Tribunales nacionales y otros órganos no judiciales

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Órganos jurisdiccionales nacionales

Instituciones nacionales de derechos humanos

Defensor del pueblo

Organismos especializados en derechos humanos

Otros

Órganos jurisdiccionales nacionales

Todos los jueces y magistrados búlgaros pueden conocer causas que tengan relación con el Derecho de la Unión relativo a los derechos fundamentales, ya que la Carta de los Derechos Fundamentales forma parte del Derecho primario (se aplica en la misma medida que el Tratado de Lisboa). Por consiguiente, los ciudadanos búlgaros pueden dirigirse a la Audiencia Provincial (Окръжен съд) invocando la Carta si consideran que sus derechos fundamentales han sido vulnerados. Ocurre lo mismo con los derechos fundamentales consagrados en la Constitución búlgara y con las disposiciones de los tratados internacionales en los que Bulgaria es parte.

Los recursos contra las decisiones administrativas pueden presentarse ante los órganos jurisdiccionales administrativos y ante el Tribunal Supremo Administrativo (Върховен административен съд).

Todos los órganos jurisdiccionales búlgaros disponen de un sitio web propio en el que se presenta su organización y su cometido. El sitio web del Consejo Superior de la Magistratura (Висшия съдебен съвет) incluye una relación pormenorizada de los órganos jurisdiccionales búlgaros con sus respectivas direcciones y sitios web (solo en búlgaro).

Instituciones nacionales de derechos humanos

Remítase a «Defensor del pueblo».

Defensor del pueblo

Defensor del Pueblo de la República de Bulgaria (Омбудсман на Република България)

Datos de contacto:

Ul. George Washington 22 (ул. „Джордж Вашингтон” 22)
Sofía 1202, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 810 69 55
Correo electrónico: priemna@ombudsman.bg
Sitio web: http://www.ombudsman.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

El Defensor del Pueblo investiga las quejas por violaciones de derechos civiles y libertades por parte de una autoridad pública, en un sentido muy amplio: el Defensor del Pueblo investiga las quejas presentadas por cualquier ciudadano, incluidos menores, personas discapacitadas, minorías, extranjeros, etc., en relación con la violación de sus libertades y derechos políticos, económicos, civiles, sociales, culturales o de cualquier otro tipo.

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las quejas pueden presentarse por correo, en persona, por correo electrónico o incluso oralmente. Todas las quejas se registran de manera oficial. El departamento de recepción (priemna) y el registro (delovodstvo) se hacen cargo de las quejas. El departamento de recepción existe desde el 5 de enero de 2006 y está abierto todos los días. Hay funcionarios responsables encargados de recibir personalmente a los ciudadanos o de responder a sus llamadas telefónicas. Los jueves, de 9h00 a 12h30, el defensor del pueblo también recibe a ciudadanos personalmente mediante cita previa.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Cualquier ciudadano, independientemente de su nacionalidad, sexo, ideología política o creencia religiosa, puede presentar una queja al Defensor del Pueblo. Las quejas anónimas o las quejas relativas a hechos que se remonten a más de dos años no serán examinadas. El Defensor del Pueblo puede abrir investigaciones por iniciativa propia si lo considera de interés público.

Las quejas se inscriben en un registro y, posteriormente, el jefe de la oficina del Defensor del Pueblo las traslada al servicio interno apropiado para su tramitación. El jefe del departamento asigna el caso a un técnico de gestión, que dispone de un mes para la investigación. Cuando se trata de casos complejos, dicho plazo se amplía hasta los tres meses. El técnico de gestión encargado del caso puede solicitar al denunciante información adicional o solicitar a los servicios administrativos correspondientes que adopten determinadas medidas o faciliten determinada información. Las autoridades nacionales y locales, las entidades con personalidad jurídica (por ejemplo, las empresas) y los ciudadanos deben cooperar con el Defensor del Pueblo y están obligados a compartir cualquier información que hayan obtenido en el ejercicio de sus funciones. Podrá remitirse al denunciante a otra autoridad superior jerárquicamente o competente según el principio de especialidad si el asunto puede tratarse ante dicha autoridad, excepto si el Defensor del Pueblo considera imperativo que se encargue su oficina. Si el Defensor del Pueblo no tiene competencias para hacerse cargo del caso, no lo examinará. El Defensor del Pueblo informa al denunciante en consecuencia y le remite a la autoridad apropiada. Si el denunciante está de acuerdo, el Defensor del Pueblo puede trasladar la queja a dicha autoridad.

El Defensor del Pueblo puede, en todo momento, ofrecerse para mediar de manera voluntaria. La propuesta de mediación se envía al denunciante y al servicio contra el que se haya presentado la queja. Si ambas partes lo aceptan, el Defensor del Pueblo prestará toda la asistencia posible para resolver el conflicto, por ejemplo, estableciendo contacto o prestando asistencia en las negociaciones entre las partes.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

En función de los hallazgos de la investigación, el Defensor del Pueblo, además de dar respuesta al denunciante, puede hacer recomendaciones al servicio que ha cometido la infracción sobre las medidas que puede adoptar para garantizar que el problema no se repita. El Defensor del Pueblo a menudo emite dictámenes acerca de cuestiones concretas, que luego publica en su sitio web y remite a las autoridades competentes y a los medios de comunicación. Si el Defensor del Pueblo llega a la conclusión de que el problema radica en la legislación, puede recomendar al Gobierno y al Parlamento que la modifiquen correspondientemente. Si llega a la conclusión de que determinadas leyes infringen la Constitución y suponen una violación de las libertades y los derechos civiles, puede llevar el caso ante el Tribunal Constitucional. Si encuentra contradicciones en la jurisprudencia, tiene competencias para llevar el asunto ante el Tribunal Supremo o ante el Tribunal Supremo Administrativo para solicitar una sentencia interpretativa.

