You will be considered a victim of crime if you have suffered as the result of an offence which carries a penalty under criminal law; for example, if you suffer injury or your property is lost due to damage or theft. As a victim of crime, you have certain legal rights both during and after criminal proceedings. You may also receive various forms of assistance and support and receive compensation or damages arising from the offence.
In Poland, criminal proceedings consist of a preliminary investigation and court proceedings. Preliminary investigations are undertaken before court proceedings. Their purpose is to determine the facts of the offence committed and identify the perpetrators. The police and the prosecution service gather evidence. If the evidence they gather is sufficient, the perpetrators will be charged. If not, the case will be dropped. The prosecution service’s indictment will be examined by the court.
During the trial, the court examines the evidence gathered to establish whether the accused is guilty. If the accused is found guilty as charged, he or she will be subject to the penalty provided for by law. If not, he or she will be cleared of all charges.
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1 - My rights as a victim of crime
2 - Reporting a crime and my rights during the investigation or trial
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La víctima recibe información sobre sus derechos por escrito antes del primer interrogatorio, que se realiza tras la denuncia del delito. Antes de ese momento, las autoridades pueden proporcionarle la información sobre sus derechos que sea adecuada a las circunstancias.
Los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE cuentan con la misma protección que los ciudadanos de países pertenecientes a la UE, a excepción de lo concerniente a la indemnización del Estado concedida a víctimas de determinados delitos, que solo está disponible para ciudadanos de Estados miembros de la UE.
Antes del primer interrogatorio, la víctima obtiene información por escrito sobre sus derechos básicos, como la condición en la que participa en las actuaciones preliminares, si puede solicitar que se adopten determinadas medidas (p. ej. el interrogatorio de testigos), el derecho a representación legal y a solicitar a un representante designado por el órgano jurisdiccional, el derecho a remitir el asunto a mediación, el derecho a consultar el expediente, el derecho a recurrir una resolución de suspensión de las actuaciones, la posibilidad de que el autor del delito pague una indemnización por daños y perjuicios o de obtener una indemnización del Estado, el derecho a recibir asistencia jurídica gratuita, las medidas de protección y apoyo disponibles, el derecho a recibir apoyo financiado por el Fundusz Pomocy Pokrzywdzonym oraz Pomocy Postpenitencjarnej (Fondo de Asistencia para Víctimas y Exconvictos), la posibilidad de obtener una orden europea de protección, las organizaciones que ofrecen ayuda a las víctimas, y el derecho al reembolso de los gastos incurridos en relación con el procedimiento.
Los traductores intervienen en procedimientos que involucran a víctimas que no hablen polaco. Las cartas recibidas de o dirigidas a las víctimas se traducen sin que estas deban pagar los costes de la traducción.
Los menores de edad que sean víctimas de delitos son representados por sus padres o por quien los tenga a su cargo. En lo que respecta a las personas que necesitan asistencia (p. ej. las personas de edad avanzada), sus derechos pueden ser ejercidos por quien los tenga a su cargo. Los padres o los tutores deben garantizar que la víctima a su cargo participe en el procedimiento de la forma establecida y, si no están seguros de que su dependiente entienda la relevancia del procedimiento, deben informar de ello a las autoridades a cargo de este.
Servicios de apoyo a las víctimas
En Polonia, el Fondo de Asistencia para Víctimas y Exconvictos cuenta con recursos económicos destinados a asistir a las víctimas de delitos y a sus familiares más cercanos. El Fondo es gestionado por el Ministerio de Justicia, que concede subvenciones a organizaciones no gubernamentales seleccionadas por concurso que se dedican a brindar apoyo a las víctimas. La ayuda financiada por medio del Fondo abarca asistencia jurídica, psicológica y material.
Antes del primer interrogatorio, las autoridades a cargo del procedimiento deben informar a la víctima de que cuenta con asistencia financiada por el Fondo de Asistencia para Víctimas y Exconvictos.
El autor del delito no tiene acceso a información sobre el domicilio y el lugar de trabajo de la víctima.
En lo que respecta a los testigos y, por regla general, a todas las víctimas, en asuntos particularmente graves, el Ministerio Fiscal o el órgano jurisdiccional pueden decidir no revelar los datos personales y otras circunstancias que permitan identificarlos. Esto puede ocurrir cuando existen temores razonables sobre el riesgo que puedan correr la vida, la salud, la libertad o una parte considerable de los bienes de esa persona o de un familiar cercano suyo.
El acceso al apoyo a las víctimas no está supeditado a la denuncia del delito. La persona que desee obtener apoyo solo tiene que demostrar que ha sido víctima de un delito.
