los datos informáticos, los ciudadanos deben dirigirse directamente en primer lugar a los organismos que están en posesión de dichos datos. En caso de dificultades, respuesta insatisfactoria o ausencia de respuesta, pueden presentar una denuncia en línea ante la CNIL en relación con una diversidad de cuestiones: internet, comercio, trabajo, teléfono o entidades bancarias y de crédito.

Enlace relacionado: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cnil.fr/fr/plaintes

Dirección:

Commission Nationale de l'Informatique et des Libertés
3 Place de Fontenoy - TSA 80715
75334 París CEDEX 07

Para más información: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cnil.fr/

Inspector general de los lugares de privación de libertad

Tras la ratificación del El enlace abre una nueva ventanaProtocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2002, el legislador francés creó, por El enlace abre una nueva ventanaley n.o 2007- 1545 de 30 de octubre de 2007, una autoridad administrativa independiente llamada inspector general de los lugares de privación de libertad (Contrôleur général des lieux de privation de liberté).

Función

El inspector general se encarga de que las personas privadas de libertad reciban un trato humanitario, respetuoso y digno, y garantiza el equilibrio justo entre el respeto de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad y las consideraciones de orden público y de seguridad. Se encarga de evitar todo tipo de violación de los derechos fundamentales.

En cumplimiento de su función, el inspector general vela por que se garanticen las condiciones de detención, retención y hospitalización, así como las condiciones de trabajo del personal y los distintos intervinientes en la medida en que afecten al funcionamiento del establecimiento y las relaciones con las personas privadas de libertad. El inspector general decide a su arbitrio los establecimientos que desea inspeccionar, y las visitas pueden ser programadas, caso en el que el director del establecimiento recibe la correspondiente notificación con unos días de antelación, o sin previa notificación.

Facultades

El inspector general está facultado para inspeccionar, en cualquier momento y en todo el territorio francés, cualquier establecimiento en el que haya personas privadas de libertad: establecimientos penitenciarios, centros de salud, establecimientos que estén bajo el control conjunto del Ministerio de Salud y del Ministerio de Justicia, instalaciones de detención de la policía o la gendarmería, instalaciones de detención aduanera, centros e instalaciones de retención administrativa de extranjeros, zonas de tránsito de puertos y aeropuertos, etc. El inspector general controla el proceso de expulsión de extranjeros hasta la entrega de estos a las autoridades del Estado de destino.

Las autoridades de dichos establecimientos no pueden negarse a la inspección salvo por motivos graves e imperiosos relacionados con la defensa nacional, la seguridad pública, catástrofes naturales o problemas graves en el lugar de la inspección.

El inspector general entrega al Ministerio o Ministerios que corresponda un informe de inspección, así como recomendaciones que puede hacer públicas. Además, elabora un informe público de actividad anual que entrega al presidente de la República y al Parlamento.

Cómo recurrir al inspector general de los lugares de privación de libertad

Los ciudadanos pueden recurrir al inspector general de los lugares de privación de libertad para informarle de una situación que, según ellos, lesione sus derechos fundamentales o los de una persona privada de libertad (o que hubiese sido privada de libertad recientemente) y que esté relacionada con las condiciones de reclusión, detención, retención u hospitalización o con la organización o el funcionamiento de un servicio. La única forma de recurrir al inspector general es mediante la dirección postal siguiente:

Madame la Contrôleure générale des lieux de privation de liberté
BP 10301
75921 París cedex 19

Durante las inspecciones de los establecimientos, las personas privadas de libertad, sus allegados y las personas que intervengan en el establecimiento en cuestión, incluido su personal, también pueden solicitar una entrevista con el inspector general o con uno de los inspectores que integran su equipo.

Dirección:

Le Contrôleur général des lieux de privation de liberté16/18 quai de la Loire
BP 10301
75921 París Cedex 19

Para más información: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cglpl.fr

Otras instituciones especializadas

  • Acceso a la justicia: servicios de acceso al derecho, centros de justicia de proximidad y delegaciones judiciales

Para facilitar el acceso de los ciudadanos a información sobre sus derechos, los procedimientos judiciales y la organización de la justicia, así como para asistirlos en el ejercicio de sus derechos, Francia ha creado los servicios de acceso al derecho (points d’accès au droit), los centros de justicia de proximidad (maisons de justice et du droit) y las delegaciones judiciales, que son establecimientos judiciales municipales que brindan a los ciudadanos información sobre sus derechos y, principalmente, les proponen procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos.

Anuario de centros de justicia de proximidad, servicios de acceso al derecho y delegaciones judiciales:

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.annuaires.justice.gouv.fr/annuaires-12162

Más información:

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.vie-publique.fr/decouverte-institutions/justice/fonctionnement/modes-alternatifs/que-sont-maisons-justice-du-droit.html

Última actualización: 09/03/2018

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Croacia

Órganos jurisdiccionales nacionales

Los órganos jurisdiccionales desempeñan una función especial en la protección de los derechos humanos. Son órganos cuya independencia y autonomía está garantizada por la Constitución (Ustav). Existe un mecanismo especial para garantizar el ejercicio de los derecho y libertades constitucionales: el recurso de amparo constitucional, que puede ser presentado por cualquier ciudadano por la imputación o la acusación de un delito o si considera que las autoridades nacionales, los órganos de gobierno locales y regionales y las entidades de Derecho público que deciden sobre sus derechos y obligaciones han vulnerado las libertades fundamentales o los derechos humanos consagrados en la Constitución. Este recurso solo puede presentarse una vez se haya agotado la vía judicial.

Ustavni sud Republike Hrvatske (Tribunal Constitucional de Croacia)
Trg svetog Marka 4
10000 Zagreb
Tel.: +385 1 6400 251
Fax: +385 1 4551 055
El enlace abre una nueva ventanahttps://www.usud.hr/

Vrhovni sud Republike Hrvatske (Tribunal Supremo de Croacia)
Trg Nikole Šubića Zrinskog 3
10000 Zagreb
Tel.: +385 1 486 22 22, +385 1 481 00 36
Fax: +385 1 481 00 35
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanavsrh@vsrh.hr
El enlace abre una nueva ventanahttp://www.vsrh.hr/

El enlace abre una nueva ventanaTribunales de condado (županijski sudovi)
El enlace abre una nueva ventanaTribunales municipales (općinski sudovi)

Visoki trgovački sud Republike Hrvatske (Tribunal Superior de lo Mercantil)
Berislavićeva 11, 10000 Zagreb
Tel.: +385 1 489 68 88
Fax: +385 1 487 23 29
El enlace abre una nueva ventanahttp://www.vtsrh.hr/
Tribunales de lo mercantil (trgovački sudovi) de Croacia PDF(192 Kb)hr

El enlace abre una nueva ventanaTribunales de lo mercantil

Visoki upravni sud Republike Hrvatske (Tribunal Superior de lo Contencioso-Administrativo)
Frankopanska 16, 10000 Zagreb
Tel.: +385 1 480 78 00
Fax: +385 1 480 79 28
El enlace abre una nueva ventanahttp://www.upravnisudrh.hr/

El enlace abre una nueva ventanaTribunales de lo contencioso-administrativo (upravni sudovi)

Visoki prekršajni sud Republike Hrvatske (Tribunal Superior de Delitos Leves)
Ulica Augusta Šenoe 30, 10000 Zagreb
Tel.: +385 1 480 75 10
Fax: +385 1 461 12 91
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapredsjednik@vpsrh.pravosudje.hr
El enlace abre una nueva ventanahttps://sudovi.hr/VPSRH/

Defensor del Pueblo (Pučki pravobranitelj)

Trg hrvatskih velikana 6
10000 Zagreb
Croacia
Tel.: +385 1 4851 855, +385 1 4851 853
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@ombudsman.hr
Fax: +385 1 6431 628

Según el artículo 93 de la Constitución croata, el Defensor del Pueblo es el representante del Parlamento de Croacia (Hrvatskoga sabor) encargado de fomentar y proteger las libertades y derechos humanos tal y como se definen en la Constitución, las leyes y los instrumentos internacionales sobre libertades y derechos humanos firmados por Croacia.

El Defensor del Pueblo y sus adjuntos son elegidos por el Parlamento croata por un período de ocho años, con el objetivo de proteger a los ciudadanos de las vulneraciones de los derechos humanos por parte de los órganos estatales o las personas jurídicas investidas de potestades de Derecho público. Es el órgano central encargado de luchar contra la discriminación y que ejerce de mecanismo nacional de prevención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. El Defensor del Pueblo desempeña estas funciones con independencia y autonomía.

Responsabilidades:

Protección de los derechos humanos

Los ciudadanos tienen derecho a presentar una queja ante el Defensor del Pueblo si consideran que las autoridades públicas han vulnerado sus derechos. El Defensor del Pueblo lleva a cabo una investigación en respuesta a dicha queja y se basa en la documentación recibida. Todos los órganos estatales, aquellos investidos de potestades de Derecho público y los órganos de gobierno locales y regionales (esto es, todas las personas jurídicas públicas) están obligados a proporcionar toda la información solicitada.

El Defensor del Pueblo emite dictámenes, recomendaciones y notificaciones a las autoridades pertinentes o a los organismos superiores, basándose en hechos constatados, y, en caso de que fuera necesario, notifica al Parlamento croata.

Asimismo, el Defensor del Pueblo comprueba que la normativa se ajusta a la Constitución y los convenios internacionales sobre protección de derechos humanos y puede solicitar al Parlamento croata que modifique o adopte normas relativas a los derechos humanos. También puede solicitar que el Parlamento adapte ciertas normas a lo dispuesto en la Constitución y las leyes. Por otra parte, cuenta con legitimación para presentar recursos de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional de Croacia.

Fomento de los derechos humanos

El fomento de los derechos humanos incluye la investigación y el análisis, el desarrollo y el mantenimiento de bases de datos y documentación, la información al público y las partes interesadas de manera oportuna y regular, la cooperación y las iniciativas con la sociedad civil, las organizaciones internacionales y las instituciones académicas de investigación, y las iniciativas para poner la legislación en consonancia con la normativa europea e internacional y para garantizar el cumplimiento de dicha legislación.

Órgano central para la lucha contra la discriminación

El Defensor del Pueblo admite a trámite quejas de personas jurídicas y físicas, ofrece la información necesaria sobre derechos y deberes y las posibilidades de protección judicial y de otro tipo, examina las solicitudes individuales y toma medidas dentro de su competencia para poner fin a la discriminación y proteger los derechos de las personas discriminadas (excepto en el caso de demandas judiciales en curso), lleva a cabo procedimientos de mediación con el ánimo de que las partes lleguen a un acuerdo extrajudicial y presenta denuncias por discriminación ante la fiscalía competente.

Mecanismo nacional de prevención

El Defensor del Pueblo realiza las tareas propias de un mecanismo nacional de prevención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en todos aquellos supuestos en que las personas se vean privadas de su libertad o estén en condiciones de custodia, detención o retención en instalaciones sometidas a vigilancia pública que no puedan abandonar a voluntad.

Esto significa que los representantes de la Oficina del Defensor del Pueblo, en calidad de tal, visitan las prisiones, cárceles, unidades de detención y diversas instituciones para personas con enfermedades mentales, como medida preventiva para proteger a personas que se ven privadas de su libertad o cuya libertad está restringida.

Institución nacional de derechos humanos

Desde 2009, el Defensor del Pueblo ha sido la única institución nacional de derechos humanos en Croacia con categoría «A» de acuerdo con los Principios de París de la ONU, que definen los parámetros de independencia de las instituciones nacionales de derechos humanos.

Este es el nivel más alto de independencia institucional y fue otorgado de nuevo a la Oficina del Defensor del Pueblo en julio de 2013, después de que la ONU supervisara la aplicación de sus recomendaciones relativas a la conservación y el fomento de su independencia.

Organismos especializados en derechos humanos

Defensor del Menor (Pravobranitelj za djecu)

Teslina 10
10000 Zagreb
Croacia
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@dijete.hr
Tel.: 01/4929 669
Fax: 01/4921 277
El enlace abre una nueva ventanahttp://www.dijete.hr

Ámbito de competencias

La Oficina del Defensor del Menor comprueba la conformidad de las leyes y otras normas croatas relativas a la protección de los derechos e intereses de los menores con la Constitución de Croacia, la Convención sobre los derechos del niño y otros instrumentos internacionales relativos a la protección de los derechos e intereses de los menores. Supervisa las vulneraciones de los derechos de los menores y estudia la incidencia general y los tipos de vulneración de derechos e intereses de los menores. Aboga por la protección y el fomento de los derechos e intereses de los menores con necesidades especiales. Propone medidas para construir un sistema integral de protección y fomento de los derechos de los menores y para evitar acciones perjudiciales que comprometan sus intereses. Informa y asesora a los menores sobre cómo ejercer y proteger sus derechos e intereses, colabora con ellos, les anima a expresar sus opiniones y las respeta. Inicia actividades públicas destinadas a mejorar las condiciones de los menores y participa en ellas, y propone medidas para aumentar su efecto en la sociedad. Puede consultar cualquier información, datos y documentos relativos a los derechos y la protección de los menores, independientemente del grado de confidencialidad. Está autorizada para investigar e inspeccionar cualquier institución, órgano estatal, domicilio de persona física o jurídica con obligaciones jurídicas de cuidado de menores y comunidad religiosa en la que los menores residan o sean alojados de manera temporal o permanente.

En caso de que la Oficina del Defensor compruebe que un menor ha sido expuesto a violencia física o psicológica, acoso sexual, abuso o explotación, desatención o tratamiento negligente, debe informar inmediatamente a la fiscalía competente, alertar al centro de atención social pertinente y proponer medidas para proteger los derechos e intereses del menor en cuestión. Puede solicitar ayuda de expertos e instituciones profesionales que investiguen aspectos relativos a la protección, el cuidado, el desarrollo y los derechos de los menores, y existe la obligación de que reciba dicha ayuda a su debido tiempo.

Defensor de la igualdad de género (Pravobraniteljica za ravnopravnost spolova)

Preobraženska 4/1
10000 Zagreb
Tel.: +385 1 48 48 100
Fax: +385 1 48 44 600
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaravnopravnost@prs.hr
El enlace abre una nueva ventanahttp://www.prs.hr

Ámbito de competencias

La Oficina del Defensor de la igualdad de género tramita las quejas de discriminación por razón de sexo, estado civil o familiar y orientación sexual; vigila las vulneraciones del principio de igualdad de género, los casos de discriminación contra individuos o grupos de individuos de la que sean responsables las autoridades nacionales, órganos de gobierno locales y regionales, otros organismos con potestades de Derecho público, personal de dichos organismos y otras personas jurídicas y físicas.

El Defensor también está autorizado para realizar notificaciones y proponer y formular recomendaciones.

En caso de que el Defensor demuestre que el principio de igualdad de género ha sido infringido, tiene legitimación para presentar recurso de inconstitucionalidad.

Defensor de las personas con discapacidad (Pravobraniteljica za osobe s invaliditetom)

Savska cesta 41/3
10000 Zagreb
Tel.: +385 1 6102 170
Fax: +385 1 6177 901
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaured@posi.hr

Ámbito de competencias

La Oficina del Defensor de las personas con discapacidad es una institución nacional autónoma cuya función principal consiste en defender y fomentar los derechos de las personas con discapacidad de acuerdo con la Constitución, las leyes y los tratados internacionales. En caso de que se vulneren los derechos de las personas con discapacidad, el Defensor está facultado para notificarlo, proponer medidas, formular recomendaciones, informar y solicitar informes sobre las medidas que se hayan adoptado.

Si comprueba que una disposición normativa va en detrimento de las personas con discapacidad o de los niños con dificultades en el desarrollo, los priva de alguna manera o los coloca en una situación menos favorable respecto a aquellos sin discapacidad, el Defensor realiza una propuesta para modificar dicha disposición normativa.

La Oficina del Defensor recibe quejas particulares de personas con discapacidad y de aquellos cuyo trabajo es velar por sus intereses, examina las quejas sobre la vulneración de los derechos de las personas con discapacidad e intenta conseguir la solución más favorable posible, en contacto con las instituciones responsables de resolver estas cuestiones. El Defensor de las personas con discapacidad ofrece asistencia en forma de asesoramiento a personas con discapacidad sobre cómo ejercer sus derechos y promover sus intereses y la manera de protegerlos.

Protección de datos personales

Agencia de Protección de Datos Personales (Agencija za zaštitu osobnih podataka)

Martićeva 14
10000 Zagreb

Tel.: +385 460 90 00
Fax: +385 4609-099
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaazop@azop.hr
El enlace abre una nueva ventanahttp://www.azop.hr

La Agencia de Protección de Datos Personales es una autoridad pública que lleva a cabo sus actividades de manera autónoma e independiente dentro del marco de sus obligaciones y competencias. Es responsable de desempeñar las funciones profesionales y administrativas relacionadas con la protección de datos de carácter personal. La Agencia, dentro del ámbito de sus competencias, controla la protección de los datos personales, señala los abusos aparentes a la hora de recabar datos personales, elabora la lista de países y organizaciones internacionales en los que la protección de datos está debidamente regulada, tramita las solicitudes para investigar las vulneraciones de los derechos garantizados por la Ley de protección de los datos de carácter personal (Zakon o zaštiti osobnih podataka) y actualiza el Registro Central (Središnji registar) con documentos de datos personales.

Asistencia jurídica gratuita

Al adoptar la Ley de asistencia jurídica gratuita (Zakon o besplatnoj pravnoj pomoći), el Ministerio de Justicia (Ministarstvo pravosuđa) se hizo cargo de la amplia y exigente labor de establecer un régimen de asistencia jurídica gratuita.

El régimen de asistencia jurídica gratuita permite que los ciudadanos con pocos recursos cuenten con un abogado, reciban asistencia jurídica sobre acciones judiciales concretas y gocen de igualdad de acceso a los procedimientos judiciales y administrativos.

Beneficiarios

Entre los beneficiarios que se contemplan en la Ley de asistencia jurídica gratuita se encuentran:

  • los nacionales croatas;
  • los menores que no tienen la nacionalidad croata y que son considerados por la ley como menores no acompañados por un adulto responsable en Croacia;
  • los extranjeros en situación de residencia temporal, siempre que rija la reciprocidad en materia de residencia con el Estado en cuestión, y los extranjeros en situación de residencia permanente;
  • los extranjeros que disfrutan de protección temporal;
  • los extranjeros en situación irregular y los extranjeros en estancia corta en el marco de un procedimiento de expulsión o retorno;
  • los solicitantes de asilo, las personas a las que se ha concedido asilo, los extranjeros en situación de protección subsidiaria y los miembros de su familia que residan de manera legal en Croacia y que sean parte en un procedimiento en el que ninguna ley especial les conceda asistencia jurídica gratuita.

Quiénes prestan la asistencia jurídica gratuita

Conforme a la Ley de asistencia jurídica gratuita, prestan asistencia jurídica gratuita los sujetos siguientes:

  • los abogados,
  • las asociaciones autorizadas,
  • los consultorios jurídicos gratuitos y
  • las delegaciones de la Administración estatal en los condados.

Tipos de asistencia jurídica gratuita

La asistencia jurídica gratuita se concede en forma de asistencia principal (primarna pravna pomoć) o asistencia secundaria (sekundarna pravna pomoć).

Asistencia principal

La asistencia principal comprende:

  • información jurídica general;
  • asesoramiento jurídico;
  • presentación de escritos a organismos de Derecho público, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y a organizaciones internacionales de conformidad con los tratados internacionales y las normas por las que se rige el funcionamiento de dichos organismos;
  • representación en procedimientos ante organismos de Derecho público;
  • representación en el contexto de la resolución alternativa de litigios.

Las delegaciones en los condados, las asociaciones autorizadas y los consultorios jurídicos gratuitos ofrecen asistencia jurídica principal.
En el contexto de la prestación de asistencia principal, las oficinas pueden proporcionar información jurídica general y asesoramiento jurídico, así como redactar escritos.

Quienes solicitan asistencia jurídica principal deben ponerse en contacto directamente con un prestador de asistencia jurídica principal.

Asistencia secundaria

La asistencia secundaria comprende:

  • asesoramiento jurídico;
  • presentación de escritos en procedimientos destinados a garantizar la protección de los derechos de los trabajadores en relación con su empleador;
  • presentación de escritos en procedimientos judiciales;
  • representación en procedimientos judiciales;
  • representación en el contexto de la solución amistosa de un litigio;
  • exención de las costas procesales;
  • exención de las tasas judiciales.

La asistencia secundaria la prestan los abogados.

Según el procedimiento de que se trate, puede concederse asistencia jurídica secundaria en los procedimientos siguientes:

  • derechos reales: excepto procedimientos registrales y catastrales;
  • laborales;
  • familia: excepto divorcios de mutuo acuerdo, cuando los cónyuges no tienen hijos menores propios o adoptados o menores con respecto a los cuales ejerzan la patria potestad tras alcanzar la mayoría de edad;
  • ejecuciones forzosas y garantías de créditos para los que la Ley de asistencia jurídica gratuita contempla que se pueda conceder asistencia jurídica gratuita;
  • resoluciones amistosas de litigios;
  • excepcionalmente, otros procedimientos contencioso-administrativos y civiles si fuera necesario debido a la situación específica del solicitante y de los miembros de su hogar, de conformidad con el objetivo principal de la Ley de asistencia jurídica gratuita.

El procedimiento para la concesión de asistencia jurídica secundaria se inicia presentando una solicitud a la delegación de la Administración estatal en el condado competente o al órgano administrativo competente de la ciudad de Zagreb.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de asistencia jurídica gratuita, las personas que quieran ejercer su derecho a la asistencia jurídica gratuita deben cumplimentar y presentar un formulario de solicitud de asistencia jurídica gratuita en la delegación de la Administración estatal del condado donde residan. La solicitud debe ir acompañada del consentimiento por escrito de todos los solicitantes y miembros adultos de su unidad familiar de que comunica todos los datos relacionados con su patrimonio y de que aceptan toda responsabilidad civil y penal en relación con la veracidad de las afirmaciones del solicitante.

El formulario de solicitud puede descargarse en la página web del Ministerio de Justicia u obtenerse en las delegaciones condales de la Administración estatal, en los tribunales municipales o en los centros de asistencia social durante su horario laboral.

Las solicitudes están exentas del pago de una tasa administrativa y deben presentarse en persona o por correo certificado.

La concesión de asistencia jurídica gratuita consiste en el pago total o parcial de los gastos de la asistencia jurídica necesaria, en función de la situación económica del beneficiario. Se contempla que las costas procesales se puedan repartir hasta un determinado porcentaje dependiendo de la situación económica del beneficiario.

Cuando se concede asistencia jurídica gratuita reducida, la diferencia entre los honorarios totales del abogado y la parte por la que se concede reembolso es abonada por el beneficiario, de acuerdo con el valor de los servicios establecido por el Baremo de honorarios de abogados y compensación de costas (Tarifa o nagradama i naknadi troškova za rad odvjetnika).

El Ministerio de Justicia resuelve en segunda instancia los recursos de los solicitantes de asistencia jurídica gratuita, resuelve en primera instancia las solicitudes de inscripción de las asociaciones y consultorios jurídicos en el Registro de prestadores de asistencia jurídica gratuita principal (Registar pružatelja primarne pravne pomoći), es responsable del Registro y lleva a cabo la supervisión administrativa y profesional de la labor de las entidades inscritas en el Registro.

Los beneficiarios pueden encontrar más información sobre la asistencia jurídica gratuita en la El enlace abre una nueva ventanapágina web del Ministerio de Justicia de Croacia o por correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanabesplatna.pravna.pomoc@pravosudje.hr; las respuestas se envían tan pronto como es razonablemente posible.

Los beneficiarios también pueden formular sus preguntas directamente a la delegación de la Administración estatal de su condado.

Litigios transfronterizos

Un litigio transfronterizo es aquel en el que la parte que solicita asistencia jurídica gratuita tiene su domicilio o reside habitualmente en un Estado miembro de la UE que no es aquel en el que se encuentra el órgano jurisdiccional o donde se debe ejecutar la resolución.

La asistencia jurídica gratuita en litigios transfronterizos se proporciona en asuntos civiles y mercantiles, procedimientos de mediación, transacciones extrajudiciales y ejecuciones de títulos ejecutivos, así como para el asesoramiento jurídico respecto de estos procedimientos, pero no en procedimientos tributarios, aduaneros o contencioso-administrativos de otro tipo.

Un solicitante cuyo domicilio o residencia habitual esté en Croacia y solicite asistencia jurídica gratuita en un litigio transfronterizo ante un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro debe presentar la solicitud en la oficina de su lugar de residencia o domicilio. La oficina competente remite la solicitud al Ministerio de Justicia en ocho días desde la recepción de la solicitud. El Ministerio de Justicia traduce la solicitud y los documentos adjuntos a la lengua oficial o a una de las lenguas oficiales del Estado miembro y la autoridad receptora competente y los envía en un plazo de 15 días desde su recepción a la autoridad competente del Estado miembro donde se encuentre el órgano jurisdiccional o donde se ejecute la resolución (la autoridad receptora). Si no se concede la asistencia jurídica gratuita, el solicitante debe sufragar el coste de la traducción.

El solicitante también puede presentar una solicitud directamente a la autoridad receptora en el Estado miembro en el que se encuentra el órgano jurisdiccional o donde se debe ejecutar la resolución.

Los solicitantes cuyo domicilio o residencia habitual se encuentre en otro Estado miembro y soliciten asistencia jurídica gratuita en un litigio transfronterizo ante un órgano jurisdiccional de Croacia tienen derecho a asistencia jurídica gratuita de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de asistencia jurídica gratuita. El solicitante o la autoridad competente del Estado miembro en el que tenga su domicilio o residencia (autoridad transmisora) deben presentar la solicitud de asistencia jurídica gratuita al Ministerio de Justicia de Croacia (autoridad receptora). Los formularios y la documentación adjunta deben presentarse en croata; de no ser así, se rechaza la solicitud.

Las solicitudes deben presentarse en el formulario normalizado de la Decisión 2004/844/CE de la Comisión, de 9 de noviembre de 2004, por la que se establece un formulario para la solicitud de asistencia jurídica gratuita con arreglo a la Directiva 2003/8/CE del Consejo destinada a mejorar el acceso a la justicia en los litigios transfronterizos mediante el establecimiento de reglas mínimas comunes relativas a la justicia gratuita para dichos litigios.

Última actualización: 20/12/2021

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Chipre

Tribunales nacionales

Tribunal de Distrito de Nicosia (Επαρχιακό Δικαστήριο Λευκωσίας)
Όδός Χαράλαμπος Μούσκου
1405 Λευκωσία (Nicosia)
Chipre

Tribunal de Distrito de Limasol (Επαρχιακό Δικαστήριο Λεμεσού)
Λεωφόρος Λόρδου Βύρωνα αρ.8
3726 Λεμεσός (Limasol)
Apdo. de correos 54619
Chipre

Tribunal de Distrito de Lárnaca (Επαρχιακό Δικαστήριο Λάρνακας)
Λεωφόρος Ατρέμιδως
6301 Λάρνακα (Lárnaca)
Apdo. de correos 40107
Chipre

Tribunal de Distrito de Pafos (Επαρχιακό Δικαστήριο Πάφου)
Οδός Γωνίας Νεοφύτου και Νικολαίδη
8100 Πάφος (Pafos)
Apdo. de correos 60007
Chipre

Tribunal de Distrito de Famagusta (Επαρχιακό Δικαστήριο Αμμοχώστου)
Οδός Σωτήρας, αρ.2
5286 Παραλίμνι (Paralimni)
Chipre

Tribunal de Distrito de Kyrenia (Επαρχιακό Δικαστήριο Κερύνειας)
Οδός Χαράλαμπος Μούσκου
1405 Λευκωσία (Nicosia)
Chipre

Instituciones nacionales de derechos humanos

Comisario para la Administración y los Derechos Humanos (Defensor del Pueblo)

El Comisario para la Administración y los Derechos Humanos (Επίτροπος Διοικήσεως και Ανθρωπίνων Δικαιωμάτων, también conocido como «Defensor del Pueblo») es un funcionario independiente del Estado, cargo que viene funcionando oficialmente desde 1991. El Comisario es la institución responsable del control extrajudicial de la Administración y de la protección de los derechos humanos.

El Comisario pretende en primer lugar asegurar la legalidad, fomentar la gobernanza, defender los derechos de las personas, combatir la mala administración y proteger los derechos de los ciudadanos y los derechos humanos en general.

El Comisario iniciará una investigación tras la presentación de una queja por parte de un ciudadano que se haya visto afectado directa y personalmente por la acción que motiva la queja. Sin embargo, el Comisario también puede iniciar una investigación por orden del Consejo de Ministros o por iniciativa propia en materias de interés general.

Las sugerencias o recomendaciones del Comisario no son vinculantes. Aun así, si las partes implicadas no las cumplen se plantea un problema de principios. Esta posición se ha visto reforzada por la reciente modificación de la legislación en la materia, que permite al Comisario consultar a la autoridad en cuestión, en un intento de encontrar la manera de que la autoridad adopte las medidas propuestas por el Comisario y las cumpla en el plano práctico.

Las competencias del Comisario en relación con la Administración son muy amplias ya que, además de realizar las labores anteriores, también tiene las siguientes funciones.

Organismo contra la discriminación . En calidad de tal, el Comisario revisa, a partir de la queja presentada por un individuo o por iniciativa propia, si hay violación del principio de igualdad de trato de los ciudadanos por motivos de raza, origen étnico o nacional, comunidad, lengua, color, edad, discapacidad, orientación sexual, religión u opinión política o de otro tipo, en materia de protección social, seguridad social, prestaciones sociales, sanidad, educación, participación en asociaciones y sindicatos, o acceso a bienes y servicios, incluida la vivienda. El Comisario puede actuar tanto en el sector público como en el privado.

Organismo de igualdad. En calidad de tal, el Comisario revisa, a partir de la queja presentada por un individuo o por iniciativa propia, si hay violación del principio de igualdad de trato de los ciudadanos por motivos de sexo o identidad sexual, raza, origen étnico o nacional, comunidad, lengua, color, edad, discapacidad, orientación sexual, religión u opinión política o de otro tipo, en materia de empleo, formación profesional y laboral, incluidos contratos de empleo o documentos que rijan una relación laboral, contratación, despidos, anuncios de trabajo en los periódicos, etc. Asimismo, el Comisario revisa, en particular, si existe discriminación por motivos de sexo en cuanto al acceso a los bienes y servicios (p. ej., educación, sanidad, actividades bancarias o seguros). El Comisario puede actuar tanto en el sector público como en el privado.

Autoridad independiente para la prevención de la tortura. En calidad de tal, el Comisario visita a voluntad aquellos lugares en los que los ciudadanos están privados de libertad de manera total o parcial (como prisiones, centros de detención policial, instituciones psiquiátricas o residencias de mayores), para observar y registrar las condiciones de vida de dichos lugares. El objetivo es asegurar la dignidad y los derechos de las personas que se encuentran en estas circunstancias. Tras hacer estas visitas, el Comisario formula recomendaciones sobre cómo mejorar tanto las condiciones señaladas como el marco legislativo e institucional pertinente. Además, al controlar a las autoridades competentes y dado que la comunicación con ellas ha de fluir sin trabas, el Comisario podrá formular recomendaciones y propuestas con el propósito de prevenir la tortura y los tratos inhumanos o degradantes. El Comisario puede actuar tanto en el sector público como en el privado.

Institución nacional de derechos humanos. En calidad de tal, el Comisario emite dictámenes, recomendaciones y propuestas en caso de que una autoridad estatal haya violado o restringido los derechos humanos. Asimismo, el Comisario toma medidas de mayor amplitud para fomentar el respeto por los derechos humanos y, con este fin, está en contacto con las ONG centradas en los derechos humanos y otros grupos organizados.

Autoridad independiente para el fomento de los derechos de las personas con discapacidad. En calidad de tal, el Comisario es responsable del fomento, la protección y el control de la aplicación en Chipre de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU.

El Comisario analiza, ya sea por iniciativa propia o tras recibir quejas, si las autoridades administrativas están cumpliendo con lo dispuesto en la Convención e informa de cómo se puede mejorar la situación. El Comisario también trabaja con otros organismos de este ámbito y ofrece formación, aumenta la sensibilización y refuerza la observancia en la práctica de los derechos de las personas con discapacidad.

Policía de Chipre

Se han creado y puesto en marcha oficinas de la Policía de Chipre para fomentar, proteger y reforzar los derechos humanos fundamentales. A continuación se presenta un breve resumen de los deberes y obligaciones de dichas oficinas, que demuestra el esfuerzo realizado para asegurar que la Policía protege los derechos fundamentales:

  • Oficina de los Derechos Humanos

La Oficina de los Derechos Humanos (Γραφείο Ανθρωπίνων Δικαιωμάτων) responde ante la Unión Europea y la Jefatura de Relaciones Internacionales de la Dirección General de la Policía de Chipre y desempeña las siguientes funciones:

  1. analiza y cumple las obligaciones dispuestas por las decisiones de diversas instituciones de derechos humanos de la Unión Europea, en ámbitos de competencia de la policía;
  2. se centra en aplicar las recomendaciones del Consejo de Europa relativas a las condiciones de detención en los centros de detención policial, etc.;
  3. lleva a cabo inspecciones sistemáticas en los centros de detención policial y presenta recomendaciones e informes relevantes sobre cómo mejorar las condiciones de vida y detención de los detenidos;
  4. trabaja con otras agencias gubernamentales, ONG y órganos independientes en temas relacionados con la protección de los derechos humanos de todos los ciudadanos y formula recomendaciones con el objetivo de asegurar que la policía cumple con lo dispuesto en las leyes y convenciones firmadas y ratificadas por la República de Chipre;
  5. trabaja con la Academia de Policía (Αστυνομική Ακαδημία) de Chipre en la planificación e impartición de programas de formación sobre derechos humanos; y
  6. prepara y publica circulares y manuales sobre la protección y el fomento de los derechos humanos.
  • Oficina para la Lucha contra la Discriminación

La Oficina para la Lucha contra la Discriminación (Γραφείο Καταπολέμησης των Διακρίσεων) responde ante el Departamento de Delincuencia de la Dirección General de la Policía de Chipre (Τμήμα Καταπολέμησης Εγκλήματος, του Αρχηγείου Αστυνομίας) y tiene como objetivo prevenir y luchar contra la discriminación, el racismo y la xenofobia.

Entre sus funciones principales, la Oficina:

  1. vela por la coordinación, control y cooperación entre los agentes de policía en cuanto a la investigación y el registro de delitos racistas e incidentes o delitos por razones de raza;
  2. trabaja con otras agencias gubernamentales y ONG en la lucha contra la discriminación y el racismo;
  3. trabaja con la Academia de Policía de Chipre (Αστυνομική Ακαδημία Κύπρου) y otras organizaciones con el fin de ofrecer más formación a los agentes de policía;
  4. sirve como enlace entre la Policía de Chipre y otras agencias con competencia en el desarrollo de políticas más eficaces contra el racismo; y
  5. refuerza y aplica el marco jurídico nacional relacionado con las directrices y obligaciones internacionales y de la UE.
  • Oficina de Violencia Doméstica y Abuso Infantil

La Oficina de Violencia Doméstica y Abuso Infantil (Γραφείο Χειρισμού Θεμάτων Πρόληψης/ Καταπολέμησης της Βίας στην Οικογένεια και Κακοποίησης Ανηλίκων) depende del Departamento de Delincuencia de la Dirección General de la Policía de Chipre y realiza sobre todo funciones de coordinación, ejecución y apoyo.

Sus funciones principales consisten en hacer el seguimiento de casos o incidentes, estudiar los expedientes criminales y formular recomendaciones sobre cómo tratarlos. Dada su responsabilidad en cuanto al cumplimiento de la ley, la Oficina de Violencia Doméstica y Abuso Infantil trabaja con investigadores encargados de estos casos, asesores de familia o funcionarios de los Servicios Sociales, y otros funcionarios estales y de otro tipo con competencias en esta materia, así como con las víctimas, con las que puede ponerse en contacto en persona o por teléfono. En cooperación con la Academia de Policía de Chipre, la Oficina también organiza seminarios para los agentes de policía.

  • Oficina contra la Trata de Seres Humanos

La Oficina contra la Trata de Seres Humanos (Γραφείο Καταπολέμησης Εμπορίας Προσώπων) depende del Departamento de Delincuencia de la Dirección General de la Policía de Chipre y tiene como objetivo combatir la trata de seres humanos, de acuerdo con la Ley sobre prevención y lucha contra la trata y la explotación de seres humanos y la protección de las víctimas (Πρόληψης και της Καταπολέμησης της Εμπορίας και Εκμετάλλευσης Προσώπων και της Προστασίας των Θυμάτων Νόμου), y cualquier otra ley u obligación policial pertinente, tanto a nivel europeo como internacional.

Entre sus responsabilidades y funciones principales, la Oficina:

  1. tramita, analiza y utiliza información relativa a los delitos relacionados con su misión;
  2. coordina las actividades y acciones de todas las direcciones/agencias/departamentos, para asegurar que las operaciones nacionales están bien organizadas y programadas;
  3. identifica a las víctimas de trata o explotación, de acuerdo con el manual de identificación y lo dispuesto en la legislación pertinente;
  4. ofrece a los agentes de policía orientación sobre la trata de seres humanos;
  5. realiza seguimientos de la investigación de casos relacionados con la trata de seres humanos y proporciona a los agentes que lo soliciten orientación según considere necesario, independientemente de su lugar de trabajo;
  6. lleva a cabo, con la orientación del comisario jefe del Departamento de Delincuencia, la investigación de casos graves y complejos relativos al incumplimiento de la Ley sobre prevención y lucha contra la trata y la explotación de seres humanos y la protección de las víctimas, en cooperación con funcionarios debidamente formados en los departamentos de investigación criminal del distrito;
  7. responde a las peticiones de otros países a la hora de proporcionar asistencia jurídica relacionada con la trata de seres humanos;
  8. mantiene una bases de datos estadística y prepara estadísticas e informes pertinentes; y
  9. lleva a cabo otras funciones dispuestas en la legislación y el plan de acción nacional contra la trata de seres humanos o conferidas en ellos por el Jefe de Policía.

Con el objetivo de asegurar y proteger los derechos de víctimas identificadas de trata de seres humanos, la Oficina trabaja con los servicios sociales y distintas ONG como Cyprus Stop Trafficking, KISA, Cáritas, Well Spring, etc.

Comisario de los Derechos de los Niños

El Comisario de los Derechos de los Niños (Επίτροπος Προστασίας των Δικαιωμάτων του Παιδιού) fue creado como una institución en la Ley sobre el Comisario para la Protección de los Derechos de los Niños de 2007 (Περί Επιτρόπου Προστασίας των Δικαιωμάτων του Παιδιού Νόμο) [Ley 74(I)/2007], que entró en vigor el 22 de junio de 2007. La Ley contempla el nombramiento de un comisario y el establecimiento y funcionamiento de la Oficina del Comisario, entre otras cuestiones. Fue modificada en 2014 por la Ley sobre Protección de los Derechos del Niño (Δικαιωμάτων του Παιδιού Νόμο) de 2014 [Ley 44(I)/2014], con el fin de tratar otras cuestiones.

La Ley establece importantes disposiciones para permitir que la Oficina del Comisario funcione como una organización nacional de derechos humanos independiente, responsable de la protección y el fomento de los derechos de los menores. La Ley otorga amplias funciones y obligaciones al Comisario, que se pueden resumir a título de referencia en cuatro pilares:

  • control y supervisión de la legislación, los procedimientos y las prácticas de las autoridades del sector público y del privado;
  • empoderamiento y participación de los menores;
  • educación y sensibilización de los menores y la sociedad en general sobre los derechos de los niños;
  • representación de los menores y sus intereses en los procedimientos que les conciernan.

Leda Koursoumba fue la primera comisaria de los Derechos de los Niños. Actualmente cumple su segundo mandato al frente de la institución.

Información de contacto:

Esquina de Apelli y Pavlou Nirvana, 5.ª planta, 1496

(Γωνία Απελλή και Παύλου Νιρβάνα, 5ος Όροφος, 1496)

Teléfono: +357 22873200
Fax: +357 22872365

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanachildcom@ccr.gov.cy
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.childcom.org.cy/

Comisario para la Protección de Datos Personales

El Comisario para la Protección de Datos Personales (Επίτροπος Προστασίας Δεδομένων Προσωπικού Χαρακτήρα) es una autoridad supervisora independiente establecida por la Ley 112 de 2001 sobre Tratamiento de Datos Personales (Επεξεργασίας Δεδομένων Προσωπικού Χαρακτήρα Νόμο) [Ley 112(I)/2001], por la que la Directiva 95/46/CE fue adaptada a la legislación nacional.

El Comisario supervisa la aplicación de esta Ley. Las funciones del Comisario incluyen la realización de controles, la emisión de las autorizaciones dispuestas por la ley y la imposición de sanciones administrativas por incumplimiento de la Ley. El Comisario trabaja con las autoridades competentes en otros Estados miembros y el Consejo de Europa en materias que sean de la competencia del Comisario y el fomento del respeto de los derechos de los ciudadanos europeos a la privacidad y la protección de datos de carácter personal.

Es la autoridad encargada de supervisar Europol, Eurojust, Eurodac, SIS II (Sistema de Información de Schengen de segunda generación), VIS (Sistema de Información de Visados), SIA (Sistema de Información Aduanero) e IMI (Sistema de Información del Mercado Interior).

La Oficina del Comisario tiene como objetivo proporcionar al público general una mejor información sobre los derechos establecidos por la Ley y propiciar una cultura a favor de la privacidad tanto en el sector público como en el privado.

Departamento para la Inclusión Social de Personas con Discapacidad (Τμήμα Κοινωνικής Ενσωμάτωσης Ατόμων με Αναπηρίες) del Ministerio de Trabajo, Bienestar y Seguros Sociales (Υπουργείου Εργασίας, Πρόνοιας και Κοινωνικών Ασφαλίσεων)

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU es un hito en la historia de la discapacidad y requiere que los Estados adopten, entre otras, todas las medidas legislativas y administrativas pertinentes, con el objetivo de proteger los derechos de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la vida. La República de Chipre ratificó la Convención en 2011 y preparó y adoptó el primer plan nacional para la discapacidad en 2013.

Al ser el eje central, el Departamento para la Inclusión Social de Personas con Discapacidad asumió la coordinación de la aplicación efectiva de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU y los planes de acción nacionales para la discapacidad de 2013-2015 y 2017-2020.

Asimismo, dicho Departamento pretende fomentar la protección e inclusión social y el empleo de personas con discapacidad. Sus actividades principales incluyen:

  • llevar a cabo evaluaciones y proporcionar certificados relativos a la discapacidad y la funcionalidad;
  • otorgar prestaciones sociales a las personas con discapacidad; y
  • ofrecer, entre otros, servicios de rehabilitación profesional directos e indirectos.

El objetivo de este Departamento es mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y abrir nuevas posibilidades de integración social a través de la planificación, coordinación y aplicación de reformas.

Mecanismo Nacional para los Derechos de las Mujeres

  1. El Mecanismo Nacional para los Derechos de las Mujeres (Εθνικός Μηχανισμός για τα Δικαιώματα της Γυναίκας) fue establecido el 16 de febrero de 1994 por la Resolución n.º 40.609 del Consejo de Ministros (Απόφαση του Υπουργικού Συμβουλίου).
  2. Se trata de una organización clave para crear y fomentar una política de gobierno que elimine las leyes discriminatorias con las mujeres y establezca la igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos del Derecho. Además, ayuda a instaurar en términos prácticos el principio de igualdad e igualdad de oportunidades, que requiere, entre otros aspectos, un cambio de actitud, el fomento de programas especiales para apoyar y fortalecer a las mujeres en los diferentes papeles que desempeñan, así como la integración de la igualdad en todos los programas y políticas.
  3. Según la Resolución n.º 76.789 del Consejo de Ministros de 23 de abril de 2014, el Consejo (Συμβουλίου) y el Comité Nacional (Εθνικής Επιτροπής) del Mecanismo Nacional para los Derechos de las Mujeres están dirigidos por el Comisario para la Igualdad de Género, mientras que la Secretaría General (Γενική Γραμματεία) del Mecanismo está dirigida por funcionarios de la Unidad de Igualdad de Género (Μονάδα Ισότητας) del Ministerio de Justicia y Orden Público (Υπουργείου Δικαιοσύνης και Δημοσίας Τάξεως).
  4. El Mecanismo Nacional para los Derechos de las Mujeres engloba tres órganos colectivos: a) el Consejo, b) el Comité Nacional, y c) el Comité Interministerial (Διϋπουργική Επιτροπή). También dispone de una Secretaría General.
  5. El Consejo del Mecanismo Nacional para los Derechos de las Mujeres se compone de 19 organizaciones. Entre ellas se encuentran organizaciones de mujeres, sindicatos y otras ONG, incluidas dos organizaciones turcochipriotas de mujeres (como anexo se incluye una lista de las organizaciones del Consejo).
  6. El Comité Nacional del Mecanismo Nacional para los Derechos de las Mujeres está compuesto por 69 organizaciones, incluidas algunas afiliadas a partidos políticos, organizaciones que combaten la violencia contra las mujeres y su explotación, organizaciones rurales, de lucha contra el racismo, de investigación y formación, sindicatos, organizaciones por la paz, para los desplazados, para las familias y los niños, etc.
  7. El Comité Interministerial del Mecanismo Nacional para los Derechos de las Mujeres cuenta con funcionarios de todos los Ministerios y de la Dirección General para Programas Europeos, Coordinación y Desarrollo, responsables en materia de derechos de la mujer.
  8. La Secretaría General prepara las reuniones de todos los órganos del Mecanismo Nacional para los Derechos de las Mujeres y ayuda en la aplicación de las decisiones tomadas, al ofrecer orientación y apoyo científico y administrativo.

Comité Parlamentario para los Derechos Humanos y la Igualdad de Oportunidades para Hombres y Mujeres

La principal tarea del Comité Parlamentario para los Derechos Humanos y la Igualdad de Oportunidades para Hombres y Mujeres (Κοινοβουλευτική Επιτροπή Ανθρωπίνων Δικαιωμάτων και Ίσων Ευκαιριών μεταξύ Ανδρών και Γυναικών) consiste en estudiar y analizar, en el contexto del ejercicio de control parlamentario, si lo dispuesto en la Constitución (συντάγματος) de Chipre, en las convenciones internacionales y en la legislación pertinente se cumple en la República de Chipre.

Dentro de este contexto, el Comité evalúa los casos relacionados con la violación de los derechos de los ciudadanos y otras personas que vivan en la República de Chipre e informa al respecto al Parlamento (Βουλή).

