Derechos de las víctimas – por país

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¿Cuál es el procedimiento para reclamar una indemnización por daños y perjuicios del autor del delito? (p. ej., una causa judicial independiente, una demanda civil, o la tramitación conjunta de los aspectos civil y penal)

Por regla general, la indemnización debe reclamarse en el marco de un proceso penal. A tal fin, debe informar a las autoridades de la Policía Judicial (polícia criminal) o al Ministerio Fiscal (Ministério Público), antes de que finalice la fase de instrucción, de que desea solicitar una indemnización, pudiendo solicitarla, por ejemplo, al prestar su declaración. Cuando reciba la notificación de la acusación formulada contra el acusado, dispondrá de un plazo de veinte días para interponer la demanda.

NOTA: Las demandas civiles de indemnización no están sujetas a formalidades específicas y, cuando el importe de la reclamación es inferior a 5 000 EUR, usted mismo puede interponerla.

El órgano jurisdiccional ha condenado al autor del delito a que me pague daños y perjuicios o una indemnización. ¿Cómo puedo garantizar que el autor del delito pague?

Si el autor del delito no paga voluntariamente la indemnización que se le ha impuesto, deberá solicitar un título ejecutivo, es decir, solicitar la intervención del órgano jurisdiccional (incautación de bienes, cuentas bancarias, vehículos u otros bienes) para garantizar el pago de la indemnización.

Si el autor del delito no paga, ¿puede el Estado pagarme un anticipo? ¿En qué condiciones?

Sí, en el caso de un delito violento que haya perturbado significativamente su nivel y calidad de vida y el autor del delito no pueda pagar la indemnización.

¿Tengo derecho a una indemnización del Estado?

Sí, cuando el autor del delito no pueda afrontar el pago de dicha indemnización y usted sea víctima de un delito violento, y siempre que haya perturbado significativamente su nivel y calidad de vida.

Los supuestos siguientes tienen derecho a una indemnización del Estado:

  • las víctimas de daños corporales graves (es decir, que causen una discapacidad permanente, una discapacidad total temporal durante al menos treinta días, o la muerte) como consecuencia directa de un acto de violencia;
  • en caso de fallecimiento de la víctima, las personas a las que la ley haya concedido el derecho a alimentos, como los hijos, y las personas que convivan con la víctima;
  • las personas que hayan ayudado a la víctima o cooperado con las autoridades en la prevención del delito o en la búsqueda o detención del autor del delito, en relación con los daños y perjuicios que hayan sufrido como consecuencia de ello.

NOTA: en los casos de delitos sexuales, la incapacidad total permanente o temporal durante al menos treinta días puede no ser un requisito. Esta excepción se justifica por el hecho de que, aunque este tipo de delito no provoca, por regla general, una incapacidad laboral durante al menos treinta días, la indemnización sigue estando justificada por la gravedad del delito.

La demanda de indemnización puede interponerse hasta un año después de la fecha del delito o, en el caso de un proceso penal, hasta un año después de que se dicte sentencia. Las víctimas menores de edad en el momento de la comisión del delito pueden interponer una demanda de indemnización hasta un año después de haber alcanzado la mayoría de edad.

Las demandas deben interponerse utilizando el formulario en línea disponible en el sitio web de la Comisión para la Protección de las Víctimas de Delitos (Comissão de Proteção de Vítimas de Crime).

La interposición de una demanda de indemnización es gratuita.

¿Tengo derecho a recibir una indemnización si el autor del delito no ha sido declarado culpable?

De forma excepcional, cuando se trate de un delito grave (véase más arriba) y cuando no se conozca el autor del delito.

Si el autor del delito ha sido juzgado y absuelto, por regla general, no tiene derecho a indemnización.

¿Tengo derecho a un pago de urgencia mientras espero que recaiga la decisión sobre mi reclamación de indemnización?

Si es usted víctima de violencia doméstica, tiene derecho a recibir prestaciones en metálico del Estado siempre que, como consecuencia del delito, tenga serias dificultades económicas.

Las solicitudes de pago de urgencia deben presentarse utilizando el formulario en línea disponible en el sitio web de la Comisión para la Protección de las Víctimas de Delitos.

Junto con la solicitud, debe adjuntar una copia de la denuncia interpuesta ante la autoridad policial. La solicitud debe presentarse en el plazo de un año a partir de la fecha del delito.

Última actualización: 07/04/2024

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