Protección personal si estoy en peligro
Si su vida o su salud corren peligro, la víctima y sus familiares más cercanos tienen los siguientes derechos:
El jefe de policía con competencia en la provincia donde se cometió el delito es el encargado de ofrecer protección.
El jefe de policía con competencia en la provincia donde se cometió el delito se encarga de evaluar la necesidad de facilitar y seguir facilitando protección y asistencia a las víctimas.
La autoridad a cargo del procedimiento debe practicar las diligencias relacionadas con las víctimas de una manera que no resulte perjudicial para ellas. Debe intervenir siempre en situaciones en las que la víctima no sea tratada con el debido respeto o no se sienta segura.
En casos de violación y otros delitos similares, la víctima es interrogada en una sala especial, en ausencia del autor del delito.
Durante el juicio, el juez puede ordenar al autor del delito que abandone la sala mientras la víctima presta declaración.
Si la víctima necesita asistencia porque, por ejemplo, su edad avanzada o un problema de salud le impide participar de forma activa en el juicio, sus derechos pueden ser ejercidos por la persona que la tiene a cargo.
Los derechos de los menores son ejercidos por su representante legal o por quien los tiene a cargo. Si el delito fue cometido por los padres del menor, este será representado en el juicio por un tutor ad litem.
Si la víctima muere, sus familiares más cercanos pueden participar en el procedimiento en su nombre y con los mismos derechos que la víctima.
Los familiares más cercanos de la víctima tienen derecho a recibir asistencia jurídica, psicológica y material subvencionada por el Fondo de Asistencia para Víctimas y Exconvictos. En el caso de delitos más graves que implican un riesgo para la vida o la salud de las personas, se les puede conceder medios de protección y asistencia (protección durante el procedimiento, protección física, asistencia para la reubicación).
El asunto puede remitirse a mediación durante las actuaciones preliminares o durante el procedimiento judicial, con el consentimiento de la víctima y del autor del delito. El procedimiento de mediación es llevado a cabo por el mediador de forma imparcial y confidencial. Durante la mediación, la víctima puede presentar su posición, es decir, indicar lo que pretende del autor del delito. La mediación no pone fin al procedimiento penal, pero su resultado es tenido en cuenta por el Ministerio Fiscal y por el juez.
Las disposiciones relativas a los derechos de las víctimas de delitos pueden encontrarse en el Kodeks postępowania karnego (Código de Enjuiciamiento Criminal); el Kodeks karny (Código Penal), el Kodeks karny wykonawczy (Código de Ejecución de Penas); la ustawa z dnia 7 lipca 2005 r. o państwowej kompensacie przysługującej ofiarom niektórych czynów zabronionych (Ley, de 7 de julio de 2005, sobre indemnizaciones del Estado para víctimas de determinados delitos), en su versión consolidada publicada en el Boletín Legislativo de 2016, punto 325); la ustawa z dnia 28 listopada 2014 r. o ochronie i pomocy dla pokrzywdzonego i świadka (Ley, de 28 de noviembre de 2014, de Protección y Asistencia para Víctimas y Testigos), publicada en el Boletín Legislativo de 2015, punto 21); el rozporządzenie z dnia 29 września 2015 r. w sprawie Funduszu Pomocy Pokrzywdzonym oraz Pomocy Postpenitencjarnej (Reglamento, de 29 de septiembre de 2015, sobre el Fondo de Asistencia para Víctimas y Exconvictos), publicado en el Boletín Legislativo de 2019, punto 683); y la ustawa z dnia 17 czerwca 2004 r. o skardze na naruszenie prawa strony do rozpoznania sprawy w postępowaniu przygotowawczym prowadzonym lub nadzorowanym przez prokuratora i postępowaniu sądowym bez nieuzasadnionej zwłoki (Ley, de 17 de junio de 2004, sobre denuncias de violación de los derechos de las personas a que su asunto se examine sin demoras innecesarias durante las actuaciones preliminares llevadas a cabo o supervisadas por el Ministerio Fiscal y en el juicio), en su versión consolidada publicada en el Boletín Legislativo de 2018, punto 75, en su versión modificada.
El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.
Los delitos pueden denunciarse por escrito o de forma oral ante el Ministerio Fiscal o en una comisaría. Las denuncias escritas pueden presentarse en persona o enviarse por correo postal (o por correo electrónico).
Dentro de las seis semanas posteriores a la denuncia, el denunciante debe ser notificado sobre el inicio de la investigación. Si no recibe dicha notificación, puede presentar una queja ante el fiscal superior.
