En el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes iniciados antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. El Portal de e-Justicia mantendrá la información relativa al Reino Unido, sobre la base de un acuerdo mutuo con este país, hasta el final de 2024.

Derechos de las víctimas – por país

Irlanda del Norte

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Irlanda del Norte

¿Qué información voy a obtener de las autoridades después de que haya sucedido el delito (p. ej., de la policía o del fiscal), pero antes incluso de denunciarlo?

Usted tiene derecho a recibir información por escrito sobre lo que puede esperar del sistema de justicia penal, como el «folleto de información para las víctimas de delitos», o los datos de un sitio web que contenga dicha información.

Dependiendo del tipo de delito, de sus circunstancias personales o de su pertinencia para la fase concreta de la investigación o del proceso penal, se le debe ofrecer acceso a la siguiente información desde su primer contacto con la policía:

  • dónde y cómo obtener asesoramiento o apoyo, incluido el acceso a atención médica, apoyo especializado (como apoyo psicológico) y alojamiento alternativo;
  • qué debe hacer para denunciar un delito penal y con quién debe ponerse en contacto si tiene alguna pregunta sobre el caso;
  • cómo solicitar una indemnización;
  • los mecanismos disponibles si la víctima no está presente en Irlanda del Norte;
  • la disponibilidad de servicios de interpretación y traducción;
  • cómo presentar una queja sobre un proveedor de servicios;
  • la disponibilidad de servicios de justicia reparadora;
  • cómo recuperar los gastos incurridos como testigo en un juicio penal.

Usted tiene derecho a acceder a los servicios de apoyo a las víctimas en cualquier momento, haya denunciado un delito o no, y después de la conclusión de la investigación y el enjuiciamiento.

No vivo en el país de la UE en que se cometió el delito (ciudadanos de la UE y de terceros países). ¿Cómo se protegen mis derechos?

Usted tiene derecho a recibir los servicios establecidos en la Carta de las Víctimas (Victim Charter) si el delito se cometió en Irlanda del Norte, o si los servicios están relacionados con procesos penales que se están llevando a cabo en Irlanda del Norte. [1]

[1] El derecho a una indemnización de los Servicios de Indemnización puede depender de su residencia o nacionalidad a menos que se le identifique de manera concluyente como víctima de la trata de personas o se le conceda asilo, protección humanitaria o autorización de residencia provisional.

Si denuncio un delito, ¿qué información recibiré?

Usted tiene derecho a recibir de la policía lo siguiente:

  • una notificación escrita de que ha denunciado un delito, incluidos los detalles esenciales de dicho delito. La notificación escrita puede ser una carta, una notificación electrónica como un correo electrónico o un mensaje de texto, o puede ser escrita a mano. Usted puede solicitar no recibir dicha notificación. Cuando la policía considere que si le envía la notificación escrita puede haber riesgo de sufrir daños (por ejemplo, en casos de violencia doméstica), podría acordar con usted no enviarlo;
  • una explicación clara de qué puede esperar del sistema de justicia penal cuando usted denuncia un delito o se le contacta como víctima durante una investigación;
  • una evaluación de si desea apoyo y, de ser así, qué ayuda o apoyo podría necesitar. Esto ayudará a determinar si usted se encuentra en una de las tres categorías de víctimas que pueden necesitar un apoyo mayor y a valorar si puede beneficiarse, y en qué grado, de las medidas especiales. Los servicios de apoyo a las víctimas pueden hacer una evaluación más detallada para la policía;
  • ya sea información escrita sobre lo que puede esperar del sistema de justicia penal, como el folleto de «información para las víctimas de delitos», o los detalles de un sitio web que contenga la misma información, lo antes posible y, a más tardar, 5 días hábiles después de haber denunciado el delito o de que le hayan contactado como víctima durante una investigación;
  • que le comuniquen la frecuencia con la que recibirá información actualizada sobre la situación del caso después de hablar con la policía;
  • una explicación, sin dilaciones innecesarias, de la decisión de no investigar un delito;
  • notificación en caso de que la investigación sobre el caso concluya sin que ninguna persona haya sido acusada y las explicaciones sobre los motivos.