Última actualización: 11/04/2022

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Letonia

Órganos jurisdiccionales nacionales

Los órganos jurisdiccionales letones con competencia para conocer de asuntos civiles, penales y contencioso-administrativos se estructuran en tres niveles: los órganos jurisdiccionales de distrito o municipales (rajonu (pilsētu) tiesas), las audiencias territoriales (apgabaltiesas) y el Tribunal Supremo (Augstākā tiesa). Para ver una lista de los órganos jurisdiccionales, haga clic El enlace abre una nueva ventanaaquí.

Además, el Tribunal Constitucional (Satversmes tiesa), con arreglo a la Constitución y a la El enlace abre una nueva ventanaLey del Tribunal Constitucional (Satversmes tiesas likums), conoce de asuntos relacionados con la constitucionalidad de las leyes y los reglamentos, así como de otros asuntos previstos por ley.

De conformidad con la El enlace abre una nueva ventanaLey del Poder Judicial (Likums «Par tiesu varu»), los principios y las normas de enjuiciamiento están contenidos en la El enlace abre una nueva ventanaLey del Tribunal Constitucional, la El enlace abre una nueva ventanaLey de Enjuiciamiento Civil (Civilprocesa likums), la El enlace abre una nueva ventanaLey de Enjuiciamiento Criminal (Kriminālprocesa likums) y la El enlace abre una nueva ventanaLey de Enjuiciamiento Contencioso-administrativo (Administratīvā procesa likums), que rigen el desarrollo de los procesos, las decisiones que se deben tomar durante y al final de los procedimientos y los procedimientos de ejecución.

Organismos especializados en derechos humanos

El El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Pueblo (Tiesībsarga birojs) se rige por la El enlace abre una nueva ventanaLey del Defensor del Pueblo (Tiesībsarga likums).

Cualquier persona que considere que se han vulnerado derechos humanos, ya sean los propios o los de terceros, o los principios de buena gestión de gobierno, tiene derecho a remitir una reclamación por escrito ante el Defensor del Pueblo. El procedimiento de admisión y examen de reclamaciones se rige por la Ley del Defensor del Pueblo y las normas sobre tramitación de reclamaciones (sūdzību izskatīšanas reglaments). De conformidad con esas disposiciones, al recibir una reclamación por escrito, el Defensor del Pueblo debe decidir si estima o desestima la reclamación (la desestimará si faltan datos sobre la vulneración de derechos denunciada o si esta excede su ámbito de competencia) y notificar la correspondiente decisión al reclamante. El asunto debe examinarse en el plazo de tres meses. El proceso concluye con un acuerdo entre las partes o con una recomendación del Defensor del Pueblo, que no es jurídicamente vinculante.

El artículo 13, apartado 6, de la Ley del Defensor del Pueblo también faculta al Defensor del Pueblo para incoar procedimientos de oficio.

Datos de contacto del Defensor del Pueblo de la República de Letonia:

Baznīcas ielā 25

Riga

LV-1010

Tel.: +371 67686768

Fax: 67244074

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanatiesibsargs@tiesibsargs.lv

Abierto al público todos los días de 9.00 a 16.00.

Las consultas son gratuitas y requieren cita previa.

El Defensor del Pueblo en los asuntos relacionados con los derechos del niño

El El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Pueblo se rige por la El enlace abre una nueva ventanaLey del Defensor del Pueblo. Además, con arreglo al artículo 652, apartado 2, de la El enlace abre una nueva ventanaLey de Protección de los Derechos del Niño (Bērnu tiesību aizsardzības likums), el Defensor del Pueblo también conoce de reclamaciones relacionadas con la vulneración de los derechos del niño, en particular, las cometidas por autoridades de gobierno estatales y municipales o su personal.

Datos de contacto del Defensor del Pueblo de la República de Letonia:

Baznīcas ielā 25

Riga

LV-1010

Tel.: +371 67686768

Fax: 67244074

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanatiesibsargs@tiesibsargs.lv

Abierto al público todos los días de 9.00 a 16.00.

Las consultas son gratuitas y requieren cita previa.

El El enlace abre una nueva ventanaServicio Nacional de Inspección para la Protección de los Derechos del Niño (Valsts bērnu tiesību aizsardzības inspekcija) supervisa y verifica el cumplimiento de las leyes y los reglamentos relacionados con la protección de los derechos del niño, con arreglo al artículo 651 de la El enlace abre una nueva ventanaLey de Protección de los Derechos del Niño.

Para obtener una lista de inspectores de protección de los derechos del niño, diríjase a:

53 Ventspils iela

Riga

LV–1002

Tel.: +371 67359128, +371 67359133

Abierto al público los lunes, de 13.00 a 18.00, y los jueves, de 8.30 a 14.00.

Haga clic El enlace abre una nueva ventanaaquí para más información sobre solicitudes y reclamaciones relacionadas con los derechos de los niños.

Organismo para la igualdad

El El enlace abre una nueva ventanaDefensor del Pueblo se rige por la El enlace abre una nueva ventanaLey del Defensor del Pueblo.

Datos de contacto del Defensor del Pueblo de la República de Letonia:

25 Baznīcas ielā

Riga

LV-1010

Tel.: +371 67686768

Fax: 67244074

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanatiesibsargs@tiesibsargs.lv

Abierto al público todos los días de 9.00 a 16.00.

Las consultas son gratuitas y requieren cita previa.

Organismo para la protección de datos

La El enlace abre una nueva ventanaAutoridad Estatal para la Protección de Datos (Datu valsts inspekcija, «DVI») está a cargo de la protección de datos personales. Supervisa y verifica que el tratamiento de datos personales en el país cumpla con las exigencias de la Ley de Protección de Datos Personales (Fizisko personu datu aizsardzības likums).

Con arreglo al artículo 5, apartado 3, de la Ley de Solicitudes Oficiales (Iesniegumu likums, en vigor desde el 1 de enero de 2008) y el artículo 64 de la Ley de Enjuiciamiento Contencioso-administrativo (en vigor desde el 1 de febrero de 2004), la Autoridad Estatal para la Protección de Datos debe examinar las solicitudes o reclamaciones que recibe y notificar su decisión al reclamante en el plazo de un mes desde la recepción. Este plazo podrá ampliarse si se requiere información complementaria para examinar la solicitud o reclamación.

La Autoridad Estatal para la Protección de Datos está facultada para imponer sanciones por infracciones en materia de protección de datos personales, y sus resoluciones pueden ser recurridas ante los órganos jurisdiccionales.

Datos de contacto de la Autoridad Estatal para la Protección de Datos:

Blaumaņa iela 11/13-15.

Riga

LV-1011

Tel.: +371 67223131

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@dvi.gov.lv

Se requiere cita previa.

Se pueden hacer consultas por teléfono todos los días laborables de 14.00 a 16.00.

Otros órganos jurisdiccionales especializados

El El enlace abre una nueva ventanaCentro Letón de Derechos Humanos (Latvijas cilvēktiesību centrs, «LCC») es una organización no gubernamental e independiente que se ocupa de la educación y la investigación sobre derechos humanos, así como de cuestiones en materia de relaciones nacionales. Sus ámbitos de actividad son, entre otros, la integración social, la tolerancia, la lucha contra la discriminación, las instituciones herméticas, el asesoramiento jurídico, la protección de los intereses de las personas con enfermedades mentales y la prevención de la discriminación contra dichas personas, los delitos de odio y los solicitantes de asilo.

Datos de contacto del Centro Letón de Derechos Humanos:

13 Alberta iela

7.stāvs

Riga

LV-1010

Letonia

Tel.: +371 67039290

Fax: +371 67039291

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoffice@humanrights.org.lv

Otros

La El enlace abre una nueva ventanaDirección de Asistencia Jurídica Gratuita (Juridiskās palīdzības administrācija, «JPA») se rige por la El enlace abre una nueva ventanaLey Nacional de Asistencia Jurídica Gratuita (Valsts nodrošinātās juridiskās palīdzības likums), la El enlace abre una nueva ventanaLey sobre la indemnización del Estado a las víctimas (Likums par valsts kompensāciju cietušajiem) y el Reglamento del Consejo de Ministros n.o 869 de 15 de noviembre de 2005 por el que se aprueba la El enlace abre una nueva ventanaCarta de la Administración de Asistencia Jurídica Gratuita (Juridiskās palīdzības administrācijas nolikums). La Dirección de Asistencia Jurídica Gratuita examina solicitudes de asistencia jurídica gratuita y decide sobre su aceptación o rechazo, examina reclamaciones de indemnizaciones estatales y decide si concede o no dichas indemnizaciones, examina solicitudes individuales de habilitación como proveedores de asistencia jurídica gratuita, celebra contratos con proveedores de asistencia jurídica y realiza otras tareas, con arreglo a las leyes y las normas mencionadas anteriormente.

El formulario de solicitud de habilitación como proveedor de asistencia jurídica gratuita está disponible en el sitio web de la Dirección El enlace abre una nueva ventanahttps://www.jpa.gov.lv/par-mums-eng, en la sección Juridiskās palīdzības sniedzējiem [proveedores de asistencia jurídica gratuita].

Datos de contacto de la Dirección de Asistencia Jurídica Gratuita:

Brīvības gatve 214

Riga

LV-1039

Número gratuito: + 371 680001801, tel.: +371 67514208

Fax: +37167514209

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanajpa@jpa.gov.lv

Asociación de Acogida de Personas sin Hogar

La Asociación de Acogida de Personas sin Hogar [El enlace abre una nueva ventanaNVO «Patvērums „Drošā māja”»] se creó con el objetivo de desarrollar servicios de ayuda para víctimas de trata de seres humanos e inmigrantes legales, incluidos los solicitantes de asilo, los refugiados y las personas con otro estatuto, a fin de garantizar su derecho a recibir una asistencia y una protección adecuadas, promover la rehabilitación y la reintegración de las víctimas de trata de seres humanos, y brindar servicios de asistencia a inmigrantes legales, mediante el desarrollo de formas interactivas de capacitación y colaboración con organizaciones estatales, municipales, sociales y cristianas en Letonia y en otras partes del mundo. En septiembre de 2010, la asociación fue reconocida como organización de utilidad pública. Desde 2007, está facultada para facilitar servicios de rehabilitación social subvencionados por el Estado a víctimas de trata de seres humanos.

Datos de contacto:

Lāčplēša iela 75 - 9/10

Riga

LV-1011

Tel.: +371 67898343, +371 28612120

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanadrosa.maja@gmail.com

Última actualización: 25/12/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Luxemburgo

Órganos jurisdiccionales nacionales

Los derechos fundamentales están consagrados en instrumentos internacionales, como el Convenio Europeo de Derechos Humanos y los convenios de las Naciones Unidas, pero también en la Constitución de Luxemburgo y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en lo que respecta al Derecho de la Unión Europea.

Se puede exigir la tutela de los derechos fundamentales consagrados en esos textos ante cualquier órgano jurisdiccional nacional: penal, civil, mercantil o contencioso-administrativo.

Procede señalar que toda vulneración de un derecho fundamental puede ser sancionada mediante sentencia de los órganos jurisdiccionales nacionales, sean penales o civiles, o, en su caso, mercantiles o contencioso-administrativos.

El enlace abre una nueva ventanahttps://justice.public.lu/fr.html

El enlace abre una nueva ventanahttps://justice.public.lu/fr/annuaire.html

Mediador institucional

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo (OmbudsmanMédiateur du Grand-Duché de Luxembourg) está adscrito a la Cámara de los Diputados luxemburguesa (Chambre des députés) y no recibe, en el desempeño de sus funciones, instrucciones de ninguna otra autoridad.

El Defensor del Pueblo se encarga de recibir y tramitar las quejas de las personas físicas o jurídicas de Derecho privado formuladas en relación con un asunto que les concierna relativo al funcionamiento de las Administraciones estatal y municipales y de las instituciones públicas dependientes del Estado o de los municipios, siempre que no versen sobre sus actividades industriales, financieras y comerciales. En este sentido, puede tramitar quejas relacionadas directa o indirectamente con los derechos humanos.

Toda persona física o jurídica de Derecho privado que considere, respecto de un asunto que le concierna, que una autoridad de las mencionadas en el párrafo anterior no ha desempeñado correctamente sus funciones o infringe convenios, leyes y reglamentos en vigor puede pedir, mediante queja por escrito o mediante declaración oral ante su Secretaría, que el asunto se ponga en conocimiento del Defensor del Pueblo.

Antes de presentar la queja, se deben agotar las vías administrativas pertinentes ante los órganos en cuestión a efectos de obtener reparación.

Formular queja al Defensor del Pueblo no interrumpe plazo de prescripción o caducidad alguno y, en particular, los de caducidad de las acciones judiciales correspondientes.

El Defensor del Pueblo no puede intervenir en los procesos judiciales, ni cuestionar la fundamentación de las resoluciones judiciales. No obstante, en caso de incumplimiento de una resolución judicial que haya adquirido fuerza de cosa juzgada, puede instar al organismo en cuestión a que dé cumplimiento a la resolución en el plazo que fije a tal efecto.

La queja debe referirse a un asunto concreto que concierna al interesado. Las quejas no pueden referirse al funcionamiento de la Administración en general.

Si considera que la queja está suficientemente motivada, el Defensor del Pueblo asesora al interesado y a la Administración y formula al servicio en cuestión y al interesado todas las recomendaciones que a su juicio pueden conducir a una solución amistosa de la queja. Las recomendaciones pueden consistir en propuestas para mejorar el funcionamiento del servicio de que se trate.

Cuando considere que la aplicación de la decisión objeto de la queja da lugar a una situación injusta, el Defensor del Pueblo puede recomendar al servicio en cuestión, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, una o varias soluciones para resolver con equidad la situación del interesado y proponer las modificaciones que considere oportuno introducir en los textos legislativos o reglamentarios en que se basa la decisión.

La decisión del Defensor del Pueblo de inadmitir a trámite una queja no es susceptible de recurso judicial.

Ombudsman

36, rue du Marché-aux-Herbes
L-1728 Luxembourg

Tel.: (+352) 26 27 01 01
Fax: (+352) 26 27 01 02

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.ombudsman.lu/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@ombudsman.lu

Organismos especializados en derechos humanos

Comisión Consultiva de Derechos Humanos

La Comisión Consultiva de Derechos Humanos (Commission consultative des droits de l’HommeCCDH) es un órgano consultivo del Gobierno que tiene por finalidad la promoción y la protección de los derechos humanos en Luxemburgo. Con este fin, elabora para el Gobierno, con total independencia, dictámenes, estudios, informes y recomendaciones sobre todas las cuestiones de alcance general que afecten a los derechos humanos en Luxemburgo. En sus dictámenes, la CCDH llama la atención del Gobierno sobre las medidas que, a su juicio, favorecen la protección y la promoción de los derechos humanos. El primer ministro remite los dictámenes, estudios, informes y recomendaciones de la CCDH a la Cámara de los Diputados.

Se trata de un órgano meramente consultivo del Gobierno; no tiene competencias decisorias.

La CCDH carece de competencia para tramitar asuntos particulares.

Algunas funciones de la CCDH son:

  • analizar, sin injerencias, cualquier asunto de su competencia, bien a petición del Gobierno, bien de oficio a raíz de la propuesta de sus miembros o de alguna persona u organización;
  • dar audiencia a las personas necesarias y recibir toda la información y documentación necesarias para la valoración de asuntos de su competencia;
  • publicar comunicados para la ciudadanía, por sí misma o a través de cualquier medio de comunicación, especialmente para dar a conocer sus dictámenes y recomendaciones;
  • consultar a otros organismos, judiciales o no, que tengan por objeto la promoción y la protección de los derechos humanos.

Commission consultative des droits de l'Homme

71-73, rue Adolphe Fischer
L-1520 Luxembourg

Tel.: (+352) 26 20 28 52
Fax.: (+352) 26 20 28 55
Fax: (+352) 26 20 28 55

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://ccdh.public.lu/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@ccdh.public.lu

Defensor de los niños y los jóvenes (Ombudsman fir Kanner a JugendlecherOKaju)

Funciones del Defensor de los niños y los jóvenes

La Ley, de 1 de abril de 2020, por la que se crea el Defensor de los niños y los jóvenes (loi du 1er avril 2020 instituant l'Ombudsman fir Kanner a Jugendlecher), define las funciones de este:

  1. tramitar las quejas relativas a la vulneración de los derechos del niño; formular recomendaciones para la subsanación de la situación objeto de la queja;
  2. analizar las disposiciones y los regímenes en vigor, con el fin de recomendar, en su caso, a las autoridades competentes adaptaciones para garantizar de manera duradera una mejor protección y promoción de los derechos del niño;
  3. informar a las autoridades competentes de los casos de vulneración de los derechos del niño;
  4. asesorar a las personas físicas y jurídicas sobre los aspectos prácticos de los derechos del niño;
  5. sensibilizar a los niños sobre sus derechos y a la población en general sobre los derechos del niño;
  6. elaborar dictámenes sobre todos los proyectos de ley, proposiciones de ley y proyectos de reglamento granducal que afecten al respeto de los derechos del niño;
  7. elaborar dictámenes a petición del Gobierno o de la Cámara de los Diputados sobre cualquier cuestión relativa a los derechos del niño.

Los miembros del Defensor de los niños y los jóvenes desempeñan sus funciones sin intervenir en los procesos judiciales en curso.

Cualquier persona física o jurídica puede presentar al Defensor de los niños y los jóvenes una solicitud, escrita u oral, para obtener asesoramiento sobre los aspectos prácticos de los derechos del niño.

La respuesta del Defensor de los niños y los jóvenes puede ser escrita u oral, dependiendo de la forma de la solicitud.

Ombudsman fir Kanner a Jugendlecher (OKaju)

2, rue Fort Wallis
L-2714 Luxembourg

Tel.: (+352) 26 123 124
Fax: (+352) 26 123 125

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://ork.lu/index.php/en/

Centro para la Igualdad de Trato

El Centro para la Igualdad de Trato (Centre pour l'égalité de traitement), que desempeña sus funciones con total independencia, tiene por objetivo promover, analizar y supervisar la igualdad de trato entre todas las personas, sin discriminación alguna por razón de raza, origen étnico, sexo, religión o convicciones, discapacidad o edad.

A tal fin, el Centro puede, en particular:

  • publicar informes, emitir dictámenes, formular recomendaciones y llevar a cabo estudios sobre todas las cuestiones relacionadas con las discriminaciones antes mencionadas;
  • elaborar y proporcionar toda la información y la documentación pertinentes en el marco de sus competencias;
  • prestar ayuda a las personas que se consideren víctimas de la discriminación contemplada en el artículo 1 de la Ley de igualdad de trato, de 28 de noviembre de 2006, ofreciéndoles un servicio de asesoramiento y orientación que informa a las víctimas de sus derechos individuales, de la legislación, de la jurisprudencia y de los medios para exigir sus derechos.

Están sometidos a secreto profesional los datos relativos a situaciones o casos particulares que conozcan los miembros en el desempeño de sus funciones. El secreto profesional no se opone a la comunicación a las autoridades judiciales competentes de la información sobre actos u omisiones que puedan constituir, respecto de la víctima, una discriminación como la definida en el artículo 1 de la Ley de igualdad de trato, de 28 de noviembre de 2006.

Los miembros del Centro desempeñan sus funciones sin intervenir en los procesos judiciales en curso.

Los miembros del Centro tienen la prerrogativa de solicitar cualquier información o documento, a excepción de los protegidos por secreto médico o por otro secreto profesional, que sean necesarios para el desempeño de sus funciones.

Centre pour l'égalité de traitement

B.P. 2026
L-1020 Luxembourg

Tel.: (+352) 26 48 30 33
Fax: (+352) 26 48 38 73

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://cet.lu/fr/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@cet.lu

Comisión Nacional de Protección de Datos

La Comisión Nacional de Protección de Datos (Commission nationale pour la protection des données) es una autoridad pública con forma de institución pública. La Comisión Nacional de Protección de Datos actúa con total independencia en el ejercicio de las competencias que se le han encomendado.

Informa todos los años, en un informe dirigido al Consejo de Ministros, sobre el desempeño de sus funciones.

La Comisión Nacional de Protección de Datos tiene los siguientes cometidos:

  • controlar y verificar la legalidad de la recogida y el uso de los datos sometidos a tratamiento e informar a los responsables del tratamiento de sus obligaciones;
  • garantizar el respeto de los derechos y libertades fundamentales y, en particular, del respeto de la intimidad e informar sobre los derechos de los interesados;
  • recibir y tramitar las quejas y solicitudes de verificación de la licitud del tratamiento;
  • asesorar al Gobierno, ya sea a petición de este o de oficio, sobre las consecuencias de la evolución de las tecnologías de tratamiento de la información desde el punto de vista del respeto de los derechos y las libertades fundamentales; a tal fin, puede llevar a cabo estudios, encuestas o peritajes.

Corresponde también a la Comisión Nacional velar por la aplicación de las disposiciones de la Ley, de 30 de mayo de 2005, de protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (en su versión modificada), y de sus reglamentos de desarrollo.

Toda persona puede presentar a la Comisión Nacional, por sí misma o a través de su abogado o de cualquier otra persona física o jurídica debidamente autorizada, una solicitud relativa al respeto de sus derechos y libertades fundamentales respecto de una operación de tratamiento de datos. Se informa al interesado del curso dado a su solicitud.

En particular, el interesado puede solicitar a la Comisión Nacional una verificación de la licitud del tratamiento de los datos personales en caso de denegación o limitación del ejercicio del derecho de acceso del interesado.

La Comisión Nacional comunica a las autoridades judiciales las infracciones de las que tenga conocimiento.

Commission nationale pour la protection des données

15, Boulevard du Jazz
L-4370 Belvaux

Tel.: (+352) 26 10 60 - 1
Fax: (+352) 26 10 60 - 29

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://cnpd.public.lu/fr.html

Servicio Nacional de Acogida de Extranjeros

El Servicio Nacional de Acogida de Extranjeros (Office national de l'accueilONA) fue creado por la El enlace abre una nueva ventanaLey de 4 de diciembre de 2019. Las disposiciones de la nueva Ley de acogida entraron en vigor el 1 de enero de 2020.

El Servicio sustituye al antiguo Servicio Luxemburgués de Acogida e Integración (Office luxembourgeois de l'accueil et de l'intégrationOLAI), creado por la El enlace abre una nueva ventanaLey, de 16 de diciembre de 2008, sobre la acogida y la integración de los extranjeros en el Gran Ducado de Luxemburgo, en su versión modificada.

El Servicio Nacional de Acogida de Extranjeros tiene por objetivo:

  1. organizar la acogida de los solicitantes de protección internacional, tal como se definen en la El enlace abre una nueva ventanaLey, de 18 de diciembre de 2015, sobre la protección internacional y la protección temporal;
  2. administrar infraestructuras reservadas para el alojamiento provisional de los solicitantes de protección internacional, refugiados y personas con derecho a protección subsidiaria, tal como se definen en la El enlace abre una nueva ventanaLey antes citada, de 18 de diciembre de 2015
  3. colaborar con otros organismos en la creación y gestión de infraestructuras reservadas para el alojamiento provisional de los solicitantes de protección internacional, refugiados y personas con derecho a protección subsidiaria;
  4. fomentar, junto con las autoridades competentes, la construcción y el desarrollo de infraestructuras reservadas para el alojamiento provisional de los solicitantes de protección internacional, refugiados y personas con derecho a protección subsidiaria.

Para lograr estos objetivos, el organismo nacional de ejecución colabora con los organismos europeos e internacionales.

En casos excepcionales y debidamente justificados por razones relacionadas con la situación familiar, humanitaria o sanitaria, el Servicio Nacional de Acogida de Extranjeros puede conceder ayudas puntuales a nacionales de terceros países, tal como se definen en el artículo 3, letra c), de la El enlace abre una nueva ventanaLey, de 29 de agosto de 2008, sobre la libre circulación de personas y la inmigración (Loi du 29 août 2008 portant sur la libre circulation des personnes et l'immigration), en su versión modificada, que no tengan derecho a las ayudas y subsidios existentes.

Office national de l'accueil (ONA)

5, rue Carlo Hemmer
L-1734 Luxembourg

Tel.: (+352) 247-85700
Fax: (+352) 247-85720

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://ona.gouvernement.lu/en/service.html
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@olai.public.lu

Acceso a la justicia

Servicio de atención e información jurídica

Este Servicio (Service d’accueil et d’information juridique) pertenece al sistema judicial luxemburgués y está adscrito a la Fiscalía General del Estado. Su cometido es asistir a los particulares y proporcionales información general sobre sus derechos y sobre las vías y los medios para obtener la tutela de los mismos.

El Servicio de atención e información jurídica tiene las siguientes funciones:

  • asistir a los particulares y orientarlos hacia los servicios oportunos, proporcionándoles la información y los medios técnicos necesarios;
  • informar de manera general a los particulares sobre sus derechos en relación con los problemas planteados y sobre las vías y los medios para ejercitarlos;
  • escuchar sus quejas sobre las dificultades en cuanto al disfrute de sus derechos y proponer soluciones para evitarlas.

El Servicio de atención e información jurídica ofrece la información de forma oral, salvo cuando se le remiten consultas escritas.

Service d'accueil et d'information juridique, Luxembourg

Cité judiciaire
Bâtiment BC
L-2080 - Luxembourg

Tel.: (+352)475981-345/325/600

El enlace abre una nueva ventanapgsin@justice.etat.lu

Service d'accueil et d'information juridique, Diekirch

Justice de paix

Place Joseph Bech
L-9211 - Diekirch

Tel.: (+352) 80 23 15

Asistencia jurídica gratuita

Por lo que se refiere a la asistencia jurídica gratuita, puede concederse para procedimientos judiciales y extrajudiciales, de jurisdicción voluntaria y contenciosos, en calidad de parte actora o de parte demandada/acusada. Para poder acogerse a la asistencia jurídica gratuita, es necesario que los recursos del interesado sean insuficientes, es decir, equivalentes a la renta de inserción social. La insuficiencia de recursos se aprecia con respecto a la renta y el patrimonio de quien solicita la asistencia y de las personas que convivan con él y formen parte de su unidad familiar.

La asistencia jurídica gratuita se deniega a las personas cuya acción parezca manifiestamente inadmisible, infundada, abusiva o desproporcionada con respecto a los gastos que puede ocasionar.

La asistencia jurídica gratuita se deniega si el solicitante tiene derecho a obtener de un tercero, por el concepto que fuere, el reembolso de los gastos que debe sufragar la asistencia jurídica gratuita.

El beneficiario de asistencia jurídica gratuita tiene derecho a la asistencia de un abogado o de cualquier funcionario judicial cuya participación requiera la causa (todas las instancias y la ejecución).

El decano del colegio de Abogados, o el miembro consejo del colegio en el que el haya delegado esta función, del lugar de residencia del solicitante resuelve si se concede o no la asistencia jurídica gratuita. Si aquel no tiene residencia en Luxemburgo, es competente el decano del Colegio de Abogados de Luxemburgo o el miembro del Consejo del Colegio en el que haya delegado esta función.

Las personas cuyos recursos sean insuficientes deben dirigirse al decano en persona o por escrito.

Si una persona detenida por la policía afirma tener derecho a recibir asistencia jurídica gratuita y la solicita, el abogado que la asista durante su detención debe transmitir la solicitud al decano.

Sitio webEl enlace abre una nueva ventanahttps://www.barreau.lu/recourir-a-un-avocat/assistance-judiciaire/

Distrito judicial de Luxemburgo

Bâtonnier de l’Ordre des Avocats de Luxembourg
Service de l'Assistance Judiciaire
45, Allée Scheffer, L-2520 Luxembourg
L-2013 Luxembourg

Tel.: (+352) 467272-1

Distrito judicial de Diekirch

Bâtonnier de l’Ordre des Avocats de Diekirch
B.P. 68
L-9201 Diekirch

Última actualización: 24/04/2023

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Hungría

I. Tribunales nacionales

I.1. Órganos jurisdiccionales

I.2. El Tribunal Constitucional

II. Instituciones nacionales de derechos humanos, Defensor del Pueblo

II.1. El Comisario para los Derechos Fundamentales

II.2. Organismos especializados en derechos humanos

II.2.1. La Autoridad Nacional Húngara para la Protección de Datos de Carácter Personal y la Libertad de Información

II.2.2. La Autoridad para la Igualdad de Trato

II.2.3. El Consejo Independiente de Quejas contra la Policía

III. Otros

III.1. El Ministerio Fiscal

III.2. Apoyo a las víctimas

III.3. Asistencia jurídica gratuita



I. Tribunales nacionales

I. 1. Órganos jurisdiccionales

1. Cometidos

De acuerdo con la Ley Fundamental de Hungría (Magyarország Alaptörvénye o Constitución húngara), los órganos jurisdiccionales son los encargados en administrar justicia, esto es, enjuiciar en los asuntos penales y litigios privados, valorar la legalidad de las decisiones administrativas y decretos municipales y determinar si una autoridad local ha incumplido las obligaciones que le impone la ley. La ley también podrá establecer que otros asuntos sean resueltos por vía judicial.

Los principios que garantizan la independencia judicial se establecen en la Ley Fundamental: los jueces están solamente sujetos a la ley, no pueden sufrir injerencias al enjuiciar y pueden ser cesados de su cargo únicamente en virtud de las causas que disponga la ley y de acuerdo con los procedimientos que esta especifique. No podrán ser miembros de partidos políticos ni participar en actividades políticas.

2. Organización

En Hungría, la administración de justicia es responsabilidad del Tribunal Supremo húngaro (Kúria), las audiencias regionales (ítélőtáblák), los tribunales generales (törvényszékek), los tribunales de distrito (járásbíróságok) y los tribunales administrativos y laborales (közigazgatási és munkaügyi bíróságok).

No existe ningún tipo de subordinación jerárquica entre los distintos niveles judiciales. Los órganos jurisdiccionales con una posición superior en la jerarquía no tienen poder alguno para dar órdenes a aquellos con una posición inferior en la jerarquía. Los jueces y magistrados dictan sentencia de acuerdo con la ley y sus convicciones morales.

Tribunales de distrito

La mayoría de los asuntos de primera instancia se sustancian ante los tribunales de distrito. En la actualidad, funcionan en Hungría 111 tribunales de distrito. El término húngaro para los tribunales de distrito en Budapest es kerületi bíróság. Hay un total de seis tribunales de distrito unificados (egyesített kerületi bíróság) en los 23 distritos de Budapest. Los tribunales de distrito son órganos jurisdiccionales de primera instancia y los preside un magistrado presidente.

Tribunales administrativos y laborales

Hungría tiene 20 tribunales administrativos y laborales que, como su nombre indica, se encargan exclusivamente de los asuntos contencioso-administrativos y laborales. Su principal cometido es revisar las decisiones administrativas y juzgar en casos relacionados con relaciones laborales o cuasi laborales.

Tribunales regionales

Los tribunales regionales actúan como órganos jurisdiccionales de primera o segunda instancia. Un asunto puede ser remitido a un tribunal regional mediante dos procedimientos distintos. En el primero, una de las partes interesadas interpone un recurso contra una resolución dictada en primera instancia (es decir, en un tribunal de distrito, administrativo o laboral). Sin embargo, algunos asuntos se incoan ante un tribunal regional, en cuyo caso dichos tribunales actúan como órganos jurisdiccionales de primera instancia. Las leyes de Derecho procesal húngaro, a saber, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Penal (polgári perrendtartás, büntetőeljárásról szóló törvény), determinan qué asuntos deben tramitarse en primera instancia ante un tribunal regional, por ejemplo, en función de la del importe del litigio, si se trata de un asunto especial o si implica una infracción penal grave. Los tribunales regionales tienen comités, grupos y secciones penales, civiles, mercantiles y administrativas y laborales que funcionan bajo la autoridad del presidente.

Audiencias regionales

Las cinco audiencias regionales constituyen un nivel entre los tribunales regionales y el Tribunal Supremo y se crearon para disminuir la carga de trabajo del Tribunal Supremo. Los recursos contra las resoluciones de los tribunales regionales son resueltos por las audiencias regionales. Las audiencias regionales son órganos jurisdiccionales de tercera instancia en aquellos asuntos penales en los que el tribunal regional fue el órgano jurisdiccional de segunda instancia. Las audiencias regionales tienen comités y secciones penales y civiles que funcionan bajo la autoridad de un presidente.

El Tribunal Supremo de Hungría

El Tribunal Supremo ocupa el lugar más alto de la jerarquía judicial y está dirigido por su presidente. Su obligación más importante consiste en establecer una práctica judicial coherente y uniforme. Para ello sienta jurisprudencia por medio de lo que se conoce como «sentencias de casación». Estas resoluciones ofrecen orientación en términos de principios y son vinculantes para los órganos jurisdiccionales.

El Tribunal Supremo:

  • resuelve los recursos contra las resoluciones de los tribunales regionales o las audiencias regionales en aquellos casos especificados por la ley:
  • se encarga de los recursos de revisión;
  • dicta sentencias de casación, que son vinculantes para los órganos jurisdiccionales;
  • lleva a cabo análisis de la jurisprudencia de aquellos asuntos que hayan sido archivados y adquirido firmeza, y en este marco investiga y examina la jurisprudencia de los órganos jurisdiccionales;
  • publica resoluciones de los órganos jurisdiccionales sobre principios;
  • determina si los decretos municipales entran en conflicto con otras normas y, por tanto, deben ser declarados nulos; y
  • toma decisiones en las que se determina si una autoridad local ha incumplido las obligaciones que le impone la ley.

El Tribunal Supremo tiene comités sobre enjuiciamiento, sentencias de casación, autoridades locales y formulación de principios, así como Salas de lo Penal, lo Civil y lo Contencioso-Administrativo y Laboral, y grupos encargados de analizar la jurisprudencia.

Oficina Nacional del Poder Judicial (Országos Bírósági Hivatal) y Consejo Judicial Nacional (Országos Bírói Tanács)

El presidente de la Oficina Nacional del Poder Judicial (ONPJ) lleva a cabo tareas centralizadas relativas a la administración de los órganos jurisdiccionales, ejerce las competencias de gestión establecidas en el capítulo de la Ley de Presupuestos (költségvetési törvény) relativo a los órganos jurisdiccionales y supervisa las actividades administrativas de los presidentes de las audiencias regionales y de los tribunales regionales. El Consejo Judicial Nacional (CJN), un órgano independiente elegido y formado por jueces, es el consejo de supervisión de la administración centralizada de los órganos jurisdiccionales. Además de su labor de supervisión, también participa en la administración de los órganos jurisdiccionales.

3. Información de contacto

Országos Bírósági Hivatal
Dirección: 1055 Budapest, Szalay u. 16.
Dirección postal: 1363 Budapest Pf.: 24

Teléfono: +36 (1) 354 41 00
Fax: +36 (1) 312-4453

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaobh@obh.birosag.hu
El enlace abre una nueva ventanaSitio web de los órganos jurisdiccionales

I.2. El Tribunal Constitucional

1. Cometidos

El Tribunal Constitucional (Alkotmánybíróság) es el órgano principal de protección de la Ley Fundamental. Sus obligaciones consisten en proteger el Estado de Derecho democrático, el ordenamiento constitucional y los derechos garantizados por la Ley Fundamental, así como preservar la coherencia interna del ordenamiento jurídico y hacer que se respete el principio de división de poderes.

El Tribunal Constitucional fue creado por la Asamblea Nacional (Országgyűlés) en 1989. La Ley Fundamental establece las normas fundamentales relativas a las obligaciones y a la razón de ser del Tribunal Constitucional, mientras que los principales aspectos de las normas procesales y organizativas se exponen en la Ley del Tribunal Constitucional (Alkotmánybíróságról szóló törvény). La normativa detallada de los procedimientos se encuentra en el Reglamento Interno (Ügyrend).

2. Organización

El Tribunal Constitucional es un órgano formado por quince miembros, que son elegidos por la Asamblea Nacional por mayoría de dos tercios con un mandato de doce años. Para ser magistrado del Tribunal Constitucional se debe ser un jurista de reconocida competencia o tener al menos veinte años de ejercicio profesional en el ámbito jurídico. El presidente del Tribunal Constitucional es elegido por la Asamblea Nacional entre los magistrados del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional se reúne en pleno, en secciones de cinco magistrados o en secciones de un único magistrado. Los recursos de constitucionalidad de las normas con fuerza de ley y otros asuntos importantes se tratan en pleno.

La Secretaría General del Tribunal se encarga de las tareas organizativas, operativas, administrativas y de la toma de decisiones. La Secretaría General está dirigida por el secretario general, elegido por el pleno a propuesta del presidente.

3. Competencias

Control previo de constitucionalidad

El precursor de una ley, el Gobierno o el presidente de la Asamblea Nacional pueden solicitar que la Asamblea Nacional presente una ley aprobada ante el Tribunal Constitucional para que examine su conformidad con la Ley Fundamental.

Además, el presidente de la República está obligado a presentar cualquier ley aprobada por el parlamento ante el Tribunal Constitucional en lugar de firmarla, en caso de que considere que alguna de sus disposiciones contradice la Ley Fundamental, a fin de que el Tribunal analice si se ajusta a dicha Ley. Si el Tribunal Constitucional establece que la ley en cuestión contradice la Ley Fundamental, dicha ley no podrá ser promulgada.

Control de constitucionalidad a posteriori (recurso de inconstitucionalidad)

Este procedimiento, introducido en 2012, puede ser iniciado por el Gobierno, una cuarta parte de los parlamentarios, el Comisario para los Derechos Fundamentales, el presidente del Tribunal Supremo o la Fiscalía General.

El Tribunal Constitucional declara nula toda disposición impugnada conforme a este procedimiento que contradiga la Ley Fundamental.

Cuestión de inconstitucionalidad

Un juez o magistrado que, al conocer de un asunto, considere que la ley a aplicar contradice la Ley Fundamental debe solicitar al Tribunal Constitucional que la examine y suspender el proceso. En estos casos, el Tribunal Constitucional determina si la norma o disposición legal contradicen la Ley Fundamental y las declara inaplicables en ese caso concreto o, incluso, con carácter general.

Recurso de amparo

El recurso de amparo es uno de los instrumentos más importantes para la protección de los derechos fundamentales. Puede usarse, principalmente, cuando los derechos fundamentales del demandante reconocidos por la Ley Fundamental hayan sido violados al dictarse una sentencia. Dicha violación puede ocurrir en un proceso judicial en el que se haya aplicado una norma legal que contradiga la Ley Fundamental, o si se dicta sentencia  u otra resolución que ponga fin al proceso que contradiga la Ley Fundamental. El recurso de amparo puede presentarse de manera excepcional en caso de que los derechos fundamentales del demandante hayan sido violados directamente en un asunto sin resolución por parte del órgano jurisdiccional. El Tribunal Constitucional anulará entonces toda ley o sentencia que contradiga la Ley Fundamental.

Control de compatibilidad con acuerdos internacionales

Según la Ley del Tribunal Constitucional, se puede examinar si una ley húngara cumple con un acuerdo internacional. El procedimiento puede ser iniciado por una cuarta parte de los parlamentarios, el Comisario para los Derechos Fundamentales, el presidente del Tribunal Supremo, la Fiscalía General o un juez o magistrado con respecto a la norma legal que ha de aplicarse en un asunto.

El Tribunal Constitucional puede declarar nula de manera total o parcial cualquier norma legal que esté en conflicto con un acuerdo internacional y solicitar al legislador que tome las medidas necesarias para resolver el conflicto en un plazo determinado.

Competencias adicionales

El Tribunal Constitucional interpreta las disposiciones de la Ley Fundamental relativas a cualquier aspecto constitucional a instancia de la Asamblea Nacional o de su comité permanente, el presidente de la República o el Gobierno, en caso de que dicha interpretación derive directamente de la Ley Fundamental.

Cualquier persona puede presentar una propuesta ante el Tribunal Constitucional a fin de que revise la resolución de la Asamblea Nacional respecto a la convocatoria de un referéndum o a la desestimación de la convocatoria de un referéndum obligatorio.

La Asamblea Nacional puede disolver el órgano de representantes de una entidad local o de autogobierno de una minoría en caso de que sus acciones contradigan la Ley Fundamental. Antes de esto, el Tribunal Constitucional emite un dictamen sobre el asunto por iniciativa del Gobierno.

El Tribunal Constitucional dirige el procedimiento de moción de censura del Presidente de la República a propuesta de la Asamblea Nacional.

El Tribunal Constitucional toma decisiones relativas a cuestiones de conflicto de competencias entre órganos del Estado y entre el Estado y los órganos de gobierno locales.

El Tribunal Constitucional puede determinar de oficio que una medida contradice la Ley Fundamental por una omisión legislativa, en cuyo caso solicitará al órgano responsable que la corrija.

4. Información de contacto

Dirección: 1015 Budapest, Donáti u. 35–45.
Dirección postal: 1535 Budapest Pf. 773.

Teléfono: +36 (1) 488 31 00

El enlace abre una nueva ventanaSitio web del Tribunal Constitucional
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II. Instituciones nacionales de derechos humanos, Defensor del Pueblo

II.1. El Comisario para los Derechos Fundamentales (Alapvető Jogok Biztosa) (una institución nacional de derechos humanos a efectos de Naciones Unidas)

1. El Comisario para los Derechos Fundamentales

De acuerdo con la Ley Fundamental de Hungría, la Asamblea Nacional también aprobó la Ley relativa al Comisario para los Derechos Fundamentales, por la que se creó una institución nueva y uniforme del defensor del pueblo.

El Comisario para los Derechos Fundamentales debe rendir cuentas solamente al parlamento. El Defensor del Pueblo actúa con independencia en los procedimientos que tramita, sometiéndose solamente a la Ley Fundamental y otras leyes. El Defensor del Pueblo es elegido por mayoría de dos tercios de los representantes de la Asamblea Nacional a propuesta del presidente de la República, por un mandato de seis años, y debe informar anualmente a la Asamblea Nacional de su trabajo.

El Comisario para los Derechos Fundamentales puede ser reelegido una vez. Según la Ley relativa al Comisario para los Derechos Fundamentales, dos personas trabajan con el Comisario para los Derechos Fundamentales: el adjunto responsable de la protección de los intereses de las generaciones futuras y el adjunto responsable de la protección de los derechos de las minorías étnicas que viven en Hungría. El Comisario elegido por la Asamblea Nacional propone a los adjuntos, que también son elegidos por la Asamblea Nacional.

2. Procedimiento y medidas

El cometido principal del Defensor del Pueblo consiste en investigar los abusos relacionados con los derechos fundamentales e iniciar medidas generales o específicas para remediarlos.

Dentro de los límites establecidos por la ley que regula sus competencias, el Defensor del Pueblo adopta la medida que considera apropiada, que puede ser:

  • una recomendación para remediar el abuso relativo a los derechos fundamentales dirigida al órgano supervisor que controla al órgano que realizó el abuso;
  • una solución al abuso formulada a la jefatura del órgano en cuestión;
  • la propuesta de iniciar un procedimiento ante Tribunal Constitucional;
  • una solicitud al Tribunal Supremo para que revise la compatibilidad de un decreto municipal con otra norma legal;
  • una solicitud a la Fiscalía General para que la fiscalía adopte medidas;
  • la iniciación de un proceso contra la persona responsable ante el órgano competente, en caso de que el Defensor del Pueblo tenga la sospecha fundada de que se ha cometido una infracción leve o una infracción disciplinaria; si la infracción es penal debe incoarse un proceso judicial.
  • una propuesta para modificar, derogar o publicar una ley o instrumento legal de la Administración estatal por parte de un órgano autorizado para legislar o emitir instrumentos legales de la Administración estatal, o
  • como última medida, el sometimiento de un caso ante la Asamblea Nacional como parte del informe anual.

Toda persona que considere que los actos u omisiones de una autoridad han vulnerado sus derechos fundamentales, o amenazan directamente con hacerlo, puede presentar una queja ante el Comisario para los Derechos Fundamentales, siempre que dicha persona haya agotado la vía administrativa (excluyendo las revisiones judiciales de los actos administrativos) o cuando no tenga otra alternativa.

El Comisario para los Derechos Fundamentales y los adjuntos supervisan el cumplimiento de los derechos de las minorías étnicas en Hungría y los intereses de las generaciones futuras.

El Comisario para los Derechos Fundamentales no puede controlar las actividades de la Asamblea Nacional, del presidente de la República, del Tribunal Constitucional, de la Oficina Estatal de Auditoría de Hungría o del Ministerio Fiscal, excepto el órgano de investigación de la fiscalía.

El Comisario no puede actuar si:

  • ha pasado más de un año desde la publicación o notificación del acto administrativo definitivo relativo al expediente en cuestión;
  • el procedimiento empezó antes del 23 de octubre de 1989;
  • hay en curso un procedimiento judicial de revisión del acto administrativo o ya se ha dictado sentencia firme; o
  • la persona que ha presentado la queja no ha revelado su identidad, ya que sin información la investigación no puede desarrollarse.

Nadie podrá ser discriminado por haber presentado un recurso ante el Comisario para los Derechos Fundamentales.

Formas de presentar la queja:

  • de manera electrónica, a través de «Ügyet szeretnék indítani» (Quiero incoar un procedimiento) en el menú del sitio web www.ajbh.hu, o con la ayuda del «Intelligens űrlap» (formulario inteligente) disponible en el sitio web;
  • por correo electrónico a panasz@ajbh.hu;
  • en persona en la Unidad de Quejas de la Oficina del Comisario para los Derechos Fundamentales (Budapest V. ker., Nádor u. 22.), con cita previa;
  • por correo postal a Alapvető Jogok Biztosának Hivatala (Oficina del Comisario para los Derechos Fundamentales) 1387 Budapest Pf. 40.

La presentación de la queja y el procedimiento llevado a cabo por el Comisario son gratuitos. Debe adjuntarse una copia de los documentos generados hasta el momento en el expediente, así como los documentos necesarios para la evaluación.

3. Divulgación de información de interés público

Según la Ley relativa a las quejas y la divulgación de información de interés público, a partir del 1 de enero de 2014 la divulgación de información de interés público también puede realizarse a través de un sistema electrónico protegido gestionado por el Comisario para los Derechos Fundamentales. La divulgación de información de interés público se centra en las circunstancias cuya reparación o eliminación sirve a los intereses de la comunidad o sociedad en general. La divulgación de información de interés público puede incluir también una recomendación.

Formas de presentación de solicitud de divulgación de información de interés público:

  • de manera electrónica a través del sistema electrónico protegido (El enlace abre una nueva ventanahttps://www.ajbh.hu/kozerdeku-bejelentes-benyujtasa); o
  • en persona en la Unidad de Quejas de la Oficina del Comisario para los Derechos Fundamentales (Budapest V. ker., Nádor u. 22.), con cita previa.

4. Mecanismo nacional de prevención conforme al Protocolo facultativo de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Desde el 1 de enero de 2015, el Comisario para los Derechos Fundamentales actúa, personalmente o a través del personal de su Oficina, como mecanismo nacional de prevención en Hungría del Protocolo facultativo de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Los cometidos del mecanismo nacional de prevención incluyen:

  • inspeccionar lugares de detención con fines de prevención y, además de elaborar informes,
    • entrevistar a los detenidos y
    • estudiar la documentación
  • enviar observaciones;
  • consultar autoridades;
  • formular recomendaciones;
  • elaborar informes.