Organismos especializados en derechos humanos

Agencia nacional para la igualdad (Орган по въпросите на равенството)

1. Comisión contra la Discriminación (Комисия за защита от дискриминация)

Datos de contacto:

Bul. Dragan Tsankov 35 (Бул."Драган Цанков" 35)
Sofía 1125, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 807 30 30
Fax: +359 2 807 30 58
Correo electrónico: kzd@kzd.bg
Sitio web: http://www.kzd-nondiscrimination.com/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión contra la Discriminación (o KZD, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Los casos pueden presentarse:

  • a partir de una queja por escrito de la persona o personas afectadas;
  • por iniciativa propia de la Comisión contra la Discriminación;
  • a partir de una queja de personas físicas o jurídicas u organismos oficiales.

Si los hechos se remontan a más de tres años, la queja no se examinará o, si ya está en curso una investigación, el caso se archivará. Si el asunto ya se ha llevado ante un órgano jurisdiccional, la queja no se examinará. Si la queja se retira o si el denunciante no rectifica un error dentro del plazo establecido por la Comisión contra la Discriminación, el caso se archivará.

La queja debe incluir los aspectos siguientes.

  • El nombre del denunciante.
  • La dirección de contacto del denunciante o, si el denunciante es una entidad con personalidad jurídica, el domicilio social.
  • Los hechos en que se basa: cuándo ocurrió, dónde, quién es el autor, contra quién se actuó y por qué se trató de un acto de discriminación.
  • La satisfacción que se pretende. El caso debe estar dentro de las competencias de la Comisión contra la Discriminación contempladas en la Ley contra la discriminación (ZZD, por sus siglas en búlgaro). Los denunciantes deben presentar pruebas por escrito o de otro tipo, o aclarar qué pruebas consideran que la Comisión contra la Discriminación debería examinar, como por ejemplo testigos a los que debería interrogar, documentos que no estén en posesión del denunciante, etc.
  • La fecha y la firma del denunciante o de su representante.
  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El presidente de la Comisión contra la Discriminación asigna el expediente a un panel especializado en el tipo de discriminación en cuestión. El panel designa, de entre sus miembros, a un presidente y a un ponente. El ponente recaba las pruebas escritas necesarias para documentar los hechos. La investigación debe completarse en un plazo de 30 días. En los casos complejos, el presidente de la Comisión contra la Discriminación puede ampliar este plazo otros 30 días. Cuando se ha completado la investigación, el ponente presenta sus conclusiones al presidente del panel. El presidente fija una fecha para la celebración de una audiencia pública e invita a las partes a asistir a la misma.

La Comisión contra la Discriminación tiene facultades para:

  • requerir documentación y otro tipo de información necesarias para la investigación;
  • requerir explicaciones a las personas objeto de la investigación; e
  • interrogar a testigos.

Todos los ciudadanos, entidades con personalidad jurídica y autoridades públicas están obligados a cooperar con la Comisión contra la Discriminación facilitando información y documentación y proporcionando aclaraciones por escrito siempre que se les solicite. La negativa a hacerlo puede dar lugar a una sanción.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

En la primera reunión, el presidente del panel invita a las partes a buscar una solución amistosa a su disputa. Si llegan a una solución amistosa, el acuerdo resultante se plasma por escrito, es aprobado mediante decisión y el caso se archiva. Si las partes llegan a una solución parcial, el procedimiento sigue su curso por la parte en la que no existe acuerdo. Dicho acuerdo es vinculante para ambas partes y la Comisión contra la Discriminación es la garante de su cumplimiento.

Si no es posible llegar a un acuerdo, la Comisión contra la Discriminación juzga el fondo del asunto en un plazo de 14 días a partir de la audiencia pública.

En su resolución, la Comisión contra la Discriminación puede:

  • determinar si se ha cometido una infracción;
  • señalar al infractor y a la víctima; e
  • imponer una sanción o medidas administrativas vinculantes.

Las medidas administrativas vinculantes que puede imponer la Comisión contra la Discriminación son las siguientes:

  • dar a funcionarios y empleados públicos instrucciones vinculantes para que hagan frente a prácticas y normas discriminatorias;
  • suspender normas o decisiones internas ilícitas de un empleador que den lugar o pudieran dar lugar a una conducta discriminatoria.

La Comisión es la encargada de hacer que se cumplan sus decisiones según las normas aplicables.

Las resoluciones de la Comisión contra la Discriminación pueden ser objeto de apelación ante el Tribunal Administrativo de Sofía en un plazo de 14 días.

