En el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes iniciados antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. El Portal de e-Justicia mantendrá la información relativa al Reino Unido, sobre la base de un acuerdo mutuo con este país, hasta el final de 2024.

Derechos de las víctimas – por país

Irlanda del Norte

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Irlanda del Norte

¿Puedo recurrir la resolución?

Las víctimas no tienen derecho de recurso contra la condena o la sentencia del autor del delito.

¿Cuáles son mis derechos tras la condena?

Tras el juicio, usted tiene derecho a:

  • que se le paguen todos los gastos que la Fiscalía haya decido que le corresponden si ha asistido al tribunal para prestar declaración;
  • que la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos le informe sobre el resultado del juicio, incluido, cuando sea posible, un breve resumen de los motivos de la resolución;
  • que la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos lo remita a los servicios de apoyo a las víctimas cuando proceda y dichos servicios estén disponibles.

i) Si se presenta una solicitud al Tribunal de la Corona (Crown Court) para interponer recurso contra una condena o una sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Magistrate’s Court).

Usted tiene derecho a que la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos le informe de lo siguiente:

  • todo escrito de recurso presentado;
  • la fecha, hora y lugar de las audiencias;
  • el resultado del recurso, incluidos los cambios introducidos en la sentencia original.

Usted también tiene derecho a:

  • esperar y sentarse en el tribunal en una zona separada de la parte recurrente, su familia y amigos. El tribunal se asegurará de que esto se haga siempre que sea posible;
  • que se le proporcione un punto de contacto en el Tribunal de la Corona;
  • recibir información sobre los servicios de apoyo a las víctimas cuando sea adecuado y estén disponibles.

ii) Si se interpone una solicitud de recurso contra una condena o una sentencia ante el Tribunal de Apelación (Court of Appeal), o si en una causa penal se interpone una solicitud o recurso ante el Tribunal Supremo del Reino Unido sobre una cuestión de derecho.

Usted tiene derecho a que la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos le informe de lo siguiente:

  • que la parte recurrente ha obtenido autorización para recurrir;
  • la fecha, hora y lugar de las audiencias;
  • si la parte recurrente va a ser puesta en libertad bajo fianza en espera de apelación o si han variado las condiciones de la fianza;
  • una actualización sobre los cambios de fecha de la audiencia;
  • disponer de un punto de contacto con la Secretaría de Apelaciones Penales (Criminal Appeal Office) o con el personal de Tribunal Supremo del Reino Unido;
  • sobre el resultado del recurso. Esto incluye cualquier modificación de la sentencia original.
  • esperar y sentarse en el tribunal en una zona separada de la parte recurrente, su familia y amigos. El personal del tribunal se asegurará de que esto se haga siempre que sea posible. No es frecuente que la parte recurrente asista a las audiencias del Tribunal Supremo. Si la parte recurrente esté presente y usted no desea sentarse en la sala del tribunal, se tomarán disposiciones especiales para usted;
  • solicitar a la Secretaría de Apelaciones Penales o al personal del Tribunal Supremo del Reino Unido una copia de la sentencia del caso una vez que esta se haya publicado.

Si usted es familiar cercano afectado, después de la autorización para recurrir, en un caso admisible, usted tiene derecho a que se le ofrezca una reunión con la Fiscalía para explicar la naturaleza del recurso y los procedimientos del tribunal.

Comisión de Casación de Asuntos Penales (Criminal Cases Review Commission)

La Comisión de Casación de Asuntos Penales, tras recibir la solicitud del autor del delito, lleva a cabo la revisión de la condena y la sentencia impuesta como consecuencia del delito. La Comisión puede remitir una condena o una sentencia para un nuevo recurso si se dispone de nueva información o un nuevo argumento que pueda implicar que la culpabilidad es insegura o que la sentencia es demasiado larga. La Comisión recibe cada año unas 1 000 solicitudes de personas condenadas y remite entre 30 y 40 casos para un nuevo recurso. La Comisión, a la hora de revisar un caso, evaluará el impacto que podría tener para usted y decidirá si se le debe notificar. La Comisión dejará constancia de las razones de sus decisiones en cuanto a la forma de contactar con usted y, cuando proceda, notificará dichas decisiones a la policía.