Usted tiene derecho a recibir información de la policía sobre los servicios de apoyo a las víctimas y sus datos de contacto para que, en cualquier momento, pueda acceder a su apoyo.

Tiene derecho a recibir de la policía la siguiente información y a que, sin dilaciones innecesarias, se le expliquen las razones de que una persona sospechosa sea:

  • detenida;
  • interrogada bajo custodia;
  • puesta en libertad sin cargos;
  • puesta en libertad bajo fianza, o si las condiciones de la fianza cambian o se anulan.

¿Tengo derecho a servicios de interpretación o traducción (al contactar con la policía u otras autoridades, o durante la investigación y el juicio?

Si usted no entiende o no habla inglés, tiene derecho a solicitar la interpretación a un idioma que entienda:

  • cuando denuncia un delito [1]
  • cuando la policía le interroga; y
  • cuando presta declaración como testigo.

Si usted no entiende o no habla inglés, tiene derecho, previa solicitud, a la traducción de la siguiente información:

  • la notificación escrita del delito denunciado;
  • en los casos en los que ver un documento en particular que se le dé a conocer sea esencial para los fines del interrogatorio o la audiencia, una copia de las partes pertinentes de dicho documento;
  • el documento en que se le informa de la fecha, hora y lugar del juicio; y
  • el resultado del proceso penal cuando tenga derecho en virtud de este Código y al menos, cuando esté disponible, una breve exposición de los motivos de las decisiones.

[1] Usted tiene derecho a denunciar el delito en un idioma que entienda o, si no habla inglés, con la ayuda lingüística necesaria.

¿Cómo garantizan las autoridades que yo entienda y sea entendido (si soy niño; si tengo una discapacidad)?

Los proveedores de servicios según la Carta de las Víctimas deben comunicarse con usted en un lenguaje simple y accesible, tomando las medidas apropiadas (por ejemplo, EasyRead, braille o mediante un intermediario registrado) para ayudarlo a entender y a ser entendido. A la hora de examinar las medidas apropiadas, los proveedores de servicios deben tener en cuenta las características personales relevantes que puedan afectar a su capacidad para entender y ser entendido.

Se dispone de una serie de folletos informativos en un lenguaje sencillo y en diversos formatos.

Servicio de apoyo a las víctimas

¿Quién presta apoyo a las víctimas?

En el apartado 76 de la Carta de las Víctimas se establece el derecho de las víctimas a servicios de apoyo independientemente de que hayan denunciado o no el delito a la policía. La Carta incluye la organización de apoyo a las víctimas de Irlanda del Norte Victim Support NI y el Servicio para Testigos Jóvenes (Young Witness Service) de la Sociedad Nacional para la Prevención de la Crueldad hacia los Niños (National Society for the Prevention of Cruelty to Children, NSPCC por sus siglas en inglés). Respecto de la NSPCC, los derechos se aplican únicamente cuando un niño o joven deba prestar declaración en los tribunales. Otros servicios de apoyo de la NSPCC pueden estar disponibles fuera del ámbito de aplicación de la Carta, como la línea directa de atención a los niños (Childline).

¿Me remitirá la policía a los servicios de apoyo a las víctimas de forma automática?

La policía le explicará que, cuando denuncie un delito, transmitirán automáticamente sus datos a los servicios de apoyo a las víctimas. Usted tiene derecho a solicitar que la policía no transmita sus datos a los servicios de apoyo a las víctimas.

¿Cómo se protege mi privacidad?

Cuando se requiera compartir información, según la Carta de las Víctimas los proveedores de servicios deben hacerlo de una manera eficaz y con arreglo a sus obligaciones en virtud de la Ley de Protección de Datos de 1998 y otra legislación pertinente.

¿Tengo que denunciar un delito antes de poder acceder a los servicios de apoyo a las víctimas?

No, usted tiene derecho a acceder a los servicios de apoyo a las víctimas en cualquier momento, haya denunciado un delito o no, y después de la conclusión de la investigación y el enjuiciamiento.

Protección personal si estoy en peligro

¿Qué tipos de protección existen?