2. Consejo Nacional para la Igualdad de Género (Националния съвет по равнопоставеността на жените и мъжете към Министерския съвет)

Datos de contacto:

Consejo de Ministros (Министерски съвет)
bul. Dondukov 1 (бул. „Дондуков” №1)
Sofía 1594, Bulgaria (София 1202, България)
Sitio web: https://saveti.government.bg/web/cc_19/1
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Consejo Nacional para la Igualdad de Género del Consejo de Ministros (NSRZhM, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

El Consejo Nacional para la Igualdad de Género es el encargado de asegurar que los organismos de la Administración y las organizaciones no gubernamentales colaboran en el desarrollo y la aplicación de la política nacional sobre igualdad de género facilitando asesoramiento, cooperación y coordinación.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El Consejo Nacional para la Igualdad de Género:

  • asesora al Consejo de Ministros;
  • examina los aspectos de género de proyectos de ley y decisiones y emite dictámenes al respecto;
  • examina los proyectos de decisiones elaborados por el Consejo de Ministros para asegurar que estén en consonancia con sus políticas de género y emite dictámenes al respecto;
  • coordina las acciones estatales y de las organizaciones no gubernamentales de aplicación de las políticas nacionales de género y vela por que Bulgaria cumpla sus obligaciones internacionales;
  • propone medidas en materia de política nacional de género, de manera independiente o conjuntamente con la Comisión contra la Discriminación;
  • mantiene contactos con sus homólogos en el extranjero y con organizaciones internacionales que promueven la igualdad de género;
  • ayuda a los interlocutores sociales y a las organizaciones no gubernamentales a llevar a cabo sus proyectos nacionales y regionales promoviendo de la igualdad de género y un mejor equilibrio entre el trabajo y la vida personal, y hace el seguimiento de los resultados; y
  • organiza estudios en materia de género.
  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Desarrollo e implementación de la política nacional sobre igualdad de género.

Organismo de protección de datos

1. Comisión para la Protección de Datos Personales (Комисията за защита на личните данни)

Datos de contacto:

Bul. Prof. Tsvetan Lazarov 2 (Проф. „Цветан Лазаров” № 2)
Sofía 1592, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 91 53 518
Fax: +359 2 91 53 525
Correo electrónico: kzld@cpdp.bg
Sitio web: http://www.cpdp.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión para la Protección de Datos Personales (KZLD, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Esta Comisión ayuda al Gobierno a aplicar su política en materia de protección de datos personales.

Se encarga de investigar las denuncias relativas a la violación de la seguridad de datos personales, de conformidad con la Ley de protección de datos personales.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Toda persona tiene derecho a denunciar a la Comisión violaciones de la seguridad de datos personales en el plazo de un año desde que se haya tenido conocimiento de la infracción y de cinco años desde que esta se hubiera producido. La primera instancia que examina el caso es la Dirección de Supervisión y Procedimientos Legales, que emite un informe sobre el procedimiento a seguir y si reúne los requisitos para su admisión a trámite. A continuación, la Comisión se reúne a puerta cerrada para decidir si se admite el caso y qué procedimiento debe seguirse. Puede abrir una investigación, recabar pruebas o solicitar recomendaciones de terceros o dictámenes de peritos. Si se considera que debe admitirse el caso, se informa debidamente de ello a las partes implicadas. Se fija una fecha para la audiencia pública y se invita a las partes a asistir a la misma junto con cualquier tercero interesado. La Comisión emite una resolución en un plazo de 30 días desde la comunicación de la infracción. Se da traslado de una copia de la resolución a las partes implicadas y los terceros interesados. Puede emitir instrucciones vinculantes a la parte infractora, imponer un plazo para que se corrija la infracción o imponer una sanción administrativa. La decisión puede recurrirse ante el Tribunal Supremo Administrativo en un plazo de 14 días desde la recepción de la misma.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Los ciudadanos, las entidades con personalidad jurídica o los organismos de la Administración pueden solicitar a la Comisión que emita un dictamen sobre proyectos de ley sobre cuestiones ligadas a la Ley de protección de datos personales.

Además, la Comisión puede emitir instrucciones vinculantes a los responsables de datos personales

e imponer prohibiciones temporales sobre el tratamiento de datos personales cuando se haya producido un incumplimiento de las normas en materia de datos personales.

Otros organismos especializados

1. Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración (Националния съвет по етническите и интеграционните въпроси към Министерски съвет)

Datos de contacto:

Consejo de Ministros (Министерски съвет)
bul. Dondukov 1 (бул. „Дондуков” №1)
Sofía 1594, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 940 36 22
Fax: +359 2 940 21 18
Correo electrónico: Rositsa.Ivanova@government.bg (Secretaría)
Sitio web: http://www.nccedi.government.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración (NSEIV, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Este organismo es el encargado de todas las cuestiones étnicas.

No dispone de un departamento específico para tratar quejas o solicitudes, pero los especialistas de su Secretaría se hacen cargo de las mismas cuando sea necesario.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración es un organismo consultivo y de coordinación que presta asistencia al Consejo de Ministros en el desarrollo y la implementación de la política sobre minorías étnicas y su integración.

Facilita la cooperación entre el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales para defender los intereses de las minorías étnicas y promover las relaciones interétnicas.