  • Usted tiene derecho a que la Comisión le notifique si considera que existe una posibilidad razonable de que se ponga en su conocimiento una revisión.
  • Si la Comisión decide que es adecuado ponerse en contacto con usted durante la revisión, le notificará que se ha recibido una solicitud y que el caso está siendo objeto de revisión. Tras la revisión, la Comisión decidirá si la condena o la sentencia debe remitirse a los tribunales y le notificará su decisión, a menos que usted haya pedido expresamente que no se le informe.
  • Si la Comisión decide que no es adecuado ponerse en contacto con usted durante la revisión, pero posteriormente decide remitir la condena o la sentencia a los tribunales, se presume que la Comisión le informará de la remisión.

¿Tengo derecho a apoyo o protección después del juicio? ¿Durante cuánto tiempo?

  • Usted tiene derecho a acceder a los servicios de apoyo a las víctimas en cualquier momento, haya denunciado un delito o no, y después de la conclusión de la investigación y el enjuiciamiento.

¿Qué información se me proporcionará si el acusado es condenado?

  • Usted tiene derecho a que la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos le informe de la sentencia dictada contra el sospechoso (si ha sido condenado). Esto incluye una breve explicación sobre el sentido y los efectos de la condena.
  • Usted tiene derecho a ser remitido a la Fiscalía, que responderá a cualquier pregunta que usted desee hacer sobre la sentencia y que la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos no pueda responder.
  • Además de los derechos descritos anteriormente, si en un caso admisible usted es familiar cercano afectado también tiene derecho a que se le ofrezca una reunión con el representante de Fiscalía, que le explicará la sentencia dictada. Esta reunión suele tener lugar en el tribunal.

¿Seré informado si el autor del delito es puesto en libertad (incluida la libertad anticipada o condicional) o se fuga de prisión?

Si el autor del delito es condenado a prisión, confinado en un hospital o está bajo la supervisión de la Junta de Libertad Condicional, usted tiene derecho a que la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos le informe sobre el acceso a un programa pertinente de información a las víctimas después de la condena. Asimismo, usted tiene derecho a solicitar a la Unidad de Información a las Víctimas que le proporcione cierta información. La Unidad, gestionada por la Junta de Libertad Condicional de Irlanda del Norte (Probation Board for Northern Ireland), coordina un único servicio para las víctimas que abarca los tres mecanismos de información a las víctimas. Los tres mecanismos son el programa de información a las víctimas sobre la puesta en libertad del preso (PRVIS, por sus siglas en inglés), el programa de información a las víctimas de la Junta de Libertad Condicional de Irlanda del Norte y el programa de información sobre los delincuentes con trastornos mentales. Están relacionados con:

  • los menores delincuentes que hayan sido condenados a una pena equivalente a la cadena perpetua, condenados por un delito grave o sentenciados a detención en un centro para menores delincuentes por el Tribunal de la Corona (cuando el menor delincuente cumpla 18 años). El programa de prisiones también se aplica a los delincuentes adultos (mayores de 18 años) condenados a 6 meses o más;
  • a los delincuentes cuya sentencia incluya la supervisión por la Junta de Libertad Condicional de Irlanda del Norte; y
  • a los delincuentes sujetos a una orden de detención hospitalaria con orden de restricción (Hospital Order with a Restriction Order).

Programa de Información a las Víctimas sobre la Puesta en Libertad de Presos (Prisoner Release Victim Information Scheme, PRVIS por sus siglas en inglés)

Si se inscribe en el programa, usted tiene derecho a que la Unidad de Información a las Víctimas le informe sin dilaciones innecesarias (si ha recibido información sobre una decisión o resultado), acerca de:

  • el año y el mes en que se espera que un preso sea puesto en libertad o tenga derecho a que se examine su puesta en libertad provisional;
  • cuando se esté estudiando la posibilidad de conceder al preso la libertad provisional;
  • cualquier decisión adoptada relativa a la libertad provisional; y
  • las condiciones conocidas de la puesta en libertad del preso, o las condiciones impuestas para la libertad provisional, así como los incumplimientos de las mismas que den lugar a que el preso vuelva a ser detenido, a menos que el hecho de compartir la información pueda poner en peligro a alguien o exista un riesgo identificado de daño para el autor del delito como resultado de ello.

