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Derechos de las víctimas – por país

Anglija ir Velsas

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¿Cómo puedo denunciar un delito?

En primer lugar, debe denunciarlo a la policía. Puede encontrar información sobre cómo hacerlo aquí: denunciar un delito

¿Cómo puedo saber lo que sucede con el caso?

Si usted es víctima de un delito, tiene derecho a recibir de la policía la siguiente información y a que, en los 5 días hábiles siguientes, se le expliquen las razones para que una persona sospechosa sea:

  • detenida;
  • interrogada bajo custodia;
  • puesta en libertad sin cargos;
  • puesta en libertad bajo fianza, o si las condiciones de la fianza cambian o se anulan.

Usted tiene derecho a que le comuniquen la información siguiente en un plazo de 5 días hábiles tras haberla recibido la policía:

  • la fecha, hora y lugar de la primera audiencia;
  • cuando la persona sospechosa sea puesta en libertad bajo fianza para que comparezca ante un tribunal, las condiciones de la fianza y cualquier cambio en las mismas.

¿Tengo derecho a asistencia jurídica gratuita (durante la investigación o el juicio)? ¿En qué condiciones?

Las víctimas y los testigos no son partes en un proceso penal y, por tanto, no tienen derecho a asistencia jurídica en Inglaterra y Gales.

¿Puedo reclamar los gastos en los que haya incurrido con motivo de la participación en la investigación o juicio? ¿En qué condiciones?

Los proveedores de servicios responsables de perseguir un delito deben contar con normas según las cuales las víctimas tengan la posibilidad de reembolso de los gastos en que incurran al comparecer ante los tribunales para prestar declaración.

Puede encontrar más información sobre la reclamación de gastos para los testigos aquí

y aquí

¿Puedo recurrir si se archiva mi caso antes de llegar a los tribunales?

Si no le satisface la decisión de la policía o de la CPS de no enjuiciar, tiene derecho a solicitar una revisión de dicha decisión de acuerdo con los mecanismos del Consejo Nacional de Jefes de Policía (National Police Chiefs Council, NPCC, por sus siglas en inglés) y del Derecho de las Víctimas a Revisión (Victims’ Right to Review) de la CPS.

La CPS puso en marcha su mecanismo del Derecho de las Víctimas a Revisión el 5 de junio de 2013. Las fuerzas policiales de Inglaterra y Gales adoptaron el mecanismo del Derecho de las Víctimas a Revisión el 1 de abril de 2015. Los mecanismos ofrecen a las víctimas de delitos el derecho a solicitar la revisión de una decisión de la policía o la CPS de no enjuiciar o de poner fin al proceso penal.

Cuando se le notifique una decisión que cumpla los requisitos para una revisión según el mecanismo del NPCC o de la CPS, usted tiene derecho a recibir en la notificación información suficiente para poder decidir si desea o no que se lleve a cabo una revisión.

¿Puedo intervenir en el juicio?

Si usted sabe algo sobre un incidente, es posible que se le pida que preste declaración ante el tribunal para la acusación o la defensa.

¿Qué papel oficial desempeño en el sistema judicial? Por ejemplo, ¿soy o puedo decidir ser: víctima, testigo, parte civil o acusación particular?

A efectos del Código de prácticas relativas a las víctimas de delitos (Code of Practice for Victims of Crime) («Código de las Víctimas»), una víctima es:

  • la persona física que haya sufrido un daño o perjuicio, en especial lesiones físicas o mentales, daños emocionales o un perjuicio económico, directamente causado por una infracción penal.
  • un pariente cercano (véase el glosario) de una persona cuya muerte fue resultado directo de una infracción penal.

Si usted sabe algo sobre un incidente, es posible que se le pida que preste declaración ante el tribunal para la acusación o la defensa. Si conoce a una de las personas implicadas en un caso, es posible que se le pida que preste declaración como testigo de carácter, generalmente para la defensa. En cualquier caso, su declaración puede ser crucial para asegurar la condena o la absolución de la persona acusada.

El derecho a constituirse en acusación particular se mantiene en el artículo 6, apartado 1, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Prosecution of Offences Act, POA por sus siglas en inglés) de 1985. No obstante, existen algunas limitaciones:

  • El Director de la Acusación Pública (Director of Public Prosecutions, DPP por sus siglas en inglés) tiene potestad, con arreglo al artículo 6, apartado 2, de la POA de 1985, para hacerse cargo de las acusaciones particulares;
  • en algunos casos, la acusación particular debe solicitar el consentimiento del Fiscal General (Attorney General) o del DPP antes del inicio del proceso.
Encontrará más información aquí

¿Cuáles son mis derechos y obligaciones en virtud de este papel?

El Código de prácticas relativas a las víctimas de delitos (Code of Practice for Victims of Crime) establece los derechos de las víctimas. Está disponible aquí

Si usted ha sido testigo de una infracción penal, pero no es una víctima, en lugar de los servicios de este Código, puede acceder a los servicios de la Carta de los Testigos (Witness Charter). Está disponible aquí

¿Puedo intervenir durante el juicio o prestar declaración? ¿En qué condiciones?