Además, coordina y supervisa la implementación del Plan de Acción Nacional para la Década de la Inclusión de los Romaníes 2005-2015 y el cumplimiento de los compromisos asumidos por los distintos organismos públicos en relación con dicho Plan de Acción.

Cada provincia cuenta con su propio consejo para las minorías étnicas y la integración, que colabora con el gobernador provincial. Son el equivalente provincial del El Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración.

Los consejos municipales pueden establecer sus propios consejos locales para las minorías étnicas y la integración.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Además de sus amplios cometidos administrativos, la Secretaría del Consejo Nacional para las Minorías Étnicas y la Integración es responsable de mantener vínculos operativos y de facilitar asistencia metodológica a los consejos provinciales y locales para la cooperación en cuestiones étnicas y de integración.

2. Agencia para las Personas Discapacitadas (Агенция за хора с увреждания)

Datos de contacto:

Ul. Sofroni Vrachanski 104-106 (Ул. „Софроний Врачански” № 104-106)
Sofía 1233, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 940 80 95; 832 90 73
Fax: +359 2 832 41 62
Correo electrónico: ahu@mlsp.government.bg
Sitio web: https://ahu.mlsp.government.bg
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Agencia para las Personas Discapacitadas (AHU, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

La Agencia tramita las solicitudes para inscripción en el registro de dispositivos y aparatos médicos y en el registro de empresas especializadas que están administradas por personas discapacitadas o en las que trabajan estas, relacionadas con los derechos de las personas con discapacidad. También gestiona proyectos para diversos programas financiados por la Agencia.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Las solicitudes se registran en el sistema de información automatizado «Dokman», después de lo cual el director ejecutivo las remite al jefe de la oficina de la Agencia y a sus directores, quienes las asignan a los técnicos de gestión pertinentes.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Se tramita la solicitud o se envía una respuesta.

3. Agencia Estatal para la Protección de Menores (Държавната агенция за закрила на детето)

Datos de contacto:

Ul. Triaditsa 2 (Ул. Триадица № 2)
Sofía 1051, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 933 90 10; +359 2 933 90 16
Fax: +359 2 980 24 15
Correo electrónico: sacp@sacp.government.bg
Sitio web: http://sacp.government.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Agencia Estatal para la Protección de Menores (DAZD, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Los derechos del menor, establecidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, están garantizados en Bulgaria en virtud de la Ley de protección del menor, adoptada en 2000, y por la Agencia Estatal para la Protección de Menores creada en 2001. De este modo, Bulgaria tiene el compromiso de proporcionar asistencia adecuada a los progenitores y tutores y de crear una infraestructura de servicios para el cuidado de los menores.

En Bulgaria, la protección de los menores es responsabilidad de:

  • la Agencia Estatal para la Protección de Menores;
  • la Agencia de Servicios Sociales (a través de sus oficinas locales, también denominadas «direcciones de servicios sociales»);
  • los Ministerios de: Trabajo y Asuntos Sociales; Interior; Educación, Juventud y Ciencia; Justicia; Asuntos Exteriores; Cultura; Sanidad; más los ayuntamientos.
  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

La Ley de protección del menor contempla una protección especial para los menores en situación de riesgo. Todos los menores tienen derecho a estar protegidos frente a la violencia, como puede ser la coacción para llevar a cabo actividades perjudiciales para su salud o para su desarrollo físico, mental, moral o educativo; estar expuestos a métodos de crianza que atenten contra su dignidad; sufrir violencia física, psicológica u otras formas de violencia y coacciones que atenten contra su interés superior; ser utilizados para la mendicidad, la prostitución, la difusión de pornografía, la recaudación de ingresos ilícitos o ser objeto de abusos sexuales.

Bulgaria tiene implantadas las siguientes medidas de protección de menores.

  • Medidas dentro del entorno familiar: asesoramiento, asistencia, asistencia jurídica, asesoramiento psicológico y servicios sociales. Estas medidas son adoptadas por las oficinas locales de la Agencia de Servicios Sociales a petición de los progenitores, los tutores, los cuidadores del menor o el propio menor, o por iniciativa de la Agencia de Servicios Sociales. Los servicios son prestados por la Agencia de Servicios Sociales u otros proveedores.
  • Medidas fuera del entorno familiar: acogida del menor en un hogar de familiares o amigos cercanos o por una familia de acogida, servicios sociales prestados en la residencia del menor o en una institución especializada. Las medidas de este tipo son dictadas por un órgano jurisdiccional. La Agencia de Servicios Sociales dispone un alojamiento temporal hasta que el órgano jurisdiccional dicte una resolución.
  • Solo se colocará al menor en una institución especializada cuando hayan fracasado todos los intentos por colocarlo en un entorno familiar.
  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

La Agencia Estatal para la Protección de Menores asegura que se respeten los derechos de los menores mediante:

  • la inspección de los colegios públicos y privados, guarderías y centros para el cuidado de menores o sus departamentos de servicios; hospitales, clínicas, oficinas de los Servicios Sociales, prestadores de servicios sociales para menores y organizaciones sin ánimo de lucro que actúan en el ámbito de la protección de menores;
  • la supervisión de los centros que ofrecen atención especializada para menores;
  • la aplicación de normas mínimas en los servicios sociales. La Agencia puede emitir instrucciones vinculantes para corregir y subsanar violaciones de los derechos de los menores, debiendo la parte incumplidora demostrar a la Agencia que ha cumplido los términos de la instrucción, so pena de multa coercitiva o sanción pecuniaria. Dichas instrucciones (actos administrativos) pueden ser objeto de apelación ante los tribunales en un plazo de 14 días.