Cuando una víctima denuncie un delito a un proveedor de servicios responsable de la investigación de los delitos, este debe asegurarse de que la víctima sea objeto de una evaluación individual para identificar necesidades de protección específicas y para determinar si, durante el interrogatorio, la víctima debe beneficiarse de medidas de protección específicas o medidas especiales, y en qué grado, o de medidas especiales cuando preste declaración.

La naturaleza de la evaluación dependerá de todas las circunstancias, incluida la gravedad del delito y el grado de daño aparente sufrido por la víctima. La evaluación debe tener en cuenta las características personales de la víctima, sus opiniones y la naturaleza y las circunstancias del delito.

Cuando, como resultado de la evaluación individual, un proveedor de servicios haya identificado a una víctima con necesidades de protección específicas y que se beneficiaría de estas medidas durante el interrogatorio, el proveedor de servicios responsable de la investigación de un delito también debe garantizar, con sujeción a las limitaciones operativas y prácticas, que se disponga de lo siguiente:

  • en la medida de lo posible, asegurarse de que la misma persona lleve a cabo todos los interrogatorios con la víctima, a menos que ello perjudique el correcto desarrollo de la investigación;
  • que el interrogatorio tenga lugar, en caso necesario, en locales concebidos o adaptados a tal efecto;
  • que profesionales formados para ello lleven a cabo los interrogatorios; y
  • que en casos de violencia sexual, violencia de género o violencia doméstica, se ofrezca a las víctimas la oportunidad de que una persona del mismo sexo realice el interrogatorio. De ser posible, deberá accederse a cualquier solicitud de este tipo, a menos que ello pueda perjudicar el correcto desarrollo de la investigación.

En el caso improbable de que un sospechoso se dé a la fuga, cuando la policía tenga conocimiento de la fuga o reciba la notificación de la prisión, se la comunicará, siempre que sea posible, así como todas las medidas adoptadas para su protección si se considera que el sospechoso supone para usted un riesgo importante de sufrir daños.

¿Quién me puede ofrecer protección?

Cuando una víctima denuncie un delito a un proveedor de servicios responsable de la investigación de delitos, este debe asegurarse de que la víctima sea objeto de una evaluación individual para determinar la necesidad de una protección específica. En la mayoría de los casos se encargará la policía.

¿Evaluará alguien mi caso para comprobar si corro el riesgo de que el autor del delito vuelva a hacerme daño?

Todas las víctimas de un delito tienen derecho a una evaluación por parte de la policía para determinar las necesidades o el apoyo que necesitan, en particular si pueden beneficiarse de medidas especiales y en qué grado. La duración y el contenido de esta evaluación dependen de la gravedad del delito y de sus necesidades individuales. La evaluación tendrá en cuenta sus características personales, la naturaleza y las circunstancias del delito, así como sus opiniones. Cuanta más información pueda proporcionar durante la evaluación, mejor se adaptará el nivel de apoyo a sus necesidades individuales.

¿Evaluará alguien mi caso para comprobar si corro el riesgo de sufrir más daños a manos del sistema de justicia penal (durante la investigación y el juicio)?

Todas las víctimas de un delito tienen derecho a una evaluación por parte de la policía para determinar las necesidades o el apoyo que necesitan, en particular si pueden beneficiarse de medidas especiales y en qué grado. La duración y el contenido de esta evaluación dependen de la gravedad del delito y de sus necesidades individuales. La evaluación tendrá en cuenta sus características personales, la naturaleza y las circunstancias del delito, así como sus opiniones. Cuanta más información pueda proporcionar durante la evaluación, mejor se adaptará el nivel de apoyo a sus necesidades individuales.

¿De qué protección disponen las víctimas muy vulnerables?

Usted, como víctima vulnerable, puede disfrutar de derechos reforzados según la Carta de las Víctimas [1] si la calidad de su declaración puede verse afectada porque sufre:

  • problemas de salud mental;
  • dificultades de aprendizaje o comunicación;
  • un trastorno neurológico; o
  • una discapacidad física.