5. Información de contacto

Dirección: 1051 Budapest, Nádor utca 22.
Dirección postal: 1387 Budapest Pf. 40.        .

Teléfono: (+36-1) 475-7100
Fax: (+36-1) 269-1615

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapanasz@ajbh.hu
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.ajbh.hu/hu

II.2. Organismos especializados en derechos humanos

II.2.1. La Autoridad Nacional Húngara para la Protección de Datos de Carácter Personal y la Libertad de Información

1. Cometidos y organización

El derecho a la protección de los datos de carácter personal y el derecho a la divulgación de información de interés público son derechos constitucionales fundamentales. El artículo VI de la Ley Fundamental de Hungría estipula que:

1) Toda persona tiene derecho a que se respete su vida privada y familiar, domicilio, comunicaciones y honor.

2) Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, así como a consultar y difundir información de interés público.

3) Una autoridad independiente creada por medio de ley orgánica supervisará el respeto del derecho a la protección de datos de carácter personal y del derecho a acceder a datos de interés público.

La Autoridad Nacional Húngara para la Protección de Datos de Carácter Personal y la Libertad de Información (Nemzeti Adatvédelmi és Információszabadság Hatóság o NAIH) reemplazó al defensor del pueblo para la protección de datos que existió desde 1995 hasta 2011. Desde el 1 de enero de 2012, la NAIH ha ayudado a garantizar los derechos de información a través de medios normativos adicionales (como la imposición de multas relativas a la vulneración de la privacidad de los datos).

El fundamento de estos derechos, las obligaciones de los responsables del tratamiento de los datos, y la organización y los procedimientos de la NAIH quedan estipulados en la Ley CXII de 2011 sobre autodeterminación en materia de información y libertad de información (törvény az információs önrendelkezési jogról és az információszabadságról) o Ley de información, pero los requisitos pormenorizados de los procedimientos específicos de tratamiento de datos están contenidos en otras leyes pertinentes, como la Ley de Policía (például rendőrségi törvény) y la Ley de Educación Pública (közoktatási törvény). De acuerdo con el artículo 1 de la Ley de Información, aspira a proteger las esferas privadas de las personas físicas y a asegurar la transparencia de los asuntos públicos.

La NAIH es un órgano administrativo independiente y autónomo. Su presidente es elegido por el presidente de la República para un mandato de nueve años, a propuesta del presidente del Gobierno. Su estructura organizativa está compuesta de departamentos.

2. Competencias

El principal cometido de la NAIH es realizar investigaciones en materia de protección de datos y libertad de información, basadas en informes y quejas (presentadas en línea, por escrito o en persona), y llevar a cabo procedimientos administrativos de oficio para la protección de datos (si la supuesta infracción afecta a muchas personas o si puede suponer un peligro considerable a los intereses públicos o un daño importante).

Además, la Autoridad puede realizar procedimientos administrativos de oficio para el control de información clasificada, remitir a un órgano jurisdiccional aquellos expedientes relacionados con información de interés público o información que es pública por razones de interés público, e intervenir en procesos judiciales. También mantiene un registro de protección de datos.

Entre las competencias de la Autoridad se incluyen, además, emitir dictámenes sobre normas legales de interés, representar a Hungría en consejos comunes de la UE sobre protección de datos y llevar a cabo auditorías sobre protección de datos (a cambio de una tasa) a petición del responsable del tratamiento de los datos.

3. Información de contacto

Dirección: 1125 Budapest Szilágyi Erzsébet fasor 22/C.
Dirección postal: 1530 Budapest Pf.: 5.

Teléfono: (+36-1) 391-1400

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaugyfelszolgalat@naih.hu
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.naih.hu/

II.2.2. La Autoridad para la Igualdad de Trato

1. Cometidos y organización

Según la Ley para la igualdad de trato y la promoción de la igualdad de oportunidades (az egyenlő bánásmódról és az esélyegyenlőség előmozdításáról szóló törvény), el cumplimiento de la obligación de igualdad de trato en Hungría es supervisado por la Autoridad para la Igualdad de Trato (Egyenlő Bánásmód Hatóság), con competencia sobre todo el territorio nacional. La Autoridad es un órgano administrativo autónomo, independiente y sujeto solamente a la ley. No está sujeto a instrucciones y lleva a cabo sus tareas independientemente de otros órganos y está libre de injerencias indebidas. Solo se le pueden delegar cometidos por ley. La Autoridad está dirigida por un presidente designado para nueve años por el presidente de la República a propuesta del presidente del Gobierno.

El cometido principal de la Autoridad consiste en investigar las quejas y denuncias que recibe en materia de discriminación. La Autoridad cuenta con la asistencia de una red de funcionarios en materia de igualdad de trato que proporcionan cobertura nacional.

Según esta Ley, la infracción de la obligación de igualdad de trato se traduce en discriminación contra una persona por características percibidas o reales que están protegidas.

Las características protegidas establecidas en la Ley son:

  1. sexo
  2. raza
  3. color de piel
  4. nacionalidad
  5. afiliación nacional
  6. lengua materna
  7. discapacidad
  8. estado de salud
  9. creencias filosóficas y religiosas
  10. opiniones políticas y de otro tipo
  11. situación familiar
  12. maternidad (embarazo) o paternidad
  13. orientación sexual
  14. identidad de género
  15. edad
  16. origen social
  17. situación económica
  18. naturaleza parcial o duración determinada de su relación laboral o cuasi laboral
  19. condición de miembro de una asociación que represente ciertos intereses
  20. otra condición, rasgo o característica

En la categoría «otra condición» deben considerarse características protegidas aquellos rasgos y características no enumerados en la Ley pero que sean de naturaleza parecida de acuerdo con la interpretación de la ley por parte de la Autoridad.

La Autoridad investiga las infracciones que afectan a personas y grupos cuyas características protegidas están ampliamente definidas por la Ley. Normalmente, se actúa a petición de la persona o personas afectadas por la discriminación, pero también las organizaciones de la sociedad civil o las asociaciones representativas pueden iniciar un procedimiento ante la Autoridad, en caso de que se haya cometido una infracción, o amenazado con cometer una infracción, que afecte a un grupo con características protegidas. La Autoridad puede actuar de oficio contra el Estado húngaro, gobiernos locales y entidades de autogobierno de minorías, sus órganos, organizaciones que actúan como autoridades públicas, las fuerzas armadas de Hungría y las fuerzas o cuerpos de seguridad. Las áreas más habituales en las que se centran las investigaciones de la Autoridad son el empleo, la seguridad social, la sanidad, la vivienda, la educación y el suministro de bienes y servicios.

2. Competencias

La Autoridad lleva a cabo sus investigaciones dentro del marco de los procedimientos administrativos, si bien se aplican reglas de prueba especiales. La parte perjudicada (el solicitante) debe demostrar que ha sido perjudicado y que en el momento de la infracción (o presunta infracción) poseía una característica protegida establecida por la ley. Si el solicitante ha cumplido con su obligación de aportar dichos elementos probatorios, la otra parte (la parte objeto del procedimiento) debe demostrar que los hechos corroborados por las pruebas aportadas y practicadas por la parte perjudicada no ocurrieron, que se cumplió con la obligación de igualdad de trato o que no estaba obligada a cumplirlo según la relación jurídica en cuestión.

La Autoridad siempre se esfuerza por llegar a un acuerdo entre las partes antes de dictar una resolución y, en caso de que sea posible, aprueba el acuerdo. Si las partes no llegan a un acuerdo, la Autoridad se pronuncia sobre el fondo del caso basándose en la investigación llevada a cabo. Si la Autoridad determina que la obligación de igualdad de trato ha sido infringida, como sanción puede imponer la eliminación de las circunstancias ilícitas, prohibir conductas ilegales en el futuro, ordenar la divulgación pública de la resolución que fija la infracción, imponer una multa desde 50 000 HUF hasta 6 000 000 HUF y aplicar otras medidas jurídicas establecidas por ley. La resolución de la Autoridad no puede recurrirse en vía administrativa, sino por medio un recurso contencioso-administrativo ante un tribunal administrativo y laboral.

Además de investigar casos específicos de discriminación, la Autoridad también tiene otros cometidos definidos por la ley; por ejemplo, ofrecer información y ayuda a los afectados con el fin de que emprendan acciones con motivo de la infracción de la igualdad de trato, emitir dictámenes en proyectos de ley en materia de igualdad de trato, proponer leyes sobre igualdad de trato, proporcionar a la sociedad y a la Asamblea Nacional información sobre el estado del respeto de la igualdad de trato, cooperar con organizaciones internacionales y de la sociedad civil, etc.

La Autoridad pertenece a la red europea de organismos nacionales para la igualdad (Equinet), que reúne a más de 40 organizaciones de 33 países europeos que actúan como órganos nacionales para la igualdad de trato en sus respectivos países. El personal de la Autoridad participa en las tareas de los grupos de trabajo temáticos de Equinet, así como en las sesiones de formación y seminarios organizados varias veces al año con el fin de mantenerse al día de los logros más recientes en la evolución internacional de la normativa de igualdad de trato, y para intercambiar experiencias con los representantes de las organizaciones europeas que llevan a cabo tareas similares a las realizadas por la Autoridad.

Como parte de sus relaciones internacionales, la Autoridad participa regularmente en eventos y proyectos temáticos de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA, por sus siglas en inglés) y de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI, por sus siglas en inglés) del Consejo de Europa.

Puede encontrar más información sobre la Autoridad en su sitio web.

3. Información de contacto

Sede: 1013 Budapest, Krisztina krt. 39/B

Número de teléfono: (+36-1) 795-2975
Número de fax: (+36-1) 795-0760

Sitio web:El enlace abre una nueva ventanahttp://www.egyenlobanasmod.hu/

II.2.3. El Consejo Independiente de Quejas contra la Policía

1. Cometidos y organización

En 2008, la Asamblea Nacional decidió establecer el Consejo Independiente de Quejas contra la Policía (Független Rendészeti Panasztestület) con el objetivo de crear una institución especial para las quejas contra los procedimientos policiales. Esta institución está compuesta por miembros elegidos por la Asamblea Nacional para un periodo de seis años. Los miembros tienen un título en Derecho, no reciben instrucciones de ninguna autoridad y las bases de sus reglas procedimentales están establecidas en la ley.

El marco jurídico del trabajo del Consejo se rige principalmente por la Ley de Policía. La misión del Consejo es investigar las quejas contra la policía, pero independientemente de las relaciones jerárquicas, desde la perspectiva de la protección de los derechos fundamentales. De este modo, las operaciones de la policía son examinadas por el Consejo basándose en quejas específicas en casos concretos, y no en general o en abstracto.

2. Competencias y procedimiento

¿Quién puede presentar una queja, cuándo y cómo?

Cualquier persona puede presentar una queja independientemente de su nacionalidad:

  • quien haya sido el objeto de una medida policial o quien se vea afectado por la misma;
  • la persona con respecto a la cual la policía no tomó la medida requerida; o
  • quien haya sido objeto de medidas policiales coactivas y sienta que, como resultado, se restringieron sus derechos fundamentales o que se violaron sus derechos humanos.

La queja puede presentarse a título personal, en virtud de poder o a través de su representante legal (en caso de menores o personas que carezcan de capacidad de obrar). Esto debe hacerse en un plazo de 20 días desde la fecha que se produjo la medida policial, la omisión de la acción debida o la medida coactiva. En caso de que el sujeto pasivo hubiera adquirido consciencia de los hechos más tarde, debe presentarla en un plazo de 20 días a partir de la fecha en la que fue consciente. La queja se puede presentar por correo (en este caso, se debe firmar personalmente el escrito), por fax, por correo electrónico a través del sitio web del Consejo, o en persona durante el horario laboral del Consejo (con cita previa concertada por teléfono).

En caso de que un impedimento objetivo impida que el interesado presente la queja en el periodo de tiempo establecido, el retraso puede ser excusado siempre que el interesado justifique suficientemente el retraso (por ejemplo, un tratamiento hospitalario de larga duración) en un plazo de seis meses.

Cuando se incumple el plazo de 20 días pero no han transcurrido 30 días desde que acontecieron los hechos (o el momento en el que fue consciente de los mismos), el interesado puede presentar una solicitud al jefe del órgano policial (jefe o comisario de policía) de los funcionarios que aplicaron las medidas. En estos casos, el jefe de la comisaría se encarga del procedimiento de queja.

¿Qué examina el Consejo?

  • La obligación de cumplimiento de los deberes e instrucciones policiales, los incumplimientos de dichos deberes e instrucciones o la omisión de las conductas debidas en relación con aquellos (en concreto: la obligación de adoptar medidas, la proporcionalidad, la obligación de identificación, la obligación de proporcionar ayuda, etc.).
  • La legalidad de las medidas policiales o de la omisión de estas (en concreto: controles de identidad, inspecciones de ropa, equipaje y vehículo, arrestos, interrogatorios, procedimiento de vigilancia de extranjeros, medidas tomadas en domicilios, medidas para aplicar las leyes de tráfico, etc.).
  • El uso y legalidad de dispositivos coactivos (en concreto: coacción física, esposas, agentes químicos, armas aturdidoras, porras, barricadas, uso de armas de fuego, uso de cargas policiales, dispersión de multitudes, etc.).

¿Cuándo no puede el Consejo iniciar un procedimiento o llevar a cabo una inspección sobre el fondo de un caso?

Al no estar autorizado por la ley, el Consejo no tiene la competencia para:

  • evaluar comentarios generales, comentarios que sugieren mejoras o comentarios críticos, o la divulgación de información de interés público;
  • investigar infracciones menores, o reducir o cancelar las sanciones administrativas impuestas;
  • evaluar la legalidad de los actuaciones realizadas durante procedimientos penales;
  • conceder indemnizaciones por daños y perjuicios;
  • determinar la responsabilidad disciplinaria, administrativa o penal de los agentes de policía involucrados;
  • evaluar la legalidad de las resoluciones de procedimientos administrativos o penales.

Además, si un acto impugnable de la policía tiene lugar durante el curso de otro proceso, ya sea penal o administrativo, la persona perjudicada debe usar los recursos disponibles y hacer valer sus pretensiones en dichos procesos en curso, a menos que la persona perjudicada hubiese hecho constar su objeción a la forma en la que un acto procedimental se haya llevado a cabo (por ejemplo, el tono de voz utilizado durante el interrogatorio de un testigo, la forma en la que se registró el domicilio), en cuyo caso el Consejo también está autorizado para realizar la inspección.

¿Qué necesita saber sobre el procedimiento?

Para que se investigue su caso, el interesado tiene la opción de presentar su queja ante el jefe del organismo policial que llevó a cabo la medida en cuestión. De esta forma, el interesado puede elegir si la queja la examina un organismo dentro de la estructura organizativa de la policía (el jefe del organismo que llevó a cabo la medida) o un órgano independiente de la policía (el Consejo). Al mismo tiempo, esta disposición pretende separar los dos procedimientos y no permite su simultaneidad; solo se podrá tramitar el que haya elegido el interesado.

Además, el Consejo está autorizado a realizar consultas sobre cualquier queja presentada ante la policía y, en caso de que sepa de un expediente en el que se den las condiciones para que intervenga, se lo notifica debidamente al interesado y al organismo policial que lo tramita. El interesado puede solicitar, en los ocho días posteriores a la recepción de la notificación, que el organismo policial evalúe la queja tras la evaluación que lleve a cabo el Consejo. El organismo policial que tramita la queja debe suspender el proceso una vez reciba la notificación del Consejo. El propio interesado puede iniciar este expediente de remisión al Consejo en el curso del procedimiento de queja ante la policía hasta el momento en el que se dicte el acto administrativo definitivo y, si se cumpliesen las condiciones para la remisión, la queja pasaría a tramitarse conforme al procedimiento del Consejo.

Al examinar sobre el fondo de una queja, el Consejo pretende determinar si las medidas policiales descritas en la queja se llevaron a cabo según la normativa aplicable, fueron necesarias y proporcionales y estaban justificadas, y si se violaron algunos de los derechos fundamentales del interesado.

Si durante el curso de dicho examen se determina que los derechos fundamentales del demandante fueron violados, el Consejo también deberá evaluar la gravedad de la violación en vista de todas las circunstancias del caso. Si el Consejo determina que

  • no hubo violación alguna (por ejemplo, porque los derechos fundamentales del demandante estaban legalmente limitados),
  • no puede entenderse que se produjese una violación de un derecho fundamental debido a que hay una contradicción en el material probatorio que no puede resolverse a partir de los documentos disponibles, o
  • se produjo la violación de un derecho fundamental pero de poca importancia,

entonces el Consejo envía su evaluación al jefe del órgano policial competente, que resuelve el procedimiento de queja, basándose en la normativa oficial que rige la policía y teniendo en cuenta la conclusión jurídica recogida en la evaluación del Consejo. El interesado puede recurrir esta resolución, también en vía judicial, de acuerdo con la Ley general de los servicios y procedimientos administrativos (közigazgatási hatósági eljárás és szolgáltatás általános szabályairól szóló törvény). Los interesados pueden formular una objeción a la decisión del Consejo de remitir el procedimiento de queja al órgano policial competente, en caso de que, por ejemplo, crean que no se les va a tratar con imparcialidad o teman posibles represalias. Sin embargo, en este caso el Consejo estaría obligado a archivar el expediente, ya que no puede remitirlo a ninguna otra entidad por la objeción del interesado.

Si el Consejo considera que se ha producido una violación grave de los derechos fundamentales, envía la evaluación, dependiendo del órgano involucrado, al jefe de la Policía Nacional húngara, al director general del órgano responsable de las tareas de detección y prevención de delitos internos o al director general del órgano de lucha contra el terrorismo, que debe resolver la queja basándose en la normativa aplicable y teniendo en cuenta la conclusión jurídica recogida en la evaluación del Consejo. Si la resolución del órgano encargado del expediente difiere de la evaluación del Consejo, deben exponerse los motivos en los que se basa. Por supuesto, este tipo de resolución policial se puede recurrir en vía judicial; la evaluación del Consejo puede aportarse en dichos procedimientos.

Puede encontrar más información sobre la normativa del Consejo en su Reglamento interno, disponible en su sitio web.

3. Información de contacto

Dirección postal: H-1358 Budapest, Széchenyi rakpart 19.

Teléfono: +36-1/441-6501
Fax: +36-1/441-6502

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@repate.hu
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.repate.hu/index.php?lang=hu

III. Otros

III.1. El Ministerio Fiscal

1. Organización

La fiscalía húngara (ügyészség) es una organización constitucional independiente únicamente sujeta a la ley.

La fiscalía está dirigida y gestionada por el fiscal general, que es elegido por la Asamblea Nacional entre los fiscales para un periodo de nueve años y, por tanto, es responsable ante el parlamento en virtud del Derecho público. El fiscal general debe informar de las actividades de la fiscalía anualmente.

Los órganos de la fiscalía en Hungría son:

  1. el Fiscal General (Legfőbb Ügyészség);
  2. las Fiscalías Superiores (fellebbviteli főügyészségek);
  3. las Fiscalías Regionales (főügyészségek);
  4. las Fiscalías de Distrito (járási ügyészségek).

Se pueden crear Fiscalías Regionales o de Distrito independientes para llevar a cabo investigaciones y otras tareas relacionadas en casos justificados.

Existen cinco Fiscalías Superiores y veintiuna Fiscalías regionales (una metropolitana, diecinueve de condado y una central de investigación), todas bajo la dirección del Fiscal General. La estructura organizativa de las Fiscalías Regionales (con la excepción de la Fiscalía Regional Central de Investigación) está dividida en dos, materia penal y civil.

Las Fiscalías de Distrito y las de Distrito independientes bajo la dirección de las Fiscalías Regionales metropolitana y de condado se encargan de asuntos que no han sido asignados a otros órganos de la fiscalía, bien por ley o por instrucciones del Fiscal General; además, lleva a cabo tareas relacionadas con las investigaciones de la fiscalía.

La institución científica y de investigación de la fiscalía, el Instituto Nacional de Criminología (Országos Kriminológiai Intézet), forma parte de la organización de la fiscalía, pero no es un órgano que ejerza funciones fiscales. Se encarga de desarrollar teorías y prácticas relativas a la investigación criminal, la criminología y el Derecho penal.

2. Obligaciones principales de la fiscalía

El Fiscal General y la fiscalía son independientes y, al intervenir en la administración de la justicia, son los únicos que pueden aplicar el ius puniendi del Estado. La fiscalía persigue delitos, toma medidas contra otros actos y omisiones ilegales y promueve la prevención de la delincuencia.

El Fiscal General y la fiscalía:

  1. ejercen potestades relacionadas con las investigaciones, tal y como los define la ley;
  2. representan a la fiscalía en los procedimientos judiciales;
  3. supervisan la legalidad de las actuaciones del ámbito penitenciario;
  4. ejercen otras responsabilidades y competencias establecidas por la ley en tanto que defensores del interés público.

La fiscalía:

  1. investiga los asuntos especificados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (büntetőeljárási törvényben);
  2. supervisa que las investigaciones independientes llevadas a cabo por una autoridad de investigación se realicen de manera legal;
  3. ejerce otros potestades establecidas por la ley relacionadas con las investigaciones;
  4. ejerce el poder conferido a las autoridades públicas de formular una acusación, representa a la fiscalía en los procedimientos judiciales y ejerce los derechos de apelación garantizados por la Ley de Enjuiciamiento Criminal;
  5. hace un seguimiento jurídico del cumplimiento de las penas, penas accesorias, medidas, medidas coactivas de privación o restricción de libertad y medidas de seguimiento, así como el cumplimiento de la ley en cuanto al mantenimiento de bases de datos de registros penales, administrativos, de más buscados y de decisiones centralizadas que hacen que los datos electrónicos sean inaccesibles, y también participa en procedimientos instruidos por jueces y magistrados que fijan las penas;
  6. contribuye a la correcta aplicación de la ley en los procedimientos judiciales (implicación de un fiscal en procedimientos judiciales contradictorios y de jurisdicción voluntaria de los órdenes civil, laboral, contencioso-administrativo y mercantil);
  7. promueve el cumplimiento de la ley por parte de los órganos que actúan en calidad de autoridad pública o que gestionan litigios extrajudiciales;
  8. presta especial atención a la persecución de infracciones penales cometidas por menores o contra menores y al respeto de la normativa especial relativa a los procedimientos penales y administrativos de menores, colabora en la defensa de los derechos de los menores en los casos establecidos por la ley e inicia procedimientos para tomar las medidas necesarias para proteger a los menores;
  9. lleva a cabo tareas derivadas de acuerdos internacionales y, en concreto, de aquellas relacionadas con las solicitudes de asesoramiento jurídico y su prestación;
  10. lleva a cabo las tareas que conciernen a Hungría en Eurojust;
  11. proporciona representación en demandas relativas a la compensación por infracciones y daños causados en el curso de sus actividades.

Para la protección del interés publico, la fiscalía trabaja para asegurar que la ley es respetada por todos. Cuando se infringe una ley, la fiscalía toma medidas en interés de la legalidad, según los casos y la forma establecidos por el ordenamiento jurídico. Salvo que se indique lo contrario, la fiscalía está obligada a actuar si el órgano que debe poner fin a la infracción de la ley no toma las medidas necesarias, a pesar de que así se requiera en la Ley Fundamental, acto legal u otra forma de instrumento normativo de la Administración estatal, o en caso de que se requiera que el fiscal actúe de manera inmediata para poner fin a la violación de un derecho derivada de una infracción de la ley.

Las responsabilidades y competencias no penales que la fiscalía ejerce en aras del interés público como colaborador de la Administración de la justicia se especifican en leyes especiales. Los fiscales ejercen estas competencias fundamentalmente al incoar procesos judiciales contradictorios y de jurisdicción voluntaria, así como al incoar procesos administrativos y presentar apelaciones.

3. Información de contacto

Fiscal General: Dr. Péter Polt
Sede: 1055 Budapest, Markó u. 16.
Dirección postal: 1372 Budapest Pf. 438.

Número de teléfono: +36-1354-5500

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@mku.hu
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://mklu.hu/

III.2. Apoyo a las víctimas

El Servicio de Ayuda a las Víctimas (Áldozatsegítő Szolgálat) ofrece asistencia sobre todo a las víctimas que hayan experimentado daños, en concreto físicos o mentales (trauma psicológico, shock) o que hayan sufrido pérdidas como consecuencia directa de una falta o un delito contra su patrimonio. El Estado evalúa las necesidades de las víctimas y les proporciona servicios adaptados a ellas.

1. Procedimiento

Los servicios de apoyo a las víctimas son proporcionados por unidades organizativas especializadas de la delegación metropolitana (condado) del Gobierno. A la hora de reclamar, las víctimas pueden buscar ayuda de cualquier servicio de apoyo a las víctimas, y pueden presentar su solicitud de asistencia financiera inmediata, certificado de condición de víctima o indemnización a cualquier servicio de apoyo a las víctimas (El enlace abre una nueva ventanaPDF).

Las solicitudes de asistencia financiera inmediata, certificado de condición de víctima o indemnización deben presentarse con los formularios correspondientes (El enlace abre una nueva ventanaFormulario de solicitud, El enlace abre una nueva ventanaSolicitud de certificado de condición de víctima). El servicio de apoyo a las víctimas ofrece ayuda para rellenar estos formularios.

Los procedimientos de apoyo a las víctimas son gratuitos.

Las solicitudes de asistencia financiera inmediata pueden presentarse hasta cinco días después de la falta o delito contra el patrimonio. Las solicitudes de indemnización pueden presentarse hasta tres meses después de que se cometa la infracción, salvo las excepciones especificadas en la Ley de apoyo a las víctimas e indemnización estatal.

Los recursos contra resoluciones de los servicios de apoyo a las víctimas deben presentarse ante dichos servicios en un periodo de 15 días, aunque deben estar dirigidos a la Oficina de Justicia (Igazságügyi Hivatal).

2. Servicios

Según la Ley, los servicios ofrecidos son los siguientes.

  • Ayuda para presentar reclamaciones: el servicio de apoyo a las víctimas ayuda a estas, en forma y grado acordes a sus necesidades, a defender sus derechos fundamentales, lo que incluye aconsejarles sobre sus derechos y obligaciones en los procedimientos penales y administrativos, las condiciones para acceder al sistema sanitario, seguros de enfermedad, prestaciones sociales y otras ayudas estatales, y les proporciona información, asesoramiento jurídico, apoyo emocional y otras ayudas prácticas en este contexto.
  • Asistencia financiera inmediata: esta puede concederse en el curso de un proceso penal por una cantidad establecida en la Ley para gastos de vivienda, ropa, desplazamiento y comida y para gastos médicos y de sepelio, en caso de que la víctima no pueda hacerse cargo de dichos gastos como consecuencia de la falta o delito contra su patrimonio.
  • Certificado de condición de víctima: en el curso de un proceso penal, el servicio de apoyo a las víctimas certifica la condición de víctima del interesado por medio de un certificado oficial basado en documentos policiales; la víctima puede usar el certificado en procesos administrativos o de otro tipo, por ejemplo, para la expedición de documentos o la concesión de asistencia jurídica gratuita, entre otros.
  • Asistencia a testigos: los testigos citados para la vista pueden solicitar consejo al funcionario del órgano jurisdiccional encargado de la asistencia a testigos; este funcionario ofrece orientación a los testigos a la hora de declarar, tal y como se especifica en la normativa pertinente, con el fin de facilitar su comparecencia ante el órgano jurisdiccional.
  • Viviendas seguras: cuando sea necesario, el Estado proporciona viviendas a todos aquellos, nacionales húngaros o con derecho a circular libremente y residir en Hungría, que hayan sido reconocidos como víctimas de trata de seres humanos, independientemente de que el proceso penal haya empezado o no.
  • Indemnización estatal: los familiares de una persona fallecida como consecuencia de un delito violento o de una persona gravemente herida en el curso de dicho delito pueden solicitar una indemnización estatal en forma de un solo pago o pagos fraccionados mensuales en caso de que lo necesiten, tal y como se establece en la Ley.

3. Información de contacto

La Línea de Apoyo a las Víctimas funciona las 24 horas del día, los 7 días de la semana, y es gratuita en Hungría:

+36 (1) 80 225 225

El enlace abre una nueva ventanaServicios de Apoyo a las Víctimas

Más información sobre El enlace abre una nueva ventanaapoyo a las víctimas.

III.3. Asistencia jurídica gratuita

Según la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, el principal objetivo del Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita (Jogi Segítségnyújtó Szolgálat) es proporcionar ayuda jurídica profesional a las personas económicamente necesitadas a fin de que se hagan valer sus derechos y se resuelvan sus litigios, dentro de unos límites y de una forma específica.

1. Procedimiento

Las solicitudes de asistencia jurídica gratuita deben presentarse en persona o por correo postal (El enlace abre una nueva ventanaAsistencia Jurídica Gratuita: información de contacto) ante la unidad administrativa («oficina regional» o területi hivatal) responsable de la asistencia jurídica gratuita en la delegación del Gobierno competente del condado o municipio del domicilio o residencia habitual del solicitante, o, cuando no exista, su dirección a efectos de correspondencia o su lugar de trabajo, rellenando y firmando un formulario (El enlace abre una nueva ventanahttp://igazsagugyihivatal.gov.hu/dokumentumok-jogi-segitsegnyujtas) y adjuntando los documentos necesarios. La presentación de la solicitud es gratuita.

Cuando la oficina regional aprueba la resolución (definitiva) de concesión, el beneficiario puede acceder a los servicios de cualquier abogado de oficio (abogados, bufetes, organizaciones de la sociedad civil) que aparezca en la lista facilitada por la Oficina de Justicia (El enlace abre una nueva ventanahttp://www.kimisz.gov.hu/alaptev/nepugyvedje/nevjegyzek).

Los recursos contra resoluciones del Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita deben presentarse ante la oficina regional en un periodo de 15 días, aunque deben estar dirigidos a la Oficina de Justicia.

2. Formas básicas de la asistencia jurídica gratuita

A) Apoyo en procedimientos extrajudiciales:

  • en caso de que no se haya iniciado aún el proceso judicial para resolver el litigio;
  • incluye asesoramiento y/o redacción de escritos; y
  • no incluye el derecho a ser representado, esto es, el abogado de oficio no puede actuar en representación ni en nombre ni por cuenta del cliente.

B) Apoyo en procedimientos judiciales:

  • en caso de que ya haya empezado un proceso judicial;
  • incluye representación;
  • no puede ser beneficiario quien haya cometido el delito o infracción; y
  • la víctima puede disfrutar de representación legal desde el momento en el que se inicie la investigación o la instrucción en un procedimiento penal.

C) En casos simples, el Servicio proporciona asesoramiento breve y oral independientemente de la situación económica del cliente.

3. Requisitos

A) En procedimientos contradictorios y de jurisdicción voluntaria civiles:

  • el Estado cubre los honorarios del abogado de oficio o representante legal, o paga por adelantado los honorarios correspondientes a un año de servicios jurídicos en caso de que las rentas del cliente y su situación patrimonial cumplan los requisitos establecidos por ley;
  • el Estado paga por adelantado los honorarios de los servicios jurídicos prestados a cualquier persona reconocida por el Servicio de Apoyo a las Víctimas (Áldozatsegítő Szolgálat) como víctima de un delito y que cumpla los requisitos de renta y situación patrimonial establecidos por ley.

B) En procedimientos penales:

  • el Estado paga por adelantado los honorarios del abogado de oficio o representante legal durante un año en caso de que las rentas del cliente y su situación patrimonial cumplan los requisitos establecidos por ley;
  • el Estado paga por adelantado los honorarios de los servicios jurídicos prestados a cualquier persona reconocida por el Servicio de Apoyo a las Víctimas como víctima de un delito y que cumpla los requisitos de renta y situación patrimonial establecidos por ley.

C) Normas comunes:

Los beneficiarios deben facilitar una prueba de sus rentas y de las de aquellas personas de su misma unidad familiar mediante los documentos especificados en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.

La Ley determina los casos en los que no podrá proporcionarse dicha asistencia, como en la elaboración de contratos (a menos que las partes que firmen el contrato soliciten asistencia jurídica gratuita de manera conjunta y solo en caso de que las condiciones de dicha solicitud se cumplan en todos los aspectos), en asuntos aduaneros, etc.

4. Información de contacto

El enlace abre una nueva ventanaOficinas regionales:

Más información sobre El enlace abre una nueva ventanaasistencia jurídica gratuita.

Última actualización: 22/12/2017

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Países Bajos

Los derechos fundamentales se encuentran establecidos en el capítulo 1 de la Constitución de los Países Bajos. Estos derechos garantizan a los ciudadanos la libertad de vivir sin que el Estado interfiera en su vida privada. Además, la Constitución garantiza el derecho a participar en la sociedad y en la vida política. Algunos ejemplos de derechos fundamentales son la libertad de expresión, el derecho a la protección de los datos personales, el derecho de voto y el derecho a la igualdad de trato.

Existen dos tipos de derechos fundamentales:

  • Los derechos fundamentales «clásicos»: los derechos civiles y políticos. Ejemplos de estos derechos son el derecho de voto, la libertad de expresión, el derecho a la intimidad, la libertad de culto y la prohibición de la discriminación.
  • Los derechos fundamentales «sociales»: los derechos económicos, sociales y culturales. Ejemplos de estos derechos son el derecho a una vivienda, a la seguridad social, a la asistencia sanitaria y a la educación.

Por lo general, a diferencia de los derechos fundamentales clásicos, los derechos fundamentales sociales no pueden invocarse ante la justicia. Por tanto, los ciudadanos pueden interponer acciones judiciales si, por ejemplo, una autoridad municipal desea prohibir una manifestación sin un motivo válido.

Última actualización: 14/05/2018

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Polonia

TRIBUNALES NACIONALES

Con arreglo a la Constitución polaca (Konstytucja Rzeczypospolitej Polskiej) todas las personas tienen derecho a un juicio público y equitativo, sin dilaciones indebidas, ante un órgano jurisdiccional competente, imparcial e independiente. De lo anterior resulta que todo litigio relacionado con el ejercicio de los derechos y libertades garantizadas por el Derecho nacional debe sustanciarse ante los órganos jurisdiccionales nacionales. Los casos en materia de Derecho civil, de familia y de menores, laboral y de la seguridad social, y penal y penitenciario serán resueltos por los órganos jurisdiccionales ordinarios. Los órganos jurisdiccionales contencioso-administrativos supervisan la legalidad de la acción de la Administración. Los órganos de la jurisdicción militar administran justicia en el ámbito castrense según lo contemplado en las leyes del Parlamento y, en supuestos tasados legalmente, en lo que respecta a personas que no pertenecen a las fuerzas armadas polacas.

Los órganos de las jurisdicciones ordinarias, contencioso-administrativa y militar se rigen por el principio de doble instancia, esto es, que la parte que no está satisfecha con la manera en la que el órgano jurisdiccional ha resuelto el caso puede recurrir el fallo ante un órgano jurisdiccional superior.

Además, la Constitución polaca garantiza el derecho a presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (Trybunał Konstytucyjny) a toda persona cuyos derechos y libertades constitucionales hayan sido vulnerados. Con carácter general, este recurso solamente puede ser redactado y presentado por un abogado (adwokat) o un asesor jurídico (radca prawny), y con carácter excepcional jueces (El enlace abre una nueva ventanasędziowie), fiscales (prokuratorzy), notarios (notariusze) o catedráticos o doctores en Derecho (profesora lub doktora habilitowanego nauk prawnych) que se representen a sí mismos; el recurso de amparo está exento de tasas judiciales. Dichos recursos pueden hacer referencia a un instrumento normativo en el que un órgano jurisdiccional o un organismo público se haya basado para dictar una resolución sobre los derechos, libertades u obligaciones contemplados en la Constitución.

INSTITUCIONES NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS

El Defensor del Pueblo (Rzecznik Praw Obywatelskich)

Dirección: Aleja Solidarności 77, 00-090 Warszawa (Varsovia)

El papel del Defensor del Pueblo es proteger los derechos y libertades de las personas y ciudadanos que se contemplan en la Constitución y en otros instrumentos normativos.

Toda persona tiene derecho a solicitar la ayuda del Defensor del Pueblo en casos relacionados con la protección de los derechos o libertades que hayan sido violados por las autoridades.

Las demandas al Defensor del Pueblo son gratuitas.

Tras revisar la demanda, el Defensor del Pueblo puede:

  • admitir la demanda;
  • indicar las soluciones de las que dispone el demandante;
  • remitir el caso al órgano competente; o
  • rechazar la demanda.

Al admitir la demanda, el Defensor del Pueblo puede:

  • llevar a cabo la investigación él mismo;
  • requerir a las autoridades competentes que revisen el caso o parte del mismo; y
  • solicitar a la cámara baja del Parlamento polaco (Sejm) que ordene a la Oficina Superior de Auditoría (Najwyższa Izba Kontroli) llevar a cabo una auditoría con el fin de revisar el caso en cuestión o parte del mismo.

Mientras estos procedimientos tienen lugar, el Defensor del Pueblo tiene la facultad de:

  • revisar cualquier caso sobre el terreno (incluso sin previo aviso);
  • solicitar aclaraciones y la presentación de documentos de todo caso tramitado por las autoridades en cuestión;
  • solicitar información sobre el progreso en un caso tramitado por un órgano jurisdiccional, el Ministerio Fiscal u otras autoridades policiales competentes, y solicitar el envío de documentos a la oficina del Defensor del Pueblo para su inspección una vez haya finalizado el proceso y se haya dictado sentencia; y
  • encargar dictámenes periciales o de otro tipo.

Tras revisar el caso, el Defensor del Pueblo puede:

  • explicar al demandante que no se ha violado ningún derecho ni libertad;
  • instar a la autoridad, organización o institución que haya violado dichos derechos y libertades mediante sus acciones a remediar la infracción en cuestión y, posteriormente, a supervisar la aplicación de las recomendaciones;
  • solicitar a la autoridad que supervise al órgano en cuestión que aplique las medidas previstas por ley;
  • solicitar que se incoe un proceso judicial y participar en cualquier proceso civil pendiente;
  • solicitar que el fiscal competente incoe diligencias previas en asuntos penales que se tramiten de oficio;
  • solicitar que se incoe un procedimiento administrativo o presentar una demanda contencioso-administrativa y ser parte en dicho proceso;
  • presentar una petición de multa o una petición para anular la resolución en casos relativos a delitos menores o faltas; y
  • presentar una apelación o un recurso de casación contra la sentencia.

Si el Defensor del Pueblo considera necesaria la modificación o la promulgación de un instrumento normativo de derechos y libertades, podrá presentar a tal efecto una solicitud a las autoridades competentes.

ORGANISMOS ESPECIALIZADOS EN DERECHOS HUMANOS

El Defensor del Menor (Rzecznik Praw Dziecka)

Dirección: Przemysłowa 30/32, 00-450 Warszawa (Varsovia)

El objetivo del Defensor del Menor es proteger los derechos de los menores, entre los que se encuentran:

  • el derecho a la vida y a la asistencia sanitaria;
  • el derecho a crecer en una familia;
  • el derecho a unas condiciones de vida dignas;
  • el derecho a la educación;
  • los derechos de los menores con discapacidad; y
  • la protección de toda forma de violencia, crueldad, explotación, desmoralización, abandono y otros tipos de maltrato.

Todas las personas tienen derecho a solicitar la ayuda del Defensor del Menor en casos relacionados con la protección de los intereses y derechos de un menor.

Las solicitudes al Defensor del Menor son gratuitas.

Al tramitar las solicitudes, el Defensor del Menor puede:

  • llevar a cabo una inspección sobre el terreno (incluso sin previo aviso);
  • solicitar a los órganos en cuestión aclaraciones o información, o acceso a los documentos; y
  • encargar dictámenes periciales y de otro tipo.

Tras revisar el caso, el Defensor del Menor puede:

  • solicitar a los órganos competentes que actúen en beneficio del menor;
  • solicitar que se inicien medidas disciplinarias o se impongan sanciones disciplinarias en caso de que el órgano en cuestión haya violado los intereses o derechos del menor;
  • participar en procesos judiciales ante el Tribunal Constitucional incoados por el propio Defensor, o en caso de recursos de amparo relativos a los derechos de los menores;
  • presentar recursos ante el Tribunal Supremo (Sąd Najwyższy) con el fin de resolver divergencias en la interpretación de la normativa legal relativa a los derechos de los menores;
  • presentar una acción o recurso de casación;
  • incoar un proceso civil y participar en todo proceso civil en curso;
  • participar en procesos relativos a los menores;
  • solicitar que el fiscal competente incoe diligencias previas en caso de infracción penal;
  • solicitar que se inicie un proceso administrativo o presentar una acción ante un órgano jurisdiccional contencioso-administrativo, y participar en dichos procesos; y
  • presentar una petición de sanción en casos relativos a faltas.

Si el Defensor del Menor considera necesaria la modificación o la promulgación de un instrumento normativo relativo a los derechos de los niños, podrá presentar a tal efecto una solicitud a las autoridades competentes.

El Defensor del Paciente (Rzecznik Praw Pacjenta)

Dirección: Młynarska 46, 01-171 Warszawa (Varsovia)

El Defensor del Paciente es el órgano encargado de la protección de los derechos de los pacientes.

Todas las personas tienen derecho a solicitar la ayuda del Defensor del Paciente en caso de que se violen los derechos de los pacientes.

Las solicitudes al Defensor del Paciente son gratuitas.

Tras revisar la solicitud, el Defensor del Paciente puede:

  • admitir a trámite la solicitud;
  • indicar las soluciones de las que dispone el interesado;
  • remitir el caso al órgano competente; o
  • desestimar la solicitud.

Al admitir a trámite la solicitud, el Defensor del Paciente puede:

  • llevar a cabo la investigación él mismo; o
  • requerir a las autoridades competentes que examinen el asunto o parte del mismo.

Durante el procedimiento, el Defensor del Paciente está facultado para:

  • llevar a cabo una inspección sobre el terreno (incluso sin previo aviso);
  • solicitar aclaraciones y la presentación de documentos de todo expediente tramitado por las autoridades en cuestión;
  • solicitar información sobre el progreso en un caso tramitado por un órgano jurisdiccional, el Ministerio Fiscal u otras autoridades policiales competentes, y solicitar el envío de documentos a la oficina del Defensor del Paciente para su inspección una vez haya finalizado el proceso y se haya dictado sentencia; y
  • encargar dictámenes periciales o de otro tipo.

Tras revisar el caso, el Defensor del Paciente puede:

  • explicar al solicitante que no se ha violado ningún derecho del paciente;
  • instar a la autoridad, organización o institución que haya violado dichos derechos del paciente mediante sus acciones a remediar la infracción en cuestión;
  • solicitar a la autoridad que supervisa al órgano mencionado anteriormente a aplicar las medidas previstas por la ley; y
  • solicitar que se incoe un proceso judicial y participar en todo proceso civil pendiente.

Si el Defensor del Paciente considera necesaria la modificación o promulgación de un instrumento normativo relativo a los derechos del paciente, podrá presentar a tal efecto una solicitud a las autoridades competentes.

El Inspector General para la Protección de los Datos de Carácter Personal (Generalny Inspektor Ochrony Danych Osobowych)

Dirección: Stawki 2, 00-193 Warszawa (Varsovia)

El Inspector General es el órgano encargado de la protección de datos de carácter personal.

En caso de que se haya infringido lo previsto en la Ley de Protección de Datos (ustawa o ochronie danych osobowych), el interesado puede presentar una queja ante el Inspector General.

El procedimiento, que se sustancia ante el Inspector General, consiste en examinar el tratamiento de los datos de carácter personal del interesado.

En el curso del mismo, el Inspector General, el inspector general adjunto y el personal autorizado están facultados para:

  • acceder a las instalaciones en las que se encuentre el sistema de archivo de datos, así como a las instalaciones donde se tratan dichos datos, y a llevar a cabo los controles necesarios;
  • solicitar aclaraciones y citar e interrogar a individuos con el fin de establecer los hechos;
  • inspeccionar todos los documentos y datos relacionados de manera directa con el tema objeto de la inspección y hacer copias de los mismos;
  • inspeccionar el equipo y los sistemas informáticos y multimedia usados para el tratamiento de los datos; y
  • encargar dictámenes periciales o de otro tipo.

Tras concluir estas actuaciones, y en caso de que las normas hayan sido infringidas, el Inspector General emite una resolución que ordena el restablecimiento del cumplimiento, lo que incluye:

  • finalizar las irregularidades;
  • complementar, actualizar o rectificar los datos de carácter personal, así como facilitar o restringir el acceso a los mismos;
  • tomar medidas adicionales para proteger los datos de carácter personal;
  • interrumpir la transmisión de datos de carácter personal a un tercer país;
  • asegurar los datos o su transmisión a otros órganos; y
  • eliminar de datos de carácter personal.

A pesar de lo anterior, según la información recabada durante el examen del caso, el Inspector General, de oficio, decide si ejerce las siguientes facultades:

  • enviar una carta al órgano al que concierne la queja;
  • solicitar que se inicien medidas disciplinarias o de otro tipo según la ley contra el autor de la infracción; o
  • notificar el posible delito a la autoridad policial competente.

Si el Inspector General considera necesaria la modificación o promulgación de un instrumento normativo relativo a la protección de datos de carácter personal, podrá presentar a tal efecto una solicitud a las autoridades competentes.

El Plenipotenciario del Gobierno para la Igualdad de Trato (Pełnomocnik Rządu ds. Równego Traktowania)

Dirección: Al. Ujazdowskie 1/3, 00-583 Warszawa (Varsovia)

El Plenipotenciario es el órgano responsable de la aplicación de la igualdad de trato en la  Administración y las políticas antidiscriminatorias.

Todas las personas tienen derecho a presentar una queja, demandas o petición ante el Plenipotenciario.

No se aplica tasa alguna a la presentación de quejas, demandas o peticiones.

En caso de que se requiera una examinación y aclaración previa de los hechos del caso, el Plenipotenciario practica las pruebas necesarias. Para ello, es probable que otras autoridades necesiten proporcionar las pruebas y aclaraciones necesarias.

La queja, demanda o petición debe ser tramitada sin demora indebida:

  • en un mes en el caso de las quejas o demandas;
  • en tres meses en el caso de las peticiones.

El Plenipotenciario informa al interesado de la forma en la que el expediente ha sido tramitado.

Si se demuestra que el principio de igualdad de trato ha sido violado, el Plenipotenciario toma medidas para eliminar o mitigar los efectos de dicha infracción.

Si el Plenipotenciario considera necesaria la modificación o promulgación de un instrumento normativo relativo a la igualdad de trato y la lucha contra la discriminación, podrá presentar a tal efecto una solicitud a las autoridades competentes.