4. Agencia Estatal para los Refugiados (Държавна агенция за бежанците при Министерския съвет)

Datos de contacto:

Bul. Knyaginya Maria Luiza 114 B (бул. „Княгиня Мария Луиза“ 114 Б)
Serdika (Район Сердика)
Sofía 1233, Bulgaria (София 1233, България)
Tel.: +359 2 80 80 901 (presidente/a)
Fax: +359 2 295 59 905
Correo electrónico: sar@saref.government.bg
Sitio web: http://www.aref.government.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Agencia Estatal para los Refugiados (DAB, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las solicitudes de asilo y de reunificación familiar se examinan de acuerdo con la Ley de asilo y de refugiados (ZUB, por sus siglas en búlgaro). Todas las decisiones sobre asilo y reunificación familiar pueden recurrirse en virtud de esta Ley. Todas las demás solicitudes se rigen por las normas de procedimiento interno de la Agencia para otorgar protección.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El principal componente del Derecho búlgaro en materia de refugiados y asilo es la Ley de asilo y de refugiados. El Código de Procedimiento Administrativo y la Ley de extranjería en Bulgaria (ZChRB, por sus siglas en búlgaro) recogen otras disposiciones relevantes.

Existen cuatro tipos de medidas de protección especiales:

  • asilo: lo concede el presidente de Bulgaria a los extranjeros que han sido objeto de persecución debido a sus creencias o actos en apoyo de derechos y libertades reconocidos a escala internacional;
  • estatuto de refugiado;
  • estatuto humanitario (equivalente a la protección subsidiaria recogida en el artículo 15 de la Directiva 2004/83/CE relativa a los requisitos de asilo);
  • protección temporal: otorgada con arreglo a determinadas condiciones en períodos de afluencia masiva de refugiados.
  • La Agencia es responsable de examinar las solicitudes de asilo o estatuto humanitario. Su presidente es la única autoridad que puede conceder el estatuto de refugiado o el estatuto humanitario en Bulgaria.

Actualmente, todas las solicitudes para obtener el estatuto de refugiado se tramitan en los centros de refugiados de Sofía y en la localidad de Banya, cerca de Nova Zagora.

Los solicitantes de asilo deben personarse en la Agencia. Las solicitudes presentadas en la frontera o ante cualquier otra autoridad se remiten a la Agencia.

Los solicitantes de asilo son registrados el día en que se inscribe su solicitud en la Agencia.

La Agencia debe facilitar a los solicitantes de asilo información sobre el procedimiento, sus derechos y obligaciones y sobre las organizaciones que ofrecen asistencia jurídica y social. Esta información debe presentarse en una lengua que los refugiados puedan entender y un intérprete se la leerá inmediatamente antes de que se registre su solicitud; también recibirán una copia en dicha lengua. Deben rellenar un formulario en el que solo consignen sus características biológicas. Su solicitud se tramitará a continuación con arreglo al procedimiento de Dublín. Se toman las impresiones dactilares de los solicitantes de asilo para su incorporación al sistema Eurodac y se les hace una serie de preguntas estándar sobre su viaje.

Si Bulgaria es responsable de la tramitación, el servicio que haya entrevistado al solicitante tramita la solicitud de acuerdo con el procedimiento acelerado. Este servicio puede denegar el asilo si el expediente no cumple los criterios establecidos en la Ley de asilo y refugiados, puede archivar el caso o puede remitir el expediente para su tramitación con arreglo al procedimiento ordinario.

Si no se ha adoptado ninguna decisión en un plazo de tres días, la solicitud se tramitará automáticamente con arreglo al procedimiento ordinario. La decisión del servicio responsable de tramitar las solicitudes debe contar con la aprobación de las autoridades competentes. En caso necesario, el expediente puede ser devuelto para una investigación posterior. Una vez se ha aprobado la decisión, se consigna oficialmente por escrito, es aprobada por el departamento de metodología, firmada por determinados funcionarios y se presenta al presidente de la Agencia para su firma.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Concesión del estatuto de refugiado, del estatuto humanitario o denegación de la solicitud de asilo.

5. Comisión Permanente para los Derechos Humanos y la Ética Policial (Постоянна комисия по правата на човека и полицейската етика)

Datos de contacto:

Ministerio del Interior (Министерство на вътрешните работи)
Ul 6 Septemvri 29 (ул. „6-ти Септември” № 29)
Sofía 1000, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 982 50 00 (centralita)
Sitio web: http://www.mvr.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión Permanente para los Derechos Humanos y la Ética Policial (PKPChPE, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Esta comisión actúa como puente entre el Ministerio del Interior y las organizaciones de la sociedad civil y, como tal, desempeña un papel muy importante. Dispone de oficinas en las delegaciones provinciales del Ministerio.