En las actuaciones preliminares y el procedimiento judicial, las víctimas pueden contar con la asistencia de un representante profesional, es decir, un abogado o un asesor jurídico. Las víctimas pueden designar a un representante por su cuenta o, si su situación económica no se lo permite, pueden solicitar a un representante designado por el órgano jurisdiccional. Para ello, deben presentar una carta ante el órgano jurisdiccional o el Ministerio Fiscal en la que demuestren que no están en condiciones de pagar los honorarios de un representante.
Si la víctima participa en el procedimiento solo en calidad de testigo, tiene derecho al reembolso de sus gastos de viaje, alojamiento y manutención, así como a una indemnización por lucro cesante.
Si la víctima se constituye en acusación auxiliar o en acusación particular, tiene derecho al reembolso de sus gastos razonables, incluidos los asociados a la designación de un representante legal.
Para obtener el reembolso de los gastos, debe presentarse una solicitud y, de ser posible, los documentos justificativos de los gastos incurridos.
Las víctimas pueden recurrir las resoluciones de denegación de una solicitud de apertura de actuaciones preliminares y de suspensión de las actuaciones. En la propia resolución encontrará información sobre cómo recurrir.
Las víctimas participan en las actuaciones preliminares sin tener que presentar una declaración especial.
En los procedimientos por delitos perseguibles de oficio, las víctimas pueden constituirse en acusación auxiliar si presentan la declaración correspondiente.
En los procedimientos por delitos perseguibles a instancia de parte, las víctimas se constituyen en acusación particular.
Las víctimas son personas afectadas por un delito.
Por ley, las víctimas tienen derecho a participar en las actuaciones preliminares.
En los procedimientos por delitos perseguibles de oficio, las víctimas pueden intervenir, si lo desean, constituyéndose en acusación auxiliar.
En los procedimientos por delitos perseguibles a instancia de parte, las víctimas se constituyen en acusación particular.
Independientemente de si participan en el procedimiento, las víctimas casi siempre son oídas como testigos.
En la actualidad, en los procedimientos penales no se permite que las víctimas se constituyan en parte civil.
Aun cuando no participen en el procedimiento, las víctimas pueden intervenir en momentos precisos si ello resulta necesario para salvaguardar sus intereses. Pueden participar en el juicio y en audiencias relacionadas con la suspensión condicional del procedimiento, la condena sin juicio previo y el sobreseimiento del acusado por ser este demente o beneficiarse de medidas cautelares por motivo de su demencia. Durante el juicio, la víctima puede rechazar la solicitud del acusado de ser condenado sin prestar declaración y puede solicitar que se le ordene que repare el perjuicio causado o pague una indemnización.
Si se declara la suspensión condicional del procedimiento, la víctima puede solicitar que este se reanude.
Si participa en el procedimiento, la víctima puede adoptar determinadas medidas procesales, como proponer pruebas, interrogar a los testigos y a los peritos, presentar su posición, p. ej. expresando la decisión que desea que el juez tome, y recurrir las resoluciones.
Las víctimas citadas a declarar en calidad de testigo deben comparecer ante el órgano jurisdiccional y prestar declaración. La falta de comparecencia sin un motivo justificado es sancionable.
Las víctimas pueden proponer pruebas si se constituyen en acusación subsidiaria o particular.
Antes de la primera audiencia, la víctima es notificada por escrito sobre su participación en las actuaciones preliminares y los derechos que le asisten en dicha condición.
También se le notifica por escrito la acusación presentada ante el órgano jurisdiccional, así como las fechas y el lugar de celebración de las audiencias o sesiones en las que puede participar.
Si el órgano jurisdiccional ordena que se pague una indemnización por daños y perjuicios, ordenará que se entregue una copia de la resolución a la víctima.
Durante las actuaciones preliminares, la víctima puede acceder al expediente con el consentimiento de la autoridad a cargo del procedimiento.
Durante el procedimiento judicial, la víctima puede acceder al expediente si se constituye en acusación particular o subsidiaria. De lo contrario, podrá acceder al expediente con el permiso del presidente del tribunal.
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En los juicios por delitos perseguibles de oficio, la víctima puede recurrir resoluciones si se constituye en acusación auxiliar.
Si el procedimiento contra el autor del delito es suspendido condicionalmente y el juez dicta una resolución, la víctima puede recurrirla aun cuando no se hubiese constituido en acusación auxiliar.
En los juicios por delitos perseguibles a instancia de parte, la víctima puede recurrir la resolución, pues, en ese caso, actúa en calidad de acusación particular.