El Plenipotenciario del Gobierno para Personas con Discapacidad (Pełnomocnik Rządu ds. Osób Niepełnosprawnych)

El Plenipotenciario lleva a cabo una supervisión directa de la realización de tareas enunciadas en la Ley de Empleo y Rehabilitación Social y Profesional (de Personas con Discapacidad) (ustawa o rehabilitacji zawodowej i społecznej oraz zatrudnianiu osób niepełnosprawnych).

El Plenipotenciario supervisa la expedición de certificados de discapacidad y determina el nivel de discapacidad.

Todas las personas tienen derecho a presentar una queja, demanda o petición ante el Plenipotenciario.

En caso de que se requiera una examinación y aclaración previa de los hechos del caso, el Plenipotenciario practica las pruebas necesarias. Para ello, es probable que otras autoridades necesiten proporcionar las pruebas y aclaraciones necesarias.

La queja, demanda o petición debe ser tramitada sin demora indebida:

  • en un mes en el caso de las quejas o demandas;
  • en tres meses en el caso de las peticiones.

El Plenipotenciario informa al interesado de la forma en la que el expediente ha sido tramitado.

En caso de que, en el marco de la supervisión, el Plenipotenciario demuestre que existen dudas razonables de que una resolución refleje los hechos del caso o de que una resolución haya sido dictada de manera irregular, puede solicitar que la autoridad competente:

  • anule la resolución;
  • reanude el proceso.

OTROS ÓRGANOS ESPECIALIZADOS

El Consejo Nacional de Radiodifusión (Krajowa Rada Radiofonii i Telewizji)

Dirección: Skwer kard. S. Wyszyńskiego 9, 01-015 Warszawa (Varsovia)

El Consejo Nacional de Radiodifusión garantiza la libertad de expresión en radio y televisión, protege la autonomía de los proveedores de servicios de comunicación y el interés público, y vela por el carácter abierto y plural de la radio y la televisión.

Todas las personas tienen derecho a presentar una queja, demanda o petición ante el Consejo.

No se aplica tasa alguna a la presentación de quejas, demandas o peticiones.

En caso de que la queja concierna a una emisión concreta, el interesado debe especificar la hora y la fecha de dicha emisión, el nombre del canal y el título del programa (o cualquier otro tipo de información que permita determinar el programa objeto de la queja).

El presidente del Consejo puede solicitar al proveedor del servicio de comunicación que proporcione cualesquiera pruebas, documentos o aclaraciones necesarios para comprobar si el proveedor actuó de acuerdo con la ley.

La queja, demanda o petición debe ser tramitada sin demora indebida: en un mes en el caso de quejas o demandas, y en tres meses en el caso de las peticiones.

El Consejo informa al interesado de la forma en la que el expediente ha sido tramitado.

El presidente del Consejo puede exigir al proveedor del servicio de comunicación que cese la prestación de servicios en caso de que se haya infringido la ley.

En determinados casos, el presidente del Consejo puede imponer una sanción pecuniaria al proveedor de servicios de comunicación.

Última actualización: 23/01/2018

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Portugal

Órganos jurisdiccionales nacionales

En caso de que se vulneren los derechos fundamentales de los ciudadanos, estos pueden recurrir a los tribunales. Los órganos jurisdiccionales portugueses (jurisdicciones civil y contencioso-administrativa) se encargan de administrar justicia, salvaguardar los derechos e intereses de los ciudadanos amparados por ley, castigar las infracciones del Estado de Derecho democrático y resolver litigios públicos o privados (artículo 202 de la Constitución de la República Portuguesa).

El Tribunal Constitucional tiene una responsabilidad especial a la hora de administrar justicia en asuntos constitucionales y jurídicos. Una vez agotados todos los recursos ordinarios —artículo 70, apartado 2, y artículo 72 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional—, la parte que durante el proceso hubiese alegado la inconstitucionalidad de una norma que ya ha sido aplicada tiene derecho a presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional.

Para más información, véase la página relativa a los sistemas judiciales en los Estados miembros: Portugal.

Institución nacional de derechos humanos

Defensor del Pueblo (Provedor de Justiça)

Además de las funciones anteriormente mencionadas, el Defensor del Pueblo portugués es, desde 1999, la institución nacional de derechos humanos, a la que Naciones Unidas ha otorgado la categoría «A» por cumplir plenamente con los Principios de París.

Por consiguiente, la labor del Defensor del Pueblo incluye el fomento y la protección de los derechos humanos fundamentales, prestando especial atención a los derechos de los más vulnerables por su edad o por alguna deficiencia psicomotora, a saber, los menores, las personas de edad avanzada y las personas con discapacidad.

Las demandas se presentan y tramitan de acuerdo con el procedimiento señalado en la sección del Defensor del Pueblo.

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo es un órgano oficial cuyo cometido es «la defensa y el fomento de los derechos, libertades, garantías e intereses legítimos de los ciudadanos» (artículo 1, apartado 1 de la Ley n.o 9/91, de 9 de abril de 1991, en su versión actual) que puedan verse indebidamente infringidos en las relaciones de los ciudadanos con las autoridades públicas. Cuando no exista otra vía, ya sea porque todos los recursos (administrativos y/o judiciales) han sido agotados o porque ha prescrito el plazo legal para su presentación, los ciudadanos pueden dirigirse al Defensor del Pueblo y presentar una demanda en la que expresen los motivos de su posición sin coste alguno.

Como ya se ha señalado, el Defensor del Pueblo de Portugal es también la institución nacional de derechos humanos y desempeña la función de mecanismo nacional de prevención.

En mayo de 2013, en virtud del Protocolo facultativo de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el Consejo de Ministros decidió asignar al Defensor del Pueblo la función de mecanismo nacional de prevención. Por lo tanto, el Defensor es el responsable de las inspecciones a lugares de reclusión (instituciones penitenciarias, clínicas, hospitales psiquiátricos, centros juveniles, etc.) con el fin de, entre otras cuestiones, supervisar la calidad del alojamiento y la comida de las personas privadas de libertad, comprobar si se respetan sus derechos fundamentales (incluido, en la medida de lo posible, el derecho a la privacidad y el contacto legítimo con familiares y representantes legales) y constatar si existen programas terapéuticos individuales.

Tramitación de las demandas:

Las demandas pueden presentarse al Defensor del Pueblo por carta, fax o correo electrónico, por teléfono o personalmente en la Oficina del Defensor del Pueblo (El enlace abre una nueva ventanahaga clic aquí para consultar las direcciones), mediante un formulario de demanda electrónico (El enlace abre una nueva ventanahaga clic aquí) y en cualquier oficina del Ministerio Fiscal.

No todas las comunicaciones que recibe el Defensor del Pueblo son demandas; a menudo son explicaciones anónimas, solicitudes de información y asesoramiento jurídico o declaraciones generales sobre cuestiones específicas. Todas estas son archivadas.

Las demandas dan lugar a un proceso (no necesariamente nuevo, ya que las demandas relativas a cuestiones parecidas pueden tramitarse en un solo proceso por razones de rapidez y economía procesal) que es debidamente instruido. En otras palabras, se realizan las investigaciones necesarias para establecer los hechos, por ejemplo, dándose audiencia a la entidad contra la que se ha presentado la demanda e incluso al propio demandante, que también puede solicitar una audiencia con el Defensor del Pueblo.

Al final de este procedimiento, las demandas pueden dar lugar a recomendaciones, sugerencias, observaciones y otras formas alternativas de conciliar intereses enfrentados, así como a solicitudes de control de la constitucionalidad o la legalidad.

Además de tramitar las demandas de los ciudadanos, el Defensor del Pueblo puede iniciar procesos por iniciativa propia con el fin de investigar situaciones que hayan llamado su atención por cualquier motivo y que estén dentro del ámbito de sus competencias.

Organismos especializados en derechos humanos

Organización para la protección de los derechos de los menores

Comisión Nacional para el Fomento de los Derechos y la Protección de los Niños y Jóvenes (Comissão Nacional de Promoção dos Direitos e Proteção das Crianças e Jovens o CNPDPCJ)

La función de la Comisión es ayudar a planificar la intervención del Estado y coordinar, supervisar y evaluar las medidas adoptadas por los organismos públicos y la comunidad para proteger y promover los derechos de los niños y los jóvenes. Una de sus tareas más importantes es fomentar la firma de protocolos de coordinación y colaboración entre, entre otros órganos, los Comités de Protección de la Infancia y la Juventud (Comissões de Proteção de Crianças e Jovens o CPCJ) repartidos por todo el país.

Los CPCJ son instituciones oficiales no judiciales con autonomía funcional, cuyo objetivo es fomentar los derechos de los niños y jóvenes, y prevenir o poner fin a situaciones que puedan afectar a su seguridad, salud, formación, educación o desarrollo general. El Ministerio Fiscal (Ministério Público) controla la labor de los CPCJ y evalúa la legalidad y el fondo de sus decisiones, impugnándolas por vía judicial cuando sea necesario.

Los Comités se reúnen en plenos y en secciones. En pleno se decide sobre la ejecución de medidas para fomentar los derechos de niños y jóvenes y prevenir situaciones peligrosas para ellos.

Las secciones intervienen en situaciones en las que un niño o joven está en peligro, sobre todo a la hora de: atender y asesorar a las personas que se acerquen al comité de protección; decidir si se abren y llevan a cabo procedimientos de promoción y protección; llevar a cabo una evaluación preliminar de las situaciones de las que tiene conocimiento el comité de protección; investigar los casos; solicitar la participación de los miembros del pleno en la investigación de los casos cuando sea necesario; decidir sobre la aplicación de las medidas de promoción y protección y supervisarlas y revisarlas (excepto la medida que implique la aprobación de una persona seleccionada para su adopción o de una institución de adopción); investigar y supervisar las medidas de promoción y protección que se le solicitan en el marco de la cooperación con otros comités de protección; e informar al pleno cada seis meses, sin identificar a las personas involucradas, sobre los procedimientos que se inician y sobre la situación de los procedimientos en curso.

Tramitación de las denuncias:

Cualquier persona puede transmitir información relativa a una situación peligrosa directamente al CPCJ por carta, teléfono, fax o correo electrónico, o en persona en los propios Comités. Estos tienen competencia sobre el término municipal en el que se encuentren. Haga clic El enlace abre una nueva ventanaaquí para consultar la lista de contactos de CPCJ según dónde resida el niño.

La intervención del CPCJ requiere el consentimiento y el acuerdo de los padres y puede llevar a la adopción de las medidas siguientes:

  • apoyo conjunto de los padres;
  • apoyo conjunto de otro miembro de la familia;
  • ser confiado a una persona de buena reputación;
  • ayuda para una vida independiente;
  • acogimiento familiar;
  • acogimiento institucional.

Las medidas de protección y fomento se aplican en el entorno habitual o en régimen de acogida, dependiendo de su naturaleza.

Organismos de fomento de la igualdad

Comisión para la Ciudadanía y la Igualdad de Género (Comissão para a Cidadania e a Igualdade de Género o CIG)

La Comisión para la Ciudadanía y la Igualdad de Género es el órgano nacional responsable del fomento y el respeto del principio de igualdad entre hombres y mujeres. Trabaja en las siguientes áreas: educación de la ciudadanía; igualdad entre hombres y mujeres; protección de la maternidad y la paternidad; fomento de la igualdad de participación de hombres y mujeres en los diferentes ámbitos de la vida; conciliación del trabajo y la vida familiar y privada de hombres y mujeres; lucha contra la violencia doméstica y de género y contra la trata de personas; y apoyo a las víctimas.

La CIG es un servicio central que depende directamente de la Administración Pública y que goza de autonomía administrativa. Forma parte de la Presidencia del Consejo de Ministros (Presidência do Conselho de Ministros) y está dirigida por la Secretaría de Estado de Ciudadanía e Igualdad (Secretária de Estado para a Cidadania e Igualdade).

En concreto, se encarga de recibir las denuncias relativas a casos de discriminación o violencia de género y las remite donde proceda, junto con dictámenes y recomendaciones a las autoridades competentes o entidades involucradas.

Tramitación de las denuncias:

Las denuncias relativas a casos de discriminación o violencia de género se pueden enviar a la CIG por correo electrónico, a través de Facebook y en papel.

Las denuncias recibidas son analizadas y clasificadas por sus servicios internos, que responden directamente al denunciante por el mismo canal. Los dictámenes o recomendaciones deben enviarse a las entidades competentes y los casos deben remitirse a las autoridades pertinentes —por ejemplo, el Ministerio Fiscal, la Autoridad de Seguridad Alimentaria y Económica (Autoridade de Segurança Alimentar e Económica) o la Autoridad reguladora de los medios de comunicación (Entidade Reguladora para a Comunicação Social)— con una copia a las entidades implicadas.

Alto Comisionado para la Migración (Alto Comissariado para as Migrações o ACM)

[Comisión para la Igualdad y la Lucha contra la Discriminación Racial (Comissão para a Igualdade e Contra a Discriminação Racial o CICDR)]

El Alto Comisionado para la Migración (ACM) es una institución pública que trabaja en la definición, aplicación y evaluación de políticas públicas sectoriales e intersectoriales sobre migración que sean relevantes para atraer migrantes en un contexto nacional e internacional y en el contexto del mundo de habla portuguesa, con el fin de integrar a los inmigrantes y grupos étnicos, en particular a las comunidades romaníes, y gestionar y promover la diversidad entre culturas, etnias y religiones. Uno de sus cometidos más importantes es luchar contra todas las formas de discriminación por motivos de color, nacionalidad, origen étnico o religión, independientemente de la forma que adopte dicha discriminación, mediante acciones, campañas o actos de sensibilización pública y mediante la tramitación de las infracciones administrativas previstas por la ley.

Bajo los auspicios de la ACM existe una Comisión para la Igualdad y contra la Discriminación Racial (Comissão para a Igualdade e Contra a Discriminação Racial o CICDR). Esta Comisión tiene por objeto prevenir y prohibir la discriminación racial y sancionar los actos realizados por cualquier persona que viole los derechos fundamentales o niegue o restrinja el ejercicio de los derechos económicos, sociales o culturales, por su pertenencia a una raza, etnia, color, nacionalidad, ascendencia o región de origen en particular, dentro de los términos y límites establecidos en la Ley n.o 93/2017, de 26 de agosto de 2017, por la que se establece el marco jurídico para la prevención, prohibición y acción contra la discriminación. La Ley n.o 93/2017 prohíbe cualquier forma de discriminación, tal como se define en la Ley, incluida una serie de prácticas basadas en la raza, el origen étnico, el color, la nacionalidad, la ascendencia o la región de origen.

Tramitación de las denuncias:

Las denuncias deben enviarse a la ACM o directamente a la CICDR por carta, fax, correo electrónico o teléfono. También se puede cumplimentar un El enlace abre una nueva ventanaformulario de denuncia electrónico disponible en el sitio web de la CICDR.

Un acto de discriminación por parte de una persona física constituye una infracción administrativa punible con una multa que varía entre una y dos veces el valor del índice de apoyo social. Un acto de discriminación por parte de una persona jurídica pública o privada constituye una infracción administrativa punible con una multa que varía entre cuatro y veinte veces el valor del índice de apoyo social.

Tanto en el caso de las personas físicas como de las personas jurídicas privadas y públicas, la aplicación de multas no prejuzga ninguna posible responsabilidad civil ni la aplicación de otra sanción relativa al mismo caso.

La Comisión lleva un registro de los datos de las personas físicas y jurídicas que han recibido multas y sanciones adicionales. Los órganos jurisdiccionales y la Autoridad para las Condiciones Laborales deben enviar a la Comisión todas las decisiones que confirmen las prácticas discriminatorias. Una vez expirado el plazo para una impugnación judicial o si no se ha solicitado ninguna impugnación judicial, o cuando la decisión de la Comisión ha pasado a ser res judicata, los extractos de dicha decisión se publican en el sitio web de la ACM durante un período de cinco años. Dichos extractos incluyen al menos la identificación de la persona jurídica declarada culpable, información sobre el tipo y la naturaleza del acto de discriminación y las multas y sanciones adicionales aplicadas.

Organismo de protección de datos

Autoridad Portuguesa de Protección de Datos (Comissão Nacional de Proteção de Dados o CNPD)

La CNPD es un órgano administrativo autónomo dependiente del Parlamento (Assembleia da República). Su papel consiste en controlar y supervisar el tratamiento de los datos personales de conformidad con los derechos, libertades y garantías consagrados en la Constitución y la ley. La Comisión es la autoridad nacional de protección de datos personales. La CNPD colabora con las autoridades de supervisión de los datos personales de otros Estados para proteger y defender los derechos de las personas que viven en el extranjero.

Tramitación de las denuncias:

Las quejas y solicitudes de personas físicas relativas a vulneraciones en el tratamiento de los datos personales deben presentarse por escrito ante la CNPD. Las quejas también pueden presentarse por vía electrónica mediante el El enlace abre una nueva ventanaformulario de la página web de la CNPD. Deberán constar el nombre, la dirección y la firma de la persona que presenta la queja.

Una vez que la denuncia ha sido admitida a trámite, el personal de la CNPD la investiga y somete a una evaluación previa. En caso de que la cuestión no sea competencia de la CNPD o no sea posible emitir una resolución debido a la naturaleza de la declaración del individuo, debe evaluarse o ser debidamente remitida a aquel miembro al que haya sido asignada.

Las decisiones de la CNPD son adoptadas por mayoría, son vinculantes y están sujetas a reclamaciones y recursos.

Otros organismos especializados

Instituto Nacional para la Rehabilitación (Instituto Nacional para a Reabilitação, IP o INR, I.P.)

El Instituto Nacional para la Rehabilitación es una institución pública integrada en el Ministerio de Trabajo, Solidaridad y Seguridad Social (Ministério do Trabalho, Solidariedade e Segurança Social), que tiene autonomía administrativa y sus propios recursos. El Instituto trabaja para garantizar la igualdad de oportunidades, luchar contra la discriminación y valorizar a las personas con discapacidad mediante el fomento de sus derechos fundamentales.

El INR puede recibir denuncias de casos de discriminación por motivos de discapacidad según se establece en la Ley n.o 46/2006, de 28 de agosto de 2006, que prohíbe y sanciona la discriminación por motivos de discapacidad y la preexistencia de un riesgo grave para la salud. Se considera discriminación cualquier acto que viole los derechos fundamentales de una persona, o que niegue o restrinja el ejercicio de dichos derechos, por razones de discapacidad.

Tramitación de las denuncias:

Para iniciar el procedimiento de denuncia, debe enviarse una descripción completa del supuesto acto discriminatorio al Instituto. En el sitio web (El enlace abre una nueva ventanahttps://www.inr.pt/formulario-de-queixa) hay un formulario de denuncia disponible, que se puede enviar por correo electrónico a El enlace abre una nueva ventanainr@inr.mtsss.pt.

El denunciante debe identificarse (nombre completo, documento de identidad, documento de residencia o número de identificación fiscal, dirección completa, teléfono y otra información de contacto) y facilitar una descripción clara de todos los hechos. Debe especificar quiénes son los testigos y facilitar su nombre y apellido(s), dirección e información de contacto. La demanda debe ir acompañada, en la medida de lo posible, de testimonios, documentos u otros elementos probatorios que demuestren la ocurrencia del acto discriminatorio.

Una vez se haya presentado la denuncia, el expediente se remite a la autoridad administrativa (inspecciones generales, autoridades reguladoras u otros órganos competentes) con competencia para investigar y/o sancionar en la fase de instrucción durante la cual se recaban las pruebas. Tras esta, bien se archiva el expediente, o bien se impone una sanción (así como otras sanciones accesorias). Se envía una copia de la resolución al Instituto Nacional para la Rehabilitación.

La perpetración de un acto discriminatorio está sujeta al pago de una sanción, que puede oscilar entre cinco y treinta veces el valor del salario mínimo interprofesional mensual, dependiendo de si las violaciones han sido cometidas por personas físicas o jurídicas.

Según la gravedad de la infracción y la culpabilidad del infractor, pueden imponerse sanciones adicionales como el embargo de bienes, la inhabilitación profesional o de otro tipo, la privación del derecho a subsidios y prestaciones concedidos por autoridades públicas, el cierre de establecimientos y la publicación de la sanción.

Comisión para la Igualdad en el Trabajo y el Empleo (Comissão para a Igualdade no Trabalho e no Emprego o CITE)

La CITE es un órgano colegiado igualitario y tripartito con autonomía administrativa y personalidad jurídica. Fomenta la igualdad y la lucha contra la discriminación entre hombres y mujeres en el trabajo, el empleo y la formación profesional y colabora en la aplicación de la legislación y las obligaciones dispuestas en los tratados de este ámbito, así como las obligaciones relativas a la protección de la paternidad y la conciliación de la vida profesional y la vida familiar y privada en el sector cooperativo, público y privado.

Entre sus principales actividades se encuentran la evaluación de las denuncias presentadas ante la CITE o situaciones que apuntan a la violación de las disposiciones legales relativas a la igualdad y la no discriminación entre hombres y mujeres en el trabajo, el empleo y la formación profesional. También trabaja para garantizar la protección de la paternidad y la conciliación de la vida profesional con la vida familiar y privada, y ofrece información y asistencia jurídica al respecto.

Tramitación de las denuncias:

Cualquier persona puede presentar una demanda contra anuncios de trabajo y otros métodos de contratación de empleados que no garanticen el derecho a la igualdad entre hombres y mujeres a la hora de acceder a un empleo.

Cualquier trabajador puede presentar una denuncia en caso de discriminación entre hombres y mujeres a la hora de acceder a un empleo, puesto de trabajo o formación profesional.

Las denuncias pueden presentarse por carta, fax o correo electrónico. También pueden presentarse llamando al teléfono gratuito +351 800204684 o en las instalaciones de la CITE, con cita previa, llamando al teléfono +351 217803709.

La CITE debe comunicar la existencia o indicios de prácticas laborales discriminatorias por motivos de género al organismo de inspección laboral (Autoridad para las Condiciones Laborales), que podrá iniciar procedimientos de infracción administrativa, como se ha señalado anteriormente.

Autoridad para las Condiciones Laborales (Autoridade para as Condições do Trabalho o ACT)

La Autoridad para las Condiciones Laborales (ACT) es un servicio estatal cuyo objetivo es fomentar la mejora de las condiciones de trabajo en Portugal, asegurándose de que se cumpla la normativa laboral en el contexto de las relaciones de trabajo privadas y fomentando la salud y la seguridad en el trabajo en todos los sectores privados.

También controla el cumplimiento de la legislación relativa a la salud y la seguridad en el trabajo en todos los sectores y en los órganos y departamentos de la Administración Pública central (directa e indirecta) y local, incluyendo los institutos públicos cuando ofrecen servicios personalizados o fondos públicos.

Se pueden presentar denuncias relativas a deficiencias en las instalaciones o al incumplimiento de las disposiciones que son competencia de la ACT, incluidas: las condiciones de seguridad y salud en el trabajo; contratos de trabajo de duración determinada; la desigualdad y la discriminación en el trabajo; desplazamiento de trabajadores; duración y organización del tiempo de trabajo; representación colectiva de los trabajadores; trabajo no declarado o irregular; trabajo temporal; trabajo de inmigrantes.

Tramitación de las denuncias:

Todos los trabajadores, representantes de empleados u otra parte interesada pueden presentar una denuncia simplemente completando el El enlace abre una nueva ventanaformulario electrónico disponible en el sitio web de la ACT.

En caso de que, en el ejercicio de sus obligaciones, el inspector laboral detecte o demuestre personal y directamente una infracción de una norma sancionada con multa (incluso después del suceso), debe elaborar un informe oficial. En caso de violaciones que no verifique personalmente, el inspector laboral elabora un informe del incidente con base en las pruebas disponibles y el nombre de al menos dos testigos.

Tras la elaboración del informe, el acusado es notificado y dispone de un periodo de quince días para pagar la multa de manera voluntaria, presentar una respuesta por escrito con documentos justificativos y una lista de testigos, o para acudir en persona a declarar.

El plazo para finalizar la investigación es de sesenta días, que podrá ser ampliado por periodos de igual duración en casos debidamente justificados.

Las infracciones administrativas muy graves o la reincidencia dolosa o por negligencia grave pueden hacerse públicas como sanción accesoria. En caso de reincidencia en alguna de las infracciones administrativas mencionadas, pueden imponerse sanciones adicionales como, por ejemplo, la prohibición temporal del ejercicio de la actividad económica, la privación del derecho a participar en subastas o contratos públicos, o la publicación de la sentencia, teniendo en cuenta los efectos perjudiciales para el empleado o el beneficio económico perdido por el empleador.

En caso de que la infracción consista en la omisión de una obligación, el pago de la multa no exime al infractor de cumplir con dicha obligación en caso de que aún sea posible. Si la infracción es el resultado del impago de cantidades, la ACT puede acordar, además de la multa, que las cantidades debidas a los trabajadores se paguen en el mismo plazo fijado para la multa.

Agencia Portuguesa de Medio Ambiente (Agência Portuguesa do Ambiente o APA)

El cometido de la Agencia Portuguesa de Medio Ambiente consiste en proponer, desarrollar y controlar la gestión participativa e integrada de las políticas de desarrollo sostenible y medioambiental, en coordinación con otras políticas sectoriales y en colaboración con entidades públicas y privadas que trabajan por el mismo objetivo. Trabaja por una protección y mejora medioambiental de alto nivel y por la prestación de servicios de calidad a los ciudadanos. Asimismo, es la autoridad nacional encargada de la implantación de un sistema de responsabilidades medioambientales.

Por daños medioambientales se entienden: i) daños a las especies y los hábitats naturales protegidos; ii) daños causados por el agua; iii) daños a la tierra.

Las observaciones relativas a los daños medioambientales o a la amenaza inminente de dichos daños pueden presentarse ante la Agencia, a la que se podrá solicitar que adopte medidas. La persona que presenta la observación debería presentar también todos los datos o intervenciones relevantes a su disposición.

Tramitación de las denuncias:

Cualquier particular o interesado puede enviar una solicitud por correo postal o electrónico. También existe un El enlace abre una nueva ventanaformulario de contacto electrónico en el sitio web de la Agencia.

La autoridad competente evalúa la solicitud de medidas e informa a las partes interesadas de si la acepta o la rechaza. Si la autoridad competente confirma la existencia de daños medioambientales y acepta la petición del solicitante, se notifica dicha petición al operador con vistas a la toma de una decisión sobre las medidas que se llevarán a cabo.

Inspección General de Agricultura, Mar, Medio Ambiente y Ordenación Territorial (Inspeção-Geral da Agricultura, do Mar, do Ambiente e do Ordenamento do Território o IGAMAOT)

La IGAMAOT es un servicio central dependiente de la Administración Pública que se encarga del control, auditoría y fiscalización de los departamentos y órganos del ámbito de competencia de la IGAMAOT, en términos de administración, gestión y comisiones de servicio. En los ámbitos de la regulación y la seguridad alimentaria, controla las ayudas con cargo a los fondos nacionales y de la UE. En los ámbitos del medio ambiente, la ordenación territorial y la conservación de la naturaleza, se encarga del seguimiento permanente y el control continuo de la legalidad.

Sus actividades involucran a los operadores privados y al sector público, así como a los ciudadanos, en materias relativas a la legislación medioambiental, la ordenación territorial o la conservación de la naturaleza, y a los beneficiarios de las ayudas nacionales o europeas en agricultura y pesca.

La IGAMAOT recibe denuncias relativas a actos que recaen dentro de su ámbito de competencias. Interviene en aquellas cuestiones de mayor riesgo potencial en combinación con el resto de autoridades competentes, según la situación.

Tramitación de las denuncias:

La IGAMAOT dispone de un portal electrónico en su página web a través del cual se pueden presentar denuncias mediante un El enlace abre una nueva ventanaformulario electrónico que debe contener una descripción detallada de la situación en cuestión, además del nombre, los apellido(s) y la información de contacto del denunciante. El denunciante puede solicitar que se respete la confidencialidad de estos datos si marca la casilla correspondiente en el formulario.

Las quejas, declaraciones, atestados y otras solicitudes presentados a la IGAMAOT que contengan material que ya ha sido evaluado en el contexto de una inspección dan lugar al inicio de un procedimiento administrativo específico, llevado a cabo de acuerdo con el Código del Procedimiento Administrativo (Código do Procedimento Administrativo).

Las solicitudes anónimas no se admiten a trámite, excepto cuando estén suficientemente documentadas o fundamentadas.

En el procedimiento administrativo, la IGAMAOT establece un plazo para que los órganos implicados respondan a las solicitudes de información o envíen dicha información.

Dentro del ámbito de la investigación, se pueden realizar diligencias en colaboración con las entidades competentes con vistas a recopilar información y pruebas que permitan tomar una decisión sobre si llevar a cabo la inspección.

Una vez evaluado el expediente, y sin perjuicio de la necesaria denuncia a efectos penales, se elabora una propuesta razonada que se presenta ante el inspector general para que decida si archivar el expediente, continuar los trámites, tomar medidas extraordinarias o remitir la cuestión al miembro del Gobierno encargado de la IGAMAOT, que decide qué medidas adoptar al respecto.

Inspección General de los Servicios de Justicia (Inspeção-Geral dos Serviços de Justiça o IGSJ)

La IGSJ es un servicio central de la Administración Pública, con autonomía administrativa, cuyo cometido es auditar, inspeccionar y fiscalizar a todas las entidades, servicios y organismos dependientes del Ministerio de Justicia o que estén sujetos a su supervisión o regulación, incluidas las instituciones penitenciarias, con vistas a la corrección de ilegalidades o irregularidades y a la optimización del funcionamiento de los servicios.

Las denuncias deben presentarse en relación con acciones y omisiones que se consideren ilegales, especialmente: retrasos en la prestación de servicios públicos; servicios deficientes; comportamiento inadecuado de los funcionarios y el personal laboral; mal estado de las instalaciones; y, en general, cualquier irregularidad o deficiencia en el funcionamiento de los servicios.

Tramitación de las denuncias:

Las denuncias pueden presentarse sin ninguna formalidad especial en persona o por correo postal, teléfono, fax o correo electrónico. En el sitio web de la IGSJ existe un El enlace abre una nueva ventanaformulario de denuncia a tal efecto.

Las denuncias, los informes de incidentes y las declaraciones presentadas en persona ante la IGSJ son recibidas por el inspector correspondiente.

Siempre se asigna un número de expediente a las denuncias presentadas. Dicho número se notifica al denunciante, que debe mencionarlo cada vez que contacte con la IGSJ. Si procede, la denuncia se vincula a una auditoría o una inspección pendiente o en curso.

Los denunciantes pueden solicitar a la IGSJ información sobre su expediente por cualquier medio y siempre que especifiquen el número de expediente. Si la denuncia se presenta a través del sitio web de la IGSJ, se puede controlar el progreso de la misma utilizando la contraseña de acceso que se generó al presentar la queja por vía electrónica.

Las denuncias anónimas solo se analizan si las declaraciones realizadas se consideran motivadas y detalladas. No se da información al denunciante sobre el resultado de las investigaciones realizadas, ni es posible consultar información sobre el estado del expediente en cuestión a través del sitio web de la IGSJ, ya que el acceso a esta información depende de los permisos del usuario.

Inspección General de Asuntos Internos (Inspeção-Geral da Administração Interna o IGAI)

La IGAI es un servicio independiente de control externo de la actividad policial. Depende del Ministerio del Interior (Ministério da Administração Interna o MAI) y en el ámbito de sus competencias de control se encuentran todos los cuerpos y fuerzas de seguridad: la Guardia Republicana (Guarda Nacional Republicana o GNR), la Policía de la Seguridad Pública (Polícia de Segurança Pública o PSP) y el Servicio de Extranjeros y Fronteras (Serviço de Estrangeiros e Fronteiras o SEF), que dependen de este Ministerio. Lleva a cabo fiscalizaciones, inspecciones y auditorías de alto nivel de estos órganos y defiende los derechos de los ciudadanos, prestando especial atención a la protección de los derechos humanos y el mantenimiento del orden público.

Cualquier persona (portuguesa o extranjera), grupo de personas, asociación, empresa u otra entidad colectiva puede presentar una denuncia relativa a acciones y omisiones consideradas ilegales, en especial aquellas relativas a violaciones de los derechos fundamentales de los ciudadanos por parte del personal de los órganos dependientes del MAI. Dichas violaciones incluyen retrasos en la prestación de servicios, servicio deficiente, comportamiento inadecuado del personal en el ejercicio de funciones públicas u otros colaboradores del MAI, mal estado de las instalaciones y, en general, toda irregularidad o deficiencia en el funcionamiento de los servicios.

Tramitación de las denuncias:

Las denuncias se pueden presentar sin ninguna formalidad especial de las siguientes maneras: por correo estándar, en persona, por correo electrónico o utilizando el El enlace abre una nueva ventanaformulario de denuncia electrónico.

La denuncia debe contener una descripción detallada de la situación, identificar a la persona responsable, especificar la fecha y lugar exactos —calle y número, aldea, distrito y municipio— y, si es posible, ir acompañada de un mapa de localización del hecho denunciado.

Si no es posible presentar pruebas en el momento en el que se realiza la denuncia, deben presentarse tan pronto como sea posible.

La IGAI se asegura de que todas las denuncias de su competencia sean debidamente examinadas y de que todos los denunciantes identificados reciban una respuesta a sus declaraciones. Se puede solicitar a la IGAI información sobre el estado del expediente siempre que se especifique el número de este.

Las denuncias anónimas solo se analizan si las declaraciones realizadas se consideran motivadas y detalladas.

Inspección General de Educación y Ciencia (Inspeção-Geral da Educação e Ciência o IGEC)

La IGEC controla la legalidad y regularidad de los actos de los órganos, servicios y organismos del Ministerio de Educación y Ciencia (Ministério da Educação e Ciência) o dependientes del miembro competente del Gobierno. Asimismo, controla, audita y fiscaliza el funcionamiento del sistema educativo: preescolar, primaria, secundaria y superior. Sus competencias abarcan formas especiales de educación; educación extraescolar; ciencia y tecnología; y órganos, servicios y organismos del Ministerio.

La IGEC salvaguarda, defiende y fomenta los intereses y derechos legítimos de los ciudadanos, y la equidad y justicia del sistema educativo. Su trabajo implica analizar y tramitar las quejas de los usuarios y agentes del sistema educativo, que pueden dar lugar una investigación o un proceso disciplinario.

Tramitación de las quejas:

Las quejas pueden presentarse por carta, fax o correo electrónico (El enlace abre una nueva ventanaigec@igec.mec.pt). Antes de presentar una queja a la IGEC, los usuarios y agentes del sistema educativo deben, en la medida de lo posible, explicar la situación a los órganos competentes de la agrupación escolar o escuela individual, de la institución de enseñanza superior o del órgano o servicio.

El trabajo lo llevan a cabo las áreas de inspección territorial de la IGEC, que se encargan de evaluar las denuncias presentadas por los usuarios y agentes del sistema educativo y determinan el procedimiento más apropiado para tramitarlas. También pueden llevar a cabo investigaciones preliminares para definir el objeto de la denuncia y determinar los fundamentos de la misma de manera rápida y eficaz. En caso de que dichas denuncias estén relacionadas con cuestiones de competencia del director de la agrupación escolar o escuela individual, del rector, presidente o director de la institución o establecimiento de enseñanza superior o del director general de instituciones educativas, a través de los delegados regionales de educación, las denuncias se remiten directamente a ellos. Las denuncias relativas a los órganos o servicios de educación y ciencia son analizadas directamente por la IGEC una vez hayan declarado las partes involucradas.

Las denuncias recibidas en la sede central de la IGEC se envían a las áreas de inspección territorial para que estas decidan el procedimiento más apropiado.

Los directores de agrupaciones escolares o escuelas individuales y el rector, presidente o director de la institución o establecimiento de enseñanza superior tienen autoridad disciplinaria sobre el personal docente y no docente y sobre los estudiantes. Por su parte, el director general de instituciones educativas, a través de los delegados regionales de educación, tiene autoridad disciplinaria sobre el órgano de gestión y administración de las agrupaciones escolares o escuelas individuales.

Sin embargo, cuando se determina a través de una inspección que se han cometido infracciones disciplinarias, el inspector general tiene competencia para iniciar el procedimiento disciplinario correspondiente.

Las denuncias recibidas en la sede central o en las áreas de inspección territorial relativas al trabajo de otros sectores de la Administración y/o la acción de entidades privadas que no sean competencia del Ministerio de Educación y Ciencia se remiten a los servicios competentes de la Administración central, regional o local pertinente y se notifica a la parte interesada.

Inspección General de Actividades de Salud (Inspeção-Geral das Atividades em Saúde o IGAS)

La Inspección General de Actividades de Salud es un servicio central que depende de la Administración Pública, cuyo cometido es velar por el cumplimiento de la ley y unos niveles de servicio altos en todas las áreas de la asistencia sanitaria, tanto por parte de los órganos del Ministerio de Salud (Ministério da Saúde) o aquellos bajo su autoridad, como de las entidades públicas, privadas y del sector social.

Se pueden presentar denuncias a la IGAS respecto de toda irregularidad o deficiencia en el funcionamiento de los servicios, por ejemplo, acciones y omisiones consideradas ilegales, uso indebido de dinero o fondos públicos, fraude o corrupción, obstáculos o desigualdades en el acceso al sistema sanitario en un establecimiento o por un proveedor concreto, mala práctica por parte de funcionarios o profesionales de la salud, etc.

En caso de que los hechos denunciados no sean competencia de la IGAS, las declaraciones o denuncias de entidades debidamente identificadas se remiten al organismo competente.

Tramitación de las denuncias:

Toda persona (portuguesa o extranjera), grupo de personas, asociación, empresa u otra entidad colectiva puede presentar una denuncia por correo postal o electrónico.

Las denuncias o declaraciones pueden presentarse en cualquier momento y deben estar completas y justificadas, dar, siempre que sea posible, información detallada sobre las personas u organizaciones implicadas, hechos, fechas y lugares en los que ocurrieron, identificación personal (nombre completo e información de contacto) e información sobre si se ha presentado la misma denuncia o declaración contra otro órgano.

La IGAS analiza las denuncias o declaraciones en las que se pueda valorar su grado de motivación, así como las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos o acciones, sus autores y su potencial responsabilidad están motivadas.

Las denuncias o declaraciones pueden dar lugar a un procedimiento de aclaración o inspección de acuerdo con el Reglamento de Actividades Inspectoras (Regulamento da Atividade Inspetiva) de la IGAS.
En caso de los procedimientos de inspección, siempre se tiene en cuenta el principio contradictorio. Esto permite que los implicados sean oídos, excepto en aquellos casos dispuestos por la ley, es decir, casos en los que la instrucción de procedimientos penales y la obtención de pruebas puedan ser obstaculizadas.

Las partes interesadas debidamente identificadas son informadas del resultado de la intervención de la IGAS.

Autoridad Reguladora de Salud (Entidade Reguladora da Saúde o ERS)

La Autoridad Reguladora de Salud es un organismo público independiente cuya tarea consiste en regular la actividad de los centros de salud, es decir, todos los centros sanitarios públicos, privados y sociales que atienden a los ciudadanos portugueses, excepto las farmacias.

La tarea de regular y supervisar a los proveedores implica: tramitar las denuncias de usuarios, proveedores e instituciones; realizar inspecciones y auditorías de las instalaciones de las instalaciones de los centros sanitarios; investigar situaciones que puedan poner en peligro los derechos de los usuarios; llevar a cabo procesos por infracciones administrativas e imponer sanciones; emitir instrucciones, recomendaciones y dictámenes; realizar estudios sobre la organización del sistema sanitario.

Denuncias que son competencia de la ERS:

  • Acceso a la asistencia sanitaria
  • Discriminación
  • Calidad de la asistencia sanitaria
  • Calidad de la atención administrativa
  • Derechos de los usuarios
  • Tiempo de espera para ser atendido
  • Tiempo de espera para cita previa
  • Cuestiones financieras
  • Cuestiones jurídicas
  • Calidad de las instalaciones

Tramitación de las reclamaciones:

Los usuarios de los servicios sanitarios pueden presentar una reclamación utilizando el libro de reclamaciones que deben tener obligatoriamente los centros donde se presta el servicio público, o directamente a la empresa o proveedor o distribuidor del servicio después de los hechos.

También pueden presentar sus reclamaciones directamente ante la ERS por correo postal, por teléfono, en persona o a través del Libro de Reclamaciones Electrónico (Livro de Reclamações Online) disponible en el El enlace abre una nueva ventanaportal de la ERS. La ERS tramita las reclamaciones presentadas a través del Libro de Reclamaciones Electrónico de la misma manera que tramita aquellas presentadas por medio del libro de reclamaciones tradicional, disponible en las instalaciones de los centros sanitarios.

Si el reclamante ha escrito su reclamación en el libro de reclamaciones del centro sanitario, puede enviar una copia de su reclamación a la ERS, que debe haber recibido en el momento en el que presenta su declaración (copia azul). El centro tiene diez días hábiles para remitir la reclamación a la ERS.

Si el usuario presenta su reclamación directamente al centro por correo postal, fax o correo electrónico, puede enviar una copia del documento original a la ERS.

Una vez recibida la reclamación, la ERS solicita al reclamante que realice las alegaciones que considere pertinentes. Según el contenido de la reclamación y las alegaciones realizadas, la ERS toma las medidas que considera apropiadas de acuerdo con las competencias que le otorga la ley. Si el autor de la reclamación no está adecuadamente identificado o la reclamación no está lo suficientemente motivada, se archiva el expediente. Si la reclamación no es competencia de la ERS, esta informa al reclamante de qué órgano debe tramitarla y lo remite según convenga.

Inspección General del Ministerio de Trabajo, Solidaridad y Seguridad Social (Inspeção-Geral do Ministério do Trabalho, Solidariedade e Segurança Social o IGMTSSS)

La IGMTSSS es un servicio que depende de la Administración Pública que forma parte del Ministerio de Trabajo, Solidaridad y Seguridad Social (Ministério do Trabalho, Solidariedade e Segurança Social o MTSSS). Supervisa los servicios y organismos del MTSSS o aquellos que dependen del Ministerio correspondiente.

La IGMTSSS analiza el cumplimiento legal y normativo de los actos de los servicios y organismos del Ministerio o que dependan del Ministerio correspondiente, y evalúa su ejecución y gestión a través de inspecciones y auditorías. Asimismo, evalúa la calidad de los servicios ofrecidos a los ciudadanos y recomienda cambios y medidas para corregir las deficiencias e irregularidades detectadas.

Se pueden enviar a la Inspección las reclamaciones o los informes de incidentes relativos a vulneraciones en el ejercicio de sus actividades realizadas por órganos dependientes del Ministerio, incluidas las instituciones que pertenecen a la Santa Casa de la Misericordia (Santa Casa da Misericórdia) y las instituciones privadas de solidaridad social.

Tramitación de las reclamaciones:

Las reclamaciones pueden presentarse por correo postal, electrónico o a través del El enlace abre una nueva ventanaformulario electrónico disponible en el sitio web. Además de los datos de la entidad objeto de la reclamación y la fecha de los hechos, la reclamación debe incluir una descripción detallada y breve de los acontecimientos desencadenantes.

Autoridad de Seguridad Alimentaria y Económica (Autoridade de Segurança Alimentar e Económica o ASAE)

La ASAE es el organismo administrativo nacional especializado en seguridad de los alimentos y supervisión económica. Se encarga de evaluar y publicar los riesgos existentes en la cadena alimentaria y de regular las actividades económicas en los sectores alimentarios y no alimentarios, a través de la prevención y la supervisión del cumplimiento de la legislación pertinente.

Todos los proveedores de bienes o servicios que desarrollen su actividad en un establecimiento físico, fijo y permanente, que tengan contacto directo con el público y que suministren bienes o servicios en Portugal están obligados a tener un libro de reclamaciones.

Tramitación de las reclamaciones:

En caso de que un cliente no esté completamente satisfecho con un servicio o un producto, puede solicitar el libro de reclamaciones para explicar la razón de su insatisfacción. Los proveedores de servicios deben enviar los documentos originales de la reclamación a la ASAE en el plazo de diez días hábiles.

Los actos ilícitos también podrán denunciarse mediante el El enlace abre una nueva ventanaformulario de reclamaciones disponible en el sitio web de la ASAE, pudiendo referirse a infracciones administrativas o a cuestiones delictivas de la competencia de dicha Autoridad.

Si el acto ilícito denunciado no es competencia de la ASAE, la reclamación se remitirá a la autoridad competente.

La reclamación debe presentarse de manera completa y justificada y, en la medida que sea posible, con información detallada de los hechos y el órgano denunciado, el lugar donde ocurrieron los hechos (dirección y/o puntos de referencia), los motivos de la reclamación y otras cuestiones relevantes. En caso de que la reclamación sea anónima, no se puede proporcionar más información más adelante.

Tras recibir la reclamación y las alegaciones correspondientes, la ASAE iniciará el proceso correspondiente si los hechos denunciados apuntan a una infracción administrativa especificada en la norma aplicable concreta. De no ser así, la ASAE informará al proveedor de los bienes o servicios, para que pueda presentar las alegaciones que considere apropiadas en diez días hábiles.

Después de analizar el contenido de las alegaciones y los fundamentos de la reclamación, la ASAE puede remitir dicha denuncia a otro órgano con competencia en el asunto o proponer que se archive si no existe justificación para proseguir con las actuaciones.

Si el análisis de los hechos aducidos en la reclamación resulta en litigio, y tras haber tomado todas las medidas para resolver la situación, la ASAE informa al denunciante por escrito (si ha sido debidamente identificado) de los procedimientos o las medidas que se han emprendido o emprenderán.

Otros organismos

Instituto de la Seguridad Social (Instituto de Segurança Social, I.P. o ISS)

El Instituto de la Seguridad Social es una institución pública con un régimen jurídico especial. Depende de la administración indirecta del Estado y tiene autonomía administrativa y financiera y sus propios recursos.

Se encarga de garantizar la concesión de asistencia jurídica gratuita. La asistencia jurídica gratuita es un derecho de las personas y las entidades sin ánimo de lucro que no pueden pagar los costes de los procedimientos judiciales, en caso de despido, divorcio, desahucio, embargo, etc., o de procedimientos extrajudiciales, en caso de divorcios de mutuo acuerdo.

La asistencia jurídica gratuita incluye dos tipos de servicio.

Asesoramiento jurídico: consulta con un abogado para aclaraciones técnicas sobre el Derecho aplicable a cuestiones o casos específicos en los que los derechos o intereses legítimos personales sean violados o estén en riesgo de serlo (no se aplica a entidades sin ánimo de lucro).

Asistencia judicial: nombramiento de un abogado y pago de sus honorarios o los del abogado de oficio (defensor oficioso es el nombre que reciben los abogados de los imputados en un proceso penal o los sujetos objeto de un procedimiento por infracción administrativa), exención de las costas judiciales u opción de pagarlas a plazos, y asignación de un agente de ejecución (un agente judicial siempre realiza las tareas de un agente público de ejecución).