Su cometido consiste en examinar las denuncias de violación de derechos humanos que recibe el Ministerio.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El objetivo de la Comisión es cooperar activamente con las organizaciones de la sociedad civil, fomentar prácticas policiales positivas y armonizar las normas que se derivan de la integración de Bulgaria en la UE. Su programa de trabajo anual incluye las actividades siguientes:

  • estudio de la implementación de la legislación pertinente y las propuestas de mejora;
  • fomento de una conducta ética y del respeto de los derechos humanos en el trabajo diario de la policía;
  • impartir formación en materia de derechos humanos a funcionarios de la policía.
  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.
  • respeto de los derechos de los sospechosos detenidos por la policía;
  • cumplimiento del código ético;
  • realización de comprobaciones para asegurar que la ley y las normas y reglamentos del Ministerio se cumplen, incluidos los relativos a la ética policial y los derechos humanos.

6. Comité de Derechos Humanos, Religión y Peticiones de la Asamblea Nacional (Комисия по правата на човека, вероизповеданията, жалбите и петициите на гражданите към Народното събрание)

Datos de contacto:

Pl. Narodno Sabranie 2 (hemiciclo) [Пл. „Народно събрание“ № 2 (Пленарна зала)]
Pl. Knyaz Aleksandar I, 1 (comisiones y gabinetes de los diputados) [Пл. „Княз Александър I“ № 1 (Комисии и кабинети на народни представители)]
Sofía 1169, Bulgaria (София 1202, България)
Centralita: +359 2 939 59 39
Fax: +359 2 981 31 31

Correo electrónico: infocenter@parliament.bg
Correo electrónico: humanrights@parliament.bg
Correo electrónico: https://www.parliament.bg

  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comité de Derechos Humanos, Religión y Peticiones de la Asamblea Nacional (KPChVZhPG, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Este comité parlamentario tiene un cometido legislativo en el ámbito de los derechos humanos y las libertades religiosas, así como en otras cuestiones tales como peticiones, solicitudes, quejas y denuncias de ciudadanos, organizaciones no gubernamentales, asociaciones, fundaciones.

Su objeto es muy diverso y cubre todos los aspectos de la sociedad que no son competencia de los órganos jurisdiccionales. El mayor número de peticiones se refiere a problemas sociales, seguidos por cuestiones relativas al sistema judicial, los derechos de los consumidores, acciones y omisiones de las autoridades del Ministerio del Interior, decisiones de planificación urbanística, construcciones ilegales, reinstauración de la propiedad privada de tierras, educación, asistencia sanitaria, acciones y omisiones de los órganos de gobierno local, derechos religiosos, acciones del Gobierno, discriminación, cuestiones de minorías étnicas, etc.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

El Comité es el enlace directo del Parlamento búlgaro con la ciudadanía. Su papel está rigurosamente definido. Sus reglas de procedimiento establecen de manera pormenorizada cómo deben registrarse, transmitirse y archivarse las peticiones y denuncias recibidas por correo ordinario o electrónico y cómo debe quedar registrado cada paso de este proceso. Se asigna a cada documento un número de referencia, que se inscribe en un registro especial y se asigna a un técnico de gestión, quien lo examina y envía una respuesta o, en su caso, remite el expediente a la autoridad pertinente a su debido tiempo. El Comité presta especial atención a las autoridades locales y nacionales que no cumplen los plazos de respuesta legales establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo. Los gestores de los casos del Comité también ofrecen asesoramiento por teléfono sobre derechos procesales y explican en qué casos pueden prestar ayuda.

Las peticiones anónimas no se examinan.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Los ciudadanos obtienen asesoramiento y ayuda para la defensa de los derechos civiles garantizados por la Constitución.

7. Dirección General de Ejecución de Sentencias Penales del Ministerio de Justicia (Главна дирекция ‘Изпълнение на наказанията’)

Datos de contacto:

Bul. General N. Stoletov 21 (Бул.„Ген. Н. Столетов” № 21)
Sofía 1309, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 813 91 90
Fax: +359 2 931 15 74
Correo electrónico: mailto:gdin_ias@abv.bg; gdin@gdin.bg
Sitio web: http://www.gdin.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Dirección General de Ejecución de Sentencias Penales del Ministerio de Justicia (GDIN, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las quejas de las personas detenidas se refieren principalmente a medidas disciplinarias, traslado a otras dependencias, condiciones de la detención, condiciones de vida, asistencia médica y conducta del personal de las instituciones penitenciarias.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Las medidas disciplinarias impuestas por el artículo 101 de la Ley de ejecución de sentencias penales y detención (ZINZS, por sus siglas en búlgaro) pueden recurrirse ante la Dirección General de Ejecución de Sentencias Penales en un plazo de siete días desde su notificación, si han sido dictadas por el director del centro penitenciario o de otra dependencia de detención, o ante el Ministro de Justicia si han sido dictadas por el director general. La reclusión en régimen de aislamiento puede recurrirse ante el tribunal de distrito al que esté adscrito el centro en un plazo de tres días desde su notificación.

La reclusión en régimen de aislamiento durante más de dos meses sin derecho a participar en actividades en grupo (artículo 120 de la Ley) debe ser impuesta por el director general de Ejecución de Sentencias Penales y puede recurrirse ante la Audiencia Provincial competente en el plazo de tres días desde su notificación.

Los traslados son ordenados por el director general de Ejecución de Sentencias Penales y pueden recurrirse ante el Ministro de Justicia en el plazo de 14 días desde su notificación.