En los casos de presos que hayan sido condenados a cadena perpetua, a una pena privativa de libertad de duración indeterminada o a una pena privativa de libertad ampliada que estén sujetos al examen de su puesta en libertad por parte de la Comisión de Libertad Condicional (Parole Commissioners), usted tiene derecho a que la Unidad de Información a las Víctimas le informe cuándo se esté estudiando la puesta en libertad del preso. También tendrá derecho a dar a conocer sus opiniones sobre la puesta en libertad a la Comisión de Libertad Condicional (a través de la Unidad de Información a las Víctimas) antes de que se estudie la posibilidad de poner en libertad a un preso. Usted tiene derecho a que se le informe de la decisión que tome la Comisión de Libertad Condicional y, si es la de poner en libertad al preso, a que le informen sobre las disposiciones de libertad condicional que se aplican.

También tiene derecho a tener la oportunidad de presentar sus puntos de vista a la Unidad de Información a las Víctimas, o de dejar constancia de las preocupaciones que tenga acerca de su seguridad personal y que estas sean tenidas en cuenta como parte del proceso de evaluación cuando un delincuente solicita la libertad provisional o va a ser puesto en libertad condicional.

Muy ocasionalmente, puede que solo sea posible informarle acerca de una puesta en libertad después de que esta haya ocurrido. En el caso muy improbable de que un delincuente en el caso en el que usted está involucrado se fugue, tendrá derecho a que la policía o la administración penitenciaria le informen, sin dilaciones innecesarias, a menos que el hecho de compartir la información ponga en peligro a alguien o exista un riesgo identificado de daño para el autor del delito como consecuencia de ello. También tiene derecho a que la policía o la administración penitenciaria le informen de cualquier medida que se tome para su protección.

Programa de Información a las Víctimas de la Junta de Libertad Condicional de Irlanda del Norte (Probation Board for Northern Ireland Victim Information Scheme)

Si se inscribe en este programa, usted tiene derecho a que la Unidad de Información a las Víctimas le informe sin dilaciones innecesarias (cuando haya recibido información sobre una decisión o resultado) sobre:

  • el modo en que se ha gestionado el caso;
  • el tipo y la duración de la supervisión de que será objeto el autor del delito, así como sobre las condiciones generales de la misma (incluida cualquier variación);
  • las condiciones adicionales que se apliquen a la supervisión, incluso cuando estas sean variadas;
  • el número de horas de servicios comunitarios, si procede; y
  • cualquier otra sentencia relacionada con el caso.

Usted también tiene derecho a elegir el modo en que desea recibir esta información (por ejemplo, cara a cara, por teléfono o por escrito) y a comentar con un miembro del personal de la Unidad de Información a las Víctimas las inquietudes que pueda tener. En ciertos casos, la Unidad también le ofrecerá la oportunidad de expresar sus opiniones y preocupaciones en un informe de la víctima, para que puedan ser tenidas en cuenta por la Comisión de Libertad Condicional.

Programa de Información a las Víctimas sobre Delincuentes con Trastornos Mentales (Mentally Disordered Offenders Victim Information Scheme)

Este programa proporciona información sobre los períodos de ausencia del hospital que se estén considerando para un delincuente, así como su alta hospitalaria condicional o absoluta. Si se inscribe en este programa, usted tiene derecho a que la Unidad de Información a las Víctimas le informe sin dilaciones innecesarias (cuando haya recibido información sobre una decisión o resultado):

  • cuando vaya a estudiarse un período de permiso de ausencia;
  • que se conceda un período de permiso de ausencia, o que se dé alta del hospital al delincuente en las semanas siguientes, junto con cualquier condición general pertinente para usted; y
  • de cualquier condición pertinente que se aplique al delincuente que deja el hospital.

Usted también tiene derecho a disponer de la oportunidad de presentar sus puntos de vista por escrito a la Unidad de Información a las Víctimas sobre el modo en que el permiso o el alta propuesto puede afectar a su seguridad o bienestar, así como sobre las condiciones a que el delincuente podría estar sujeto al salir del hospital.

Última actualización: 14/03/2019

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