Tienen derecho a asistencia jurídica gratuita:

  • los ciudadanos de Portugal y de la Unión Europea;
  • los extranjeros y apátridas con permiso de residencia válido en un Estado miembro de la Unión Europea;
  • los extranjeros sin permiso de residencia válido en ningún Estado miembro de la Unión Europea (en caso de que la ley de su país de origen garantice los mismos derechos a los ciudadanos portugueses);
  • las personas que vivan o residan en un Estado miembro de la Unión Europea que no sea aquel en el que se lleva a cabo el proceso (litigios transfronterizos); y
  • las personas jurídicas sin ánimo de lucro, que solo tienen derecho a asistencia jurídica gratuita en forma de exención de las tasas judiciales u otras costas procesales, de contratación y pago de los honorarios del abogado, de pago de los honorarios del abogado de oficio y de asignación de un agente de ejecución.

Todas las personas anteriormente mencionadas deben demostrar que no pueden permitirse los gastos relacionados con la demanda, la contratación del abogado, etc.

El Derecho portugués considera que experimentan dificultades económicas aquellas personas que, en función de sus ingresos, recursos y los gastos corrientes de su hogar, no están en condiciones objetivas de sufragar los costes de un procedimiento.

Los formularios de solicitud de asistencia jurídica pueden obtenerse de manera gratuita en cualquier oficina de atención al público de los Servicios de Seguridad Social (Serviços de Segurança Social) o en El enlace abre una nueva ventanaformato electrónico en el sitio web de la Seguridad Social.

La solicitud puede presentarse en persona o por correo postal en cualquier oficina de atención al público de la Seguridad Social (deben adjuntarse todos los documentos necesarios).

Para saber si se tiene derecho a asistencia jurídica gratuita puede consultarse el simulador de asistencia jurídica gratuita, disponible en la columna derecha del siguiente sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.seg-social.pt/calculo-do-valor-de-rendimento-para-efeitos-de-proteccao-juridica

Para más información, consulte la página Asistencia jurídica gratuita.

Comisión para la Protección de las Víctimas de Delitos (Comissão para a Proteção das Vítimas de Crimes)

La Comisión para la Protección de las Víctimas de Delitos es el órgano del Ministerio de Justicia (Ministério da Justiça) encargado de recibir, analizar y resolver las reclamaciones de indemnización estatal (pedidos de indemnização pelo Estado) presentadas por víctimas de delitos violentos o de violencia doméstica.

La obligación de pagar la indemnización es de la persona que comete el delito, pero, en algunos casos, el Estado puede anticipar la indemnización cuando el autor del delito no puede pagarla o no puede pagarla en un periodo de tiempo razonable y el daño ha provocado una mella considerable en el nivel y la calidad de vida de la víctima.

La reclamación de indemnización puede presentarse hasta un año después de la fecha de comisión del delito o, en caso de que se hubiese incoado el proceso penal, hasta un año después de que se dicte sentencia. Las víctimas que fuesen menores en el momento del delito pueden presentar la reclamación hasta un año después de haber alcanzado la mayoría de edad o tras haberse emancipado.

La reclamación debe presentarse por medio del formulario pertinente, disponible en las instalaciones de la Comisión o en las Oficinas de Apoyo a las Víctimas de la Asociación Portuguesa de Apoyo a las Víctimas (Associação Portuguesa de Apoio à Vítima). En el sitio web de la Comisión, también se encuentra disponible un El enlace abre una nueva ventanaformulario de reclamaciones.

La reclamación está exenta de tasas o gastos por parte de la víctima, y los documentos y certificados necesarios para presentarla también son gratuitos.

En caso de que el delito se cometa en otro Estado miembro de la Unión Europea, la reclamación de indemnización a pagar por el Estado en cuestión puede presentarse ante la Comisión para la Protección de Víctimas de Delitos si el interesado es residente habitual en Portugal.

Última actualización: 05/02/2024

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Rumania

Tribunales nacionales

Defensor del Pueblo

Organismos especializados en derechos humanos

Otros organismos especializados

Tribunales nacionales

Dependiendo del ámbito del Derecho al que corresponda, en un sentido genérico, el acto que suponga la violación de los derechos de una persona (es decir, Derecho civil, penal, contencioso-administrativo, etc.), la persona afectada puede llevar el asunto directamente ante un órgano jurisdiccional, normalmente iniciando acciones legales en materia civil, o ante otras instituciones públicas, de acuerdo con los procedimientos que establezca la ley.

En el ámbito del Derecho penal, la persona cuyos derechos hayan sido violados por un acto tipificado en el Código Penal puede remitir el asunto a la policía o al Ministerio Fiscal, y el juicio penal se celebra con arreglo al procedimiento penal.

En los contencioso-administrativos, en virtud de la Ley n.º 554/2004, toda persona que alegue que una autoridad pública ha vulnerado un derecho o un interés legítimo mediante un acto administrativo o por no dar respuesta a una solicitud dentro del plazo legal establecido, puede requerir al órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente que revoque dicho acto para que se reconozca el derecho o interés legítimo reclamado y para que se repare el perjuicio causado. Asimismo, una persona que alegue que se ha vulnerado un derecho o un interés legítimo mediante un acto administrativo de naturaleza individual dirigido a otro sujeto jurídico puede someter también el asunto a dicho órgano. Por norma, antes de someter el asunto al órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente, la persona en cuestión debe seguir un procedimiento preliminar (que se detalla en el artículo 7 de la Ley n.º 554/2004), que consiste en solicitar la revocación total o parcial del acto a la autoridad pública que lo emitió o a la autoridad jerárquica superior, en su caso.

La competencia de los órganos jurisdiccionales y de las demás instituciones mencionadas anteriormente se establece en los actos legislativos en vigor (por ejemplo, la Ley de enjuiciamiento civil, la Ley de enjuiciamiento penal, la Ley n.º 554/2004, etc.).

Por lo que respecta a los procedimientos ante los tribunales, por norma existen procedimientos de Derecho común, que presentan algunas especificidades en función del ámbito jurídico del que se trate (para ampliar esta información, véase El enlace abre una nueva ventanahttps://portal.just.ro/SitePages/ghid.aspx, disponible solo en rumano).

Los datos de contacto de los órganos jurisdiccionales e información adicional pueden consultarse en El enlace abre una nueva ventanaPortalul instanţelor de judecată [portal de los tribunales] (disponible solo en rumano).

Defensor del Pueblo

DEFENSOR DEL PUEBLO

(AVOCATUL POPORULUI)

Dirección de la oficina principal

Strada Eugeniu Carada nr. 3
Sector 3
București (Bucarest)

Mapa: El enlace abre una nueva ventanahttps://avp.ro/index.php/en/contact-2/

Información de contacto de la oficina central

Teléfono del centro de atención: (+40) (0)21 3127134;
Central telefónica: (+40) (0)21 3129462
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaavp@avp.ro
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://avp.ro

Horas de cita

De lunes a jueves de 9.00 a 16.00 y viernes de 9.00 a 14.00 para citas con personal especializado (asesores y expertos). Los ciudadanos interesados también pueden solicitar una cita con el Defensor del Pueblo y sus adjuntos.

Direcciones de las oficinas regionales

El enlace abre una nueva ventanaOficinas regionales del Defensor del Pueblo de Rumanía

Presentación general de la institución (base jurídica, presentación, organización, cometidos, quejas, procedimientos)

El enlace abre una nueva ventanahttps://avp.ro/index.php/en/presentation/scurt-istoric/

Modelo de escrito de queja

El enlace abre una nueva ventanahttps://avp.ro/index.php/cum-sesizez-avocatul-poporului/formularul-unei-petitii/

Las principales disposiciones en vigor en relación con el Defensor del Pueblo están recogidas en:

  • los artículos 58 a 60, el artículo 65, apartado 2, y el artículo 146, letras a) y d) de la Constitución (Constituția) rumana;
  • la Ley n.º 35/1997 sobre la organización y el funcionamiento de la institución del Defensor del Pueblo, texto refundido publicado en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 844, de 15 de septiembre de 2004, tras sus modificaciones y adiciones;
  • el Reglamento relativo a la organización y el funcionamiento de la institución del Defensor del Pueblo, texto refundido publicado en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 922, de 11 de octubre de 2004, modificado por la Decisión n.º  6/2007 de las Oficinas Permanentes de la Cámara de Diputados y del Senado, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía n.º 445, de 29 de junio de 2007;
  • la Ley n.º 554/2004 sobre recursos administrativos, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 1154, de 7 de diciembre de 2004, modificada posteriormente;
  • la Ley n.º 202/2010 relativa a determinadas medidas para acelerar la resolución de casos, publicada en el Boletín Oficial de Rumanía, Parte I, n.º 714, de 26 de octubre de 2010, modificada y completada posteriormente.

Objetivo de su creación y características de la institución

  1. Proteger los derechos y las libertades de las personas en sus relaciones con las autoridades públicas.
  2. El Defensor del Pueblo es una autoridad pública autónoma e independiente de cualquier otra autoridad pública.
  3. La institución dispone de su propio presupuesto, que forma parte integral de los presupuestos del Estado.
  4. No sustituye a las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones.
  5. El Defensor del Pueblo no puede estar sujeto a ningún mandato imperativo o representativo, y ninguna persona puede obligar al Defensor del Pueblo a someterse a sus instrucciones u órdenes.
  6. La actividad del Defensor del Pueblo es pública pero, a instancia de las personas cuyos derechos y libertades hayan sido vulnerados, o por causas justificadas, su actividad puede declararse de carácter confidencial.
  7. Realiza sus tareas de oficio o a petición de personas físicas, empresas, asociaciones u otras personas jurídicas (las quejas pueden presentarse independientemente de la nacionalidad, edad, género, afiliación política o creencias religiosas del solicitante).

Los adjuntos al Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo cuenta con la asistencia de adjuntos especializados en los siguientes ámbitos:

  1. derechos humanos, igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y minorías religiosas y nacionales;
  2. derechos de los menores, de la familia, de los jóvenes, de los jubilados y de las personas discapacitadas;
  3. fuerzas armadas, sistema judicial, policía e instituciones penitenciarias; y
  4. propiedad, trabajo, protección social, impuestos y tasas.

¿Quién puede presentar una queja ante el Defensor del Pueblo y en qué cuestiones?

1. Actos y acciones por las que se puede presentar una queja

Los actos administrativos o las acciones de las autoridades públicas que den lugar a una vulneración de los derechos y libertades de las personas pueden ser objeto de una queja.

Por ley, los actos de las corporaciones públicas autónomas también se incluyen en la categoría de actos administrativos que entran dentro de las competencias del Defensor del Pueblo.

La inacción por parte de los organismos de la Administración pública y el retraso al dictar actos también se consideran actos administrativos.

A continuación se señalan aquellos que no entran dentro de las competencias del Defensor del Pueblo y que son desestimados sin motivación alguna en caso de ser el objeto de una queja:

  • actos dictados por la Cámara de Diputados (Camera Deputaților), el Senado (Senat) o el Parlamento (Parlament);
  • actos y acciones de diputados o senadores;
  • actos y acciones del presidente de Rumanía;
  • actos y acciones del Gobierno, exceptuando leyes y órdenes;
  • actos y acciones del Tribunal Constitucional (Curții Constituționale);
  • actos y acciones del presidente del Consejo Legislativo (Consiliului Legislativ); y
  • actos y acciones de un órgano judicial.

2. ¿Quién puede presentar una queja ante el Defensor del Pueblo?

Cualquier persona física, independientemente de su nacionalidad, edad, sexo, afiliación política o creencias religiosas, puede presentar una queja ante el Defensor del Pueblo.

3. El Defensor del Pueblo cumple su deber de proteger los derechos y libertades de los ciudadanos en sus relaciones con las autoridades públicas:

  • a instancia de la persona perjudicada; o
  • de oficio.

4. Condiciones para la admisión a trámite y examen de la queja

  • La queja debe formularse por escrito y puede enviarse por correo postal, correo electrónico o fax; también puede presentarse en persona o por medio de un apoderado (que deberá identificarse) en la sede de la institución o en una de sus oficinas regionales, bien con cita previa, bien en el registro de la oficina.
  • El interesado puede, por razones justificadas, ser autorizado, si así lo solicita, a presentar su queja oralmente o a través del servicio de atención; el personal designado para ello registra la queja en formularios estándar.
  • La queja debe estar firmada por el interesado y debe contener:
    • datos completos de identificación de la persona cuyos derechos y libertades como ciudadano hayan sido vulnerados (apellido(s), nombre, domicilio);
    • información detallada del daño causado (derechos y libertades vulnerados, acciones invocadas y su descripción);
    • información para identificar a la autoridad administrativa o funcionario concernido;
    • prueba del retraso o de la denegación por parte del organismo de la Administración pública a la hora de dar una solución al asunto, de acuerdo con la ley, dentro del plazo establecido;
    • indicación obligatoria de si la queja es o ha sido objeto de una causa judicial pendiente de resolución;
    • datos que identifiquen a las autoridades públicas previamente notificadas; y
    • como anexos, cualquier documento que fundamente la queja.
  • toda queja presentada al Defensor del Pueblo está exenta del impuesto de timbre.

5. Casos en los que no se puede admitir a trámite una queja

  • Cuando el objeto de la queja no entra en las competencias del Defensor del Pueblo.
  • Las quejas anónimas (no registradas) o las presentadas en nombre de otra persona sin el consentimiento de esta.
  • Las quejas presentadas más de un año después de la fecha en la que ocurrió la supuesta infracción o la fecha en la que la persona tuvo conocimiento de la supuesta infracción.
  • Las quejas que no tengan fundamento pueden ser desestimadas, especificando los motivos.

6. Métodos de trabajo para resolver quejas

  • Investigaciones. El Defensor del Pueblo está facultado para llevar a cabo sus propias investigaciones, solicitar a las autoridades de la Administración pública cualquier información o documentos necesarios para la investigación, interrogar y tomar declaración a la dirección de los servicios de la Administración pública y a cualquier funcionario público facultado para facilitar la información necesaria para resolver la queja.
  • Recomendaciones. En el ejercicio de sus obligaciones, el Defensor del Pueblo emite recomendaciones. A través de estas recomendaciones, el Defensor del Pueblo notifica a las autoridades de la Administración pública, según proceda, la naturaleza ilícita de acciones o actos administrativos.
  • Informes especiales. Si el Defensor del Pueblo encuentra deficiencias en la legislación o casos graves de corrupción o de incumplimiento de la normativa nacional en el curso de las investigaciones que lleva a cabo, presenta un informe con sus conclusiones a los presidentes de las dos Cámaras del Parlamento o, si procede, al primer ministro.
  • Oficina de Atención. Se ofrece un servicio de atención en la sede del Defensor del Pueblo y en sus 14 oficinas regionales (Tel.: 021 312 7134 (sede central); El enlace abre una nueva ventanahttps://avp.ro/index.php/contact/birouri-teritoriale/). Los ciudadanos pueden llamar durante el siguiente horario: de lunes a jueves de 9.00 a 16.00 y viernes de 9.00 a 14.00.
  • Citas con el personal especializado de la institución. Asimismo, los ciudadanos pueden solicitar una cita con el Defensor del Pueblo y sus adjuntos, de acuerdo con el Reglamento sobre la organización y el funcionamiento de la institución del Defensor del Pueblo (Regulamentului de organizare și funcționare a instituției Avocatul Poporului), o con sus representantes en las oficinas regionales.

Organismos especializados en derechos humanos

Defensor de los derechos del menor

AUTORIDAD NACIONAL PARA LA ADOPCIÓN Y PROTECCIÓN DE MENORES (AUTORITATEA NAȚIONALĂ PENTRU PROTECȚIA COPILULUI ȘI ADOPȚIE)

Dirección

Bulevardul G-ral Gheorghe Magheru nr. 7
Sector 1
010322 București (Bucarest)

Información de contacto

Teléfono: (+40) (0)21 3153633, (+40) (0)21 3153630, (+40) (0)21 3100789, (+40) (0)21 3100790
Fax: (+40) (0)21 3127474
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoffice@anpfdc.ro
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.copii.ro

Horario de apertura al público

Lunes a jueves: 8.30 – 16.30.

Viernes: 8.30 – 14.00.

Unidad de adopciones (Compartiment adopții): martes y jueves de 9.00 a mediodía.

Presentación general de la institución (fundamento jurídico, presentación, organización, cometidos, tipos de servicios)

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.copii.ro/despre-noi/misiune/
El enlace abre una nueva ventanahttp://www.copii.ro/activity/child-protection-system/overview/?lang=en

La Dirección General de Protección del Menor (Direcția Generală Protecția Drepturilor Copilului) es una dirección especializada dentro de la Autoridad Nacional para la Adopción y Protección de Menores.

Cometidos:

  • elaborar y justificar programas en el ámbito de la protección de la familia y para la prevención y la lucha contra la violencia doméstica, y de la protección y promoción de los derechos del niño;
  • controlar que se respetan los derechos del niño y recomendar que las autoridades centrales o locales adopten las medidas requeridas;
  • registrar de manera centralizada y sintetizar información sobre el cumplimiento de los principios y reglas establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por la Ley n.º  18/1990, en su versión refundida y posteriormente modificada, y llevar a cabo las acciones requeridas para ejecutar las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño;
  • coordinar y orientar desde una perspectiva metodológica las actividades de los servicios destinados a prevenir la separación de un menor de sus progenitores, los servicios relativos a la protección especial de los niños y las actividades llevadas a cabo por los comités de protección del menor;
  • elaborar estándares, reglas detalladas y procedimientos de trabajo para los servicios encargados de prevenir la separación de un menor de sus progenitores, de la protección especial de los niños y jóvenes y de la protección de la familia, de las víctimas de violencia doméstica, y para los servicios destinados a quienes han cometido actos de violencia doméstica;
  • elaborar la metodología de concesión de licencias y los criterios de evaluación de los servicios cuyo objetivo es prevenir la separación de un menor de sus progenitores, la protección especial de los niños y jóvenes y de las víctimas de violencia doméstica y conceder las licencias para dichos servicios; y
  • coordinar y orientar desde una perspectiva metodológica las actividades llevadas a cabo para apoyar a la familia y a las víctimas de la violencia doméstica, y los servicios que se prestan a estas.

Organismo de igualdad

CONSEJO NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN (CONSILIUL NAȚIONAL PENTRU COMBATEREA DISCRIMINĂRII o CNCD)

Dirección de la oficina principal

Piata Valter Maracineanu nr 1-3, Sector 1, 010155 București (Bucarest)

Teléfono: (+40) (0)21 3126578; (+40) (0)21 3126579
Fax: (+40) (0)21 3126585
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanasupport@cncd.org.ro
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cncd.ro/

Horario de apertura al público

Lunes a jueves: 8.00 – 16.30; viernes: 8.00 – 14.00.

Direcciones de las oficinas regionales y del Centro de Investigación

El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cncd.ro/contact/

Presentación general de la institución (fundamento jurídico, presentación, organización, cometidos, quejas, procedimiento)

El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cncd.ro/
El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cncd.ro/proiecte
El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cncd.ro/despre-cncd-prezentare-generala/

Base jurídica

El Consejo Nacional para la Lucha contra la Discriminación desarrolla su actividad sobre la base de la El enlace abre una nueva ventanaOrden Gubernamental n.º  137/2000 relativa a la prevención y la penalización de todas las formas de discriminación (refundida) (Ordonanței Guvernului nr. 137/2000 republicata privind prevenirea și sancționarea tuturor formelor de discriminare).

Presentación de la institución

El Consejo Nacional para la Lucha contra la Discriminación es un organismo autónomo del Estado controlado por el Parlamento que desarrolla su actividad en el ámbito de la discriminación. El Consejo es el garante del cumplimiento y de la aplicación del principio de no discriminación, de conformidad con la legislación nacional en vigor y con los acuerdos internacionales de los que Rumanía es parte. El Consejo Nacional para la Lucha contra la Discriminación desarrolla su actividad sobre la base de la Orden Gubernamental n.º 137/2000 relativa a la prevención y la penalización de todas las formas de discriminación, refundida.

1. ¿Qué debe contener una queja?

Una queja debe incluir los datos obligatorios siguientes:

  • el apellido(s) y el nombre de la persona que presenta la queja;
  • la dirección en la que el interesado desea recibir la respuesta y la dirección en la que el Consejo Nacional para la Lucha contra la Discriminación puede contactar con el interesado acerca de cualquier información adicional necesaria para resolver el expediente;
  • el número de teléfono para contactar con el interesado para consultar información adicional;
  • el verdadero motivo de la queja, que debe incluir una descripción detallada de los presuntos hechos discriminatorios; y
  • los datos de identificación de la persona acusada de discriminación (dirección, número de teléfono si lo hay, etc.), necesarios para establecer contacto con dicha persona a fin de celebrar una entrevista con el Comité Ejecutivo (Colegiul director) del Consejo Nacional para la Lucha contra la Discriminación o para una investigación suplementaria.

2. ¿Qué ocurre una vez se ha presentado una queja?

La queja queda registrada y se traslada al Comité Ejecutivo para su resolución. Se puede presentar una queja ante el Consejo Nacional para la Lucha contra la Discriminación en el plazo de un año desde la fecha en que se cometió el acto de discriminación o desde la fecha en que la persona interesada tuvo conocimiento de ello. La persona presuntamente discriminada puede solicitar a un órgano jurisdiccional que rectifique las consecuencias de los actos discriminatorios y que se restaure la situación previa al acto discriminatorio. El plazo para dictar la resolución de la queja es de 90 días.

El Comité Ejecutivo investiga la comisión del acto discriminatorio mediante la citación obligatoria de las partes por cualquier medio que asegure el acuse de recibo. La no personación de las partes no es óbice para la resolución de la queja. A fin de asegurar que se tome la decisión acertada, puede llevarse a cabo una investigación adicional, incluyendo entrevistas con las partes.

El interesado debe demostrar la comisión de los actos discriminatorios, en tanto que la persona acusada de discriminación debe demostrar que los actos alegados no constituyen discriminación.

El fallo [que se dicta en forma de Decisión (Hotărârii) del Comité Ejecutivo] se comunica por escrito en un plazo de 15 días desde que se haya tomado la Decisión en la reunión del Comité Ejecutivo. Las partes pueden impugnar la decisión del Comité Ejecutivo ante un órgano jurisdiccional en un plazo de 15 días a partir de la fecha de su notificación. Ambas partes están exentas del pago de la tasa del timbre judicial.

3. ¿Qué sanciones se aplican a los actos discriminatorios?

Los actos discriminatorios son punibles:

  • mediante una advertencia;
  • mediante una multa de entre 1 000 y 30 000 RON, si la discriminación se refiere a una persona física; o
  • mediante una multa de entre 2 000 y 100 000 RON, si la discriminación se refiere a un grupo de personas o a una comunidad.

AGENCIA NACIONAL PARA LOS ROMANÍES

(AGENȚIA NAȚIONALĂ PENTRU ROMI o ANR)

Información de contacto

Str. Splaiul Independentei, nr. 202, et. 8, camera 23, Sector 6, București (Bucarest)

Teléfono: (+40) (0)21 3113048
Fax: (+40) (0)21 3113047
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@anr.gov.ro.
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.anr.gov.ro

Información de contacto de las oficinas regionales y condales

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.anr.gov.ro/index.php/contact

Presentación general de la institución (misión, estructura, resultados)

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.anr.gov.ro

Base jurídica

Decreto de urgencia n.º 78/2004 por la que se crea la Agencia Nacional para los Romaníes (Ordonanța de urgență nr. 78/2004 pentru înființarea Agenției Naționale pentru Romi), aprobada en su versión modificada por la Ley n.º 7/2005.

En el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 3 de la Decisión n.º 1703/2004 sobre la organización y el funcionamiento de la Agencia Nacional para los Romaníes (Hotărârea nr. 1703/2004 privind organizarea și funcționarea Agenției Naționale pentru Romi), en su versión modificada y completada posteriormente, la institución cumple los siguientes cometidos principales:

  • asegura la elaboración de la estrategia y la política del Gobierno en el ámbito de la protección de los derechos de la minoría romaní y otros cometidos según se contempla en los actos legislativos dentro de este ámbito;
  • inicia y lleva a cabo acciones de formación sobre la lucha contra la discriminación del pueblo romaní dentro de la Administración pública central y local;
  • respalda proyectos de ley y otros actos legislativos de interés para los derechos y las obligaciones de las personas que pertenecen a la minoría romaní;
  • hace el seguimiento de la aplicación de los actos normativos nacionales e internacionales relativos a la protección de la minoría romaní;
  • recibe y examina solicitudes y remisiones de instituciones, organizaciones o particulares y comunica el dictamen especializado de la Agencia;
  • desarrolla un sistema para ofrecer información, formación y asesoramiento experto a la minoría romaní; y
  • analiza y evalúa los efectos potencialmente discriminatorios de la normativa en vigor, además de realizar esfuerzos activos a fin de mejorar el marco jurídico existente.

En el ejercicio de sus funciones, la Agencia Nacional para los Romaníes:

  • colabora con los Ministerios y las autoridades de la Administración pública central y local, así como con otras instituciones públicas y personas jurídicas y físicas;
  • coopera con organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales en Rumanía y en el extranjero;
  • cuenta con servicios de asesoramiento y asistencia en Rumanía y en el extranjero y con programas de formación y de formación avanzada para su personal dentro de los límites de los fondos presupuestarios asignados o procedentes de otras fuentes lícitas en Rumanía y en el extranjero, según la ley; e
  • inicia, participa y promueve acciones, proyectos y programas sectoriales junto con instituciones y organizaciones no gubernamentales especializadas a fin de mejorar la situación de los romaníes.

AUTORIDAD NACIONAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (AUTORITATEA NATIONALĂ PENTRU PERSOANELE CU DIZABILITĂȚI)

Dirección de la oficina central

Calea Victoriei nr. 194
București (Bucarest)

Información de contacto

Teléfono: (+40) (0)21 2125438; (+40) (0) 21 2125439; (+40) (0)21 3220976; (+40) (0)21 3226303; (+40) (0)213226304; (+40) (0)21 3207155
Fax: (+40) (0)21 2125443
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaregistratura@anph.ro

Horario de apertura al público

De lunes a viernes: 9.00 – 16.00 (para contactar por teléfono)

Presentación general de la institución (estructura, cometido, reglas de organización y funcionamiento)

El enlace abre una nueva ventanahttp://mmuncii.ro/j33/index.php/ro/minister-2019

Base jurídica

La Autoridad Nacional para Personas con Discapacidad es un órgano especializado con personalidad jurídica dentro de la administración pública central, y que está subordinado al Ministerio de Trabajo, Familia, Protección Social y Personas de Edad Avanzada (Ministerul Muncii, Familiei, Protecției Sociale și Persoanelor Vârstnice).

La Autoridad coordina de manera central las actividades relacionadas con la protección especial de las personas con discapacidad y el fomento de sus derechos; elabora políticas, estrategias y normas para fomentar dichos derechos, y también controla la aplicación de las normas y actividades relevantes relativas a la protección especial de las personas con discapacidad.

Actos legislativos que establecen los derechos de las personas con discapacidad

Las personas con discapacidad se benefician de lo dispuesto en:

  • el Decreto-ley n.º 86/2014, que establece medidas de reorganización específicas en la administración pública central y modificaciones y complementaciones en determinados actos legislativos (Ordonanța de urgență a Guvernului nr. 86/2014 privind stabilirea unor măsuri de reorganizare la nivelul administrației publice centrale și pentru modificarea și completarea unor acte normative); y
  • la Decisión Gubernamental n.º 50/2015 sobre organización, funcionamiento y competencias de la Autoridad Nacional para Personas con Discapacidad (Hotărârea Guvernului nr. 50/2015 privind organizarea, funcționarea și atribuțiile Autorității Naționale pentru Persoanele cu Dizabilități).

Organismo de protección de datos

AUTORIDAD NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

(AUTORITATEA NAȚIONALĂ DE SUPRAVEGHERE A PRELUCRĂRII DATELOR CU CARACTER PERSONAL o ANSPDCP)

Dirección de la oficina central

B-dul G-ral. Gheorghe Magheru 28-30, Sector 1, 010336 București (Bucarest)

Información de contacto

Teléfono:  (+40) (0)31 8059211; (+40) (0)31 8059212
Fax: (+40) (0)31 8059602
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaanspdcp@dataprotection.ro
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.dataprotection.ro

Horario de apertura al público

  • El registro de la Autoridad Nacional de Supervisión está abierto al público de lunes a viernes, de 9.00 a 13.00.
  • Se pueden pedir citas de lunes a viernes entre las 11.00 y las 13.00.

Presentación general de la institución

La Autoridad Nacional de Supervisión del Tratamiento de Datos Personales desarrolla su actividad con total independencia e imparcialidad. La Autoridad es la encargada del seguimiento y la comprobación de los tratamientos de datos personales que entran dentro del ámbito de aplicación de la Ley n.º 677/2001, en su versión modificada y completada posteriormente, sobre la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Legii nr. 677/2001 pentru protecția persoanelor cu privire la prelucrarea datelor cu caracter personal și libera circulație a acestor date).

Objetivo

Proteger las libertades y los derechos fundamentales de las personas, en particular el derecho a la intimidad y a la vida familiar y privada, en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Base jurídica

La Ley n.º 102/2005 sobre la creación, la organización y el funcionamiento de la Autoridad Nacional de Supervisión del Tratamiento de Datos Personales (Legea nr. 102/2005 privind înființarea, organizarea și funcționarea Autorității Naționale de Supraveghere a Prelucrării Datelor cu Caracter Personal).

Competencias (lista no exhaustiva):

  • recibe y analiza notificaciones en relación con el tratamiento de datos personales;
  • autoriza el tratamiento de datos en las situaciones contempladas en la ley;
  • decide, en caso de que se infrinja alguna de las disposiciones de la ley, si suspender o cesar el tratamiento de datos y/o eliminar de manera total o parcial los datos tratados, y remite el expediente a los órganos penales competentes o toma las acciones legales necesarias;
  • informa a las personas físicas o jurídicas de la necesidad de cumplir las obligaciones y de seguir los procedimientos contemplados en la Ley n.º 677/2001;
  • lleva el registro de tratamiento de datos personales y lo pone a disposición de los ciudadanos;
  • recibe y resuelve quejas, remisiones o solicitudes presentadas por personas físicas y comunica la solución a la que se ha llegado o, en su caso, la medida adoptada;
  • lleva a cabo comprobaciones anticipadas en los casos en los que un operador trate datos que puedan plantear riesgos particulares para las libertades y los derechos de las personas;
  • lleva a cabo investigaciones de oficio o cuando recibe quejas o remisiones; y
  • emite recomendaciones y dictámenes con respecto a cualquier cuestión relacionada con la protección de las libertades y derechos fundamentales en lo que respecta al tratamiento de datos personales a petición de cualquier persona, autoridad pública u organismo de la Administración pública.

Procedimiento para la recepción y resolución de quejas, remisiones y solicitudes

Las personas cuyos datos personales sean objeto de tratamiento pueden ponerse en contacto con la Autoridad Nacional de Supervisión por escrito si consideran que sus derechos en virtud de la Ley n.º 677/2001 han sido vulnerados, siempre y cuando no hayan sometido el asunto a un órgano jurisdiccional, y solo tras haberse puesto previamente en contacto con el operador en relación con el que se haya presentado la queja.

Aquellos que pretendan presentar una queja pueden usar los formularios normalizados en el sitio web de la institución.

Otros organismos especializados

JUEZ DELEGADO

(JUDECĂTORUL DELEGAT)

Base jurídica

Ley n.º 254, de 2 de junio de 2013, sobre la ejecución de sentencias y medidas de detención ordenadas por los organismos judiciales en los procedimientos penales (Legea Nr. 254 din 2 iunie 2013 privind executarea pedepselor și a măsurilor privative de libertate dispuse de organele judiciare în cursul procesului penal), y la Decisión n.º 89/2014 del Consejo Superior de la Magistratura por la que se aprueban las leyes sobre la organización de la actividad de los jueces delegados para controlar la implantación de las penas de privación de libertad (Hotărârea Consiliului Superior al Magistraturii nr. 89/2014 pentru aprobarea Regulamentului de organizare a activității judecătorului de supraveghere a privării de libertate).

Presentación y función

Los jueces delegados forman parte del poder judicial rumano. Los jueces delegados son nombrados anualmente por el presidente de los tribunales de apelación (președintele curții de apel) para cada institución penitenciaria situada dentro de la demarcación judicial de cada tribunal de apelación. El papel de un juez delegado de controlar la ejecución de las penas de privación de libertad consiste en supervisar y vigilar la legalidad de dicha ejecución. Un juez delegado en una institución penitenciara que incluye un centro de detención y detención preventiva o un centro de detención preventiva también controla y supervisa el cumplimiento de la legalidad en la ejecución de medidas cautelares que impliquen privación de libertad. Al mismo tiempo, el juez delegado asegura el respeto de los derechos contemplados en la ley para las personas que cumplen una pena privativa de libertad.

Recursos

  1. Las personas privadas de libertad pueden, en los tres días posteriores a que se dicte la sentencia que establece los términos de la pena de privación de libertad, presentar ante el juez delegado correspondiente un recurso relativo a la forma en la que se han establecido dichos términos (artículo 39, apartado 3, de la Ley n.º 254/2013).
  2. Las personas privadas de libertad pueden, en los tres días posteriores a que se dicte la decisión de una comisión de cambiar los términos de la pena privativa de libertad, presentar ante el juez delegado correspondiente un recurso relativo a dicha decisión (artículo 40, apartado 11, de la Ley n.º 254/2013).
  3. Las personas privadas de libertad pueden, en un periodo de diez días tras ser informadas de la decisión tomada por la Administración penitenciaria relativa a las medidas referidas al ejercicio de los derechos dispuestos por esta ley, presentar ante el juez delegado correspondiente un recurso relativo a dichas medidas (artículo 56, apartado 2, de la Ley n.º 254/2013).
  4. Las personas privadas de libertad pueden, en los tres días posteriores a que un comité disciplinario dicte una resolución por la que imponga una sanción disciplinaria, presentar ante el juez delegado correspondiente un recurso relativo a dicha resolución (artículo 104, apartado 1, de la Ley n.º 254/2013).

Las personas detenidas pueden, en los tres días posteriores a que una comisión dicte una resolución por la que se cambien los términos de la detención, presentar ante el juez delegado correspondiente un recurso relativo a dicha resolución (artículo 153, apartado 8, de la Ley n.º 254/2013).

INSPECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN

(INSPECTORATUL GENERAL PENTRU IMIGRĂRI)

Dirección de la oficina principal

Strada Lt. col. Marinescu C-tin nr. 15A, Sector 5, București (Bucarest)

Teléfono: (+40) (0)21 4109940

Fax: (+40) (0)21 4107501

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaigi@mai.gov.ro y El enlace abre una nueva ventanadocument.igi@mai.gov.ro, dirección exclusiva para el envío de copias de documentos de identidad.

Direcciones de diversas direcciones de la Inspección General de Inmigración

El enlace abre una nueva ventanahttps://igi.mai.gov.ro/contact/

Unidades regionales de la Inspección General de Inmigración

El enlace abre una nueva ventanahttps://igi.mai.gov.ro/en/contact-en/

Presentación de la institución

La Inspección General de Inmigración está organizada y funciona como una entidad especializada de la Administración pública central. Es una institución pública con personalidad jurídica y subordinada al Ministerio de Administración e Interior (Ministerul Administrației și Internelor).

Objetivo

La Inspección General de Inmigración, que fue creada durante la reorganización de la Oficina de Inmigración de Rumanía (Oficiul Român pentru Imigrări), lleva a cabo tareas legales para la ejecución de las políticas rumanas en los ámbitos de la inmigración, el asilo y la integración de extranjeros, así como de la aplicación de la legislación correspondiente.

La actividad de la Inspección General de Inmigración constituye un servicio público que sirve a los intereses individuales y comunitarios y apoya a las instituciones estatales, basándose exclusivamente en la ley y conforme a esta.

Base jurídica

Las obligaciones y la estructura organizacional de la Inspección General de Inmigración están dispuestas en la Decisión Gubernamental n.º 639 de, 20 de junio de 2007 (Hotărârea Guvernului nr. 639 din 20 iunie 2007), modificada y completada posteriormente.

En cuanto a su organización, la Inspección está compuesta por direcciones centrales, servicios y otras entidades funcionales, centros regionales que alojan a los solicitantes de asilo y tramitan sus solicitudes, centros de acogida regionales para extranjeros en custodia y entidades a nivel local.

En cuanto al ejercicio de sus obligaciones, la Inspección General de Inmigración colabora con entidades del Ministerio de Administración e Interior y otras instituciones estatales, así como con ONG y ciudadanos extranjeros comprometidos con actividades relativas a la migración y la protección humanitaria. De acuerdo con la legislación, concluye acuerdos con instituciones homólogas en el extranjero y organizaciones internacionales.

Puede encontrar más información relativa a las categorías de ciudadanos de la UE y de terceros países, asilo e inmigración, legislación y programas y estrategias de la Inspección General de Inmigración en el El enlace abre una nueva ventanasitio web de la institución.

INSPECCIÓN LABORAL

(INSPECȚIA MUNCII)

Dirección de la institución

Str. Matei Voievod nr. 14, Sector 2, București (Bucarest)

Teléfono: (+40) (0)21 3027030

Fax: (+40) (0)21 3027064; +40 21 2520097

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanacomunicare@inspectiamuncii.ro

Correo electrónico para copias de documentos de identidad: El enlace abre una nueva ventanacopiedoc@inspectiamuncii.ro

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.inspectiamuncii.ro/

Horario de la Inspección Laboral

Lunes a jueves: 8.00 – 16.30.

Viernes: 8.00 – 14.00.

Presentación de la institución

La Inspección Laboral es un organismo especializado de la Administración pública central y está subordinada al Ministerio de Trabajo, Familia, Protección Social y Personas de Edad Avanzada. Su sede central se encuentra en Bucarest.

La institución tiene personalidad jurídica y actúa como autoridad estatal que controla las áreas de las relaciones laborales, la salud y seguridad en el trabajo y la supervisión del mercado.

Objetivo de la institución

La Inspección Laboral se encarga de asegurar la protección social en el trabajo de acuerdo con el artículo 41 de la Constitución de Rumanía, refundida, el Convenio n.º 81/1947 de la OIT relativo a la inspección del trabajo en la industria y el comercio, ratificado por el Decreto del Consejo Estatal n.º 284/1973 (Decretul Consiliului de Stat nr. 284/1973), y el Convenio n.º 129/1969 de la OIT relativo a la inspección del trabajo en la agricultura, ratificado por el Decreto del Consejo Estatal n.º 83/1975 (Decretul Consiliului de Stat nr. 83/1975).

Base jurídica

La institución se estableció y organizó según:

  • la Ley n.º 108/1999, refundida, modificada y completada posteriormente; y
  • la Decisión Gubernamental n.º 1377/2009, modificada y completada posteriormente.

Los siguientes organismos están subordinados a la Inspección General:

Puede encontrar información sobre las quejas que pueden presentarse ante la Inspección Laboral en el El enlace abre una nueva ventanasitio web de la institución.

Existe información de interés público en el El enlace abre una nueva ventanasitio web de la institución.

ORGANISMO NACIONAL DE EMPLEO

(AGENȚIA NAȚIONALĂ PENTRU OCUPAREA FORȚEI DE MUNCĂ o ANOFM)

Dirección de la oficina principal

Strada Avalanșei nr. 20-22, sector 4, 040305 București (Bucarest)

Horario de apertura

Lunes a jueves: 8.00 – 16.30.

Viernes: 8.00 – 14.00.

Citas

Las citas con el presidente del Organismo Nacional de Empleo pueden solicitarse para el primero o el tercer martes de cada mes, entre las 11.00 y el mediodía. Para concertarse una cita, debe llamarse al (+40) (0)21 3039831.

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.anofm.ro/index.html?agentie=ANOFM&page=0

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaanofm@anofm.ro

Puede encontrar información relativa a los sitios web de las oficinas condales del Organismo Nacional de Empleo en el El enlace abre una nueva ventanasitio web de la institución.

Presentación de la institución

El Organismo ofrece una amplia gama de servicios que incluyen, entre otros, asesoramiento profesional, cursos de formación, servicios de asesoramiento en el periodo previo al despido, asesoramiento en la creación de empresas, subsidios laborales para personas de grupos desfavorecidos, y préstamos para la creación de puestos de trabajo.

Asiste a los desempleados y a los negocios por igual.

Su objetivo principal es aumentar la tasa empleo y así reducir el desempleo.

Base jurídica

- Ley n.º 202 sobre la organización y el funcionamiento del Organismo Nacional de Empleo (Legea nr. 202 privind organizarea și funcționarea Agenției Naționale pentru Ocuparea Forței de Muncă).

- Decisión Gubernamental n.º 1610 sobre el Estatuto del Organismo Nacional de Empleo (H.G. nr. 1610 privind Statutul ANOFM).

Los principales objetivos del Organismo Nacional de Empleo son:

  • institucionalizar el diálogo social en el ámbito del empleo y la formación profesional;
  • aplicar estrategias en el ámbito del empleo y la formación profesional; y
  • aplicar medidas de protección social para los desempleados.

Para más información, consúltese el El enlace abre una nueva ventanasitio web de la institución.

ORGANISMO NACIONAL DE PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL

(AGENȚIA NAȚIONALĂ PENTRU PROTECȚIA MEDIULUI o ANPM)

Sede

Splaiul Independenței nr. 294, Corp B, Sector 6, 060031 București (Bucarest)

Teléfono: (+40) (0)21 2071101; (+40) (0)21 2071102

Fax: (+40) (0) 21 2071103

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoffice@anpm.ro

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.anpm.ro/

Horario de apertura

Lunes a jueves: 8.00 – 16.30.

Viernes: 8.00 – 14.00.

Presentación de la institución

El Organismo Nacional de Protección Medioambiental es una institución especializada de la Administración pública central y depende del Ministerio de Medio Ambiente (Ministerului Mediului). Según la El enlace abre una nueva ventanaDecisión Gubernamental n.º 1000 de 17 de octubre de 2012 sobre la reorganización y el funcionamiento del Organismo Nacional de Protección Medioambiental y las instituciones públicas subordinadas (Hotărârii de Guvern nr. 1000 din 17 octombrie 2012 privind reorganizarea și funcționarea Agenției Naționale pentru Protecția Mediului și a instituțiilor publice aflate în subordinea acesteia), tiene competencias respecto de la aplicación de políticas y legislación en el área de la protección medioambiental.

Objetivo

El Organismo Nacional de Protección Medioambiental actúa dentro de un marco europeo e internacional de cooperación para salvaguardar los principios y aplicar la ley en el ámbito de la protección medioambiental.

Las tareas del Organismo Nacional de Protección Medioambiental son:

  • asegurar la planificación medioambiental estratégica;
  • controlar los factores medioambientales;
  • encargarse de la autorización de actividades que tengan impacto en el medio ambiente;
  • aplicar políticas y normas sobre medio ambiente a nivel local y nacional; e
  • informar a la Agencia Europea de Medio Ambiente sobre la calidad del aire, el cambio climático, áreas protegidas y la contaminación del agua y el suelo.

Las quejas se registran de acuerdo con la Orden Gubernamental n.º 27/2002 que regula la resolución de quejas (OG nr. 27/2002 privind reglementarea activității de soluționare a petițiilor), aprobada por la Ley n.º 233/2002, y pueden enviarse por correo electrónico a El enlace abre una nueva ventanaoffice@anpm.ro.

Las quejas anónimas o que no contengan datos identificativos no se tienen en cuenta y son archivadas.

AUTORIDAD NACIONAL DE PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR

(AUTORITATEA NAȚIONALĂ PENTRU PROTECȚIA CONSUMATORILOR o ANPC)

Dirección

Bulevardul Aviatorilor nr. 72, Sector 1, 011865 București (Bucarest)

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanacabinet@anpc.ro

Horario de apertura

Lunes a jueves: 8.00 – 16.30.

Viernes: 8.00 – 14.00.

Base jurídica

  • Decisión Gubernamental n.º 700/2012 sobre organización y funcionamiento de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor (Hotărârea nr. 700/2012 privind organizarea și funcționarea Autorității Naționale pentru Protecția Consumatorilor).

Tareas de la ANPC

  1. Estar involucrada en la elaboración de una estrategia de protección del consumidor (junto con otros organismos especializados de la Administración pública local y central que tengan competencias en ámbitos pertinentes, y con organismos de consumidores no gubernamentales), al mismo tiempo que asegura su integración en la estrategia de la UE.
  2. Adaptar el marco jurídico nacional con la normativa de la UE en cuanto a protección del consumidor.
  3. Proponer al Gobierno, para su posterior aprobación y adopción, proyectos de actos legislativos en el ámbito de la protección del consumidor en cuanto a fabricación, embalaje, etiquetado, conservación, almacenamiento, transporte, importación y comercialización de productos; prestación de servicios (incluidos los servicios financieros); y la prohibición de penas desiguales por incumplimiento de contrato entre clientes y proveedores de servicios públicos y otros servicios de interés general, con el fin de no poner en peligro la vida, salud y seguridad de los consumidores ni afectar sus intereses y derechos legítimos.
  4. Preparar, en colaboración con otros organismos públicos especializados de la Administración, procedimientos relativos a los objetivos, condiciones y métodos de cooperación a la hora de llevar a cabo actividades de protección del consumidor.

Existe una lista completa de las obligaciones de la ANPC en el El enlace abre una nueva ventanasitio web de la institución.

Notificaciones y quejas

Los consumidores pueden enviar notificaciones y quejas a las sedes de los Comisarios regionales o condales de Protección del Consumidor o al Comisario de Protección del Consumidor de Bucarest, según el territorio en el que el operador económico objeto de la queja lleve a cabo su actividad empresarial.

Para presentar una notificación o una queja, debe accederse al enlace El enlace abre una nueva ventanaINFO Reclamații (INFO Quejas), donde puede consultarse El enlace abre una nueva ventanael procedimiento de presentación de quejas y El enlace abre una nueva ventanala información de contacto de los Comisarios regionales y condales de Protección del Consumidor.

Según lo dispuesto por la ley, las quejas y notificaciones deben hacerse por escrito o en formato electrónico y pueden presentarse en persona.

Las quejas pueden presentarse en formato electrónico en esta El enlace abre una nueva ventanapágina.

Las quejas y las notificaciones deben presentarse en nombre del interesado.

Las quejas y las notificaciones se tramitan en el periodo de tiempo legalmente establecido (de acuerdo con la Orden Gubernamental n.º 27/2002), siempre que se hayan adjuntado todos los documentos justificativos, como, por ejemplo, una factura a efectos fiscales, un recibo de caja o de otro tipo, el contrato o certificado de garantía correspondiente u otros documentos, según proceda.

A fin de que sean tramitadas por los Comisarios, las quejas deben cumplir todas las condiciones mencionadas previamente. De no ser así, se archivan por falta de información.