Las decisiones de imponer condiciones de reclusión más estrictas son dictadas por la Comisión para la Ejecución de Sentencias Penales (artículo 74, apartado 1, de la Ley) y pueden recurrirse ante la Audiencia Provincial competente territorialmente en el plazo de 14 días desde su notificación.

Con arreglo al artículo 1, apartado 1, de la Ley de responsabilidad por daños causados por el Estado y los municipios (ZODOV, por sus siglas en búlgaro), las quejas sobre las condiciones de vida, la asistencia médica y la conducta del personal de un centro penitenciario son competencia de los tribunales administrativos, según el Código de Procedimiento Administrativo. Las decisiones se pueden recurrir una vez. Las demandas en virtud del artículo 71, apartado 1, de la Ley de protección contra la discriminación son competencia de los tribunales de distrito o de la Comisión contra la Discriminación. Este procedimiento se rige por la Ley de Enjuiciamiento Civil y las resoluciones que recaigan sobre estas demandas pueden recurrirse dos veces. Las decisiones de la Comisión pueden recurrirse ante el Tribunal Supremo Administrativo con arreglo al Código de Procedimiento Administrativo.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Una vez devienen efectivas, las decisiones administrativas y las resoluciones judiciales son vinculantes y son ejecutadas por la Dirección General y sus servicios regionales.

8. Comisión Nacional contra la Trata de Seres Humanos (Национална комисия за борба с трафика на хора към Министерския съвет)

Datos de contacto:

Blvd G. M. Dimitrov 52, 1797 Sofía, Bulgaria (Бул. „Г.М. Димитров”, 52, София 1797, България)
Tel.: +359 2 807 80 50
Fax: +359 2 807 80 59
Correo electrónico: office@antitraffic.government.bg
Sitio web: http://antitraffic.government.bg/
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión Nacional contra la Trata de Seres Humanos del Consejo de Ministros (NKBTH, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las propias víctimas u otras personas que actúen en nombre de estas pueden presentar denuncias por trata de seres humanos ante la Secretaría de la Comisión.

La Comisión también se encarga de las quejas de ciudadanos por su funcionamiento administrativo. Los plazos para tramitar dichas quejas están establecidos por ley.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

La Comisión traslada las denuncias al servicio pertinente de la Administración para su seguimiento, investigación y/o aclaración. Se garantiza el anonimato de las víctimas y la protección de sus datos personales (artículo 20 de la Ley sobre la trata de seres humanos, ZBTH, por sus siglas en búlgaro). Si la víctima es menor, la Comisión debe alertar inmediatamente a la Agencia Estatal para la Protección de Menores, que actuará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de protección de menores.

Los representantes de organizaciones sin ánimo de lucro búlgaras e internacionales que desarrollan su actividad en el ámbito de la trata de seres humanos pueden asistir a reuniones de la Comisión presentando una solicitud por escrito y determinados documentos que apoyen su solicitud (artículo 4, apartado 4, de la Ley sobre la trata de seres humanos y artículo 12 del Reglamento Interno de la Comisión).

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Si los documentos presentados están incompletos o contienen errores, la Comisión puede solicitar que se completen o se corrijan en un plazo de tiempo determinado. En un plazo de 30 días desde la fecha de la denuncia, la Comisión emite su decisión, que puede recurrirse ante el Tribunal Supremo Administrativo.

9. Comisión Central para la Delincuencia Juvenil (Централната комисия за борба срещу противообществените прояви на малолетните и непълнолетните към Министерския съвет)

Datos de contacto:

Bul. Knyaz Dondukov 9, 4.ª planta (Бул.„Княз Дондуков“ № 9, етаж 4)
Sofía 1000, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 981 11 33
Fax: +359 2 987 40 01
Sitio web: http://www.ckbppmn.government.bg/obshti/funktzii.html
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Comisión Central para la Delincuencia Juvenil del Consejo de Ministros (TsKBPPMN, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Cometidos de la Comisión:

  • coordinar el trabajo de los servicios de la Administración y de las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el ámbito de la delincuencia juvenil;
  • gestionar y supervisar el trabajo de las comisiones locales de delincuencia juvenil en todo el país;
  • analizar y recabar datos estadísticos, estudiar tendencias y hacer predicciones;
  • participar en la elaboración de leyes en relación con los problemas a los que se enfrentan los menores;
  • sensibilizar a la ciudadanía respecto de la problemática del comportamiento adolescente;

informar a la ciudadanía sobre situaciones que puedan dar lugar a un comportamiento delictivo, el papel que pueden desempeñar las medidas educativas, el estado de la delincuencia juvenil en el país y la dirección en la que está evolucionando.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Las comisiones locales de delincuencia juvenil son responsables de organizar, gestionar y supervisar los esfuerzos a escala municipal para prevenir y reducir el comportamiento juvenil antisocial.