Si se le ordena al autor del delito que repare el daño causado, el órgano jurisdiccional ordenará que se entregue una copia de la resolución a la víctima. Si el infractor cuya pena de reclusión fue suspendida no repara el daño causado, la víctima puede solicitar que se le obligue a cumplir la pena.
Si se suspende condicionalmente el procedimiento contra el autor del delito, la víctima puede participar en la audiencia para solicitar la reanudación del procedimiento.
Una vez terminado el procedimiento, la víctima tiene derecho a recibir protección y apoyo si su vida, su salud o la de sus familiares corren peligro. La protección y el apoyo solo se proporcionan si existe un riesgo.
El juez comunicará a la víctima la información contenida en la sentencia: la pena impuesta al condenado, la duración de la pena, si se concedió la suspensión condicional de la pena, y las obligaciones, incluida la de reparar el daño causado, que se impusieron al autor del delito.
La víctima puede solicitar ser informada cuando el autor del delito sea puesto en libertad. Será informada si el autor del delito es puesto en libertad tras cumplir la condena, si se le permite cumplir la pena bajo vigilancia electrónica, si se fuga de prisión, si se le concede un permiso de salida o la libertad condicional o temporal.
La víctima no participa en las decisiones sobre puesta en libertad condicional y no puede recurrirlas.
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La víctima de un delito puede reclamar una indemnización al autor del delito de las siguientes formas:
Si el autor del delito no repara los daños causados por el delito, la víctima no podrá reclamar el pago al Estado.
La víctima puede beneficiarse de una asistencia de emergencia subvencionada por el Fondo de Asistencia para Víctimas y Exconvictos y proporcionada por organizaciones especializadas en el apoyo para víctimas de delitos.
Las víctimas de delitos más graves y sus familiares tienen derecho a recibir prestaciones especiales pagadas por el Tesoro Público. Este es el caso de las personas domiciliadas en Polonia o en otros Estados miembros de la UE que, como resultado del delito, hubiesen sufrido lesiones graves o problemas de salud durante más de siete días y los familiares de personas que hubiesen muerto como consecuencia del delito.
La víctima tiene derecho a recibir una indemnización aun cuando el autor del delito no sea declarado culpable.
La víctima que tenga derecho a una indemnización puede obtener una garantía de pago, es decir, un pago único antes de que se dé por concluido el asunto. Dicho importe puede usarse para pagar los costes del tratamiento o de la convalecencia o los gastos funerarios.
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Las víctimas de delitos y sus familiares cuentan con el apoyo de organizaciones no gubernamentales que reciben subvenciones destinadas a tal fin del Fondo de Asistencia para Víctimas y Exconvictos y financiadas por el Ministerio de Justicia.
Antes de declarar por primera vez, se les informa a las víctimas que cuentan con esta ayuda.
El Ministerio de Justicia pone a disposición en el sitio web https://www.ms.gov.pl/pl/dzialalnosc/pokrzywdzeni-przestepstwem/pomoc-osobom-pokrzywdzonym-przestepstwem-oraz-osobom-im-najblizszym---lista-podmiotow-i-organizacji/, siguiendo la ruta de acceso Działalność/Pomoc pokrzywdzonym/Pomoc pokrzywdzonym przestępstwem oraz osobom im najbliższym – lista podmiotów i organizacji, una lista de las organizaciones que ofrecen subvenciones a las víctimas y sus familiares e información (en polaco) sobre lo que cubre la ayuda.
En la actualidad, no existe ninguna línea directa nacional de apoyo a las víctimas en Polonia, aunque sí existe una línea directa de apoyo a víctimas de violencia doméstica.
El apoyo a las víctimas es gratis.
Las autoridades facilitan a las víctimas información sobre los lugares donde pueden encontrar apoyo. Las víctimas de algunos delitos tienen derecho a asistencia jurídica gratuita en vista de su edad y de su situación económica. Por norma general, las víctimas de delitos tienen derecho a recibir asistencia médica.
Las organizaciones no gubernamentales subvencionadas por el Fondo de Asistencia para Víctimas y Exconvictos ofrecen a las víctimas de delitos asistencia jurídica, psicológica y financiera, como vales de comida o ayuda para pagar el coste de los alimentos y la ropa, la ropa interior, el calzado, los productos de limpieza e higiene, el alojamiento temporal o refugio, la educación y la capacitación, medidas de adaptación de un piso o una casa a sus necesidades y los gastos de viaje.
Otro tipo de apoyo disponible es el pago de los servicios de interpretación, incluida la interpretación en lengua de signos.
La asistencia médica incluye el pago de los costes de la atención médica, los medicamentos y los equipos médicos necesarios para tratar los daños para la salud causados por el delito.
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