ORGANISMO NACIONAL DE SEGURO MÉDICO

(CASA NAȚIONALĂ DE ASIGURĂRI DE SĂNĂTATE o CNAS)

Dirección

Calea Călărașilor nr. 248, Bl. S19, Sector 3, 030634, București (Bucarest)

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.cnas.ro/

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanarelpubl1@casan.ro

Teléfono: (+40) (0) 37-2309236

Fax: (+40) (0) 37-2309165

Presentación de la institución

El Organismo Nacional de Seguro Médico (CNAS) es una institución pública autónoma de interés nacional que tiene personalidad jurídica. Su misión consiste en asegurar el funcionamiento coherente y coordinado del sistema de seguro médico social en Rumanía.

Base jurídica

  • Decreto-ley n.º 150, de 20 noviembre 2002 (O.U.G. nr. 150/20.11.2002);
  • Decreto-ley n.º 180/2000 (O.U.G. nr. 180/2000); y
  • Ley n.º 145/1997 (Legea nr. 145/1997).

Objetivos

Desarrollar y mantener un sistema de seguro médico social en el que se respeten los derechos y se cubran las necesidades de las personas aseguradas.

Objetivos generales:

  • proteger a las personas aseguradas de los costes de los servicios sanitarios en caso de enfermedad o accidente; y
  • velar por que las personas aseguradas estén cubiertas de manera universal, justa y no discriminatoria, haciendo un uso eficiente del Fondo de Seguro Médico Social Único de Rumanía (Fondului național unic de asigurări sociale de sănătate).

Objetivos específicos:

  • asegurar el acceso a los servicios sanitarios, medicamentos y productos sanitarios;
  • garantizar una protección justa y no discriminatoria haciendo un uso eficiente del Fondo de Seguro Médico Social Único;
  • aumentar el nivel de satisfacción de las personas aseguradas mediante la calidad de los servicios ofrecidos; y
  • mejorar el suministro de información a las personas aseguradas.

AUTORIDAD ELECTORAL PERMANENTE

(AUTORITATEA ELECTORALĂ PERMANENTĂ)

Dirección de la oficina principal

Str. Stavropoleos nr. 6, Sector 3, 030084 București (Bucarest)

Teléfono: (+40) (0)21-3100824

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.roaep.ro/prezentare/en/

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanacomunicare@roaep.ro

Presentación de la institución

La Autoridad Electoral Permanente es una institución administrativa autónoma con personalidad jurídica y que está investida de competencias generales en cuestiones electorales. Su misión consiste en asegurar la organización y la celebración de elecciones y referéndums y asegurar que la financiación de los partidos políticos y las campañas electorales sea conforme a la Constitución, la legislación pertinente y las normas internacionales y europeas.

Base jurídica

  • Decisión n.º 4, de 22 de junio de 2016, por la que se aprueba la normativa de organización y funcionamiento de la Autoridad Electoral Permanente y del Centro «Experto Electoral» (Hotărârea nr. 4 din 22 iunie 2016 privind aprobarea Regulamentului de organizare și funcționare a Autorității Electorale Permanente și a Centrului “Expert electoral”).
  • Ley n.º 334/2006 sobre la financiación de las campañas electorales y las actividades de los partidos políticos (Legea nr. 334/2006 privind finanțarea activității partidelor politice și a campaniilor electorale, republicată), refundida.
  • Ley n.º 208/2015 sobre elecciones al Senado y al Congreso de los Diputados y sobre la organización y el funcionamiento de la Autoridad Electoral Permanente, modificada y completada posteriormente (Legea nr. 208/2015 privind alegerea Senatului și a Camerei Deputaților, precum și pentru organizarea și funcționarea Autorității Electorale Permanente, cu modificările și completările ulterioare).

Objetivos:

  • velar por que los procesos electorales sean regulares, libres y justos mediante el uso transparente y eficiente de recursos humanos, financieros y económicos;
  • asegurar que los partidos políticos y las campañas electorales estén financiados de manera correcta y transparente; y
  • asegurar un enfoque integrado de gestión del proceso electoral.

Funciones (lista no exhaustiva):

  • estratégico: asegurar el establecimiento de objetivos sectoriales en este ámbito;
  • regulador: asegurar la preparación y presentación para su posterior aprobación del marco legislativo necesario para el cumplimiento de las obligaciones estratégicas en cuestiones electorales, y la preparación y aprobación de las normas y reglas técnicas obligatorias para todos los organismos y autoridades con tareas electorales;
  • directivo: asegurar la organización y coordinación de las actividades y recursos necesarios para llevar a cabo los procesos electorales;
  • de autoridad estatal: garantizar el control y la aplicación nacional de la normativa específicamente relacionada con el sistema electoral y las normas aprobadas para modernizar el sistema electoral en Rumanía y velar por su interrelación con los sistemas electorales de otros países de la UE; y
  • controladora: velar por que se realicen controles del cumplimiento de la ley y la aplicación de las sanciones previstas en la ley, según proceda.

Más información sobre otras funciones, en este El enlace abre una nueva ventanaenlace.

Obligaciones (lista no exhaustiva):

  • preparar propuestas relativas a la logística de la celebración de elecciones, que envía al Gobierno y a las autoridades locales implicadas, y controlar la aplicación de dichas propuestas;
  • controlar el método de delimitación de zonas electorales y seleccionar las instalaciones de los colegios electorales y de las oficinas electorales;
  • controlar el suministro oportuno de equipos y materiales para los colegios electorales: urnas y cabinas electorales tradicionales, timbres y sellos, contenedores para transportar las papeletas, etc., y verificar el mantenimiento de dicho equipo y material entre elecciones;
  • controlar el método por el que se asegura que los fondos necesarios estén disponibles a tiempo para la provisión escalonada de los servicios logísticas que implica la celebración de elecciones;
  • controlar la seguridad de los colegios electorales, papeletas y otros documentos y materiales necesarios en las elecciones;
  • controlar la preparación e impresión de listas electorales permanentes; y
  • supervisar y controlar la actualización del Registro Electoral.

Más información sobre otras obligaciones, en este El enlace abre una nueva ventanaenlace.

INSTITUTO RUMANO DE DERECHOS HUMANOS

(INSTITUTUL ROMÂN PENTRU DREPTURILE OMULUI o IRDO)

Dirección

B-dul Nicolae Bălcescu nr. 21, Sector 1, București (Bucarest)

Teléfono: (+40) (0)21-3114921

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://irdo.ro/english/index.php

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoffice@irdo.ro

Presentación de la institución

El Instituto Rumano de Derechos Humanos es una institución nacional independiente investida, según la ley por la que se creó, de competencias en los ámbitos de la investigación, la formación, la divulgación de información y la prestación de asesoramiento experto. Dicha ley también ofrece garantías de independencia e imparcialidad de acuerdo con los criterios dispuestos por las Naciones Unidas y el Consejo de Europa, que recomiendan la creación de dichas instituciones en todos los Estados democráticos.

A la hora de realizar actividades específicas en los campos de la investigación, formación, divulgación de información y prestación de asesoramiento experto, el Instituto tiene constantemente presente las normas y reglas dispuestas en los tratados internacionales relativas a los derechos humanos y la jurisprudencia pertinente de los tribunales internacionales.

Además, el Instituto está presente en diversos organismos internacionales dedicados al fomento y la protección de los derechos humanos.

Los servicios del Instituto están disponibles para todos aquellos que los necesiten. Los textos de los documentos básicos y las referencias bibliográficas se publican de manera gratuita o se ofrecen debiendo abonarse solo el coste de reproducción.

El Instituto puede ser contratado por organismos o instituciones científicas para llevar a cabo trabajos de investigación especializada y puede emitir dictámenes a petición de foros especializados en Rumanía y el extranjero. Los costes de estos servicios los establece la dirección del Instituto.

Base jurídica

Ley n.º 9/1991 por la que se crea el Instituto Rumano de Derechos Humanos (Legea nr. 9/1991 privind înființarea Institutului Român pentru Drepturile Omului).

Objetivo

La misión del Instituto consiste en asegurar que los organismos públicos, las asociaciones no gubernamentales y los ciudadanos rumanos estén bien informados sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos, y sobre cómo los derechos humanos están garantizados en otros países, sobre todo en aquellos que participan en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa.

Al mismo tiempo, el Instituto aspira a concienciar a todos los organismos internacionales (y al público extranjero general) respecto de las medidas prácticas tomadas con el fin de asegurar el respeto y la protección de los derechos humanos en Rumanía.

Las actividades del Instituto son:

  1. crear, mantener y gestionar un centro de documentación para usuarios que contenga textos de las publicaciones, estudios, documentos, leyes y convenios internacionales sobre derechos humanos, así como referencias bibliográficas;
  2. mantener informados a los organismos públicos, las organizaciones no gubernamentales y los ciudadanos, sobre todo concienciándolos de las costumbres, prácticas y documentos internacionales sobre derechos humanos, incluida la realización de traducciones en caso de que sea necesario;
  3. organizar programas de formación que estén específicamente adaptados a las necesidades de las personas con responsabilidades especiales en la protección de los derechos humanos o que estén diseñados para concienciar sobre las cuestiones relativas a los derechos humanos al público más general;
  4. ofrecer información, de manera regular o previa solicitud, sobre los esfuerzos realizados por el Gobierno y los organismos no gubernamentales en Rumanía para fomentar y proteger los derechos humanos y sobre esfuerzos similares en otros países, así como sobre los compromisos internacionales asumidos por Rumanía y la forma en que se cumplen;
  5. ofrecer documentos a las comisiones parlamentarias, a petición de las mismas, sobre los aspectos de los derechos humanos tratados en los proyectos de ley y otras cuestiones que examina el Parlamento;
  6. llevar a cabo investigaciones sobre varios aspectos del fomento y el respeto de los derechos humanos en Rumanía y en el extranjero;
  7. publicar un boletín sobre derechos humanos y asegurar la divulgación del mismo, incluyendo traducciones a otras lenguas; y
  8. organizar encuestas públicas sobre diversas cuestiones relacionadas con la protección de los derechos humanos en Rumanía.

Puede encontrarse más información sobre el Instituto en el El enlace abre una nueva ventanasitio web de la institución.

Última actualización: 23/08/2018

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Eslovenia

Órganos jurisdiccionales nacionales

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.sodisce.si/sodisca/sodni_sistem/seznam_sodisc/

Tribunal Constitucional de la República de Eslovenia (Ustavno sodišče Republike Slovenije)
Beethovnova ulica 10
1001 Ljubljana (Liubliana)
p. p. 1713
Tel.: + 386 (01) 477 64 00; + 386 (01) 477 64 15
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@us-rs.si

Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de la República de Eslovenia (Upravno sodišče Republike Slovenije)
Fajfarjeva 33
1000 Ljubljana (Liubliana)
Tel.: + 386 (01) 47 00 100
Fax: + 386 (01) 47 00 150
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaurad.uprlj@sodisce.si

Servicio exterior del Tribunal de Maribor (Zunanji oddelek sodišča v Mariboru)
Tel.: + 386 (02) 230 20 30
Fax: + 386 (02) 230 20 48
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoddelek.uprmb@sodisce.si

Servicio exterior del Tribunal de Nova Gorica (Zunanji oddelek sodišča v Novi Gorici):
Tel.: + 386 (05) 33 55 200
Fax: + 386 (05) 33 55 221
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoddelek.uprng@sodisce.si

Servicio exterior del Tribunal de Celje (Zunanji oddelek sodišča v Celju):
Tel.: + 386 (03) 42 75 380
Fax: + 386 (03) 42 75 388
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoddelek.uprce@sodisce.si

Instituciones nacionales de derechos humanos

Véase Defensor de los Derechos Humanos.

Defensor de los Derechos Humanos

El cargo de Defensor de los Derechos Humanos se creó en Eslovenia para garantizar la protección general de los derechos humanos y las libertades fundamentales. El Defensor de los Derechos Humanos, sus cuatro adjuntos y sus asistentes reciben quejas de quienes consideran que sus derechos humanos o libertades fundamentales han sido infringidos por la actuación de un organismo público, un ente local o un cargo público. El Defensor de los Derechos Humanos se rige por la Ley del Defensor de los Derechos Humanos de 1994 (Zakon o Varuhu človekovih pravic).

El Defensor de los Derechos Humanos puede:

  • requerir al infractor que rectifique o cese la irregularidad;
  • proponer indemnizaciones por daños y perjuicios;
  • presentar ante el Tribunal Constitucional, en nombre de un particular y con su autorización, un recurso de inconstitucionalidad;
  • interponer un recurso de amparo por la vulneración de un derecho;
  • presentar al Gobierno o al Parlamento propuestas de modificación de leyes u otras disposiciones;
  • sugerir a todos los organismos en el ámbito de sus competencias mejoras de su funcionamiento y de sus relaciones con terceros; y
  • formular a cualquier órgano un dictamen sobre todo asunto relativo a violaciones de derechos y libertades, con independencia del tipo o fase del procedimiento en que se encuentre el caso.

El Defensor de los Derechos Humanos no está facultado para intervenir o remediar las infracciones o irregularidades en lugar del organismo público, ente local o cargo público afectados.

El infractor es responsable de remediar su infracción. Además, el Defensor de los Derechos Humanos no puede ocuparse de asuntos que se estén tramitando por vía judicial, salvo en casos excepcionales.

La Ley no confiere al Defensor de los Derechos Humanos competencias en el sector privado, de modo que no puede intervenir, por ejemplo, en los casos de vulneración de derechos por una empresa privada. En tales casos, puede ejercer presión sobre los organismos públicos, entes locales o cargos públicos que supervisan la actuación de la sociedad o particular en cuestión.

El Defensor de los Derechos Humanos también supervisa los centros de detención y el trato dispensado a las personas sujetas a medidas privativas o restrictivas de la libertad, con la colaboración de las organizaciones no gubernamentales y humanitarias.

Disfruta además de competencias de control, advertencia y asesoramiento pero no puede adoptar decisiones formales.

El Defensor de los Derechos Humanos vela también por la protección de la infancia por medio de los defensores de los niños en el marco de una red de voluntarios, organizada por el Defensor, que garantiza la igualdad de acceso de todos los niños a un defensor.

El objetivo de la defensa es prestar asistencia profesional al menor, que este último pueda pronunciarse en todos los procedimientos y casos en los que esté implicado, y comunicar las opiniones del menor a las autoridades e instituciones competentes que decidan sobre sus derechos e intereses. Los defensores de los niños no son sus representantes legales. La asistencia profesional comprende el apoyo psicosocial al menor y entrevistas encaminadas a interesarse por sus aspiraciones y su bienestar, así como a informarle de los procedimientos y actividades de un modo apto, buscar la solución más adecuada con el menor y acompañarle ante las autoridades y las instituciones que decidan sobre sus derechos e intereses.

Información de contacto:

Defensor de los Derechos Humanos de la República de Eslovenia (Varuh človekovih pravic RS)

Dunajska cesta 56 (4. nadstropje)
1109 Ljubljana (Liubliana)
Tel.: 01 475 00 50
Línea de ayuda gratuita: 080 15 30
Fax: 01 475 00 40
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@varuh-rs.si
El enlace abre una nueva ventanahttps://www.varuh-rs.si/

Organismos especializados en derechos humanos:

  • Defensor de los Derechos de los Niños (Varuh otrokovih pravic)

División funcional del Defensor de los Derechos Humanos, al cargo de un adjunto especializado.

  • Defensor del principio de igualdad

El Defensor del principio de igualdad procura prevenir y erradicar la discriminación en Eslovenia.

El enlace abre una nueva ventanaSOLICITUDES (QUEJAS): Tramita las solicitudes o quejas en casos de presunta discriminación. Formula dictámenes no vinculantes sobre la existencia de discriminación en una situación determinada, como la desigualdad de trato por circunstancias personales. Al mismo tiempo, formula recomendaciones a los infractores acerca de las infracciones constatadas (por qué constituyen infracción, sus consecuencias y cómo remediarlas). Procura así, con su actuación, que se remedien informalmente las infracciones y ayudar a mejorar la práctica en el futuro. Sin embargo, cuando resulte imposible solventar el problema por esta vía puede proponer a la autoridad correspondiente la incoación de un proceso penal. Los procedimientos ante el Defensor del principio de igualdad son gratuitos y confidenciales.

ASISTENCIA: Ofrece asistencia y protección jurídica contra la discriminación en otros procedimientos, por ejemplo, asesorando sobre las acciones y recursos de que se dispone y sobre la forma de hacer uso de ellos ante los organismos públicos.

El enlace abre una nueva ventanaASESORAMIENTO: Se puede recabar su opinión sobre si una conducta constituye o podría constituir discriminación, y asesoramiento sobre la manera de actuar para evitar la discriminación y que se proteja más eficazmente el derecho a la igualdad de trato.

INFORMACIÓN: Proporciona información general en materia de discriminación y sobre la situación a este respecto en Eslovenia.

Información de contacto:

Defensor del principio de igualdad (Zagovornik načela enakosti)
Železna cesta 16, SI-1000 Ljubljana (Liubliana)
Tel.: +386 (0)1 / 473 55 31
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanagp@zagovornik-rs.si
El enlace abre una nueva ventanahttp://www.zagovornik.si/

Toda la información básica del sitio web mencionado está también disponible en inglés, francés, alemán, italiano, húngaro, serbio, bosnio, albanés y romaní.

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.zagovornik.gov.si/si/o-zagovorniku/kdo-je-zagovornik/index.html

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.zagovornik.gov.si/si/o-zagovorniku/osebna-izkaznica/index.html

  • Comisario de Información (Informacijski pooblaščenec)

El Comisario de Información toma decisiones sobre las reclamaciones por infracciones de la protección de los datos personales con arreglo a lo dispuesto en la Ley Marco de protección de los datos personales de 2004 (Zakon o varstvu osebnih podatkov) y la normativa sectorial que regula cuestiones específicas en materia de datos personales, por ejemplo, la Ley del documento de identidad (Zakon o osebni izkaznici). Asimismo, el Comisario actúa de oficio si tiene conocimiento de una posible infracción de la protección de los datos personales, y supervisa ámbitos o sectores específicos motu proprio. Las inspecciones las llevan a cabo inspectores estatales responsables de la protección de los datos personales, bajo el mando del Comisario de Información, que puede ordenar correcciones de datos personales, comprobar infracciones que supongan la obtención o el tratamiento ilegal de datos personales e imponer sanciones (multas) a los responsables del tratamiento de datos personales. Sus decisiones pueden recurrirse ante el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de la República de Eslovenia.

Información de contacto:

Comisario de Información (Informacijski pooblaščenec)
Zaloška 59
1000 Ljubljana (Liubliana)
Tel.: 01 230 97 30
Fax: 01 230 97 78
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanagp.ip@ip-rs.si
El enlace abre una nueva ventanahttps://www.ip-rs.si/
Última actualización: 16/12/2021

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Eslovaquia

Órganos jurisdiccionales nacionales

El enlace abre una nueva ventanaZoznam súdov

El marco jurídico para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Eslovaquia radica en la Constitución de la República Eslovaca (Ley nº 460/1992, modificada). La Constitución eslovaca es la ley fundamental en Eslovaquia y prevalece sobre cualquier otro acto legislativo. El segundo capítulo de la Constitución eslovaca (artículos 11 a 54) regula la protección general de las libertades y los derechos fundamentales, siendo estos los derechos humanos fundamentales (conocidos como derechos civiles en los instrumentos internacionales), los derechos políticos, los derechos de las minorías nacionales y los grupos étnicos, los derechos económicos, sociales y culturales, el derecho a la protección del medio ambiente y el patrimonio cultural y el derecho a la protección judicial y otras formas de protección. Las libertades y los derechos fundamentales están garantizados para todos los ciudadanos en Eslovaquia independientemente del sexo, la raza, el color de la piel, la lengua, la fe u otras convicciones religiosas, políticas o de otra índole, el origen nacional o social, la pertenencia a un grupo nacional o étnico, las propiedades, la familia o cualquier otra condición. Nadie puede ser perjudicado, verse favorecido o en situación de desventaja por ninguna de dichas razones. No pueden violarse los derechos de ninguna persona porque haya decidido ejercer sus libertades y derechos fundamentales (artículos 12.2 y 12.4 de la Constitución eslovaca). Salvo si han sido explícitamente otorgados en exclusiva a los ciudadanos de la República Eslovaca, los extranjeros en Eslovaquia gozan de las libertades y los derechos humanos fundamentales garantizados en la Constitución eslovaca, incluido el derecho de asilo (artículos 52.2 y 53 de la Constitución eslovaca). Las condiciones y límites de las libertades y los derechos fundamentales, así como el alcance de las obligaciones en tiempo de guerra, hostilidades, circunstancias excepcionales o emergencia están establecidos en una ley constitucional sobre seguridad del Estado en tiempo de guerra, hostilidades, circunstancias excepcionales o emergencia (Ley nº 227/2002).

En virtud del artículo 46 de la Constitución eslovaca, cualquier persona puede, de conformidad con el procedimiento establecido por ley, exigir el cumplimiento de sus derechos ante un órgano jurisdiccional independiente e imparcial y, en los casos que contempla la ley, ante otra autoridad de la República Eslovaca. En la práctica, puede haber toda una serie de derechos humanos, es decir, derechos humanos y libertades fundamentales que pueden definirse por ley, y derechos humanos y libertades fundamentales que no pueden definirse por ley. El contenido de dichos derechos y libertades puede incluir derechos cívicos, políticos, económicos, sociales, culturales y otros derechos garantizados por la Constitución eslovaca, por otras leyes constitucionales, por leyes y otros instrumentos legislativos, así como por tratados internacionales sobre derechos humanos y libertades fundamentales (Derecho internacional en materia de derechos humanos) que vinculan a Eslovaquia. La potestad de examinar decisiones en relación con libertades y derechos fundamentales no puede excluirse de las competencias de los órganos jurisdiccionales.

Toda persona que alegue que sus derechos han sido vulnerados por una decisión tomada por una autoridad pública puede solicitar a un órgano jurisdiccional que revise dicha decisión, excepto si la ley dispone otra cosa. La Constitución eslovaca y otras leyes relevantes garantizan el derecho de todos los ciudadanos a una indemnización por los daños causados por una decisión contraria a derecho tomada por un órgano jurisdiccional o por cualquier otro organismo del Estado o autoridad pública, o que sea consecuencia de un procedimiento oficial incorrecto. Los pormenores se establecen en la Ley nº 514/2003 sobre responsabilidad por los daños causados en el ejercicio de la autoridad pública y por la que se modifican otras leyes. Esta ley rige la responsabilidad del Estado por los daños causados por organismos públicos en el ejercicio de la autoridad pública, la responsabilidad de los municipios y de las unidades territoriales de rango superior en el ejercicio de sus competencias, la audiencia preliminar por reclamación de daños y el derecho a una compensación regresiva.

De conformidad con el artículo 46 de la Constitución eslovaca, anteriormente citado, el artículo 3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil garantiza el derecho a exigir, ante los tribunales, la protección de un derecho que haya sido violado o se haya visto amenazado. La Ley de Enjuiciamiento Civil establece los procedimientos que deben seguir el tribunal y quienes participan en un procedimiento civil a fin de asegurar la protección justa de los derechos e intereses legítimos de los participantes y garantizar un comportamiento conforme a la ley, la dispensa honesta de obligaciones y el respeto de los derechos de los demás. En los procedimientos civiles, los tribunales conocen y se pronuncian en disputas y otros casos legales, ejecutan la aplicación de decisiones que no se hayan aplicado de manera voluntaria y aseguran que no se infrinjan los derechos o los intereses protegidos por la ley de personas físicas y jurídicas, y que no se vulneren dichos derechos en detrimento de dichas personas.
De conformidad con los artículos 7.1 y 7.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en los procedimientos civiles, los tribunales conocen y se pronuncian en litigios y otros casos legales en relación con el Derecho civil, el Derecho laboral, el Derecho de familia, el Derecho mercantil y el Derecho económico, excepto si la ley dispone que son competencia de otros organismos. En los procedimientos civiles, los tribunales también examinan la legalidad de las decisiones, medidas y otras intervenciones de las autoridades públicas y se pronuncian sobre si las medidas legales adoptadas por autoridades locales son conformes a derecho en los asuntos de su competencia y, en el caso del ejercicio de competencias estatales, si este es conforme a los reglamentos gubernamentales y a las órdenes ministeriales y de otras autoridades del Estado central, excepto si la ley establece que otros organismos deben conocer y pronunciarse sobre dichos asuntos. Los tribunales civiles solo conocen y se pronuncian sobre otros casos cuando así lo dispone la ley.

Tribunales ordinarios en Eslovaquia

En Eslovaquia, los asuntos judiciales son competencia de tribunales independientes e imparciales. En todos los niveles, los asuntos judiciales están separados de los asuntos de los organismos del Estado.

Los procedimientos ante los tribunales se basan en el principio de dos instancias, en virtud del cual se puede recurrir la sentencia dictada por los tribunales en primera instancia (por los tribunales de distrito). En segunda instancia, las apelaciones, que constituyen un recurso jurídico adecuado, son vistas por tribunales superiores (tribunales regionales).

El sistema de tribunales ordinarios está compuesto por el Tribunal Supremo de la República Eslovaca, el Tribunal Penal Especializado, 8 tribunales regionales y 45 tribunales de distrito que se pronuncian sobre todos los casos que no son competencia exclusiva del Tribunal Constitucional de la República Eslovaca; es decir, se pronuncian sobre casos civiles y penales y examinan asimismo la legalidad de las decisiones adoptadas y de los procedimientos seguidos por los organismos del Estado (justicia administrativa), si así lo dispone la ley. Actualmente, Eslovaquia no cuenta con tribunales militares establecidos por ley.

Justicia administrativa

El examen de la legalidad de las decisiones adoptadas y de los procedimientos seguidos por las autoridades públicas se rige por lo dispuesto en la quinta parte de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley nº 99/1963, modificada).

En la justicia administrativa, los tribunales llevan a cabo exámenes sobre la base de quejas o recursos en relación con la legalidad de las decisiones adoptadas o los procedimientos seguidos por las autoridades públicas. En el ámbito administrativo, los tribunales examinan la legalidad de las decisiones y de los procedimientos de las autoridades públicas, las autoridades locales y las autoridades de las entidades locales interesadas y de otras personas con personalidad jurídica, así como de personas físicas, siempre y cuando estén legalmente facultadas para tomar decisiones sobre los derechos y responsabilidades de las personas físicas y jurídicas en el ámbito de la administración pública («decisiones y procedimientos de los organismos administrativos»). Se entiende por «decisiones de las autoridades administrativas» las decisiones adoptadas por estas en procedimientos administrativos y otras decisiones que establezcan, modifiquen o anulen los derechos y las obligaciones de las personas físicas o jurídicas o a través de las cuales los derechos, los intereses protegidos por la ley o las obligaciones de las personas físicas o jurídicas puedan verse directamente afectados. El «procedimiento seguido por una autoridad administrativa» incluye asimismo la inacción. Los tribunales encargados de la justicia administrativa se pronuncian sobre propuestas para imponer obligaciones a las autoridades públicas para que actúen en relación con los derechos y las responsabilidades de las personas físicas y jurídicas en el ámbito de la administración pública y sobre medidas para ejecutar las decisiones mediante el procedimiento establecido en los artículos 250b y 250u. Los tribunales con competencias en el ámbito de la justicia administrativa actúan como protección frente a intervenciones contrarias a derecho de las autoridades públicas y para ejecutar las decisiones de organismos administrativos extranjeros. En asuntos electorales y en los casos relativos al registro de partidos políticos y de movimientos políticos, los tribunales actúan y se pronuncian de conformidad con las disposiciones de esta parte y en la medida definida por normas específicas. Según proceda, y de conformidad con las disposiciones de esta parte, los tribunales también actúan y se pronuncian cuando así se establece en disposiciones específicas o cuando los tratados internacionales que vinculan a Eslovaquia exigen el examen de decisiones adoptadas por las autoridades públicas.

Estos casos específicos pueden incluir las siguientes cuestiones:

  • acciones o decisiones en relación con quejas presentadas contra decisiones adoptadas o contra procedimientos seguidos por organismos administrativos;
  • acciones o decisiones en relación con recursos presentados contra decisiones de organismos administrativos que no son firmes;
  • acciones contra la inacción de las autoridades públicas;
  • acciones emprendidas para proteger frente a intervenciones contrarias a derecho de autoridades públicas;
  • tipos especiales de acción (como las acciones en asuntos electorales).

Los artículos 244 a 250zg de la Ley de Enjuiciamiento Civil establecen en detalle este extremo.

Los tribunales no tienen competencia para modificar las leyes adoptadas por el poder ejecutivo (legislación secundaria). No obstante, en virtud del artículo 144.2 de la Constitución eslovaca, si el tribunal considera que cualquier otra legislación, o una parte de la misma o una disposición individual de esta en relación con el caso que conoce, es contraria a la Constitución, a una ley constitucional, a un tratado internacional «prioritario» (en virtud del artículo 7.5 de la Constitución) o a una ley, suspenderá el proceso y planteará una cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (en virtud del artículo 125.1). El dictamen jurídico del Tribunal Constitucional, según conste en su resolución, será vinculante para el tribunal. No obstante, emprender una acción para iniciar procedimientos ante el Tribunal Constitucional no exime al tribunal de su obligación de pronunciarse sobre el caso según se establece en la ley.

Tribunal Constitucional de la República Eslovaca

Tribunal Constitucional de la República Eslovaca
Hlavná 110
042 65 Košice 1
ESLOVAQUIA
Tel.: +421 55 7207211
Fax: +421 55 6227639 (Presidente)
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapodatelna@ustavnysud.sk
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.ustavnysud.sk

El Tribunal Constitucional de la República Eslovaca (el «Tribunal Constitucional») se creó en virtud de la El enlace abre una nueva ventanaConstitución de la República Eslovaca, Ley nº 460/1992, como órgano judicial independiente garante de la constitucionalidad. Sus poderes y competencias se rigen por los artículos 124 a 140 de la Constitución de la República Eslovaca, modificada. La El enlace abre una nueva ventanaLey nº 38/1993, modificada, establece de manera pormenorizada la organización del Tribunal Constitucional, el procedimiento que debe seguirse ante el Tribunal y el estatuto de sus magistrados.

En virtud del El enlace abre una nueva ventanaartículo 79 de la ley nº 38/1993, el Pleno del Tribunal Constitucional aprobó el El enlace abre una nueva ventanaReglamento del Tribunal Constitucional, Ley nº 114/1993, modificada, que regula con mayor detalle: el funcionamiento interno del Tribunal Constitucional en la elaboración de procedimientos y la toma de decisiones; asuntos relativos al estatuto del Pleno, salas, magistrados ponentes, asesores y otras personas que participan en la actividad del Tribunal Constitucional; y procedimientos disciplinarios contra jueces.

El Tribunal Constitucional inicia un procedimiento cuando presenta una solicitud:

  1. al menos una quinta parte de los miembros del Consejo Nacional de la República Eslovaca;
  2. el Presidente de la República Eslovaca;
  3. el Gobierno de la República Eslovaca;
  4. un tribunal, en relación con su actividad jurisdiccional;
  5. el Fiscal General de la República Eslovaca;
  6. el Defensor del Pueblo en asuntos relativos a la conformidad de las leyes con la legislación a la que se hace referencia en el artículo 125.1, si el hecho de que sigan aplicándose puede poner en peligro libertades o derechos fundamentales o derechos humanos y libertades fundamentales que se deriven de un convenio internacional que la República Eslovaca haya ratificado y que haya sido promulgado tal y como se disponga legalmente;
  7. cualquier persona que tenga otorgados los derechos establecidos en los artículos 127 y 127a de la Constitución.

El procedimiento se inicia el día de la presentación de la solicitud ante el Tribunal Constitucional.

El artículo 127a de la Constitución de la República Eslovaca regula la institución del «recurso de amparo constitucional», que puede presentar una persona física o una entidad con personalidad jurídica (el «demandante») que alegue que sus libertades o derechos fundamentales han sido violados por una decisión firme, una medida u otra intervención, excepto en los casos en los que otro tribunal se pronuncie sobre la protección de dichos derechos y libertades fundamentales.

Además de los datos generales, un recurso de amparo debe incluir:

  1. las libertades o derechos fundamentales que han sido violados, según el demandante;
  2. la decisión firme, medida o intervención que ha violado las libertades o derechos fundamentales;
  3. la persona contra la que se dirige el recurso.

Se adjuntará al recurso una copia de la decisión firme o del documento en el que se describa la medida o la prueba de la intervención. Si el demandante reclama una indemnización económica proporcional, deberá indicar el importe reclamado y los motivos por los que lo reclama. Las partes en el procedimiento son el demandante y la parte contra la que va dirigida el recurso. La presentación de un recurso no tiene efecto suspensivo.

A propuesta del demandante, el Tribunal Constitucional puede dictar una medida cautelar y aplazar la ejecutividad de la decisión firme, la medida u otra intervención recurrida, si hacerlo no es contrario a un interés público importante y si la ejecución de la decisión, medida o intervención recurrida no supone un daño mayor para el demandante que el que se pudiera causar a otras personas en caso de aplazamiento de la ejecutividad; en particular, ordena al organismo que hubiera violado, según el demandante, las libertades y los derechos fundamentales de este, que se abstenga temporalmente de ejecutar la decisión firme, medida o intervención, y ordena a los terceros interesados que se abstengan temporalmente de hacer uso de la autorización que les conceda dicha decisión firme, medida o intervención. La medida cautelar expirará, a más tardar, cuando la decisión sobre el asunto principal sea definitiva, salvo si el Tribunal Constitucional decide que finalice antes. La medida cautelar también puede finalizar a instancia del propio Tribunal si los motivos por los que fue impuesta han dejado de existir.

Un recurso solo es admisible si el demandante ha agotado los recursos u otros medios legales que la ley le ofrezca de manera efectiva para la protección de sus libertades y derechos fundamentales, y que el demandante puede utilizar en virtud de una legislación especial. El Tribunal Constitucional no dejará de admitir un recurso, incluso si no se ha cumplido este requisito, siempre y cuando el demandante demuestre que los motivos por los que no lo ha hecho merecen una consideración especial. Se puede presentar un recurso en un plazo de dos meses desde la fecha efectiva de la decisión o la fecha de modificación de la medida o intervención. En el caso de una medida o intervención, este período se cuenta a partir del día en el que el demandante estuviera en condiciones de conocer la medida o intervención.

Si el demandante retira el recurso, el Tribunal Constitucional interrumpirá el procedimiento en relación con el mismo, excepto si considera que la retirada no es admisible y, especialmente, si el recurso está dirigido contra una decisión firme, medida o intervención que constituya una violación excepcionalmente grave de las libertades y los derechos fundamentales del demandante.

El Tribunal Constitucional procede sobre la base de los hechos determinados durante procedimientos anteriores, salvo decisión contraria.

Si el Tribunal Constitucional admite el recurso, expone en sus conclusiones: la libertad o el derecho fundamental y las disposiciones de la Constitución o de una ley constitucional o de un convenio internacional que se hayan violado, y la decisión firme, medida o intervención que supone una violación de la libertad o derecho fundamental. Si la libertad o el derecho fundamental han sido violados por una decisión o una medida, el Tribunal Constitucional derogará dicha decisión o medida. El Tribunal Constitucional también derogará cualquier otra intervención que haya violado una libertad o un derecho fundamental, si la naturaleza de dicha intervención lo permite.

Si el Tribunal Constitucional admite el recurso de amparo, puede

  1. ordenar que la parte que, por su inactividad, haya violado una libertad o un derecho fundamental, actúe en dicho asunto de conformidad con la legislación especial;
  2. devolver la causa para la reanudación del procedimiento;
  3. prohibir la continuación de la violación de la libertad o del derecho fundamental; u
  4. ordenar a la parte que haya violado una libertad o un derecho fundamental que restaure la situación existente antes de la violación de dicha libertad o derecho fundamental.

El Tribunal Constitucional puede conceder una indemnización económica razonable a la parte cuyo derecho o libertad fundamental haya sido violado. Si el Tribunal Constitucional decide conceder una indemnización económica razonable, el organismo que haya violado la libertad o el derecho fundamental es responsable de pagar dicha indemnización al demandante en un plazo de dos meses desde la fecha de la resolución del Tribunal Constitucional. Si el Tribunal Constitucional deroga una decisión firme, una medida o una intervención y devuelve la causa para la reanudación del procedimiento, la parte que adoptó la decisión en el asunto en cuestión o que decidió la medida o realizó la intervención deberá volver a considerar el asunto y tomar una decisión. En estos procedimientos o durante este proceso, el dictamen jurídico del Tribunal Constitucional es vinculante para la parte. La parte que adoptó la decisión en el asunto en cuestión o que decidió la medida o realizó la intervención queda vinculada por la resolución, que es ejecutable cuando se dicta.

Instituciones nacionales de derechos humanos

Centro Nacional para los Derechos Humanos de Eslovaquia

Kýčerského 5
811 05 Bratislava
ESLOVAQUIA
Tel.: + 421 2 20850111
+ 421 2 20850114
Fax: + 421 2 20850135
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@snslp.sk
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.snslp.sk

El Centro Nacional para los Derechos Humanos de Eslovaquia, creado en virtud de la ley nº 308/1993 del Consejo Nacional de la República Eslovaca sobre la creación del Centro Nacional para los Derechos Humanos de Eslovaquia, modificada, está en funcionamiento en Eslovaquia desde el 1 de enero de 1994. El Gobierno de la República Eslovaca presentó el proyecto de ley sobre la base de su Resolución nº 430 de 15 de junio de 1993, mediante la cual el gobierno acepta la implementación de «un proyecto para crear un Centro Nacional para los Derechos Humanos de Eslovaquia», con sede en Bratislava, respondiendo a una iniciativa de la Organización de las Naciones Unidas. Con la adopción de la Ley nº 136/2003, por la que se modifica y se complementa la Ley nº 308/1993 del Consejo Nacional de la República Eslovaca sobre la creación del Centro Nacional para los Derechos Humanos de Eslovaquia, y la Ley nº 365/2004 sobre la igualdad de trato en determinados ámbitos, sobre protección contra la discriminación y por la que se modifican y complementan determinadas leyes (Ley contra la discriminación), los cometidos del Centro se ampliaron. Se trata de una entidad con personalidad jurídica independiente en el ámbito de la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos los derechos de los menores.

El Centro, como entidad con personalidad jurídica independiente, desempeña un papel irremplazable en el ámbito de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos los derechos de los menores y en el cumplimiento del principio de la igualdad de trato. Es la única institución eslovaca para la igualdad de derechos («organismo nacional de igualdad»), es decir, para evaluar el cumplimiento del principio de igualdad de trato de conformidad con la ley contra la discriminación.

Competencias

El estatuto jurídico y las competencias del Centro se rigen por la ley nº 308/1993 del Consejo Nacional de la República Eslovaca sobre la creación del Centro Nacional para los Derechos Humanos de Eslovaquia («el Centro»), modificada. En particular, en virtud del artículo 1.2 de la Ley, el Centro:

  • controla y evalúa el respeto de los derechos humanos y el cumplimiento del principio de igualdad de trato en virtud de leyes especiales;
  • recoge y, previa solicitud, facilita información sobre el racismo, la xenofobia y el antisemitismo en la República Eslovaca;
  • lleva a cabo investigaciones y estudios sobre la comunicación de información en el ámbito de los derechos humanos y recoge y difunde información en este ámbito;
  • desarrolla actividades educativas y participa en campañas de información para fomentar la tolerancia en el seno de la sociedad;
  • ofrece asistencia jurídica a las víctimas de discriminación y de manifestaciones de intolerancia;
  • a instancia de personas físicas o jurídicas, o por iniciativa propia, emite dictámenes especializados sobre asuntos relativos al respeto del principio de igualdad de trato en virtud de leyes especiales;
  • lleva a cabo estudios independientes en relación con la discriminación;
  • elabora y publica informes y recomendaciones sobre cuestiones relativas a la discriminación;
  • ofrece servicios bibliotecarios;
  • presta servicios en el ámbito de los derechos humanos.

El Centro presta servicios de asesoramiento jurídico sobre cuestiones de discriminación, manifestaciones de intolerancia y violación del principio de igualdad de trato a todos los residentes en la República Eslovaca; también está facultado legalmente para representar, previa solicitud, a las partes en procedimientos relativos a la violación del principio de igualdad de trato. Todos los años, el Centro publica un informe sobre el respeto de los derechos humanos en la República Eslovaca.

Poderes

  • servicios de asistencia jurídica a las víctimas de discriminación y manifestaciones de intolerancia;
  • representación, sobre la base de un poder de representación, en procedimientos relativos a la violación el principio de igualdad de trato;
  • derecho a solicitar que los tribunales, la Fiscalía u otras autoridades del Estado, autoridades públicas locales, organismos de interés especial y otras instituciones faciliten al Centro información sobre el respeto de los derechos humanos, en un plazo determinado.

Asistencia que ofrece

Cualquier persona física o jurídica que considere que está discriminada por la acción o la inacción de cualquiera de las instituciones anteriores puede dirigirse al Centro. Al registrar una queja, el demandante debe incluir toda la información necesaria y presentar todos los documentos pertinentes.

Cooperación

El Centro también puede solicitar información sobre el respeto de los derechos humanos a organizaciones no gubernamentales que desarrollan su actividad en el ámbito de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos los derechos de los menores, y puede llegar a un acuerdo con estas en relación con el método y el alcance de la información facilitada.

Procedimiento para presentar una queja

Los ciudadanos pueden presentar quejas:

  • por escrito (en un El enlace abre una nueva ventanaformulario, enviándose la documentación por correo postal, fax o correo electrónico);
  • en persona.

Defensor del Pueblo

Defensor del Pueblo

Nevädzova 5
821 01 Bratislava
ESLOVAQUIA
Tel.: +421 2 48287401
+421 2 43634906
Fax: +421 2 48287203
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanasekretariat@vop.gov.sk
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://vop.gov.sk

En virtud del artículo 151a.1 de la Constitución de la República Eslovaca, «el Defensor del Pueblo es un organismo independiente de la República Eslovaca que, dentro del ámbito establecido por la ley, protege las libertades y los derechos fundamentales de las personas físicas y jurídicas en los procedimientos ante los organismos de la administración pública y otras autoridades públicas, si su acción, decisiones o inacción son contrarias a derecho. En los casos establecidos por la ley, el Defensor del Pueblo puede desempeñar un papel a la hora de pedir cuentas a cualquier persona que trabaje en organismos de la administración pública, si dicha persona ha violado los derechos humanos o las libertades de personas físicas o jurídicas. Todas las autoridades públicas deben prestar la asistencia necesaria al Defensor del Pueblo».

Cualquier persona que considere que sus libertades y derechos fundamentales han sido violados como consecuencia de la acción, la decisión o la inacción de una autoridad pública, de un modo que sea contrario a la ley o a los principios de un Estado democrático de Derecho, puede ponerse en contacto con el Defensor del Pueblo. Las libertades y los derechos fundamentales en cuya protección desempeña un papel el Defensor del Pueblo son los contemplados en el Título 2 de la Constitución de la República Eslovaca (a saber: libertades y derechos humanos fundamentales contemplados en los artículos 14 a 25, derechos políticos contemplados en los artículos 26 a 32, derechos de las minorías nacionales y grupos étnicos contemplados en los artículos 33 a 34, derechos económicos, sociales y culturales contemplados en los artículos 35 a 43, derecho a la protección del medio ambiente y el patrimonio cultural contemplado en los artículos 44 y 45, derecho a la protección judicial y jurídica contemplado en los artículos 46 a 50, derecho de asilo de los ciudadanos extranjeros perseguidos por ejercer sus libertades y derechos políticos), así como en convenios internacionales en materia de derechos humanos y libertades fundamentales.

El Defensor del Pueblo actúa a partir de una queja presentada por una persona física o jurídica o por iniciativa propia. El Defensor del Pueblo no puede interferir en las decisiones de los tribunales, no participa en los procedimientos, no puede instar la actuación jurisdiccional; no se le notifican las decisiones judiciales ni está legitimado para recurrir. El Defensor del Pueblo no tiene competencias para resolver litigios entre personas físicas.

Todas las personas tienen derecho a recurrir al Defensor del Pueblo:

  • mediante un escrito (enviado por correo postal, fax, correo electrónico o utilizando el formulario electrónico) dirigido a la Oficina del Defensor del Pueblo;
  • en persona o con un registro escrito de una queja verbal;
  • en la Oficina central del Defensor del Pueblo todos los días hábiles de 8h00 a 16h00, sin necesidad de cita previa;
  • los días hábiles en las regiones de Eslovaquia. En el caso de las oficinas regionales, debe pedirse cita previa llamando a uno de los números de contacto.

La queja debe exponer claramente el objeto, la autoridad pública contra la que se dirige y la reclamación que se pretende.

Para agilizar la investigación de la queja, se recomienda que se adjunten también, como prueba, copias de todos los documentos de los que disponga el demandante. Si la queja no concierne a la persona que la presenta, debe adjuntarse el consentimiento escrito del interesado para que se presente la queja, o un poder de representación a tal efecto.

Si el demandante no facilita su nombre, apellido y dirección (en el caso de una persona jurídica, su nombre y domicilio social) en la queja dirigida al Defensor del Pueblo, se tratará de una queja anónima que el Defensor del Pueblo no está obligado a atender. El demandante puede solicitar al Defensor del Pueblo que no revele su identidad. En tal caso, el Defensor del Pueblo procederá exclusivamente sobre la base de una copia de la queja en la que no se faciliten datos personales. Si el demandante ha solicitado que no se revele su identidad, pero, debido a la naturaleza de la queja, esta no puede tratarse si no se incluyen algunos datos personales, el interesado debe ser informado de ello sin demora.

El interesado también debe ser advertido de que solo se proseguirá con la tramitación de la queja si da su consentimiento por escrito, en un plazo determinado, para que se incluyan algunos datos personales necesarios.

El Defensor del Pueblo examina la queja

Si el Defensor del Pueblo llega a la conclusión de que la queja, a la vista de su contenido, es un recurso legal de conformidad con la legislación sobre procedimientos en asuntos administrativos o judiciales, o una demanda o un recurso legal de conformidad con el derecho administrativo, o un recurso de amparo constitucional, se lo hará saber inmediatamente al demandante y dará instrucciones para su correcta tramitación.

Si el Defensor del Pueblo tiene conocimiento de circunstancias que sugieran que una persona está siendo retenida de manera ilícita en un lugar de detención, reclusión, castigo disciplinario para personal militar, tratamiento o preventivos, tratamiento o educación institucional, o en una comisaría, lo denunciará inmediatamente al fiscal competente requiriendo su intervención de conformidad con la legislación especial, y se lo notificará a la administración del lugar en cuestión así como al interesado.