También están facultadas para examinar casos de delincuencia juvenil. El Código Penal incluye un capítulo titulado «Disposiciones especiales para menores», que corresponde al artículo 40 de la Convención de las Naciones Unidos sobre los Derechos del Niño y a la Regla 11 de las Reglas de Beijing. Según ese capítulo, se da prioridad a las medidas educativas, que se recogen en el artículo 13 de la Ley de delincuencia juvenil (ZBPPMN, por sus siglas en búlgaro). Dichas medidas se adoptan fuera del sistema de justicia penal y cumplen una función meramente educativa y social. Incluyen asesoramiento para hacer frente a los problemas de comportamiento, fomento de una implicación parental más profunda y apoyo por parte de educadores profesionales.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

Una vez analizadas las causas de los problemas de comportamiento, se adoptan las medidas apropiadas. Cuando se aprecia negligencia, también pueden adoptarse medidas en relación con los progenitores.

10. Oficina Nacional de Asistencia Jurídica (Национално бюро за правна помощ)

Datos de contacto:

Ul. Razvigor 1 (Ул. Развигор № 1)
Sofía 1421, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 81 93 200
Fax: +359 2 865 48 12
Correo electrónico: nbpp@nbpp.government.bg
Sitio web: https://mjs.bg
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Oficina Nacional de Asistencia Jurídica (NBPP, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

Las solicitudes de asistencia jurídica deben presentarse al presidente de la Oficina.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Pueden beneficiarse de la asistencia jurídica:

  • las personas que reciben o cumplen los requisitos para recibir prestaciones sociales;
  • las personas internadas en una institución social especializada, o
  • las familias de acogida y los familiares y amigos cercanos que están a cargo de un menor de acuerdo con la Ley de protección de menores.

El solicitante debe presentar uno de los siguientes documentos:

  • una declaración del director la oficina local de la Agencia de Servicios Sociales (también denominada dirección de servicios sociales) en la que se certifique que el solicitante, en el momento de la presentar la solicitud, estaba percibiendo prestaciones sociales mensuales de conformidad con el artículo 9 de las Disposiciones de Aplicación de la Ley de asistencia social (PPZSP, por sus siglas en búlgaro);

o

  • una declaración original del director de la oficina local de la Agencia de Servicios Sociales en la que se certifique que el solicitante cumple los requisitos para recibir prestaciones sociales mensuales.

Asimismo:

  • El solicitante debe presentar una declaración que detalle los recursos financieros de su familia.
  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

El presidente de la Oficina puede conceder o denegar la asistencia jurídica.

Su decisión puede recurrirse ante el Tribunal Administrativo de Sofía con arreglo al Código de Procedimiento Administrativo.

11. Consejo Nacional para la Indemnización y el Apoyo a las Víctimas de Delitos (Национален съвет за подпомагане и компенсация на пострадали от престъпления)

Datos de contacto:

Ministerio de Justicia (Министерство на правосъдието)
ul. Slavyanska 1 (ул. „Славянска” № 1)
Sofía 1040, Bulgaria (София 1202, България)
Tel.: +359 2 9 237 359
Fax: +359 2 980 62 93
Correo electrónico: compensation@justice.government.bg
Sitio web: https://www.compensation.bg
  • Nombre de la unidad/organismo institucional ante los que se pueden presentar solicitudes/quejas/reclamaciones como consecuencia de violaciones de derechos (en su caso):

Consejo Nacional para la Indemnización y el Apoyo a las Víctimas de Delitos (NSPKPP, por sus siglas en búlgaro).

  • Breve descripción de las solicitudes/quejas/reclamaciones que tramita la institución:

El Consejo se encarga de las solicitudes de la indemnización económica contemplada en la Ley de indemnización y apoyo a las víctimas de delitos (ZPFKPP, por sus siglas en búlgaro). Para poder beneficiarse de la indemnización, la víctima debe haber sufrido un perjuicio económico como consecuencia de actos de terrorismo, homicidio u asesinato, un delito doloso con resultado de lesiones físicas graves, violación o agresión sexual con resultado de lesiones físicas o mentales graves, trata de seres humanos, delitos cometidos en nombre de bandas criminales organizadas y otros delitos dolosos graves con resultado de muerte o lesiones físicas (artículo 3, apartado 3, de la Ley). El delito debe haberse cometido después del 30 de junio de 2005. La Ley contempla indemnizaciones por el perjuicio sufrido como consecuencia directa de un delito:

1. costes médicos no reembolsados por el Fondo de Seguro Médico Nacional;

2. lucro cesante;

3. costes legales;

4. pérdida de medios de subsistencia;

5. gastos de sepelio;

6. otros daños materiales.

Deben presentarse documentos que justifiquen la solicitud.

  • Breve descripción del procedimiento/trámites de conformidad con los cuales se tramitan las solicitudes/quejas/reclamaciones:

Las víctimas de estos delitos pueden presentar una reclamación de indemnización económica al gobernador de su provincia o al Consejo en un plazo de dos meses desde la condena del infractor (artículo 12 de la Ley). El Consejo debe examinar la reclamación en un plazo de tres meses desde la recepción de la misma.

  • Breve descripción de los posibles resultados del procedimiento/trámites.

El Consejo se reúne al menos una vez cada tres meses para decidir sobre las reclamaciones de indemnización. Sus decisiones se adoptan por mayoría simple de los presentes, deben indicar las razones de la concesión o denegación y no cabe recurso contra las mismas.

Otros

Base de datos de organizaciones no gubernamentales: http://www.ngobg.info/bg/search/advanced.html

Última actualización: 20/07/2022

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