[1] Esto se basa en los criterios del artículo 4, de la Orden sobre Pruebas en Casos Penales (Irlanda del Norte) de 1999 [Criminal Evidence (Northern Ireland) Order 1999], para que el tribunal determine el derecho de un testigo a medidas especiales.

Soy menor de edad, ¿tengo derechos especiales?

Usted puede disfrutar de derechos reforzados en virtud de la Carta de las Víctimas como una víctima vulnerable [1] si es menor de 18 años en el momento del delito. Si presta declaración ante el tribunal se incluye el derecho a medidas especiales.

[1] Esto se basa en los criterios del artículo 4, de la Orden sobre Pruebas en Casos Penales (Irlanda del Norte) de 1999 [Criminal Evidence (Northern Ireland) Order 1999], para que el tribunal determine el derecho de un testigo a medidas especiales.

Un familiar ha muerto a causa del delito, ¿cuáles son mis derechos?

Los familiares cercanos del fallecido tienen derecho a recibir servicios con arreglo a la Carta de las Víctimas como víctimas de un delito más grave.

Un familiar ha sido víctima de un delito, ¿cuáles son mis derechos?

El portavoz de la familia de las víctimas de delitos con discapacidad o de las víctimas que, como consecuencia de un delito penal, hayan sufrido lesiones tan graves que no pueden comunicarse.

Si usted tiene una discapacidad o, como consecuencia de un delito penal, ha sufrido lesiones tan graves que no puede comunicarse, usted o sus familiares cercanos tienen derecho a designar a un portavoz de la familia que actúe como único punto de contacto para recibir los servicios previstos en la Carta de las Víctimas.

El progenitor o tutor de una víctima menor de 18 años.

Si usted es una víctima menor de 18 años, normalmente su progenitor o tutor tiene derecho a recibir los servicios previstos en la Carta de las Víctimas. [1]

[1] A menos que su progenitor o tutor esté siendo investigado o haya sido acusado por la policía en relación con el delito o si, según la opinión fundada del proveedor de servicios implicado, no es lo mejor para usted que su progenitor o tutor reciba dichos servicios.

¿Puedo acceder a servicios de mediación? ¿Cuáles son las condiciones? ¿Estaré seguro durante la mediación?

El objetivo de la justicia reparadora es tratar de ayudar a reparar el daño (incluido el daño mental y emocional) causado por el delito. Cualquier práctica de justicia reparadora es completamente voluntaria –usted no está obligado a participar– y contará con la ayuda de un facilitador formado. La justicia reparadora puede implicar el contacto directo e indirecto entre usted y el delincuente. Este podría ser por escrito, verbal o implicar una reunión real. Todas las partes tienen la oportunidad de contar lo que sucedió y explicar el impacto del delito. Antes de esto, el proveedor de servicios correspondiente le ayudará a prepararse para asegurarse de que se siente apoyado.

Se tomarán las medidas adecuadas para asegurarse de que aquello en lo que usted acepte participar sea seguro; un facilitador formado estará siempre presente en cualquier reunión entre usted y el autor del delito. Si el autor del delito ha admitido su culpabilidad y está dispuesto a participar en una reunión o a comunicarse con usted, usted podría explicar al delincuente cómo le ha afectado el incidente. En ese momento, usted podría decidir pedir una disculpa o acordar una actividad que el autor del delito tiene que realizar como parte de la reparación del daño causado.

¿Dónde puedo encontrar las normas en que se recogen mis derechos?

El Departamento de Justicia presentó la Carta de las Víctimas ante la Asamblea de Irlanda del Norte en virtud del artículo 31, apartado 2, de la Ley de Justicia (de Irlanda del Norte) de 2015 [Justice (Northern Ireland) Act 2015].

La Carta de las Víctimas establece los servicios que las principales organizaciones de justicia penal y otras organizaciones con funciones pertinentes deben prestar a las víctimas de delitos en Irlanda del Norte. Estas organizaciones se denominan «proveedores de servicios».

Los derechos establecidos en la Carta de las Víctimas se aplican a todas las víctimas, independientemente de su situación de residencia.

Última actualización: 14/03/2019

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