Derechos de las víctimas – por país

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¿Puedo recurrir la resolución?

Sí. Si usted se persona como acusación particular (assistante) o actor civil (parte civil), puede recurrir la sentencia si no está de acuerdo con ella. Dicho recurso debe interponerse a través de su abogado.

El recurso debe interponerse por escrito en un plazo de treinta días ante el órgano jurisdiccional en el que se haya celebrado el juicio. El recurso debe contener los motivos por los que no está de acuerdo con la resolución, la evaluación de las pruebas o la aplicación de las normas jurídicas.

¿Cuáles son mis derechos tras la condena?

Tiene derecho a ser informado de la sentencia y, como se ha mencionado anteriormente, en función del papel que haya desempeñado en el proceso, a recurrir la sentencia.

¿Tengo derecho a apoyo o protección después del juicio? ¿Durante cuánto tiempo?

La sentencia puede incluir, como medida adicional, el derecho a un apoyo o protección específicos, como una orden de alejamiento, cuya duración se determinará en la propia sentencia.

¿Qué información se me proporcionará si el acusado es condenado?

Se le informará de la sentencia y, en consecuencia, de la pena impuesta al autor del delito. Cuando el autor del delito sea condenado a una pena privativa de libertad, a usted se le informará de la prisión en la que se cumplirá dicha pena.

¿Seré informado si el autor del delito es puesto en libertad (incluida la libertad anticipada o condicional) o se fuga de prisión?

Sí. Siempre que haya manifestado su deseo de ser informado, se le informará de la puesta en libertad o la fuga del autor del delito y, en particular, en los casos en que el infractor se considere especialmente peligroso, de la información relativa a su situación, en particular cuando se impongan medidas coercitivas.

¿Participaré en las decisiones sobre puesta en libertad o libertad condicional? ¿Puedo, por ejemplo, realizar una declaración o interponer un recurso?

Puede presentar una solicitud ante el Tribunal de Ejecución de las Penas (Tribunal de Execução das Penas ), en la que exponga los motivos que considere oportunos.

Última actualización: 28/03/2023

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