Si la queja implica la investigación de la decisión firme de una autoridad pública o si el Defensor del Pueblo llega a la conclusión de que una decisión de una autoridad pública es contraria a derecho o a otras normativas legales generalmente vinculantes, puede trasladar el asunto al fiscal competente para que intervenga o puede adoptar otras medidas, informando al demandante. Puede hacer lo mismo en el caso de una queja que contenga propuestas de medidas que entran dentro del ámbito de competencias del Ministerio Público. El Ministerio Público deberá, en el plazo establecido por ley, notificar al Defensor del Pueblo la medida que haya adoptado para remediar la ilegalidad.

El Defensor del Pueblo desestimará la queja, si

  1. el asunto al que se refiere la queja no entra dentro de su ámbito de competencias;
  2. el asunto al que se refiere la queja está siendo visto por un tribunal y los procedimientos no pueden aplazarse, o si el tribunal ya se ha pronunciado al respecto;
  3. el asunto al que se refiere la queja está siendo examinado o ya ha sido examinado por el Ministerio Público;
  4. en el asunto al que se refiere la queja, una autoridad pública competente está interviniendo o ya ha tomado una decisión que no entra dentro del ámbito de competencias del Defensor del Pueblo; o en relación con el asunto al que se refiere la queja, una autoridad pública ya ha comunicado una decisión que no entra dentro del ámbito de competencias del Defensor del Pueblo.
  5. la persona que presenta la queja la retira o señala que no insiste en que se prosiga la investigación; o los datos mencionados en el artículo 13.4 no se han facilitado o no se han facilitado en el plazo establecido.

El Defensor del Pueblo podrá desestimar la queja, si llega a la conclusión de que:

  1. la queja no concierne a la persona que la ha presentado, excepto si dicha persona ha presentado el consentimiento escrito del interesado para que presente la queja o un poder de representación escrito a tal efecto;
  2. entre la fecha de presentación de la queja y la medida o el hecho al que se refiere esta han transcurrido más de tres años;
  3. la queja carece manifiestamente de fundamento;
  4. la queja es anónima;
  5. se trata de una queja relativa a un asunto que el Defensor del Pueblo ya ha atendido, y la nueva queja no contiene nuevos hechos.

El Defensor del Pueblo informa a la persona que presenta la queja de que esta ha sido desestimada y las razones de dicha decisión; esto no procede en el caso de las quejas anónimas.

Si la investigación de la queja no demuestra que se hayan violado libertades y derechos fundamentales, el Defensor del Pueblo se lo comunicará por escrito al demandante y a la autoridad pública contra cuyo procedimiento, decisión o inacción está dirigida la queja.

Si la investigación de la queja demuestra que se han violado libertades y derechos fundamentales, el Defensor del Pueblo comunicará las conclusiones de la investigación, junto con la medida propuesta, a la autoridad pública contra cuyo procedimiento, decisión o inactividad estuviera dirigida la queja.

La autoridad pública deberá, en un plazo de 20 días desde la recepción de la notificación, comunicar al Defensor del Pueblo su opinión en relación con las conclusiones de la investigación y las medidas adoptadas.

Si el Defensor del Pueblo no está de acuerdo con la opinión de la autoridad pública, o si considera que la medida adoptada no es adecuada, se lo hará saber al órgano que tenga autoridad sobre la autoridad pública contra la que se dirige la queja o, si no existe dicho órgano, al Gobierno de la República Eslovaca.

El órgano con autoridad sobre la autoridad pública contra la que se dirige la queja o, de no existir dicho órgano, el Gobierno de la República Eslovaca deberá, de conformidad con el apartado 3, informar al Defensor del Pueblo, en un plazo de 20 días desde la recepción de la notificación, de las medidas que ha adoptado al respecto.

Si el Defensor del Pueblo considera que las medidas adoptadas no son las adecuadas, se lo hará saber al Consejo Nacional de la República Eslovaca o a un órgano autorizado por este.

El Defensor del Pueblo enviará una notificación por escrito de los resultados de la investigación y de las medidas adoptadas al demandante y a la persona cuyos derechos fundamentales y libertades hubieran sido violados por la acción, la decisión o la inacción de las autoridades públicas.

Organismos especializados en los derechos humanos

  • Organismo de igualdad

Centro Nacional para los Derechos Humanos de Eslovaquia

Kýčerského 5
811 05 Bratislava
ESLOVAQUIA
Tel.: + 421 2 20850111
+ 421 2 20850114
Fax: + 421 2 20850135
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@snslp.sk
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.snslp.sk
  • Organismo de protección de datos

Como organismo estatal, la Oficina para la Protección de Datos Personales de la República Eslovaca («la Oficina») desempeña un papel en la protección de las libertades y los derechos fundamentales de las personas en relación con el tratamiento de sus datos personales. Lleva a cabo su misión y sus obligaciones de manera independiente y de conformidad con la ley. Sus principales cometidos son los siguientes:

  • lleva a cabo un seguimiento continuo de la situación en materia de protección de datos personales, el registro de los sistemas de información y el mantenimiento de registros sobre sistemas de información;
  • recomienda a los operadores medidas para proteger los datos personales en los sistemas de información; para ello, y en la medida en que sus facultades se lo permitan, emite recomendaciones para los operadores;
  • en caso de duda sobre si el alcance, el contenido y los métodos de tratamiento y utilización de datos personales son proporcionados en relación con el fin para el que se están tratando, son compatibles con dicho fin o son cronológica o materialmente relevantes para dicho fin, emite dictámenes vinculantes;
  • emite dictámenes vinculantes en caso de dudas sobre los flujos transfronterizos de datos personales;
  • emite dictámenes vinculantes en caso de dudas sobre el registro de un sistema de información;
  • investiga notificaciones presentadas con arreglo al artículo 45, o interviene si se lo solicitan o por iniciativa propia, sobre la base del artículo 44a y ordena medidas correctoras para solventar las deficiencias;
  • en caso de sospecha de que se han infringido las obligaciones contempladas en esta ley, puede citar a un operador o a un responsable de tratamiento para pedir una explicación;
  • comprueba el tratamiento de los datos personales en los sistemas de información;
  • impone sanciones cuando se detecta un incumplimiento de las obligaciones legales;
  • presenta una notificación a las autoridades penales cuando exista una sospecha de que se ha cometido un delito;
  • registra sistemas de información y hace público el estado de registro;
  • participa en la elaboración de legislación en materia de protección de datos;
  • promulga legislación en el marco de sus competencias;
  • adopta posiciones sobre proyectos de ley y otros textos legislativos que rigen el tratamiento de datos personales;
  • presenta informes al Consejo Nacional de la República Eslovaca al menos una vez cada dos años sobre el estado de la protección de los datos personales.

Otros

Centro de Asistencia Jurídica

Námestie slobody 12
P.O. BOX 18
810 05 Bratislava 15
Tel.: +421 2 49683521
+421 2 49683522
Fax: +421 2 49683520
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@centrumpravnejpomoci.sk
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.centrumpravnejpomoci.sk

El Centro de Asistencia Jurídica está operativo en la República Eslovaca desde el 1 de enero de 2006. Se creó como organización con cargo al presupuesto del Estado y en Bratislava, en virtud de la Ley nº 327/2005 sobre la prestación de asistencia jurídica a las personas con necesidades materiales. El Centro cuenta con oficinas o agencias en casi todas las capitales regionales de la República Eslovaca, excepto en Nitra y Trnava (es decir, en Bratislava, Banská Bystrica, Žilina, Košice y Prešov), y en otros municipios eslovacos (Liptovský Mikuláš, Tvrdošín, Humenné, Hlohovec, Rimavská Sobota, Nové Zámky y Svidník).

El Centro presta asistencia jurídica a las personas que, debido a su situación de necesidad material, no pueden recurrir a servicios jurídicos para una evaluación y protección de sus derechos. Ofrece asistencia jurídica en asuntos que atañen civiles, laborales y de familia a toda persona que cumpla los requisitos legales (litigios dentro de Eslovaquia). En los litigios transfronterizos, ofrece asistencia jurídica en asuntos de civiles, laborales y de familia, así como mercantiles, a toda persona que cumpla los requisitos legales y tenga su domicilio o su lugar de residencia habitual en el territorio de un Estado miembro de la UE.

En el caso de los solicitantes de asistencia jurídica para asuntos en los que existe un elemento de discriminación, el Centro de Asistencia Jurídica («el Centro») desempeña un papel que se superpone al del Centro Nacional para los Derechos Humanos de Eslovaquia, con el que se comunica en cuestiones relativas a dichos casos. Los abogados del Centro se encuentran con problemas de discriminación principalmente en el contexto de discriminación en el trabajo por razones de pertenencia étnica.

Toda persona tiene derecho a recibir asistencia jurídica si está en una situación de necesidad material, si la pretensión no carece manifiestamente de fundamento y la cuantía de la reclamación excede del salario mínimo, excepto en litigios en las que la cuantía de la reclamación no pueda establecerse en dinero. La persona debe cumplir todos los requisitos de asistencia jurídica anteriormente citados durante todo el período de la asistencia jurídica. Si la renta del solicitante excede del límite establecido legalmente como necesidad material, el Centro puede ofrecer asistencia jurídica si resulta apropiado a las circunstancias.

El procedimiento para solicitar asistencia jurídica («el procedimiento») se inicia con la presentación de una solicitud por escrito apoyada por documentos que demuestren los hechos expuestos que el solicitante presenta en un formulario impreso. Los documentos que demuestran que el solicitante está en una situación de necesidad material no deben tener una antigüedad superior a los tres meses. La solicitud debe contener el nombre y el apellido del solicitante, su lugar de residencia permanente o temporal y el número de identidad. Cuando el Centro lo convoque, el solicitante, en un plazo de tiempo razonable establecido por el Centro, debe aportar nuevos documentos e información en relación con los hechos cruciales para la evaluación de la solicitud; el tiempo previsto para ello no deberá ser inferior a 10 días. El solicitante es parte en el procedimiento. La solicitud debe presentarse en la oficina del Centro que corresponda en función del lugar de residencia permanente o temporal del solicitante. El solicitante debe facilitar información completa y correcta en la solicitud y en la consulta preliminar. En un plazo de 30 días desde la presentación de una solicitud que incluya los datos requeridos por ley, el Centro adopta una decisión sobre la solicitud; dicho plazo no podrá ampliarse. No cabe recurso contra esta decisión. Cuando se acepte una solicitud de asistencia jurídica, el Centro designa a un abogado para representar ante el tribunal a la persona que tiene derecho a dicha asistencia, si es necesario para proteger sus intereses. La decisión de no conceder asistencia jurídica debe incluir, además de los datos requeridos por la legislación especial, una indicación de que, si las razones por las que se ha denegado la solicitud dejan de existir, el solicitante puede volver a presentar una solicitud en relación con el mismo asunto. Si se deniega la prestación de asistencia jurídica por falta de colaboración del interesado o si la persona que tiene derecho a la asistencia interrumpe de manera no justificada el procedimiento, el Centro puede, por estas razones, decidir no atender una nueva solicitud de asistencia jurídica.

Los artículos 17 a 21 de la ley nº 327/2005 regulan la prestación de asistencia jurídica en litigios transfronterizos cuando el tribunal competente es un tribunal de la República Eslovaca, y los artículos 22 a 24 de la ley nº 327/2005 regulan la prestación de asistencia jurídica en litigios transfronterizos cuando el tribunal competente es un tribunal de un Estado miembro que no sea la República Eslovaca.

Centro para la Protección Jurídica Internacional de Niños y Jóvenes

Špitálska 8
P.O. Box 57
814 99 Bratislava
Tel.: + 421 2 20463208
+421 2 20463248
Fax: + 421 2 20463258
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@cipc.gov.sk
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.cipc.gov.sk

El Centro para la Protección Jurídica Internacional de Niños y Jóvenes («el Centro») es una autoridad pública con competencias en el territorio de la República Eslovaca. El centro fue creado por el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia de la República Eslovaca el 1 de febrero de 1993 como organización gestionada directamente con cargo a su presupuesto para asegurar y prestar asistencia jurídica a niños y jóvenes en relación con países extranjeros.

La competencia del Centro está definida en la ley nº 305/2005 sobre la protección social del menor y sobre la custodia social, por la que se modifican y se complementan determinadas leyes. El Centro actúa como organismo de ejecución de actos jurídicos y acuerdos internacionales de la Unión Europea, es decir:

  • actúa como organismo requerido y requirente en materia de demandas de alimentos de conformidad con los convenios internacionales;
  • actúa como organismo central en casos de sustracción internacional de menores de conformidad con los actos jurídicos y convenios internacionales de la Unión Europea;
  • desempeña la función de organismo central en el ámbito de adopciones internacionales de conformidad con los convenios internacionales;
  • emite certificados de conformidad con los convenios internacionales;
  • desempeña otros cometidos en materia de protección social de menores cuando está implicado otro país extranjero, de conformidad con la legislación especial;
  • ofrece asistencia jurídica gratuita en materia de Derecho de familia cuando hay un componente extranjero, especialmente en relación con los alimentos y el cuidado de menores, y en materia de adopción;
  • colabora con los organismos requeridos y con los organismos requirentes de otros Estados contratantes, con las autoridades centrales de dichos Estados y con oficinas de representación, agencias centrales de la administración del Estado, bancos, sucursales de bancos extranjeros, organismos de la administración local, organismos territoriales autónomos y organismos acreditados.
Última actualización: 27/02/2023

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Finlandia

Órganos jurisdiccionales nacionales

Instituciones nacionales de derechos humanos

Defensor del Pueblo

Organismos especializados en derechos humanos

Otros

Órganos jurisdiccionales nacionales

Los tribunales de primera instancia (käräjäoikeus) tienen competencia en materia penal, civil y de peticiones. Las resoluciones dictadas en primera instancia pueden someterse normalmente al examen de un órgano jurisdiccional superior. Las resoluciones de los tribunales de primera instancia pueden recurrirse ante un tribunal de apelación (hovioikeus). Las resoluciones de los tribunales de apelación pueden, a su vez, ser objeto de un recurso ante el Tribunal Supremo (Korkein oikeus) si este lo autoriza.

Los tribunales administrativos (hallinto-oikeus) resuelven los recursos contra las decisiones de las autoridades administrativas. Las resoluciones de los tribunales administrativos pueden recurrirse ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo (Korkein hallinto-oikeus).

Entre las jurisdicciones especiales figuran el Tribunal de la Competencia (Markkinaoikeus), el Tribunal de Trabajo (Työtuomioistuin), el Tribunal de Seguros (Vakuutusoikeus) y el Tribunal Superior (valtakunnaoikeus), competente en materia de acusación contra altos cargos del Gobierno y de la Administración.

Los datos de contacto de los órganos jurisdiccionales pueden consultarse en los siguientes sitios web El enlace abre una nueva ventanaen finésEl enlace abre una nueva ventanaen inglés.

Instituciones nacionales de derechos humanos

A principios de 2012, se creó, bajo los auspicios de la Oficina del Defensor del Pueblo parlamentario, un Centro de Derechos Humanos funcionalmente autónomo e independiente (Ihmisoikeuskeskus). La misión del nuevo Centro de Derechos Humanos es informar y promover la educación, la formación, la investigación y la cooperación en el ámbito de los derechos humanos y fundamentales; elabora informes sobre el respeto de los derechos fundamentales y de los derechos humanos y emprende iniciativas y emite declaraciones para promover estos derechos. El Centro de Derechos Humanos también contribuye al esfuerzo internacional de promoción de los derechos humanos y fundamentales. No tramita quejas u otros casos individuales, pues son competencia del máximo organismo supervisor dentro del ordenamiento jurídico.

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo parlamentario

Se puede contactar al Defensor del Pueblo parlamentario (Eduskunnan oikeusasiamiehen kanslia) si existen indicios de que una autoridad o un empleado público no han respetado la ley o no han cumplido sus obligaciones. La violación de derechos fundamentales es un ejemplo de este tipo de ilegalidades. Cualquier persona puede presentar una queja ante el Defensor del Pueblo parlamentario. La queja puede referirse a un asunto personal de quien la presente, pero también puede presentarse en nombre de un tercero o conjuntamente con otras personas. El Defensor del Pueblo parlamentario investiga la queja si cabe sospechar que una autoridad actuó ilegalmente. La investigación de la queja es gratuita. En el curso de su investigación, el Defensor del Pueblo parlamentario da audiencia al empleado público o autoridad objeto de la queja. Además, recaba informes y declaraciones de distintas autoridades y, en caso necesario, puede ordenar a los inspectores de su Oficina que realicen averiguaciones. La investigación de la queja es gratuita.

La medida más estricta que puede adoptar el Defensor del Pueblo parlamentario es la acción penal por conducta ilícita. El Defensor del Pueblo parlamentario también puede enviar un apercibimiento al empleado público en cuestión. En la mayoría de los casos, emite su dictamen sobre la ilegalidad o negligencia en el procedimiento y un recordatorio de cuál es el procedimiento correcto. El Defensor del Pueblo parlamentario también puede formular una propuesta para subsanar el error y llamar la atención del Consejo de Estado sobre las deficiencias que haya observado en disposiciones legales o reglamentarias.

Eduskunnan oikeusasiamiehen kanslia (Defensor del Pueblo parlamentario)

Dirección Arkadiankatu 3, Helsinki
Dirección postall: 00102 Eduskunta (Parlamento)
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.oikeusasiamies.fi/en_GB
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaoikeusasiamies@eduskunta.fi
Teléfono: +358 9 4321
Fax: +358 9 432 2268

Cancillería de Justicia

La Cancillería de Justicia (Valtioneuvoston oikeuskansleri) atiende las quejas relacionas con cualquier asunto que se refiera a la persona interesada o cualquier otro asunto cuando esta considere que una autoridad, un empleado público u otra persona u organismo que ejerzan funciones públicas actuó de forma incorrecta o negligente, o que un abogado colegiado ha incumplido sus obligaciones. También puede dirigirse a la Cancillería de Justicia cualquier persona que considere que no se ha respetado un derecho fundamental o un derecho humano garantizado por la Constitución. Las quejas son tramitadas por juristas, que recaban toda la documentación adicional necesaria. El interesado suele tener derecho a remitir un escrito a la persona objeto de la queja. El interesado recibe posteriormente una decisión escrita por correo. Los servicios de la Cancillería de Justicia son gratuitos para el interesado. Si se concluye que un procedimiento es ilegal o erróneo, la Cancillería de Justicia puede apercibir al empleado público o dar instrucciones sobre el procedimiento adecuado a seguir en el futuro.

En los casos más graves, puede iniciar acciones penales contra el empleado público. Si procede, la Cancillería de Justicia tiene competencia para proponer la modificación de disposiciones o instrucciones, la anulación de una resolución judicial o la interposición de un recurso extraordinario. Una investigación realizada por la Cancillería de Justicia puede conducir a que la autoridad o el empleado público subsanen su propio error.

Oikeuskanslerinvirasto (Cancillería de Justicia)

Dirección: Snellmaninkatu 1, Helsinki
Código postal: PL 20, 00023 Valtioneuvosto (Apdo. de correos 20, 00023 Gobierno)
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.okv.fi/en/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanakirjaamo@okv.fi
Teléfono: +358 295 162 902
Fax: +358 9 1602 3975
Contacto: El enlace abre una nueva ventanatiedotus@okv.fi

Organismos especializados en derechos humanos

Defensor del Menor

La Ley asigna al Defensor del Menor (Lapsiasiavaltuutettu) las siguientes tareas:

  • supervisar el bienestar de niños y jóvenes y el ejercicio de sus derechos;
  • influir en las decisiones de los responsables de la toma de decisiones desde la perspectiva del menor;
  • establecer contactos con niños y jóvenes y transmitir la información recibida a los responsables de la toma de decisiones;
  • facilitar información sobre menores al personal que trabaja con ellos, a las autoridades y al público en general;
  • mejorar la cooperación entre los responsables de la política de la infancia;
  • promover la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño.

Lapsiasiavaltuutetun toimisto (Defensor del Menor)

Dirección: Vapaudenkatu 58 A, 40100 Jyväskylä
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.lapsiasia.fi/en/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanalapsiasiavaltuutettu@oikeus.fi
Teléfono: +358 295 666 850
Fax: +358 14 337 4248

Organismo para la igualdad

Defensor de la Igualdad

El Defensor de la Igualdad (Tasa-arvovaltuutettu) tiene por misión verificar el cumplimiento de la Ley de igualdad entre hombres y mujeres y de la prohibición de toda discriminación, en particular las ofertas de empleo discriminatorias; y hacer un seguimiento de la aplicación de la igualdad entre hombres y mujeres en diferentes sectores de la sociedad. Además, el Defensor de la Igualdad también supervisa la aplicación de la protección de las minorías de género contra la discriminación.

Tasa-arvovaltuutetun toimisto (Oficina del Defensor de la Igualdad)

Dirección postal: PL 22, 00023 Valtioneuvosto (Apdo. de correos 20, 00023 Gobierno)
Dirección para visitas: Hämeentie 3, Helsinki
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.tasa-arvo.fi/web/EN/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanatasa-arvo@oikeus.fi
Teléfono: +358 295 666 840
Teléfono de asesoramiento: +358 295 666 842 (lunes a jueves de 9.00 a 11 y de 13.00 a 15.00; viernes de 9.00 a 11.00)
Fax: +358 9 1607 4582

Defensor de la No Discriminación

El Defensor de la No Discriminación (Yhdenvertaisuusvaltuutettu) tiene por fin fomentar la igualdad de trato y la ausencia de discriminación. Es una autoridad que goza de autonomía e independencia.

Cualquier persona que haya sufrido o presenciado discriminación por razón de edad, origen, nacionalidad, lengua, religión, creencias, opinión, actividades políticas o sindicales, relaciones familiares, salud, discapacidad, orientación sexual o de otro tipo, puede dirigirse al Defensor de la No Discriminación. Otra de sus funciones es facilitar las condiciones de vida y fomentar los derechos de los grupos que corren el riesgo de ser objeto de discriminación, como los extranjeros, y proteger su condición. Por otra parte, controla las expulsiones de residentes extranjeros y ejerce de relator nacional en las cuestiones relativas a la trata de seres humanos.

En la práctica, la labor del Defensor de la No Discriminación consiste fundamentalmente en asesorar, aclarar casos particulares, fomentar la conciliación, educar y formar, recabar información, influenciar el proceso legislativo y las prácticas administrativas, y prestar asistencia jurídica. Las funciones y derechos del Defensor están consagrados en la El enlace abre una nueva ventanaLey de no discriminación y la El enlace abre una nueva ventanaLey del Defensor de la No Discriminación.

La discriminación por razón de género y la identidad de género es de competencia del Defensor de la Igualdad.

Oficina del Defensor de la No Discriminación (Yhdenvertaisuusvaltuutetun toimisto)

Dirección postal: PL 24, 00023 Valtioneuvosto (Apdo. de correos 20, 00023 Gobierno)
Dirección para visitas: Ratapihantie 9, Helsinki
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.syrjinta.fi/web/other/es
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanayvv@oikeus.fi

Teléfono: +358 295 666 800
Teléfono de atención al público: +358 295 666 817 (días entre semana de 10.00 a 12.00, salvo en verano)
Fax: +358 295 666 829
Centralita: +358 295 666 813 o +358 295 666 806

Organismo de protección de datos

Defensor de la Protección de Datos

  • velar por que se respete la legislación en materia de protección de datos y de otras leyes sobre el tratamiento de datos personales;
  • sensibilizar sobre los riesgos, normas, garantías, obligaciones y derechos relacionados con el tratamiento de datos personales;
  • realizar estudios e inspecciones;
  • imponer sanciones administrativas en caso de infracción del Reglamento sobre protección de datos;
  • emitir dictámenes sobres las reformas legislativas y administrativas relativas a la protección de los derechos y libertades de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales;
  • emitir dictámenes sobre las infracciones en materia de tratamiento de datos personales;
  • supervisar el tratamiento de datos en materia de préstamos y empréstitos;
  • tramitar las solicitudes de obtención de información sobre los derechos del interesado solicitante y las notificaciones de otras irregularidades relacionadas con el tratamiento de datos personales;
  • recibir las notificaciones de los delegados de protección de datos;
  • recibir las notificaciones de las violaciones de la seguridad de los datos personales;
  • establecer la lista de casos en que es necesaria una evaluación de impacto en materia de protección de datos;
  • evaluar la consulta ex ante sobre el tratamiento de datos de alto riesgo;
  • adoptar códigos de conducta y cláusulas contractuales tipo;
  • contribuir a la implantación de la certificación y acreditación de los organismos de certificación, y gestionar la retirada de los certificados expedidos;
  • colaborar con otras autoridades europeas de protección de datos bajo la idea de la ventanilla única;
  • participar en las actividades y toma de decisiones del Comité Europeo de Protección de Datos y remitir, en caso necesario, los expedientes a este.

Oficina del Defensor de la Protección de Datos (Tietosuojavaltuutetun toimisto)

Dirección postal: PL 800, 00531 Helsinki (Apdo. de correos 20, 00023 Gobierno)
Dirección para visitas: Lintulahdenkuja 4, 00530 Helsinki
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://tietosuoja.fi/en/home
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanatietosuoja@om.fi
Teléfono: +358 2956 66700
Teléfono de atención al público: +358 2956 66777 (lunes a miércoles de 9.00 a 11, salvo en verano)

Otros

Asistencia jurídica gratuita

La finalidad de la asistencia jurídica gratuita es ofrecer a los particulares la posibilidad de obtener asistencia de profesionales del Derecho sufragada en su totalidad o en parte por el Estado. La asistencia jurídica gratuita abarca la totalidad de las materias jurídicas. Sin embargo, no suele concederse si el solicitante tiene un seguro de defensa jurídica que cubra los gastos del asunto en cuestión. En los procedimientos penales, el acusado tiene derecho, en algunos casos, a ser defendido por un abogado pagado por el Estado, independientemente de su situación económica. Las víctimas de delitos violentos y sexuales pueden tener un abogado pagado por el Estado, independientemente de sus ingresos. Las empresas o sociedades no pueden beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita. En las causas pendientes en el extranjero, la asistencia jurídica gratuita cubre los costes de asesoramiento jurídico.

En el marco de los procedimientos judiciales, la asistencia jurídica gratuita es prestada por procuradores de los tribunales, abogados y juristas; en otros casos, es prestada por procuradores de los tribunales que trabajan en oficinas públicas de asistencia jurídica gratuita. Estas oficinas suelen estar situadas en los mismos municipios que los tribunales de primera instancia (käräjäoikeus). Los datos de contacto de estas oficinas figuran en la siguiente dirección: El enlace abre una nueva ventanahttps://oikeus.fi/en/index/yhteystiedot.html.

Oficina de información para los refugiados

La Oficina de información para los refugiados (Pakolaisneuvonta) es una organización no gubernamental que proporciona asistencia y asesoramiento jurídico a los solicitantes de asilo, a los refugiados y a otros extranjeros en Finlandia. También promueve el estatuto de los solicitantes de asilo, los refugiados y los inmigrantes en Finlandia y sigue la evolución de la política de la Unión Europea en materia de asilo y refugiados.

Dirección: Pasilanraitio 9 B, 00240 Helsinki
Página web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.pakolaisneuvonta.fi/en/legal-services/
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapan@pakolaisneuvonta.fi
Teléfono: +358 9 2313 9300
Fax:+358 9 2313 9310
Última actualización: 27/07/2020

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Suecia

Los derechos fundamentales y la Ley del Gobierno

Los derechos y las libertades de los ciudadanos suecos están protegidos principalmente por tres normas fundamentales: la Ley del Gobierno (regeringsformen), la Ley sobre la Libertad de Prensa (tryckfrihetsförordningen) y la Ley Fundamental sobre Libertad de Expresión (yttrandefrihetsgrundlagen). La Ley del Gobierno dispone que las autoridades administrativas deben gobernar respetando la igualdad entre las personas, así como la libertad y la dignidad del individuo.

Independencia del poder judicial y control de la legalidad de los actos

La Ley del Gobierno garantiza la independencia del poder judicial. Los órganos jurisdiccionales desempeñan un papel fundamental en la protección de los derechos individuales. Los recursos disponibles en el sistema jurídico sueco están diseñados para proteger los derechos fundamentales. Los procedimientos judiciales suelen ser habitualmente resueltos por los órganos jurisdiccionales ordinarios y los órganos jurisdiccionales generales de lo contencioso-administrativo y, en algunos casos, por las autoridades administrativas. El órgano jurisdiccional que conozca de un asunto relacionado con derechos fundamentales dependerá de varios factores, como el derecho fundamental que se haya vulnerado y el contexto en que haya ocurrido el hecho. Otro factor determinante será si el responsable de la violación del derecho es una entidad pública o privada.

Haga clic aquí para más información sobre el sistema jurídico sueco.

Obtener asistencia o información de las autoridades

En Suecia, hay varias autoridades que contribuyen de diferentes formas a garantizar el respeto de los derechos fundamentales. Estas autoridades tienen funciones diferentes. Algunas solo facilitan información sobre derechos en su área, mientras que otras pueden ofrecer asesoramiento jurídico en casos particulares.

Para buscar a estas autoridades, use la herramienta interactiva sobre derechos fundamentales.

Última actualización: 09/11/2020

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Inglaterra y Gales

Órganos jurisdiccionales nacionales

Servicio de juzgados y tribunales de Su Majestad

El Servicio de juzgados y tribunales de Su Majestad (Her Majesty’s Courts & Tribunals Service) es responsable de la administración de los órganos jurisdiccionales penales, civiles y de familia de Inglaterra y Gales, así como de los órganos jurisdiccionales no descentralizados de Escocia e Irlanda del Norte, y garantiza un sistema de justicia equitativa, eficiente y efectiva impartida por un Poder Judicial independiente.

El objetivo de este Servicio es garantizar a todos los ciudadanos el acceso oportuno a la justicia según sus diferentes necesidades, ya sea como víctima o testigo de un delito, acusado de un delito, consumidor endeudado, menor en peligro, empresa implicada en un litigio mercantil o persona que haga valer sus derechos laborales o impugne las decisiones de los órganos de la Administración.

Para ponerse en contacto con los órganos jurisdiccionales ordinarios (courts), entre en El enlace abre una nueva ventanaDatos de contacto de los órganos jurisdiccionales ordinarios.

Para ponerse en contacto con los órganos jurisdiccionales especializados (tribunals), entre en El enlace abre una nueva ventanaDatos de contacto de los órganos jurisdiccionales especializados.

Información adicional

Procedimientos civiles

  1. En Inglaterra y Gales los procedimientos civiles son incoados por la persona perjudicada, denominada «demandante» (claimant). No es necesaria una investigación preliminar sobre la autenticidad del perjuicio. La forma habitual de iniciar un proceso civil, tanto ante el Tribunal Superior (High Court) como ante el Tribunal de Condado (County Court), consiste en la presentación de un documento, el «escrito de demanda» (claim form). En las primeras fases de los procesos civiles, predomina el intercambio de declaraciones formales de las partes sobre el asunto.
  2. Con carácter general, puede ponerse término a los procedimientos civiles en cualquier momento por renuncia, desistimiento o acuerdo entre las partes. Las acciones jurisdiccionales suelen dar lugar a una resolución judicial sin jurado. No obstante, con el acuerdo del órgano jurisdiccional, existe el derecho a un juicio con jurado en los casos de fraude, injurias vertidas de palabra o por escrito, prevaricación judicial y detención ilegal. El jurado decide las cuestiones de hecho y la indemnización por daños y perjuicios concedida a la víctima. El veredicto debe ser unánime, pero puede aceptarse el veredicto por mayoría si el jurado no pudiese alcanzar un acuerdo.
  3. Si una parte se niega a cumplir una sentencia o una resolución judicial, están previstos diversos procedimientos de ejecución. Si la sentencia se refiere a una suma de dinero, el método más común de ejecución es el embargo de bienes del deudor o de su salario. Si la sentencia consiste en una medida cautelar, su incumplimiento podrá ser castigado con pena de privación de libertad por desacato al órgano jurisdiccional. Normalmente, el órgano jurisdiccional condena a la parte vencida al pago de las costas, pero en las demandas de menor cuantía lo habitual es que cada parte pague sus costas, aunque la parte vencedora puede pedir el reembolso de las tasas judiciales a la parte vencida. Ello se debe a que los procedimientos de menor cuantía están concebidos para que las partes puedan resolver el asunto sin necesidad de abogados.

Asistencia jurídica gratuita

  1. En las tres jurisdicciones del Reino Unido existe un régimen general por el cual una persona necesitada de asesoramiento jurídico o de representación ante un órgano jurisdiccional puede recibir ayuda financiera con cargo a los fondos públicos. Estos regímenes se conocen como «asistencia jurídica gratuita» (legal aid) y son fundamentales para el ejercicio de los derechos individuales. La asistencia jurídica gratuita está destinada a las personas con rentas bajas y modestas, y puede concederse en su totalidad o en parte con una contribución financiera del beneficiario. Si se concede asistencia jurídica gratuita, el asunto se tramita como de costumbre, excepto que entre el beneficiario y su abogado no media ningún pago: todos los pagos se efectúan a través del fondo de asistencia jurídica gratuita. La autoridad ministerial responsable de la asistencia jurídica gratuita en Inglaterra y Gales es el Ministro de Justicia (Lord Chancellor).
  2. En Inglaterra y Gales, la Agencia de Asistencia Jurídica Gratuita (Legal Aid Agency) administra la asistencia jurídica gratuita en los asuntos civiles y penales.
  3. Una red de organizaciones contratadas prestan servicios jurídicos en materia civil. Las normas relativas a la prestación de asistencia jurídica gratuita en materia civil figuran principalmente en la Ley de asistencia jurídica gratuita, condena y pena de los infractores (Legal Aid, Sentencing and Punishment of Offenders Act) de 2012, así como en la legislación secundaria y en las directrices establecidas en virtud de dicha Ley. Solo se concederá asistencia financiera si el caso entra en el ámbito de aplicación del régimen y si el solicitante cumple los criterios relativos a los recursos económicos y al fundamento de la pretensión. Además de la asistencia jurídica presencial, la Agencia de Asistencia Jurídica Gratuita gestiona un servicio telefónico de asistencia jurídica gratuita, confidencial e independiente. Desde abril de 2013, salvo excepciones limitadas, las demandas de asistencia jurídica gratuita en materia de deudas, necesidades educativas especiales y discriminación deben formularse a través de una línea centralizada de asesoramiento telefónico. La asistencia se presta por teléfono a menos que esta solución no sea adecuada a la consulta.
  4. También se presta asistencia jurídica gratuita en materia penal a las personas que son objeto de una instrucción o de una acusación penal. La Agencia de Asistencia Jurídica Gratuita resuelve en cada caso la admisibilidad de las solicitudes de asistencia jurídica gratuita en las causas penales. En los Juzgados de Instrucción y Primera Instancia (Magistrates Courts), el demandado sólo se beneficiará de esta asistencia si satisface los criterios de recursos económicos y de «interés de la justicia» (interests of justice). En el Tribunal de la Corona (Crown Court), los demandados o procesados en espera de juicio cumplen automáticamente el criterio de «interés de la justicia». Aunque todos los demandados o procesados pueden beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita, están sujetos al criterio de los recursos económicos y se les puede exigir que contribuyan a las costas del proceso con sus rentas o con capital. A los demandados o procesados que hayan contribuido a las costas y sean posteriormente absueltos se les reembolsará su contribución más los intereses devengados.
  5. Si una persona considera que sus derechos conforme al Convenio Europeo de Derechos Humanos han sido vulnerados y se propone someter su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dispone de una serie de mecanismos que le ofrecen asesoramiento y asistencia jurídica. Con arreglo al régimen de asistencia jurídica gratuita, la persona podrá ser asistida en las primeras fases del proceso por un abogado o un asesor jurídico con experiencia. Si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo admite a trámite la demanda, el demandante podrá obtener asistencia financiera directa de Estrasburgo. Su concesión se determina en función de si el demandante tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita en el ámbito nacional.
  6. En algunas zonas urbanas, existen centros de asistencia jurídica (law centres) que proporcionan asesoramiento jurídico y representación antes los órganos jurisdiccionales, y que pueden ser gratuitos en función en los recursos del solicitante. Dichos centros, que se financian a partir de diversas fuentes, a menudo con apoyo de la Administración local, suelen emplear a abogados asalariados a tiempo completo, aunque muchos también emplean trabajadores comunitarios. Una gran parte de su tiempo la dedican a problemas de vivienda, empleo, seguridad social e inmigración. También prestan asesoramiento gratuito las oficinas de información al ciudadano, a los consumidores y sobre vivienda, así como los centros de asesoramiento especializado gestionados por diversas organizaciones de voluntariado. El Centro de Asistencia Jurídica al Refugiado (Refugee Legal Centre) y el Servicio de Información sobre Inmigración (Immigration Advisory Service), que reciben financiación estatal, prestan asesoramiento y asistencia gratuitos a los solicitantes de asilo; el Servicio de Información sobre Inmigración también asesora y asiste gratuitamente a las personas con derechos de recurso en materia de inmigración.

Víctimas de delitos

  1. El Código de prácticas relativas a las víctimas de delitos (Code of Practice for Victims of Crime) indica la información, la ayuda y los servicios que las víctimas pueden recibir de los órganos de justicia penal en Inglaterra y Gales en cada fase del proceso. El Código está escrito en un inglés sencillo y está destinado a las víctimas de delitos. También indica los medios de defensa de que disponen las víctimas en caso de vulneración de los derechos que contempla el propio Código. Con la adopción de la Carta de derechos de los testigos (Witness Charter), se estableció un nivel de servicio similar para los testigos, si bien sin carácter legal. En Irlanda del Norte se ha publicado un Código propio de prácticas relativas a las víctimas de delitos que establece el nivel del servicio que deben recibir las víctimas de delitos en sus contactos con el sistema de justicia penal de Irlanda del Norte e indica cómo presentar una queja. Este Código será sustituido por una nueva Carta de derechos de las víctimas que tendrá fuerza de ley. Las víctimas de delitos denunciados reciben un folleto titulado «Víctimas de delitos» (Victims of crime), que ofrece consejos prácticos sobre qué hacer a raíz de un delito. En él se explican las diligencias policiales y judiciales, cómo solicitar una indemnización y las demás ayudas existentes.
  2. En Inglaterra y Gales, las víctimas también tienen derecho a recibir apoyo para, en la medida de lo posible, hacer frente a las consecuencias del delito y recuperarse. Las víctimas podrán acudir a estos servicios bien a instancias de la policía, bien por sí mismas. La mayoría de los servicios de apoyo a las víctimas operan a nivel local, están bajo la responsabilidad de los Comisarios policiales y de delincuencia (Police and Crime Commissioners, cargo electivo policial con labores de control y presupuestarias) y los financia el Gobierno.
  3. En Inglaterra y Gales, si la Fiscalía (Crown Prosecution Service) renuncia a la acusación, las víctimas pueden querellarse, esto es, acusar particularmente, aunque es infrecuente. Las víctimas también pueden reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios ante la jurisdicción civil. El procedimiento judicial se ha simplificado de forma que las personas sin conocimientos jurídicos puedan reclamar indemnizaciones por pérdidas o daños de menor cuantía.
  4. Los órganos jurisdiccionales pueden ordenar que el autor de un delito que haya sido reconocido culpable pague una indemnización a la víctima por lesiones corporales, pérdidas o daños resultantes del delito. En Inglaterra y Gales, los órganos jurisdiccionales deben prever una indemnización en cada caso que proceda y motivar su decisión cuando no la concedan. Si el órgano jurisdiccional considera que sería adecuado imponer una multa además de la indemnización, pero el autor de la infracción no dispone de suficientes medios para abonar ambas, debe darse prioridad a la indemnización. La indemnización también es pagadera antes que el «recargo delictivo» (victim surcharge, una tasa destinada a financiar un fondo público para víctimas y testigos) cuando los recursos económicos del autor de la infracción son insuficientes.
  5. Las víctimas que sufran daños y perjuicios causados por un delito violento en Inglaterra, Gales o Escocia, y que cumplan los requisitos de residencia, nacionalidad o de otro tipo, pueden solicitar una indemnización con cargo a fondos públicos, con arreglo al régimen de indemnización de daños y perjuicios resultantes de infracciones penales (Criminal Injuries Compensation Scheme). La indemnización se basa en un baremo y su importe oscila entre 1 000 y 500 000 GBP para los perjuicios más graves.
  6. Irlanda del Norte tiene un régimen propio, con arreglo al cual puede pagarse, en determinadas circunstancias, una indemnización con cargo a fondos públicos por daños y perjuicios resultantes de infracciones penales y por daños materiales dolosos, incluido el lucro cesante.

Instituciones nacionales de derechos humanos

La Comisión de Igualdad y Derechos Humanos

La Comisión de Igualdad y Derechos Humanos (Equality and Human Rights Commission o EHRC), con oficinas en Londres, Manchester, Glasgow y Cardiff, tiene el mandato legal de promover y supervisar el respeto de los derechos humanos, así como de proteger, hacer respetar y fomentar la igualdad en los nueve ámbitos protegidos: edad, discapacidad, sexo, raza, religión y creencias, embarazo y maternidad, matrimonio y unión civil, orientación sexual y cambio de sexo.

Normalmente no se ocupa de asuntos jurídicos individuales, salvo que presenten un interés estratégico (p. ej., para aclarar la interpretación del Derecho), aunque puede orientar sobre la instancia más adecuada a la que acudir en cada caso particular.

La Comisión se creó el 1 de octubre de 2007. Tiene por misión defender la igualdad y los derechos humanos para todos y, para ello, procura eliminar la discriminación, reducir la desigualdad, proteger los derechos humanos y establecer buenas relaciones entre las comunidades, asegurándose de que todos los ciudadanos tienen iguales oportunidades de participar en la sociedad. Su mandato se extiende a Inglaterra, Gales y Escocia; sin embargo, en términos de derechos humanos, Escocia tiene su propia comisión, la Comisión Escocesa de Derechos Humanos (Scottish Human Rights Commission). La EHRC asumió las funciones de las tres comisiones británicas anteriores para la igualdad (para la igualdad racial, la igualdad de género y los derechos de las personas con discapacidad) y es también responsable de nuevos capítulos de la legislación contra la discriminación (edad, orientación sexual y religión o creencias), así como de los derechos humanos. Está facultada para hacer cumplir la legislación relativa a la igualdad y tiene el mandato de fomentar la observancia de la Ley de derechos humanos (Human Rights Act).

El enlace abre una nueva ventanaIgualdad y Derechos Humanos

El enlace abre una nueva ventanaConseguir ayuda y asesoramiento

El enlace abre una nueva ventanaServicio de asesoramiento y apoyo en materia de igualdad [Equality Advisory and Support Service (EASS)]

Número de teléfono gratuito: +44 808 800 0082

Teléfono de texto: +44 808 800 0084

Dirección postal de envío gratuito: FREEPOST EASS HELPLINE FPN6521

Defensor del pueblo

Defensor parlamentario y del Servicio de Salud

El Defensor parlamentario y del Servicio de Salud (Parliamentary and Health Service Ombudsman) presta un servicio público llevando a cabo investigaciones independientes sobre las quejas por la actuación inadecuada o injusta o por la prestación de servicios de calidad insuficiente por parte de la Administración del Estado, otros organismos públicos del Reino Unido y el Servicio Nacional de Salud (National Health Service) en Inglaterra.

El enlace abre una nueva ventanaDefensor parlamentario y del Servicio de Salud

Servicio de atención al usuario: +44 345 015 4033; abierto de 8:30 a 17:30 (GMT) de lunes a viernes.

Organismos especializados en derechos humanos

Defensor de los derechos del niño

1. Comisaria de los derechos del niño de Inglaterra

Anne Longfield OBE es la Comisaria de los derechos del niño de Inglaterra (Children's Commissioner for England). La Comisaria y su equipo velan por que los adultos escuchen a los niños y jóvenes a su cargo.

El cargo de Comisario de los derechos del niño fue creado por la El enlace abre una nueva ventanaLey del menor de 2004 (Children Act) y existe para promover las opiniones de niños y jóvenes desde su nacimiento hasta los 18 años (hasta los 21 en el caso de los jóvenes en régimen acogida o con dificultades de aprendizaje).

El enlace abre una nueva ventanaComisaria de los derechos del niño de Inglaterra

Datos de contacto

Children's Commissioner for England
Sanctuary Buildings
20 Great Smith Street
London
SW1P 3BT

Teléfono: +44 20 7783 8330

2. Comisaria de los derechos del niño de Gales

Sally Holland es la Comisaria de los derechos del niño de Gales (Children's Commissioner for Wales). Su misión consiste en defender a niños y jóvenes. Procura garantizar la seguridad de niños y jóvenes y que estos conozcan sus derechos y puedan ejercerlos. En el desempeño de sus funciones, debe tener en cuenta los derechos del menor y la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño.

El enlace abre una nueva ventanaComisaria de los derechos del niño de Gales

Datos de contacto:

Children's Commissioner for Wales
Oystermouth House
Phoenix Way
Llansamlet
Swansea
SA7 9FS
Tel.: +44 1792 765600
Fax: +44 1792 765601

Objetivos institucionales:

  • Promover una mejor comprensión de los derechos del niño.
  • Revisar la adecuación y la eficacia de la legislación, las prácticas y los servicios relacionados con los niños y los jóvenes.
  • Asesorar al Gobierno y las autoridades competentes sobre los derechos y los intereses superiores de los niños y los jóvenes.
  • Divulgar las funciones de la Comisaria entre los niños, sus padres o tutores y los interlocutores.
  • Conocer los puntos de vista de los niños y los jóvenes en relación con los asuntos que les afectan.
  • Mantener y desarrollar mecanismos de gobernanza eficaces, en consonancia con las mejores prácticas, para maximizar la utilización eficiente, eficaz y rentable de los recursos.

Organismo de protección de datos

1. Comisario de Información

La Oficina del Comisario de Información (Information Commissioner’s Office) es la autoridad independiente del Reino Unido creada para defender los derechos de información de interés público y fomentar la accesibilidad de los organismos públicos y la privacidad de los datos personales.

Datos de contacto:

Information Commissioner’s Office
Wycliffe House
Water Lane
Wilmslow
Cheshire SK9 5AF

Tel.: 0303 123 1113 (o 01625 545745 si no desea llamar a un prefijo «03»; o bien +44 1625 545745 para llamadas desde el extranjero)

El enlace abre una nueva ventanaOficina del Comisario de Información

2. Oficina regional del Comisario de Información

Gales

Information Commissioner's Office – Wales
Cambrian Buildings
Mount Stuart Square
Cardiff CF10 5FL
Tel.: 029 2044 8044
Fax: 029 2044 8045
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanawales@ico.gsi.gov.uk

Otros

1. PÁGINA WEB — GOV.UK

Página web oficial del Gobierno británico para los ciudadanos del Reino Unido.

Web: El enlace abre una nueva ventanaGOV.UK

2. Servicio de asesoramiento al ciudadano

El Servicio de asesoramiento al ciudadano (Citizens Advice Service) le ayuda a resolver sus problemas jurídicos, económicos y de otra índole asesorándole de forma gratuita, independiente y confidencial e influyendo sobre los responsables políticos.

