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Derechos de las víctimas – por país

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¿Puedo recurrir la sentencia judicial?

El juicio concluye con una resolución judicial (sentencia), que puede resultar en la condena o la absolución del acusado, la suspensión o el aplazamiento de la pena o la terminación del proceso penal por otros motivos. La sentencia se pronuncia en una audiencia pública. Si la víctima ha participado en el juicio en calidad de tal o se constituyó en parte civil, se le da traslado por correo de la resolución.

Si no está conforme con dicha decisión puede presentar un recurso. Solo puede recurrir si ha participado en el juicio como víctima o como parte civil.

También puede recurrir en calidad de testigo, pero solo en lo que se refiere al reembolso de los gastos e indemnizaciones a los que tiene derecho.

En el caso de la víctima y de la parte civil, el plazo para la presentación del recurso es de diez días desde la fecha en la que se le da traslado de la resolución.

En el caso del testigo, puede presentar recurso una vez haya habido pronunciamiento sobre dichos gastos e indemnizaciones, a más tardar en un plazo de diez días desde que se dicte sentencia o desde el traslado de la resolución que contenga el pronunciamiento sobre los gastos o indemnizaciones, según proceda.

El recurso debe presentarse por escrito y firmado. Debe presentarse ante el mismo órgano jurisdiccional que dictó la resolución que se recurre.

Tras recibir el recurso, el órgano jurisdiccional lo remite al órgano jurisdiccional superior competente. La copia de la resolución judicial que se traslada incluye información sobre cuándo y dónde puede presentarse el recurso.

¿Cuáles son mis derechos una vez se ha dictado la sentencia?

La sentencia deviene firme una vez se han agotado todas las vías de recurso. La función de la víctima en el proceso finaliza cuando la sentencia deviene firme. Si ha ingresado en un programa especial de protección de testigos durante el proceso, puede continuar en él hasta que el órgano jurisdiccional considere que ya no está en peligro.

¿Tengo derecho a recibir apoyo o protección después del juicio? ¿Durante cuánto tiempo?

Algunas medidas se conceden lo que dure el proceso o por un período determinado; otras se conceden en función de las necesidades específicas de la víctima.

Las víctimas de delitos tienen derecho a asistencia jurídica gratuita durante todo el proceso.

Las víctimas de trata de personas tienen derecho a un período de recuperación y reflexión de hasta 90 días, en el que pueden recibir apoyo psicológico, asistencia médica y social, medicación, comida y alojamiento, previa petición, en un centro de acogida o en un alojamiento privado, e información sobre los procedimientos judiciales y administrativos de aplicación.

Los extranjeros respecto de los cuales existan motivos fundados para creer que son víctimas de trata de personas también tienen derecho a un período de recuperación y reflexión de hasta 90 días, en el que se les concede, a petición de las autoridades judiciales, un permiso especial de estancia en el territorio de Rumanía y para ser alojados en centros especialmente adaptados. También pueden obtener, durante dicho período de recuperación o al término de dicho período, un permiso de residencia temporal en el territorio de Rumanía.

En el caso de víctimas de violencia doméstica, la orden de protección se expide por un período máximo de 6 meses.

No obstante, por lo que se refiere a los testigos incluidos en un programa de protección, la medida de protección puede seguir aplicándose una vez acabado el proceso, si bien al acabar el proceso se revisan las medidas que se estuviesen aplicando para adaptarlas a la nueva situación. Es el órgano jurisdiccional el que decide cuándo finaliza dicha protección.

¿Qué información recibiré si el autor del delito es condenado?

Si el autor del delito es condenado, la víctima tiene derecho a recibir la información siguiente: el tipo y la duración de la pena (la sentencia se dicta en una audiencia pública y se le envía posteriormente); e información en caso de fuga o de puesta en libertad de cualquier tipo, siempre que haya solicitado dicha información.

¿Seré informado si el autor del delito es puesto en libertad (incluida la libertad anticipada o condicional) o se fuga de prisión?

Sí, a la víctima se le informa de la puesta en libertad o fuga de prisión del autor del delito, en caso de que lo solicitase cuando los órganos jurisdiccionales se lo consultaron. Véase la respuesta anterior.

¿Participaré en las decisiones relativas a la liberación o la libertad condicional? Por ejemplo, ¿puedo prestar declaración o presentar un recurso?

La función de la víctima en el proceso penal finaliza cuando el fallo (condena o absolución del demandado, suspensión o aplazamiento de la pena o terminación por otros motivos del proceso penal) devenga firme.

No participa en el proceso de puesta en libertad o puesta en libertad condicional del autor del delito.

Última actualización: 04/02/2021

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