Si usted sabe algo sobre un incidente, es posible que se le pida que preste declaración ante el tribunal para la acusación o la defensa. Si conoce a una de las personas implicadas en un caso, es posible que se le pida que preste declaración como testigo de carácter, generalmente para la defensa.

Si usted es víctima de un delito, la Declaración Personal de la Víctima (Victim Personal Statement, VPS, por sus siglas en inglés) le da la oportunidad de explicar en sus propias palabras cómo le ha afectado un delito, ya sea física, emocional, económicamente o de cualquier otro modo. Es diferente de una declaración testimonial sobre lo que sucedió en ese momento, como lo que usted vio u oyó.

La VPS le da voz en un proceso de justicia penal. Sin embargo, usted no puede expresar su opinión sobre la sentencia o pena que debe recibir la persona sospechosa, ya que la decisión corresponde al tribunal.

Usted tiene derecho a que se le ofrezca la oportunidad de hacer una Declaración Personal de la Víctima al mismo tiempo que presenta una declaración testimonial ante la policía acerca de lo que le sucedió en relación con un delito.

Si la persona acusada es declarada culpable, usted tiene derecho a decir si desea que su VPS sea leída en voz alta o reproducida (cuando esté grabada) en el tribunal. También tiene derecho a decir si quiere leer usted mismo su VPS en voz alta o prefiere que lo haga otra persona (por ejemplo, un miembro de su familia o el abogado de la CPS). Antes de decidir si desea que su Declaración sea leída en voz alta o reproducida en el tribunal, usted recibirá información sobre las posibles consecuencias, como la posibilidad de que se informe sobre la misma en los medios de comunicación. La defensa también podría hacerle preguntas al respecto en el tribunal.

Si usted solicita que su VPS sea leída en voz alta o reproducida en el tribunal, es este quien debe decidir si debe hacerse, así como qué secciones de la misma deben leerse o reproducirse y quién la leerá, teniendo en cuenta sus intereses. En la mayoría de los casos, se leerá o reproducirá una parte o la totalidad de su Declaración, a menos que el tribunal decida que hay buenas razones para no hacerlo. Se le informará de la decisión del tribunal.

¿Qué información recibiré durante el juicio?

Usted tiene derecho a:

  • recibir información del resultado de la audiencia para fijar la fianza (las condiciones de libertad bajo fianza relevantes y los cambios pertinentes de dichas condiciones) con las razones para ello dentro del plazo de 5 días hábiles. Si usted es víctima de un delito grave, acosado de forma persistente, vulnerable o es objeto de intimidación, tiene derecho a recibir esta información en el plazo de 1 día hábil;
  • que su Unidad de Atención a Testigos le informe de la fecha, lugar y resultado de todas las audiencias del tribunal penal sobre el caso. Esta información debe facilitarse en el plazo de 1 día hábil a partir de la fecha en que la Unidad de Atención a los Testigos la reciba del tribunal;
  • ser informado en caso de que se emita una orden de detención contra una persona sospechosa y del resultado de la audiencia en caso de que esta vuelva a ser detenida. Si se vuelve a detener a una persona sospechosa después de que se haya dictado una orden de detención, normalmente dicha persona comparece ante el tribunal poco tiempo después. Esta información debe facilitarse en el plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha en que la Unidad de Atención a los Testigos la reciba del tribunal;
  • en los casos en que el sospechoso se declare inocente, hable con la Unidad de Atención a los Testigos sobre las necesidades que usted pueda tener y que lo deriven a un grupo u organismo de apoyo, si procede;

Si usted es testigo durante el juicio tiene derecho a:

  • solicitar al personal del tribunal poder entrar en el edificio del tribunal a través de una entrada separada de la persona sospechosa y sus familiares y amigos;
  • cuando las circunstancias lo permitan, reunirse con el abogado o el representante de la CPS y hacerle preguntas sobre el proceso judicial. En la medida de lo posible, le indicarán cuánto tiempo tendrá que esperar antes de prestar declaración;
  • siempre que sea posible, recibirá una explicación del abogado o el representante de la CPS en caso de que haya un retraso en el procedimiento ese día y cuánto tiempo podría durar;
  • esperar y sentarse en una zona separada de la persona sospechosa y de sus familiares y amigos. El tribunal garantizará que se haga siempre que sea posible;
  • que se establezcan medidas especiales para usted cuando el tribunal las haya ordenado;
  • que se le asigne un punto de contacto en el tribunal para que pueda informarse de lo que está ocurriendo en el caso mientras se celebra la vista.

¿Puedo acceder a documentos obrantes en autos?

El acceso a los documentos del tribunal se rige por la parte 5 de las Normas de Procedimiento Civil (Civil Procedure Rules). Lo más probable es que las normas más pertinentes sean la 5.4C y la 5.4D. Puede encontrarlas aquí

Última actualización: 30/01/2019

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