El enlace abre una nueva ventanaServicio de asesoramiento al ciudadano

El enlace abre una nueva ventanaDatos de contacto del Servicio de asesoramiento al ciudadano

3. Asesoría jurídica civil

La Asesoría jurídica civil (Civil Legal Advice o CLA) es un servicio de asesoría jurídica gratuita y confidencial en Inglaterra y Gales prestado a las personas con derecho a asistencia jurídica gratuita. Puede obtenerse asistencia jurídica en materia de:

  • recursos sobre prestaciones sociales;
  • deudas, si la vivienda está en riesgo;
  • necesidades educativas especiales;
  • vivienda;
  • problemas de discriminación;
  • ayuda y asesoramiento a las víctimas de violencia doméstica; y
  • problemas relativos a menores en acogida.

Para determinar si se tiene derecho a asistencia jurídica gratuita, se formulan preguntas generales sobre el problema jurídico y la situación económica. Desde abril de 2013, salvo excepciones limitadas, las solicitudes de asistencia jurídica gratuita en materia de deudas, necesidades educativas especiales y discriminación deben formularse a través de una línea centralizada de asesoramiento telefónico. La asistencia se presta por teléfono a menos que esta solución no sea adecuada a la consulta.

Datos de contacto

Teléfono: 0845 345 4345
Minicom: 0845 609 6677
Lunes a viernes, de 09:00 a 20:00
Sábados, de 09:00 a 12:30
El enlace abre una nueva ventanaAsesoría jurídica civil

4. Comisario para las víctimas

El enlace abre una nueva ventanaComisario para las víctimas

La misión del Comisario para las víctimas (Victims’ Commissioner) es defender los intereses de las víctimas y los testigos, fomentar las buenas prácticas en el trato que se les dispensa y revisar periódicamente el Código de prácticas relativas a las víctimas (Code of Practice for Victims), en el que se definen los servicios de que pueden beneficiarse las víctimas.

El Comisario no está autorizado legalmente a intervenir en casos concretos, pero puede orientar sobre dónde obtener el mejor asesoramiento y apoyo.

5. Oficina del Comisario de los servicios de inmigración

Datos de contacto:

5th Floor
Counting House
53 Tooley Street
London
SE1 2QN
Teléfono: 0845 000 0046

La Oficina del Comisario de los servicios de inmigración (Office of the Immigration Services Commissioner u OISC) es un ente público no ministerial e independiente, creado en virtud de la Ley de inmigración y asilo (Immigration and Asylum Act) de 1999.

Sus principales responsabilidades son:

  • regular la actuación de los asesores en materia de inmigración;
  • fomentar buenas prácticas mediante normas;
  • admitir y tramitar las quejas contra los que asesoran en materia de inmigración;
  • llevar ante la justicia a los que actúan fuera de la ley; y
  • supervisar la normativa aplicable a las personas que asesoran en materia de inmigración y dependen de uno de los colegios profesionales reconocidos.

La OISC no presta asesoramiento en materia inmigración, ni recomienda ni respalda a ningún asesor en particular.

La OISC trabaja con una amplia gama de organizaciones, en particular, colegios profesionales, órganos jurisdiccionales especializados, la Agencia de fronteras del Reino Unido (UK Border Agency) y organizaciones de voluntariado.

Para más información, consúltese El enlace abre una nueva ventanaOficina del Comisario de los servicios de inmigración.

Última actualización: 24/07/2017

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.

Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Irlanda del Norte

Tribunales nacionales

Instituciones nacionales de derechos humanos

Defensor del Pueblo

Organismos especializados en derechos humanos

Otros

Tribunales nacionales

1. Servicio de juzgados y tribunales de Su Majestad (Her Majesty’s Courts & Tribunals Service)

El Servicio de los juzgados y tribunales de Su Majestad es responsable de la administración de los órganos jurisdiccionales penales, civiles y de familia de Inglaterra y Gales, así como de los órganos jurisdiccionales no descentralizados de Escocia e Irlanda del Norte, y garantiza un sistema de justicia equitativa, eficiente y efectiva impartida por un Poder Judicial independiente.

El objetivo de este Servicio es garantizar a todos los ciudadanos el acceso oportuno a la justicia según sus diferentes necesidades, ya sea como víctima o testigo de un delito, acusado de un delito, consumidor endeudado, menor en peligro, empresa implicada en un litigio mercantil o persona que haga valer sus derechos laborales o impugne las decisiones de los órganos de la Administración.

Para ponerse en contacto con los órganos jurisdiccionales ordinarios (courts), véase: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.justice.gov.uk/global/contacts/hmcts/courts/index.htm

Para ponerse en contacto con los órganos jurisdiccionales especializados (tribunals), véase: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.justice.gov.uk/global/contacts/hmcts/tribunals/index.htm

2. Servicio de los tribunales y juzgados de Irlanda del Norte (Northern Ireland Courts and Tribunals Service o NICTS)

El Servicio de los tribunales y juzgados de Irlanda del Norte es un organismo del Ministerio de Justicia de Irlanda del Norte. Presta apoyo administrativo a los órganos jurisdiccionales de Irlanda del Norte, a saber, el Tribunal de Apelación (Court of Appeal), el Tribunal Superior (High Court), el Tribunal de la Corona (Crown Court), los juzgados de condado (County Courts), los juzgados de paz (Magistrates’ Courts) y los tribunales del pesquisidor (Coroner’s Court). También presta apoyo administrativo a los órganos jurisdiccionales ordinarios y ejecuta las resoluciones de los órganos jurisdiccionales civiles a través de la Oficina de ejecución de sentencias (Enforcement of Judgments Office).

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.justice-ni.gov.uk/topics/courts-and-tribunals

Información de contacto: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.courtsni.gov.uk/en-GB/ContactDetails/

Información complementaria

Procedimientos civiles

Los procedimientos en Irlanda del Norte son similares a los de Inglaterra y Gales. Los procedimientos ante el Tribunal Superior (High Court) se inician con la interposición de un escrito de demanda (writ) y los procedimientos ante los juzgados de condado (County Courts) se inician con un escrito de demanda civil (civil bill) o de demanda escasa cuantía (small claims application). Estos deben ser notificados al demandado, que tiene derecho a defenderse. Las resoluciones de los órganos jurisdiccionales civiles se ejecutan mediante un procedimiento centralizado que dirigido por la Oficina de ejecución de sentencias.

Asistencia jurídica gratuita

  1. En las tres jurisdicciones del Reino Unido existe un régimen general por el cual una persona necesitada de asesoramiento o representación jurídica ante un órgano jurisdiccional puede recibir ayuda financiera con cargo a los fondos públicos. Estos regímenes se conocen como «asistencia jurídica gratuita» (legal aid) y son fundamentales para el ejercicio de los derechos individuales. La asistencia jurídica está destinada a las personas con rentas bajas y modestas, y puede concederse de manera gratuita o combinada con una contribución financiera del beneficiario. Si se concede asistencia jurídica gratuita, el asunto se tramita como de costumbre, excepto que entre el beneficiario y su abogado no media ningún pago: todos los pagos se efectúan a través del fondo de asistencia jurídica gratuita.
  2. En Irlanda del Norte, la asistencia jurídica la presta la Comisión de servicios jurídicos de Irlanda del Norte (Northern Ireland Legal Services Commission). En la mayoría de los casos penales y civiles, para disfrutar de asistencia jurídica gratuita hay que cumplir los criterios relativos a los recursos económicos y al fundamento de la pretensión.
  3. Si una persona considera que sus derechos conforme al Convenio Europeo de Derechos Humanos han sido vulnerados y se propone someter su caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dispone de una serie de mecanismos que le ofrecen asesoramiento y asistencia jurídica. Con arreglo al régimen de asistencia jurídica gratuita, la persona podrá ser asistida en las primeras fases del proceso por un abogado o un asesor jurídico con experiencia. Si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo admite a trámite la demanda, el demandante podrá obtener asistencia financiera directa de Estrasburgo. Su concesión se determina en función de si el demandante tiene derecho a la asistencia jurídica en el ámbito nacional.
  4. En algunas zonas urbanas, existen centros de asistencia jurídica (law centres) que proporcionan asesoramiento jurídico y representación antes los órganos jurisdiccionales, y que pueden ser gratuitos en función en los recursos del solicitante. Dichos centros, que se financian a partir de diversas fuentes, a menudo con apoyo de la Administración local, suelen emplear a abogados a sueldo y a tiempo completo, aunque muchos también emplean trabajadores comunitarios. Una gran parte de su tiempo la dedican a problemas de vivienda, empleo, seguridad social e inmigración. También prestan asesoramiento gratuito las oficinas de información al ciudadano, a los consumidores y sobre vivienda, así como los centros de asesoramiento especializado gestionados por diversas organizaciones de voluntariado. El Centro de Asistencia Jurídica al Refugiado (Refugee Legal Centre) y el Servicio de Información sobre Inmigración (Immigration Advisory Service), que reciben financiación estatal, prestan asesoramiento y asistencia gratuitos a los solicitantes de asilo; el Servicio de Información sobre Inmigración también asesora y asiste gratuitamente a las personas con derechos de recurso en materia de inmigración.

Víctimas de delitos

  1. Los órganos jurisdiccionales pueden ordenar que el autor de un delito que haya sido declarado culpable pague una indemnización a la víctima por lesiones corporales, pérdidas o daños resultantes del delito. En Inglaterra y Gales, los órganos jurisdiccionales deben prever una indemnización en cada caso que proceda y motivar su decisión cuando no la concedan. La indemnización a la víctima debe prevalecer sobre la multa si el órgano jurisdiccional considera ambas posibilidades, y el cobro de los importes fijados para la indemnización debe prevalecer sobre el cobro de las multas.
  2. En Inglaterra y Gales, si la Fiscalía (Crown Prosecution Service) renuncia a la acusación, las víctimas pueden querellarse, esto es, acusar particularmente, aunque es infrecuente. Las víctimas también pueden reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios ante la jurisdicción civil. El procedimiento judicial se ha simplificado para que las personas sin conocimientos jurídicos puedan reclamar indemnizaciones por pérdidas o daños de menor cuantía.
  3. Las víctimas de cualquier nacionalidad que sufran daños y perjuicios causados por un delito violento en Inglaterra, Gales o Escocia pueden solicitar una indemnización con cargo a fondos públicos, con arreglo al régimen de indemnización de daños y perjuicios resultantes de infracciones penales (Criminal Injuries Compensation Scheme). La indemnización se basa en un baremo y su importe oscila entre 1 000 y 500 000 GBP para los perjuicios más graves.
  4. Irlanda del Norte tiene un régimen propio, con arreglo al cual puede pagarse, en determinadas circunstancias, una indemnización con cargo a fondos públicos por daños y perjuicios resultantes de infracciones penales y por daños materiales dolosos, incluido el lucro cesante.
  5. En el Reino Unido existen tres organizaciones que prestan asistencia genérica a las víctimas de delitos: Victim Support –que actúa en Inglaterra y Gales–, Victim Support Scotland y Victim Support Northern Ireland. Estas organizaciones reciben financiación pública.
  6. En junio de 1996, el Gobierno publicó la nueva Carta de derechos de las víctimas (Victim’s Charter) que posteriormente adquirió fuerza legal a través del Código de buenas prácticas en relación con las víctimas (Victims Code of Practice) en abril de 2006. Las víctimas tienen ahora el derecho legal a beneficiarse de un servicio de alta calidad prestado por los organismos penales. El Código también explica a las víctimas cómo presentar una queja si no reciben un servicio de alta calidad. Tras la adopción de la Carta de derechos de los testigos (Witness Charter), los testigos gozan de un nivel de servicio similar, pero no obligatorio. En Irlanda del Norte se ha publicado un Código de buenas prácticas propio en relación con las víctimas de delitos que establece el nivel del servicio que deberán recibir las víctimas al tratar con el sistema penal de Irlanda del Norte y la forma de presentar una queja. Las víctimas de delitos denunciados reciben un folleto titulado «Víctimas de delitos» con consejos prácticos sobre cómo actuar después del delito. En él se explican los procedimientos judiciales y policiales, cómo solicitar una indemnización y la ayuda de que disponen.

Instituciones nacionales de derechos humanos

Comisión de Derechos Humanos de Irlanda del Norte (Northern Ireland Human Rights Commission, NIHRC)

La Comisión de Derechos Humanos de Irlanda del Norte (NIHRC) es una institución nacional de derechos humanos con la acreditación de categoría «A» de las Naciones Unidas (ONU). La NIHRC fue fundada por el Gobierno del Reino Unido, pero es un órgano público independiente que funciona de acuerdo con los Principios de París de la ONU.

Su trabajo consiste en asegurarse de que el Gobierno y otros organismos públicos protejan los derechos humanos de todas las personas que se encuentren en Irlanda del Norte. Asimismo, ayudan a las personas a conocer cuáles son sus derechos humanos y qué pueden hacer en caso de que sean vulnerados o se les prive de ellos.

Información de contacto:

Temple Court
39 North Street
Belfast
Irlanda del Norte
BT1 1NA
Teléfono: +44 (0)28 9024 3987
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainformation@nihrc.org
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.nihrc.org/

Defensor del Pueblo

Defensor parlamentario y del Servicio de Salud (Parliamentary and Health Service Ombudsman)

Esta institución fue creada por el Parlamento para ayudar a los particulares y al público.

Su misión consiste en investigar las quejas relacionadas con el trato injusto o el servicio inadecuado de personas por parte de los ministerios (departments), el servicio de salud inglés (National Health Service o NHS) y otras organizaciones públicas. Sus competencias vienen dispuestas por la ley y su servicio es universalmente gratuito.

Información de contacto:

Parliamentary and Health Service Ombudsman
Millbank Tower
Millbank
London (Londres)
SW1P 4QP
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://www.ombudsman.org.uk/

Organismos especializados en derechos humanos

Defensor de los derechos del menor

Comisario de Irlanda del Norte para los niños y los jóvenes (Northern Ireland Commissioner for Children and Young People o NICCY)

El Comisario para los niños y los jóvenes es un organismo público no gubernamental que fue creado en octubre de 2003.

La Comisaria actual es Koulla Yiasouma y su función es salvaguardar y fomentar los derechos y el interés superior de los niños y los jóvenes en Irlanda del Norte. La Comisaria también debe tener en cuenta todas las disposiciones pertinentes de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

Depende del Ministerio de Comunidades (Department for Communities).

Información de contacto:

NICCY
Equality House
7-9 Shaftesbury Square
Belfast
Irlanda del Norte BT2 7DP
Teléfono: 028 9031 1616
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@niccy.org
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.niccy.org/

Comisario para las personas de edad avanzada (Commissioner for Older People)

El Comisario para las personas de edad avanzada es un organismo público no gubernamental que fue creado en noviembre de 2011. El Comisario actual es Eddie Lynch y su misión consiste en salvaguardad y fomentar los intereses de las personas de edad avanzada en Irlanda del Norte.

Información de contacto:

COPNI (Commissioner for Older People for Northern Ireland)
Equality House
7-9 Shaftesbury Square
Belfast
Irlanda del Norte BT2 7DP
Teléfono: 028 9089 0892
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@copni.org
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.copni.org/

Organismo de igualdad

Comisión de Irlanda del Norte para la igualdad (Equality Commission for Northern Ireland)

Información de contacto:

Equality House
7-9 Shaftesbury Square
Belfast
Irlanda del Norte BT 2 7DP
Teléfono: 028 90 500 600
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainformation@equalityni.org
Sitio web:El enlace abre una nueva ventanahttp://www.equalityni.org/

La Comisión de Irlanda del Norte para la igualdad es un organismo público no gubernamental creado por la Ley de 1998 de Irlanda del Norte (Northern Ireland Act 1998). Sus competencias y obligaciones surgen de un número de normas delegadas que se han promulgado durante las últimas décadas y que proporcionan protección contra la discriminación por motivos de edad, discapacidad, raza, religión y opinión política, género y orientación sexual. También tiene competencia, en virtud de la Ley de 1998 de Irlanda del Norte, en materia de igualdad legal y la obligación de buenas relaciones que se aplican a las autoridades públicas.

Depende del Gabinete de la Presidencia (Executive Office).

Organismo de protección de datos

1. Comisario de Información

La Oficina del Comisario de Información (Information Commissioner’s Office) es la autoridad independiente del Reino Unido creada para defender los derechos de información de interés público y fomentar la accesibilidad de los organismos públicos y la privacidad de los datos personales.

Información de contacto:

Information Commissioner’s Office
Wycliffe House
Water Lane
Wilmslow
Cheshire SK9 5AF
Teléfono: 0303 123 1113 (o 01625 545745 si no desea llamar a un prefijo «03»; +44 1625 545745 para llamadas desde el extranjero)
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttps://ico.org.uk/

2. Oficina regional del Comisario de Información

Irlanda del Norte

Information Commissioner's Office – Northern Ireland
3rd floor, 14 Cromac Place
Belfast,
Irlanda del Norte BT7 2JB
Teléfono: 028 9026 9380
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanani@ico.org.uk

Otros

1. SITIO WEB – Directgov

Sitio web oficial del Gobierno británico para los ciudadanos del Reino Unido.

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.gov.uk/

2. Servicio de asesoramiento al ciudadano (Citizens Advice Service)

Este Servicio ayuda a los ciudadanos a resolver sus problemas jurídicos, económicos y de otra índole asesorándoles de forma gratuita, independiente y confidencial e influyendo sobre los responsables políticos.

Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.citizensadvice.org.uk/

3. Comisión de Servicios Jurídicos de Irlanda del Norte (Northern Ireland Legal Services Commission)

La Comisión de Servicios Jurídicos de Irlanda del Norte («la Comisión») es un órgano público no gubernamental dependiente del Ministerio de Justicia (Department of Justice), creado por la Orden de Acceso a la Justicia en Irlanda del Norte de 2003 [Access to Justice (Northern Ireland) Order 2003]. El ministro de Justicia, David Ford, expresó su intención de traspasar las competencias de la Comisión a una agencia ejecutiva dentro del Ministerio en otoño de 2014. La nueva organización se llamará Agencia de Servicios Jurídicos de Irlanda del Norte. Este traspaso no cambiará en lo esencial la prestación general de servicios, pero aportará una gran cantidad de mejoras notables de administración y eficiencia.

El papel de la Comisión consiste en gestionar la prestación de servicios jurídicos financiados con fondos públicos al mismo tiempo que cumple con los programas legales de asistencia jurídica gratuita. Lleva a cabo controles para determinar si los individuos deben recibir asistencia jurídica gratuita y, cuando proceda, paga a los abogados por los servicios jurídicos prestados. Si bien el poder judicial es responsable de la concesión de la asistencia jurídica gratuita en asuntos penales, la Comisión también paga por los correspondientes servicios jurídicos prestados. Además de gestionar el programa de asistencia jurídica gratuita, también ofrece apoyo al Ministerio de Justicia con su programa de reforma de la asistencia jurídica gratuita.

Información de contacto:

Northern Ireland Legal Services Commission
2nd Floor,
Waterfront Plaza,
8 Laganbank Road,
Mays Meadow,
Belfast,
Irlanda del Norte BT1 3BN
Teléfono: +44 (0)28 9040 8888
Sitio web:El enlace abre una nueva ventanahttp://www.nilsc.org.uk/

Su misión es promover el acceso justo y equitativo a la justicia en Irlanda del Norte prestando servicios jurídicos financiados con cargo a fondos públicos.

Su objetivo es ofrecer servicios de alta calidad, dirigidos específicamente a las personas más necesitadas, con una buena relación calidad-precio.

Los abogados y demás asesores:

  • ayudan a las personas que tienen derecho a asistencia jurídica gratuita a ejercer sus derechos en materia civil, y
  • ayudan a las personas investigadas o acusadas.

4. Comisario para las Víctimas (Victims’ Commissioner)

Baroness Newlove of Warrington,
Victims' Commissioner for England & Wales
The Tower, 9th Floor,
102 Petty France,
London (Londres), SW1H 9AJ
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanavictims.commissioner@victimscommissioner.gsi.gov.uk
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://victimscommissioner.org.uk/

La misión del Comisario para las Víctimas es defender los intereses de las víctimas y los testigos, fomentar las buenas prácticas en el trato que se les dispensa y revisar periódicamente el código de buenas prácticas con respecto a las víctimas (Code of Practice for Victims), en el que se definen los servicios a los que tienen derecho las víctimas.

El Comisario escucha a las víctimas y testigos, intenta comprender el sistema de justicia penal desde su punto de vista y ayuda a mejorar los servicios y el apoyo disponibles.

Según la ley, el Comisario no está autorizado para intervenir en determinados casos; sin embargo, puede ofrecer orientación sobre dónde conseguir asesoramiento y apoyo.

5. Servicio de apoyo a las víctimas de Irlanda del Norte (Victim Support Northern Ireland)

Información de contacto:

Central Office
Victim Support NI
Annsgate House
3rd Floor
70/74 Ann Street
Belfast
Irlanda del Norte BT 1 4EH
Teléfono: 028 9024 3133
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanabelfast@victimsupportni.org.uk

El Servicio de apoyo a las víctimas de Irlanda del Norte es la organización benéfica que ayuda a aquellas personas afectadas por cualquier tipo de delito. Ofrecen apoyo emocional, información y ayuda práctica a las víctimas, testigos y otras personas afectadas por algún delito.

Es la principal organización benéfica dedicada a apoyar a las personas afectadas por delitos. Ofrece un servicio gratuito y confidencial, con independencia de que el delito haya sido o no denunciado. Es una organización independiente que no forma parte de la policía, el poder judicial ni de ningún organismo de justicia penal.

Anualmente, el Servicio de apoyo a las víctimas de Irlanda del presta ayuda a aproximadamente 30 000 personas afectadas por delitos.

6. Defensor del Preso en Irlanda del Norte (Prisoner Ombudsman for Northern Ireland)

Unit 2
Walled Garden
Stormont Estate
Belfast
Irlanda del Norte BT4 3SH
Teléfono: 028 90 44 3982
Número de llamada gratuita: 0800 7836317
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanapa@prisonerombudsman.x.gsi.gov.uk
Sitio web: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.niprisonerombudsman.gov.uk/

El Defensor del Preso es nombrado por el ministro de Justicia para Irlanda del Norte y es completamente independiente del Servicio de instituciones penitenciarias de Irlanda del Norte (Northern Ireland Prison Service).

El Defensor del Preso investiga:

  • quejas presentadas por los presos en Irlanda del Norte;
  • a los visitantes de presos en Irlanda del Norte; y
  • fallecimientos ocurridos durante custodia en instalaciones del Servicio de instituciones penitenciarias de Irlanda del Norte.

El actual Defensor del Preso es Tom McGonigle, que cuenta con el apoyo de un equipo de investigadores y otros empleados.

7. Oficina del Comisario para los Servicios de Inmigración (Office of the Immigration Services Commissioner o OISC)

Información de contacto:

5th Floor
21 Bloomsbury Street
London (Londres)
WC1B 3HF
Teléfono: 020 7211 1500

La OISC es un organismo público, independiente y no ministerial creado por la Ley de Inmigración y Asilo de 1999 (Immigration and Asylum Act 1999).

La Ley de Inmigración y Asilo de 1999 y la Ley de Nacionalidad, Inmigración y Asilo de 2002 (Nationality, Immigration and Asylum Act 2002) otorgan las siguientes competencias al Comisario para los Servicios de Inmigración, entre otras:

  • denegar a un asesor la pertenencia al régimen legal;
  • expulsar a un asesor del régimen legal;
  • fijar el nivel trabajo variable o limitado que puede asumir un asesor;
  • realizar una acusación disciplinaria contra un asesor regulado;
  • solicitar una orden de alejamiento o medidas cautelares;
  • procesar por proporcionar asesoramiento y/o servicios de inmigración de manera ilegal;
  • procesar por anunciar asesoramiento y/o servicios de inmigración de manera ilegal;
  • acceder al local de un asesor; y
  • confiscar los registros del asesor.

Para más información, véase: El enlace abre una nueva ventanahttp://www.oisc.gov.uk/

8. Comisión para Víctimas y Supervivientes (Commission for Victims and Survivors)

Información de contacto:

Commission for Victims and Survivors
Equality House
7-9 Shaftesbury Square
Belfast
BT2 7DP
Teléfono: 028 9031 1000
Fax: 028 9060 7424

La Comisión para Víctimas y Supervivientes de Irlanda del Norte cree fervientemente en su misión y en el derecho de todas las víctimas y supervivientes a ser escuchados, respetados y a tener acceso a los mejores servicios que haya. Asimismo, pretende mejorar las vidas de las víctimas y supervivientes del Conflicto.

Su misión consiste en hacer frente a las necesidades de todas las víctimas y supervivientes asegurándoles una excelente prestación de servicios, reconociendo el legado del pasado y construyendo un futuro mejor. Su trabajo se encuentra respaldado por un número de valores fundamentales que utilizan en su labor diaria. Pretenden lograr resultados basados en el respeto de estos valores, que son los siguientes:

  • Preponderancia de la víctima: las víctimas y supervivientes son el centro de todo lo que hace la Comisión y le animan y valoran su participación.
  • Apertura y transparencia: la Comisión actúa de manera abierta, honesta, receptiva y rindiendo cuentas.
  • Igualdad y diversidad: la Comisión trata a todas las personas de la misma forma y se opone a la desigualdad actuando con imparcialidad, independencia e integridad.
  • Respeto: la Comisión es amable y profesional con todo aquel que se pone en contacto con su personal.
  • Imparcialidad: la Comisión defiende su independencia y mantiene una distancia crítica para poder cuestionar al Gobierno y a las autoridades competentes.
  • Calidad: la Comisión procura que todos sus programas sean de alta calidad.

Para más información, véase El enlace abre una nueva ventanahttp://www.cvsni.org/

Última actualización: 10/04/2018

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Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales - Escocia

Instituciones nacionales de derechos humanos

Defensor del pueblo

Organismos especializados en derechos humanos

Otros

Instituciones nacionales de derechos humanos

Es posible que las instituciones que siguen puedan asesorarle respecto a sus circunstancias particulares.

1. Equality and Human Rights Commission (EHCR)

La EHCR (Comisión de Igualdad y Derechos Humanos) es el organismo nacional para la igualdad de Escocia, Inglaterra y Gales, y tiene por fin eliminar toda forma de discriminación y fomentar la igualdad en los nueve ámbitos protegidos por la Equality Act (Ley de Igualdad) de 2010: edad, discapacidad, sexo, raza, religión y creencias, embarazo y maternidad, matrimonio y unión civil, orientación sexual y reasignación de sexo.  Se trata de una institución nacional de derechos humanos de categoría A que goza de autonomía respecto del Gobierno y que comparte el mandato de fomentar y proteger los derechos humanos en Escocia con la Comisión Escocesa de Derechos Humanos.

Como institución nacional de derechos humanos, la EHRC:

  • fomenta la comprensión y la protección de los derechos humanos y la sensibilización respecto de ellos;
  • anima a las autoridades públicas a cumplir la Human Rights Act (Ley de Derechos Humanos);
  • proporciona información sobre derechos humanos a los ciudadanos, las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades públicas;
  • hace un seguimiento de la situación de los derechos humanos en Gran Bretaña y comunica los resultados y recomendaciones a Naciones Unidas, al Gobierno y al Parlamento;
  • asesora al Gobierno y al Parlamento del Reino Unido y a las administraciones descentralizadas de Escocia y Gales acerca de las implicaciones en materia de derechos humanos de las políticas y las propuestas legislativas; y
  • ejercita sus competencias para mejorar la protección de los derechos humanos.

La EHRC tiene competencias para, entre otras cosas:

  • incoar un judicial review proceedings, esto es, un tipo de procedimiento judicial en el que un órgano jurisdiccional examina la legalidad de una decisión o medida adoptada por un organismo público;
  • advertir, antes de que se adopte un acto legislativo, de que incoará un proceso judicial de control de la legalidad cuando considere que la entrada en vigor de dicha norma vulnerará los derechos humanos de un colectivo;
  • intervenir como tercero en asuntos judiciales de particulares sobre derechos humanos, si bien solo puede participar directamente en aquellos en los que sea vea afectado el principio de igualdad;
  • llevar a cabo investigaciones de cuestiones relacionadas con los derechos humanos y formular recomendaciones de modificación y mejora de políticas, prácticas y legislación, que será obligatorio tener en cuenta;
  • enviar un compliance notice (aviso de cumplimiento) cuando considere que una autoridad pública no ha cumplido con su deber de igualdad, en el que podrá requerir que cumpla una obligación específica o especificar las medidas que deben adoptarse para garantizar el cumplimiento.

El enlace abre una nueva ventanahttp://www.equalityhumanrights.com/

Datos de contacto:

Equality and Human Rights Commission – Scotland Office
(Comisión de Igualdad y Derechos Humanos; oficina de Escocia)

Teléfono: 0141 288 5910

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanascotland@equalityhumanrights.com

Las personas que se comuniquen mediante la lengua de señas británica (British Sign Language o BSL) pueden ponerse en contacto con la EHRC en igualdad de condiciones con las personas sin alteraciones auditivas o fonadoras.  Si desea más información, diríjase a la EHRC en El enlace abre una nueva ventanahttp://www.equalityhumanrights.com/

Equality Advisory and Support Service
(Servicio de asesoramiento y apoyo en materia de igualdad)

Teléfono: 0808 800 0082
Teléfono de texto: 0808 800 0084

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaeass@mailgb.custhelp.com

Correo postal: FREEPOST EASS Helpline, FPN6521

En el enlace El enlace abre una nueva ventanahttp://www.equalityadvisoryservice.com/ también se puede encontrar un servicio de interpretación de BSL, un chat en línea y un formulario de contacto.

Horario:
Lunes a viernes de 9.00 a 19.00
Sábados de 10.00 a 14.00
Cerrado domingos y festivos

2. Scottish Human Rights Commission (SHRC)

La SHRC (Comisión Escocesa de Derechos Humanos) es la institución nacional de derechos humanos de Escocia, con arreglo a los Principios de París de las Naciones Unidas relativos al estatuto de las instituciones nacionales, y tiene la acreditación máxima (categoría A).  La SHRC es un organismo independiente creado por el Parlamento escocés en 2008 que tiene por misión general fomentar la comprensión y el respeto de todos los derechos humanos (económicos, sociales, culturales, civiles y políticos) de todas las personas en todos los lugares de Escocia y la sensibilización respecto de dichos derechos, así como fomentar las mejores prácticas en el ámbito de los derechos humanos.  Asimismo, está facultada para informar directamente a las Naciones Unidas sobre cuestiones de derechos humanos.  El conjunto de las obligaciones y competencias de la SHRC se recogen en la Scottish Commission for Human Rights Act (Ley de la Comisión Escocesa de Derechos Humanos) de 2006.

La SHRC tiene competencias para:

  • recomendar cambios legislativos, políticos y de prácticas;
  • fomentar los derechos humanos a través de la educación, la formación y la publicación de estudios; y
  • llevar a cabo investigaciones de las políticas y prácticas de las autoridades públicas de Escocia.

La SHRC no tramita quejas, ni ofrece un servicio de ayuda al ciudadano;  sin embargo, su folleto Help with Human Rights (Ayuda con sus derechos humanos) ofrece información sobre las organizaciones y servicios que pueden prestar asesoramiento y asistencia.

Datos de contacto:

Scottish Human Rights Commission
Governor's House
Regent Road
Edinburgh
EH1 3DE
Teléfono: 0131 244 3550
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanahello@scottishhumanrights.com
Enlace: El enlace abre una nueva ventanaScottish Human Rights Commission

Defensores del pueblo

1. Scottish Public Services Ombudsman (SPSO)

El SPSO (Defensor ante los servicios públicos escoceses) presta un servicio gratuito, independiente e imparcial en relación con las controversias entre ciudadanos y administraciones públicas centrales y locales, con el fin de contribuir a su resolución o corregir situaciones injustas.  Es la última instancia en la tramitación de quejas contra los organismos públicos en Escocia: comarcas (councils), National Health Service (Servicio Nacional de Salud), asociaciones de vivienda social, escuelas de estudios superiores (colleges) y universidades, centros penitenciarios, la mayoría de los proveedores de agua, el Gobierno escocés y sus agencias y ministerios (departments) y la mayor parte de las autoridades escocesas.

Datos de contacto:

Número de teléfono gratuito: 0800 377 7330
Teléfono: 0131 225 5330

Correo postal: envíos gratuitos al SPSO (sin necesidad de sello)

En persona: lunes, miércoles, jueves y viernes de 9.00 a 17.00, y martes de 10.00 a 17.00; en 4 Melville Street, EH3 7NS, Edimburgo

Enlace: El enlace abre una nueva ventanaSPSO

2. Parliamentary and Health Service Ombudsman (PHSO)

El PHSO (Defensor parlamentario y ante el Servicio de Salud) es la última instancia en la tramitación de las quejas relativas al trato recibido del Servicio Nacional de Salud (National Health Service o NHS) en Inglaterra y de los servicios públicos prestados por la Administración del Reino Unido.  Ofrece un servicio gratuito y evalúa las quejas sobre supuestos en los que alguien cree que ha habido una injusticia o adversidad porque un organismo no ha actuado correctamente o equitativamente, o ha prestado un servicio deficiente y no ha corregido la situación.

El PHSO no forma parte del Gobierno; fue creado por el Parlamento para prestar un servicio independiente de tramitación de quejas.  Comparte con el Parlamento las conclusiones del estudio de sus expedientes para ayudarle a controlar a los proveedores de servicios públicos, y también comparte las conclusiones más ampliamente con otras partes para ayudar a mejorar los servicios públicos.  El PHSO responde ante el Parlamento del Reino Unido y su labor es examinada por la Public Administration and Constitutional Affairs Committee (Comisión de Administración Pública y Asuntos Constitucionales).

Antes de presentar una queja ante el PHSO, primero debe presentarse una reclamación al organismo con el que se tiene la controversia.  Si la queja se refiere a un ministerio del Reino Unido o a un organismo público del Reino Unido, el interesado debe ponerse en contacto con un parlamentario (Member of Parliament o MP) para someter la cuestión al PHSO.

Enlace: El enlace abre una nueva ventanaPHSO

Datos de contacto:

Teléfono: 0345 015 4033 (lunes a viernes de 8.30 a 17.30)

Mensaje al servicio de rellamada: 07624 813 005

Las personas que se comuniquen mediante la lengua de señas británica (British Sign Language o BSL) pueden utilizar el servicio SignVideo: El enlace abre una nueva ventanaSignVideo

Organismos especializados en derechos humanos

1. Children and Young People's Commissioner Scotland (CYPCS)

El/La CYPCS (Comisario/a para los niños y jóvenes en Escocia) promueve el conocimiento y la comprensión de los derechos de los niños y ayuda a estos a hacer valer sus derechos. Asimismo, tiene competencias para investigar si los proveedores de servicios tienen en cuenta los derechos, los intereses y los puntos de vista de grupos de niños y jóvenes en la toma de decisiones o en las actuaciones que les afectan.

Datos de contacto:

Children and Young People's Commissioner Scotland 
Roseberry House
9 Haymarket Terrace
Edinburgh
EH12 5EZ
Teléfono: 0131 346 5350
Teléfono gratuito para los jóvenes: 0800 019 1179
Mensaje de texto: 0770 233 5720

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainbox@cypcs.org.uk
Enlace: El enlace abre una nueva ventanaCYPCS

2. Scottish Information Commissioner

La Scottish Information Commissioner’s Office (Oficina del Comisario / de la Comisaria para la información en Escocia) fomenta y hace cumplir tanto el derecho de los ciudadanos a solicitar la información que obre en poder de las autoridades públicas escocesas como la aplicación de buenas prácticas por parte de las autoridades.  Con su trabajo, apoya la apertura, la transparencia y la rendición de cuentas de los organismos públicos.

El/La Comisario/a es responsable de la aplicación y la promoción de la normativa escocesa en materia de libertad de información, a saber:

  • la Freedom of Information (Scotland) Act (Ley escocesa de libertad de información) de 2002;
  • el Environmental Information (Scotland) Regulations (Reglamento escocés relativo a la información medioambiental) de 2004; y
  • el INSPIRE (Scotland) Regulations (Reglamento escocés INSPIRE) de 2009.

El/La Comisario/a y su equipo:

  • investigan las solicitudes y emiten resoluciones jurídicamente ejecutorias;
  • fomentan las buenas prácticas entre los organismos públicos; e
  • informan a los ciudadanos sobre sus derechos.

Datos de contacto:

Scottish Information Commissioner
Kinburn Castle
Doubledykes Road
St Andrews
Fife
KY16 9DS
Teléfono: 01334 464610
Fax: 01334 464611
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaenquiries@itspublicknowledge.info
Enlace: El enlace abre una nueva ventanaScottish Information Commissioner

3. Information Commissioner's Office

La Information Commissioner’s Office (Oficina del Comisario / de la Comisaria para la información) es la autoridad independiente del Reino Unido creada para defender los derechos de información de interés público y fomentar la apertura de los organismos públicos y la privacidad de los datos personales.

Datos de contacto:

Information Commissioner's Office
Wycliffe House
Water Lane
Wilmslow
Cheshire
SK9 5AF

Teléfono: 0303 123 1113 (o 01625 545745 si no desea llamar a un prefijo «03»)
Fax: 01625 524 510

The Information Commissioner's Office Scotland
45 Melville Street
Edinburgh
EH3 7HL

Teléfono: 0131 244 9001

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaScotland@ico.org.uk
Enlace: El enlace abre una nueva ventanaInformation Commissioner's Office

Otros organismos

1. Citizens Advice Service

El Citizens Advice Service (Servicio de asesoramiento al ciudadano) ayuda a resolver problemas jurídicos, económicos y de otra índole de los ciudadanos asesorándoles de forma gratuita, independiente y confidencial e influyendo sobre los responsables políticos.

Datos de contacto:

Línea telefónica directa: 0808 800 9060 (lunes a viernes de 9.00 a 18.00)

Enlace: El enlace abre una nueva ventanaCitizens Advice

Para ponerse en contacto con el Citizens Advice Service, pulse aquí: El enlace abre una nueva ventanahttp://citizensadvice.org.uk/index/contact_us.htm

2. Victim Support Scotland

Victim Support Scotland (Servicio escocés de apoyo a las víctimas) es una organización de voluntariado que ayuda a las personas afectadas por delitos.  Ofrece apoyo emocional, información esencial y ayuda práctica a las víctimas, los testigos y otras personas afectadas.  El servicio es gratuito y confidencial y lo prestan voluntarios a través de una red local de servicios de justicia para las víctimas y los jóvenes y de servicios judiciales para los testigos.

El sitio web de Victim Support Scotland proporciona más información (por ejemplo, sobre cómo ponerse en contacto con la organización):

El enlace abre una nueva ventanaVictim Support Scotland

Servicio de atención telefónica: 0345 603 9213 (lunes a viernes de 8.00 a 20.00)

Victims' Code for Scotland

El El enlace abre una nueva ventanaVictims' Code for Scotland (Código para víctimas en Escocia) establece claramente en un solo sitio los derechos y el apoyo de que disponen las víctimas de delitos en Escocia.

3. Office of the Immigration Services Commissioner (OISC)

La OISC (Oficina del Comisario / de la Comisaria para los servicios de inmigración) es un ente público no ministerial e independiente, creado en virtud de la Immigration and Asylum Act (Ley de inmigración y asilo) de 1999.

Sus principales responsabilidades son:

  • regular la actividad de los asesores en materia de inmigración;
  • fomentar buenas prácticas mediante el establecimiento de normas;
  • admitir y tramitar las quejas contra los asesores en materia de inmigración;
  • llevar ante la justicia a los que actúan fuera de la ley; y
  • supervisar la normativa aplicable a las personas que asesoran en materia de inmigración y dependen de uno de los colegios profesionales reconocidos.

La OISC no presta asesoramiento en materia de inmigración, ni recomienda ni respalda a ningún asesor en particular.

La OISC trabaja con una amplia gama de organizaciones, en particular colegios profesionales, órganos jurisdiccionales especializados (tribunals), la agencia de fronteras del Reino Unido y organizaciones de voluntariado.

Para más información, véase: El enlace abre una nueva ventanaOffice of the Immigration Services Commissioner

Datos de contacto:

Office of the Immigration Services Commissioner
5th Floor
21 Bloomsbury Street
London
WC1B 3HF

Teléfono: 0845 000 0046

Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanainfo@oisc.gov.uk

4. Scottish Legal Aid Board (SLAB)

La asistencia jurídica gratuita en Escocia permite el acceso a la justicia de las personas que no pueden permitirse pagar sus propias costas judiciales.  La SLAB (Junta escocesa de asistencia jurídica gratuita) gestiona el sistema de asistencia jurídica gratuita de Escocia según lo establecido por la ley.

Para solicitar asistencia jurídica gratuita es preciso buscar un solicitor (asesores jurídicos con poder de representación ante los órganos jurisdiccionales inferiores) que esté inscrito en la lista de asistencia jurídica gratuita y demostrar que no se tienen recursos suficientes para costear la asistencia letrada y que la cuestión es grave.  Es posible que se deba adelantar cierta suma por las costas judiciales del asunto o pagar estas más adelante.

También es posible que no haya que pagar nada en absoluto; dependerá de los recursos económicos del solicitante y del tipo de ayuda letrada que necesite.

El tipo de asistencia jurídica gratuita que se debe solicitar depende del tipo de ayuda letrada que se necesite.  Los solicitors asesoran al respecto.

  • Contar con asesoramiento y asistencia puede contribuir a sufragar los costes del asesoramiento jurídico prestado por un solicitor, como la información sobre sus derechos y opciones o ayuda para las negociaciones y los trámites administrativos.  En cambio, no se cubren los gastos judiciales.

En caso necesario, el solicitor puede también representarle ante los órganos jurisdiccionales en:

  • materia civil, como las cuestiones relacionadas con vivienda, divorcios, litigios respecto de hijos o ayuda en cuestiones de préstamos hipotecarios sobre inmuebles;
  • audiencias de menores, como cuando un menor (o alguno de sus padres o tutores) es citado a una audiencia para resolver un problema; y
  • asuntos penales, como cuando se es acusado de un delito o se es condenado a pena de prisión.

Para más información sobre la SLAB, y ponerse en contacto con esta, véase la información siguiente.

The Scottish Legal Aid Board
Thistle House
91 Haymarket Terrace
Edinburgh
EH12 5HE
Teléfono: 0131 226 7061 (lunes a viernes de 8.30 a 17.00)
Lengua de señas británica: Póngase en contacto con El enlace abre una nueva ventanaScotland-BSL, el servicio escocés de interpretación en línea.
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanageneral@slab.org.uk
Página web: El enlace abre una nueva ventanaScottish Legal Aid Board

5. Care Inspectorate

La Care Inspectorate (Inspección de servicios asistenciales) regula e inspecciona los servicios asistenciales en Escocia, con el fin de asegurarse de que cumplen estándares adecuados.  Lleva a cabo inspecciones conjuntamente con otros reguladores para comprobar hasta qué punto las distintas organizaciones en el ámbito local asisten a adultos y menores.

Datos de contacto:

Teléfono: 0345 600 9527
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaenquiries@careinspectorate.com
Enlace: El enlace abre una nueva ventanaCare Inspectorate

6. Mental Welfare Commission Scotland

La Mental Welfare Commission Scotland (Comisión escocesa para el bienestar mental) protege y fomenta los derechos humanos de las personas con enfermedades mentales, dificultades de aprendizaje, demencia y otras enfermedades relacionadas.  Lleva a cabo su misión empoderando a las personas y sus cuidadores, supervisando la normativa sobre salud mental e incapacidad e ejerciendo influencia y presión sobre los proveedores de servicios en este ámbito y los responsables políticos.

Línea telefónica de asesoramiento: 0800 389 6809 (solo para usuarios y cuidadores) o 0131 313 8777 (para profesionales) (lunes a jueves de 9.00 a 17.00 y viernes de 9.00 a 16.30)
Correo electrónico: El enlace abre una nueva ventanaenquiries@mwcscot.org.uk
Enlace: El enlace abre una nueva ventanaMental Welfare Commission Scotland

Si desea más información o necesita ayuda

Las siguientes organizaciones y organismos pueden proporcionar información o ayuda en función de sus competencias.

Sitio web del Gobierno del Reino Unido para los ciudadanos del Reino Unido: El enlace abre una nueva ventanaGov.UK

La organización benéfica Shelter asesora en materia de vivienda: El enlace abre una nueva ventanaShelter Scotland

El Advisory, Conciliation and Arbitration Service o ACAS (Servicio de asesoramiento, conciliación y arbitraje) ofrece asesoramiento laboral: El enlace abre una nueva ventanaACAS

La organización benéfica National Debtline ofrece asesoramiento en materia de endeudamiento: El enlace abre una nueva ventanaNational Debt Line

La organización benéfica StepChange Debt Charity ofrece asesoramiento en materia de endeudamiento: El enlace abre una nueva ventanaStep Change

El organismo Money Advice Service ofrece asesoramiento sobre cuestiones financieras y monetarias: El enlace abre una nueva ventanaMoney Advice Service

La Law Society of Scotland (colegio que agrupa y representa a los solicitors) ayuda a encontrar un solicitor, incluso para cuestiones relativas a los derechos humanos: El enlace abre una nueva ventanaLaw Society

El Scottish Child Law Centre (Centro escocés de asistencia jurídica al menor) ofrece asesoramiento jurídico gratuito a los menores y en asuntos relacionados con ellos: El enlace abre una nueva ventanaSCLC

La organización benéfica Contact ofrece información, apoyo y asesoramiento a las familias de menores con discapacidad: El enlace abre una nueva ventanaContact

El Patient Advice and Support Service o PASS (Servicio de asesoramiento y apoyo al paciente) de la Citizens Advice Bureau (Oficina de asesoramiento al ciudadano) es un servicio independiente que ofrece información, asesoramiento y apoyo a los pacientes y a sus cuidadores: El enlace abre una nueva ventanaPASS

Scottish Association for Mental Health (Asociación escocesa para la salud mental): El enlace abre una nueva ventanaSAMH

Care Information Scotland es un servicio telefónico que cuenta con sitio web y proporciona información sobre los servicios asistenciales para las personas de edad avanzada que viven en Escocia: El enlace abre una nueva ventanaCIS

SurvivorScotland es un organismo que supervisa la estrategia nacional para las víctimas de abuso infantil: El enlace abre una nueva ventanaSurvivorScotland

Servicio escocés de atención telefónica para personas de edad avanzada: El enlace abre una nueva ventanaAge UK Scotland

Scottish Women’s Aid es una organización benéfica escocesa de lucha contra la violencia doméstica: El enlace abre una nueva ventanaSWA

Scottish Refugee Council (Consejo escocés para los refugiados): El enlace abre una nueva ventanaSRC

Ethnic Minorities Law Centre (Centro escocés de asistencia jurídica a las minorías étnicas): El enlace abre una nueva ventanaEMLC

Última actualización: 17/05/2018

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